Informe explicativo Reforma del Código de Ordenamiento Territorial para el partido de San Antonio de Areco: Mediante el presente informe pretendemos realizar una detallada explicación de las propuestas de reforma al COT. Teniendo en cuenta los aspectos para asegurar lineamientos obligatorios y las políticas de urbanismo actuales que guíen la política urbanística y de planeamiento de la gestión actual, es que sostenemos la necesidad de revisar y modificar el COT a fin de obtener un crecimiento armónico y planificado en la ciudad que respete dichos lineamientos, teniendo como ejes principales: 1- Fortalecer su perfil productivo de Areco. 2-Favorecer el acceso al suelo y la vivienda, con las respectiva ampliaciones de infraestructura, servicios básicos y equipamiento comunitario. 3-Reconocer y dinamizar el eje Quetgles – Nuevo circuito bulevares. 4- Zona de Preservación Patrimonial. 5- reorganizar las políticas de suelo en torno al rio Areco con el fin de buscar una solución a las inundaciones y establecer lineamientos que permitan establecer población con criterios razonables y sostenibles; Así planteados los objetivos se ha tomado como base el Informe del año 2006 que daba cuenta de la necesidad de reformar el texto del COT sumándole a ello, las aclaraciones y puntos de vista que tiene la actual gestión del municipio de San Antonio de Areco e incluyendo al final de cada unos de los ejes a seguir, las propuestas de modificación planteadas son: 1-Fortalecer el perfil productivo del Partido: El principal desafío de nuestro Partido es asegurar las condiciones de crecimiento económico manteniendo un alto estándar en la calidad de vida de sus habitantes y la conservación del paisaje que lo distingue. Areco necesita ampliar su perfil productivo a fines de ofrecer mayores y mejores condiciones para la actividad económica, el crecimiento del empleo y la radicación de inversiones. En las Conclusiones del Informe Final se destaca “el proceso de despoblamiento del Partido, como se ve en la pirámide poblacional donde actúan dos fuerzas: migraciones y baja tasa de natalidad. El proceso descrito está relacionado con la estructura productiva que ha venido evolucionando en los últimos años, en los cuales se evidencia un desarrollo notable del sector agrícola y actividades incipientes de servicios como turismo, ambas con poca repercusión en el empleo. Entre las problemáticas sociales destaca la cuestión del empleo, las migraciones y el creciente proceso de polarización social y fragmentación entre zonas urbanas”. Las concepciones de planeamiento urbano modernas se impusieron sobre las tradicionales imperantes en las últimas décadas acarreando formulándole una gran serie de críticas, especialmente las relativas a la administración de usos. Ello contribuyo a nivel local, a que el Cuadro de Usos incorporado al COT haya dejado fuera a un número muy importante de actividades económicas que estaban contempladas en el Cuadro de la Ordenanza 2381/2001 – Preventiva de Zonificación y Código de Planeamiento. Esto trajo aparejado una muy alta cantidad de consultas a la OTM de emprendedores, comerciantes e industriales que se veían excluidos de poder llevar a cabo una actividad lícita en nuestro Partido por no haber estado contemplada su actividad en dicho Cuadro. En muchos casos, ni siquiera las facultades otorgadas por la Ordenanza 3647/11 a la OTM para asimilar usos no contemplados a los existentes alcanzaban para dar una respuesta favorable. Para resolver esta falta ajustándose a nuevos criterios en cuanto a la disposición de usos, y a la vez incorporar los que no habían figurado en la citada Ordenanza 2381/2001, se elaboró un nuevo Cuadro de Usos que tomó como punto de partida la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (ClaNAE 2013) del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos. Este Clasificador tiene la ventaja de incluir todas las actividades de la vida económica moderna, basado a su vez en la Clasificación Industrial Internacional Uniforme Revisión 4 (CIIU Rev. 4) y la Clasificación de Actividades Económicas Mercosur – CAEM. A partir del nuevo listado de actividades, se tomó en cuenta el perfil de usos de cada zonificación a fin de evaluar la incorporación de las que fuesen equiparables en materia de impactos a las que ya estaban habilitadas para su desarrollo. El resultado obtenido es una matriz muy amplia de actividades para todo el Partido que confiamos sirva para dar previsibilidad a la inversión y aliente el desarrollo económico de pequeñas y medianas empresas, principales creadoras de fuentes de trabajo, asimismo reordenar en cuanto a las similitudes de usos en las distintas zonas del partido que resultaban incompatibles en la norma pero no en cuanto a su ubicación y utilización de parcelas de similares características. 2- Favorecer el acceso al suelo y a la vivienda equipada: este problema se apoya sobre 3 carencias: una es la falta de tierras públicas para afrontar soluciones habitacionales (esta gestión, con mucho esfuerzo, comenzó a desarrollar por primera vez un Banco de Tierras) la otra, es la forma en que se provee de servicios a las parcelas existentes o a crearse y por ultimo, y de gran importancia, la falta de recursos económicos para solventar los gastos que se derivan de las acciones urbanísticas. Ello obliga a prever mecanismos de obtención de tierras para el dominio público y la designación de áreas donde el interés este centrado en el desarrollo de redes de infraestructura y servicios que respondan a las direcciones de crecimiento de la ciudad, tal el caso de la rivera del río o bien, los barrios que carecen de servicio esenciales. Con respecto a la tierra para vivienda social, aun con el acotado número de lotes de dominio público con los que cuenta el Municipio, se logro obtener su afectación para vivienda a través de escrituraciones, siendo tasados por el Banco Provincia, disponiéndose su venta a través de sorteo (similar al Pro.Cre.Ar) encarándose con el producido su la urbanización. En total, suman por ahora 40 lotes (2ha totales) donde los propietarios realizan por sí mismos la construcción de sus viviendas, reservando el Municipio, el 30% del beneficio económico para futuras operaciones similares. No obstante la utilización este tipo de herramientas, estas acciones no alcanzan para encarar la solución del problema de la falta de tierra, haciéndose necesario prever zonas de expansión sobre las que se espera iniciativa privada para loteos o la acción estatal en tal sentido. Con respecto a dicha falta de reservas de expansión urbana, el COT no previó la expansión, dado que no fijó Zonas de Reserva, a pesar que se enuncia en el III.1.3.2. RELATIVOS A LOS TIPOS DE ZONAS, limitándose solo a crear reservas ambientales (RPLA) e hidrológicas (ZRH). Por otro lado, esta Administración ha desentrañado y denunciado la forma en la que se echaba mano de la Ley de Propiedad Horizontal 13.512 para subdividir tierra, o con la justificación de Usos Agrarios Intensivos generando subdivisión ilegal de la tierra con la consecuente creación de parcelas con nula o escasa infraestructura y servicios, lo que analizado desde la óptica del gasto público, resulta muy costosa la actividad municipal a posteriori que se encargue de proveer dichos servicios. A tal fin pretendemos por un lado, obtener parcelas con destino a viviendas de interés social y por el otro, generar una franja de quintas al Oeste de la ciudad de una manera anticipada y planificada que no limite el crecimiento de la ciudad por carencias de infraestructura, espacios verdes y/o equipamiento urbano, receptando la posibilidad de establecer zonas de promoción de hábitat social previstas en la ley de Acceso Justo al Hábitat. El DL 8912 en su art. 7, inc. b, define a la Zona Residencial Extraurbana (Re) como la destinada a recibir asentamientos no intensivos de usos relacionados con la residencia no permanente, emplazada en pleno contacto con la naturaleza, en el área complementaria o en el área rural. Se incluyen en esa zona los clubes de campo. Ello llevo también a repensar las formas de residencia permanente en los Re proponiendo nuevas áreas en las que una porción importante de la población reside en ellas. Cabe aclarar que las realidades descriptas por el DL 8912 hace casi 40 años atrás se han modificado sustantivamente. Una gran parte de la población se ha afincado en forma definitiva en esas zonas semiurbanizadas, anhelando dar una mejor calidad de vida a sus familias con el contacto directo con la naturaleza. Ello impone repensar la caracterización urbana de esos sectores y calificarlos como subáreas semiurbanizadas según lo define el artículo 6° del DL 8912, cuando se refiere a los mismos como los sectores intermedios o periféricos del área urbana, que constituyen de hecho una parte del centro de población por su utilización como tal, con parte de la infraestructura de servicios y del equipamiento necesario, pero que una vez completados pasarán a constituirse en subáreas urbanizadas. Tenemos también en el área urbana de Areco, toda la porción al Sur de la Avenida Quetglés (con excepción de los barrios sociales) donde no hay jerarquización de vías, pavimentos, equipamientos, ni alumbrado público, sobre los que se está percibiendo impuestos como Área Urbana. Para ello también se han mandado a colectar estadísticas de cantidad de basura y vuelco cloacal. 2.1. Rezonificaciones: en cuanto a las rezonificaciones la reforma que planteamos contiene los siguientes aspectos: Frente Ribereño: En octubre de 2013 el Municipio y el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires firmaron un convenio para llamar a un Concurso Público Nacional de Anteproyectos para integrar 44 ha. El Concurso fue ampliamente exitoso con la presentación de 17 trabajos, llevándose el primer premio el anteproyecto firmado por el Arq. Santinelli y su equipo. Por su ubicación estratégica, este desarrollo urbano es una gran oportunidad para ampliar la gravitación regional de San Antonio de Areco. La operación permitirá integrar a muy pocas cuadras del centro fundacional de la ciudad, una reserva de suelo hoy desaprovechada, con privilegiadas vistas hacia la ribera del río Areco, que contiene el potencial necesario para fortalecer significativamente el centro de la ciudad, proveer equipamientos, y completar la unión de los bulevares Guiraldes y Zerboni, acción esta que figura como propuesta en el POT. En ese sentido, el sector que hoy ocupa la Estancia La Cinacina se puede dividir en dos subsectores. Uno, lindero a la ribera, de suelos bajos e inundables, tiene todas las condiciones para ampliar el parque público, decisión que cumpliría cabalmente con el propósito que se trazó el COT de reservar esa porción de suelo como futura ampliación del parque ribereño (RPLA). Siendo el otro sector, más alto, urbanizable. Esta operación incorporaría un total de 19ha de suelo urbano, con una cesión de espacio público en el orden del 50%, lo que es a todas luces superior a la que fija el Decreto Ley 8912, sumando una pieza urbana de gran valor paisajístico, plenamente integrada a la grilla que caracteriza el área central de la ciudad cabecera. 2.2. El problema de la Zonificación PLA y RPLA: La zona PLA afectó porciones de terreno que son de propiedad privada. La declaración del RPLA sobre terrenos que son privados es asemejable a una expropiación de hecho. Atendiendo al código vigente los terrenos están dentro del área urbana. Los particulares que tienen voluntad de urbanizar podrían desarrollar el suelo atendiendo las previsiones hidráulicas que apliquen. En dicha zona y la zona aledaña a la misma, donde se presentan en el proyecto, restricciones administrativas hidrológicas, será necesario tener en cuenta el peligro que la ciudad enfrenta frente a las fuertes lluvias que han provocado el desborde del río Areco, donde experiencias pasadas en los años 2009 y 2014 provocaron destrozos en patrimonio público y privado. A este fin, es que resulta necesario incluir normas que regulen las tareas de relleno y nivelación de las tierras circundantes al río. Por ello, producto de la labor del Concejo Deliberante local se sancionaron las ordenanzas 3514/10 y 3589/10, que prohibió la aprobación de subdivisiones, rellenos y nivelación en lotes cercanos al curso de agua y el valle de inundación, condicionando todo proyecto de subdivisión y/o relleno de tierra, la obligación para cada proyecto de contar con aprobación previa de la Autoridad del Agua. En ese sentido, se torna necesario reformular los términos de las ordenanzas citadas e incluirlas en el presente proyecto, lo que plasmara la necesidad de proyectar construcciones a partir de la instalación de pilotes sobre los que se asentaran las mismas. Ello con el fin de evitar los rellenos para elevación de una manera descontrolada lo que terminara afectando el escurrimiento de agua excedente en la zona. Asimismo, planteamos rezonificar dichas zonas de manera que queden comprendidas dentro de R1b1 y R2b1. 2.3. Nueva Reserva Urbana en el Sector Este: El Municipio debe procurar utilizar herramientas urbanísticas tales como los convenios a los fines de incorporar las tierras bajas identificadas como RPLA con la posibilidad de habilitar el desarrollo de suelo urbano en la franja alta. Para ello se propone rezonificar como RU el sector alto y como EV el sector bajo. 2.4. Nuevos Re - Corredor Vagues: El interés de lotes para desarrollo de chacras es marcado. Hasta este momento, el sector privado echó mano a un conjunto de herramientas no previstas en cualquier proceso de planificación ordenada (justificación de usos agrarios intensivos, ley de propiedad horizontal 13.512). Esta situación fue denunciada por la Administración del Intendente Francisco Durañona. Estas prácticas condujeron a introducir al mercado inmobiliario del partido parcelas deficientemente provistas de servicios y equipamientos en áreas lindantes al casco urbano, concentrándose la mayor parte de parcelas totalmente provistas de servicios en la zona que comprende la de “preservación patrimonial” (denominada por este proyecto “casco histórico”), donde se concentra la mayor parte de lotes totalmente equipados. Propuestas: En contrapartida, la nueva propuesta de ordenamiento contempla ampliar o modificar los siguientes aspectos: . Cambio en densidades: En C2 estamos aumentando la densidad potencial máxima a 440 hab/Ha para proyectos de vivienda multifamiliar en lotes iguales o mayores a 450 m2 (conexión obligatoria a red cloacal o planta de tratamiento de líquidos cloacales). . En R1bII pasamos de FOS 0,4 a 0,6 y FOT 0,6 a 1 (borde sur de Quetglés). . En R2bII pasamos de FOS 0,6 a 0,4 y FOT 1 a 0,6 (Barrio Perrera). . Incorporamos Vivienda Multifamiliar en BC1, la que resulta ser una importante franja que adquirirá un perfil distinto con el nuevo tramo de RN8. . Introducir las restricciones establecidas por las ordenanzas 3514/10 y 3589/10 en cuanto enumeran parcelas sobre las cuales, en caso de aprobarse proyectos urbanísticos, comprometerían la seguridad de la población. 3- Reconocer y dinamizar el eje Quetgles – Nuevo circuito bulevares Hace tres décadas atrás los límites de la planta urbana se recortaban al sur por la Cuenca Este, también denominada “zanjón del frigorífico”, límite que ha sido sobrepasado por el proceso de expansión urbana pero que no ha sido debidamente acompañado en términos de infraestructura de servicios. La ausencia del Estado Municipal en el acompañamiento del desarrollo urbanístico generado por la falta de políticas claras y definidas que hagan prevalecer el desarrollo urbano y ambiental en el marco de un plan sustentable y organizado permitiendo la expansión de la urbanización e incluyendo servicios básicos, ha traído a consecuencia una situación de atraso tal que esta gestión de gobierno considera de vital importancia revertir. A tal efecto y a fin de posibilitar la integración de la ciudad de San Antonio de Areco, resulta necesario realizar todos los programas y proyectos urbanísticos necesarios que permitan el acceso de la prestación de servicios, en la zona sur de la ciudad. 3.1. Potencialidad: La avenida Quetglés ha sido tomada por la actual administración como el nuevo eje de desarrollo de Areco, que corresponde recalificar a los fines de procurar un crecimiento equilibrado. Quetgles es un sector que funciona como bisagra entre el casco fundacional y los terrenos al sur de esa arteria, de intenso crecimiento poblacional en las últimas 2 décadas, con variaciones inter-censales superiores al 30%. Se lleva a cabo una mejora ambiental para todo el sector con la ejecución de la 1ª etapa de la obra de infraestructura pluvial que comprendió la canalización y enterramiento del zanjón que corre paralelo y a pocos metros de la Av. Quetgles. Dos posteriores etapas incluirán el tendido de red pluvial para el sur de la ciudad. Se destaca la fuerte inversión pública para reposicionar el eje de la Av. Quetgles gracias al nuevo Centro Universitario, cuya 2da fase está actualmente en construcción. La iniciativa constituye un importante motor de desarrollo para la economía local. En el mismo eje urbano de la Av. Quetgles se proyecta el nuevo Hospital de San Antonio de Areco, el Centro de Integración Comunitaria (CIC), el CEPLA SEDRONAR, el CAP (Centro de Atención Primaria en Barrio Prado). La apuesta urbana se corona en el espacio de la vieja estación de FF.CC. donde se construyen 92 viviendas con espacios verdes 3.2. La rezonificación de Smith: Hoy es el residuo de la ruta 8, se muestra como una cicatriz, que el COT actual la zonifica como BC1 con lotes grandes para equipamientos, lo cual hace más difícil que se reconvierta como urbano, sin embargo, ahora con la nueva traza de la RN 8 se evalúa como más favorable pasar a un tejido de carácter urbano, proyectando un bulevar y la construcción de un electroducto que hoy afean el paisaje de ese sector. Propuestas: .Simplificación Técnica de las Zonificaciones: El actual COT organiza las áreas urbanas del Partido en 28 zonas, 10 distritos de urbanización especial (DUE), y 17 zonas de usos específicos. Tal cantidad de zonas resulta excesiva para el manejo de la administración y de los particulares. La propuesta corta a menos de la mitad la cantidad de zonas. .El COT vigente, además, presenta un esquema de zonificación particularizado para cada área urbana del Partido que complejiza el entendimiento y la aplicación de la norma urbanística. La buena técnica en Planeamiento Urbano aconseja que zonas que fijen usos del suelo y normas de tejido comunes se identifiquen de igual forma. Por ello, se propone modificar el COT actual dado que: en lugar de establecer Hojas de Zona comunes aplicables para todo el Partido, presenta hojas particulares para cada área urbana. Por ejemplo, la Zona Residencial 2a de la localidad de San Antonio de Areco es distinta que la Zona Residencial 2a de Duggan, siendo la primera más densa, admitiendo vivienda multifamiliar y más usos, fija medidas de división mínimas más acotadas e indicadores urbanísticos distintos. De ello se puede apreciar el desfasaje en los parámetros exigidos y la necesidad de homogeneizarlos. No puede haber un VLR1a y un DR1a, y además un R1a. Es todo muy arecocéntrico, aparejando además, complicaciones en cuanto al armado del Cuadro de Usos. . El tratamiento de los espacios abiertos y las áreas verdes que parecía bien resuelto en el Art. III.1.3.2 al presentar las Zonas de Esparcimiento, quedó sin aplicación en el Plano de Zonificación, y por el contrario se aprobaron las zonas PLA, ED, y ECR, quedando sin zonificar los espacios verdes que conforman las plazas principales. . No se define la Zona Microcentro Direccional. Se define una Zona Central en III.1.3.2., pero no se aplica. . Las fichas de UE son erróneas, se separan los DUE de los UE cuando son lo mismo. .Hay ZI para SADA pero no se determina un polígono en Areco, la única ZI está enclavada dentro del Área Urbana de VL. .Se zonifica como Re (sector lindero al Club de Golf) dentro del área Urbana y hay BC2 fuera del área urbana. Podemos observar que no hay antecedentes en el expediente sobre los motivos por los cuáles se determinó Zona de Reserva Hídrica. 4- Zona de Preservación Patrimonial: La Zona de Preservación Patrimonial (ZPP) no es una zona en el sentido estricto del término, en tanto no establece diferencias en el uso del suelo y en las normas respecto del tejido que se fija para cada una de las zonas sobre las que impacta. Ello se confirma en la lectura de la Planilla de Usos del COT donde no aparece una columna independiente para la ZPP. Por ello se entiende conveniente abandonar el concepto de zonificación y dar lugar a un nuevo concepto de polígono que protege y resguarda las características ambientales y espaciales del conjunto de inmuebles que integran, cada uno de ellos, el Catálogo de Bienes Patrimoniales. A partir de ello, se entendió necesario renombrarla y llamarla Casco Histórico. Debido a que pretendemos se incorporen tales previsiones al cuerpo normativo que pretendemos reformar, es que incluimos ordenanzas junto a otras normas, en el presente proyecto. En suma, todas las problemáticas enumeradas llevan a la necesidad de sancionar una modificación del actual COT debido a las deficiencias que presenta como norma reguladora del planeamiento, ello por cuanto han pasado ya 8 años desde su sanción y han cambiado totalmente las condiciones de planeamiento en las ciudades del partido. De esta manera, sancionar una nueva ley de ordenamiento urbano que de soluciones a los ejes conflictivos que se plantean, resulta indispensable. Este reordenamiento debe realizarse teniendo en cuenta todas las dificultades con las que se encuentra la Municipalidad al momento de planificar y hacer una ciudad que tenga carácter inclusivo donde la administración ocupe el rol de intermediador y reconductor de los recursos tierra e ingresos fiscales que surgen del crecimiento de la ciudad.
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