en la historia del Supremo Tribunal de Justicia Claudia González Gómez L a historia de la humanidad ha mostrado cuan nece- ron su establecimiento en un area territorial especifica, sario es regular la convivencia social mediante el es- como es la comunidad de Ario de Rosales, en el estado de tablecimiento de diversos tipos y formas de normatividad Michoacan. En efecto, fue en el pueblo de Ario de Rosales (religiosas, sociales, jurídicas, etc.) que lleven a disminuir donde, el 7 de marzo de 1815, en plena lucha por la in- las discrepancias y desacuerdos entre los hombres. En esta dependencia, se estableció el Primer Supremo Tribunal ocasión nos referimos a las normas de tipo jurídico, requi- de Justicia separado de la organización sito necesario para poder alcanzar y mantener una socie- nistrativa de la Corona española, por lo que constituye dad ordenada, disciplinada y respetuosa. Sólo asi cualquier el referente obligado de nuestras actuales instituciones pueblo puede disfrutar de un nivel apropiado de paz, segu- republicanas. ridad y tranquilidad. Para que esto sea posible se requiere, En lo que respecta a la comunidad politica admi- michoacana, ya entre otras cosas, la existencia de espacios fisicos, desde desde la época prehispanica se tenia prevista la forma de donde sea posible la impartición de la justicia. vigilancia y control de los pobladores. De ello da cuenta En esta tesitura, la presencia de instituciones como el documento titulado Relación de las ceremonias V ritos para la V población V gobierno de los indios de la provincia de sociedad mexicana, pues se ocupa precisamente de velar Michoacón, que data de 1541. Este contemplaba seve- por el Estado de derecho de la nación. De ahi la importan- ras penas a los infractores del orden; no obstante, habia cia de rescatar aquellos aspectos históricos que permitie- distinciones en el momento de su aplicación: es decir, a el Supremo Tribunal de Justicia es fundamental mayor jerarquia social del infractor, mas intenso seria el castigo y, en consecuencia, el escarnio público.' Mural de Alfredo Zalce (1984), en la casona de Ario de Rosales En esta destacada fuente histórica es posible encontrar información acerca de la vida social y cultural de la 27 Lfimina II de la Relación de Mich08cán La imagen muestra la forma en que el pueblo tarasco impart.ía justicia ¡lEl PelilInuti o sacerdote mayor y el capitán general, con flecha y arco en mana respectivamente, presencian la ejecución de los maleehOIcs (sic) hecha a golpe de maza por el carcelero. Entre los condenados figuran hechiceros, perezosos que habían dejado de llevar leña al templo. y la "mala mujer", que yacía descalabrada. En la pnrte superior se puede observar a los senares, y en la inferior a los caciques, fumando en plpa, que también contemplan impasibles la ejecución de los condenados a muerte. 10 .•• e Lámina que representa la entrega al virrey Antonio de Mendoza del documento popularmente conocido como Relación u o .c u :¡ e " " de MJ'-choacán donde se 5 -B daba cuenta ~ " ceremonias. gobierno y tierras de los tarascas. ¡; 'B '"W de la vida. 26 sociedad tarasca y de las acciones punitivas que se reali- un mandamiento general para toda la provincia que con- zaban en contra de los infractores del orden público. Por sistía en la obligación de llevar leña a la autoridad máxi- ejemplo, según este documento, cada año habia una fies- ma, por lo que todo aquel que dejaba de llevarla se hada ta llamada equoto-cónsquaro ("de las fiechas»), la cual se acreedor a una sandón que consistía en la privación de su aprovechaba para hacer justicia y castigar a todos los que libertad. Había también una obligación impuesta al pue- en el transcurso del año habían cometido algún delito. blo, en general, vinculada directamente con la agricultura, Así, los malhechores, rebeldes o desobedientes eran con- que consistía en el cuidado de los cultivos del ducidos en calídad de presos a una cárcel 'grande», cuya aquellos que dejaban perder las sementeras por no desher- vigilancia corría a cargo de un carcelero. barias o que deliberadamente rompían los magueyes, eran El castigo más común tenía que ver con el tributo - cazonci. Asi, castigados. Al mismo tíempo, para los tarascas existían que obligaciones vinculadas con la guerra, por lo que el incum- se debía otorgar al rey tarasco (cozonc}). En realidad, era plimiento de alguna de ellas los convertía en sujeto de san- lo que en la actualidad equivaldría a un impuesto- 29 " tl ~••. 'o,'" Relación de Michoacán. En esta ilustración el sacerdote principal instruye sobre las costumbres y tradiciones de su comunidad. ción. De este modo, era posible encontrar como infractores u o '"~ ¡; ":g ¡¡ -; al ~ ¡;¡ 28 ba física el acusado recibía su castigo. El robo era también de la ley a «los espias de la guerra; los que no habian ido a un delito, por eso ,si había arrancado el maíz verde uno a la guerra o se volvian de ella sin licencia •. otro, traia de aquellas cañas para ser reidos y los ladrones Se tenia contemplado el confinamiento .••" al pueblo fisico para los que dicen los médicos que habían visto los hurtos de un malhechores, los médicos en cuyas manos habia muerto (a) escudilla de agua o en un espejo: de todos éstos, se algún enfermo, las malas mujeres, los hechiceros y los va- hacia justicia •. Incluso el adulterio era sancionado, de ahi gabundos. También estaban considerados los esclavos que que resultara bastante común ver a un marido acusar a no querían servir a sus amos, por lo que eran acusados de su mujer de haberlo engañado con otro hombre. En estos desobedientes. A éstos, además de encerrarlos en la cárcel, casos, cuenta la citada Relación de Michoacón, el castigo se les llegaba a sacrificar en las ceremonias. Otro tipo de que les correspondía a los adúlteros era el hendimiento de delincuente era el hechicero que, de haberse propasado ,las orejas entrambos', en señal de que habian sido sor- con sus ritos, podía ser denunciado por causar daño a al- prendidos in froganti. El agraviado podía aportar pruebas guien, e incluso 'si alguno había muerto, su pariente del de su acusación; bastaba con que quitara las mantas a los muerto, cortábale un dedo de la mano y traiale revuelto infieles, las mostrara "al que tenía el cargo de hacer justicia, en algodón y veníase a quejar», y contando con una prue- y era creído, con aquella señal que traía>. Relación de Mlchoacán. En esta lámina se refleja la llegada de tres españoles a la Ciudad de Michoacán en la parte superior izquierda; también, de los tributos que ordenó el rey taIaSCO que les entregaran para poder regresar. 31 atadas hacia la espalda, y otros con las manos sujetadas a unas cañas que cargaban a la altura del cuello. y estaba en el patio muy gran numero de gente, y traían allí una porra, y estaba alli el carcelero, y como se asentase en su silla, aquel sacerdote mayor llamado Petamuti, oye las causas de aquellos delincuentes, desde por la mañana hasta medio dia, y consideraba si era mentira lo que se decía de aquellos que estaban allí presos, y si dos o tres veces hallaba que habian caído en aquellos pecados susodichos, perdonábalos, y daba los a sus parientes; y si eran cuatro veces, condenaba los a muerte,' Si el delito cometido se consideraba grave, entonces el acusado era remitido al cozond para que fuera él quien emitiera el veredicto final e inapelable. Como se puede apreciar, el pueblo tarasco tenia su propio sistema de justicia, que fue transformado Re/ación de Michoacán. Lámina que representa el encuentro de un pueblo nómada con otro ya establecidQ: Curicacueri logra convencerles de una convivencia pacífica Al parecer, el pueblo tarasco era una sociedad exigente en cuanto al cumplimiento de sus ordenamien- tos. Por ello no se exceptuaba a persona alguna de la sanción correspondiente. Entre los presos se encontra- ban tanto habitantes de los pueblos vecinos como de la propia comunidad. El término empleado para llamar a los presos era uázcata, y eran sacrificados quienes reincidian cuatro veces en el quebrantamiento de la ley. El encargado de ejercer la justicia era un sacerdote mayor llamado Petámuti. Este personaje ocupaba un lugar privilegiado dentro de la jerarquía social. Para cumplir con su encomienda se vestia con una camiseta llamada ta-tararenguenquade uco- color negro. Se colocaba al cuello unas tenacillas de oro, y en la cabeza una guirnalda de hilo. Un plumaje en la trenza de cabello que portaba. En la espalda, una calabaza adornada con turquesas, y un bordón o lanza al hombro. El acontecimiento de hacer justicia era un acto público para el pueblo tarasco, por lo que a este evento acudia generalmente la gente de la ciudad y de los pueblos sometidos. De acuerdo con la Re/ación de Michoacán, el patio del cazond era el lugar donde el Petámutl: junto con todos los mayordomos, el capitán de guerra y los caciques, se reunian para atestiguar el acto. También acudian todos los afectados, quienes uno a uno tenían oportunidad de contar sus casos. Era una especie de juicio oral, en el que estaban presentes los acusados. Para ser juzgados, a los presuntos culpables se les mantenía con las manos Juramento de los diputados a Cortes Con.stituyentes e124 de septiembre de 1810 en]a iglesia de San Pedro y San Pablo en San Ferna.ndo, Cadiz. Josó Casado del Alisal. Detalle. 1863. con la llegada de los españoles. Durante la Colonia, fue la gidores, gobernadores y otro tipo de jueces menores en Audiencia, investida de facultades juridicas y ejecutivas, los distritos de su jurisdicción. En un tercer nivel se en- la institución encargada de ejercer la justicia a través de contraba el Real y Supremo Consejo de Indias, que era el los tribunales ordinarios y especiales. También había tri- órgano más importante de la administración colonial, ya bunales religiosos que establecieron normas especificas que asesoraba directamente al rey en las funciones eje- de convivencia social. Además de los fueros especiales, cutiva, legislativa y judicial. Este se encontraba en donde como los militares y la Santa Inquisición' estuviera el monarca. Este sistema de justicia permaneció ra, la Administración De esta mane- Pública novohispana se dividía en cuatro ámbitos: Gobierno, Hacienda, Justicia y Guerra. Dentro de esta estructura, la justicia se aplicaba de acuerdo con diversas jurisdicciones territoriales. A nivel local, el sistema de justicia se componia por las autori- hasta aproximadamente comienzos del siglo XiX, momen- to en que, como consecuencia de la invasión napoleónica, España se vio inmersa en una severa crisis política, económica y social. Para acometer las reformas de gobierno, en España dades establecidas en las mismas comunidades, tanto de se convocaron las Cortes de Cádiz, cuya labor consistió españoles como de indios. En el siguiente nivel, estaban en elaborar un nuevo sistema legislativo acorde a la rea- las Reales Audiencias, que funcionaban como tribunales lidad imperante entonces. Este sistema se plasmó en la de alzada y tenian atribuciones de carácter judicial. En Constitución de 1812, que se distinguió por su carácter el territorio colonial existia una en la Ciudad de México liberal, ya que, inspirada en los ideales iluministas (liber- y la otra en Guadalajara, que se encargaban de conocer tad, igualdad y fraternidad). tenia como objetivo crear un en segunda instancia las apelaciones de las sentencias nuevo orden que terminara con la sociedad estamental. De dictadas por alcaldes ordinarios, alcaldes mayores, corre- esta manera, las Cortes de Cádiz se encargaron de estable- -----------------------------c;s •. ----------------------------------33 -- - - ~ •.• ~'""" - ~ ~-,. ~,,~ "!I' _::- ft - -' --~----=----- _. - - -- --~ ...:.....-- - - - -...= -=- --- - ......•......"... -... - .:: •. ~ 0-' _..... el periodo de funciones de este Primer Tribunal fue breve, debido particularmente ._ a los constantes enfrentamientos con los realistas. Por este motivo, entre el 6 de mayo y el 15 .•• _ de diciembre de 1815 se debió mantener itinerante entre los pueblos de Puruarán, Uruapán, Huetamo y Tehuacán. Este Primer Tribunal es trascendentalmente significati- vo, pues fue el antecesor directo e inmediato de la actual Suprema Corte de Justicia de la Nación.' De este modo, y a pesar de los contratiempos opera- tivos que enfrentó el Primer Supremo Tribunal de Justicia para la América Mexicana, esto no fue un obstáculo para el ejercicio de sus funciones. Muestra de ello son los siete expedientes fechados en 1815,' que es posible encontrar en el Archivo de la Suprema Corte de Justicia. Uno de los juicios registrados es la queja de José Nazario Ruiz, un indio laborio del Real de Minas de Zacualpa, contra Tomás Montero, el 28 de abril de 1815, concluido el 14 de octubre del mismo año en Huetamo. Otro es el caso de la señora Maria Úrsula Céliz, vecina de Ario de Rosales, quien acudió al Supremo Tribunal a solicitar protección para su hija, trabajadora Cuando México alcanzó la independencia, el Supremo Tribunal de Justicia se instaló por primera vez en la casa de Ario de Rosales. doméstica, cuyas patronas le querian cobrar 25 pesos para permitirle separarse de su trabajo. Asimismo, Guadalupe Corona, vecina de Huandacareo, cer un nuevo sistema politico basado en el principio de la el 22 de octubre de 1814, en el Decreto Constitucional para acudió a demandar a un sacerdote que pretendia apro- soberania nacional, con la monarquia como forma de go- la Libertad de la América Mexicana, mejor conocido como piarse de su casa.' bierno, pero con división de poderes. Evidentemente, lo que Morelos, óleo sobre tela de Agustin Cárdenas Castro. Presidencia del actual Palacio de Justicia. Constitución de Apatzingán, Morelos propuso el principio Ahora bien, los siguientes años fueron dificiles para sucedia en la Peninsula tuvo un impacto definitivo en el de división de poderes, uno de cuyos resultados fue la ins- una efectiva organización del poder judicial, ya que con públicos,' y cuya sede seria la Ciudad de México; sin em- Virreinato de la Nueva España, por lo que, a pesar de que la tauración del Supremo Tribunal de Justicia de la América la lucha independentista a cuestas contra los realistas re- bargo, la propuesta no prosperó. Constitución de Cádiz se derogó apenas a los dos años de Mexicana, en Ario de Rosales,' Michoacán. sultaba prácticamente imposible que existiese un efectivo haber entrado en vigor, ciertos sectores de la población en- El 7 de marzo de 1815 se estableció formalmente el A pesar de que el asunto de la delimitación control sobre la población. Al mismo tiempo, los insurgen- judicial era trascendental del poder para lograr una estructura or- e contraron en esta Carta Magna la inspiración para luchar Primer Supremo Tribunal de Justicia para la América tes tenian diferentes ideologias que determinaban el rum- ganizativa en la sociedad independentista, • por la independencia. Mexicana. Durante el tiempo que funcionó, se encargó de bo que habrian de seguir sus proyectos. Baste señalar que entre los grupos politicos resultaban inevitables debido conocer y resolver los recursos contra las decisiones de los una vez consumada la emancipación, Agustin de Iturbide •••u o .cu Asi llegamos a la etapa independentista, en la que perso- :¡¡ e nalidades como José Maria Morelos y Pavón contemplaban distintos órganos que configuraban la incipiente organiza- intentó establecer un Tribunal Supremo apegándose a los .,; un nuevo sistema de justicia. Desde su perspectiva, la admi- ción judicial, justo en el momento en que el pais aún pug- lineamientos de la Constitución de Cádiz de 1812, el cual " "¡j -a nistración de la justicia debia ser igual para todos, es decir, naba por alcanzar la independencia. A causa de las dificiles se encargaria de conocer las causas civiles y criminales en :;; sin distinciones ni fueros especiales. Fue por este motivo que circunstancias emanadas de la lucha por la emancipación, apelación y juicios de responsabilidad de los funcionarios ~ " "E "-¡;; 32 los conflictos P<iginas siguientes' MJchoacán. 200 anos de contribución a Mé.'(Jco, 2009. Mural de Jusó Luis Soto, LUlS Palomares, Jesús Escalera Romero y Janitzio Escalera Coria Fragmento. 37 Una de las salas de la casa de Ario de Rosales, donde se pueden apreciar los murales del maestro Alfredo Zalce Patio principal de la casa de Ario de Rosales. Estatua en honor a José Maria Marelas y Pavón en la casa de Ario. a sus diferencias ideológicas, que se vieron reflejadas en De esta forma, a través de la Constitución del 4 de oc- Esta Corte, establecida el 15 de marzo de 1825, tuvo como las causas que se instruyeran contra el presidente un carácter federal, y desde el momento de su creación se y vicepresidente de la federación. Se le facultó, asimismo, varios momentos. En ocasiones, los cambios propuestos tubre de 1824 se estableció un sistema federal de justicia le dio el nombre de Suprema Corte de Justicia. Sus funcio- para establecer la definición de otros delitos federales que eran minimos y tenian que ver con cuestiones de forma, que contemplaba el ejercicio del Poder Judicial de manera nes eran diversas, y entre ellas destacaban: solucionar los la Corte Suprema debía conocer' como la definición de los nombres o el establecimiento independiente en cada uno de los estados. Esto a partir conflictos y diferencias entre los estados de la federación; de los limites en las funciones del personal; en otras, de una Constitución conocer los pleitos sobre tierras concedidas a particulares espacio físico que albergó al Primer Supremo Tribunal de eran de fondo, especialmente en relación con la delimi- dientes. Al mismo tiempo, se estableceria un sistema de por los gobiernos estatales; fungir como mediadora en las Justicia de la América Mexicana, después de consumada .~ tación del Poder Judicial frente a los otros poderes del tribunales diferencias que se generaban entre jueces de distin- la independencia y hasta bien entrado el siglo xx la propie- e Estado: ei Ejecutivo y el Legislativo. A pesar de ello, poco ."Q" -g causas del orden en toda la federación. De esta manera, tos estados; vigilar los casos de tratados y negociaciones dad pasó a manos de diferentes dueños. No fue sino hasta a poco se dieron las circunstancias se constituyeron con gobiernos o particulares extranjeros y de los asuntos 1984, que el Gobierno del estado de Michoacán la adquirió instauración de un sistema judicial propicio a las necesi- de distrito como instancias jurisdiccionales en que estuvieran implicados los intereses del Papado; para convertirla en museo. En la actualidad, el museo está ID dades del México independiente. tes de la Suprema Corte de Justicia. atender los crimenes en alta mar y ofensas a la nación, asi compuesto por cinco salas donde se puede realizar un re- e .=u =o .c :!i ~ "d: ¡;¡ 36 que posibilitarian la propia y sus tribunales correspon- federales que tendrían conocimiento de las los tribunales de circuito y los juzgados dependien- 105 105 Por otra parte, en cuanto a la casa de Ario de Rosales, 39 corrido histórico que abarca los últimos años de la época colonial, pasando por las distintas etapas independentistas y, desde luego, muestra la evolución del Supremo Tribunal de Justicia. También se puede observar un mural realizado por el reconocido pintor michoacano Alfredo Zalce, donde hace referencia a la impartición de la justicia antes y después de la fundación de este tribunal. Al adquirir la casa de Ario de Rosales, el Gobierno del estado de Michoacán quiso rescatar un espacio fisico, simbolo de la participación de esta entidad en el proceso de establecimiento del sistema judicial en el pais, y con ello mostrar el orgullo que representa para los habitantes de la comunidad de Ario de Rosales haber sido parte de este acontecimiento histórico. Finalmente, en 2005, con la intención de mantener el espiritu de reconocimiento hacia esa parte de la historia del Supremo Tribunal de Justicia, el inmueble fue cedido en comodato al Poder Judicial de la Federación. NOTAS Véase: Relación de las ceremonias y,itos y población y gobÍ("rno de los 2 indios de lo provincia de Michoocón. hecha 01 Ilmo. Señor don Antonio de Mendozo, virrey y gobernador de lo Nueva España, Aguilar, Edición facsimilar, Madrid, 1956, p. 1l. Ibid. 3 Ario 4 de Rosales, Michoocon. Sede histórica del Primer Supremo Tribunal deJusticiade lo Am¿rica Mexicana, Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Ciudad de Mexico. 2007, p. 15. El poblado de Villa de Ario de Rosales debe su nombre al caudillo insurgente Víctor Rosales, quien luchó aliado de Ignacio Allende. Juan Aldama, Mariano Abasolo, Jase Maria Marelas, Mariano Matamoros, Leonardoy Miguel Bravo, Hermenegilda Galeana, Jase Mariano Jimenez, Mural rle Alfredo Zaleo (l984). en la cason~ de Ario do Rosales Zalee plrlsmó en los muros de una de las srllas dos piozas que hacen referencia a la impartición de justicia. antes y después de la instRlación del Supremo Gobierno. 38 Francisco Javier Mina y Pedro Moreno. Rosales murió combatiendo a los realistas en el rancho de Sierra de Ario. En reconocimiento a su destacada labor, el Primer Congreso Nacional de 1857 lo declaró benemerito de la Patria y su nombre fue inscrito en letras de oro en la Camara de Diputados. Ario de Rosales..., p. 29. 5 Ario de Rosales ..., p. 23; CXCAniversario de lo instalación de! Supremo Tribunal de Justicia paro lo Americo Mexieono, Supremo Tribunal de Justicia de la Nación, Ciudad de México, 2005, p. 25. 6 Linda Amold, _Evolución administrativa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. desde una perspectiva norteamericana., en Visión de lo Suprema Corte de Justicia de lo Noción o los 180años de su instalación. Suprema Corte de Justicia de la Nación. Ciudad de Mexico, 2005, pp. 47-59. 7 Ario de Rosales..., p. 25; CXCAniversario de la instalación. ..• pp. 49~50. 8 Victor Gayol, El nacimiento del Poder Judicial en M&xico: Del Superior Tribunal Insurgente o lo Suprema Corre de Justicia de lo Noción (18151825), Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Ciudad de México, 2006, pp. 155-156. 9 Ibid., pp. 187 -188. BIBLIOGRAFíA linda, .Evolución administrativa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. desde una perspectiva norteamericana». en Visión de lo Supremo Corte de Justicia de la Nación o 105 180 años de su instalación, Ciudad de Mexico, SCJN, 2005. G,l,l'ciA AVlv., Sergio y Saúl R••.....••. ÁVALDS. Evolución de! Supremo Tribunal de Justicia del Estodo de Michoocón y sus pr~sidenles, Morelia, Supremo Tribunal de Justicia de Michoacan. 1997. GA~QL, Victor. El nacimiento del Poder Judicial en Mexico: Del Superior Tribunal Insurgente o lo Suprema Corte OeJusticia de la Nación (1815~ 1825), Ciudad de México, SCJN, 2006. Relación de 105 ceremonias y ritos y población y gobierno de los indios d~ lo provincia de Michoocón. hecho 01 Ilmo. Señor don Antonio de Mendozo, virrev V gobernador de la Nuevo España, Edición facsimilar. Madrid, AguiJar, 1956. Suprema Corte de Justicia de la Nación, Ario de Rosales, Michoocim. Sede histórico dd Primer Supremo Tribunal de Justicia de la América Mexicana, Ciudad de México. SCJN, 2007. SLópremo Tribunal de Justicia de la Nación. CXCAniversario de lo insra~ loción del Supremo Tribunal de Justicia paro lo America Mexicana. Ciudad de México, SCJN, 2005. AHNOLD,
© Copyright 2024