INSTRUCTIVO PARA LA LIQUIDACIÓN DE LOS SALARIOS DOCENTES UNIVERSITARIOS Y PREUNIVERSITARIOS GARANTÍA SALARIAL ETAPAS MARZO Y AGOSTO 2015 Y MODIFICACIÓN DEL FONID Según lo acordado por actas paritarias de fechas 30 de Junio de 2014 (CIN - CONADU, FEDUN, CTERA y UDA), 8 de Julio de 2014 (CIN-FAGDUT) y 27 de febrero de 2015 (MINISTERIO DE TRABAJO, MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CTERA, AMET, CEA, UDA Y SADOP) CONTENIDO: PUNTO 1: Definiciones de las Actas Paritarias. PUNTO 2: Escalas a aplicar en cada etapa para Docentes Universitarios. PUNTO 3: Escalas a aplicar en cada etapa para Docentes Preuniversitarios. PUNTO 4: Incremento del FONID. Buenos Aires, 15 de abril de 2015 Dirección Nacional de Presupuesto e Información Universitaria Secretaría de Políticas Universitarias 1 de 3 PUNTO 1: Definiciones de las Actas Paritarias Actas 30 de Junio de 2014 (CIN - CONADU, FEDUN, UDA, con la presencia de autoridades del Ministerio de Educación) y 8 de Julio de 2014 (CIN-FAGDUT, con la presencia de autoridades del Ministerio de Educación): Se acuerdan distintos mecanismos de aumentos y recomposiciones salariales para docentes de universidades nacionales. En particular, en cuanto a la garantía salarial y el FONID (apartados a.2 y b.3) las partes definen los montos a aplicar en cada etapa para el año 2014 y se deja constancia que en caso que durante la vigencia del acuerdo (definida hasta el 30 de junio de 2015), se estableciera una garantía salarial para la escolaridad obligatoria en montos superiores a lo previsto, se procederá a actualizar los mismos en similares términos y plazos. De igual modo se procederá en el caso de actualización de los valores del FONID. La SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS comunicará por medio de Instructivo la forma de aplicar dicha garantía. Acta 27 de Febrero de 2015 (Ministerio de Trabajo, Ministerio de Educación – CTERA, AMET, CEA, UDA, SADOP): Las partes acuerdan establecer un salario mínimo para el cargo testigo de maestro de grado a partir del 1ero de marzo del 2015 de $5.345 y a partir del mes de agosto de 2015 de $5.600, quedando así conformado el salario del cargo testigo – maestro de grado sin antigüedad. PUNTO 2: Escalas a aplicar en cada etapa para Docentes Universitarios En función de las modificaciones acordadas mencionadas en el apartado anterior, corresponde modificar los valores vigentes del Adicional Remunerativo y No Bonificable Garantía Salarial, de acuerdo al detalle por categoría, dedicación y años de antigüedad que a continuación se detalla: Etapa Dedicación Categoría Años de Antigüedad 0 a 4 años 5y6 mar-15 Exclusiva JTP 1.134,54 129,29 mar-15 Exclusiva Ayudante de 1era. 2.963,82 2.111,01 mar-15 Semiexclusiva JTP mar-15 Semiexclusiva Ayudante de 1era. mar-15 Simple mar-15 567,27 64,64 1.481,91 1.055,50 JTP 283,66 32,35 Simple Ayudante de 1era. 742,18 529,08 ago-15 Exclusiva JTP 1.764,17 758,92 ago-15 Exclusiva Ayudante de 1era. 3.593,45 2.740,64 ago-15 Semiexclusiva JTP 882,08 379,46 ago-15 Semiexclusiva Ayudante de 1era. 1.796,72 1.370,32 ago-15 Simple JTP 441,07 189,76 ago-15 Simple Ayudante de 1era. 899,59 686,49 7a9 1.258,20 629,10 315,98 1.887,83 943,91 473,39 10 y 11 405,40 202,69 102,88 1.035,03 517,51 260,29 12 a 14 15 o más - - - - - - - - - - - - - - 182,22 - - 91,10 - - - 47,19 - Para otras categorías y cortes de antigüedad no corresponde liquidar este adicional en estas etapas. Los montos consignados en el cuadro precedente son remunerativos y no bonificables, y reemplazan los valores vigentes desde el 1ero de Noviembre 2014, cuyos montos fueron comunicados mediante instructivo de liquidación remitido oportunamente. 2 de 3 - PUNTO 3: Escalas a aplicar en cada etapa para Docentes Preuniversitarios En función a las modificaciones acordadas mencionadas en el PUNTO 1, y tomando en cuenta los básicos mínimos vigentes del Nomenclador Único Salarial Preuniversitario, los montos en concepto de Adicional Remunerativo y No Bonificable Garantía Salarial a aplicar se exponen a continuación: CATEGORÍA 0 años de antigüedad Desde Marzo 2015 1 año de 2 a 4 Años de Antigüedad Antigüedad 5 o más años de antigüedad Profesor 15 Horas Cátedra Niv. Medio 898,25 359,68 90,40 - Profesor 12 Horas Cátedra Niv. Terciario 898,11 359,53 90,23 - NOTAS: a) Por Acta Paritaria de fecha 15 de Julio de 2014 se precisaron los criterios para la liquidación de la garantía salarial para Docentes Preuniversitarios. El monto de garantía definido corresponde a los cargos de Maestro de Grado Jornada Simple, Profesor 15 horas cátedra de nivel medio y Profesor 12 horas cátedra nivel superior. Para la liquidación de otras cargas horarias y cargos previstos para este escalafón, se deberán tomar en cuenta los mismos criterios de proporcionalidad que los vigentes para la liquidación del FONID (Fondo Nacional de Incentivo Docente). b) Por lo expuesto en el punto precedente, para las otras categorías previstas en el nomenclador único no corresponde liquidar el adicional por superar el mínimo a garantizar. c) Los montos consignados corresponden en caso de que los básicos liquidados no superen los mínimos vigentes. Para los casos que superen los mínimos deberá cada universidad determinar el monto a aplicar tomando en cuenta las escalas vigentes en la institución y los parámetros definidos por Acta Paritaria del 15 de Julio de 2014 mencionados en el punto a). d) Desde Agosto 2015 corresponde aplicar mismo monto que en marzo 2015 por efecto del incremento del FONID (ver punto N°4). PUNTO 4: Incremento del FONID Acta 27 de Febrero de 2015 (Ministerio de Trabajo, Ministerio de Educación – CTERA, AMET, CEA, UDA, SADOP): Las partes acuerdan incrementar un 100% el Fondo de Incentivo Docente desde el mes de agosto de 2015, por lo que desde esa fecha el monto a aplicar pasa de $255 a $510. 3 de 3
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