“Club Universal”

“Club Universal”
REGLAMENTO
Telecom Personal S.A (CUIT 30678186445, en adelante el “Organizador”) con domicilio Alicia Moreau de
Justo n°50 CABA promueve y organiza la promoción “Club Universal” (en adelante la “Promoción”), la cual
tendrá vigencia en todo el territorio de la República Argentina; con excepción de las Provincias de Mendoza,
Córdoba, Salta y la Ciudad de Neuquén; entre las 00:00hs. del 21 de Enero de 2015 y las 10.00 hs. del 30
de Enero de 2015 inclusive. La participación en la Promoción implica el íntegro conocimiento y aceptación
del presente Reglamento (en adelante el “Reglamento”), así como de las decisiones que conforme
a derecho adopte el Organizador sobre cualquier cuestión no prevista en el mismo. El
Organizador tendrá el derecho a definir,
establecer e interpretar aquellas situaciones o
circunstancias que no estén expresamente previstas en el
presente
Reglamento,
sin afectar la
esencia de la presente Promoción, decisiones que serán inapelables y los Participantes no tendrán
derecho a reclamo alguno, aclarándose que cualquier modificación será ajustada a la legislación vigente.
2) Participación:
2.1 Podrá participar de la Promoción (en adelante los Participante/s) cualquier persona mayor de edad
residente en la República Argentina, con excepción de las Provincias de Mendoza, Salta, Córdoba, Misiones
y la Ciudad de Neuquén, que sea cliente de Telecom Personal S.A. (en adelante “Personal”), en cualquiera de
sus tres modalidades Personal con Factura, Personal con Tarjeta o Personal con Abono Fijo, cuya solicitud
de servicio se encuentre aprobada por Personal y cuyas líneas telefónicas móviles de sus equipos
estén activas (en cualquiera de sus modelos GSM) al momento de su participación en la presente
Promoción.
En
el
caso
que
el
celular
sea
propiedad de una
persona jurídica, se entenderá que, a todos los efectos legales, ésta es
quien ha participado de
la Promoción. Los Participantes no deberán registrar deudas de ningún tipo con Personal, no deberán contar
con saldo negativo (se entiende por saldo negativo el supuesto en el cual un cliente realiza consumos sin
tener saldo disponible en las plataformas de Personal para cubrir dichos consumos) o no encontrarse en mora
en el pago de las facturas correspondientes al servicio de telefonía móvil o la existencia de alguna factura
vencida o impaga; y no encontrarse en ninguna otra situación de irregularidad, estado rechazado, anulado o
retenido ante Personal , ya sea en relación a los aspectos de tasación y/o regularización de siniestros.
2.2 Queda prohibida la participación de menores de edad.
Asimismo, quedan excluidos los clientes de PERSONAL que se encuentren fuera del territorio de la República
Argentina y/o se encuentren utilizando el servicio de roaming internacional provisto por PERSONAL.
2.3 No podrán participar de esta Promoción ningún empleado efectivo y/o contratado del Organizador y/o
empresas afiliadas, vinculadas o en la que ésta tenga participación, sus Agentes Oficiales y/o Agencias de
Publicidad y/o Promoción, así como tampoco podrán hacerlo sus respectivos familiares en línea directa, hasta
el segundo grado de consanguinidad o afinidad inclusive ni sus cónyuges.
2.4 La eventual participación en la Promoción de quienes tienen prohibido participar conforme lo indicado en
los puntos precedentes, no producirá efecto alguno y, por lo tanto, dichas personas no tendrán derecho ni
expectativa de recibir premio alguno.
3) Forma de Participación:
3.1. Participarán de la presente Promoción aquellos que hayan descargado y abonado durante el
transcurso de la Promoción, al menos un contenido:
- canción completa (Fulltrack)
Es condición esencial que el Participante se suscriba y descargue al menos UNO de es estos Contenidos y
que los mismos sean descargados desde el acceso directo “Club Universal” ubicado en la Sección Inicial
dentro del Portal WAP de Personal.
Por cada Contenido solicitado, abonado y descargado completamente, el Participante obtendrá (1) un punto.
3.2 Los Participantes podrán efectuar todos los ingresos en el portal WAP que deseen a fin de adquirir
los Contenidos sin límite alguno.
3.3 La navegación en el portal WAP y el envío del SMS son sin costo para el Participante. En tanto, el costo
de la suscripción semanal es de $11,99.
3.4 La participación en la Promoción no implica obligación de compra alguna. Toda persona
que desee participar de la Promoción podrá hacerlo enviando una (1) carta al domicilio del Organizador,
a saber:
Alicia Moreau de Justo n°50 CABA que incluya la referencia a la Promoción “Club Universal” y
contenga los siguientes datos personales: nombre y apellido completo, D.N.I., domicilio y localidad, y un
número de teléfono de línea correcto y completo desde el cual participará de la Promoción (los “Datos
Personales”). Se otorgará a cada persona que participara mediante el mecanismo de “Sin obligación de
compra”
solo
un (1)
punto
por todo el periodo de vigencia de la Promoción.
Se ingresarán en el sistema Datos Personales de los Participantes por este mecanismo a partir de las 00.00
hs del día siguiente de recibidos tales datos, a los efectos de participar de la Promoción. No serán
considerados aquellas cartas que no posean la totalidad de los datos requeridos.
3.5 Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la promoción que se realice
por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas bases. La
utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar
llevará a la anulación de todos los registros realizados por el Participante.
4) Vigencia de la Promoción:
A partir y entre las 00:00hs de 21 de Enero de 2015 y las 10.00 hs. de 30 de Enero de 2015 inclusive.
5) Premio:
El único premio puesto en juego en la presente Promoción, es el siguiente (en adelante el “Premio”):
 1 par de Entradas para M&G con Juan Luis Guerra en Villa Maria (+ Viaje + Estadía)
El ganador deberá suscribir una carta como constancia de recepción del Premio y liberación de
responsabilidad.
El Premio NO es endosable, reembolsable ni transferible. El Premio no es canjeable por ningún otro bien o
servicio, bajo ninguna circunstancia. El Premio no podrá ser canjeado por sumas de dinero.
5.1 El Premio no se podrá cambiar, ni reemplazar por dinero y en ningún caso se canjearán por dinero u otro
derecho o bien.
5.2 El Premio no incluye ninguna otra prestación, bien o servicio no enumerados en el presente Reglamento.
En ningún supuesto se cambiará total o parcialmente el Premio por dinero en efectivo, ni bienes ni servicios
de ningún tipo. Los Premios son intransferibles y únicamente podrán ser entregados a la persona que resulte
ganador.
5.3 Todos los costos que se deriven de la obtención del Premio, así como todo impuesto, trámite, gasto y/o
tributo que deba actualmente abonarse o que se imponga en el futuro sobre los bienes y servicios ofrecidos
como Premio en la presente Promoción, así como los gastos en que incurran los Participantes como
consecuencia de la obtención y entrega del mismo incluyendo, sin limitación, aquellos gastos de traslado y
estadía, en que incurran para procurar la entrega del Premio, se encontrarán a exclusivo cargo, costo y
responsabilidad de los ganadores.
5.4 La responsabilidad de PERSONAL por todo concepto finaliza con la puesta a disposición del ganador del
Premio correspondiente. PERSONAL no será responsable de los daños y perjuicios que pudieran sufrir el
ganador y/o terceros, en sus personas o bienes, con motivo de la utilización y/o efectivización de los Premios.
En la presente Promoción no se registrará Premio NO asignado. Dada la modalidad de la Promoción, no
existe posibilidad de que quede a la fecha de su finalización Premio no adjudicado, siempre que al menos un
Participante haya descargado y abonado un Contenido y contestado correctamente la pregunta de cultura o
interés general que le formule el escribano.
6. Selección de Ganadores: (en adelante Ganador/es)
6.1 Se considerarán Potenciales Ganadores de la Promoción a aquellos Participantes que más descargas
hayan realizado y abonado durante todo el periodo de la Promoción. Por cada contenido descargado y
abonado el Participante obtendrá un (1) punto. De modo que quien obtenga más puntos será considerado
Potencial Ganador.
Se designarán siguiendo el orden de prelación a partir del Participante que más puntos haya obtenido, un total
de UN (1) Potencial Ganador y un total de VEINTE (20) Suplentes al finalizar la Promoción.
6.2 La verificación de los Potenciales Ganadores se efectuará en las oficinas del Organizador, ubicadas
en Alicia Moreau de Justo n°50, entre las 12:00 y 15:00 horas del 30 de Enero de 2015.
Serán considerados Ganadores titulares de la Promoción todos aquellos Participantes que hayan cumplido
con los requisitos denunciados en el presente Reglamento.
6.3 El Organizador procederá a establecer, el llamado al Potencial Ganador titular correspondientes al
teléfono celular desde el que se efectuó la descarga del Contenido o al teléfono
de contacto denunciado en la carta a que se refiere el punto 3.4 de este Reglamento, según fuera el
caso, que originó la participación en la Promoción y se procederá a comunicarle que ha resultado potencial
Ganador de la Promoción tal como lo indica el punto 6.7.
6.4 Los llamados a los que se refieren el punto anterior del presente Reglamento serán realizados el día 31
de Enero de 2015 a partir de las 12 hs en las oficinas del Organizador con domicilio en Alicia Moreau
de Justo n°50
6.5 En caso de silencio por parte del Participante que resulte Ganador (sea que no pudiere ser ubicado o
bien no se presente en el lugar a en las fechas y horas pautadas para retirar el Premio) y transcurridas las
fechas estipuladas para la entrega de premios referidas precedentemente, se entenderá que el Participante
renuncia irrevocablemente al Premio que se le hubiera adjudicado, sin derecho a efectuar ningún tipo de
reclamo, sin derecho a reclamar compensación y/o indemnización alguna y sin que ello genere ningún tipo de
responsabilidad a Personal.
Para la situación antes mencionada, en cuyo caso el Premio podría resultar asignado y no entregado, se
procederá
a
establecer
una
comunicación
telefónica
con el respectivo Potencial Ganador suplente, reiterándose el procedimiento descripto hasta que pueda
determinarse el/los Ganador/es de la Promoción.
6.6 Los Ganadores serán publicado en la web de Personal (www.personal.com.ar)
7) Asignación del Premio.
Para acceder al premio previsto en la Promoción, los Potenciales Ganadores deberán cumplir con los
siguientes requisitos:
a) Presentarse en el lugar, fecha y hora dispuesta por el Organizador.
b) Exhibir el original de su DNI y entregar una fotocopia del mismo.
c) No tener vinculación alguna con el Organizador en los términos previstos en el punto 2.4;
d) Acreditar que no registran deudas de ningún tipo con Personal, no contar con saldo negativo (se entiende
por saldo negativo el supuesto en el cual un cliente realiza consumos sin tener saldo disponible en las
plataformas de Personal para cubrir dichos consumos) o no encontrarse en mora en el pago de las facturas
correspondientes al servicio de telefonía móvil o la existencia de alguna factura vencida o impaga; y no
encontrarse en ninguna otra situación de irregularidad ante la compañía de telefonía celular, ya sea en
relación a los aspectos de tasación y/o regularización de siniestros.
e) Haber participado de la Promoción descargando y abonando al menos uno de los Contenidos detallados en
el punto 3 del presente Reglamento.
f) Haber realizado y abonado la mayor cantidad de descargas durante todo el periodo de la Promoción.
g) Abonar los impuestos pertinentes que le fueran requeridos en caso de ser considerado
Ganador titular del premio, en caso de corresponder.
h) Cumplir todos y cada uno de los requisitos del presente Reglamento. Una vez verificado el cumplimiento de
los requisitos señalados, se considerará Ganador Efectivo y se procederá a la entrega del premio.
.
8) Entrega del Premio: Una vez cumplimentados los requisitos arriba indicados y de que los Ganadores sean
contactados telefónicamente según lo indicado en el punto 6.7 anterior, el premio será entregado el
día lunes 2 de Febrero en la dirección: Alicia Moreau de Justo 50, en el horario de 09 a 17 hs.
9) La probabilidad de obtener un Premio en la Promoción dependerá de la cantidad de
Contenidos descargados y abonados por los Participantes y cantidad de personas que participen de la
Promoción. Así, por ejemplo, si hay diez mil (10.000) Participantes, y uno (1) ha realizado (1) descarga y/o
enviado una carta conforme el mecanismo previsto en el punto 3.2 de estas Bases su posibilidad de ganar es
de una en diez mil (1 en 10.000).
10) La Promoción podrá ser difundida a través de la totalidad de medios que el Organizador
estime conveniente, como por ejemplo: Radio, Televisión, Medios Gráficos, Internet, etc.
Asimismo, Personal podrá difundir la Promoción mediante sus medios tradicionales de comunicación y
enviando un mensaje de texto a todos sus clientes que posean teléfonos con el servicio de mensajes de texto
habilitado durante la vigencia la Promoción.
12. De la Publicidad y Comunicación Pública
12.1 PERSONAL se reserva el derecho a realizar las campañas publicitarias, de prensa, promoción,
publicación y difusión que consideren convenientes, en las cuales podrán incluir los nombres imágenes e
interpretaciones (en cualquier formato y medio que fuere) de los Participantes, así como los Mensajes. Con la
sola aceptación de este Reglamento y participación en la Promoción, los Participantes, prestan su expresa
conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, imágenes e interpretaciones, y Mensajes por todos
los medios existentes, ya sea integrando contenidos artísticos o en publicidad comercial, sin que sea
necesaria ningún tipo de confirmación ni documento adicional a la aceptación del presente Reglamento. En
virtud de esta autorización, ningún Participante tendrá derecho a indemnización, pago o contraprestación
alguna por la difusión y/o utilización de los nombres y/o imágenes y Mensajes mencionado precedentemente.
16. Datos Personales
1) “El titular de los Datos Personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma
gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo
establecido en el art. 14 inciso 3 de la Ley 25.326 y 2) La Dirección Nacional de Protección de Datos
Personales, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos
que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales”.
17. El Organizador podrá suspender definitiva o transitoriamente esta Promoción, como así también
introducir las modificaciones que juzgue convenientes en cuanto a las condiciones y
características del mismo, en caso de configurarse el supuesto de caso fortuito o fuerza mayor, sin
que ello genere derecho alguno o reclamo por parte de los Participantes.
El Organizador se reserva el derecho de establecer y pronunciarse sobre aquellas situaciones y/o
circunstancias que no estén expresamente previstas en estas Bases y Condiciones, reservándose asimismo
el derecho de cancelar, suspender y/o modificar esta Promoción por circunstancias no previstas que sean
ajenas a la voluntad del Organizador; aclarándose que, cualquier pronunciamiento, modificación, cancelación
y/o suspensión bajo este apartado será ajustado a la legislación vigente en la materia y será debidamente
comunicada a los Participantes.
18. Declaraciones

La sola participación en la Promoción implica el conocimiento y aceptación del Reglamento y el
reconocimiento de las decisiones que el Organizador tome con relación a la Promoción sobre este
Reglamento tendrán el carácter de definitivas e inapelables.

Los Participantes y el Ganador reconocen expresamente todos y cada uno de los términos y
condiciones de las presentes Bases, aceptando las facultades del Organizador y los plazos y
mecanismos que aquí se detallan.
19. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de la Promoción, los Participantes
y el Organizador se someterán a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la Ciudad de Buenos Aires,
siendo de aplicación la legislación de la República Argentina.