1. Asistir en la organización y realización integral de las diversas

BASES DEL CONCURSO
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL – DECRETO N° 2098/2008 Y
MODIFICATORIOS
Se llama a concurso mediante Convocatoria Ordinaria, por el Sistema de Selección
General, en el cual podrán participar todos los empleados bajo el régimen de estabilidad
laboral o contratados con relación de dependencia (designados transitoriamente en
cargo de Planta Permanente o designados en Planta Transitoria o No Permanente y
Contratados por el Régimen previsto en el artículo 9° del Anexo a la Ley 25.164
[Resolución ex SGP 48/02]), comprendido en el ámbito del Sistema Nacional de Empleo
Público que reúna los requisitos mínimos exigidos para cubrir el siguiente cargo:
Identificación del Puesto: Asistente Administrativo
Cantidad de Cargos a cubrir: ver Anexo Número del Registro Central de Ofertas de
I.
Empleo Público: Ver Anexo I.
Nivel Escalafonario: D
Tipo de Cargo: Simple
Agrupamiento: General
Tramo: General
Remuneración: $ 9.479,90; más la Escala jerárquica del puesto: Secretaría de
Compensación por Zona para los Coordinación y Monitoreo Institucional
supuestos en que corresponda (Ver
Anexo I).
Asiento (Lugar de trabajo): Ver Anexo I. Horario de trabajo: 40 horas semanales
Objetivo General del Puesto
Proveer a la gestión integral de la documentación administrativa, el registro y
procesamiento simple de datos, la administración de archivos y la relación con usuarios
internos y externos para el efectivo funcionamiento de la unidad organizativa.
Principales actividades
1. Asistir en la organización y realización integral de las diversas tareas
administrativas.
2. Redactar con adecuada gramática y/o transcribir textos con corrección
ortográfica, en formato y tiempo adecuados.
3. Verificar lo efectuado por otros auxiliares administrativos y colaborar con
su entrenamiento.
4. Recibir, registrar clasificar y distribuir la documentación que ingrese y
1
egrese de la unidad organizativa.
5. Archivar, recuperar y tramitar la documentación ingresada o salida,
realizar el seguimiento de expedientes o actuaciones.
6. Realizar tareas de armado general y foliatura de expedientes o verificar
las realizadas por otros auxiliares administrativos.
7. Mantener actualizado los archivos y bases de datos que correspondan.
8. Utilizar con destreza los medios de tele transmisión (fax, correo
electrónico, etc.) en el envío documental y/o de informaciones.
9. Ingresar datos en las bases respectivas, operar planillas de cálculo, y
asistir en la elaboración de presentaciones gráficas.
10. Contribuir en la actualización de la agenda de autoridades, asistiendo en
la organización de citas, entrevistas, eventos, reuniones, seminarios,
etc.
11. Atender al público y usuarios internos, sea personal o telefónicamente,
informando adecuadamente dentro de las materias de su competencia y
conocimiento o, cuando sea necesario, haciendo las derivaciones
pertinentes solicitando referencias para comunicación posterior y
registrándolas adecuadamente.
12. Atender al aprovisionamiento de materiales, útiles y elementos para el
trabajo de la unidad organizativa y con los responsables administrativos
respectivos.
13. Colaborar con la gestión del control interno de la asistencia o de las
incidencias del personal, de las rendiciones de fondos, con la tramitación
de pasajes y viáticos y/o con otras diligencias equivalentes.
14. Colaborar con la atención administrativa a otros integrantes de la unidad
organizativa.
Responsabilidad en el Puesto
Supone responsabilidad sobre resultados de procedimientos y tareas individuales o
grupales, con sujeción a objetivos, métodos, procedimientos y/o técnicas específicas
con relativa autonomía ante su superior.
Requisitos para desempeñarse en el Puesto
Requisitos excluyentes:
2
a. Edad límite de ingreso: hasta la edad prevista en la Ley Previsional para
acceder al beneficio de la jubilación, según lo dispuesto en el artículo 5º, inciso
f) del Anexo de la Ley Nº 25.164”.
b. Nacionalidad: argentino nativo, naturalizado o por opción. El Jefe de Gabinete
de Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante
fundamentación precisa y circunstanciada (artículo 4 del Anexo a la Ley Nº
25.164).
c. Titulación:
1. Título de nivel secundario correspondiente a orientaciones técnicas
administrativas de ciclos de formación superiores a CINCO (5) años; ó
2. Título de nivel secundario completo.
d. Experiencia Laboral:
Deberá acreditar experiencia laboral atinente por un término no inferior a
TRES (3) años después de la titulación, o, de SEIS (6) en total en el
supuesto de acreditar Título de nivel secundario completo. En el supuesto
de acreditar Título de nivel secundario correspondiente a orientaciones
técnicas administrativas de ciclos de formación superiores a CINCO (5)
años, la experiencia laboral a acreditar será por la mitad de esas
cantidades.
En el caso de estudiantes universitarios de carreras afines se eximirá
este requisito de tener aprobado DOS (2) años de estudios.
Requisitos deseables




Acreditar actividades de capacitación o entrenamiento específico en gestión de
tareas administrativas y archivo y manejo de documentación.
Acreditar fehacientemente experiencia laboral adicional a la requerida en una
o varias tareas afines al puesto de trabajo.
Certificar buen manejo y/o actividades de capacitación en redacción, uso del
computador, manejo de aplicativos informáticos para procesamiento de textos,
planilla de cálculo, presentaciones gráficas, navegación por INTERNET.
Acreditar manejo de operadores de bases de datos.
Experiencia y/o capacitación en atención al público.
Competencias Técnicas:
Nivel Inicial de conocimiento en:
 Constitución Nacional Argentina (Preámbulo; Primera Parte; Segunda
Parte – Título Primero -Sección Segunda; Segunda Parte – Título
Segundo).
 Ley N° 22.520: Ley de Ministerios (t.o. por Decreto Nº 438/92). Apartado
XIX: Ministerio de Desarrollo Social.
 Reglamento para Mesa de Entradas, Salidas y Archivo (Decreto N° 759/66).
 Normas para la atención al público (Decreto N° 237/1988 y modificatorio).
 Nociones generales de la Ley Nº 19.549 de Procedimientos Administrativos
y de su Decreto reglamentario N° 1.759/1972 (t.o. 1991). Especial referencia
a Título II: De los Expedientes, Ámbito de aplicación y Plazos. Nociones de
acto y procedimiento administrativo.
 Decreto Nº 20/07. Aprobación de la estructura organizativa de primer nivel
3





operativo del Ministerio de Desarrollo Social.
Resolución Nº 01/08. Aprobación de la estructura organizativa de segundo
nivel operativo del Ministerio de Desarrollo Social.
Nociones generales de la estructura organizativa de la Administración
Pública Nacional (ministerios, denominación y niveles jerárquicos). (Ley
N° 26.338 y Decreto N° 357/2002 y modificatorios).
Nociones de la Ley Nº 25.164, Marco de Regulación de Empleo Público
Nacional y su Decreto reglamentario N° 1.421/2002 y del Convenio
Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional
(Decreto N° 214/2006) en lo concerniente a Ámbito, Autoridad de
Aplicación, Deberes, Derechos, Obligaciones, Prohibiciones y Causales
de Egreso. Prólogo y Régimen de carrera del Convenio Colectivo.
Nociones del Régimen sobre Ética en el ejercicio de la Función Pública.
Ley n° 25.188 (Capítulos I y II).
Sistema Nacional de Empleo Público (Decreto N° 2098/2008). Ámbito,
Agrupamientos y Niveles Escalafonarios. Régimen de Promoción de
Grado y Tramo en el nivel concursado.
Nivel Medio de conocimiento en:
 Conocimientos de los procesos institucionales de inclusión social puestos
en práctica por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación
 Decreto N° 1.571/81. Aprueba la Tabla de Plazos Mínimos de
Conservación de los Documentos de Personal y de Control.
 Decreto Nº 759/66. Aprueba el Reglamento para Mesa de Entradas,
Salidas y Archivo. Modificatorios y complementarios.
 Decreto N° 333/1985. Norma para la elaboración, redacción y
diligenciamiento de los proyectos de actos y documentación
administrativa.
 Decreto N° 237/1988 y modificatorios. Normas para la atención al público.
 Norma para la elaboración, redacción y diligenciamiento de los proyectos de
actos y documentación administrativa (Decreto Nº 333/1985).
Dominio técnico en el uso de metodologías y herramientas técnicas específicas
actuales de:
 Manejo de planilla de cálculo y representadores gráficos.
 Manejo de procesador de textos, correo electrónico e Internet.
 Gramática y ortografía aplicables.
 Archivo, clasificación y recuperación de documentos escritos y digitales.

Redacción y comunicación de ideas y datos por escrito.
Competencias Institucionales
Orientación
al  Facilita la comunicación con su interlocutor y lo
escucha atentamente.
ciudadano y usuarios

Estructura su propio trabajo para dar mejor servicio
internos
a los ciudadanos y al personal.
4
Compromiso
aprendizaje
con
el  Tiene conciencia de las propias fortalezas y debilidades
 Utiliza eficazmente los recursos disponibles y la red
para el aprendizaje continuo.
Trabajo en equipo y  Contribuye a los esfuerzos del equipo y coopera para
los objetivos comunes.
cooperación
 Posibilita y estimula permanentemente el trabajo en
equipos; con sus pares, colaboradores y otras
personas.

Va más allá del objetivo inmediato y presenta nuevas
Proactividad
ideas.
 Busca nuevas oportunidades para lograr mejores
resultados y propone planes para llevarlos a cabo.
PROCESO DE SELECCIÓN:
La cobertura de los cargos a concursar se llevará a cabo conforme a la normativa
vigente: Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública
Nacional, homologado mediante Decreto N° 214/2006, y sus modificatorias; el Convenio
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo
Público (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2098/2008 y sus modificatorias; y la
Resolución Nº 166, del 14 de agosto de 2015 de la SECRETARÍA DE GABINETE de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a través de la cual se aprobó “Reglamento
de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público”.
A)
ETAPAS:
El Proceso de Selección estará conformado por las siguientes etapas: Evaluación de
Antecedentes Curriculares y Laborales, una Evaluación Técnica, una Evaluación
mediante Entrevista Laboral. Cada una de estas etapas se dará por aprobada o
desaprobada siendo las mismas excluyentes en orden sucesivo. Cada una de las TRES
(3) primeras etapas será ponderada con una escala de CERO (0) a CIEN (100) puntos y
se dará por aprobada con al menos SESENTA (60) puntos. Sólo quienes aprueben una
etapa podrán acceder a la siguiente. Quedará excluido del proceso de selección sin más
trámite quien no concurriera a las actividades previstas para la realización de las etapas
correspondientes a la Evaluación Técnica, a la Evaluación mediante Entrevista Laboral.
La Evaluación del Perfil Psicológico a la que se refiere el Artículo 35, inciso d), del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.) homologado por el Decreto
N° 2098/2008 será obviada en el proceso de selección para la cobertura de los cargos
descriptos en la presente, en atención al carácter optativo que tiene dicha etapa en los
5
procesos de selección que se sustancien para la cobertura en de los cargos
correspondientes a los Niveles F al C del Agrupamiento General sin la Función de
Jefatura contemplada en el Capítulo VIII, del Título II del referido SI.N.E.P.
1.- Evaluación de antecedentes curriculares y laborales:
Se llevará a cabo a partir de las declaraciones en carácter de declaración jurada, y las
certificaciones que deberán presentar los postulantes.
Consistirá en la evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes
específicamente al cargo, de acuerdo con los requisitos exigidos por las presentes
Bases.
PUNTAJE TOTAL DE LA ETAPA: CIEN (100) puntos, que se distribuirán de la siguiente
forma: TREINTA Y CINCO (35) puntos para Antecedentes de Formación y SESENTA Y
CINCO (65) puntos para Antecedentes Laborales.
Dentro de estos últimos será
valorada la experiencia laboral pertinente a la función o puesto de trabajo concursado
especialmente desarrollada en el ámbito de las unidades organizativas cuyo personal
esté comprendido en el Convenio Colectivo Sectorial del Personal del Sistema Nacional
de Empleo Público (Homologado por Decreto N° 2098/2008) asignándose a la misma
una ponderación mayor a la que pudiere corresponder a la experiencia acreditada en
otros ámbitos laborales. A tales efectos, a la experiencia laboral desarrollada en el
ámbito de las unidades organizativas cuyo personal esté comprendido en el SI.N.E.P.
se le asignará una ponderación de hasta un VEINTE POR CIENTO (20%) por encima
de la experiencia acreditada en otros ámbitos laborales.
El desempeño de cargos no escalafonarios será considerado únicamente para acreditar
experiencia laboral afín y no generará una ponderación adicional.
Accederán a la siguiente etapa los postulantes que hayan obtenido, al menos,
SESENTA (60) puntos.
2.- Evaluación Técnica:
Se basará en una prueba escrita de evaluación de conocimientos y una prueba escrita
de aplicación práctica de los mismos, con las que se evaluará el grado de
conocimientos, habilidades, dominio y posesión de las competencias técnicas laborales
específicas exigidas para el ejercicio efectivo de la función o puesto de trabajo. El
Comité de Selección podrá implementar dichas evaluaciones mediante sistemas
informáticos que garanticen el secreto de los cuestionarios, el anonimato de los
examinados, la transparencia del procedimiento y la igualdad de trato y oportunidades.
6
Ambas pruebas serán efectuadas bajo seudónimo o clave convencional de identificación
personal de modo que sólo se pueda individualizar a cada postulante después de su
calificación. El postulante que se identificara en cualquiera de las pruebas escritas será
excluido del proceso de selección.
Las pruebas no podrán tener una duración mayor a DOS (2) horas, pudiendo agregarse
UNA (1) hora más en caso de ser necesario por las características de la actividad.
PUNTAJE TOTAL DE LA ETAPA: CIEN (100) puntos, que se distribuirán de la siguiente
forma: TREINTA Y CINCO (35) puntos para la Prueba de Evaluación de Aplicación
Práctica y SESENTA Y CINCO (65) puntos para la Prueba de Evaluación de
Conocimientos. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido, al menos,
SESENTA (60) puntos.
3.- Evaluación Laboral Mediante Entrevista:
Esta tercer etapa consistirá en la realización de al menos UNA (1) entrevista a cargo del
Comité de Selección de no más de DOS (2) horas de duración mediante una Guía de
Entrevista confeccionada al efecto por el Comité, a través de la cual se completará la
apreciación de los Antecedentes Curriculares y Laborales y para las demás
competencias laborales exigidas para el mejor desempeño del cargo.
La entrevista podrá celebrarse a distancia con la utilización de sistemas de
teleconferencia o similar, modalidad que -de implementarse- deberá ser aplicada a
todos los postulantes al puesto detallado en la presente.
La etapa se desarrollará en DOS (2) momentos: El primero estará dirigido a obtener
información que complemente la apreciación de los Antecedentes de Formación y
Laborales. Del resultado de este momento, el Comité de Selección podrá ratificar el
puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos el TREINTA POR
CIENTO (30%), fundamentando específicamente la determinación que adopte. El
segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales
exigidas en las Bases del Concurso. El Comité asignará los CIEN (100) puntos de la
etapa para la evaluación de estas Competencias según conste en la Guía de Entrevista,
obteniéndose el puntaje de cada postulante mediante el promedio resultante de las
puntuaciones que cada integrante haya realizado. PUNTAJE TOTAL DE LA ETAPA:
CIEN (100) puntos. Aprobarán esta etapa de evaluación aquellos postulantes que hayan
obtenido al menos SESENTA (60) puntos.
4.- Evaluación del Perfil Psicológico:
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Para la cobertura de los cargos descriptos en las presentes Bases se omitirá la
realización de esta cuarta etapa, ello como ejercicio de la opción establecida por el
Artículo 35, inciso d), del CONVENIO COLECTIVO DE TRABJO SECTORIAL del
personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.) homologado por
el Decreto N° 2098/2008.
B)
FACTORES
DE
PONDERACIÓN,
CALIFICACIÓN
DE
LOS
POSTULANTES Y ORDEN DE MÉRITO:
Las etapas serán excluyentes en el orden sucesivo establecido precedentemente.
Solamente integrarán el Orden de Mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas
del proceso de selección.
La calificación final será el producto de la sumatoria de los siguientes factores:
1) Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: VEINTICINCO
PORCIENTO (25%); distribuido de la siguiente manera: TREINTA Y CINCO (35) puntos
para Antecedentes de Formación y SESENTA Y CINCO (65) puntos para Antecedentes
Laborales.
2) Evaluación Técnica: SESENTA PORCIENTO (60%); distribuido de la siguiente
manera: TREINTA Y CINCO (35) puntos para la Prueba de Evaluación de Aplicación
Práctica y SESENTA Y CINCO (65) puntos para la Prueba de Evaluación de
Conocimientos.
3) Evaluación Laboral Mediante Entrevista: QUINCE PORCIENTO (15%).
4) Orden de Mérito: El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito
conforme a los resultados de las distintas etapas, dejando constancia en el Acta
respectiva. En tal sentido, para elaborar el Orden de Mérito se sumarán los puntajes
ponderados obtenidos en cada una de las TRES (3) etapas.
El Orden de Mérito resultará del puntaje final obtenido por cada postulante, resultando
en su caso aplicables las prioridades establecidas en el Artículo N° 62, del Anexo I, de
la Resolución N° 166/15 de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
El Comité de Selección elevará a las autoridades del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL el Orden de Mérito en el expediente que se constituya a tales efectos, a los
fines de su aprobación y posterior notificación a los interesados.
8
Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito definitivo podrán
deducirse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549
y su Reglamentación aprobada por Decreto N° 1.759/72 (t.o.1991).
Los resultados de las evaluaciones, así como el Orden de Mérito, serán publicados en la
página Web www.desarrollosocial.gob.ar, y en las carteleras habilitadas a dichos
efectos en las correspondientes sedes del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y
en el edificio de la calle Adolfo Alsina 1886, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, y en las carteleras dispuestas en los lugares de inscripción detallados en el Anexo
III de las presentes Bases.
C)
COMITÉ DE SELECCIÓN:
El Comité de Selección está integrado por CINCO (5) miembros titulares designados por
el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y sus correspondientes alternos, conforme
se desprende del Anexo II de la presente.
El Currículo Profesional de cada uno de los integrantes se encuentra disponible en la
página Web del Concurso. (www.desarrollosocial.gob.ar/concursos).
Colaboradores del Comité de Selección:
En uso de las facultades conferidas por el Artículo 34 de la Resolución N° 166/2015 de
la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS el
Comité de Selección podrá convocar a técnicos, profesionales, docentes universitarios o
entidades de reconocida solvencia para colaborar con el diseño, preparación y
ejecución de las etapas previstas en el citado Régimen de Selección. No obstante, la
valoración de cada aspirante en cada etapa es responsabilidad de los integrantes del
Órgano de Selección. En todos los casos los convocados deberán manifestar con
carácter de declaración jurada que no mantienen o han mantenido en los últimos TRES
(3) años, vinculación con la jurisdicción ministerial o entidad descentralizada respectiva.
Recusaciones y excusaciones:
Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales
previstas en los Artículos 17º y 30º del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación
(C.P.C.C.N.), respectivamente.
9
La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su inscripción y la
excusación de los miembros del Comité de Selección, en oportunidad del conocimiento
de la lista definitiva de los inscriptos.
Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y
excusaciones deberán interponerse antes de que el referido órgano se expida.
Recusación con expresión de causa:
Artículo 17, del C.P.C.C.N.:
“Serán causas legales de recusación:
1.
El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad
con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.
2.
Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el
Inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con
alguno de los litigantes,
procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese
anónima.
3.
Tener el juez pleito pendiente con el recusante.
4.
Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de
los bancos oficiales.
5.
Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o
denunciado o querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.
6.
Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la Ley
de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar
curso a la denuncia.
7.
Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o
dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.
8.
Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.
9.
Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran
familiaridad o frecuencia en el trato.
10.
Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por
hechos
conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa
inferidas al juez después que hubiere comenzado a conocer del asunto”.
Excusación
Artículo 30, del C.P.C.C.N.:
10
“Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación
mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo podrá hacerlo cuando
existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en
motivos graves de decoro o delicadeza.
No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que
intervengan en cumplimiento de sus deberes”.
D)
CRONOGRAMA TENTATIVO:
La Convocatoria a Inscripción se dará a publicidad, conforme lo establece el Artículo 16,
de la Resolución N° 166/2015 de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, en el BOLETIN OFICIAL por UN (1) día. Asimismo se
llevará adelante la divulgación por medio de la Cartelera Pública Central de Ofertas de
Empleo Público de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, sita en Av. Roque
Sáenz Peña 511, P.B., de la Ciudad de Buenos Aires, por medios digitales en
http://www.concursar.gob.ar y http://www.desarrollosocial.gob.ar/concursos, y mediante
la debida comunicación a las entidades sindicales. Adicionalmente para el supuesto de
convocatoria para cargos convocados por el sistema de Selección Abierto la
convocatoria se publicará durante DOS (2) días en DOS (2) diarios de mayor circulación
nacional (conf. Artículo 46 del SI.N.E.P)
Podrá consultarse el cronograma tentativo en el Anexo III de la presente.
El cronograma de las distintas etapas podrá sufrir modificaciones con fundamento en las
particularidades de la Convocatoria, de conformidad con lo previsto por el Régimen de
Selección vigente. Cualquier modificación será publicada oportunamente en la página
WEB: http://www.desarrollosocial.gob.ar/concursos; y notificada a los postulantes
mediante correo electrónico.
Los resultados de cada una de las etapas mencionadas precedentemente estarán
disponibles en la cartelera dispuesta a tales efectos por la Jurisdicción en el edificio sito
en
Adolfo
Alsina
1886,
P.B.,
de
esta
Ciudad,
y
en
la
página
WEB:
http://www.desarrollosocial.gob.ar/concursos, y en las carteleras dispuestas en los
lugares de inscripción detallados en el Anexo III de las presentes Bases.
En especial, los listados de inscriptos, admitidos y no admitidos (con la debida
fundamentación de estos últimos) serán exhibidos por TRES (3) días en las carteleras
antes mencionadas, y en la citada página WEB constituyendo esta exhibición
notificación fehaciente a todo efecto.
11
E)
INSCRIPCIÓN:
Preinscripción Electrónica:
Los postulantes podrán iniciar los trámites de preinscripción electrónica registrándose
en el sitio web: https://rrhh.desarrollosocial.gob.ar, dentro del plazo establecido a dichos
fines en el Anexo III de la presente.
Una vez registrado, el postulante deberá seleccionar la opción “POSTULAR”.
La preinscripción electrónica permite el ingreso de datos personales y antecedentes
curriculares que sirven para postularse en el puesto descripto por las presentes y en
otros puestos de la misma Convocatoria.
Los datos personales, los antecedentes y el detalle de información incorporados por la
vía electrónica son únicos para la persona y por ello deben ser lo suficientemente
amplios y exhaustivos para cubrir los requerimientos de todos los puestos en los que
luego el interesado vaya a postularse. No obstante la postulación electrónica, se
requiere que en oportunidad de la inscripción documental se acompañen las
constancias, fichas, títulos, certificados y toda la documentación de respaldo a los datos
vertidos en la preinscripción, tanto los que atañen a la persona cuanto los que interesan
al puesto para el cual se postula.
Inscripción Documental:
La inscripción documental obligatoria por vía impresa correspondiente a los puestos
detallados en el Anexo I de la presente tendrá lugar durante el plazo establecido en el
Anexo III de la presente en los puntos de inscripción que para cada caso se detallan en
este último Anexo.
El postulante podrá inscribirse en tantos puestos como desee –mientras cumpla con los
requisitos exigidos por el perfil y por las Bases de la Convocatoria-, resultando
indispensable que presente una ficha de inscripción por cada puesto (individualizando el
código correspondiente al mismo) y acompañe a cada una de ellas un juego de copias
de la documentación que se menciona en el apartado siguiente. Podrá imprimir las
fichas de inscripción desde el sistema “Postular” (https://rrhh.desarrollosocial.gob.ar).
Quienes residan a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción o
acrediten certificado de discapacidad, podrán realizar su inscripción documental por
correo postal, a dichos efectos deberán adjuntar a la documentación requerida para la
inscripción un Certificado de Domicilio o copia del Certificado de Discapacidad
considerándose a todo efecto de cálculo de plazos, la fecha de franqueo postal.
12
Las inscripciones efectuadas por correo deberán remitirse indefectiblemente a la
Dirección de Mesa General de Entradas del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL, sita en Av. 9 de Julio 1925,
Código Postal C1073ACA, de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
En el frente del sobre deberá indicarse “Secretaría Técnica del Concurso del
Ministerio de Desarrollo Social de la Nación”. En caso de omitir dicha referencia las
postulaciones recibidas por la Secretaría Técnica con posterioridad a la finalización de
la 1° etapa del Concurso (Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales) serán
desestimadas sin más trámite.
Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración
jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del
postulante.
Una vez verificada la inscripción documental, el interesado no podrá añadir información
o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.
La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente
acreditado.
Documentación a presentar por el postulante:
1)
Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción”, (Anexo I del Reglamento de
Selección para el Personal del Sistema Nacional de Empleo Público aprobado por
Resolución N° 166/2015 de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS), debidamente completado y cuyos datos volcados por el
postulante presentan carácter de declaración jurada. El formulario podrá confeccionarse
con el aplicativo “Postular” (https://rrhh.desarrollosocial.gob.ar) que se utiliza para la
preinscripción electrónica y deberá estar impreso y firmado en todas sus hojas.
Adicionalmente podrá presentarse UN (1) currículum vitae actualizado.
El postulante solo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales
que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o
función para el que se postule.
2)
Declaración jurada de “Constancia de Recepción y Aceptación de
Reglamento y Bases del Concurso” (Anexo II del Reglamento de Selección para el
Personal del Sistema Nacional de Empleo Público aprobado por Resolución N°
166/2015 de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS), reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que
regula los procesos de selección general, las condiciones específicas que regulan el
13
proceso en el que se inscribe, la dirección de la página Web en la que se divulgarán las
informaciones, los resultados respectivos y las Bases del Concurso.
3)
Declaración Jurada de satisfacer los requisitos previstos en los Art. 4º y 5º
del Anexo de la Ley Nº 25.164 y su reglamentación, y en los Artículos concordantes
del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional,
homologado por Decreto Nº 214/2006, así como aquellos previstos para el acceso al
Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.
4)
Fotocopia de los certificados de estudios formales y documentación que
respalde la información volcada en el Formulario de “Solicitud y Ficha de
Inscripción”. En el caso de los títulos y certificados de estudios, se sugiere acompañar
la presentación con los planes de estudios y/o los certificados analíticos de materias
cursadas.
Se recomienda que de los Certificados de cursos y/o actividades de capacitación surjan
las horas de duración de los mismos. Caso contrario, se recomienda acompañar el
certificado con el programa de los cursos realizados.
Los antecedentes laborales y/o certificaciones de servicios deben ser de autenticidad
comprobable. Para facilitar la evaluación se sugiere acompañar las certificaciones de
antecedentes en el sector privado con las constancias emitidas por ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE la SEGURIDAD SOCIAL (A.N.SE.S.)
5)
Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación
original y copias que respalden la información declarada. Se procederá a su
correspondiente constatación y certificación, no siendo necesario que dichas copias
estén autenticadas por escribano, salvo en el supuesto de efectuar la inscripción vía
postal.
6)
La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en
cada hoja del Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” y de la declaración Jurada
“Constancia de Recepción y Aceptación de Reglamento y Bases del Concurso”.
7)
En caso de corresponder, acompañar copia del certificado de discapacidad
y/o certificado de ex combatiente en Malvinas, emitidos por autoridad competente
La inscripción comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales
establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, así como las
condiciones y requisitos específicos que pautan el proceso en el que se inscribe.
F)
RECUERDE QUE:
14
Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración
jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del
postulante.
1)
Una vez entregada la Solicitud y Ficha de Inscripción, el interesado no podrá
añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.
2)
La inscripción deberá ser efectuada personalmente o mediante poder
debidamente acreditado.
3)
La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en cada
hoja del Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción” y de las correspondientes
declaraciones juradas.
4)
El postulante deberá comunicar una dirección de correo electrónico en la que
serán considerarán válidas todas la notificaciones que se produzcan como
consecuencia del proceso de selección.
5)
Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no concurriera
a las actividades previstas para la realización de las etapas del presente proceso de
selección.
6)
Las evaluaciones que el Comité de Selección practique como consecuencia del
presente proceso de selección, se realizarán en las sedes referenciadas en el Anexo III
de las presentes, por lo cual los gastos de pasajes, traslados, alojamiento, comidas y
toda otra erogación que realicen los aspirantes correrán por su exclusiva cuenta.
7)
Los postulantes que no integren el Orden de Mérito Definitivo podrán requerir la
documentación presentada dentro de los TREINTA (30) días corridos de la publicación
del mismo. Teniendo en cuenta que la documentación aportada no reviste carácter de
original, sino fuese requerida en el plazo indicado, se procederá sin más trámite a su
destrucción.
8)
El personal permanente designado oportunamente bajo el régimen sustituido
por CONVENIO COLECTIVO DE TRABJO SECTORIAL del personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.) homologado por el Decreto N°
2098/2008 que no reuniera el requisito de título del nivel educativo exigido podrá
postularse en los proceso de selección para la cobertura de cargos vacantes del
Agrupamiento General para los que no se exigiera título de nivel educativo superior al
del nivel secundario.
De la misma manera podrán hacerlo quiénes mantuvieran contratos vigentes al
momento de su inscripción a los procesos de selección correspondientes, siempre que
hubieran mantenido relación contractual de manera consecutiva desde fecha anterior al
15
1° de diciembre de 2008, con jurisdicción ministerial y/o entidad descentralizada cuyo
personal esté comprendido por el presente Convenio, bajo las diversas modalidades
vigentes.
El interesado deberá manifestar por escrito al momento de su inscripción y
constará como condición en el acto de su designación en el cargo de planta
transitoria, el compromiso de completar sus estudios conforme a lo dispuesto por
el Artículo 129 del SI.N.E.P.
Sin perjuicio de lo expuesto en ambos supuestos deberán cumplirse con las demás
condiciones y obligaciones establecidas por el Artículo 129 del Anexo al Decreto N°
2098/2008 incorporado por Decreto N° 274/2013.
9)
Por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2016, podrán postularse para la
cobertura de cargos vacantes del Agrupamiento General quiénes acreditando título
exigible acreditaran experiencia laboral atinente a las funciones o puestos a
desempeñar por al menos el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los términos exigidos
de conformidad con lo establecido en el Artículo 14 del Anexo al Decreto N° 2098/2008.
10)
La aplicación de los supuestos establecidos por el Artículo 129 del SI.N.E.P.
(incorporado por Decreto N° 217/2013) impedirá la aplicación para el mismo postulante
de lo establecido por el Artículo 130 del mismo sistema.
11)
Los órganos de selección considerarán específica y explícitamente, según lo
previsto por el segundo párrafo del Artículo 36 del SI.N.E.P., en sus Grillas de
Puntuación de Antecedentes Curriculares y Laborales previstos según el inciso a) del
Artículo 35 del Anexo al Decreto N° 2098/2008, las diferencias resultantes de la
acreditación completa de los requisitos previstos según su artículo 14 y de aquellos
casos de postulantes que participaran de los procesos de selección conforme a lo
dispuesto en los Artículos 129, 130 y 131 del citado Decreto (Art. 132, incorporado al
Anexo del Decreto N° 2098/2008 por Decreto N° 274/2013).
12)
Obrará para consulta en la Secretaría Técnica del Concurso, sita en Adolfo
Alsina 1886, P.B., de la Ciudad de Buenos Aires, y en la página WEB
http://www.desarrollosocial.gob.ar/concursos copia de la normativa que regula el
proceso de selección y el ingreso a la Administración, de los formularios requeridos y
demás documentación mencionada en el Artículo 20 de la Resolución N° 166/2015 de la
SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
13)
Los títulos secundarios y terciarios no universitarios deberán contar con el
reconocimiento, convalidación o reválida por las autoridades argentinas, según
corresponda.
16
G) INFORMES:
Organización, Informes y Consultas
Adolfo Alsina 1884, P.B., de 10 a 16 hs, Ciudad de Buenos Aires;
E-mail: [email protected]
http://www.desarrollosocial.gob.ar/concursos
Teléfono: (011) 4382-2327
17
ANEXO I
Asistente Administrativo
(en orden sucesivo y correlativo del 2014-005438-MINDES-G-SI-X-D al
2014-005442-MINDES-G-SI-X-D, y del 2014-005452-MINDES-G-SI-X-D al
2014-005455-MINDES-G-SI-X-D inclusive)
(Nivel D, Agrupamiento General)
COMITÉ N° 3
Provincia
Localidad
Lugar de trabajo (CDR)
Cantidad
de cargos
Número del Registro Central de
Ofertas de Empleo Público
Tucumán
San Miguel de
Tucumán
San Martín N° 1990
1
2014-005438-MINDES-G-SI-X-D
Salta
Benito Graña N° 273
1
2014-005439-MINDES-G-SI-X-D
Sanchez de Bustamante N° 134
1
2014-005440-MINDES-G-SI-X-D
Av. Güemes N° 313
1
2014-005441-MINDES-G-SI-X-D
Salta
Jujuy
Catamarca
San Salvador de
Jujuy
San Fernando del
Valle de Catamarca
Sgo del Estero
Santiago del Estero
Pje. Lorenzo Lugones N° 71
1
2014-005442-MINDES-G-SI-X-D
Misiones
Posadas
Santa Fe N° 2195
1
2014-005452-MINDES-G-SI-X-D
Corrientes
Corrientes
Chaco N° 748
1
2014-005453-MINDES-G-SI-X-D
Formosa
Formosa
Paraguay N° 656
1
2014-005454-MINDES-G-SI-X-D
Chaco
Resistencia
Hipólito Yrigoyen N° 337
1
2014-005455-MINDES-G-SI-X-D
18
ANEXO II
Asistente Administrativo
(en orden sucesivo y correlativo del 2014-005438-MINDES-G-SI-X-D al
2014-005442-MINDES-G-SI-X-D, y del 2014-005452-MINDES-G-SI-X-D al
2014-005455-MINDES-G-SI-X-D inclusive)
(Nivel D, Agrupamiento General)
COMITÉ N° 3
Apellido y Nombre
Integrantes
Titulares
Integrantes
Alternos
D.N.I.
BAGGIO Mónica Alejandra
17.885.730
MICHEL Carmen Elizabeth
24.245.463
CAINO Germán
28.839.291
PEREZ LEOZ Alejandra Inés
24.068.918
SCIANNAMEA Víctor Martín
8.432.232
SPINAZZOLA Gustavo
18.154.418
DIAZ Evangelina Soledad
31.026.055
PASCUAL IRAMAIN Horacio
Claudio
20.121.178
APREA Daniela
18.545.044
FAVARA Pablo
Experiencia
Jefa de Dpto. de Prestaciones Sociales Gerencia de Promoción Social y Comunitaria
- Inst. Nac. De Servicios Sociales para
Jubilados y Pensionados / Julio 2007 a Sept.
2011 - Coordinación de Centros de
Referencia Región I.
Servicio Penitenciario de la Provincia de
Entre Ríos - Dpto de Gualeguaychú
Analista en la Dirección de Diseño y
Desarrollo Organización para la Gestión de
las Personas - SCyMI - MINDES
Profesional especializada en Empleo Público
- Dirección General de Recursos Humanos y
Organización - MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL
Representante de la SECRETARIA DE
GABINETE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS
Director de Administración de Personal SCyMI - MINDES
Analista Profesional en Gestión de Personal
- Dirección General de Recursos Humanos y
Organización - MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL
Auditor Adjunto de Estrategias de
Intervención Territorial, Unidad de Auditoria
Interna, MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL
Dirección de Administración de Personal DGRHyO - SCyMI - MINDES
Representante de la SECRETARIA DE
GABINETE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS
23.124.713
19
Carácter
EXPERTO
EXPERTO
ANALISTA
ANALISTA
EXPERTO
EXPERTO
ANALISTA
EXPERTO
ANALISTA
ABOGADO
EXPERTO
- SGyCA
JGM
ANEXO III
Asistente Administrativo
(en orden sucesivo y correlativo del 2014-005438-MINDES-G-SI-X-D al
2014-005442-MINDES-G-SI-X-D, y del 2014-005452-MINDES-G-SI-X-D al
2014-005455-MINDES-G-SI-X-D inclusive)
(Nivel D, Agrupamiento General)
COMITÉ N° 3
Cronograma Tentativo
Etapa
Publicación de Convocatoria
Preinscripción Electrónica
Inscripción Documental
Nómina Inscriptos / Admitidos-No Admitidos
Evaluación de Antecedentes CyL
Receso estival
Evaluación Técnica
Evaluación Laboral mediante Entrevista
Órden de Mérito
Fecha Inicio Fecha final
27/10/2015
02/11/2015 16/11/2015
09/11/2015 23/11/2015
26/11/2015
21/12/2015
ENERO
01/03/2015
21/03/2015
07/04/2015
FEBRERO
15/03/2015
04/04/2015
11/04/2015
Lugar de Inscripción
Documental
Cantidad
de cargos
San Miguel de Tucumán
San Martín N° 1990
1
2014-005438-MINDES-G-SI-X-D
Salta
Benito Graña N° 273
1
2014-005439-MINDES-G-SI-X-D
Jujuy
San Salvador de Jujuy
1
2014-005440-MINDES-G-SI-X-D
Catamarca
San Fernando del Valle de
Catamarca
Sanchez de Bustamante
N° 134
Av. Güemes N° 313
1
2014-005441-MINDES-G-SI-X-D
Santiago del Estero
Pje. Lorenzo Lugones N°
71
1
2014-005442-MINDES-G-SI-X-D
Provincia
Localidad
Tucumán
Salta
Sgo del
Estero
Número del Registro Central de
Ofertas de Empleo Público
Misiones
Posadas
Santa Fe N° 2195
1
2014-005452-MINDES-G-SI-X-D
Corrientes
Corrientes
Chaco N° 748
1
2014-005453-MINDES-G-SI-X-D
Formosa
Formosa
Paraguay N° 656
1
2014-005454-MINDES-G-SI-X-D
Chaco
Resistencia
Hipólito Yrigoyen N° 337
1
2014-005455-MINDES-G-SI-X-D
20