INFORMÁTICA EN REDES DE COMPUTADORAS

ÁREA DE CARRERA DOCENTE
MANUAL DESCRIPTIVO DE ESPECIALIDADES DOCENTES
INFORMÁTICA EN REDES DE COMPUTADORAS
(Resolución DG-399-2010/ Resolución DG-256-2011/ Resolución DG-051-2012/ Resolución DG-127-2012/
Resolución DG-022-2014/ Resolución DG-032-2014/ Resolución DG-087-2014/ Resolución DG-137-2014/
123
Resolución DG-203-2014/ Resolución DG-017-2015)
1. DEFINICIÓN
Esta especialidad brinda los conocimientos orientados a la creación y manejo de redes de
computadoras también llamada red de ordenadores o red informática, es un conjunto de
equipos conectados por medio de cables, señales, ondas o cualquier otro método de
transporte de datos, que comparten información (archivos), recursos (CD-ROM,
impresoras, etc.), servicios (acceso a internet, e-mail, chat, juegos), otras.
2. CARACTERÍSTICAS
La especialidad se caracteriza por la manipulación de equipo y materiales para la
creación de redes que permiten la comunicación a distancia entre equipos autónomos (no
jerárquica -master/slave-). Normalmente se trata de transmitir datos, audio y vídeo por
ondas electromagnéticas a través de diversos medios (aire, vacío, cable de cobre, cable de
fibra óptica, etc.).
El programa presenta una estructura curricular conformada por las siguientes sub-áreas:







Introducción a la Computación
Mantenimiento de Equipo de Cómputo
Introducción a la Programación
Redes de Computadoras
Sistemas Operativos de Red
Manipulación de la Información
"Inglés para la Comunicación" (English for Communication).
1
Resolución DG-256-2011 modifica la Resolución DG-285-2010.
Resolución DG-203-2014, modifica la Resolución DG-037-2013 que modifica la Resolución DG-052-2012
y/que modifica la Resolución DG-521-2011.
3
Resolución DG-127-2012 modifica la Resolución DG-285-2010 y sus reformas, como la Resolución DG-2562011.
2
INFORMÁTICA EN REDES DE COMPUTADORAS
Código 055000
(Actualizado al 21 de octubre de 2015/ ASS)
1
ÁREA DE CARRERA DOCENTE
MANUAL DESCRIPTIVO DE ESPECIALIDADES DOCENTES
3. RANGO DE APLICACIÓN 4


Profesor de Enseñanza Técnico Profesional (III y IV ciclos o Enseñanza Especial, o
Escuela Laboratorio) (G. de E).
Profesor de Enseñanza Técnico Profesional (Liceo Laboratorio) (G. de E.)
(Resolución DG-137-2014)5

Profesor de Enseñanza Técnico Profesional en Educación Indígena III Ciclo y IV ciclo
(G. de E.) (Resolución DG-017-2015)
4. ATINENCIA ACADÉMICA6
Bachillerato y/o Licenciatura en Ingeniería de Sistemas
Bachillerato en Ciencias de la Educación con énfasis en Informática
Bachillerato y/o Licenciatura en Ingeniería de Sistemas
Bachillerato en Informática
Bachillerato en Informática Empresarial.-) Magíster Scientae o Magíster en Computación
e Informática
Bachillerato en Computación e Informática
Ingeniería de Sistemas o Informática Empresarial
Bachillerato en la Enseñanza de la Computación y la Informática
Bachillerato y/o Licenciatura en Ingeniería de Sistemas Informáticos
Bachillerato y/o Licenciatura en Ciencias de la Computación. Bachillerato en Ingeniería
Informática. Licenciatura en Ciencias de la Computación con énfasis en Desarrollo de
Aplicaciones (con requisito de ingreso Bachillerato en Informática)
Bachillerato y/o Licenciatura en Ingeniería Informática
Bachillerato y/o Licenciatura de Sistemas Computacionales
Maestría en Administración de Recursos Informáticos (debe mantener como base
Bachillerato en Ingeniería de Sistemas Computacionales
Diplomado en Computación Empresarial de Colegios Universitarios Estatales
Diplomado en Informática de Colegios Universitarios Estatales
Diplomado en Informática Administrativa de Colegios Universitarios Estatales
Diplomado en Informática Bilingüe de Colegios Universitarios Estatales
Diplomado en programación de Colegios Universitarios Estatales
Bachillerato y/o Licenciatura en Educación con énfasis en la Enseñanza de la
4
Resolución DG-127-2012 elimina la clase Asesor Nacional del Rango de Aplicación.
Informe DRH-PRH-UAO-Nº065-2014 del 4 de abril del 2014 y OSC-SE-012-2014 del 22 de mayo del 2014
6
Resolución DG-051-2012, Artículo 3, Suprime en la Especialidad Informática en Programación la carrera de
Bachillerato y Licenciatura en Informática Educativa.
5
INFORMÁTICA EN REDES DE COMPUTADORAS
Código 055000
(Actualizado al 21 de octubre de 2015/ ASS)
2
ÁREA DE CARRERA DOCENTE
MANUAL DESCRIPTIVO DE ESPECIALIDADES DOCENTES
Computación
Profesorado de Estado ( CIPET) en la especialidad Informática
Bachillerato y/o Licenciatura en la Enseñanza de la Computación y la Informática.
Bachillerato y/o Licenciatura en Sistemas Computacionales.
Maestría en Educación Técnica y Bachillerato a fin en la Especialidad del Puesto o una
carrera atinente a la especialidad
Bachillerato en Ingeniería del Software (UTN) (Resolución DG-022-2014)
Diplomado en Tecnologías Informáticas (UTN) (Resolución DG-022-2014)
Diplomado en Tecnologías de Información (UTN) (Resolución DG-022-2014)
Maestría Profesional en Telemática (Universidad Latina de Costa Rica) (Resolución DG-0322014)
Bachillerato en Ingeniería en Tecnologías de Información (UTN) (Resolución DG-087-2014) 7
Profesorado en la Enseñanza de Informática (UTN) (Resolución DG-203-2015)
Profesorado en la Enseñanza de Informática Y Bachillerato en Informática (UTN) (Resolución
DG-203-2015)
Bachillerato en la Enseñanza de Informática (UTN) (Resolución DG-203-2015)
Bachillerato en Informática (UTN) (Resolución DG-203-2015)
Diplomado en la Enseñanza de la Especialidad Técnica (UTN) (Resolución DG-052-2012)
Bachillerato en la Enseñanza de la Especialidad Técnica (UTN) (Resolución DG-052-2012)
Bachillerato en Ciencias de la Educación con énfasis en la Enseñanza de la Informática
(Universidad Americana) (Resolución DG-115-2015)
NOTA
La Subárea de: “Inglés para la Comunicación" (English for Communication), deberá de ser impartida por
un Profesor de Enseñanza Media, Especialidad Inglés.
7
La Resolución DG-087-2014 modifica Resolución DG-022-2014
INFORMÁTICA EN REDES DE COMPUTADORAS
Código 055000
(Actualizado al 21 de octubre de 2015/ ASS)
3