derecho diplomático y consular - Máster de Estudios Internacionales

UNIVERSITAT DE VALENCIA
DEPARTAMENTO DE DERECHO MERCANTIL
FACULTAD DE DERECHO
GUÍA DOCENTE
Materia 11A
DERECHO DIPLOMÁTICO Y CONSULAR
Módulo 40024: MARCO JURÍDICO DE LAS RELACIONES DIPLOMÁTICAS
Curso 2014/2015
Profesor Carlos Pérez-Desoy Fages
Diplomático
I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN
Nombre de la asignatura: Derecho diplomático
Carácter: Asignatura cuatrimestral
(3 créditos ECTS)
Módulo: Marco jurídico de las relaciones diplomáticas
Ciclo: : Tercer ciclo
Departamento: : Master de estudios internacionales y de la UE
Profesor responsable: Carles Pérez-Desoy i Fages
II.- INTRODUCCIÓN A LA ASIGNATURA Y OBJETIVOS GENERALES
La Universitat de València es la única de España que imparte la asignatura de Derecho
Diplomático de manera singularizada, independiente de la asignatura de Derecho Internacional
público.
El temario se concentra en los privilegios e inmunidades diplomáticas y está pensada
principalmente para estudiantes que aspiren a ser funcionarios internacionales, o a ingresar en
el servicio diplomático de algún Estado. Pero también está dirigido a profesionales de la
cooperación, ONGs, periodistas y, en general, estudiantes interesados en la diplomacia y las
relaciones internacionales.
La participación de los estudiantes es un elemento clave de esta asignatura. En la mayoría de
sesiones se analizan casos prácticos, que son presentados por los propios alumnos y
analizados en grupo.
Las clases se complementan con la lectura de textos y el visionado de mucho material
audiovisual (películas y documentales). Muchos temas de la actualidad informativa reciente
tienen que ver con el Derecho diplomático, como los casos Assange o Strauss-Kahn, por citar
algunos de los que son analizados en esta asignatura.
III.- CONTENIDOS MÍNIMOS
Concepto e historia del Derecho Diplomático. El proceso de codificación. Las Convenciones de
Viena sobre Relaciones Diplomáticas y Consulares. Los convenios de sede de los Organismos
Internacionales. Las inmunidades de jurisdiccción y de ejecución. El establecimiento y la
ruptura de las relaciones diplomáticas. La inviolabilidad de las sedes diplomáticas. El asilo
diplomático. Derecho diplomático y derecho humanitario
IV.- TEMARIO
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Concepto de Derecho diplomático
○ Historia. Origen consuetudinario
○ Codificación. Las Convenciones de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y
Consulares. Creación de un marco jurídico singularizado, a partir de la
immunidad de jurisdicción y de ejecución
○ Obligación de cumplir las leyes locales
○ Los convenios de sede de los Organismos Internacionales
La inmunidad diplomática
○ El pasaporte diplomático. El caso Pinochet
○ La inmunidad de jurisdicción
○ La inmunidad de los familiares
○ Potestad para-jurisdiccional de la Administración
○ El caso Strauss- Kahn
Las relaciones diplomáticas
○ Establecimiento de las relaciones diplomáticas
○ Ruptura de las relaciones diplomáticas y otras incidencias
La inviolabilidad de les sedes diplomáticas
○ Los vehículos diplomáticos
○ El asilo diplomático
○ Diferencias entre asilo político y asilo diplomático
○ El caso Assange
Derecho diplomático y derecho humanitario
V.- BIBLIOGRAFÍA DE REFERENCIA
●
Manual de derecho diplomático. Javier Pérez de Cuéllar. Ed. Fondo de Cultura
Económica, 1997, México.
●
Manual de Derecho diplomático y consular. Eduardo Vilariño Pintos. Ed. Tecnos (4ª
edición 2011), Madrid.
●
Satow’s Guide to Diplomatic Practice. Ed. Longman, 1979 (5th Edition), London.
●
The Oxford Handbook of modern diplomacy. Ed. OUP Oxford (2013).
●
Renaissance diplomacy. Garrett Mattingly, Ed. Dover Publications ,1955 New York.
●
La rupture des relations diplomatiques et ses conséquences. R. Papini, G. Cortese, Ed.
A. Pedone. 1972, París.
●
Cine y diplomacia. Amador Martínez Morcillo. Ed. Ocho y Medio, 2013, Madrid.
●
La potestad parajurisdiccional de la Administración en el marco de la Convención de
Viena de 1961, y en el Derecho diplomático en general (Carles Pérez-Desoy, La Ley,
19-11-2013)
https://www.academia.edu/5162339/La_potestad_parajurisdiccional_de_la_Administraci
on_en_el_marco_de_la_Convencion_de_Viena_de_1961_y_en_el_Derecho_diplomatic
o_en_general
●
Who, What, Why: Does Strauss-Kahn have immunity? (BBC, 16-5-2011)
http://www.bbc.com/news/world-us-canada-13412092
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La ruptura de las relaciones diplomáticas: Una aproximación sistemática con una
referencia especial a las consecuencias de la entrada en vigor del tratado de Lisboa en
la praxis diplomática (Carles Pérez-Desoy, Revista Electrónica de Estudios
Internacionales, 2013)
https://www.academia.edu/5479577/La_ruptura_de_las_relaciones_diplomaticas_Una_a
proximacion_sistematica_con_una_referencia_especial_a_las_consecuencias_de_la_e
ntrada_en_vigor_del_tratado_de_Lisboa_en_la_praxis_diplomatica
●
Julian Assange: can he get out of this? (Carl Gardner, Head of Legal 26-6-2012)
http://www.headoflegal.com/2012/06/26/julian-assange-can-he-get-out-of-this/
●
Assange, un año en Londres (Carles Pérez-Desoy, ABC, 25-7-2013)
http://www.rebelion.org/noticia.php?id=171674
●
Guerreros que no empuñan ametralladoras (Carles Pérez-Desoy, EsGlobal, 14-4-2014)
http://www.esglobal.org/guerreros-que-no-empunan-ametralladoras
VI.- METODOLOGÍA
La asignatura tiene un contenido de 3 créditos ECTS, incluidas tanto las horas
de clase teóricas y prácticas, como las horas invertidas por el alumno en la preparación
de las clases, la realización de los trabajos, participación en el foro “on line” y horas de estudio.
Habrá 18 horas de clases teórico-prácticas de la asignatura. Se requerirá la asistencia a dichas
sesiones.
Las clases se realizarán los viernes, en fechas a concretar.
Los alumnos deberán participar en el “foro on line” en el que se irán planteando distintos casos
prácticos que deben ser comentados y desarrollados por todo el grupo, bajo la dirección del
profesor. También tendrán que presentar en grupo un trabajo sobre alguna de las cuestiones
que aparecen en el temario de la asignatura. El profesor fijará la fecha de entrega de tales
trabajos y la planificación de dichas exposiciones colectivas.
La asignatura tiene un contenido de 3 créditos ECTS, incluidas tanto las horas
de clase teóricas y prácticas, como las horas invertidas por el alumno en la preparación
de las clases, la realización de los trabajos, tutorías y horas de estudio. Cada semana
habrá una sesión de clases teórico-prácticas de la asignatura. Se requerirá la asistencia
a dichas sesiones.
VII.- EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE
La evaluación del aprendizaje se realizará sobre la base de los siguientes
criterios:
- el trabajo final individual sobre el contenido de la asignatura
representará el 35% de la calificación global;
- EL 65% se obtendrá de la asistencia a clase y la participación en las
actividades y discusiones planteadas en el “foro on line”, así como de la realización de las
prácticas que el profesor proponga, en su caso.
La evaluación de esta materia se incardina dentro de la evaluación global del
Módulo 4 A “El marco jurídico de las relaciones diplomáticas”, que se ajustará a las
siguientes directrices:
1. La calificación final del módulo será la obtenida mediante la ponderación de
las notas obtenidas en todas las materias que forman parte del Módulo.
2. Para aprobar el Módulo se requiere haber superado todas las materias que lo
integran. En caso de que el estudiante haya obtenido una nota de 4 (sobre 10) en una de
las materias, podrá aprobar si el resultado de la ponderación con las restantes
calificaciones alcanza la nota mínima requerida para aprobar (5).
3. El estudiante que obtenga una calificación inferior a 4 en una de las
materias, o calificaciones inferiores a 5 en dos o más materias (sobre 10), no superará
el Módulo y deberá concurrir a la segunda convocatoria para ser evaluado de aquellas
materias en que no haya alcanzado el 5.
4. Si un estudiante no superara el Módulo en la segunda convocatoria, no se le
guardará la calificación de ninguna materia del mismo para el curso próximo.
5. Cada profesor indicará en su guía el sistema que seguirá para la evaluación de
su materia.
6. En caso de detectar plagio en los trabajos el alumno suspenderá automáticamente la
convocatoria, debiéndose presentar a la siguiente
7. Sólo se guardarán las notas prácticas (en su caso) para la 2ª convocatoria, nunca para el
curso siguiente
8. en caso de que un alumno repita curso, en ningún caso se le guardará la nota de un curso
para otro, aún habiendo aprobado la asignatura el año anterior.