UNIVERSITAT DE VALENCIA DEPARTAMENTO DE DERECHO MERCANTIL FACULTAD DE DERECHO GUÍA DOCENTE Materia 11A DERECHO DIPLOMÁTICO Y CONSULAR Módulo 40024: MARCO JURÍDICO DE LAS RELACIONES DIPLOMÁTICAS Curso 2014/2015 Profesor Carlos Pérez-Desoy Fages Diplomático I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN Nombre de la asignatura: Derecho diplomático Carácter: Asignatura cuatrimestral (3 créditos ECTS) Módulo: Marco jurídico de las relaciones diplomáticas Ciclo: : Tercer ciclo Departamento: : Master de estudios internacionales y de la UE Profesor responsable: Carles Pérez-Desoy i Fages II.- INTRODUCCIÓN A LA ASIGNATURA Y OBJETIVOS GENERALES La Universitat de València es la única de España que imparte la asignatura de Derecho Diplomático de manera singularizada, independiente de la asignatura de Derecho Internacional público. El temario se concentra en los privilegios e inmunidades diplomáticas y está pensada principalmente para estudiantes que aspiren a ser funcionarios internacionales, o a ingresar en el servicio diplomático de algún Estado. Pero también está dirigido a profesionales de la cooperación, ONGs, periodistas y, en general, estudiantes interesados en la diplomacia y las relaciones internacionales. La participación de los estudiantes es un elemento clave de esta asignatura. En la mayoría de sesiones se analizan casos prácticos, que son presentados por los propios alumnos y analizados en grupo. Las clases se complementan con la lectura de textos y el visionado de mucho material audiovisual (películas y documentales). Muchos temas de la actualidad informativa reciente tienen que ver con el Derecho diplomático, como los casos Assange o Strauss-Kahn, por citar algunos de los que son analizados en esta asignatura. III.- CONTENIDOS MÍNIMOS Concepto e historia del Derecho Diplomático. El proceso de codificación. Las Convenciones de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y Consulares. Los convenios de sede de los Organismos Internacionales. Las inmunidades de jurisdiccción y de ejecución. El establecimiento y la ruptura de las relaciones diplomáticas. La inviolabilidad de las sedes diplomáticas. El asilo diplomático. Derecho diplomático y derecho humanitario IV.- TEMARIO ● ● ● ● ● Concepto de Derecho diplomático ○ Historia. Origen consuetudinario ○ Codificación. Las Convenciones de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y Consulares. Creación de un marco jurídico singularizado, a partir de la immunidad de jurisdicción y de ejecución ○ Obligación de cumplir las leyes locales ○ Los convenios de sede de los Organismos Internacionales La inmunidad diplomática ○ El pasaporte diplomático. El caso Pinochet ○ La inmunidad de jurisdicción ○ La inmunidad de los familiares ○ Potestad para-jurisdiccional de la Administración ○ El caso Strauss- Kahn Las relaciones diplomáticas ○ Establecimiento de las relaciones diplomáticas ○ Ruptura de las relaciones diplomáticas y otras incidencias La inviolabilidad de les sedes diplomáticas ○ Los vehículos diplomáticos ○ El asilo diplomático ○ Diferencias entre asilo político y asilo diplomático ○ El caso Assange Derecho diplomático y derecho humanitario V.- BIBLIOGRAFÍA DE REFERENCIA ● Manual de derecho diplomático. Javier Pérez de Cuéllar. Ed. Fondo de Cultura Económica, 1997, México. ● Manual de Derecho diplomático y consular. Eduardo Vilariño Pintos. Ed. Tecnos (4ª edición 2011), Madrid. ● Satow’s Guide to Diplomatic Practice. Ed. Longman, 1979 (5th Edition), London. ● The Oxford Handbook of modern diplomacy. Ed. OUP Oxford (2013). ● Renaissance diplomacy. Garrett Mattingly, Ed. Dover Publications ,1955 New York. ● La rupture des relations diplomatiques et ses conséquences. R. Papini, G. Cortese, Ed. A. Pedone. 1972, París. ● Cine y diplomacia. Amador Martínez Morcillo. Ed. Ocho y Medio, 2013, Madrid. ● La potestad parajurisdiccional de la Administración en el marco de la Convención de Viena de 1961, y en el Derecho diplomático en general (Carles Pérez-Desoy, La Ley, 19-11-2013) https://www.academia.edu/5162339/La_potestad_parajurisdiccional_de_la_Administraci on_en_el_marco_de_la_Convencion_de_Viena_de_1961_y_en_el_Derecho_diplomatic o_en_general ● Who, What, Why: Does Strauss-Kahn have immunity? (BBC, 16-5-2011) http://www.bbc.com/news/world-us-canada-13412092 ● La ruptura de las relaciones diplomáticas: Una aproximación sistemática con una referencia especial a las consecuencias de la entrada en vigor del tratado de Lisboa en la praxis diplomática (Carles Pérez-Desoy, Revista Electrónica de Estudios Internacionales, 2013) https://www.academia.edu/5479577/La_ruptura_de_las_relaciones_diplomaticas_Una_a proximacion_sistematica_con_una_referencia_especial_a_las_consecuencias_de_la_e ntrada_en_vigor_del_tratado_de_Lisboa_en_la_praxis_diplomatica ● Julian Assange: can he get out of this? (Carl Gardner, Head of Legal 26-6-2012) http://www.headoflegal.com/2012/06/26/julian-assange-can-he-get-out-of-this/ ● Assange, un año en Londres (Carles Pérez-Desoy, ABC, 25-7-2013) http://www.rebelion.org/noticia.php?id=171674 ● Guerreros que no empuñan ametralladoras (Carles Pérez-Desoy, EsGlobal, 14-4-2014) http://www.esglobal.org/guerreros-que-no-empunan-ametralladoras VI.- METODOLOGÍA La asignatura tiene un contenido de 3 créditos ECTS, incluidas tanto las horas de clase teóricas y prácticas, como las horas invertidas por el alumno en la preparación de las clases, la realización de los trabajos, participación en el foro “on line” y horas de estudio. Habrá 18 horas de clases teórico-prácticas de la asignatura. Se requerirá la asistencia a dichas sesiones. Las clases se realizarán los viernes, en fechas a concretar. Los alumnos deberán participar en el “foro on line” en el que se irán planteando distintos casos prácticos que deben ser comentados y desarrollados por todo el grupo, bajo la dirección del profesor. También tendrán que presentar en grupo un trabajo sobre alguna de las cuestiones que aparecen en el temario de la asignatura. El profesor fijará la fecha de entrega de tales trabajos y la planificación de dichas exposiciones colectivas. La asignatura tiene un contenido de 3 créditos ECTS, incluidas tanto las horas de clase teóricas y prácticas, como las horas invertidas por el alumno en la preparación de las clases, la realización de los trabajos, tutorías y horas de estudio. Cada semana habrá una sesión de clases teórico-prácticas de la asignatura. Se requerirá la asistencia a dichas sesiones. VII.- EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE La evaluación del aprendizaje se realizará sobre la base de los siguientes criterios: - el trabajo final individual sobre el contenido de la asignatura representará el 35% de la calificación global; - EL 65% se obtendrá de la asistencia a clase y la participación en las actividades y discusiones planteadas en el “foro on line”, así como de la realización de las prácticas que el profesor proponga, en su caso. La evaluación de esta materia se incardina dentro de la evaluación global del Módulo 4 A “El marco jurídico de las relaciones diplomáticas”, que se ajustará a las siguientes directrices: 1. La calificación final del módulo será la obtenida mediante la ponderación de las notas obtenidas en todas las materias que forman parte del Módulo. 2. Para aprobar el Módulo se requiere haber superado todas las materias que lo integran. En caso de que el estudiante haya obtenido una nota de 4 (sobre 10) en una de las materias, podrá aprobar si el resultado de la ponderación con las restantes calificaciones alcanza la nota mínima requerida para aprobar (5). 3. El estudiante que obtenga una calificación inferior a 4 en una de las materias, o calificaciones inferiores a 5 en dos o más materias (sobre 10), no superará el Módulo y deberá concurrir a la segunda convocatoria para ser evaluado de aquellas materias en que no haya alcanzado el 5. 4. Si un estudiante no superara el Módulo en la segunda convocatoria, no se le guardará la calificación de ninguna materia del mismo para el curso próximo. 5. Cada profesor indicará en su guía el sistema que seguirá para la evaluación de su materia. 6. En caso de detectar plagio en los trabajos el alumno suspenderá automáticamente la convocatoria, debiéndose presentar a la siguiente 7. Sólo se guardarán las notas prácticas (en su caso) para la 2ª convocatoria, nunca para el curso siguiente 8. en caso de que un alumno repita curso, en ningún caso se le guardará la nota de un curso para otro, aún habiendo aprobado la asignatura el año anterior.
© Copyright 2024