Pliego

DIPUTACIÓN DE
CASTELLÓN
SERVICIO DE CARRETERAS
CARRETERA CV-105 DE LA SENIA AL PORT
DE TORREMIRÓ POR CASTELL DE CABRES
PROYECTO DE AMPLIACIÓN Y REFUERZO DEL
FIRME DESDE EL P.K. 39+300 AL P.K. 43+000
(TM. MORELLA)
DOCUMENTO Nº3
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
EL INGENIERO DE CAMINOS CANALES Y PUERTOS
VICENTE GASCÓ BOTERS
EL INGENIERO TÉCNICO DE OBRAS PÚBLICAS
FIDEL ZAERA TENA
AGOSTO-2015
AMPLIACIÓN Y REFUERZO DE FIRME EN LA CARRETERA CV-105 (LA SÉNIA-TORREMIRÓ PER
CASTELL DE CABRES) DESDE EL PK. 39+300 AL PK. 43+000 (TM. MORELLA)
DOCUMENTO Nº3:
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES
TÉCNICAS PARTICULARES
DOCUMENTO Nº 3: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
AMPLIACIÓN Y REFUERZO DE FIRME EN LA CARRETERA CV-105 (LA SENIA – TORREMIRÓ PER
CASTELL DE CABRES) DESDE EL PK. 39+300 AL PK 43+000. (TM. MORELLA)
ÍNDICE
1
DISPOSICIONES GENERALES A TENER EN CUENTA
1
2
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
4
2.1 DEFINICIÓN Y ALCANCE DEL PLIEGO
2.1.1
OBJETO DEL PLIEGO
2.2 DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS
2.2.1
DOCUMENTOS QUE DEFINEN LAS OBRAS
2.2.2
COMPATIBILIDAD Y PRELACIÓN ENTRE LOS DOCUMENTOS DE PROYECTO
2.2.3
DEFINICIÓN DEL PROYECTO EN PLANOS
2.2.4
ARCHIVO DE LA DOCUMENTACIÓN DEFINITORIA DE LAS OBRAS
2.2.5
ENTIDAD CONTRATANTE, DIRECCIÓN DE OBRA Y CONTRATISTA
2.2.6
DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS
2.3 CONDICIONES GENERALES A SATISFACER POR MAT. DISPOSITIVOS E INSTAL.
2.3.1
PRESCRIPCIONES GENERALES
2.3.2
PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DE LOS ELEMENTOS GENÉRICOS
2.4 EJECUCIÓN, CONTROL, MEDICIÓN Y ABONO DE LAS UNIDADES DE OBRA
2.4.1
CONDICIONES GENERALES
2.4.2
DESBROCES, DEMOLICIONES Y TRABAJOS PREVIOS
2.4.3
MOVIMIENTOS DE TIERRAS
2.4.4
FIRMES Y PAVIMENTOS
2.4.5
OBRAS DE FÁBRICA
2.4.6
SEÑALIZACIÓN
2.4.7
OTROS MATERIALES
2.5 DISPOSICIONES GENERALES
2.5.1
ACTA DE COMPROBACIÓN DE REPLANTEO Y COMIENZO DE LAS OBRAS.
2.5.2
PRECAUCIONES A ADOPTAR DURANTE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
2.5.3
SEGURIDAD PÚBLICA Y PROTECCIÓN DEL TRÁFICO
2.5.4
OBLIGACIÓNES Y RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA
2.5.5
OBLIGACIONES SOCIALES DEL CONTRATISTA
2.5.6
OBLIGACIONES CONTRATISTA EN CASOS NO PREVISTOS EN ESTE PLIEGO
2.5.7
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR DAÑOS Y PERJUICIOS
2.5.8
CONFRONTACIÓN DE PLANOS Y MEDIDAS
2.5.9
GASTOS DE CARÁCTER GENERAL A CARGO DEL CONTRATISTA
2.5.10
DELEGADO DEL CONTRATISTA
2.5.11
OFICINA DE OBRA DEL CONTRATISTA
2.5.12
INSTALACIONES AUXILIARES
2.5.13
SUMINISTROS
2.5.14
TRABAJOS NOCTURNOS
2.5.15
PROGRAMA DE TRABAJO
2.5.16
MEJORAS PROPUESTAS POR EL CONTRATISTA
2.5.17
EXCESOS DE OBRA
2.5.18
OBRAS DEFECTUOSAS
2.5.19
ABONO DE OBRAS DEFECTUOSAS PERO ADMISIBLES
2.5.20
SERVICIOS AFECTADOS
2.5.21
DIRECCIÓN E INSPECCIÓN DE LAS OBRAS
2.5.22
CONTROL DE CALIDAD
2.5.23
CERTIFICACIONES
2.5.24
COMPROBACIÓN DE LAS OBRAS
2.5.25
CONSERVACIÓN DE LAS OBRAS Y PLAZO DE GARANTÍA
2.5.26
RECEPCIÓN DE LAS OBRAS
2.5.27
SANCIONES Y MULTAS
2.5.28
VARIACIONES EN LAS OBRAS
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CASTELL DE CABRES) DESDE EL PK. 39+300 AL PK 43+000. (TM. MORELLA)
2.5.29
2.5.30
2.5.31
2.5.32
2.5.33
2.5.34
RECLAMACIONES
PRESCRIPCIONES COMPLEMENTARIAS
PRECIOS CONTRADICTORIOS
PARTIDAS ALZADAS
UNIDADES OBRA NO DESCRITAS ESPECÍF. EN PRESENTE DOCUMENTO
PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD
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CASTELL DE CABRES) DESDE EL PK. 39+300 AL PK 43+000. (TM. MORELLA)
1
DISPOSICIONES GENERALES A TENER EN CUENTA
Serán de aplicación las siguientes normas y prescripciones técnicas de carácter general, en tanto no sean
modificadas por las condiciones particulares establecidas en este Pliego:
•
RD 1630/1992 BOE 9/2/93 - Directiva Europea 89/106/CEE
•
RD 1328/1995 BOE 19/08/95 - Directiva Europea 93/68/CEE
•
Ley de Contratos del Sector Público, Real Decreto Legislativo 3/2011, 14 de noviembre.
•
Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado
(Decreto 3854/1970, correcciones y modificaciones).
•
Norma 6.3-IC, “Rehabilitación de firmes”, de la Instrucción de Carreteras, aprobada por Orden
Ministerial FOM/3459/2003, de 28 de noviembre.
•
Norma 6.1-IC, “Secciones de firme”, de la Instrucción de carreteras, aprobada por Orden
Ministerial FOM/3460/2003, de 28 de noviembre.
•
Instrucción 5.2-IC “Drenaje superficial”. MOPU, 1990.
•
Instrucción 8.3-IC, “Señalización, balizamiento y otros de las obras fijas en vías fuera de
poblado” (1987).
•
Real Decreto Legislativo 1/2001 de 20 de Julio, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley de Aguas, BOE de 24 de julio.
•
Real Decreto-ley modifica el Texto Refundido de la Ley de Aguas.
•
Terraplenes y pedraplenes. (M.O.P.T., Dirección General de Carreteras, 1989).
•
Instrucción para la recepción de cementos RC-08. Real Decreto 956/2008
•
Documento Básico “DB-HR Protección freten al ruido del CTE”, Real Decreto 1371/2007
•
Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para tuberías de saneamiento de poblaciones.
•
Instrucción de Hormigón Estructural. EHE-08 (2008).
•
Normas de Ensayos del Laboratorio del Transporte y Mecánica del Suelo.
•
Normas UNE de cumplimiento obligado en el Ministerio de Obras Públicas.
•
Decreto 7/2004 de 23 de enero, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el pliego
general de normas de seguridad en prevención de incendios forestales a observar en le
ejecución de obras y trabajos que se realicen en terreno forestal o en sus inmediaciones.
(2004/689)
•
Ley de Carreteras(Ley 25/1988 de 29 de julio)
•
Reglamento General de Carreteras (R.D. 1812/1994) y modificaciones hasta 21 de enero de
2002.
•
Ley de Carreteras de la Comunidad Valenciana (Ley 6/1991 de 27 de marzo). DOGV
29.04.91
•
Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes (PG-3/75)
•
Pliego de prescripciones técnicas generales para la conservación de obras de carreteras y
puentes (PG-4), aprobado por Orden Circular 8/2001.
•
Ley, de 16 de diciembre de 1.954, de Expropiación Forzosa (BOE nº351)
DOCUMENTO Nº 3 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
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AMPLIACIÓN Y REFUERZO DE FIRME EN LA CARRETERA CV-105 (LA SENIA – TORREMIRÓ PER
CASTELL DE CABRES) DESDE EL PK. 39+300 AL PK 43+000. (TM. MORELLA)
•
Decreto de 26 de abril de 1.957, que aprueba el reglamento de la Ley de Expropiación
Forzosa. (BOE nº160.
•
Marcado CE RD 1630/1992 BOE 9/2/93 – Directiva Europea 89/106/CEE y RD 1328/1995
BOE 19/08/95 – Directiva Europea 93/68/CEE. Sobre libre circulación de productos de
construcción.
•
Real Decreto 1630/1992, de 29 de diciembre, por el que se dictan disposiciones para la libre
circulación de productos de construcción, en aplicación de la Directiva 89/106/CEE.
•
Real Decreto 1328/1995, de 28 de julio, por el que se modifican, en aplicación de la Directiva
89/106/CEE, las disposiciones para la libre circulación de productos de construcción,
aprobadas por el Real Decreto 1630/1992, de 29 de diciembre.
•
Orden de 21 de noviembre de 2001 por la que se establecen los criterios para la realización
de control de producción de los hormigones fabricados en central.
•
Orden de 29 de noviembre de 2001 por la que se publican las referencias a las normas UNE
que son transposición de normas armonizadas, así como el periodo de coexistencia y la
entrada en vigor del marcado CE relativo a varias familias de productos de construcción.
•
Resolución de 16 de enero de 2003, de la Dirección General de Política Tecnológica, por la
que se amplían los anexos I, II y III de la Orden de 29 de noviembre de 2001, por la que se
publican las referencias a las normas UNE que son transposición de normas armonizadas, así
como el período de coexistencia y la entrada en vigor del marcado CE relativo a varias
familias de productos de construcción
•
Resolución de 14 de abril de 2003, de la Dirección General de Política Tecnológica, por la que
se amplían los Anexos I, II y III de la Orden de 29 de noviembre de 2001, por la que se
publican las referencias a las normas UNE que son transposición de normas armonizadas, así
como el período de coexistencia y la entrada en vigor del marcado CE relativo a varias
familias de productos de construcción
•
Resolución de 12 de junio de 2003, de la Dirección General de Política Tecnológica, por la
que se amplían los anexos I, II y III de la Orden de 29 de noviembre de 2001, por la que se
publican las referencias a las normas UNE que son transposición de normas armonizadas, así
como el período de coexistencia y la entrada en vigor del marcado CE relativo a varias
familias de productos de construcción.
DOCUMENTO Nº 3 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
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AMPLIACIÓN Y REFUERZO DE FIRME EN LA CARRETERA CV-105 (LA SENIA – TORREMIRÓ PER
CASTELL DE CABRES) DESDE EL PK. 39+300 AL PK 43+000. (TM. MORELLA)
•
Resolución de 14 de enero de 2004, de la Dirección General de Política Tecnológica, por la
que se amplían los Anexos I, II y III de la Orden de 29 de noviembre de 2001, por la que se
publican las referencias a las normas UNE que son transposición de normas armonizadas, así
como el período de coexistencia y la entrada en vigor del marcado CE relativo a varias
familias de productos de construcción.
•
Resolución de 9 de noviembre de 2005, de la Dirección General de Desarrollo Industrial, por
la que se amplían los Anexos I, II y III de la Orden de 29 de noviembre de 2001, por la que se
publican las referencias a las normas UNE que son transposición de normas armonizadas, así
como el período de coexistencia y la entrada en vigor del marcado CE relativo a varias
familias de productos de construcción
•
Resolución de 17 de abril de 2007, de la Dirección General de Desarrollo Industrial, por la que
se amplían los Anexos I, II y III de la Orden de 29 de noviembre de 2001, por la que se
publican las referencias a las normas UNE que son transposición de normas armonizadas, así
como el período de coexistencia y la entrada en vigor del marcado CE relativo a varias
familias de productos de construcción.
•
Ley 32/2006 de 18 de octubre reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción
(19 de abril de 2007)
•
Norma 8.1-IC "Señalización vertical" (28-12-99).
•
Instrucción 8.2-IC "Marcas viales" (16-7-87)
•
Real Decreto 105/2008, de 1 febrero que regula la producción y gestión de los residuos de
construcción y demolición.
Y en general, todos los Reglamentos, Normas e Instrucciones Oficiales que guarden relación con el tipo de
obras objeto de este proyecto y con los trabajos necesarios para realizarlas y que se hallen en vigor en el
momento de iniciar aquéllos. En especial, se debe tenerse en cuenta toda la normativa relativa a Seguridad y
Salud en las obras, detallada en el Pliego del Estudio de Seguridad y Salud de este proyecto.
En el caso de que se presenten discrepancias entre algunas condiciones impuestas en las distintas Normas
señaladas, salvo manifestación expresa en contrario por parte de la Dirección de Obra, se sobreentenderá que
es válida la más restrictiva. En cualquier caso, las condiciones exigidas en el presente Pliego deben
entenderse como condiciones mínimas.
DOCUMENTO Nº 3 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
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AMPLIACIÓN Y REFUERZO DE FIRME EN LA CARRETERA CV-105 (LA SENIA – TORREMIRÓ PER
CASTELL DE CABRES) DESDE EL PK. 39+300 AL PK 43+000. (TM. MORELLA)
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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
2.1
2.1.1
DEFINICIÓN Y ALCANCE DEL PLIEGO
OBJETO DEL PLIEGO
El objeto del presente proyecto es la definición de las obras necesarias para el PROYECTO DE AMPLIACION
Y REFUERZO DEL FIRME EN LA CARRETERA CV-105 DE LA SÉNIA A TORREMIRÓ PER CASTELLDE
CABRES (DESDE EL PK. 39+300 AL PK. 43+000).
Las prescripciones de este Pliego serán de aplicación a las obras objeto de este Proyecto, en todo lo que no
sea explícitamente modificado por el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares de Contratación de las
Obras, y quedarán incorporadas al Proyecto y, en su caso, el Contrato de Obras, por simple referencia a ellas
en el citado Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
En todos los artículos del presente Pliego General de Prescripciones Técnicas se entenderá que su contenido
rige para las materias que expresan sus títulos en cuanto no se opongan por ser menos restrictivas a lo
establecido en disposiciones legales vigentes.
2.2
2.2.1
DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS
DOCUMENTOS QUE DEFINEN LAS OBRAS
Las obras vienen definidas y valoradas en los documentos contractuales del Proyecto, que son los siguientes:
Documento nº 2: Planos.- En el que se definen la situación y dimensiones de las unidades de obra a ejecutar.
Documento nº 3: Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, en el que se fijan las condiciones de
ejecución, inspección y ensayos de las diferentes unidades de obra.
Cuadro de Precios nº 1 y 2 del Documento nº 4: Presupuesto, en el que se valoran las citadas unidades.
DOCUMENTO Nº 3 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
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AMPLIACIÓN Y REFUERZO DE FIRME EN LA CARRETERA CV-105 (LA SENIA – TORREMIRÓ PER
CASTELL DE CABRES) DESDE EL PK. 39+300 AL PK 43+000. (TM. MORELLA)
En cuanto a la descripción de las obras a ejecutar se remite a la realizada en el Documento nº 1: Memoria del
presente Proyecto y a la descripción que se que se recoge en el apartado 2.2.6 del presente Documento.
2.2.2
COMPATIBILIDAD Y PRELACIÓN ENTRE LOS DOCUMENTOS DE PROYECTO
El documento de mayor rango contractual es el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares por cuanto a la
calidad de los materiales y ejecución de las obras se refiere, mientras que en relación con sus dimensiones y
situación, son los Planos que prevalecen en caso de contradicción.
Por cuanto respecta al abono de las obras el Pliego de Prescripciones tiene asimismo mayor rango que los
Cuadros de Precios en caso de contradicción. No obstante, si en alguna ocasión el enunciado del precio
unitario del Cuadro de Precios número 1 ampliase las obligaciones contractuales del Contratista respecto a lo
establecido en el Pliego de Condiciones deberá realizarse, valorarse y abonarse con arreglo a lo establecido
para dicho precio en el mencionado Cuadro de Precios.
Lo mencionado en el Pliego de Prescripciones y omitido en los Planos del Proyecto, o viceversa, deberá ser
ejecutado como si estuviese contenido en ambos documentos.
Las omisiones en los Planos del Proyecto y en el Pliego de Prescripciones o las descripciones erróneas en los
detalles de la obra que sean manifiestamente indispensables para llevar a cabo el espíritu o intención expuesto
en los documentos del presente Proyecto, o que, por uso y costumbre, deban ser realizados, no solo no exime
al Contratista de la obligación de ejecutar estos detalles omitidos o erróneamente descritos, sino que, por el
contrario, deberán ser ejecutados como si hubieran sido completa y correctamente especificados en los Planos
del Proyecto y Pliego de Prescripciones.
El Contratista se verá en la obligación de informar, por escrito, a la Dirección de las Obras, tan pronto como sea
de su conocimiento, toda discrepancia, error u omisión que encontrase. Cualquier corrección o modificación en
los Planos del Proyecto o en las especificaciones del Pliego de Prescripciones sólo podrá ser realizada por la
Dirección de las Obras siempre y cuando así lo estime conveniente para su interpretación o fiel cumplimiento
de su cometido.
2.2.3
DEFINICIÓN DEL PROYECTO EN PLANOS
Cualquier duda en la interpretación de los planos deberá comunicarse por escrito a la Dirección de Obra en un
plazo no superior a quince (15) días desde la notificación de adjudicación de las obras. Una vez presentado el
escrito, la Dirección de Obra dispondrá de un máximo de quince (15) días para dar las explicaciones y
aclaraciones que fuesen necesarias referentes a los detalles que no hubiesen quedado perfectamente
definidos en los planos.
DOCUMENTO Nº 3 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
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AMPLIACIÓN Y REFUERZO DE FIRME EN LA CARRETERA CV-105 (LA SENIA – TORREMIRÓ PER
CASTELL DE CABRES) DESDE EL PK. 39+300 AL PK 43+000. (TM. MORELLA)
El Contratista, además, deberá también comprobar todos los planos que le hayan sido facilitados y deberá
informar sin demora al Director de Obra sobre cualquier anomalía o contradicción. Las cotas de los planos
prevalecerán siempre sobre las medidas a escala. La comprobación de planos y verificación de cotas deberá
ser previa al inicio de las obras, y el Contratista será responsable de cualquier error que hubiera podido
cometer por no realizar dicha comprobación.
Será responsabilidad del Contratista la elaboración de cuantos planos complementarios de detalle sean
necesarios para la correcta realización de las obras. Dichos planos serán sometidos a la aprobación de la
Dirección de Obra con quince (15) días de antelación a la apertura del tajo afectado.
En el caso de que durante el desarrollo de los trabajos se generasen planos complementarios derivados de la
aparición de nuevas obras no incluidas en el proyecto inicial, el Contratista deberá solicitar, mediante escrito
dirigido a la Dirección de Obra, los planos complementarios de ejecución necesarios para definir las obras que
hayan de realizarse, con treinta (30) días de antelación a la fecha de inicio prevista en el programa de trabajos.
Los planos solicitados en estas condiciones serán entregados al Contratista en un plazo no superior a quince
(15) días.
2.2.4
ARCHIVO DE LA DOCUMENTACIÓN DEFINITORIA DE LAS OBRAS
El Contratista deberá disponer, en obra, de una copia completa del proyecto y de la normativa legal reflejada
en él, así como copia de todos los planos complementarios que se hubiesen generado durante la ejecución de
los trabajos y de las especificaciones que pudiesen acompañarlos.
Con periodicidad mensual, para lo cual se apoyará en el archivo objeto del presente artículo, deberá presentar
una colección de los planos de la obra realmente ejecutada ("as built"), debidamente contrastada con los datos
obtenidos conjuntamente con la Dirección de Obra, siendo de su cuenta los gastos ocasionados por tal motivo.
Los datos reflejados en dichos planos deberán ser aprobados por el responsable de garantía de calidad del
Contratista.
2.2.5
ENTIDAD CONTRATANTE, DIRECCIÓN DE OBRA Y CONTRATISTA
La entidad contratante se determinará por el promotor según sus propios criterios de selección, ésta designará
un técnico especializado y capacitado para representarla durante la construcción de las obras, y para
responsabilizarse de su ejecución de acuerdo al presente Proyecto. A este técnico se le denominará Director
de Obra o, de manera más genérica, Dirección de Obra (o Dirección facultativa), en adelante DO para ambas.
El Constructor o empresa constructora que resulte adjudicataria de la ejecución de las obras, en adelante
Contratista, deberá designar a un técnico especializado y capacitado que lo representará ante la Entidad
DOCUMENTO Nº 3 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
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AMPLIACIÓN Y REFUERZO DE FIRME EN LA CARRETERA CV-105 (LA SENIA – TORREMIRÓ PER
CASTELL DE CABRES) DESDE EL PK. 39+300 AL PK 43+000. (TM. MORELLA)
Contratante, y que se responsabilizará frente a la DO de la correcta ejecución de las obras conforme a
Proyecto y a las prescripciones contenidas en el presente Pliego.
2.2.6
DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS
2.2.6.1 DESCRIPCIÓN GENERAL
Para realizar las obras de Refuerzo del firme en la carretera CV-105 en el tramo comprendido entre los PK
39+300 y 43+000, se ha de realizar previamente a la pavimentación, el ensanche lateral de los tramos donde la
anchura de la plataforma para la pavimentación es inferior a 6,00 m. al mismo tiempo se sanearán varios
tramos con blandones existentes rellenándolos con suelocemento y se rellenarán con aglomerado asfáltico en
caliente varios tramos con depresiones y multitud de baches.
Una vez realizados estos trabajos previos de preparación se extenderá una capa de binder en regularización
de 5 cm de espesor medio con aglomerado AC 22 bind 35-50 G calizo y finalmente se extenderá una cara de
rodadura de refuerzo de 5 cm de espesor con mezcla bituminosa en caliente tipo AC-16 surf 35-50 S calizo con
sus correspondientes riegos de adherencia.
En la intersección de la carretera CV-105 de la Sénia a Torremiró per Castell de Cabres con la carretera CV110 de Herbés se mej2.2.ora el trazado en planta y alzado y se amplía la plataforma para albergar un carril de
espera en el centro para facilitar el giro a la izquierda y un carril de espera para la incorporación a la CV-105 en
dirección a castell de Cabres, desde la CV-110.
Las unidades de obra a ejecutar son las siguientes:
DESBROCES Y DEMOLICIONES
En primer lugar se alinearán y marcarán correctamente los bordes de la plataforma a pavimentar.
Posteriormente se demolerá el pavimento de las zonas a sanear dónde se han detectado los blandones y los
bordes de asfalto dónde es necesario realizar el ensanche lateral para proporcionar la anchura suficiente que
nos permita pavimentar 6,00 m de anchura constante.
Se realizará una limpieza de orillas y de tramos de cunetas aterradas, tanto en el tramo de la carretera CV-105
como en el tramo de la carretera CV-110 de acceso a Herbés, finalmente y justo antes del primer riego de
adherencia se realizará el barrido de la superficie a pavimentar.
Se realizará la demolición del pavimento asfáltico existente en la intersección y se desbrozarán los márgenes
de la misma en la zona de ocupación por la intersección.
MOVIMIENTO DE TIERRAS
En este capítulo se ha previsto el movimiento de tierras para acondicionar y ampliar la intersección entre la
carretera CV-105 y la CV-110 de acceso a Herbés y la excavación en zanja para las ampliaciones laterales de
la calzada y la excavación para el saneo de blandones con suelocemento.
A continuación se listan las mediciones:
DOCUMENTO Nº 3 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
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AMPLIACIÓN Y REFUERZO DE FIRME EN LA CARRETERA CV-105 (LA SENIA – TORREMIRÓ PER
CASTELL DE CABRES) DESDE EL PK. 39+300 AL PK 43+000. (TM. MORELLA)
Saneo blandón en pk 40+230 Suelocemento
15,000
2,500
0,400
Saneo blandón en pk 40+320 Suelocemento
12,000
2,500
0,400
Saneo blandón en pk 41+180 Suelocemento MI
6,000
2,500
0,400
Saneo blandón en pk 41+180 Suelocemento MD
8,000
2,500
0,400
Saneo blandón en pk 41+535 Suelocemento MI
10,000
3,000
0,400
Saneo blandón en pk 42+600 Suelocemento
18,000
2,000
0,400
Ensanche lateral en pk 40+100 MI con suelocemento
65,000
1,500
0,600
Ensanche lateral en pk 40+705 MI con suelocemento
85,000
1,500
0,600
Ensanche lateral en pk 41+000 MI con suelocemento
80,000
1,500
0,600
Ensanche lateral de pk 42+490 a 43+000 MI con suelocemento
510,000
1,500
0,600
FIRMES Y PAVIMENTOS
En este capítulo se ha previsto el relleno de las depresiones existentes en la calzada se realizará con MBC tipo
AC 22 base 35-50 G (G-20).
Previo a la pavimentación de la calzada se asfaltarán los entradores a parcelas y las intersecciones con
caminos forestales existentes con una capa de MBC tipo AC 16 surf 35-50 S (S-12) de 6 cm de espesor medio.
El firme estará compuesto por dos capas de aglomerado asfáltico en caliente calizo de 5 cm de en la capa de
binder de tipo AC-22 bind 35-50 G calizo (G-20) mientras que la rodadura en refuerzo lo será en un espesor de
5 cm de mezcla tipo de AC 16 surf 35-50 S (S-12). Previo a la ejecución de la intermedia se procederá al
primer riego de adherencia y el segundo riego se aplicará justo antes del extendido de la capa de rodadura,
ambos riegos con emulsión tipo ECR-1.
La pavimentación de la intersección entre CV-105 y CV-110 se extenderá una capa de zahorra artificial sobre
la explanada ejecutada y la pavimentación tendrá el mismo tratamiento que el resto de pavimentación de la
carretera con dos capas de aglomerado asfáltico en caliente.
OBRAS DE FÁBRICA
Dentro de este capítulo se realiza el relleno con suelocemento en las zonas de ampliación lateral de calzada en
los siguientes tramos:
-
En pk 40+100 tramo de 65,00 m por el margen izquierdo.
-
En pk 40+705 tramo de 85,00 m por el margen izquierdo.
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AMPLIACIÓN Y REFUERZO DE FIRME EN LA CARRETERA CV-105 (LA SENIA – TORREMIRÓ PER
CASTELL DE CABRES) DESDE EL PK. 39+300 AL PK 43+000. (TM. MORELLA)
-
En pk 41+000 tramo de 80,00 m por el margen izquierdo.
-
De pk 42+490 a 43+000 tramo de 510,00 m por el margen izquierdo.
En las zonas con blandones se ha previsto demoler el firme existente y excavar 40 cm para el saneo del
blandón y su posterior relleno con suelocemento.
Los blandones detectados se encuentran en los siguientes tramos:
-
En pk 40+230 tramo de 15,00 m
-
En pk 40+320 tramo de 12,00 m
-
En pk 41+180 tramo de 6,00 m
-
En pk 41+180 tramo de 8,00 m
-
En pk 41+535 tramo de 10,00 m
-
En pk 42+600 tramo de 18,00 m
También se tiene previsto en este capítulo ampliar las tajeas existentes con sus arquetas y aletas
correspondientes y la ejecución de las isletas en la intersección de la CV-105 y CV-110.
SEÑALIZACIÓN Y DEFENSAS
La señalización proyectada para la actuación se ajusta en todo momento a las prescripciones del Código de
circulación.
La señalización horizontal se realizará mediante dos bandas blancas de pintura acrílica de 15 cm de espesor
en los laterales para marcar el arcén y de 10 cm en el eje.
La señalización vertical consiste en la reposición de los paneles direccionales de curva y la sustitución de las
señales verticales que se encuentren en mal estado.
En la intersección con la carretera CV-110 de Herbés se colocará la señalización vertical para mejorar la
seguridad vial y la cartelería necesarias para la orientación de los vehículos.
JARDINERÍA
Se ha previsto en este capítulo el acondicionamiento de los taludes de terraplen con tierra vegetal en el
movimiento de tierras realizado para la intersección y los taludes de la carretera ampliados con cuñas de
suelocemento.
2.2.6.2 SECCIÓN TRANSVERSAL
La sección tipo de la carretera existente tiene 1 carril por sentido de circulación de 3,00 metros de anchura.
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Sección tipo:
2.2.6.3 FIRME
Para el dimensionamiento del firme proyectado se ha tenido en cuenta la Instrucción de Carreteras, Norma 6.1.
y 2.1.C “Secciones de firme”.
Para una categoría de tráfico T41 y una explanada E-1 se propone la sección tipo 4111 siguiente:
•
Capa de rodadura: 5 cm de mezcla bituminosa, tipo AC16 surf 60/70 calizo S
•
Riego de adherencia, tipo ECR-1
•
Capa intermedia bituminosa: 5 cm de mezcla bituminosa, tipo AC22 bin 60/70 calizo G.
•
Riego de adherencia tipo ECR-1 sobre calzada existente.
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REPOSICIÓN DE PAVIMENTO
DETALLE A
2.3
CONDICIONES GENERALES A SATISFACER POR MAT. DISPOSITIVOS E INSTAL.
2.3.1
2.3.1.1
PRESCRIPCIONES GENERALES
CONDICIONES GENERALES
En general, son válidas todas las prescripciones referentes a las condiciones que deben satisfacer los
materiales que figuran en las Instrucciones, Pliegos de Prescripciones y Normas Oficiales que reglamentan la
recepción, transporte, manipulación y empleo de cada uno de los materiales que se utilizan en la ejecución de
las obras, (siempre que no prescriba lo contrario el presente Pliego, el cual prevalece).
2.3.1.2
PROCEDENCIA DE LOS MATERIALES
El contratista propondrá los lugares, fábricas o marcas de los materiales, que serán de igual o mejor calidad
que los definidos en este Pliego, y habrán de ser aprobados por el Director de las Obras previamente a su
utilización.
Cada uno de los materiales cumplirá las condiciones que se especifican en los artículos siguientes, lo que
deberá comprobarse mediante los ensayos correspondientes, (si así lo ordena la Dirección de Obra).
2.3.1.3
ACOPIO DE MATRIALES
Los materiales se almacenarán de tal forma que la calidad requerida para su utilización quede asegurada,
requisito éste que deberá ser comprobado por la Dirección de obra, en el momento de su utilización. Solo se
realizarán acopio de los materiales que expresamente sean permitidos por la Dirección de obra, que indicará
las precauciones y condiciones de almacenamiento que sean pertinentes, y que serán de obligado
cumplimiento por parte del Contratista.
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2.3.1.4
EXAMEN Y ENSAYO DE MATERIALES
No se procederá al empleo de los materiales sin que antes sean examinados y aceptados en los términos y
formas que prescriba la Dirección de Obra, salvo lo que disponga en contrario, para casos determinados, el
presente Pliego.
En los materiales en los que no se define el número de ensayos a realizar se efectuará de acuerdo con las
Instrucciones del Director de las Obras.
Las pruebas y ensayos prescritos en este pliego se llevarán a cabo por el Director de las Obras, o persona en
quien al efecto delegue.
2.3.1.5
TRANSPORTE DE MATERIALES
El transporte de los materiales hasta los lugares de acopio o empleo se efectuará en vehículos mecánicos
adecuados para tal clase de materiales. Además de cumplir todas las disposiciones legales referentes al
transporte, estarán provistos de los elementos que se precise para evitar cualquier alteración perjudicial del
material, transporte, y su posible vertido sobre las rutas empleadas.
La procedencia y distancia de transporte que en los diferentes documentos del proyecto se consideran para los
diferentes materiales no deben tomarse sino como aproximaciones para la estimación de los precios sin que
suponga perjuicio acerca de su idoneidad ni aceptación para la ejecución de hecho de la obra, y no teniendo el
contratista derecho a reclamación ni indemnización de ningún tipo en el caso de deber utilizar materiales de
otra procedencia o de error en la distancia, e incluso la no consideración de la misma.
2.3.1.6
MATERIALES QUE NO REUNEN LAS CONDICIONES NECESARIAS
Cuando por no reunir las condiciones exigidas en el presente Pliego sea rechazada cualquier partida de
material por la Dirección de Obra, el contratista deberá proceder a retirarla de obra en el plazo máximo de diez
(10) días contados desde la fecha en que sea comunicado tal extremo.
Si no lo hiciera en dicho término la Dirección de Obra podrá disponer la retirada del material rechazado por
oficio y por cuenta y riesgo del Contratista.
Si los materiales fueran defectuosos, pero aceptables a juicio del Director de las Obras, se recibirán con la
rebaja de precios que éste determine, a no ser que el Contratista prefiera sustituirlos por otros en buenas
condiciones.
2.3.1.7
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
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La recepción de los materiales no excluye la responsabilidad del Contratista de la responsabilidad de que se
mantenga, está obligación que quedará subsistente hasta que se reciban definitivamente las obras..
2.3.1.8
CONDICIONES PARTICULARES DE LOS DISTINTOS MATERIALES
Para los materiales a emplear en la obra a que se refiere el presente Pliego de Prescripciones Técnicas
Particulares, regirán las normas señaladas en los pliegos Generales, y en caso de no estar encuadrados en
este último, deberá ser sometido a la comprobación de la Dirección de la Obra, debiendo presentar el
Contratista cuantos catálogos, muestras, informes y certificaciones de los correspondientes fabricantes se
estimen necesarios
Si la información no se considera suficiente, podrán exigirse los ensayos oportunos para identificar la calidad
de los materiales a utilizar.
2.3.2
PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DE LOS ELEMENTOS GENÉRICOS
2.3.2.1
MATERIALES PARA RELENOS DE TERRAPLENES
2.3.2.1.1
A)
MATERIALES PARA TERRAPLENES
CONDICIONES GENERALES:
Los materiales a emplear en los terraplenes serán suelos exentos de materia vegetal, y cuyo contenido en
materia orgánica determinado mediante el procedimiento especificado en la NLT 117/72, sea inferior al uno por
ciento (1%) en peso. En general, se obtendrán de las excavaciones realizadas en la propia obra, o en
préstamos adecuados, utilizando en todo caso las mejores tierras disponibles.
B)
CALIDAD:
Será de aplicación lo especificado en el artículo 330.3 del PG-3 para "suelos adecuados", “seleccionados” y
“tolerables”.
C)
ENSAYOS:
Las características de los materiales a emplear en terraplenes se comprobarán antes de su utilización
mediante la ejecución de ensayos cuya frecuencia y tipos se señalen a continuación y se refieren a cada una
de las procedencias elegidas.
Por cada quinientos (500) metros cúbicos o fracción de tierras a emplear:
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•
Un (1) ensayo de proctor normal.
•
Un (1) ensayo granulométrico.
•
Un (1) ensayo de límites de Atterberg.
•
Un (1) ensayo de contenido de humedad. Por cada mil quinientos (1.500) metros cúbicos o
fracción de tierras a emplear
•
2.3.2.1.2
A)
Un (1) ensayo CBR
MATERIALES GRANULARES PARA ASIENTO /PROTECCIÑÓN DE TUBERÍAS Y CAPAS
FILTRANTES
DEFINICIÓN:
Los materiales para asiento y protección de tuberías consistirán en áridos rodados y/o machacados de modo
que sea drenante, duro, limpio, químicamente estable y cuya granulometría cumpla alguno de los husos
siguientes:
TAMIZ
TIPO A-20
37,5 mm
100
100
100
20 mm
85-100
100
100
85 – 100
100
14 mm
B)
TIPO A-14
TIPO A-10
10 mm
0-25
0 – 50
85 – 100
5 mm
0-5
0 - 10
0 – 25
2,36 mm
--
--
0-5
CALIDAD
Los materiales no contendrán más de un 0.3 por ciento de sulfato expresado cómo trióxido de azufre.
El material no será plástico y su equivalente de arena será superior a treinta (30).
Deberán cumplir la condición de filtro referente al terreno circundante.
C)
ENSAYOS
Las características de los materiales a emplear en rellenos filtrantes se comprobarán antes de su utilización
mediante la ejecución de ensayos cuya frecuencia y tipos se señalen a continuación y se refieren a cada una
de las procedencias elegidas.
Por cada quinientos (500) metros cúbicos o 200 ml de zanja:
•
Un (1) ensayo granulométrico.
•
Un (1) ensayo de límites de Atterberg.
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•
2.3.2.1.3
Un (1) ensayo de Equivalente de Arena.
ESCOLLERA DE PIEDRAS SUELTAS
A) DEFINICIÓN:
Esta unidad consiste en la extensión por vertido de un conjunto, en general uniforme de manto o repie, de
piedras relativamente grandes procedentes de excavaciones en roca o prestámos, sobre un talud preparado,
formando una capa compacta, bien graduada y con un mínimo de huecos. Su ejecución comprende
normalmente las siguientes operaciones:
•
Preparación de la superficie de apoyo de la escollera.
•
Colocación de una capa filtro.
•
Excavación, carga y transporte del material pétreo que constituye la escollera.
•
Vertido y colocación del material.
B) CONDICIONES GENERALES:
1.1
Procedencia.
Los materiales pétreos a emplear procederán de préstamos y en caso de que se pueda disponer de ellos, de la
excavación de la explanación. En cualquier caso, las piedras a utilizar deberán tener la superficie rugosa. No se
admitirán piedras o bloques redondeados, salvo indicación en contra del Proyecto y tan sólo cuando la misión
de la escollera sea la protección del talud frente a la meteorización.
1.2
Calidad de la roca.
En general serán adecuadas para escollera las rocas ígneas, sedimentarias y metamórficas resistentes, sin
alteraciones apreciables, compactas y estables químicamente frente a la acción de los agentes externos, y en
particular frente al agua.
Se consideran rocas estables aquellas que según NLT 255 sumergidas en agua durante veinticuatro horas (24
h), con tamaños representativos de los de puesta en obra, no manifiestan fisuración alguna, y la pérdida de
peso que sufren es igual o inferior al dos por ciento (2%). También podrán utilizarse ensayos de ciclos de
humedad-sequedad según NLT 260 para calificar la estabilidad de estas rocas, si así lo autoriza el Director de
las Obras.
La densidad aparente seca mínima de la piedra será de dos mil quinientos kilogramos por metro cúbico (2.500
kg/m3).
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La absorción de agua según UNE 83134 será inferior al dos por ciento (2%).
El Director de las Obras tendrá facultad para rechazar materiales para escollera cuando así lo aconseje la
experiencia local.
El coeficiente de desgaste de Los Ángeles, determinado según UNE EN 1097-2, será inferior a cincuenta (50).
1.3
Granulometría.
El peso de cada una de las piedras que forman la escollera podrá variar entre cien kilogramos (100 kg) y
cuatrocientos kilogramos (400 kg). Además la cantidad de piedras de peso inferior a cien kilogramos (100 kg),
será menor del veinticinco por ciento (25%) en peso.
Las condiciones anteriores corresponden al material colocado. Las granulometrías obtenidas en cualquier otro
momento de la ejecución sólo tendrán valor orientativo, debido a las segregaciones y alteraciones que puedan
producirse en el material durante la construcción. El Proyecto o, en su defecto el Director de las Obras, podrá
admitir tamaños máximos superiores.
1.4
Forma de las partículas.
El contenido en peso de partículas con forma inadecuada será inferior al treinta por ciento (30%).
A estos efectos se consideran partículas con forma inadecuada aquellas en que se verifique:
L + G » 3E2
donde:
L (longitud) = Separación máxima entre dos planos paralelos tangentes al bloque.
G (grosor) = Diámetro del agujero circular mínimo por el que puede atravesar el bloque.
E (espesor) = Separación mínima entre dos planos paralelos tangentes al bloque.
Los valores de L, G y E, se pueden determinar en forma aproximada y no deben ser medidos necesariamente
en tres direcciones perpendiculares entre sí.
Cuando el contenido en peso de partículas de forma inadecuada sea igual o superior al treinta por ciento (30%)
sólo se podrá utilizar este material cuando se realice un estudio especial, firmado por técnico competente y
aprobado por el Director de las Obras, que garantice un comportamiento aceptable.
D) CALIDAD
En general serán adecuadas para escollera las rocas ígneas, sedimentarias y metamórficas resistentes, sin
alteración apreciable, compacta y estable químicamente frente a la acción de los agentes externos, y en
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particular frente al agua. Se consideran rocas estables aquellas que sumergidas en agua durante veinticuatro
horas (24h), con tamaños representativos de los de puesta en obra, no manifiestan fisuración alguna, y la
pérdida de peso que sufren es igual o inferior al dos por ciento (2%). También podrán utilizarse ensayos de
ciclos de humedad-sequedad para calificar la estabilidad de estas rocas, si así lo autoriza el Director de las
Obras. La densidad aparente seca mínima de la piedra será de dos mil quinientos kilogramos por metro cúbico
(2500 kg/m3).
La absorción de agua será inferior al dos por ciento (2%).
El Director de las Obras tendrá facultad para rechazar materiales para escollera cuando así lo aconseje la
experiencia local. El coeficiente de desgaste de Los Ángeles, determinado según UNE EN 1097-2, será inferior
a cincuenta.
2.3.2.2
2.3.2.2.1
MATERIALES PARA CAPAS GRANULARES
MATERIAL PARA SUB-BASE GRANULAR
A) CONDICIONES GENERALES:
Se definen como materiales para subbase granular a los áridos naturales o procedentes de machaqueo y
trituración de piedra de cantera que cumplan las condiciones que se expresan en los apartados siguientes.
El empleo de escorias no está permitido.
La curva granulométrica de los materiales cumplirá alguno de los husos S2, S3 y S4.
CEDAZOS Y TAMICES CERNIDO PONDERAL ACUMULADO (%)
UNE
S2
S3
S4
50
100
100
100
25
75 - 95
100
100
10
40 – 75
50 – 85
60 - 100
5
30 – 60
35 – 65
50 - 85
2
20 – 45
25 – 50
40 – 70
0,4
15-30
15-30
25-45
0,08
5 - 15
5 - 15
10 - 25
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B) CALIDAD:
El coeficiente de desgaste medido por el ensayo de Los Ángeles según la Norma NLT-149/72 será inferior a
cincuenta (50).
La capacidad portante tendrá un índice CBR superior a veinte (20) de acuerdo a la Norma NLT-111/58
Las condiciones de plasticidad, al tratarse de material para subbase con tráfico ligero, tendrá que cumplir al
mismo tiempo que su límite líquido sea menor de veinticinco (LL<25) y su índice de plasticidad menor de seis
(IP<6). El equivalente de arena será mayo de veinticinco (EA>25). Según las Normas de ensayo NLT-105/72,
NLT- 106/72, y NLT -113/72.
C)
ENSAYOS:
Las características de los materiales a emplear en subbases se comprobarán antes de su utilización con la
ejecución mínima de los ensayos en frecuencia y tipo que a continuación se reseñan.
3
Cada mil metros cúbicos (1000 m ) o fracción de material a emplear:
•
Un (1) ensayo granulométrico.
•
Un (1) ensayo proctor modificado.
•
Un (1) ensayo de límites de Atterberg.
•
Dos (2) ensayos de equivalentes de arena. Además por cada procedencia de
material:
•
Un (1) ensayo CBR
•
Un (1) ensayo de los Ángeles.
2.3.2.2.2
ZAHORRA ARTIFICIAL
A) DEFINICION Y CONDICIONES GENERALES:
Se define como zahorra artificial a la mezcla de áridos, procedentes de préstamos o de las excavaciones, total
o parcialmente machacados con una granulometría continua, presentando al menos en la fracción retenida por
el tamiz 5 UNE, un cincuenta por ciento (50%) en peso que presenten dos caras (2) caras o más de fractura.
La uniformidad será razonable y estará exenta de polvo, suciedad, arcilla u otras materias extrañas.
La composición granulométrica cumplirá lo especificado en el artículo 502.2 del PG3
Se empleará el huso Z1.salvo que el tamaño máximo rebase la mitad del espesor de la tongada compactada.
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CEDAZOS
Y CERNIDO PONDERAL ACUMULADO (%)
TAMICES UNE
Z1
Z2
Z3
50
100
100
100
40
70 - 100
100
100
25
55 - 85
70 - 100
100
20
50 - 80
60 - 90
70 - 100
10
40 – 70
45 – 75
50 - 80
5
30 – 60
30 – 60
35 - 65
2
20 – 45
20 – 45
20 – 45
0,4
13-30
10-30
10-30
0,08
5 - 15
5 - 15
5 - 15
B) CALIDAD:
El coeficiente de desgaste medido por el ensayo de Los Ángeles según la Norma NLT-149/72 será inferior a
treinta y cinco (35)
La capacidad portante tendrá un índice CBR superior a veinte (20) de acuerdo a la Norma NLT-111/58
El material será no plástico y su equivalente de arena será mayo de treinta (EA>30). Según las Normas de
ensayo NLT-105/72, NLT- 106/72, y NLT -113/72.
C) ENSAYOS:
Las características de los materiales a emplear en bases se comprobarán antes de su utilización con la
ejecución mínima de los ensayos en frecuencia y tipo que a continuación se reseñan.
Se realizarán los siguientes ensayos:
3
•
Por cada 1.000 m
•
Equivalente de Arena s/UNE-EN933-8.
•
Granulometría s/UNE-EN 933-1
•
Por cada 5.000 m
•
Límite líquido e índice de plasticidad, s/UNE 103103 y UNE 103104 respectivamente.
•
Próctor modificado s/UNE 103501.
•
Partículas trituradas, s/UNE-EN 933-5
•
Humedad natural, s/UNE-EN 1097-5
•
Por cada 20.000 m
3
Índice de lajas s/UNE-EN 933-3.
3
Desgaste los Ángeles s/UNE-EN 1097-5
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2.3.2.3
2.3.2.3.1
MATERIALES PARA FIRMES Y PAVIMENTOS
ARIDOS PARA TRATAMIENTOS SUPERFICIALES
Los áridos cumplirán las Condiciones Generales especificadas en el artículo 532.2.2.1 del PG-3.
La Composición Granulométrica: será uniforme normal de los tipos A 13/7, A 10/5, A 6/3 y A 5/2 de las
especificadas en el artículo 532.2.2. del PG-3.
Las restantes características de los áridos, resistencia al desgaste, índice de forma, coeficiente de pulido
acelerado, adhesividad, se ajustarán a los límites establecidos en los artículos 532.2.2.3, 532.2.2.4 y 532.2.2.6
del PG-3.
A) ENSAYOS:
Por cada cien metros cúbicos (100m3) o fracción de árido a emplear y una vez al día:
•
Un (1) ensayo granulométrico (NLT 104/48).
•
Por cada procedencia de árido se realizarán:
•
Un (1) ensayo de los Ángeles (NLT 149/63).
•
Un (1) ensayo de estabilidad con cinco ciclos. Un (1) ensayo de adhesividad (NLT
166/58).
2.3.2.3.2
A)
EMULSIONES ASFÁLTICAS PARA RIEGOS
DEFINICIÓN Y CONDICIONES GENERALES:
Será de aplicación lo especificado en los artículos 213.1 y 213.2 del PG-3.
En todo caso, las emulsiones asfálticas directas, deberán ser homogéneas y, después de bien mezcladas, no
mostrar separación de sus componentes dentro de los treinta días siguientes, a no ser que la separación haya
sido motivada por heladas.
B)
TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO:
Será de aplicación lo especificado en el artículo 213.4 del PG-3.
C)
ENSAYOS:
A la recepción en obra de cada partida, y siempre que el sistema de transporte y la instalación de
almacenamiento cuente con la aprobación del director de la obra, se llevará a cabo una toma de muestras, y
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sobre ellas se procederá a la identificación del tipo de emulsión (aniónica y catiónica), y a medir su contenido
de agua y su penetración sobre el residuo de destilación.
Con independencia de lo anteriormente establecido, cuando la DO lo estime conveniente, se llevará a cabo la
serie de ensayos que considere necesarios para la comprobación de las demás características reseñadas en
estas Prescripciones, cuya frecuencia y tipo se señalan a continuación.
Por cada veintiocho toneladas (28 t) o fracción de emulsión asfáltica directa a emplear:
•
Un (1) ensayo de viscosidad.
•
Un (1) ensayo de residuo de destilación.
•
Un (1) ensayo de emulsividad.
•
Un (1) ensayo de penetración sobre el residuo de destilación.
•
Una (1) determinación del peso específico.
Si la partida es identificable el Contratista presentará una hoja de ensayos, redactada por el laboratorio oficial,
dependiente del Ministerio de Obras Públicas, y se efectuarán únicamente los ensayos que sean precisos para
completar dichas series, aunque ello no implica la realización ineludible de los ensayos de identificación del tipo
de emulsión, contenido de agua y penetración sobre el residuo de destilación.
2.3.2.3.3
MATRIALES PARA MEZCLAS BITUMINOSOS EN CALIENTE
A) LIGANTE BITUMINOSO:
El ligante empleado será un betún asfáltico de penetración del tipo B 35/50.
Cuya definición y condiciones generales se especifican en el artículo 211 del PG-3
B) ARIDOS PARA MEZCLAS BITUMINOSAS EN CALIENTE:
Los áridos cumplirán las Condiciones Generales especificadas en el artículo 542.2.2.del PG-3.
La Composición Granulométrica: será la normal de las especificadas en la Tabla 542.1 del PG-3.
Las restantes características de los áridos, resistencia al desgaste, índice de forma, coeficiente de pulido
acelerado, adhesividad, se ajustarán a los límites establecidos en los artículos 542.2.2 del PG-3.
C) ENSAYOS:
3
Por cada cien metros cúbicos (100m )
Un (1) ensayo granulométrico (NLT 104/48).
Por cada 2.000 m3 de material a emplear se efectuarán los siguientes ensayos:
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•
Un (1) ensayo de peso específico
•
Un (1) ensayo de absorción de ligante
•
Un (1) ensayo de los Ángeles (NLT 149/63).
•
Un (1) ensayo de estabilidad con cinco ciclos.
•
Un (1) ensayo de adhesividad (NLT 166/58).
Además de los ensayos previstos para cada uno de los materiales que forman las mezclas, se efectuarán
como mínimo por cada jornada los siguientes ensayos:
•
Dos (2) ensayos granulométricos de la mezcla. Dos (2) determinaciones del
porcentaje de betún.
•
2.3.2.4
2
Un (1) de densidad por cada 1.000 m .
MATERIALES PÀRA HORMIGONES, MORTEROS Y LECHADAS
Se definen como hormigones los productos formados por mezcla de cemento, agua, árido fino, árido grueso y
eventualmente productos de adición, que al fraguar y endurecer adquieren una notable resistencia, y cómo
morteros, la misma mezcla pero sin árido grueso. Las lechadas son pastas muy fluidas de agua y cemento.
2.3.2.4.1
ARIDO GRUESO PARA HORMIGONES
A) CONDICIONES GENERALES:
Se entiende por árido grueso o grava, el árido o fracción del mismo retenido por el tamiz 4 UNE EN 933-2:96.
En este caso, por tratarse de materiales para hormigón, deberán cumplir las especificaciones dadas en el
artículo 28º de la Instrucción de Hormigón Estructural (EHE).
Como áridos para la fabricación de hormigones podrán emplearse gravas de yacimientos naturales lavadas y
clasificadas, rocas machacadas u otros productos cuyo empleo esté debidamente justificado, a juicio del
Director de las Obras.
Deberá comprobarse que la cantidad de sustancias perjudiciales no excede de los límites indicados la tabla
28.3.1 de la EHE.
El árido grueso no presentará reactividad potencial con los alcalinos del hormigón. Realizado el análisis
químico de la concentración SiO2 y de la reducción de la alcalinidad R, según la Norma UNE 146507:98, el
árido será considerado como potencialmente reactivo si:
•
SiO2> R, cuando R≥70
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•
SiO2> 35 + 0'5 R, cuando R<70
El coeficiente de forma del árido grueso determinado con arreglo a la Norma UNE 7238:91, no deberá ser
inferior a veinte centésimas (0'20). En caso contrario, el empleo de ese árido vendrá supeditado a la realización
de ensayos previos del hormigón en laboratorio.
Deberá comprobarse también que el árido grueso no presenta una pérdida de peso superior al dieciocho (18)
por ciento al ser sometido a cinco (5) ciclos de tratamiento con soluciones de sulfato magnésico, de acuerdo
con el método de ensayo de la Norma UNE 1367-2:98.
Respecto a la manipulación y el almacenaje, se ajustará a lo indicado en el apartado 28.5 de la EHE y sus
comentarios.
Para el almacenamiento de árido grueso, cuando no se efectúe en tolvas o silos, sino en pilas, deberá
disponerse una base satisfactoria a juicio del Director de las Obras; en caso contrario, los treinta (30)
centímetros a la base de las pilas no se utilizarán nunca.
Los materiales de diferentes procedencias, así como los acopios de distintos tamaños se almacenarán en
depósitos o pilas distintas de forma que no puedan mezclarse.
Si bien el examen de un árido determinado se hará siempre después del proceso de extracción y tratamiento
necesario y cuando se encuentre en los depósitos para su empleo sin ulterior tratamiento, el Director de la
Obra podrá rechazar, previamente, cualquier cantera o fuente de procedencia que a su juicio proporcione
materiales excesivamente heterogéneos.
Respecto la composición granulométrica:
- Limitación del tamaño:
El tamaño máximo del árido grueso será menor que las siguientes dimensiones:
• 0.8 de la distancia libre horizontal entre armaduras.
• 0.25 de la anchura, espesor o dimensión mínima de la pieza que se hormigona.
• 1.25 de la distancia entre el borde de la pieza y una vaina o armadura que forme un ángulo mayor de
45º con la dirección de hormigonado.
Al menos el ochenta y cinco (85) por ciento del árido será de dimensión menor que las dos siguientes. Los
cinco sextos (5/6) de la distancia libre horizontal entre armaduras. La cuarta parte (1/4) de la anchura, espesor
o dimensión mínima de la pieza que se hormigona.
- Granulometría:
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Una vez realizadas las instalaciones de clasificación de áridos que hayan de utilizarse en la obra, como norma
general se clasificará el árido grueso en los dos (2) tamaños siguientes:
•
De cinco milímetros (5mm) a treinta milímetros (30mm).
•
De treinta milímetros (30mm) a setenta milímetros (70mm).
En todo caso la fracción que pase por el tamiz 0'063 UNE EN 933-2 : 96 será inferior al uno por ciento (1) en
peso del total de la muestra, en áridos redondeados y de machaqueo no calizos, y del dos por ciento (2), para
áridos de machaqueo calizos, determinado por el ensayo UNE EN 933-9 : 98 y el coeficiente de forma
determinado con arreglo al ensayo UNE 7238 : 71 no será inferior a veinte centésimas (0'20).
Se estudiará la granulometría y se fijará la dosificación de cada tamaño mediante los oportunos ensayos que
aseguren que se cumplen las características de densidad, impermeabilidad, resistencia y durabilidad exigida
en el pliego a cada tipo diferente de hormigón.
B) ENSAYOS:
La granulometría se comprobará sistemáticamente mediante un (1) ensayo determinado por el método UNE
EN 933-2 : 96 cada cien metros cúbicos (100m3) o fracción de árido grueso o emplear y por lo menos (1) una
vez por semana. Además de estos ensayos. se comprobará mensualmente la inexistencia de partículas
blandas (UNE 7134 : 58) y de forma de las partículas (UNE 7238 : 71). Las características del árido grueso
podrán comprobarse antes de su utilización, mediante aquellos otros ensayos que la DO considere pertinentes.
2.3.2.4.2
ARIDO FINO PÀRA HORMIGONES Y MORTEROS
A) CONDICIONES GENERALES:
Se entiende por árido fino, o arena, el árido o fracción del mismo que pasa por el tamiz 4 UNE EN 933-2: 96, y
seguirá las especificaciones del artículo 28º de la Instrucción de Hormigón Estructural (EHE).
Como áridos para la fabricación de hormigones pueden emplearse arenas de yacimientos naturales lavadas y
clasificadas, rocas machacadas, escorias siderúrgicas apropiadas u otros productos cuyo empleo esté
debidamente justificado a juicio de la DO..
Cuando no se tengan antecedentes sobre la utilización de los áridos disponibles, o en caso de duda, deberá
comprobarse que la cantidad de sustancias perjudiciales no excede de los límites señalados en la tabla 28.3.1
de la EHE.
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En el caso de áridos finos de machaqueo, y previa autorización de la DO, el límite de seis por ciento (6%) para
los finos que pasan por el tamiz 0'063 UNE podrá elevarse al quince por ciento (15%), en este caso el
Equivalente de Arena no podrá ser inferior a setenta y cinco (EAV>75).
El árido fino no presentará reactividad potencial con los álcalis del cemento. Realizado el análisis químico de la
concentración SIO2 y de la reducción de la alcalinidad R, según la Norma UNE 4.137, el árido será
considerado como potencialmente reactivo si:
SIO2 > R, cuando R≥70
SIO2 > 35 + 0'5 R, cuando R<70
No se utilizarán aquellos áridos que presenten una proporción de materia orgánica tal que, ensayados con
arreglo a la Norma UNE EN 1744-1 : 98, produzcan un color más oscuro que el de la sustancia patrón.
Deberá comprobarse también que el árido fino no presenta una pérdida de peso superior al quince (15) por
ciento al ser sometido a cinco (5) ciclos de tratamiento con soluciones de sulfato magnésico respectivamente,
de acuerdo con la Norma UNE EN 1367-2 : 98.
Respecto la manipulación y el almacenaje, se seguirán las mismas prescripciones indicadas para el caso del
árido grueso.
Se estudiará con especial cuidado la granulometría de la arena exigiendo que contenga la cantidad suficiente
de elementos finos, comprendidos entre uno con veinticinco milímetros (1'25mm) y ocho décimas de milímetro
(0'80mm) a fin de conseguir la docilidad e impermeabilidad exigidas al hormigón.
B) ENSAYOS:
Por cada cien metros cúbicos (100 m3) o fracción de árido fino a emplear, y por lo menos una (1) vez por
semana, se realizarán los siguientes ensayos:
• Un (1) ensayo granulométrico y módulo de finura por el ensayo NLT-150.
• Un (1) ensayo de determinación de materia orgánica por el método UNE EN 1744-1: 98.
• Un (1) ensayo de determinación de finos, por el método UNE EN 933-9: 98.
Se determinará diariamente la humedad libre de arenas y en todo caso, siempre que se produzcan variaciones
de docilidad en el tajo o de más de cinco milímetros (5 mm) en la prueba de asiento en el cono de Abrams,
determinado método de ensayo UNE 83313 : 90.
Además de estos ensayos, las características del árido fino se podrán comprobar antes de su utilización
mediante aquellos otros que la DO pertinentes.
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2.3.2.4.3
CEMENTO
A) CONDICIONES GENERALES:
Para hormigones se utilizará cemento Portland CEM I/32.5 y CEM II A-P/32.5, de categoría no inferior a 32.5
que cumpla las condiciones establecidas en la “Instrucción para la recepción de cementos (RC-03)” y sea
capaz de proporcionar al hormigón las condiciones exigidas en el artículo 30º de la EHE. Para casos
especiales indicados expresamente se pueden utilizar cementos blancos tipo BL I/42.5.
El Contratista presentará a la Dirección de la obra una propuesta de utilización, para cada uno de los cementos
que vaya a emplear, donde figure:
•
Suministros.
•
Tipo, clase y categoría del cemento.
•
Análisis completos, físicos, mecánicos y químicos.
•
Forma de suministro, transporte y almacenamiento.
Deberá cumplir en cualquier caso, las características físicas, químicas y mecánicas especificadas en los
artículos 202.4 y 205 del PG 3/75.
El cemento no llegará a obra excesivamente caliente. Se recomienda que, si su manipulación se va a realizar
por medios mecánicos, su temperatura no exceda de setenta grados centígrados; y si se va a realizar a mano,
no exceda del mayor de los dos límites siguientes:
•
Cuarenta grados centígrados.
•
Temperatura ambiente más cinco grados centígrados.
Cuando la temperatura del cemento exceda de setenta grados centígrados, deberá comprobarse con
anterioridad al empleo del cemento que éste no presenta tendencia a experimentar falso fraguado.
Cuando el suministro se realice en sacos, el cemento se recibirá en obra en los mismos envases cerrados en
que fue expedido de fábrica y se almacenará en sitio ventilado y defendido, tanto de la intemperie como de la
humedad del suelo y de las paredes. Los sacos se conservarán en buen estado, no presentando desgarrones,
zonas húmedas, ni fugas.
A la recepción en obra de cada partida, la Dirección de la obra examinará el estado de los sacos, y procederá a
rechazarlos o dar su conformidad para que se pase a controlar el material.
La Dirección de la obra, comprobará con la frecuencia que crea necesario, que del trato dado a los sacos
durante su descarga no se produzcan desperfectos que puedan afectar a la calidad del material y, de no ser
así, impondrá el sistema de descarga que estime más conveniente.
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Si el suministro se realiza a granel, el almacenamiento se llevará a cabo en silos o recipientes que lo aíslen de
la humedad.
Si el período de almacenamiento ha sido superior a un mes, se comprobará que las características del
cemento continúan siendo adecuadas. Para ello, dentro de los veinte días anteriores a su empleo, se
realizarán los ensayos de fraguado y resistencias mecánicas a tres y siete días, sobre una muestra
representativa del cemento almacenado, sin excluir los terrones que hayan podido formarse.
De cualquier modo, salvo en los casos en que el nuevo período de fraguado resulte incompatible con las
condiciones particulares de la obra, la sanción definitiva acerca de la idoneidad del cemento en el momento de
su utilización vendrá dada por los resultados que se obtengan al determinar la resistencia mecánica a
veintiocho días del hormigón con él fabricado.
A la recepción en obra de cada partida, y siempre que el sistema de transporte y la instalación de
almacenamiento cuente con la aprobación de la Dirección de Obra, se llevará a cabo una toma de muestras, y
sobre ellas se procederá a medir el rechazo por el tamiz de 4.900 mallas/cm² y la pérdida al fuego. En el caso
de no superar alguno de los dos ensayos, deberá rechazarse el cemento.
B) ENSAYOS:
Se realizarán los siguientes ensayos de control:
•
Ensayos previos completos según EHE.
•
Mensualmente:
o
Un (1) ensayo de finura de molido.
o
Un (1) ensayo de pérdida al fuego.
o
Un (1) ensayo de falso fraguado.
o
Un (1) ensayo de expansión.
o
Un (1) ensayo de peso especificado.
o
Un (1) ensayo de principio y fin de fraguado.
o
Un (1) ensayo de resistencia a flexotracción y a compresión a siete (7) y veintiocho (28) días
Con independencia de lo anteriormente establecido, cuando la dirección de Obra lo estime conveniente, se
llevarán a cabo las series de ensayos que considere necesarias para la comprobación de las demás
características exigibles al cemento.
Cuando alguno de los controles periódicos del cemento almacenado no cumple con alguna de las exigencias
anteriores, podrá ser rechazado el lote muestreado, si así lo considera oportuno la Dirección de Obra. Se
entiende, aquí por lote la cantidad de cemento comprendida entre dos controles sucesivos.
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2.3.2.4.4
A)
AGUA PARA MORTEROS Y HORMIGONES
CONDICIONES GENERALES:
Como norma general, podrán ser utilizadas todas las aguas consideradas como aceptables por la práctica, que
estará limpia y libre de materias nocivas, tanto en suspensión como en disolución. No se podrá emplear agua
que tenga un contenido de sales disueltas mayor de dos gramos por litro (2 g/l).
Se exigirán las condiciones de la Instrucción EHE y lo especificado en el artículo 280 del PG-3. En ningún caso
se utilizará para el amasado o para el curado agua de mar.
Se rechazarán las aguas que no cumplan todas y cada una de las siguientes condiciones:
•
pH ≥ 5.
•
Contenido de sustancias disueltas ≤ 15 g/l.
•
Contenido de ion cloro inferior a 1 g/l para hormigones pretensados, 3 g/l para
armados, o en masa con armadura para reducir la fisuración.
B)
•
Contenido de sulfatos, medido en SO4=, será inferior a 1 g/l.
•
Contenido de hidratos de carbono no existirá.
•
Sustancias solubles en éter ≤ 15 g/l.
ENSAYOS:
Se realizará una (1) serie completa de los ensayos que se mencionan en los siguientes casos:
•
Antes de comenzar la obra, si no se tienen antecedentes del agua que vaya a
utilizarse o si varían las condiciones de suministro o indique la DO.
•
Un (1) análisis de acidez pH (UNE 7.234 : 91)
•
Un (1) análisis de contenido de sustancias solubles (UNE 7.130 : 58)
•
Un (1) análisis de contenido de cloruros (UNE 7.178 : 60)
•
Un (1) análisis de contenido de sulfatos (UNE 7.131 : 58)
•
Un (1) análisis de contenido de hidratos de carbono (UNE 7.132 : 58)
•
Un (1) análisis de contenido de aceite o grasa (UNE 7.235 : 71)
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2.3.2.4.5
ADITIVO PARA MORTEROS Y HORMIGONES
Se trata de productos distintos a los componentes básicos del hormigón y mortero -cementos, agua y áridosque se incorporan a la mezcla para dotarles de unas características especiales. Se diferencian entre químicos
e inertes.
Los primeros principalmente tienen la misión de ser aireantes, plastificantes, retardadores del fraguado,
aceleradores del fraguado. Las características que deben cumplir se recogen en el artículo 280 del PG-3:
Se prescribe el uso de retardadores del fraguado en hormigones y sólo se admitirá en morteros y con
autorización expresa de la DO.
Los aditivos que en principio se prevea su utilización por el Contratista no serán de abono y deben de ser
comunicados y expresamente aprobados por la DO.
2.3.2.5
MADERA
Deberá cumplir las condiciones siguientes:
•
Proceder de troncos sanos apeados en sazón y haber sido desecada, por medios naturales o
artificiales durante el tiempo necesario hasta alcanzar el grado de humedad preciso para las
condiciones de uso a que se destine.
•
No presentar signo alguno de putrefacción, atronaduras, carcomas o ataque de hongos.
•
Estar exenta de grietas, lupias, y verrugas, manchas o cualquier otro defecto que perjudique
su solidez y resistencia. En particular, contendrá el menor número posible de nudos, los cuales, en
todo caso, tendrán un espesor inferior a la séptima parte (1/7) de la menor dimensión de la pieza.
•
Tener sus fibras rectas y no reviradas o entrelazadas y paralelas a la mayor dimensión de la
pieza. Presentar anillos anuales de aproximada regularidad, sin excentricidad de corazón ni
entrecorteza. Dar sonido claro por percusión.
•
No se permitirá en ningún caso madera sin descortezar ni siquiera en las entibaciones o
apeos.
•
Las dimensiones y forma de la madera serán, en cada caso, las adecuadas para garantizar la
resistencia de los elementos de la construcción en madera, y cuando se trate de construcciones de
carácter definitivo se ajustarán a las definidas en los Planos o las aprobadas por la DO.
La madera de construcción escuadrada será al hilo, cortada a sierra y de aristas vivas y llenas.
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2.3.2.6
2.3.2.6.1
ACEROS Y MATERIALES METÁLICOS
BARRAS CORRUGADAS PARA HORMIGÓN ESTRUCTURAL
A) CONDICIONES GENERALES:
Se entiende por barras corrugadas para hormigón armado las de acero que presentan en su superficie resaltos
o estrías que, siguiendo las indicaciones del artículo 31.2º de la EHE, mejoran su adherencia con el hormigón
de tal forma que en el ensayo de adherencia por flexión (UNE 36740 : 98) presentan una tensión media de
adherencia τbm y una tensión de rotura de adherencia τbu que cumplen simultáneamente las dos condiciones
siguientes:
-Diámetros inferiores a 8:
τbm> 6.88 τbu> 11.22 -Diámetros de 8 a 32, ambos inclusive: τbm
≥
6.88 - 0.12 diámetro. τbu ≥ 12.74 – 0.19
diámetro.
-Diámetros superiores a 32:
τbm ≥ 4
τbu ≥ 6.66
Donde τbm y τbu se expresan en N/mm² y diámetro en mm.
Las barras deben ser fabricadas a partir de lingotes o semiproductos identificados por coladas o lotes de
materia prima controlada, para que, con los procesos de fabricación empleados, se obtenga un producto
homogéneo.
Se designan de acuerdo con las características mecánicas exigidas y proceso de fabricación indicados
posteriormente.
Los contenidos máximos admisibles en fósforos y azufre serán de cinco y seis centésimas por ciento (0'05 % y
0'06 %), respectivamente, referidos al análisis de colada, y de seis y siete centésimas por ciento (0’06 % y 0'07
%) referidos al análisis sobre producto terminado.
Se consideran los dos procesos de fabricación siguientes:
- Proceso N: composición química: dureza natural.
- Proceso F: deformación en frío: estirado, torsión o ambos
La sección equivalente no será inferior al noventa y cinco y medio por ciento (95.5 %) de la sección nominal.
Los valores de la tolerancia de ovalización, es decir, de las diferencias entre los diámetros máximos y mínimo
de una sección recta cualquiera, medidos sobre el núcleo, son los que a continuación se indican:
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Diámetro nominal (mm) Tolerancia (mm)
6-8
1,0
10 - 12
1,5
16 - 25
2,0
32 - 40
2,5
Las características mecánicas que deberán garantizarse son las indicadas en Norma UNE 36068: 94.
Deberá comprobarse la ausencia de grietas después de el ensayo de doblado desdoblado a 90º (apartado
10.3 de la UNE 36.068 : 94) sobre los mandriles que corresponda.
Deberá llevar, así mismo, las marcas de identificación establecidas en la UNE 36811 : 88, relativas a su tipo y
marca del fabricante.
El suministrador deberá poseer el certificado de homologación de adherencia indicado en apartados anteriores.
Las barras corrugadas se almacenarán de forma que no estén expuestas a una oxidación excesiva, separadas
del suelo y de forma que no se manchen de grasa ligante, aceite o cualquier otro producto que pueda
perjudicar la adherencia de las barras al hormigón.
B) ENSAYOS DE RECEPCIÓN:
A la llegada de cada partida a la obra se procederá a una toma de muestras con las que se procederá a
efectuar un ensayo de plegado.
En el caso de que la partida sea identificable y el Contratista presente un sello reconocido o un CC-EHE, no
harán falta ensayos, salvo el de plegado.
Además de esto cuando la DO lo estime conveniente se realizarán las series de ensayos necesarios para la
comprobación de las demás características reseñadas en estas prescripciones.
2.3.2.6.2
TUBERÍA DE ACERO CORRUGADO GALVANIZADO
A) DEFINICIÓN
Se define como tubería de acero corrugado y galvanizado, la fabricada mediante chapas de acero galvanizado
unidas por tornillería, de sección circular, ovalada, abovedada o en bóveda, con superficie ondulada, la cual les
confiere resistencia a los esfuerzos de flexión y compresión.
B) CONDICIONES GENERALES
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- Chapa corrugada:
El acero utilizado para las chapas que componen la tubería, será de calidad tipo S 235 JR, según la
nomenclatura de la norma de cumplimiento europeo UNE-EN 10.025, el cual tiene las limitaciones de
composición química y de características mecánicas que se resumen en las tablas a continuación:
DESIGNACIÓN TIPO DE ACERO
S 235 JR
Designación
Mn
S 235 JR
Si
P
S
N
% máx. % máx. % máx. % máx. % máx.
0,17
-
Límite Elástico Resistencia a la
Tipo de acero
-
C
-
0,045
0,045
% máx.
0,09
Alargamiento mínimo en %
Mínimo
Tracción
Espesor nominal en mm
en N/mm²
en N/mm²
>1 ≤ 1,5
235
340 a 510
18
>1,5 ≤ 2 >2 ≤ 2,5 >2,5 ≤ 3 > 3 ≤ 40
19
20
21
26
Elementos de unión:
Los elementos para la unión de las chapas son tornillos y tuercas de cabeza hexagonal, de diferente métrica
según la corrugación de la chapa, con características químicas y mecánicas según la norma UNE-EN-ISO 898
Los tornillos utilizados para el ensamblaje de las chapas de las tuberías de acero corrugado, poseen unos
resaltes especiales a modo de “dientes”, que permiten un mejor ajuste a la chapas de forma que, sin dañar el
recubrimiento galvánico, hacen posible imprimir un mayor par de apriete.
-
Galvanización
En dicha norma UNE-EN ISO 1461, se establecen los espesores mínimos de galvanizado para los diferentes
espesores de chapa
De forma similar se establecen los revestimientos mínimos de Zinc para tornillería y piezas de unión en la
norma UNE 37.507.
C) FORMAS Y CARACTERÍSTICAS GEOMÉTRICAS
-
Estructuras:
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Las tuberías pueden adoptar formas circulares, abovedadas, elípticas o tipo bóvedas, según el radio de
curvatura que se confiera a las chapas que las componen. La definición de una estructura se realizará
mediante las dimensiones en metros de su Diámetro o Luz (medida horizontal entre extremos en la sección de
la tubería), de su Flecha (medida vertical entre extremos de la sección de la tubería) y por los ángulos y radios
de curvatura interiores que la componen, realizadas dichas mediciones en el eje neutro de su corrugación.
Las tolerancias de las mismas serán del 2 %, o bien las establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas
Particulares de la obra y de acuerdo con la Dirección Facultativa de la Obra.
-
Chapas
Las chapas utilizadas para la formación de la tubería de acero corrugado, deberán tener una curvatura
constante, en función de la definición geométrica de la tubería, estar convenientemente taladradas para que,
con los solapes adecuados, permitan un ensamblaje de las mismas tanto longitudinal como transversalmente.
-
Corrugaciones
Las chapas deben ondularse en sentido perpendicular al de curvatura.
2.3.2.7
POLICLORURO DE VINILO (PVC) PARA TUBERÍAS
A) CONDICIONES GENERALES
Se define el policloruro de vinilo (PVC) para tuberías el material constituido por policloruro de vinilo
técnicamente puro en una proporción mínima del noventa y seis por ciento (96%) y colorantes, estabilizadores
y materiales auxiliares. Se entiende como aquellos conductos de P.V.C. rígido no plastificado de sección
circular con pared interior lisa.
Sus características físicas:
•
Peso especifico (según UNE-EN ISO 1183:2.005) comprendido entre uno y treinta y siete
centésimas y uno y cuarenta y dos centésimas toneladas por metro cúbico (1'37 a 1'42 Tn/m3).
•
Coeficiente de dilatación lineal comprendido entre sesenta y ochenta millonésimas (60 a 80)
por grado C. (UNE 53126).
•
Temperatura de reblandecimiento (según UNE 306) no menor de ochenta grados centígrados
(80º C) para una carga de ensayo de un kilogramo (1 kgr.).
•
Módulo de elasticidad a veinte grados centígrados (20º C) no menor que veintiocho mil
kilogramos por centímetro cuadrado (28.000 kgr/cm²).
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•
Tensión máxima a tracción no inferior a quinientos kilogramos por centímetro cuadrado (500
kgr/cm²) realizando el ensayo a veinte más menos un grado centígrado (20 ± 1º C) y una velocidad de
separación de mordazas de seis milímetros por minuto (6 mm/min.) con probeta mecanizada. El
alargamiento a la rotura será como mínimo el ochenta por ciento (80%).(UNE 53131).
•
Absorción máxima de agua (según UNE 1452): cuatro milígramos por centímetro cuadrado (4
mgr/cm²).
•
Opacidad (según UNE 53039): que no pase más de dos décimas por ciento (0'2%) de la luz
incidente.
Se utilizará P.V.C. rígido con los diámetros nominales especificados en proyecto, no plastificado, con menos
del uno por ciento (1%) de impurezas de las siguientes características físicas:
3
•
Densidad: de 1,35 a 1,46 kg/dm .
•
Resistencia a tracción simple: 500 kg/cm .
•
Alargamiento a la rotura: 80%.
2
La superficie interior de cualquier elemento será lisa, no pudiendo admitirse otros defectos de regularidad que
los de carácter accidental o local que queden dentro de las tolerancias prescritas y que no representen merma
de la calidad ni de la capacidad de desagüe. La reparación de tales defectos no se realizará sin la previa
autorización de la Dirección de Obra.
Los tubos estarán bien acabados, con espesores uniformes y cuidadosamente trabajados, de manera que las
paredes exteriores y especialmente las interiores queden regulares y lisas, con aristas vivas.
Todos los elementos de la conducción deberán resistir, sin daños a todos los esfuerzos que estén llamados a
soportar en servicio y durante las pruebas y ser absolutamente estancos, no produciendo alteración alguna en
las características físicas, químicas, bacteriológicas y organolépticas de las aguas, aún teniendo en cuenta el
tiempo y los tratamientos físico-químicos a que estas hayan podido ser sometidas.
Todos los elementos deberán permitir el correcto acoplamiento del sistema de juntas empleado para que estas
sean estancas: a cuyo fin, los extremos de cualquier elemento estarán perfectamente acabados para que las
juntas sean impermeables, sin defectos que repercutan en el ajuste y montaje de las mismas, evitando tener
que forzarlas.
Todos los elementos de la tubería llevarán, como mínimo, las marcas distintivas siguientes, realizadas por
cualquier procedimiento que asegure su permanencia:
1º Marca de fábrica.
2º Diámetro nominal.
3º Presión de trabajo en kg./cm²
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4º Marca de identificación de orden, edad o serie, que permita encontrar la fecha de fabricación y modalidades
de las pruebas de recepción y entrega.
La fabricación se realizará a partir de una banda nervada del material citado anteriormente.
Los tubos de plástico se fabricarán en instalaciones especialmente preparadas con tubos los dispositivos
necesarios para obtener una producción sistematizada y con un laboratorio mínimo necesario para comprobar
por muestreo al menos las condiciones de resistencia y absorción exigidas al material.
No se admitirán piezas especiales fabricadas por la unión mediante soldadura o pegamento de diversos
elementos.
CLASIFICACIÓN:
Los tubos se clasificarán por su diámetro exterior (diámetro nominal) y la presión máxima de trabajo (Pt)
definida en kilogramos por centímetro cuadrado. Dicha presión de trabajo se entiende para cincuenta (50) años
de vida útil de la obra y veinte grados centígrados (20º C) de temperatura de uso del agua.
DIÁMETROS NOMINALES Y TOLERANCIAS:
Los diámetros nominales se refieren a los exteriores de los tubos, ya las tolerancias admitidas; proporcionan
los valores máximos en milímetros de los diámetros exteriores, indicados en los cuadros normalizados. No se
admiten tolerancias en menos.
ESPESORES Y TOLERANCIAS:
Los espesores y tolerancias son los nominales indicados en las tablas normalizadas. No se admiten tolerancias
en menos.
ASPECTO DE LOS TUBOS:
El material de los tubos estará exento de grietas, granulaciones, burbujas o faltas de homogeneidad de
cualquier tipo.
Las paredes serán suficientemente opacas para impedir el crecimiento de algas o bacterias cuando las
tuberías queden expuestas a la luz solar.
RECEPCIÓN:
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Las piezas que hayan sufrido averías durante el transporte o que presentaran defectos no apreciados en la
recepción en la fábrica serán rechazadas.
El Director de Obra, si lo estima necesario podrá ordenar en cualquier momento la repetición de pruebas sobre
las piezas ya ensayadas en fábrica.
El Contratista, avisado previamente por escrito, facilitará los medios necesarios para realizar estas pruebas
sobre las piezas ya ensayadas en fábrica.
Si los resultados de estas últimas pruebas fueran favorables los gastos serán a cargo del promotor, y en caso
contrario corresponderán al Contratista, que deberá además reemplazar los tubos, piezas, etc. previamente
marcados como defectuosos procediendo a su retirada y sustitución en los plazos señalados por el Director de
Obra.
B) ENSAYOS:
Serán obligatorias las siguientes verificaciones y pruebas:
1º Examen visual del aspecto general de todos los tubos.
2º Comprobación de dimensiones, espesores y rectitud de los tubos.
3º Pruebas de estanqueidad.
4º Pruebas de rotura por presión hidráulica interior sobre un tubo de cada lote.
LOTES Y EJECUCIÓN DE LAS PRUEBAS:
El proveedor clasificará el material por lotes de 200 unidades antes de los ensayos, salvo que el Director de
Obra autorice expresamente la formación de lotes de mayor número.
El Director de Obra escogerá los tubos, elementos de juntas o piezas que deberán probarse. Por cada lote de
200 o fracción de lote, sino se llegase en el pedido al número citado, se tomarán el menor número de unidades
que permitan realizar la totalidad de los ensayos.
En primer lugar se realizarán las pruebas mecánicas y si los resultados son satisfactorios, se comprobarán las
circunstancias primera y segunda y después se procederá a la realización de las pruebas de tipo hidráulico.
EXAMEN VISUAL DEL ASPECTO GENERAL DE LOS TUBOS Y COMPROBACIÓN DE DIMENSIONES,
ESPESORES Y RECTITUD DE LOS MISMOS:
Cada tubo se presentará separadamente, se le hará rodar por dos carriles horizontales y paralelos, con una
separación entre ejes igual a los dos tercios (2/3) de la longitud nominal de los tubos. Se examinará por el
interior y exterior del tubo y se tomarán las medidas de sus dimensiones, el espesor en diferentes puntos y la
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flecha para determinar la posible curvatura que puede presentar. Además se tendrán en cuenta las
condiciones generales.
PRUEBAS DE ESTANQUEIDAD:
Los tubos que se van a probar se colocan en una máquina hidráulica asegurando la estanqueidad en sus
extremos mediante dispositivos adecuados.
Se dispondrá un manómetro debidamente contrastado y de una llave de purga.
La presión se mantendrá durante treinta (30) segundos.
2.3.2.8
MORTEROS Y LECHADAS
A) CONDICIONES GENERALES:
Se define un mortero de cemento como la mezcla de árido fino, agua y cemento. Eventualmente puede
contener algún producto de adición para mejorar alguna de sus propiedades, cuya utilización deberá haber
sido previamente aprobada por la Dirección de Obra.
Se emplearán en el asiento de piezas prefabricadas, en rejuntados y especialmente se utilizarán morteros para
pendientes en el interior de los cubetos. El Contratista recabará la aprobación de la Dirección de Obra sobre el
tipo de mortero aplicable para la ejecución de las distintas unidades de obra que lo requieran.
Los morteros se mezclarán en seco, preferentemente con amasadora, continuando el batido después de verter
el agua en la forma y cantidad fijada por la Dirección de Obra, o persona en quien delegue, hasta obtener una
pasta homogénea de color y consistencia uniforme, sin grumos, con un mínimo de un (1) minuto.
El mortero de cemento se utilizará dentro de la hora inmediata a su amasado. Durante este período podrá
añadirse agua, si es necesario, para compensar la pérdida de agua de amasado. Pasado el plazo de una (1)
hora, el mortero sobrante se desechará, sin intentar volverlo a hacer utilizable.
Los morteros serán suficientemente plásticos para rellenar los espacios en que hayan de usarse, y no se
retraerán de forma tal que pierdan contacto con la superficie de apoyo. La mezcla será tal que, al apretarla,
conserve su forma una vez que se le suelta, sin pegarse ni humedecer las manos. La consistencia será blanda,
con un asiento en el cono de Abrams entre quince y diecinueve centímetros (15-19 cm), pero sin que llegue a
formarse en superficie una capa de agua de espesor apreciable, cuando se introduzca en una vasija que se
sacuda ligeramente.
Deben tener:
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-
Arena limpia, libre de arcilla y sustancias orgánicas.
-
Resistencias características adecuadas a la función que desempeñen.
-
Adherencia suficiente.
-
Compacidad y docilidad.
-
Impermeabilidad e inalterabilidad a los fluidos.
-
Durabilidad e inalterabilidad a los agentes agresivos.
-
Buena dosificación del agua.
Los materiales a emplear en la confección del mortero serán arena lavada y cemento CEM I o II (SR, MR),
cuyas condiciones y ensayos serán los correspondientes a estos materiales, descritos con anterioridad
En obra se empleará un mortero de cuatrocientos cincuenta kilogramos de cemento por metro cúbico de
3
mortero (450 kg/m ), o M-160, con una dosificación volumétrica 1:3 de cemento y arena.
El Contratista controlará la calidad de los morteros a emplear en las obras para que sus características se
ajusten a lo señalado en el presente Pliego.
La dosificación y los ensayos de los morteros de cemento deberán ser presentados por el Contratista al menos
siete (7) días antes de su empleo en obra para su aprobación por la Dirección de Obra.
Al menos semanalmente se efectuarán los siguientes ensayos:
-
Un ensayo de determinación de resistencia a compresión, según ASTM C-109.
-
Un ensayo de determinación de consistencia por el método de ensayo UNE 83313 : 90
Durante los días de heladas no se permitirá trabajar en fábrica alguna en la que se emplee mortero de
cualquier clase. Cuando se sospeche que durante la noche la temperatura pudiera descender por debajo de
cero grados centígrados (0ºC), se abrigarán cuidadosamente los elementos con esteras, pajas u otros medios
que sean aprobados por la Dirección de Obra. Se demolerá toda fábrica en la que se compruebe que el
mortero se encuentra deteriorado a causa de las heladas. Asimismo, la Dirección de Obra podrá suspender la
ejecución de las obras en tiempo caluroso.
Se define la lechada de cemento, como la pasta muy fluida de cemento y agua, y eventualmente adiciones,
utilizada principalmente para inyecciones de terrenos, cimientos, túneles, etc.
Será de aplicación lo especificado en el artículo 612 del PG-3.
En todo caso, la composición de la lechada deberá ser aprobada por el Director de Obra para cada uso.
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2.3.2.9
BORDILLOS DE HORMIGÓN Y PREFABRICADOS
A) DEFINICIÓN
Los bordillos son elementos prefabricados de hormigón que se utilizan para delimitación de zonas. Pueden
estar constituidos en su integridad por un solo tipo de hormigón en masa o estar compuestos por un núcleo de
hormigón en masa y una capa de mortero de acabado en sus caras vistas.Los hormigones y sus componentes
elementales, cumplirán las condiciones de la vigente “Instrucción de Hormigón Estructural”.
Los bordillos de hormigón cumplirán las condiciones exigidas en la Norma UNE 1340, donde también se
especifican las características de los materiales empleados en su fabricación.
Se clasifican atendiendo a los siguientes criterios:
Por su tipo de fabricación:
•
MC: monocapa
•
DC: doblecapa
Por el uso previsto en su diseño:
•
A: bordillo peatonal.
•
C: bordillo de calzada.
•
R: rigola.
•
J: bordillo de jardinería.
•
V: bordillo para pasos. Por su forma:
•
Bordillos y rigola rectas.
•
Bordillos curvos.
•
Bordillos de escuadra.
Por su clase, determinada por la resistencia a flexión (Norma UNE-EN 1340). Este criterio no es aplicable a los
bordillos de jardinería ni a los especiales empleados en vados de pasos de peatones.
Los bordillos pueden estar constituidos en su integridad por un solo tipo de hormigón o estar compuestos, por
un núcleo de hormigón y una capa de mortero de acabado en sus caras vistas. En estos últimos denominados
de “doble capa” la cara vista estará inseparablemente unida al hormigón del núcleo.
La cara vista puede ser lisa, pintada, abujardada, pigmentada, lavada, texturada, con relieves acústicos o
rebaje para incorporación de reflectantes.
Los bordillos no presentarán coqueras, desportilladuras, exfoliaciones, grietas ni rebabas en la cara vista.
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En los bordillos de doble capa es admisible que en las caras no vistas, la textura pueda no ser totalmente
cerrada. En estos la doble capa cubrirá totalmente las caras vistas de las piezas. Tampoco será admisible la
aparición en las superficies de la cara vista de áridos provenientes del núcleo.
Se seguirá la Norma UNE-EN 1340 para la determinación de las características geométricas, físicas y
mecánicas.
B) ENSAYOS
Cuando el material no tenga sello o marca de calidad, con objeto de determinar si el producto es en principio
aceptable o no, se verificarán las pruebas de recepción que a continuación se indican, salvo instrucción
expresa de la dirección de obra:
-
Identificación
-
Comprobación de aspecto y acabado.
-
Características geométricas
-
Absorción de agua
-
Resistencia a flexión.
Si del resultado de estos ensayos se desprende que el producto no cumple algunas de las características
exigidas, se rechazará el suministro. En caso contrario se aceptará el mismo con carácter provisional,
quedando condicionada la aceptación de cada uno de los lotes que a continuación se vayan recibiendo en
obra, al resultado de los ensayos de control.
Para el control de aprovisionamiento a la obra de bordillos, se dividirá el suministro total en lotes de mil metros
lineales (1000 ml) o fracción que provengan de una misma fabricación.
El plan de control se establecerá determinando tantas tomas de muestras como número de lotes se hayan
obtenido.
La extracción de cada muestra se realizará al azar sobre los suministros del material a obra, considerándose
homogéneo el contenido de un camión o el material, suministrado en el mismo día, en distintas entregas pero
procedentes del mismo fabricante.
Para cada muestra se determinarán las características técnicas enumeradas en párrafos anteriores.
Si los resultados obtenidos cumplen las prescripciones exigidas para cada una de las características, se
aceptará el lote y de no ser así, el director decidirá su rechazo o depreciación a la vista de los resultados de los
ensayos realizados.
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2.3.2.9.1
A)
SEÑALES VERTICALES DE CIRCULACIÓN RETRORREFLECTANTES
DEFINICIÓN.
Se definen como señales y carteles verticales de circulación retrorreflectantes, el conjunto de elementos
destinados a informar, ordenar o regular la circulación del tráfico por carretera y en los que se encuentran
inscritos leyendas y/o pictogramas.
Una vez instalados deberán ofrecer la máxima visibilidad tanto en condiciones diurnas como nocturnas; para
ello deberán ser capaces de reflejar la mayor parte de la luz incidente (generalmente, procedente de los faros
de los vehículos) en la misma dirección que ésta pero en sentido contrario.
B)
MATERIALES.
Como componentes de señales y carteles verticales de circulación retrorreflectante se utilizará cualquier
sustrato, además de la pintura o lámina no retrorreflectantes y material retrorreflectante que cumplan las
prescripciones referentes a características, durabilidad, calidad y servicio especificadas en el artículo 701 del
PG-3.
La propiedad retrorreflectante de la señal o cartel se conseguirá mediante la incorporación de materiales
retrorrelectantes cuya calidad y criterios de selección cumplirán con lo especificado en el artículo 701 del PG-3.
Por su parte, la característica no retrorreflectante de las señales y carteles en las zonas específicas de las
mismas, se conseguirá mediante el empleo de pinturas y/o láminas no retrorreflectantes cuya calidad,
asimismo, se corresponderá con lo especificado en el artículo 701 del PG-3.
Los carteles sobre pórticos y banderolas serán de aluminio extrusionado. Todos los carteles serán reflexivos de
alta intensidad.
Los postes, chapas, banderolas y pórticos, serán de acero galvanizado por inmersión en caliente.
Las placas de chapa de acero galvanizado, las lamas de acero galvanizado y las lamas de aluminio, utilizadas
como sustratos de las señales y carteles metálicos de circulación, cumplirán los requisitos especificados en las
UNE 135 310, UNE 135 313, UNE 135 320, UNE 135 321 y UNE 135 322, que les sea de aplicación.
El galvanizado deberá efectuarse mediante proceso de inmersión en caliente y cumplirán las especificaciones
de la O.C. 318/91 T y P sobre galvanizado en caliente de elementos de acero empleados en equipamiento vial.
Las placas embutidas y estampadas y lamas, de acero galvanizado, para carteles de circulación se fabricarán
a partir de bandas (chapas o bobinas) de acero bajo carbono, galvanizadas en continuo por inmersión en
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caliente, para conformación en frío, según la norma UNE 36 130, con recubrimiento tipo Z 275 y cualquier
acabado de los previstos en dicha norma, y grados de acero FePO2G o FePO3G. Las demás prescripciones,
así como las condiciones de suministro y los métodos de ensayo, se atenderán a la citada norma UNE 36 130,
así como las normas UNE 135 130 y UNE 135 130, según el caso.
Los postes de sustentación de las señales de circulación y carteles de orientación se atenderán a la norma
UNE 37 508, tanto en lo relativo a características como a muestreo y ensayo.
Según su naturaleza y características, los materiales retrorreflectantes utilizados en señales y carteles
verticales de circulación se clasificarán como:
•
De nivel de retrorreflexión 1: serán aquellos cuya composición sea realizada a base de
microesferas de vidrio incorporadas en una resina o aglomerante, transparente y pigmentado con los
colores apropiados. Dicha resina, en su parte posterior, estará sellada y dotada de un adhesivo
sensible a la presión o activable por calor el cual, a su vez, aparecerá protegido por una lamina de
papel con silicona o de polietileno.
•
De nivel de retrorreflexión 2: serán aquellos cuya composición sea realizada a base de
microesferas de vidrio encapsuladas entre una película externa, pigmentada con los colores
adecuados, y una resina o aglomerante, transparente y pigmentado apropiadamente. La citada resina,
en su parte posterior, estará sellada y dotada de un adhesivo sensible a la presión o activable por calor
el cual, a su vez, aparecerá protegido por una lamina de papel con silicona o de polietileno.
•
De nivel de retrorreflexión 3: serán aquellos compuestos básicamente, de microprismas
integrados en la cara interna de una lámina polimérica. Dichos elementos por su construcción y
disposición en la lámina, serán capaces de retrorreflectar la luz incidente bajo amplias condiciones de
angularidad y a las distancias de visibilidad consideradas características para las diferentes señales,
paneles y carteles verticales de circulación, con una intensidad luminosa por unidad de superficie de,
al menos, 10 cd·m2 para el color blanco.
Las características que deben reunir los materiales retrorreflectantes con microesferas de vidrio serán las
especificadas en la UNE 135 334. Los productos de nivel de retrorreflexión 1 ó 2, suministrados para formar
parte de la señal o cartel retrorreflectante, estarán provistos de una marca de identificación, característica de su
fabricante, de acuerdo con lo especificado en la UNE 135 334.
Los materiales retrorreflectantes con lentes de gran angularidad deberán cumplir las características recogidas
en la UNE 135 334.
La selección del nivel de retrorreflexión más adecuado, para cada señal y cartel vertical de circulación, se
realizará en función de las características específicas del tramo de carretera a señalizar y de su ubicación.
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La tabla 701.3 del artículo 701 del PG-3 indica los niveles mínimos de retrorreflexión necesarios para cada
señal y cartel vertical de circulación retrorreflectantes, en función del tipo de vía, con el fin de garantizar su
visibilidad tanto de día como de noche.
El nivel de reflectancia es el que figura en la siguiente tabla para la clase de carretera Autovía.
CRITERIOS DE SELECCIÓN DEL NIVEL MÍNIMO DE RETRORREFLEXIÓN
ENTORNO DE UBICACIÓN DE LA SEÑAL O CARTEL
TIPO DE SEÑAL O
ZONA PERIURBANA
AUTOPISTA
CARTEL
(Travesías, circun-
AUTOVÍA Y
valaciones)
VÍA RÁPIDA
Nivel 2 (**)
Nivel 2
Nivel 1 (*)
Nivel 3
Nivel 3
Nivel 2 (**)
SEÑALES DE CÓDIGO
CARRETERA
CONVENCIONAL
CARTELES Y
PANELES
COMPLEMENTARIOS
(*)
En señales de advertencia de peligro, prioridad y prohibición de entrada deberá utilizarse
necesariamente el “nivel 2”.
(**)
Siempre que la iluminación ambiente dificulte su percepción donde se considere conveniente reforzar
los elementos de señalización vertical y en entornos donde confluyan o diverjan grandes flujos de tráfico,
intersecciones, glorietas, etc., deberá estudiarse la idoneidad de utilizar el nivel 3.
Para el periodo de garantía, las coordenadas cromáticas (x, y) y el factor de luminancia de la retrorreflectante
de las señales y carteles de circulación objeto del proyecto estarán de acuerdo con lo especificado en el
apartado 701.3.1.2 del PG-3, para cada uno de los niveles de retrorreflexión exigidos.
Las zonas no retrorreflectantes de las señales y carteles cumplirán lo especificado en el apartado 701.4.1.2 de
PG-3.
Los anclajes para placas y lamas así como la tornillería y perfiles de acero galvanizado empleados como
postes de sustentación de señales, carteles laterales y paneles direccionales cumplirán las características
indicadas para cada uno de ellos en las UNE 135 312 y UNE 135 314, respectivamente. Cuando presenten
soldadura, ésta se realizará según lo especificado en los artículos 624, 625 y 626 del Pliego de Prescripciones
Técnicas Generales. Por su parte, las pletinas de aluminio, estarán fabricadas según lo indicado en la UNE 135
321.
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Así mismo, los perfiles y chapas de acero galvanizado, tornillería y anclajes empleados para pórticos y
banderolas cumplirán lo indicado en la UNE 135 315. Por su parte, los perfiles y chapas de aleación de
aluminio, tornillería y anclajes empleados para pórticos y banderolas cumplirán lo indicado en la UNE 135 316.
Las hipótesis de cálculo que deberán considerarse para el diseño de cualquier elemento de sustentación y
anclaje serán las definidas en la UNE 135 311.
Podrán emplearse, previa aprobación expresa del Director de las Obras, materiales, tratamientos o aleaciones
diferentes, siempre y cuando estén acompañados del certificado acreditativo del cumplimiento de las
especificaciones técnicas obligatorias y/o del documento acreditativo del reconocimiento de la marca, sello o
distintivo de calidad (701.11). En cualquier caso, queda expresamente prohibida la utilización de acero
electrocincado o electrocadmiado, sin tratamiento adicional.
La garantía de calidad de los elementos de sustentación y anclajes de las señales y carteles verticales de
circulación retrorreflectante será exigible al Contratista adjudicatario de las obras.
C) SEÑALES Y CARTELES RETRORREFLECTANTES
Las señales y carteles que hayan de ser vistos desde un vehículo en movimiento tendrán las dimensiones,
colores y composición indicadas en el capítulo VI/Sección 4ª del Reglamento General de Circulación, así como
en las Normas de Carreteras 8.1-IC “Señalización vertical” y 8.3-IC “ Señalización, balizamiento y defensas de
obras fijas en vías fuera de poblado”.
Las señales en su cara vista podrán ser planas, estampadas o embutidas. Las señales podrán disponer de una
pestaña perimetral o estar dotadas de otros sistemas, siempre que su estabilidad estructural quede
garantizada y sus características físicas y geométricas permanezcan durante el periodo de servicio.
Las tolerancias admitidas en las dimensiones, tanto de señales y carteles como de pictogramas y letras, serán
las indicadas en las Normas de Carreteras 8.1-IC “Señalización vertical” y 8.3-IC “Señalización, balizamiento y
defensas de obras fijas en vías fuera de poblado”.
Tanto las señales como los carteles verticales, en su parte posterior, identificarán de forma indeleble, al menos,
el nombre del fabricante y la fecha de fabricación (mes y dos últimos dígitos del año).
Las características que deberán reunir las señales y carteles verticales de circulación serán las especificadas
en el artículo 701.4 del PG-3.
D)
ESPECIFICACIONES DE LA UNIDAD TERMINADA
Las unidades terminadas cumplirán las especificaciones del artículo 701.5 del PG-3.
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E)
CONTROL DE CALIDAD
El control de calidad de las obras de señalización vertical incluirá la comprobación de la calidad de las señales
y carteles y de la unidad terminada.
Este control se llevará a cabo siguiendo las especificaciones del artículo 701.7 del PG-3.
2.3.2.10
OTROS MATERIALES
Todos los materiales que sin especificarse en este Pliego hayan de ser empleados en obra, serán de primera
calidad y no podrán utilizarse sin antes haber sido reconocidos por el Ingeniero-Director de las Obras.
2.4
2.4.1
EJECUCIÓN, CONTROL, MEDICIÓN Y ABONO DE LAS UNIDADES DE OBRA
CONDICIONES GENERALES
La ejecución, control, medición y abono de las distintas unidades de obra se regirán por el artículo
correspondiente del presente Pliego.
Todas las operaciones, dispositivos y unidades de obra serán adecuados en su ejecución y características al
objeto del proyecto, y se entiende que serán de una calidad adecuada dentro de su clase, por lo que deberán
garantizarse unas características idóneas de durabilidad, resistencia y acabado.
En consecuencia, aunque no sean objeto de mención específica en el presente articulado, todas las unidades
de obra se ejecutarán siguiendo criterios constructivos exigentes, pudiendo requerir la Dirección de Obra
cuantas pruebas y ensayos de control estime pertinentes al efecto.
Todas las especificaciones relativas a definición, materiales, ejecución, medición y abono de las diferentes
unidades de obra vendrán reguladas por las de la correspondiente unidad de los Pliegos Generales vigentes
en cuantos aspectos no queden específicamente concretados en el presente Pliego de Prescripciones
Técnicas Particulares. La concretización de las características no definidas corresponde a la Dirección de
Obra.
Cuando el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares indique la necesidad de pesar materiales
directamente, el Contratista deberá situar, en los puntos que designe el Director, las básculas o instalaciones
necesarias, debidamente contrastadas, para efectuar las mediciones por peso requeridas; su utilización deberá
ir precedida de la correspondiente aprobación del citado Director. Dichas básculas o instalaciones serán a
costa del Contratista, salvo que se especifique lo contrario en los documentos contractuales correspondientes.
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CASTELL DE CABRES) DESDE EL PK. 39+300 AL PK 43+000. (TM. MORELLA)
2.4.2
DESBROCES, DEMOLICIONES Y TRABAJOS PREVIOS
2.4.2.1
DESBROCE DEL TERRENO
Se aplicará el presente artículo a las siguientes unidades de obra:
m2 DESBROCE, TALA Y RETIRADA DE ÁRBOLES Y ARRANQUE DE RAÍCES, INCLUSO CARGA Y
TRANSPORTE A VERTEDERO DEL MATERIAL OBTENIDO.
A)
DEFINICIÓN
Esta unidad de obra consiste en extraer y retirar, en toda la superficie de la obra, todos los árboles y arbustos,
tocones, basuras o cualquier otro material no deseable a juicio de la Dirección de Obra, y, en general, todos
aquellas elementos cuya remoción sea necesaria para la ejecución de las obras, no estén incluidos en otras
unidades y se encuentren dentro de la zona afectada por las obras. Además, esta unidad contempla la carga
sobre camión y el transporte a lugar de uso en obro o a vertedero autorizado.
B)
EJECUCIÓN
El Contratista deberá notificar a la Dirección de Obra el comienzo de cualquier operación, y éste dará las
normas que considere oportunas para su ejecución y determinará la manera de disponer los materiales
obtenidos, tengan o no valor comercial. En caso de no existir dichas indicaciones de la Dirección de Obra, la
ejecución de la unidad se ajustará a las especificaciones del artículo 300 del PG-3. El material será
transportado a vertedero incluyéndose el canon de vertido en la correspondiente unidad del capítulo de gestión
de residuos.
C)
MEDICIÓN Y ABONO
2
Esta unidad se medirá por metros cuadrados (m ) medidos de acuerdo con los planos, no siendo de abono los
excesos realizados sobre lo descrito en los planos ni las diferencias de obra entre la realizad y la proyectada.
Su abono se llevará a cabo aplicando el precio correspondiente del Cuadro de Precios nº1.
En el precio se consideran incluidas las operaciones de desbroce y arranque de árboles, arbustos, troncos y
raíces, sea cual fuere su tamaño, la carga sobre camión y su transporte.
2.4.2.2
FRESADO DE FIRME DE MEZCLA BITUMINOSA
Se aplicará el presente artículo a las siguientes unidades de obra:
M3 FRESADO DE PAVIMENTO ASFÁLTICO EXISTENTE, INCLUSO CARGA Y TRANSPORTE DEL
MATERIAL OBTENIDO A VERTEDERO.
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A)
DEFINICIÓN
Consiste en el fresado de la primera capa de mezcla bituminosa existente, con una profundidad de 5 cm.
B)
EJECUCIÓN
La ejecución incluye las operaciones siguientes:
•
Fresado de la superficie
•
Limpieza mediante barrido de la zona fresada.
Todo ello realizado conforme a las presentes especificaciones y a las instrucciones complementarias dadas por
el Director de Obra.
C) MEDICIÓN Y ABONO
Esta unidad se abonará mediante la aplicación del precio correspondiente del Cuadro de Precios nº 1 a los
3
metros cuadrados (m ) de fresado deducidos de los planos de planta que figuran en los Planos del Proyecto,
no siendo de abono los excesos realizados sobre lo descrito en los planos ni las diferencias de obra entre la
realidad y la proyectada, incluyendo, además, todas las operaciones necesarias para su total realización, e
incluye todas las operaciones necesarias para tal fin. Incluirá dicho precio el fresado de la superficie y la
limpieza de la misma, la carga del material obtenido y su transporte hasta vertedero autorizado.
2.4.2.3
ESCARIFICADO DE SUELOS Y CAPAS GRANULARES
Se aplicará el presente artículo a las siguientes unidades de obra:
M3 ESCARIFICADO DE SUELOS Y CAPAS GRANULARES EXISTENTES, INCLUSO COMPACTACIÓN DE
LA SUPERFICIE RESULTANTE
A)
DEFINICIÓN
Consiste en la disgregación con medios mecánicos adecuados de terrenos o firmes existentes con posterior
regularización y compactación de la superficie resultante y retirada de productos sobrantes a vertedero,
confiriéndole las características prefijadas de acuerdo con su situación en la obra. La profundidad del
escarificado se fijará por la Inspección Facultativa y, en todo caso, oscilará entre quince centímetros (15 cm.) y
treinta centímetros (30 cm.).
B)
EJECUCIÓN
La ejecución incluye las operaciones siguientes:
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•
Disgregación de la superficie
•
Regularización y compactación de la superficie resultante
•
Retirada de productos sobrantes a vertedero.
Todo ello realizado conforme a las presentes especificaciones y a las instrucciones complementarias dadas por
el Director de Obra.
C)
MEDICIÓN Y ABONO
Esta unidad, sólo será objeto de abono independiente cuando figure de forma expresa e independiente tal
aplicación en el presupuesto del Proyecto. No será objeto de abono, cuando su realización sea requerida por la
inadecuada o defectuosa terminación de otras unidades como compactaciones o excavaciones, en cuyo caso,
será su ejecución de la exclusiva cuenta del Contratista.
2.4.3
A)
MOVIMIENTOS DE TIERRAS
DEFINICIÓN
Las excavaciones están referidas a cualquier clase de terreno geológicamente natural o artificial, ya sea
suelto, alterado con elementos extraños o compacto, como yesos, mallacán o similares, a cualquier
profundidad, comprendiendo los medios y elementos necesarios para llevarlos a cabo, tales como
entibaciones y acodalamientos o bien los agotamientos, si se precisasen. Esta unidad, incluye, además
de las operaciones señaladas, el despeje y desbroce, el refino y compactación de las superficies
resultantes hasta el noventa por ciento (95 %) de la densidad del Proctor Modificado, y el transporte a los
almacenes municipales de cuantos productos u objetos extraídos tengan futuros aprovechamientos.
B)
EJECUCIÓN
En el precio de esta unidad de obra, se consideran incluidas las demoliciones de aquellas obras de
fábrica que tengan alguna dimensión inferior a treinta centímetros (30 cm.), siendo su volumen total
inferior a un metro cúbico (1 m3.) y la de aquéllas cuya consistencia no sea lo suficientemente alta a
juicio de la Inspección Facultativa.
No deberán transcurrir más de cuatro días (4 días) entre la excavación de la zanja y la colocación de las
tuberías.
Cono norma general, para profundidades superiores a un metro con cincuenta centímetros (1,50 m.), se
adoptarán taludes de un quinto (1/5) en los paramentos laterales.
DOCUMENTO Nº 3 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
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Los excesos de excavación, se considerarán como no justificados y, por lo tanto, no computables ni
tampoco su posterior relleno, a efectos de medición y abono. La realización de los taludes indicados, no
exime al Contratista de efectuar cuantas entibaciones sean precisas, para excluir el riesgo de
desprendimientos de tierras.
Deberán respetarse todos los servicios existentes, adoptando las medidas y medios complementarios
necesarios. Igualmente, se mantendrán las entradas y accesos a fincas o locales. El acopio de las tierras
excavadas deberá atenerse en todo momento, a lo dispuesto en el Reglamento de Seguridad e Higiene
en la Construcción. En particular, se realizarán los acopios a suficiente distancia de la excavación para
evitar desprendimientos y accidentes.
C) MEDICIÓN Y ABONO
Se medirán los metros cúbicos real y necesariamente ejecutados por diferencias de perfiles antes y
después de la excavación, abonándose al precio que, para tal unidad, figura en el Cuadro de Precios
número UNO, de acuerdo con el criterio de aplicación señalado en el presupuesto, incluyéndose en el
mismo, todas las operaciones y elementos auxiliares descritos.
Como norma general, se aplicará el precio de excavación con medios mecánicos a todas las
excavaciones en zanjas o emplazamientos. Unicamente, se aplicarán otros precios cuando
expresamente se contemple tal posibilidad en el presupuesto. El precio de excavación con medios
mecánicos y manuales, se aplicará exclusivamente a los tramos localizados en que haya ocurrido una
intervención manual en el arranque y extracción del terreno en una cuantía superior al veinte por ciento
(20 %) con relación al volumen total extraído en el tramo localizado. La ayuda directa de la mano de obra
a la maquinaria en cualquier operación, para la perfecta o total terminación de los distintos tajos, no
justificará la aplicación del precio con medios mecánicos y manuales si no se da la proporción indicada
anteriormente, a juicio de la Inspección Facultativa.
El precio de excavación en mina o bataches únicamente se aplicará para minas superiores a un metro (1
m.) de longitud; la ejecución de minas en longitudes menores, por ejemplo en paso bajo servicios, se
entenderá abonada en el precio de excavación en zanja o emplazamiento.
El precio de excavación en calas o catas, se aplicará a aquellas unidades que ordene ejecutar la
Inspección Facultativa, independientemente de su cuantía o volumen.
Serán de exclusiva cuenta del Contratista, la retirada y relleno de desprendimientos debidos a carencia o
deficiencia de entibación, y los sobreexcesos de anchuras con relación a las proyectadas.
2.4.3.1
EXCAVACIÓN EN ZANJA Y FORMACIÓN DE CUNETAS
Se aplicará el presente artículo a las siguientes unidades de obra:
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M3
EXCAVACIÓN EN APERTURA Y FORMACIÓN DE CUNETAS, EN CUALQUIER CLASE DE
TERRENO (EXCEPTO ROCA COMPACTA), INLCUSO PERFILADO DE TALUDES, CARGA Y
TRANSPORTE DEL MATERIAL OBTENIDO A TERRAPLÉN O VERTEDERO.
M3
EXCAVACIÓN EN ZANJA EN CUALQUIER CLASE DE TERRENO EXCEPTO ROCA COMPACTA,
INCLUSO ENTIBACIÓN, AGOTAMIENTO, RASANTEO, NIVELACIÓN Y COMPACTACIÓN DEL FONDO
RESULTANTE, ASÍ COMO CARGA Y TRANSPORTE A VERTEDERO DEL MATERIAL SOBRANTE.
M3 EXCAVACIÓN MANUAL EN REPERFILADO DE CUNETAS, ASIENTOS DE BORDILLOS, ZANJAS Y
PEQUEÑAS OBRAS DE DRENAJE.
A)
DEFINICIÓN
Las excavaciones están referidas a cualquier clase de terreno geológicamente natural o artificial, ya sea suelto,
alterado con elementos extraños o compacto, como yesos, mallacán o similares, a cualquier profundidad,
comprendiendo los medios y elementos necesarios para llevarlos a cabo, tales como entibaciones y
acodalamientos o bien los agotamientos, si se precisasen.
B)
EJECUCIÓN
Esta unidad, incluye, además de las operaciones señaladas, el despeje y desbroce, el refino y compactación
de las superficies resultantes hasta el noventa por ciento (95 %) de la densidad del Proctor Modificado, y el
transporte a los almacenes municipales de cuantos productos u objetos extraídos tengan futuros
aprovechamientos.
En el precio de esta unidad de obra, se consideran incluidas las demoliciones de aquellas obras de fábrica que
tengan alguna dimensión inferior a treinta centímetros (30 cm.), siendo su volumen total inferior a un metro
cúbico (1 m3.) y la de aquéllas cuya consistencia no sea lo suficientemente alta a juicio de la Inspección
Facultativa.
No deberán transcurrir más de cuatro días (4 días) entre la excavación de la zanja y la colocación de las
tuberías.
Cono norma general, para profundidades superiores a un metro con cincuenta centímetros (1,50 m.), se
adoptarán taludes de un quinto (1/5) en los paramentos laterales.
Los excesos de excavación, se considerarán como no justificados y, por lo tanto, no computables ni tampoco
su posterior relleno, a efectos de medición y abono. La realización de los taludes indicados, no exime al
Contratista de efectuar cuantas entibaciones sean precisas, para excluir el riesgo de desprendimientos de
tierras.
Deberán respetarse todos los servicios existentes, adoptando las medidas y medios complementarios
necesarios. Igualmente, se mantendrán las entradas y accesos a fincas o locales. El acopio de las tierras
excavadas deberá atenerse en todo momento, a lo dispuesto en el Reglamento de Seguridad e Higiene en la
Construcción. En particular, se realizarán los acopios a suficiente distancia de la excavación para evitar
desprendimientos y accidentes.
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C)
MEDICIÓN Y ABONO
Se medirán los metros cúbicos real y necesariamente ejecutados por diferencias de perfiles antes y después
de la excavación, abonándose al precio que, para tal unidad, figura en el Cuadro de Precios número UNO, de
acuerdo con el criterio de aplicación señalado en el presupuesto, incluyéndose en el mismo, todas las
operaciones y elementos auxiliares descritos.
Como norma general, se aplicará el precio de excavación con medios mecánicos a todas las excavaciones en
zanjas o emplazamientos. Unicamente, se aplicarán otros precios cuando expresamente se contemple tal
posibilidad en el presupuesto. El precio de excavación con medios mecánicos y manuales, se aplicará
exclusivamente a los tramos localizados en que haya ocurrido una intervención manual en el arranque y
extracción del terreno en una cuantía superior al veinte por ciento (20 %) con relación al volumen total extraído
en el tramo localizado. La ayuda directa de la mano de obra a la maquinaria en cualquier operación, para la
perfecta o total terminación de los distintos tajos, no justificará la aplicación del precio con medios mecánicos y
manuales si no se da la proporción indicada anteriormente, a juicio de la Inspección Facultativa.
2.4.3.2
EXCAVACIÓN NO CLASIFICADA EN CUALQUIER TIPO DE TERRENO
EXCEPTO ROCA COMPACTA.
A)
DEFINICIÓN
Consiste en la excavación, su clasificación y acopio en obra del material excavado y su transporte a lugar de
empleo en obra o vertedero autorizado del material sobrante.
Mediante esta unidad se procederá a la excavación en explanación del trazado y a la obtención del material a
usar en obra para los terraplenes y para la regeneración mediante tierra vegetal de zonas y taludes de las
obras.
En primer lugar se efectuará la retirada del manto vegetal de las zonas de ocupación en un espesor de unos 30
cm., capa o manto de terreno vegetal o de cultivo, que se encuentra en el área de construcción. Se incluye la
retirada a lugar de empleo o vertedero autorizado, y su transporte a vertedero autorizado del material sobrante.
B)
EJECUCIÓN
Su ejecución incluye las operaciones siguientes:
•
Excavación
•
La clasificación y acopio de los materiales extraídos para su uso en obra, la carga y el
transporte hasta lugar de empleo y la carga y transporte a vertedero autorizado del material sobrante.
Todo ello realizado conforme a las presentes especificaciones y a las instrucciones complementarias dadas por
el Director de Obra.
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Antes del comienzo de los trabajos, el Contratista someterá a la aprobación del Director de Obra un plan de
trabajo en el que figuren las zonas en que se va a extraer la tierra vegetal, suelos a emplear y materiales para
vertedero autorizado. Una vez aprobado dicho plan se empezarán los trabajos.
Los acopios se harán en lugares apropiados y de tal forma que no interfiera al tráfico ni a la ejecución de las
obras, o perturbe los desagües y drenajes provisionales o definitivos, en lugares de fácil acceso para su
conservación y posterior transporte a lugar de empleo o vertedero autorizado.
C)
MEDICIÓN Y ABONO
Esta unidad se abonará mediante la aplicación del precio correspondiente del Cuadro de Precios nº 1 a los
3
metros cúbicos (m ) de excavación deducidos de las secciones tipo que figuran en los Planos del Proyecto, e
incluye todas las operaciones necesarias para tal fin. Incluirá dicho precio la excavación y carga sobre camión,
o el acopio para su uso, transporte a lugar de empleo en obra o a vertedero autorizado.
2.4.3.3
A)
EXCAVACIÓN EN ROCA
DEFINICIÓN
Esta unidad incluye el conjunto de operaciones necesarias para obtener las cotas, en terreno constituido por
roca, previstas en el proyecto incluyendo la extracción del material , su clasificación y acopio para uso en obra,
su transporte a lugar de empleo o a vertedero autorizado del material sobrante.
B)
EJECUCIÓN
Las cotas de desmonte vendrán marcadas en planos, y las profundidades de excavación podrán modificarse a
juicio de la Dirección Facultativa si lo aconsejase la naturaleza del terreno excavado.
En cualquier caso, se atenderá a lo dispuesto en los artículo 320 a 322 del PG-3.
C)
MEDICIÓN Y ABONO.
3
Las excavaciones se abonarán por metros cúbicos (m ) medidos de acuerdo con los planos, no siendo de
abono los excesos realizados sobre lo descrito en los planos ni las diferencias de obra entre la realizad y la
proyectada. Su abono se llevará a cabo aplicando el precio correspondiente del Cuadro de Precios nº1.
En el coste de la unidad de obra, se incluye la clasificación de material para su uso en obra, el acopio, la carga
y transporte a lugar de empleo en obra o a vertedero autorizado del material sobrante.
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2.4.3.4
A)
RELLENOS LOCALIZADOS DE MATERIAL GRANULAR
DEFINICIÓN:
Consiste en la extensión y compactación de materiales granulares en zanjas, trasdós de obras de fábrica, o
cualquier otra zona, cuyas dimensiones no permitan la utilización de los equipos de alto rendimiento.
Los materiales granulares y filtrantes a emplear en rellenos localizados serán áridos naturales o procedentes
de machaqueo y trituración de piedra de cantera, exentos de arcilla, marga y otros materiales extraños.
Satisfarán las condiciones de composición granulométrica, plasticidad y calidad definidas en el artículo 421 del
PG-3.
B)
EJECUCIÓN
Se seguirá lo establecido en el artículo 421 del PG-3. En general, se procederá en el siguiente orden:
C)
•
Preparación de la superficie de asiento.
•
Ejecución de las tongadas. Extensión y compactación.
•
Protección del relleno.
MEDICIÓN Y ABONO:
3
Esta unidad se medirá por metros cúbicos (m ) realmente ejecutados, medidos por los perfiles tomados antes y
después de los trabajos, aplicándose el precio correspondiente del Cuadro de Precios nº1, no siendo de abono
los excesos realizados sobre lo descrito en los planos ni las diferencias de obra entre la realidad y la
proyectada, incluyendo, además, todas las operaciones necesarias para su total realización.
2.4.4
FIRMES Y PAVIMENTOS
2.4.4.1
BASE DE ZAHORRA ARTIFICIAL
Se aplicará el presente artículo a las siguientes unidades de obra:
M3 ZAHORRA ARTIFICIAL (HUSO Z2-PG3) PROCEDENTE DE PRÉSTAMOS, EXTENDIDA EN CAPAS
DE 30 CM DE ESPSOR MÁXIMO Y COMPACTADA AL 100% DEL P.M., INCLUSO ADQUISICIÓN, CARGA
Y TRANSPORTE, EXTENDIDO, RIEGO Y COMPACTACIÓN.
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A)
DEFINICIÓN
Esta unidad de obra comprende el suministro, colocación con motoniveladora, humectación y compactación de
la zahorra artificial empleada como base de la capa de firme
B)
EJECUCIÓN
Se seguirá lo establecido en el artículo 510 del PG-3.
C)
MEDICIÓN Y ABONO
3
Esta unidad se medirá por metros cúbicos (m ), medidos de acuerdo con los planos, no siendo de abono los
excesos realizados sobre lo descrito en los planos ni las diferencias de obra entre la realizad y la proyectada.
Su abono se llevará a cabo aplicando el precio correspondiente del Cuadro de Precios nº1.
Se considera incluido en el precio el suministro del material, la extensión, la humectación y la compactación.
2.4.4.2
RIEGO DE IMPRIMACIÓN
Se aplicará el presente artículo a las siguientes unidades de obra:
2
m RIEGO DE IMPRIMACIÓN CON EMULSIÓN BITUMINOSA CATIÓNICA ECI, INCLUSO TRANSPORTE A
PIE DE OBRA.
A)
DEFINICIÓN
Es la aplicación de un ligante bituminoso sobre una capa granular, previa la colocación sobre ésta de una entre
capas granulares y capas de mezcla bituminosa en caliente.
B)
EJECUCIÓN
La ejecución de las obras se hará de acuerdo con el artículo 530 del PG-3. Las operaciones que comprende la
ejecución son:
•
Preparación de la superficie existente.
•
Aplicación del ligante.
•
Extensión del árido de cobertura.
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C)
MEDICIÓN Y ABONO
2
Esta unidad se medirá por metros cuadrados (m ), medidos de acuerdo con los planos, no siendo de abono los
excesos realizados sobre lo descrito en los planos ni las diferencias de obra entre la realizad y la proyectada.
Su abono se llevará a cabo aplicando el precio correspondiente del Cuadro de Precios nº1.
2.4.4.3
RIEGOS DE ADHERENCIA
Se aplicará el presente artículo a las siguientes unidades de obra:
2
m RIEGO DE ADHERENCIA, INCLUSO TRANSPORTE A PIE DE OBRA.DE
A)
DEFINICIÓN
Es la aplicación de una emulsión bituminosa sobre una capa tratada con ligantes hidrocarbonados o
conglomerantes hidráulicos, previa a la colocación sobre ésta de cualquier tipo de capa bituminosa que no sea
un tratamiento superficial con gravilla, o una lechada bituminosa.
B)
EJECUCIÓN
La ejecución de las obras se hará de acuerdo con el artículo 531 del PG-3. Las operaciones que comprende la
ejecución son:
C)
•
Preparación de la superficie existente.
•
Aplicación del ligante.
MEDICIÓN Y ABONO
2
Esta unidad se medirá por metros cuadrados (m ), medidos de acuerdo con los planos, no siendo de abono los
excesos realizados sobre lo descrito en los planos ni las diferencias de obra entre la realizad y la proyectada.
Su abono se llevará a cabo aplicando el precio correspondiente del Cuadro de Precios nº1.
2.4.4.4
MEZCLA BITUMINOSA EN CALIENTE
Se aplicará el presente artículo a las siguientes unidades de obra:
t
MEZCLA BITUMINOSA EN CALIENTE TIPO (G-12/G-20) AC16/AC22 BASE 35/50 CALIZO G CON
ÁRIDOS CALIZOS, EXTENDIDA EN BACHEOS AISLADOS Y COMPACTADA CON MAQUINARIA
ADECUADA PARA UN TONELAJE DE APLICACIÓN DE 0 A 50 TM.
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t
MEZCLA BITUMINOSA EN CALIENTE TIPO (G-12/G-20) AC16/AC22 BASE 35/50 CALIZO G CON
ÁRIDOS CALIZOS, EXTENDIDA Y COMPACTADA CON MAQUINARIA ADECUADA PARA UN TONELAJE
DE APLICACIÓN DE 0 A 500 TM.
T
MEZCLA BITUMINOSA EN CALIENTE TIPO (S-12/S-20) AC16/AC22 RODADURA 35/50 CALIZO S
CON ÁRIDOS CALIZOS, EXTENDIDA Y COMPACTADA CON MAQUINARIA ADECUADA PARA UN
TONELAJE DE APLICACIÓN DE MÁS DE 500 TM.
A) DEFINICIÓN
Son la combinación de áridos y un ligante bituminoso, de manera que todas las partículas del árido queden
recubiertas por una película homogénea de ligante. Su proceso de fabricación implica calentar el ligante y los
áridos y su puesta en obra debe realizarse a una temperatura muy superior a la de ambiente.
El tipo de betún asfáltico a utilizar en la mezcla será del tipo B 35/50.
B) EJECUCIÓN
Se seguirá lo establecido en el artículo 542 del PG-3.
Su ejecución incluye las operaciones siguientes:
-
Estudio de la mezcla y obtención de la fórmula de trabajo.
-
Preparación de la superficie que va a recibir la mezcla.
-
Fabricación de la mezcla de acuerdo con la fórmula de trabajo propuesto.
-
Transporte de la mezcla al lugar de empleo.
-
Extensión de la mezcla y compactación.
Las dosificaciones y tipos propuestos para las capas de mezclas asfálticas en caliente, podrán ser sustituidas
por otras que cumplan las condiciones específicas en el P.P.T.G. previa aprobación del Director de Obra.
La mezcla bituminosa para la capa de rodadura se ajustará a los criterios del método Marshall.
Antes del extendido se eliminarán todas las exudaciones de betún procediéndose a efectuar la limpieza
mediante soplete con chorro de aire a presión.
No se admitirá la puesta en obra de capas de mezclas bituminosas en caliente, cuyo espesor sea inferior al
95% del que figura en los planos.
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La compactación se realizará hasta alcanzar el noventa y siete por ciento (97%) de la obtenida aplicando a la
fórmula de trabajo la compactación prevista en el método Marshall según la norma NLT-159.
El volumen teórico del pavimento calculado según el espesor que figura en los planos, se multiplicará por la
densidad real de la mezcla bituminosa en caliente, colocada en obra, deducida dicha densidad mediante
probetas tomadas en la propia obra en aquellas zonas que estime conveniente el Director de la obra,
abonándose las toneladas resultantes a los precios que para cada tipo de mezclas figuran en los cuadros de
precios.
C)
MEDICIÓN Y ABONO
Esta unidad se medirá en toneladas (t), medidos de acuerdo con los planos, no siendo de abono los excesos
realizados sobre lo descrito en los planos ni las diferencias de obra entre la realizad y la proyectada. Su abono
se llevará a cabo aplicando el precio correspondiente del Cuadro de Precios nº1.
2.4.4.5
BETÚN ASFÁLTICO
Incluido en las mezclas bituminosas.
A)
DEFINICIÓN
Se trata de un ligante hidrocarbonado sólido o viscoso con valores en el ensayo de penetración entre 35 y 50,
preparado a partir de hidrocarburos naturales por destilación, oxidación o cracking, que contienen una baja
proporción de productos volátiles, poseen propiedades aglomerantes características y son esencialmente
solubles en sulfuro de carbono.
Dicho betún B 35/50 cumplirá las especificaciones de la tabla 211.1 del PG-3.
B)
EJECUCIÓN
Se seguirá lo establecido en el artículo 211 del PG-3.
Suministro: en camiones cisterna con sistema de calefacción y termómetros de control de la temperatura
situados en lugares visibles.
Almacenamiento: en tanques aislados, con ventilación y sistemas de control. Todos los tubos de carga y
descarga estarán calorifugados y aislados térmicamente.
El Contratista comunicará al Director de Obra, con la debida antelación, el sistema de transporte y
almacenamiento que va a utilizar con objeto de obtener la aprobación correspondiente. Se adoptarán las
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medidas necesarias para el cumplimiento de la legislación vigente en materia medioambiental, de seguridad y
salud, almacenamiento y transporte.
Los controles y ensayos a realizar con el producto serán los indicados en el artículo 211.5 del PG-3.
C)
MEDICIÓN Y ABONO
El betún asfáltico se medirá, en toneladas (t) a partir del porcentaje sobre el peso de la mezcla bituminosa,
obtenido mediante los pertinentes ensayos de extracción. Su abono se llevará a cabo aplicando el precio
correspondiente del Cuadro de Precios nº1.
2.4.4.6
LECHADAS BITUMINOSAS
Se aplicará el presente artículo a las siguientes unidades de obra:
t
LECHADA BITUMINOSA TIPO LB2 Y LB3 CON ÁRIDO PORFÍDICO, COLOCADA EN
TRATAMIENTOS SUPERFICIES CON TAJO CONTINUADO, INCLUSO PREPARACIÓN DE LA
SUPERFICIE EXISTENTE. TOTALMENTE TERMINADO.
B)
EJECUCIÓN
Cumplirán lo especificado en el capítulo 213 del PG/3.
El Ingeniero Director podrá autorizar, en las condiciones que señale, el empleo de tipos de emulsión distintos
del señalado.
2.4.4.7
SLURRY
Se aplicará el presente artículo a las siguientes unidades de obra:
m2
SLURRY PARA VIALES PEATONALES, CONSTITUIDO POR UNA IMPRIMACIÓN A BASE DE
PINTURAS DE RESINAS APT, UNA PRIMERA CAPA DE SLURRY DE 2 KG/M2 DE RENDIMIENTO Y UNA
SEGUNDA CAPA DE SLURRY DE 2 KG/M2 DE RENDIMIENTO, APLICADO CON RASTRAS DE GOMA,
TOTALMENTE TERMINADO Y NIVELADO.
A) DEFINICIÓN
Se define como una mezcla homogénea de áridos y cargas minerales, ligados mediante una emulsión a base
de resinas sintéticas de color:
B) EJECUCIÓN
El Slurry a emplear tendrá las siguientes características;
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El Slurry deberá cumplir las condiciones generales exigidas en el código técnico de la edificación.
C) MEDICIÓN Y ABONO
Esta unidad se medirá en metros cuadrados (m2), medidos de acuerdo con los planos, no siendo de abono los
excesos realizados sobre lo descrito en los planos ni las diferencias de obra entre la realizad y la proyectada.
Su abono se llevará a cabo aplicando el precio correspondiente del Cuadro de Precios nº1.
2.4.5
OBRAS DE FÁBRICA
2.4.5.1
HORMIGONES
Se aplicará el presente artículo a las siguientes unidades de obra:
m3
HORMIGÓN HM-15 DE 15 N/MM2 DE RESISTENCIA CARACTERÍSITICA, ELABORADO Y
TRANSPORTADO A PIE DE OBRA.
m3
HORMIGÓN HM-20 DE 20 N/MM2 DE RESISTENCIA CARACTERÍSITICA, ELABORADO Y
TRANSPORTADO A PIE DE OBRA.
A)
DEFINICIÓN
Se definen como hormigones los productos formados por mezcla de cemento, agua, árido fino, grueso y
eventualmente productos de adición, que al fraguar y endurecer adquieren una notable resistencia.
Los hormigones destinados a la construcción de estructuras o de elementos estructurales deberán satisfacer
las condiciones prescritas en el artículo 30 de la Instrucción de Hormigón Estructural EHE.
Resistencia
Con anterioridad al empleo de cualquier tipo de hormigón el Contratista deberá efectuar a la Dirección de Obra
una propuesta de utilización de los diferentes hormigones que pretende utilizar, con indicación de la
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procedencia de los áridos, tamaños, granulometrías empleadas, tipo y procedencia del cemento, así como la
granulometría, dosificación del conjunto y consistencia del hormigón y condiciones previstas para la ejecución
de la obra.
Para cada uno de los hormigones aceptados en principio por la Dirección de Obra, el Contratista deberá
presentar a ésta un expediente completo con inclusión de los resultados obtenidos de realizar los ensayos de
control previos y características para asegurar que la resistencia característica real del hormigón que se va a
colocar en obra no es inferior a la de proyecto.
Los ensayos previos del hormigón consistirán en la fabricación de, al menos, cuatro series de amasadas
distintas, de tres probetas cada una para ensayo a los 28 días de edad, por cada dosificación que se desee
establecer, y se operará el acuerdo con los métodos de ensayo UNE 83300:84, 83301: 91, 83303:84 y UNE
83304: 84.
De los valores así obtenidos se deducirá el valor de la resistencia media en el laboratorio fcm, el cual deberá
superar el valor exigido con margen suficiente para que sea razonable esperar que, con la dispersión que
introduce la ejecución en obra, la resistencia característica real de la obra sobrepase también a la de proyecto.
Las fórmulas que relacionan la resistencia fcm necesaria en laboratorio con la resistencia característica fck
obligatoria en obra dependen de las condiciones de ejecución.
Estas condiciones en obra deberán ser muy buenas, lo que implica un control estricto de la calidad del
cemento y de la relación agua/cemento; áridos medidos en peso, determinando periódicamente su
granulometría y humedad; laboratorio a pie de obra con el personal e instalaciones necesarias en cada caso; y
constante atención a todos los detalles (posible descorrección de básculas, cambio de partida de cemento,
etc.). Para estas condiciones de ejecución, se considerará que la relación entre la resistencia media fcm y la
característica fck será fcm = fck + 8 (N/mm²).
Salvo en el caso de que el hormigón procesa de central o de que se posea experiencia previa con los mismos
materiales y métodos de ejecución, será preceptivo realizar ensayos característicos del hormigón en todos los
casos para comprobar, antes del comienzo del hormigonado, que la resistencia característica real del hormigón
que se va a colocar en la obra no es inferior a la de proyecto. La realización de estos ensayos se hará según
prescribe el artículo 87 de la EHE.
Dosificación
Para el estudio de las dosificaciones de las distintas clases de hormigón, el Contratista deberá realizar por su
cuenta y con una antelación suficiente a la utilización en obra del hormigón de que se trate, todas las pruebas
necesarias, de forma que se alcancen las características exigidas a cada clase de hormigón, debiendo
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presentarse los resultados definitivos a la Dirección de Obra para su aprobación al menos siete (7) días antes
de comenzar la fabricación del hormigón.
Las proporciones de árido fino y árido grueso se obtendrán por dosificación de áridos de los tamaños
especificados, propuesta por el Contratista y aprobada por la Dirección de Obra.
Las dosificaciones obtenidas y aprobadas por la Dirección de la Obra a la vista de los resultados de los
ensayos efectuados, únicamente podrán ser modificadas en lo que respecta a la cantidad de agua, en función
de la humedad de los áridos.
La dosificación de los diferentes materiales destinados a la fabricación de hormigón se hará siempre por peso,
según lo que se indica en los artículos 62.2.4 de la EHE. El agua añadida se acomodará a la humedad
contenida en los áridos, siendo por tanto preceptivo en control de esta variable. Para ello se hará una
determinación diaria de la humedad de los áridos, y cada vez que se observen variaciones en la consistencia
del hormigón fresco.
La dosificación del conjunto de áridos y cemento debe ser tal que con el mínimo posible de cemento, teniendo
en cuenta las limitaciones que se exponen más adelante, se consiga que la densidad que alcance el hormigón
después de colocado en obra sea mayor de dos enteros y treinta y cinco centésimas, y la resistencia en
probeta cilíndrica de 15 centímetros de diámetro y treinta centímetros de altura, superiores a las que se exigen
a los 28 días en los planos del proyecto.
Se deberá reducir al máximo la relación agua/cemento a fin de obtener la máxima resistencia con un mínimo
de calor de fraguado y mínimo consumo de cemento, todo ello previa comprobación experimental y
permanente de que el hormigón fresco es fácil de colocar y consolidar con los medios exigidos al contratista.
Se tendrá especialmente en cuenta que lo más importante es que el hormigón alcance las resistencias
exigidas después de puesto en obra. Por este motivo, en caso de que resultase difícil alcanzar la compactación
adecuada, y siempre previa autorización de la Dirección de Obra, el Contratista propondrá las modificaciones
necesarias en la dosificación para alcanzar la resistencia requerida.
Se indica, a continuación, una dosificación orientativa, que ni es obligatoria ni permite considerar de recibo al
hormigón, que en cualquier caso deberá tener la resistencia característica fijada como mínima para cada tipo
de hormigón.
La cantidad mínima de cemento por metro cúbico de hormigón será de doscientos setenta y cinco kilogramos
3
3
(275 kg/m ) en el caso de hormigones en masa y de trescientos kilogramos (300 kg/m ) en el caso de
hormigones armados. La cantidad máxima de cemento por metro cúbico de hormigón será de cuatrocientos
3
kilogramos (400 kg/m ).
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La fórmula de trabajo habrá de ser reconsiderada, si varía alguno de los siguientes factores:
-
Categoría del cemento Portland.
-
Tipo, absorción o tamaño máximo del árido grueso.
-
Módulo de finura del árido fino en más de dos décimas (0'2).
-
Naturaleza o proporción de adiciones.
-
Método de puesta en obra.
Consistencia
La docilidad del hormigón se valorará determinando su consistencia, medida por su asiento en el cono de
Abrams, expresado en número entero de centímetros, según la UNE 83313:90.
Los ensayos de consistencia se repetirán cuantas veces sea necesario y, a ser posible, en el mismo tajo de
colocación del hormigón, con objeto de asegurar que el hormigón se coloca en todo momento con la
consistencia adecuada.
La consistencia de los hormigones a emplear en los distintos elementos será la indicada en los planos,
denominándose por su tipo con la designación especificada en el artículo 30.6 de la EHE. Si en los planos no
se indica la consistencia del hormigón de algún elemento, será la prescrita en este Pliego.
Se fabricarán hormigones de consistencia blanda para todos los elementos de hormigón armado de que
consta la obra, excepto para los pilotes donde se empleará un hormigón de consistencia fluida. El asiento en el
cono de Abrams deberá estar comprendido entre seis y nueve centímetros (6-9 cm), admitiéndose como
máximo tolerancias de un centímetro (1 cm) como máximo tanto por exceso como por defecto.
La consistencia del hormigón de limpieza será plástica, lo que implica un asiento en el cono de Abrams entre
tres y cinco centímetros (6-9 cm), admitiéndose tolerancias de un centímetro (1 cm) como máximo tanto por
exceso como por defecto.
Hormigones preparados en central
Los hormigones preparados en central se ajustarán a lo especificado en el artículo 69.2 de la Instrucción de
Hormigón Estructural EHE.
El Contratista deberá demostrar a la Dirección de Obra que el suministrador realiza el control de la calidad
exigido con los medios adecuados para ello
Cada carga de hormigón fabricado en central, tanto si ésta pertenece o no a las instalaciones de la obra, irá
acompañada de una hoja de suministro que estará en todo momento a disposición de la Dirección de Obra,
con el contenido mínimo indicado en el artículo 69.2.9.1 de la EHE.
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B)
EJECUCIÓN
Transporte del hormigón
En el transporte del hormigón se utilizarán procedimientos adecuados para que las masas lleguen al lugar de
su colocación sin experimentar variación sensible de las características que poseían recién amasadas, es
decir, sin presentar segregación, intrusión de cuerpos extraños, cambios apreciables en el contenido de agua,
etc. Se cuidará especialmente que la masa de hormigón fresco no llegue a secarse tanto que impida o dificulte
su adecuada puesta en obra y compactación.
Cuando se empleen hormigones de diferentes tipos de cemento, se limpiará cuidadosamente la maquinaria de
transporte antes de hacer el cambio de conglomerante.
Puesta en obra del hormigón
Antes de verter el hormigón fresco, sobre la roca o suelo de cimentación, o sobre la tongada inferior de
hormigón endurecido, se limpiarán las superficies, incluso con chorro de agua y aire a presión, y se eliminarán
los charcos de agua que hayan quedado.
Previamente a la colocación de las armaduras en zapatas y fondos de cimientos, se recubrirá el terreno con
una capa de hormigón HM-15, de diez centímetros (10 cm) de espesor mínimo, para limpieza y regularización
del fondo de la excavación, y se evitará que caiga tierra sobre ella, antes del hormigonado o durante el mismo.
Para iniciar el hormigonado de un tajo se saturará de agua la capa superficial de la tongada anterior y se
mantendrán húmedos los encofrados.
No se efectuará el hormigonado en tanto no se obtenga la conformidad de la Dirección de obra. Ésta podrá
comprobar la calidad de los encofrados, pudiendo ordenar la rectificación o refuerzo de éstos si a su juicio no
tienen la suficiente calidad de terminación o resistencia. También podrá comprobar que las barras de las
armaduras se fijan entre sí mediante las oportunas sujeciones, manteniéndose la distancia al encofrado, de
modo que queda impedido todo movimiento de aquéllas durante el vertido y compactación del hormigón, y
permitiendo a éste envolverlas sin dejar coqueras. Estas precauciones deberán extremarse con los cercos de
los soportes y armaduras de las placas, losas o voladizos, para evitar su movimiento.
Estas comprobaciones no disminuyen en nada la responsabilidad del Contratista en cuanto a la calidad de la
obra resultante. El hormigonado de cada elemento se realizará de acuerdo con un plan previamente
establecido, en el que deberán tenerse en cuenta las deformaciones de encofrados y cimbras.
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Como norma general, no deberá transcurrir más de una hora (1 h) entre la fabricación del hormigón y su
puesta en obra y compactación. Podrá modificarse este plazo si se emplean conglomerados o aditivos
especiales, cuando se adopten las medidas necesarias para impedir la evaporación del agua o cuando
concurran condiciones favorables de humedad y temperatura. En ningún caso se tolerará la colocación en obra
de masas de hormigón que acusen segregación, desecación o principio de fraguado.
No se permitirá el vertido libre del hormigón desde alturas superiores a dos metros (2 m), quedando prohibido
el arrojarlo con la pala a gran distancia, distribuirlo con rastrillos, hacerlo avanzar más de un metro (1 m) dentro
de los encofrados, o colocarlo en capas o tongadas cuyo espesor sea superior al que permita una
compactación completa de la masa.
Tampoco se permitirá el empleo de canaletas y trompas para el transporte y vertido del hormigón, salvo que la
Dirección de Obra lo autorice expresamente en casos particulares.
En cualquier caso, el espesor de las tongadas estará comprendido entre treinta (30) y sesenta (60)
centímetros.
Compactación del hormigón
Salvo en casos especiales, la compactación del hormigón se realizará siempre por vibración. El Contratista
someterá a la aprobación de la Dirección de Obra el modelo y tipo de vibradores que emplee. Éstos deberán
asegurar la eliminación de huecos y posibles coqueras, especialmente en los fondos, paramentos, vértices y
aristas de los encofrados, obteniendo un perfecto cerrado de la masa, sin que llegue a producirse segregación.
La frecuencia de trabajo de los vibradores internos a emplear deberá ser superior a siete mil (7000) ciclos por
minuto. Estos aparatos deben sumergirse rápida y profundamente en la masa, cuidado de retirar la aguja con
lentitud y a velocidad constante. El aparato se introducirá vertical o ligeramente inclinado, procurando que su
punta penetre en la capa subyacente.
En el caso de que se empleen vibradores de superficie, la frecuencia de trabajo de los mismos será superior a
tres mil (3000) ciclos por minuto. El espesor de cada tongada, después de compactada, no será mayor de
veinte centímetros (20 cm).
El proceso de compactación deberá prolongarse hasta que refluya la pasta a la superficie. Los valores óptimos
tanto de la duración del vibrado como de la distancia entre los sucesivos puntos de inmersión dependen de la
consistencia de la masa, de la forma y dimensiones de la pieza y del tipo de vibrador utilizando, no siendo
posible, por tanto, establecer cifras de validez general. En cualquier caso, se realizarán ensayos para que la
Dirección de Obra fije las distancias y tiempos que deben cumplirse. Como orientación se indica que la
distancia entre puntos de inmersión debe ser la adecuada para producir en toda la superficie de la masa
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vibrada, una humectación brillante, siendo preferible vibrar en muchos puntos por poco tiempo a vibrar en
pocos puntos más prolongadamente
Si se avería uno de los vibradores empleados y no se puede sustituir inmediatamente, se reducirá el ritmo del
hormigonado, o el Contratista procederá a una compactación por apisonado con barra, suficiente para terminar
el elemento que se está hormigonando, no pudiéndose iniciar el hormigonado de otros elementos mientras no
se hayan reparado o sustituido los vibradores averiados.
Curado del hormigón
El período de curado del hormigón puesto en obra será de siete (7) días como mínimo, debiendo aumentarse
este plazo cuando se utilicen cementos de endurecimiento lento o en ambientes secos y calurosos. Cuando las
superficies de las piezas hayan de estar en contacto con aguas o filtraciones salinas, alcalinas o sulfatadas, es
conveniente aumentar el citado plazo de siete días en un cincuenta por ciento (50%) por lo menos.
El curado de los elementos verticales se realizará manteniendo húmedas sus superficies mediante riego
directo que no produzca deslavado. Las superficies horizontales se mantendrán cubiertas con sacos o con
arena, y se regarán con la suficiente cantidad de agua y tantas veces como sea preciso para que estén
perfectamente húmedas. En estos casos, debe prestarse la máxima atención a que los materiales que cubren
el hormigón sean capaces de retener la humedad y estén exentos de sales solubles, materia orgánica (restos
de azúcar en los sacos, paja en descomposición, etc.) u otras sustancias que, disueltas y arrastradas por el
agua de curado, puedan alterar el fraguado y primer endurecimiento de la superficie del hormigón.
El agua empleada en los riegos de curado deberá poseer las cualidades exigidas en la Instrucción EHE.
Preferentemente, las tuberías de conducción de esta agua no serán de hierro, evitándose siempre las que por
tener óxidos puedan comunicar tintes al hormigón. La temperatura del agua empleada en el riego no superará
en más de veinte grados (20ºC) a la del hormigón, para evitar la formación de grietas por enfriamiento brusco.
El curado por aportación de humedad podrá sustituirse por la protección de las superficies mediante
recubrimientos de plásticos, productos filmógenos u otros tratamientos adecuados, siempre que tales métodos,
especialmente en el caso de masas secas, ofrezcan las garantías que se estimen necesarias para lograr,
durante el primer período de endurecimiento, la retención de la humedad inicial de la masa.
Parámetros del hormigón
Los paramentos o superficies de las obras deberán quedar con buen aspecto y formas perfectas, cuyas
dimensiones respondan fielmente a las indicadas en los Planos.
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Se considerará que el máximo error de desplazamiento absoluto que puede tener cualquier punto de la
superficie del hormigón con respecto a su posición teórica definida en los Planos será de dos centímetros (2
cm).
Además, los paramentos deberán quedar lisos, sin defectos ni rugosidades y sin que sean necesarios
enlucidos con mortero, que en ningún caso podrán ser aplicados sin autorización previa de la Dirección de
Obra.
El color de los paramentos acabados será uniforme en toda la superficie. No son admisibles las fugas de
lechada, manchas de óxido ni ningún otro tipo de suciedad. Las rebabas deberán ser cuidadosamente
eliminadas por el Contratista (sin recibir compensación económica por ello) mediante un procedimiento
aprobado por la Dirección de Obra. Las juntas de hormigonado serán horizontales y verticales, quedando
marcadas mediante la colocación de berenjenos en el encofrado y su posterior retirada. Estos berenjenos no
serán objeto de abono por separado.
Las irregularidades superficiales se clasificarán en abruptas y graduales. Las primeras son mensurables
individualmente, mientras que las segundas se miden con respecto al borde inferior de una regla maestra
apoyada en la superficie del hormigón y cuya longitud sea al menos de un metro y medio (1,5 m) en partes
encofradas y de tres metros (3 m) en partes sin encofrar.
-
Para superficies encofradas vistas, se admiten irregularidades abruptas de un centímetro (1 cm) e
irregularidades graduales de dos centímetros (2 cm). En el caso de superficies que hayan de ser rellenadas
posteriormente, las irregularidades permitidas son de cinco centímetros (5 cm).
-
Se maestrearán las superficies sin encofrar que hayan de rellenarse y se fratasarán las que vayan a
quedar vistas, siendo las irregularidades permitidas de dos centímetros (2 cm) y un centímetro (1 cm)
respectivamente.
-
Las magnitudes indicadas se refieren a las condiciones de acabado, siendo independientes de las
tolerancias en las dimensiones de los elementos.
Hormigonado con temperaturas extremas
Como norma general se deberán cumplir las prescripciones de los artículos 72 y 73 de la EHE en cuanto al
hormigonado en tiempo frío y caluroso.
La temperatura de la masa de hormigón en el momento de verterla en el molde o encofrado, no será inferior a
cinco grados centígrados (5 ºC). Se prohíbe verter el hormigón sobre elementos cuya temperatura sea inferior
a cero grados centígrados (0 ºC), y en general se suspenderá el hormigonado siempre que se prevea que,
dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, pueda descender la temperatura ambiente por debajo de los
cero grados centígrados (0 ºC).
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Si el Contratista estima necesario hormigonar en tiempo de heladas, los gastos y problemas de todo tipo que
se originen por trabajar en estas condiciones atmosféricas serán de su cuenta y riesgo. Se deberán adoptar las
medidas necesarias para que no se produzcan deterioros locales ni mermas permanentes apreciables de las
características resistentes del material durante el fraguado y primer endurecimiento del hormigón
Cuando el hormigonado se efectúe en tiempo caluroso se adoptarán las medidas oportunas para evitar una
evaporación sensible del agua de amasado, en particular durante el transporte del hormigón, y para reducir la
temperatura de la masa.
Si la temperatura ambiente es superior a cuarenta grados centígrados (40 ºC) se suspenderá el hormigonado,
salvo autorización expresa de la Dirección de Obra.
Cuando concurran temperaturas elevadas y viento será necesario mantener permanentemente húmedas las
superficies de hormigón durante 10 días por lo menos, o tomar precauciones especiales aprobadas por la
Dirección de Obra, para evitar la desecación de la masa durante su fraguado y primer endurecimiento.
Disposiciones generales de ejecución
El nivel de control de la ejecución de los elementos de hormigón realizados in situ será intenso.
Durante la ejecución se evitará la actuación de cualquier carga estática o dinámica que pueda provocar daños
en los elementos ya hormigonados. Se recomienda que en ningún momento la seguridad de la estructura
durante la ejecución sea inferior a la prevista en el proyecto para la estructura en servicio.
Se adoptarán las medidas necesarias para conseguir que las disposiciones constructivas y los procesos de
ejecución se ajusten en todo a lo indicado en el proyecto. En particular, deberá cuidarse que tales
disposiciones y procesos sean compatibles con las hipótesis consideradas en el cálculo, especialmente en lo
relativo a los enlaces (empotramientos, articulaciones, apoyos simples, etc.).
C)
MEDICIÓN Y ABONO:
3
La medición y abono de las unidades de obra que contienen hormigón se realizará por metros cúbicos (m )
medidos conforme a las secciones teóricas de los planos del proyecto, no siendo objeto de abono todos los
excesos que puedan existir debidos a un exceso de excavación en cimientos, falta de perfilado de tierras,
defectos derivados de errores en el encofrado, etc. El abono será conforme a los precios que figuran en el
Cuadro de Precios nº 1.
Se consideran incluidos en el precio los materiales y todas las operaciones de fabricación, transporte,
suministro, puesta en obra, compactación, vibrado, ejecución de juntas, curado y acabado.
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2.4.5.2
PUESTA EN OBRA DE HORMIGÓN EN REVESTIMIENTO DE CUNETAS
Se aplicará el presente artículo a las siguientes unidades de obra:
M3
PUESTA EN OBRA DE HORMIGÓN EN REVESTIMIENTO DE CUNETAS.
A)
DEFINICIÓN
Se trata de una cuneta de hormigón ejecutada en obra. Es una zanja longitudinal abierta en el terreno junto a la
plataforma, con el fin de recibir y canalizar las aguas de lluvia, que se reviste “in situ” con hormigón, colocado
sobre un lecho de asiento convenientemente preparado.
La forma, dimensiones, tipo y demás características, se ajustarán a lo que figure en la norma 5.2-IC de drenaje
Superficial y en el resto de documentos del proyecto.
B)
EJECUCIÓN
Se seguirá lo establecido en el artículo 400 del PG-3.
A partir de la superficie natural del terreno o de la explanación se procederá a la ejecución de la excavación de
la caja que requiera la cuneta y a la nivelación, refino y preparación del lecho de asiento.
La puesta en obra del hormigón se realizará de acuerdo con la Instrucción de Hormigón Estructural (EHE), el
artículo 630, “Obras de hormigón en masa o armado” de este Pliego y con las condiciones que exija el
Proyecto.
Se ejecutarán las juntas correspondientes.
Después del curado del hormigón las juntas deberán limpiarse, colocándose posteriormente los materiales de
relleno, sellado y protección que figuren en el proyecto.
C)
MEDICIÓN Y ABONO
Las cunetas de hormigón ejecutadas en obra se abonarán por en m (m), medidas de acuerdo con los planos,
no siendo de abono los excesos realizados sobre lo descrito en los planos ni las diferencias de obra entre la
realizad y la proyectada. Su abono se llevará a cabo aplicando el precio correspondiente del Cuadro de Precios
nº1.
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El precio incluye la unidad de obra completa y terminada, incluyendo excavación, refino, lecho de apoyo, el
revestimiento de hormigón, las juntas y todos los elementos y labores necesarias para su correcta ejecución y
funcionamiento.
2.4.5.3
BORDILLOS Y RIGOLAS PREFABRICADOS DE HORMIGÓN.
Se aplicará el presente artículo a las siguientes unidades de obra:
m
A)
BORDILLO EN CORONACIÓN DE TERRAPLÉN
DEFINICIÓN
Las unidades de bordillo y rigola comprenden el suministro del bordillo o la rigola prefabricados de hormigón,
de dimensiones 15x20x50cm y 20x25 cm los bordillos y 20 x 20 x 8 cm la rigola, su colocación sobre base de
homigón HM-20, y rejuntado con mortero de cemento.
Los bordillos prefabricados de hormigón y la rigola deberán cumplir las condiciones que se establecen en el
artículo correspondiente del presente Pliego.
El mortero de cemento cumplirá lo establecido en el artículo correspondiente del presente Pliego.
B)
EJECUCIÓN
Sobre el cimiento de hormigón, ajustado a las dimensiones, alineación y rasante fijadas en el proyecto,
deberán quedar bien asentados los bordillos y rigolas sin presencia de oquedades en el hormigón.
El rejuntado de piezas contiguas conjuntas no podrá exceder de cinco milímetros (5 mm) de anchura. A
continuación se procederá al refuerzo posterior de los bordillos y rigolas en la forma que se determine en el
proyecto.
Las líneas definidas por la arista superior deberán ser rectas y, en su caso, las curvas responder a las figuras
prefijadas, ajustándose unas y otras a rasantes fijadas.
C)
MEDICIÓN Y ABONO
Esta unidad se medirá por metros (m) medidos de acuerdo con los planos, no siendo de abono los excesos
realizados sobre lo descrito en los planos ni la diferencias de obra entre la realizada y la proyecta. Su abono se
llevará a cabo aplicando el precio correspondiente del Cuadro de Precios nº 1.
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2.4.5.4
LÁMINA IMPERMEABILIZANTE DE POLIETILENO
Se aplicará el presente artículo a las siguientes unidades de obra:
M2
LÁMINA IMPERMEABILIZANTE DE POLIETILENO, TOTALMENTE COLOCADA EN OBRA
TIPIFICADA.
A)
DEFINICIÓN
Esta unidad comprende el suministro y la colocación de la lámina impermeabilizante de polietileno colocada en
la pantalla para raíces.
Se seguirá lo establecido en el artículo 290 del PG-3.
B)
EJECUCIÓN
Se colocará según especificaciones del fabricante.
C)
MEDICIÓN Y ABONO
2
Esta unidad se medirá por metros cuadrados (m ), medidos de acuerdo con los planos, no siendo de abono los
excesos realizados sobre lo descrito en los planos ni las diferencias de obra entre la realizad y la proyectada.
Su abono se llevará a cabo aplicando el precio correspondiente del Cuadro de Precios nº1.
2.4.5.5
JUNTA DE TABLERO
Se aplicará el presente artículo a las siguientes unidades de obra:
M
JUNTA DE TABLERO DE PUENTE, COMPLETAMENTE TERMINADA.
A)
DEFINICIÓN
Esta unidad comprende el suministro y la colocación de las juntas para tablero de los dos puentes
B)
EJECUCIÓN
El corte del revestimiento asfáltico para las juntas de pasos inferiores y superiores debe realizarse con una
sierra de disco de diamante, a un lado y a otro del eje de la junta, cortando una anchura igual al ancho de la
junta, más veinte centímetros (20 cm). Para las juntas de viaductos el corte tendrá las di-mensiones que
especifique el fabricante de la junta en función de los movimientos máximos de trabajo de ésta.
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CASTELL DE CABRES) DESDE EL PK. 39+300 AL PK 43+000. (TM. MORELLA)
Durante la operación de corte, es necesario verter agua en el disco de corte al objeto de no calentar el asfalto;
se recomienda una cantidad no inferior a veinticinco litros por metro (25 l/m). Para la preparación de cajetines y
bulones se utilizará plantilla especial, suministrada por el fabricante del perfil de la junta.
La limpieza de cajetines se efectuará con aire comprimido y medios mecánicos, a fin de asegurar una perfecta
adherencia entre hormigones. El Ingeniero Director de la obra deberá dar el visto bueno a estas operaciones
antes de comenzar el montaje.
Para la nivelación del perfil de junta se empleará mortero epoxi.
Las juntas epoxi-neopreno no se colocarán con temperaturas inferiores a diez grados centígrados (10 ºC), ni
con humedades relativas superiores al ochenta por ciento (80%).
La tolerancia de nivelación para las juntas y rellenos de asfalto respecto al pavimento de los tableros, serán
como máximo de un milímetro (1 mm).
C)
MEDICIÓN Y ABONO
La junta de dilatación del tablero se abonará por (m) realmente ejecutado. En este precio está incluido los
medios auxiliares necesarios para su ejecución.
2.4.6
SEÑALIZACIÓN
2.4.6.1
SEÑALES VERTICALES DE CIRCULACIÓN
Se aplicará el presente artículo a las siguientes unidades de obra.
ud
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE SEÑAL CIRCULAR Ø90 CM, REFLEXIVA, INCLUSO POSTE
GALVANIZADO DE APOYO, TORNILLERÍA, FIJACIÓN, EXCAVACIÓN Y CIMENTACIÓN. TOTALMENTE
COLOCADA.
ud
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE SEÑAL CIRCULAR Ø60 CM, REFLEXIVA, INCLUSO POSTE
GALVANIZADO DE APOYO, TORNILLERÍA, FIJACIÓN, EXCAVACIÓN Y CIMENTACIÓN. TOTALMENTE
COLOCADA.
ud
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE SEÑAL TRIANGULAR DE 90 CM DE LADO, REFLEXIVA,
INCLUSO POSTE GALVANIZADO DE APOYO, TORNILLERÍA, FIJACIÓN, EXCAVACIÓN Y CIMENTACIÓN.
TOTALMENTE COLOCADA.
ud
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE SEÑAL OCTOGONAL (R2) DE 60 DE ALTURA, REFLEXIVA,
INCLUSO POSTE GALVANIZADO DE APOYO, TORNILLERÍA, FIJACIÓN, EXCAVACIÓN Y CIMENTACIÓN.
TOTALMENTE COLOCADA.
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ud
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE SEÑAL RECTANGULAR DE 40X60 CM DE LADO, REFLEXIVA,
INCLUSO POSTE GALVANIZADO DE APOYO, TORNILLERÍA, FIJACIÓN, EXCAVACIÓN Y CIMENTACIÓN.
TOTALMENTE COLOCADA.
ud
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLACA DE 85X17 CM, REFLEXIVA, INCLUSO TORNILLERÍA Y
FIJACIÓN. TOTALMENTE COLOCADA.
ud
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PANEL DIRECCIONAL DE 80X40 CM, REFLEXIVO, INCLUSO
POSTE GALVANIZADO DE APOYO, TORNILLERÍA, FIJACIÓN, EXCAVACIÓN Y CIMENTACIÓN.
TOTALMENTE COLOCADO.
A)
DEFINICIÓN
Esta unidad comprende el suministro de la señal vertical y la colocación de la misma, incluyendo los medios
materiales y humanos necesarios para su completa instalación.
Las señales verticales previstas en el presente proyecto, cumplirán en lo referente a su forma, dimensiones,
colores, simbología e inscripciones, con lo prescrito en la Instrucción de Carreteras 8.1. I.C “Señalización
Vertical”, así como el artículo 701 del PG-3.
B)
EJECUCIÓN
La ejecución se realizará según lo expuesto en el artículo 701 del PG-3.
El Contratista comunicará por escrito al Director de las Obras, antes de transcurridos treinta (30) días desde la
fecha de firma del acta de comprobación del replanteo, la relación de las empresas suministradoras de todos
los materiales utilizados y de las propias señales verticales de circulación objeto del proyecto así como la
marca comercial, o referencia, que dichas empresas dan a esa clase y calidad.
Esta comunicación deberá ir acompañada del certificado acreditativo del cumplimiento de las especificaciones
técnicas obligatorias de los materiales y/o del documento acreditativo del reconocimiento de la marca, sello o
distintivo de calidad (artículo 701.11 del PG-3). En ambos casos se referenciarán sus características técnicas
evaluadas de acuerdo con lo especificado en los apartados 701.3 y 701.4 del PG-3.
El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o en su defecto el Director de las Obras fijará el
procedimiento de instalación y el tiempo máximo de apertura al tráfico autorizado así como cualquier otra
limitación a la ejecución definida en el proyecto en función del tipo de vía, por la ubicación de las señales y
carteles, etc.
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Previamente al inicio de la obra, se llevará a cabo un cuidadoso replanteo que garantice una terminación de los
trabajos acorde con las especificaciones del proyecto.
C)
MEDICIÓN Y ABONO
Las señales se medirán por las unidades (ud), medidos de acuerdo con los planos, no siendo de abono los
excesos realizados sobre lo descrito en los planos ni las diferencias de obra entre la realizada y la proyectada.
Su abono se llevará a cabo aplicando los precios correspondientes del Cuadro de Precios nº1, en los que se
considera incluido a todos los efectos los elementos de sujeción.
2.4.6.2
MARCAS VIALES SUPERFICIALES
Se aplicará el presente artículo a las siguientes unidades de obra.
M2 PINTADO DE LEYENDAS Y CEBREADOS REFLECTANTES, INCLUSO REPLANTEOS,
PREMARCAJE Y DEMÁS. TOTALMENTE REALIZADA CON MATERIALES NORMALIZADOS.
A)
DEFINICIÓN
Esta unidad comprende el pintado sobre el pavimento con pintura reflectante y microsferas de vidrio,
empleando máquina autopropulsada. Incluyendo la pintura reflectante y las microsferas de vidrio.
Se define como marca vial, reflectorizada o no, aquella guía óptica situada sobre la superficie de la calzada,
formando líneas o signos, con fines informativos y reguladores del tráfico.
Se seguirá lo establecido en el artículo 700 del PG-3.
B)
EJECUCIÓN
Se seguirá lo establecido en el artículo 700 del PG-3. Los pasos a seguir son:
-
Preparación de la superficie de aplicación.
-
Premarcado
-
Pintado.
Antes de iniciarse la aplicación de las marcas viales, el Contratista someterá a la aprobación del Director de las
Obras los sistemas de señalización para protección del tráfico, personal, materiales y maquinaria durante el
período de ejecución, así como de las marcas, recién pintadas, hasta su total secado.
C)
MEDICIÓN Y ABONO
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Esta unidad se medirá por metros (m ), medidos de acuerdo con los planos, no siendo de abono los excesos
realizados sobre lo descrito en los planos ni las diferencias de obra entre la realizada y la proyectada. Su abono
se llevará a cabo aplicando los precios correspondientes del Cuadro de Precios nº1.
2.4.6.3
MARCAS VIALES
Se aplicará el presente artículo a las siguientes unidades de obra.
m
MARCA VIAL REFLEXIVA DE 10 CM DE ANCHO, INCLUSO REPLANTEOS, PREMARCAJE Y
DEMÁS. TOTALMENTE REALIZADA CON MATERIALES NORMALIZADOS.
m
MARCA VIAL REFLEXIVA DE 15 CM DE ANCHO, INCLUSO REPLANTEOS, PREMARCAJE Y
DEMÁS. TOTALMENTE REALIZADA CON MATERIALES NORMALIZADOS.
m
MARCA VIAL REFLEXIVA DE 40 CM DE ANCHO, INCLUSO REPLANTEOS, PREMARCAJE Y
DEMÁS. TOTALMENTE REALIZADA CON MATERIALES NORMALIZADOS.
A)
DEFINICIÓN
Esta unidad comprende el pintado sobre el pavimento con pintura reflectante y microsferas de vidrio,
empleando máquina autopropulsada. Incluyendo la pintura reflectante y las microsferas de vidrio.
Se define como marca vial, reflectorizada o no, aquella guía óptica situada sobre la superficie de la calzada,
formando líneas o signos, con fines informativos y reguladores del tráfico.
Se seguirá lo establecido en el artículo 700 del PG-3.
B)
EJECUCIÓN
Se seguirá lo establecido en el artículo 700 del PG-3. Los pasos a seguir son:
-
Preparación de la superficie de aplicación.
-
Premarcado
-
Pintado.
Antes de iniciarse la aplicación de las marcas viales, el Contratista someterá a la aprobación del Director de las
Obras los sistemas de señalización para protección del tráfico, personal, materiales y maquinaria durante el
período de ejecución, así como de las marcas, recién pintadas, hasta su total secado.
C)
MEDICIÓN Y ABONO
Esta unidad se medirá por metros (m), medidos de acuerdo con los planos, no siendo de abono los excesos
realizados sobre lo descrito en los planos ni las diferencias de obra entre la realizada y la proyectada. Su abono
se llevará a cabo aplicando los precios correspondientes del Cuadro de Precios nº1.
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2.4.6.4
BARRERAS DE SEGURIDAD
Se aplicará el presente artículo a la siguiente unidad de obra.
m DESMONTAJE Y POSTERIOR MONTAJE DE DEFENSA BIONDA, CON APROVECHAMIENTO DEL
MATERIAL.
A)
DEFINICIÓN
Esta unidad comprende el suministro y la colocación de barreras de seguridad, incluyendo el transporte desde
lugar de acopio hasta su ubicación definitiva.
Se aplicará lo establecido en el artículo 704 del PG-3, donde se definen como barreras de seguridad los
sistemas de contención de vehículos, instalados en los márgenes de las carreteras cuya finalidad es
proporcionar un cierto nivel de contención a un vehículo fuera de control.
Se clasifican según el material de que están formadas en metálicas, de hormigón y de otros materiales.
B)
EJECUCIÓN
El Contratista comunicará por escrito al Director de las Obras, antes de transcurridos treinta (30) días desde la
fecha de firma del “acta de replanteo”, la relación completa de las empresas suministradoras de todos los
materiales utilizados en la fabricación y de los propios elementos constituyentes de las barreras objeto del
proyecto así como la marca comercial, o referencia, que dichas empresas dan a esa clase y calidad.
Esta comunicación deberá ir acompañada del certificado acreditativo del cumplimiento de las especificaciones
técnicas obligatorias de los materiales y/o del documento acreditativo del reconocimiento de la marca, sello o
distintivo de calidad. En ambos casos se referenciarán las características evaluadas de acuerdo con lo
especificado en el apartado 704.3 del PG-3.
C)
MEDICIÓN Y ABONO
Tanto la unidad de barrera de seguridad se medirán por metros (m), medidos de acuerdo con los planos, no
siendo de abono los excesos realizados sobre lo descrito en los planos ni las diferencias de obra entre la
realizada y la proyectada. Su abono se llevará a cabo aplicando los precios correspondientes del Cuadro de
Precios nº1.
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2.4.7
OTROS MATERIALES
Todos los materiales que sin especificarse en este Pliego hayan de ser empleados en obra, serán de primera
calidad y no podrán utilizarse sin antes haber sido reconocidos por el Ingeniero-Director de las Obras.
2.5
2.5.1
DISPOSICIONES GENERALES
ACTA DE COMPROBACIÓN DE REPLANTEO Y COMIENZO DE LAS OBRAS.
En el plazo no superior a un mes desde la fecha de la firma del Contrato, se extenderá el Acta de
Comprobación de Replanteo.
El Contratista deberá proveer, a su costa, todos los materiales, equipos y mano de obra necesarios para
ejecutar los citados replanteos y determinar los puntos de control o de referencia que se requieran.
El plazo de ejecución comenzará a contar a partir del día siguiente al de la firma del Acta de Comprobación del
Replanteo.
2.5.2
PRECAUCIONES A ADOPTAR DURANTE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
El Contratista adoptará, bajo su responsabilidad, las medidas necesarias para el cumplimiento de las
disposiciones vigentes, referentes al empleo de explosivos y a la prevención de accidentes, incendios y daños
a terceros. En especial, evitará la contaminación del agua por efecto de combustibles, aceites, ligantes o
cualquier otro material.
Asimismo, se hace expresa mención de la responsabilidad del Contratista en la seguridad de las edificaciones
próximas a las excavaciones a realizar. La definición y aprobación de la entibación por parte del IngenieroDirector no transfiere a éste ningún tipo de responsabilidad, permaneciendo ésta integra en el Contratista.
2.5.3
SEGURIDAD PÚBLICA Y PROTECCIÓN DEL TRÁFICO
El Contratista tomará a su costa cuantas medidas de precaución sean precisas durante la ejecución de las
obras, para proteger al público y facilitar el tráfico.
Mientras dure la ejecución de las obras se mantendrán las señales de balizamiento preventivas, de acuerdo
con la O.M. de 14 de marzo de 1960, y las aclaraciones complementarias de la O.C. 67/60 de la D.G.C., o las
vigentes en su momento, así como las indicadas por el Director de las Obras.
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La ejecución de las obras se programará de tal manera que las molestias que se deriven para el tráfico sean
mínimas. Cuando los trabajos tengan que ejecutarse por medios anchos de la calzada, la parte de la
plataforma por la que se canalice el tráfico se conservará en perfectas condiciones de rodadura. En iguales
condiciones debe mantenerse los desvíos precisos. Todos los desvíos de tráfico, necesarios para la correcta
ejecución de las obras, así como la señalización necesaria, serán a cargo del Contratista, quien será asimismo
responsable de los accidentes que puedan ocurrir por incumplimiento de sus obligaciones.
Durante la ejecución de las obras se tratará de ocasionar las mínimas molestias posibles a la circulación
rodada y al tráfico peatonal.
El Contratista tomará a su costa las medidas necesarias para evitar la formación de polvo y otro tipo de
contaminaciones que afecten al vecindario.
Se señalizarán las obras de acuerdo a la legislación vigente, siendo los gastos derivados de estos conceptos a
cargo del Contratista, quien será además responsable de los accidentes que por negligencia o incumplimiento
puedan acaecer.
2.5.4
OBLIGACIÓNES Y RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA
Será responsable el Contratista, hasta la recepción definitiva, de los daños y perjuicios ocasionados a terceros
como consecuencia de una deficiente organización de las obras.
Serán por cuenta del Contratista las indemnizaciones por interrupción de los servicios públicos o privados,
daños causados por apertura de zanjas o desvío de cauces y habilitación de caminos provisionales.
El Contratista dará cuenta de todos los objetos que se encuentren o descubran en la realización de las obras al
Ingeniero-Director.
Viene también obligado al cumplimiento de cuanto le dicte el Ingeniero-Director, encaminado a garantizar la
seguridad de los obreros y la buena marcha de las obras, bien entendido, que en ningún caso dicho
cumplimiento eximirá al Contratista de su responsabilidad.
2.5.5
OBLIGACIONES SOCIALES DEL CONTRATISTA
El Contratista tiene la obligación de cumplir cuanto prescribe la Reglamentación Nacional del Trabajo en las
Industrias de la Construcción y Obras Públicas.
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2.5.6 OBLIGACIONES CONTRATISTA EN CASOS NO PREVISTOS EN ESTE
PLIEGO
Es obligación del Contratista ejecutar cuanto sea necesario para la buena construcción de las obras previstas,
aún cuando no se halle estipulado expresamente en este Pliego, y lo que disponga por escrito el IngenieroDirector.
2.5.7
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR DAÑOS Y PERJUICIOS
El Contratista será responsable durante la ejecución de las obras de todos los daños y perjuicios, directos e
indirectos, que se puedan ocasionar a cualquier persona, propiedad o servicio, público o privado, como
consecuencia de los actos, omisiones o negligencias del personal a su cargo o de una deficiente organización
de las obras.
Los servicios públicos o privados que resulten dañados deberán ser reparados, a su costa, con arreglo a la
legislación vigente sobre el particular.
Serán de cuenta del Contratista las posibles indemnizaciones por daños causados a terceros, con motivo de la
ejecución de las obras.
Las propiedades públicas o privadas que resulten dañadas deberán ser reparadas, a costa del Contratista,
estableciendo sus condiciones primitivas o compensando adecuadamente los daños o perjuicios causados.
2.5.8
CONFRONTACIÓN DE PLANOS Y MEDIDAS
El Contratista deberá confrontar inmediatamente después de recibidos, todos los planos que le hayan sido
facilitados, y deberá informar prontamente al Ingeniero-Director sobre cualquier contradicción en los mismos, y
será responsable de cualquier error que hubiera podido evitar de haberlo hecho.
2.5.9
GASTOS DE CARÁCTER GENERAL A CARGO DEL CONTRATISTA
Serán de cuenta del Contratista los gastos que origine la comprobación del replanteo general de las obras y los
replanteos parciales de las mismas; los de construcción, remoción y retirada de toda clase de instalaciones y
construcciones auxiliares; los de alquiler o adquisición de terrenos para maquinaria y materiales; los de
protección de acopios y de la propia obra contra todo deterioro, daño o incendio, cumpliendo los requisitos
vigentes para el almacenamiento de carburantes y explosivos; los de limpieza y evacuación de desperdicios y
basuras de la obra; los de construcción, señalización y conservación durante el plazo de su utilización de
desvíos provisionales de acceso a tramos parcial o totalmente terminados cuya construcción responda a
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conveniencia o necesidad del Contratista; los de conservación y realización de toda clase de desvíos prescritos
en el Proyecto u ordenados por el Ingeniero-Director de las obras para la mejor ejecución de éstas; los de
conservación de las señales de tráfico y demás recursos necesarios para proporcionar seguridad dentro de las
obras; los de remoción de instalaciones, herramientas, materiales y limpieza general de la obra a su
terminación; los de montaje, conservación y retirada de instalaciones para el suministro de agua y energía
eléctrica necesarias para las obras, así como la adquisición de dichas aguas y energía; los de retirada de
materiales rechazados y corrección de las deficiencias observadas y puestas de manifiesto por los
correspondientes ensayos y pruebas.
Igualmente serán por cuenta del Contratista las diversas cargas fiscales derivadas de las disposiciones legales
vigentes y las que determine el correspondiente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, así como
todos los gastos originados por los ensayos de materiales y de control y pruebas de ejecución de las obras y
equipos que se especifican en este proyecto, el importe de los cuales está incluido en el porcentaje
correspondiente a los Gastos Generales del presente proyecto.
En los casos de resolución de Contrato, cualquiera que sea la causa que lo motive, serán de cuenta del
Contratista los gastos originados por la liquidación, así como los de la retirada de los medios auxiliares o de los
elementos no utilizados en la ejecución de las obras.
En particular en la presente obra, tambien serán a cargo del contratista, por considerarse incluidos en los
costes indirectos considerados en las unidades de obra previstas o en los gastos generales aplicados, los
siguientes gastos:
El coste de instalación, mantenimiento y explotación de la báscula a ubicar a pié de obra para el control de
pesaje de los camiones de mezclas asfálticas durante el periodo de ejecución de la obra, así como su posterior
retirada, hasta un importe de 24.000 Euros mas IVA por estar incluidos en los costes indirectos aplicados a las
unidades de obra y el resto hasta su coste total en los gastos generales de la obra.
El coste de la AsistenciaTtécnica, (en la que se incluirán dos personas para la vigilancia de la obra y control del
pesaje de los camiones y un técnico (ICCP o ITOP) como coordinador de seguridad y salud de las obras y
apoyo a la Dirección Técnica de la misma), que no se verá afectada por la baja ofertada y que , se establece
en 15.000 Euros más IVA y será a cargo del contratista adjudicatario al haberse incluido estos gastos en la
determinación del coeficiente de costes indirectos aplicado a las distintas unidades de obra del presente
proyecto.
2.5.10 DELEGADO DEL CONTRATISTA
Será de aplicación lo dispuesto en las Cláusulas 5, 6 y 10 del Pliego de Cláusulas Administrativas Generales
para la Contratación de obras del Estado (PCAG).
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Se entiende por delegado del Contratista la persona expresamente designada por el Contratista para
representarle, y aceptada por la Propiedad. Este delegado y el personal a sus órdenes adscrito a la obra
podrán ser recusados por la Dirección de Obra en caso de que no cumplan satisfactoriamente las órdenes que
por parte del Ingeniero-Director les sean dadas, o por causa de actos que comprometan o perturben la marcha
de los trabajos.
El Contratista tendrá, al menos, un Técnico Superior y un Técnico Medio al frente de la Obra, quien se
responsabilizará de la disciplina de las obras a su cargo
2.5.11 OFICINA DE OBRA DEL CONTRATISTA
El Contratista deberá instalar antes del comienzo de las obras, y mantener durante la ejecución del contrato,
una oficina de obra en el lugar que considere más apropiado, previa conformidad del Director.
2.5.12 INSTALACIONES AUXILIARES
El Contratista queda obligada a construir por su cuenta y retirar al fin de las obras todas las edificaciones
auxiliares para oficinas, almacenes, cobertizos, caminos de servicio, etc.
Todas estas instalaciones están supeditadas a la aprobación del Director Técnico, en lo referente a ubicación,
cotas, etc.
2.5.13 SUMINISTROS
Serán por cuenta del Contratista todas aquellas obras e instalaciones que fueran necesarias para disponer en
el lugar y momento preciso de agua, energía eléctrica, etc., así como los gastos de consumo.
2.5.14 TRABAJOS NOCTURNOS
El Contratista estará obligado a realizar parte del trabajo por la noche, si a juicio del Ingeniero-Director, así se
estima necesario, sin suponer esto incremento alguno en los precios unitarios contratados.
2.5.15 PROGRAMA DE TRABAJO
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Antes del comienzo de las obras, el Contratista someterá a la aprobación del Ingeniero-Director el Programa de
Trabajos que haya previsto. Este Programa, una vez aprobado, se incorporará al Pliego de Prescripciones
Técnicas Particulares y adquirirá, por tanto, carácter contractual.
El Contratista estará obligado a cumplir los plazos parciales que la Dirección fije a la vista del Programa de
Trabajos presentado. El incumplimiento de estos plazos por causas imputables al Contratista, originará la
aplicación de las sanciones y multas correspondientes.
La aceptación del Programa y de la relación de equipo y maquinaria asignado a la obra, no exime al Contratista
de su responsabilidad en el caso de incumplimiento de los plazos parciales o totales convenidos.
2.5.16 MEJORAS PROPUESTAS POR EL CONTRATISTA
El Contratista podrá proponer, por escrito, a la Dirección de Obra la sustitución de una unidad de obra por otra
que reúna mejores condiciones, el empleo de materiales de más esmerada preparación o calidad que los
contratados, la ejecución con mayores dimensiones de cualquier parte de obra o, en general, cualquier mejora
de análoga naturaleza que juzgue beneficiosa y no suponga incremento económico.
2.5.17 EXCESOS DE OBRA
Si el Contratista construyese mayor volumen de cualquier unidad que el correspondiente indicado en los
planos, por realizar mal la unidad o por error, no le será de abono el exceso de obra realizado.
Si dicho exceso resultase perjudicial para la obra, el Contratista tendrá obligación de demoler a su costa, y
rehacerla nuevamente con las debidas dimensiones.
En el caso de que se trate de un aumento excesivo de excavación, el Contratista quedará obligado a corregir
este defecto de acuerdo con las normas que dicte el Ingeniero-Director de las obras, sin derecho a
indemnización alguna por estos trabajos.
2.5.18 OBRAS DEFECTUOSAS
Durante la ejecución de las obras, el Ingeniero-Director de las mismas está autorizado para ordenar por escrito:
•
La retirada del emplazamiento, dentro de los plazos que se indiquen en la orden, de cualquier
material que en su opinión no estuviera de acuerdo con el contrato.
•
Su sustitución por materiales adecuados y convenientes.
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•
La demolición y correcta reconstrucción de cualquier obra o trabajo que, a juicio del Ingeniero-
Director de las obras, no estuviera de acuerdo con el contrato con respecto a materiales, a calidad de
ejecución, o modificasen lo prescrito en los documentos contractuales del Proyecto, sin la debida
autorización.
2.5.19 ABONO DE OBRAS DEFECTUOSAS PERO ADMISIBLES
Si alguna obra no se halla exactamente ejecutada con arreglo a las condiciones del Proyecto, y fuera sin
embargo admisible, podrá ser recibida provisionalmente en su caso, pero el Contratista queda obligado a
conformarse sin derecho a reclamación alguna, con la rebaja que se aplique, salvo el caso en que el
Contratista prefiera demolerla a su costa y rehacerla con arreglo a las condiciones del Proyecto
2.5.20 SERVICIOS AFECTADOS
Durante toda la ejecución de la obra, el Contratista ha de mantener a su costa la continuidad de los servicios
públicos o privados afectados por ella, tomando las medidas necesarias con el visto bueno del IngenieroDirector.
2.5.21 DIRECCIÓN E INSPECCIÓN DE LAS OBRAS
El Contratista proporcionará, a su costa, al Ingeniero-Director o a sus delegados, todos los medios materiales o
humanos necesarios para facilitar los trabajos de replanteo, reconocimiento, mediciones, pruebas de
materiales, etc. También suministrará unas dependencias suficientes, dotadas de agua, luz y teléfono,
previstas para la Dirección Técnica y en donde se archivarán los documentos de las obras. Los costes de
dichas dependencias y su limpieza estarán incluidos en el precio del contrato.
El Contratista proporcionará toda clase de facilidades a la Dirección de Obra para la inspección de los trabajos,
permitiendo el acceso incluso a los talleres o fábricas donde se produzcan los materiales.
Se llevará un libro de órdenes con hojas numeradas en el que se expondrán por duplicado las que se dicten en
el transcurso de las obras y que serán firmadas por ambas partes, entregándose copia al Contratista.
2.5.22 CONTROL DE CALIDAD
El control de calidad lo asume en su totalidad la Diputación de Valencia. Se descontará de las certificaciones
mensuales de obra al contratista un 1 %. Los excesos superiores al 1 % no será objeto de abono al contratista.
Dichas actuaciones serán encargadas por el Director de las Obras o en su caso por la Propiedad a los
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laboratorios oportunos, teniendo en cuenta el Plan de control de Calidad que se adjunta en el presente
proyecto.
La admisión de materiales o piezas, en cualquier forma que se realice, antes de la recepción definitiva, no
atenúa las obligaciones de subsanar o reponer que el Contratista contrae si las obras o instalaciones
resultasen inaceptables en las pruebas de recepción.
Todo ensayo que no haya resultado satisfactorio, o que no ofrezca la debida garantía a juicio del IngenieroDirector, deberá repetirse de nuevo, con cargo al Contratista, no computándose su importe para establecer el
límite antes indicado.
2.5.23 CERTIFICACIONES
El Contratista percibirá el precio de los trabajos correspondientes a cada una de las obras que se le encarguen
mediante certificaciones mensuales de obra que serán expedidas por el Ingeniero-Director de las obras.
A tal certificación acompañará relación valorada a origen, redactada tomando como base las mediciones de las
unidades de obra ejecutadas y los precios contratados.
2.5.24 COMPROBACIÓN DE LAS OBRAS
Antes de verificarse la recepción de las obras, se someterán todas ellas a pruebas de resistencia, estabilidad,
impermeabilidad, etc., y se procederá a la toma de muestras para la realización de ensayos, todo ello de
acuerdo con las normas que dicte el Ingeniero-Director de las Obras.
El Contratista deberá facilitar a su costa todos los medios necesarios para la realización de dichas pruebas o
ensayos.
La aceptación total o parcial de materiales y de obra antes de la recepción provisional, no exime al Contratista
de sus responsabilidades en el acto de reconocimiento final y pruebas de recepción provisional y definitiva.
2.5.25 CONSERVACIÓN DE LAS OBRAS Y PLAZO DE GARANTÍA
El Contratista queda comprometido a conservar, por su cuenta, hasta que sean recibidas, todas las obras que
integran el Proyecto.
Asimismo, queda obligado a la conservación de las obras durante el plazo de garantía de doce (12) meses, a
partir de la fecha de la recepción. Durante este plazo deberá realizar cuantos trabajos sean precisos para
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mantener las obras ejecutadas en perfecto estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 171 del
Reglamento General de Contratación.
También es obligación del Contratista la reconstrucción de aquellas partes que hayan sufrido daños por no
cumplir las exigencias del presente Pliego, o que no reúnan las debidas condiciones acordes con el mismo.
Para estas reparaciones, el Contratista se atenderá estrictamente a las instrucciones que reciba del IngenieroDirector de la Obra.
Corresponde también al Contratista el almacén y la guardia de los acopios y reposición de aquellos que se
hayan dañado, perdido o destruido, cualesquiera que sean las causas.
Una vez terminadas las obras, se procederá a realizar su limpieza final. Asimismo, todas las instalaciones,
caminos provisionales, depósitos o edificios construidos con carácter temporal, deberán ser removidos, salvo
prescripción en contra del Ingeniero-Director.
Todo ello se efectuará de forma que las zonas afectadas queden completamente limpias y en condiciones
estéticas acordes con la zona circundante. La limpieza final y retirada de instalaciones, se considerarán
incluidos en el Contrato, y por tanto, su realización no será objeto de ninguna clase de abono.
2.5.26 RECEPCIÓN DE LAS OBRAS
Terminadas las obras y realizadas las pruebas y ensayos necesarios, si éstos fueran positivos, se procederá a
la recepción de las obras, contándose a partir de dicha fecha el plazo de garantía.
Si los resultados no fuesen satisfactorios, se concederá al Contratista un plazo razonable para que subsane los
defectos observados, que será fijado por el Ingeniero-Director y tras el cual se procederá a un nuevo
reconocimiento antes de la recepción, con gastos a cuenta del Contratista.
2.5.27 SANCIONES Y MULTAS
Si el Contratista incumpliera las obligaciones derivadas del Contrato, serán de aplicación las multas previstas
en el artículo 138 del Reglamento General de Contratación del Estado, y aquellas otras que decidieran
imponerse, en cuantía equivalente al perjuicio que se cause.
2.5.28 VARIACIONES EN LAS OBRAS
Es competencia del Ingeniero-Director la variación o modificación de las obras definidas en los Planos, para
solucionar imprevistos o facilitar su ejecución; asimismo, tendrá la capacidad de poder modificar materiales o
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cotas a la vista del desarrollo de las obras, siendo sus indicaciones de obligado cumplimiento para el
Contratista.
2.5.29 RECLAMACIONES
El Contratista no tendrá derecho a reclamación alguna por aquellas obras o materiales que, según el Proyecto,
deba ejecutar o suministrar y que, en el transcurso de los trabajos se estime conveniente suprimir. Igualmente,
no podrá solicitar indemnización alguna por las modificaciones de detalle que durante la ejecución de las obras
se introduzcan.
2.5.30 PRESCRIPCIONES COMPLEMENTARIAS
Todas las obras se ejecutarán siempre ateniéndose a las reglas de la buena construcción y con materiales de
primera calidad, con sujeción a las normas del presente Pliego. En aquellos casos en que no se detallen en
este Pliego las condiciones, tanto de los materiales como de la ejecución de las obras, se estará a lo que la
costumbre ha sancionado como regla de buena ejecución.
2.5.31 PRECIOS CONTRADICTORIOS
La valoración de las unidades de obra que no figuren en el Proyecto se realizará aplicando a la unidad de
medida más apropiada el precio contradictorio que previamente se haya establecido. Los nuevos precios serán
homogéneos con los de los Cuadros de Precios del Proyecto, y se basarán en los costos que correspondieron
a la fecha en que tuvo lugar la licitación del presente Proyecto.
Si no hubiera acuerdo en la determinación del precio contradictorio, el Contratista deberá, no obstante, ejecutar
la unidad de obra en cuestión, en el momento en que la marcha general de la obra lo requiera, y acudir al
peritaje o cualquier otro medio legal que se estime oportuno para determinar el precio contradictorio.
2.5.32 PARTIDAS ALZADAS
Las partidas alzadas a justificar se abonarán a los precios base del Proyecto. Cuando los precios de una o
varias unidades de obra de las que integran una partida alzada a justificar no figuren en los cuadros de precios,
se procederá conforme a lo dispuesto en los artículos 2.5.30 y 2.5.31 del presente Pliego.
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2.5.33 UNIDADES OBRA NO DESCRITAS ESPECÍF. EN PRESENTE DOCUMENTO
a) Condiciones generales
Las unidades de obra no descritas en el presente documento se ajustarán a lo establecido en la descripción de
las obras y descripciones de los documentos de este proyecto.
b) Ejecución.
Su ejecución se realizará según las normas establecidas en la legislación concurrente y normativa, en
cualquier caso precisarán la aprobación previa de la Dirección de la Obra.
c) Medición y abono.
Su medición y abono se harán conforme a lo establecido en el Cuadro de Precios nº1 del presente Proyecto.
2.5.34 PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD
El Contratista está obligado a redactar un Plan de Seguridad y Salud, adaptando lo establecido en este
Proyecto a sus medios y métodos de ejecución, según lo dispuesto en el Real Decreto 1627/97 “Disposiciones
mínimas de seguridad y de salud en obras de construcción”.
Castellón de la Plana, agosto de 2015
El Ingeniero Técnico de Obras Públicas
El Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos
AUTOR DEL PROYECTO
AUTOR DEL PROYECTO
Fidel Zaera Tena
Vicente Gascó Boters
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