PRESENTACIÒN La educación es factor primordial, estratégico, prioritario, condición esencial para el desarrollo social y económico de cualquier conglomerado humano, asimismo es un derecho universal, un deber del Estado y la sociedad, un instrumento importante en la construcción de sociedades autónomas justas y democráticas, es responsabilidad de toda la comunidad educativa: padres de familia, estudiantes, docentes, directivos y administrativos; por esta razón todos sin excepción, estamos llamados a participar activamente en este proceso. De su cobertura y calidad dependen las posibilidades que tiene un país de ser competitivo dentro del concierto de naciones, con educación de calidad se evita la condena de ser pobre por herencia y se abren canales de movilidad. La organización de la vida escolar es esencial y coordinadamente, una relación de familia. Implica dar razones válidas de todo el quehacer educativo, el fin de las normas comportamentales en nuestra institución es promover el fortalecimiento de valores y lograr mediante el diálogo la persuasión y la concertación un cambio de conducta sin tener que recurrir a la sanción, por consiguiente este Manual pretende ser una herramienta de carácter formativo y pedagógico que nos permita tener una convivencia sana y armónica, donde encontremos una estrecha relación de colaboración y apoyo en la ardua tarea de formar excelentes ciudadanos, de esta manera estaremos contribuyendo a la formación de hombres comprometidos en la construcción de un país mas justo, solidario y por lo tanto mas humano. Los estudiantes aceptan su contenido y se comprometen a cumplir las normas que permiten fortalecer su proceso de formación. Los padres de familia y/o acudientes, lo aceptan al firmar el contrato de matricula o la renovación del mismo cada año. Con el presente Manual de Convivencia se da cumplimiento y aplicación a los mandatos establecidos en la Constitución Nacional, Ley de la Infancia y la Adolescencia y todas las normas relacionadas con la formación ético moral. FLORENCIO CRUZ VELEZ Rector ASPECTOS GENERALES IDENTIFICACION Y SITUACION LEGAL NOMBRE: INSTITUCION EDUCATIVA JOSÈ ANTONIO RICAURTE RESOLUCION DE APROBACION: Nº 81-0234 DEL 16 DE Febrero 2-009 RESOLUCION DE FUSION Nº 1360 DE Noviembre 19 2.002 RESOLUCION DE COBERTURA: Nº 0459 de diciembre 22.002 DIRECCION: Carrera 11 sur Nº 21-47 Barrio Ricaurte TELEFONOS: 2608453 - 2600328 MUNICIPIO. IBAGUÈ DEPARTAMENTO: TOLIMA NIT: 800.180.127-1 CÒDIGO DANE: 173001011709 NÙCLEO EDUCATIVO: 4 JORNADA Diurna (Mañana y tarde) Nocturna y Sabatina CODIGO ICFES: CARÀCTER: ACADÈMICO GÈNERO: FEMENINO Y MASCULINO NATURALEZA: NIVELES: Media OFICIAL Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria REPRESENTANTE LEGAL: RECTOR ADOPCION DEL MANUAL DE CONVIVENCIA CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA JOSÈ ANTONIO RICAURTE Por medio del cual se adopta el MANUAL DE CONVIVENCIA Del municipio de Ibagué, departamento del Tolima El Consejo Directivo de la Institución Educativa José Antonio Ricaurte, en uso de las atribuciones que le confieren los artículos: 15, 17 y 23 del decreto reglamentario 1860 de 1.994 y, CONSIDERANDO: que de acuerdo con la normatividad del articulo 87 de la ley 115 ò General de la Educación de 1.994, en concordancia con los artículos 14 y 15 del decreto reglamentario 1860 de 1.994, la Institución Educativa José Antonio Ricaurte debe adoptar su propio Manual de Convivencia. Que es perentorio que la institución tenga un instrumento legal debidamente aprobado, para que toda la comunidad conozca los principios institucionales, misión, visión, y objetivos institucionales que caracterizan la convivencia, las condiciones de matrícula y permanencia; sus deberes derechos y prohibiciones, las faltas y sanciones, el debido proceso, el conducto regular los correctivos de tipo pedagógico y comportamental y los estímulos. Que ante los actuales cambios de la educación, es de vital importancia la transformación al interior de la instituciones, por tanto, es necesario que hasta el hoy vigente Manual de Convivencia tenga algunas modificaciones o ajustes en aras de mejorar la calidad de vida y permitir un favorable desarrollo humano de la comunidad educativa que conforma la Institución Educativa José Antonio Ricaurte. ACUERDA: Articulo 1º Adoptar el presente Manual de Convivencia en la Institución Educativa José Antonio Ricaurte de Ibagué. Artículo 2º: El presente Manual de Convivencia rige a partir del año académico 2.010 y deroga todas las disposiciones del Manual anterior. Dado en la ciudad de Ibagué a los del mes de octubre del 2.009 En constancia firma: Consejo directivo: Fdo.----------------------------------------------------------------- Fdo.------------------------------------------------------ Fdo.--------------------------------------------------- Fdo.---------------------------------------------------------------------- Fdo.--------------------------------------------------- Fdo.----------------------------------------------------------------------- FUNDAMENTACION LEGAL "Toda comunidad requiere de un mínimo de orden y del imperio de la autoridad para que pueda subsistir en ella una civilizada convivencia, evitando el caos que podría generarse si cada individuo, sin atender reglas ni preceptos, hiciera su absoluta voluntad, aún en contravía de los intereses comunes, en un mal entendido concepto del derecho al libre desarrollo de la personalidad" (Corte Constitucional; Sentencia SU-641 de 1,998). El presente manual de Convivencia se fundamenta en: Constitución Política de Colombia de 1.991 En especial los artículos 41, 42, 43, 44, 45, 67, 68, 73, 79, 80, 82, 85, 96. Ley General de Educación de 1.994 En especial los artículos 73, 87, 91, 93, 94, 142, 143, 144, 145. El decreto 1860 de 1.994 Especialmente el capitulo III, artículos 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31 y 32 El Decreto 1290 del 2.009 Ley 1098 del 2.006 por el cual se expide el Código de la Infancia y la adolescencia Ley 30 de 1.986 (tabaquismo y alcoholismo) La prevención de la drogadicción y el Decreto reglamentario 3788 Decreto 1108 del 31 de mayo de 1.994, Artículos 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15 Ley 18 de 1.991 Artículos 23 y 25 Decreto 3011 de 1.997 regula la educación por ciclos. Decreto 248 de junio 3 de 1.993 Ley 50 de 1999 articulo 34 sobre los embarazos de las adolescentes El decreto 1290 del 16 de abril de 2.009 sobre la evaluación de los estudiantes. Lineamientos dados por la Honorable Corte Constitucional en sala de conocimiento de revisión de tutelas. HORIZONTE INSTITUCIONAL MISION La institución JOSE ANTONIO RICAURTE, del municipio de Ibagué, departamento del Tolima, es una entidad de carácter oficial y publico que garantiza la prestación del servicio educativo desde el nivel de preescolar hasta el grado once en las jornadas: mañana, tarde, noche y sabatina ; propiciando en los educandos aprendizajes de calidad, en las diferentes áreas del conocimiento sin desligarlos de su sensibilidad ante la realidad de la nación, apropiándolos de las bondades del desarrollo científicos tecnológico para beneficio personal y de sus congéneres, aceptando la diferencia, reconociendo y defendiendo la soberanía nacional; colocando para ello todo el empeño y los mejores esfuerzos de quienes hacen parte de su planta de personal en todos sus niveles. Dentro de esa perspectiva considera la institución JOSE ANTONIO RICAURTE, la persona, como un ser integral, cuyo potencial humano lo constituyen lo mas avanzado de sus conocimientos, así como su disposición y sensibilidad para colocarlos al servicio de la ciudadanía. VISION En el año 2015, la institución JOSE ANTONIO RICAURTE del municipio de Ibagué, departamento del Tolima, será modelo a nivel nacional, en la prestación del servicio educativo, en condiciones de calidad, equidad, eficiencia e igualdad de oportunidades para quienes quieran acceder a ella en sus respectivas jornadas, de tal manera que no medie nada mas que las exigencias propias del nivel al cual se quiera vincular, igualmente la totalidad de sus recursos tanto humanos como físicos deben responder a las exigencias del servicio y de la modernidad. FILOSOFIA “El afecto es el mejor modificador de nuestra conducta”. El gran objetivo es formar de manera integral a los adultos que en el futuro estarán a cargo de nuestro país, personas productivas, conscientes de sus talentos, virtudes y posibilidades inmensas, que como seres humanos poseen para servirle de forma positiva a la humanidad. El mundo evoluciona gracias a la creatividad de los seres humanos. Por eso la Institución Educativa José Antonio Ricaurte, brinda a los estudiantes todas las oportunidades para que desarrollen al máximo su creatividad, sean abiertos y seguros de expresar en forma oral ante un público sus ideas y opiniones, se den cuenta de todas las oportunidades que la vida les presenta a cada segundo, las sepan aprovechar y se entusiasmen e interesen por investigar e ir siempre un poco más allá.tn a adres Razón por la cual: todos los miembros que participamos en este proceso de formación pedagógica, los estudiantes como centro del proceso, los docentes como autoridad, dinamizadora y guías, las directivas como facilitadores y gestionadores de toda la estructura administrativa, los padres de familia como representantes y conocedores de la filosofía de la institucion, reconocen que todo ser humano como persona, tiene capacidad para pensar en forma crítica, profunda y original, capacidad para decidir por sí mismo, sobre su proyecto de vida y capacidad para amar, por consiguiente, de trascender su individualidad para formar comunidad. PRINCIPIOS INSTITUCIONALES La actividad educativa del Instituto José Antonio Ricaurte, además de las orientaciones dadas por la Constitución Política de Colombia , la Ley General de Educación, el Código de la infancia y Adolescencia, cuenta también con los siguientes principios: 1- Un modelo y enfoque pedagógico dialógico 2- Una educación en valores, para que los estudiantes contribuyan a la consolidación de una sociedad mejor, respetando y valorando sus capacidades y destrezas. 3- Desarrollo de hábitos, técnicas de trabajo y estudio, amor e interés por la lectura, espíritu investigativo, critico reflexivo de manera que le permita el libre desarrollo de su personalidad y contribuyan al bienestar familiar y social. 4- Fomento de aprendizajes significativos, donde todo lo aprendido le sirva de soporte para nuevos aprendizajes, potenciando la capacidad de comprender y expresarse creativamente en las diferentes formas del lenguaje. 5- Desarrollo de un programa coherente de actividades extraescolares, culturales y deportivas que busquen la formación integral de los estudiantes y el uso creativo del tiempo libre. 6- De conformidad con las normas legales y en especial lo establecido en el Código de La Infancia y Adolescencia, la educación esta orientada a desarrollar la responsabilidad y las facultades del menor con el fin de prepararlo para la vida, inculcándole el respeto por los derechos humanos, los valores culturales propios y el cuidado del medio ambiente natural, con un espíritu de paz, tolerancia, solidaridad y autonomía. OBJETIVOS. 1.- Cumplir con lo establecido en La Constitución Política de Colombia y por la legislación dada en La Ley General de Educación de 1.994, el Decreto 1860 de 1.994, el Decreto 1290 de abril 16 de 2.009 y el Código de la infancia y la adolescencia Ley 1098 de 2.006 2.- La Institución tiene como objetivo fundamental y esencial la formación de hombres y mujeres autónomos (as) y libres. 3.-Cumplir con las normas de comportamiento y disciplina concertadas con la comunidad educativa, que conlleven a la buena marcha institucional. 4.- Facilitar a los directivos y docentes herramientas que permitan aplicar correctivos, estableciendo estrategias de diálogo y concertación interpersonal y compromisos que propicien la armonía entre los integrantes de la comunidad educativa. 5. Promover en la Institución prácticas comunicativas democráticas para la vivencia de los principios y valores, estimulando la autonomía, el respeto, la tolerancia, la responsabilidad el dialogo, la concertación y demás valores que influyen en el desarrollo del ser humano. 6.- Fomentar en la comunidad educativa el sentido de pertenencia, el buen uso de los espacios físicos, didácticas, humanos, ecológicos lo mismo que la utilización apropiada del tiempo libre (art. 44 ley 115 sep. 25 de 1.994) 7.- Establecer parámetros de supervisión, control evaluación y acciones correctivas del comportamiento escolar. 8.- Crear estímulos para los integrantes de la comunidad educativa que por su labor, comportamiento y sentido de pertenencia en beneficio de la misma ameriten un reconocimiento. 9.- Propiciar actitudes en la comunidad educativa que interiorice las normas de comportamiento, no como un mandato coercitivo, sino como una autodeterminación de mejoramiento, haciendo que cada acto de su vida sea un verdadero acto de conciencia. 10.-Comprometer la máxima participación de la familia en la formación de sus hijos, respondiendo a los acuerdos adquiridos en el compromiso de matricula. 11. Enfatizar los rasgos característicos de los colombianos en aras de rescatar la identidad nacional. RESEÑA HISTÒRICA DE LA INSTITUCIÒN Toda institucion empezando por la familia tiene historia, la nuestra no es ajena a este proceso, su inicio en el barrio Combeima en el sitio donde se encuentra actualmente la estacion de sercicio TERPEL , dirijida en aquella època por los monjes franciscanos, fue trasladada años mas tarde al“Alto de la Guala“ donde funcionò hasta el año de 1.940, cuando fue reubicada en la casa de la familia Amèzquita y dos años màs tarde en casa de la familia Pabòn. Al crearse la parroquia del Imaculado Corazòn de Marìa en el año de 1.955 el sacerdote Faustino Rubiano quien era un verdadero servidor de la comunidad, cediò las intalaciones de la capilla para que fuera utilizada como planta fìsica del centro educativo que llevarìa el nombre del pròcer de la independencia Jose Antonio Ricaurte. Con el tiempo la instituciòn ha sufrido modificaciones no solo en su planta fìsica sino en el aspeco organizacional asì: Inicia la primaria con una jornada ùnica, a partir de 1.960 empieza a funcionar como un centro educativo mixto, quedando establecida asì mismo la doble jornada, mañana para las niñas y tarde para los niños, en el perìodo de 1963 hasta 1.970 funcionò un centro de capacitaciòn para adultos,otro de capacitaciòn comercial con asesorìa del SENA , y el centro de albafetizaciòn nocturno. A partir de 1.995 se dà inicio al grado sexto contando en ese entonces con 500 estudiantes, 20 docentes y 20 grupos, para elaño de 1.996 se obtiene la licencia de funcionamiento del grado sexto en las dos jornadas, en 1999 se da inicio a la primera muestra folclòrica de caracter participativo y vigente hoy en dia, por este mismo tiempo comenzò la“FERIA DEL SABER“, con el fìn de compartir experiencias pedagògicas, resaltar la creatividad e ingenio de los estudiantes y se ampliò la cobertura acadèmica a los grados 7º, 8º, 9º, 10º y 11ºcompletando de esta manera el ciclo de basica y media . A partir del año 2.000 dando cumplimiento a la normatividad, se fusiona como una sola institucion mañana, tarde y noche bajo la orientaciòn y direccciòn del Licenciado Bernardo Pava Ruiz, y con la aprobacion de prescolar a grado noveno. En el año2.002 y bajo una nueva administracion a cargo del Licenciado Florencio Cruz Velez se realiza una nueva fusiòn con el nocturno Jose Ignacio Camacho Toscano y la escuela CarlosBlanco Nassar en sus dos jornadas, segun resolucion Nº 465 de Mayo 20 de 2.002 emanada de la Secretaria de Educacion, durante este mismo año el consejo estudiantil publica el primer boletìn educativo con el objetivo de proyectar la instituciòn a la comunidad, este primer boletìn fue la semilla para el hoy periòdico de la Institucion “RICAURTE EN RED“ bajo la direcciòn y asesorìa de los docentes del àrea de ciencias sociales. En el año 2.003 se participa por primera vez en los juegos intercolegiados, en el 2.004 se gradùa la primera promociòn de bachileres de la jornada diurna, se participa en le reinado estudiantil del folclor, en el año 2.005 se celebran los 50 años o bodas de oro, con una misa precedida por el Arzobispo de Ibaguè, asì mismo se exaltan a directivos y docentes que laboraron por varios años en el pantel contribuyendo al fortalecimeinto y progreso del mismo. La resolucion Nº 810752 del 23 de Agosto de 2.007 amplio la vigencia de reconocimiento y aprobaciòn del plan de estudios. En el año 2.009 nuevamente se amplia la coberura educativa estableciendo la jornada sabatina para atender a la poblaciòn vulnerable especialmente a las madres cabeza de familia, segun resolucion Nº 81235 del 16 de febrero de 2.009. Las polìticas de diàlogo, las relaciones humanas,la experiencia educativa y administrativa marcan un rumbo para ingresar en el proceso de certificaciòn de calidad educativa como una necesidad sentida para lograr ser uno de las mejores instituciones del sector sur de la ciudad, marcando un rumbo en esta reseña historica de nuestra institucion. SIMBOLOS HIMNO DE LA INSTITUCION Juventud a luchar sin temor, Que angustiosa la patria nos llama Es el grito de un pueblo que clama Más justicia, más ciencia y amor. Con altura y constancia forjemos Lo que anhela el instituto Ricaurte, Hijos nobles que gloria le demos Y le hagamos dichosa e inmortal. Por doquiera tus hijos te lleven Esparciendo su ciencia y su saber, Notas suaves que al orbe se elevan Nadie puede a su paso vencer. Sol brillante alumbra tu pasado Las estrellas alumbran tu sien Eres fuente de luz y esperanza Del Tolima y la patria también. Gran orgullo a tu nombre concede Esta estirpe de alumnos notables Cuyo claustro tuvieron por sede Y hoy te brindan afecto inefable (María Felisa Robayo de Rojas). ESCUDO A través de este se simbolizan los objetivos de Nuestra Institución; en principios tan importantes como la Autonomía, Tolerancia y responsabilidad. LA BANDERA Consta de dos franjas horizontales de igual tamaño. VERDE: Es el color de la vida, la primavera y la Juventud. Representa la esperanza y la alegría, la Preocupación por la ecología. BLANCO: Símbolo de inocencia paz y tranquilidad CAPITULO I ARTÌCULO 1º: DEFINICIÒN. El Manual de Convivencia es un instrumento pedagógico constituido por un conjunto de principios, normas y procedimientos que organicen, dirigen y orienten todo el quehacer educativo, cuya práctica y ejercicio describe el hacer, permitiendo regular y ajustar la convivencia social, curricular y cultural, garantizando el ejercicio de los derechos y libertades, así como el cumplimiento de los deberes en todos los integrantes de la comunidad educativa generando armonía en la misma. ARTÌCULO 2º: JUSTIFICACION El hombre por naturaleza es un ser social, y en su encuentro con los otros, desarrolla y manifiesta sus dimensiones que lo constituyen en un ser integral. Interactuar requiere Precisar y asumir normas, reglas, acuerdos que hagan óptima la convivencia, fortaleciendo así el crecimiento personal y social. El Manual de Convivencia de la Institución tiene como finalidad garantizar la convivencia y la interacción social, mediante la interiorización y el cumplimiento de los acuerdos establecidos; asegurando así la construcción y vivencia de un espacio comunitario caracterizado por un ambiente de alegría, optimismo, paz, fraternidad, tolerancia, justicia compromiso dialogo y concertación. En el Manual de Convivencia se plasma el querer de la comunidad educativa, desde su filosofía, horizonte institucional, principios y normas que orientan el desarrollo cotidiano escolar, por lo tanto pide a cada miembro de dicha comunidad que con sentido de pertenencia lo conozca y lo asuma para hacer de éste un instrumento aplicable en la solución de conflictos propios de la interacción diaria del ser humano. La comunidad educativa lo evaluara anualmente para corregir, modificar ampliar, o anular lo pertinente, siempre y cuando lo que se anexe no sea inconstitucional o claro principio violatorio de los derechos fundamentales. CAPÌTULO II. REQUISITOS PARA ADQUIRIR LA CONDICION DE ESTUDIANTE DE LA INSTITUCION EDUCATIVA JOSÈ ANTONIO RICAURTE La Institución educativa mediante acuerdo debidamente aprobado por el Consejo Directivo, establece los criterios y requisitos para asignar cupos tanto a los estudiantes nuevos como a los antiguos, tal como lo dispone la ley 115 de 1.994, articulo 144-d. ARTÌCULO 1º: INSCRIPCIÒN Es el acto mediante el cual un aspirante solicita su admisión a través de la adquisición del formulario en la secretaria de la institución, entregándolo oportunamente diligenciado, la inscripción y entrega de documentos no significa compromiso de la institución. ARTÌCULO 2º ADMISIÒN. Es el paso previo a la matrícula de un estudiante para ello se requiere tener en cuenta la directriz dada por a secretaria de educación, estar el niño, niña, joven, dentro de la edad límite máximo para ingresar al grado en el cual pretende matricularse así: 1- PREESCOLAR: a) Cumplir con la edad reglamentaria tener cinco (5) años cumplidos, o por cumplir hasta el 31 de marzo. b) Presentar el formulario de admisión debidamente diligenciado c) Registro civil de nacimiento (NUIP) d) Fotocopia del carnet IPS, SISBEN o seguro estudiantil al cual se encuentra afiliado e) Rh f) Certificación de desplazados, reinsertados, afro descendientes, indígenas g) Fotocopia de la cedula de ciudadanía del padre de familia o acudiente h) Fotocopia del carnet de vacunación para preescolar i) Fotocopia del carnet de vacunación para preescolar j) Dos fotos 3x4 2.- PARA BASICA PRIMARIA a) Se tendrá en cuenta los siguientes rangos de edad: PRIMERO: entre 6 y 8 años SEGUNDO. Entre 7 y 9 años TERCERO. Entre 8 y 10 años CUARTO. Entre 9 y 11 años QUINTO: Entre 10 y 12 años b) Presentar el formato de la pre matricula debidamente diligenciado 3.- PARA BASICA SECUNDARIA Y MEDIA (10º y 11º) a) Se tendrán en cuenta los siguientes rangos de edad SEXTO. Entre 10 y 13 años SEPTIMO. Entre 11 y 14 años OCTAVO: Entre 12 y 15 años NOVENO: Entre 13 y 17 años DECIMO. Entre 14 y 18 años ONCE: Entre 15 y 19 años b) Presentar el formato de la pre matricula debidamente diligenciado 4.- JORNADA NOCTURNA Y SABATINA Los mayores de edad aspirantes a esta jornada deben acreditar certificado judicial y constancia laboral. Los estudiantes menores de edad deben estar representados por el padre de familia o acudiente legal. ARTÌCULO 3º: MATRÌCULA (Ley 115/94, artículo 96) La matricula es el acto jurídico o contrato, que formaliza la vinculación del aspirante admitido como estudiante regular de la Institución educativa José Antonio Ricaurte, con pleno disfrute de derechos , con la aceptación de sus deberes y compromisos que deben de regir su comportamiento en el plantel, tal como lo contempla este manual, también comprende derechos, deberes para el representante legal del estudiante, el cual puede ser: uno de los padres del menor, o acudiente definido como un familiar o una persona particular que tenga la tutela del menor o este legalmente autorizado por los padres durante el año lectivo. La matricula genera derechos deberes para la institución representada en sus directivos, docentes y funcionarios. El acto de matricula implica la presencia y firma de tres partes: el estudiante, el padre de familia o acudiente y el rector como representante legal de la institución. La matricula solo queda legalizada con el lleno de los siguientes requisitos: 1.- Registro civil con el NUIP, y/o tarjeta de identidad o cedula de ciudadanía. 2.- Certificados de estudios de los años anteriores en originales estudiantes nuevos, los antiguos presentaran el último informe final de calificaciones. 3.- fotocopia del observador 4.- Fotocopia del carnet IPS, SISBEN o seguro estudiantil al cual se encuentra afiliado 5.- Rh 6.- Certificación de desplazados, reinsertados, afro descendientes, indígenas 7.- Fotocopia de la cedula de ciudadanía del padre de familia o acudiente 8.- Fotocopia del carnet de vacunación para preescolar 9.- Copia del recibo de consignación de pago de los costos educativos y complementarios, autorizados por la ley. 10.- Fotocopia de un recibo de servicio publico 11.- Fotocopia del observador del alumno para los estudiantes nuevos. 12.- Paz y salvo firmado por todos los estamentos de la institución. 13.. 2 fotos 3x4 14.- Fotocopia del contrato de matricula 1.-Los estudiantes de la jornada nocturna y sabatina, mayores de 18 años no necesitan acudiente para su matricula 2.- En ningún momento las directivas o docentes de la institución aceptaran como representantes de un estudiante a una persona no autorizada, en caso que el padre o acudiente no pudiere asistir a una citación deberá autorizar por escrito a una tercera persona mayor de edad. 3.- La matricula debe de realizarse en las fechas determinadas previamente por la institución, presentando la documentación completa al inicio de dicho proceso y pasado el periodo ordinario de matriculas la dirección de la institución podrá disponer de los cupos dejados de utilizar por los estudiantes antiguos a menos que exista justificación que amerite prorroga. 4.- Los estudiantes antiguos que presenten logros pendientes, no serán matriculados en el siguiente grado, hasta tanto no presenten y superen lo mismos en las fechas estipuladas por el comité de evaluación y promoción 1.- CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS EDUCATIVOS ESTUDIANTE_____________________________________ GRADO_______________ Entre los suscritos, Florencio Cruz Vélez, representante legal de la institución educativa JOSÈ ANTONIO RICAURTE, portador de la c.c. ___________________________ , expedida en san Luís (Tolima) y por la otra parte __________________________________________ ____________________________________________ Identificados como aparece al pie de sus firmas, en calidad de padres y/o acudientes del estudiante matriculado para el año lectivo ______________ quienes para efectos del presente contrato, se denominaran LOS PADRES, hemos suscrito el presente Contrato de Prestación de Servicios Educativos , el cual se regirá por las siguientes cláusulas: CLAUSULA PRIMERA.- Definición y objeto del contrato: El presente contrato formaliza la vinculación de su hijo (a) al servicio educativo que ofrece la institución, en los términos de los artículos 95 y 201 de la Ley General de Educación, y compromete a las partes en las obligaciones legales y pedagógicas tendientes a hacer efectiva la prestación del servicio público educativo, obligaciones que son correlativas y esenciales para la consecución los fines comunes, porque este derecho tiene el carácter de derecho-deber según jurisprudencia constitucional. El objeto del presente contrato es procurar la formación integral, mediante la reciproca complementación de esfuerzos del mismo, de las padres y de la institución educativa, con la búsqueda del pleno desarrollo de la personalidad del estudiante, de un rendimiento académico satisfactorio en el ejercicio del programa curricular y los planes de estudio de pre-escolar a once en las jornadas mañana, tarde noche y sabatina mediante el proyecto educativo institucional. CLAUSULA SEGUNDA.OBLIGACIONES: La esencia del presente contrato de matrícula, para poder cumplir con los fines de la educación son las siguientes: Por parte del ESTUDIANTE, 1- Asistir a la Institución y cumplir con los objetivos y compromisos definidos y establecidos en el Proyecto Educativo Institucional y el Manual de Convivencia. Por parte de los PADRES integrarse a la comunidad educativa dando cumplimiento a los deberes y obligaciones contempladas en el Manual de Convivencia Capítulo IV artículos 3 numerales 1,2 y siguientes. 3. Por parte de la INSTITUCION impartir la formación, ofreciendo una educación de calidad y la continuidad de la misma. OBLIGACIONES ESPECIFICAS DE LOS ESTUDIANTES: 1.- Cumplir, respetar y acatar las normas establecidas en el Manual de Convivencia de la Institución y los principios que orientan el Proyecto Educativo Institucional (PEI). 2.- Respetar Valorar a todas las personas que constituyen la comunidad educativa. 3.- Enaltecer con sus actuaciones y expresiones el buen nombre de la Institución. 4.- Asistir puntualmente a las clases, las convivencias, salidas pedagógicas y demás actividades que programe la Institución. OBLIGACIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES LEGALES. 1.- Efectuar la matricula del estudiante en los días y hora señalado para ello. 2.- Pagar los costos del Servicio Educativo. 3.- Propiciar al estudiante el ambiente adecuado para su desarrollo integral. 4.- Velar por el progreso del estudiante en todos los aspectos. 5.- Cumplir estrictamente las citas y llamados que hagan las directivas de la Institución. 6.- Cumplir con lo establecido en el Proyecto Educativo Institucional, leer y practicar las normas del Manual de Convivencia. OBLIGACIONES ESPECIFICAS DE LA INSTITUCION: 1.- Ofrecer una formación integral de acuerdo con los fines de la educación colombiana, los lineamientos de preescolar y el ideario del Proyecto Educativo Institucional (PEI). 2.- Desarrollar los planes y programas establecidos mediante el PEI. 3.-Cumplir y exigir el cumplimiento del Manual de Convivencia.4.- Prestar en forma regular el servicio educativo contenido dentro de las prescripciones legales. CLAUSULA TERCERA.- DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES: 1.- Recibir una educación integral acorde con los principios del PEI. 2.- Ser valorados y respetados como personas. 3.participar en el desarrollo del servicio educativo a través de los proyectos y programas establecidos por la institución. 4.- Recibir de los directivos y profesores buen ejemplo, apoyo, supervisión, estimulo y atención oportuna.5.- Participar en las instancias establecidas en el Manual de Convivencia, y 6.- Recibir los derechos que aparecen consagrados en el Manual de Convivencia. DERECHOS DE LOS PADRES: 1-Participar en el proceso educativo. 2- Buscar y recibir orientación sobre la educación de su hijo (a). 3- Exigir la regular prestación del servicio educativo ofrecido. 4- A exigir que el servicio educativo se ajuste a las disposiciones oficiales. 5- A participar en los diferentes órganos de representación que funcionan en la institución. DERECHOS DE LA INSTITUCION: 1- Exigir el cumplimiento del Manual de Convivencia por parte de los estudiantes, 2- Exigir el estricto cumplimiento de los deberes académicos, 3- Exigir a los padres el cumplimiento de sus obligaciones como responsables del estudiante, 4- A recuperar y exigir el pago de los costos incurridos por todos los medios lícitos a su alcance, 5- Reservarse el derecho de no renovar el contrato de prestación de servicios educativos. CLAUSULA CUARTA- GARANTIA: El presente contrato presta Merito Ejecutivo, de acuerdo a la legislación comercial vigente, aceptando las partes que los costos judiciales y extrajudiciales que se causen por incumplimiento del mismo serán por cuenta de los PADRES. CLAUSULA QUINTA- SALIDAS PEDAGOGICAS: La Institución, para cumplir con el Proyecto Educativo Institucional, ha formalizado la realización de por lo menos dos salidas pedagógicas en el año escolar. Los PADRES, al autorizar la participación del ESTUDIANTE, en estas salidas pedagógicas asumen la responsabilidad de los costos inherentes que implican dichas salidas. CLAUSULA SEXTA- El Manual e Convivencia y el Proyecto Educativo Institucional (PEI) se consideran parte integral del presente contrato. CLAUSULA SEPTIMA- CAUSALES DE TERMINACION DEL CONTRATO: El presente contrato termina por una de las siguientes causas: 1- Por expiración del término fijado o sea el año lectivo. 2- Por mutuo consentimiento de las partes. 3- Por muerte del estudiante o fuerza mayor. 4- Por suspensión de actividades de la institución por más de sesenta (60) días 5Por las causales determinadas en el Manual de Convivencia CLAUSULA OCTAVA- DURACION Y RENOVACION: El término del presente contrato es el mismo del periodo lectivo de la institución, su ejecución será sucesiva por periodos mensuales y podrá renovarse para el siguiente año siempre y cuando los PADRES y el ESTUDIANTE lo hayan cumplido estrictamente. En constancia de aceptación, se firma por las partes, en Ibagué, a los __________ ( ) Días del mes de ________________________ del año _________________ PADRES DE FAMILIA y/o RESPONSABLE DE PAGO y/o RESPONSABLE DE PAGO _________________________________ MADRES DE FAMILIA ______________________________ Nombre c.c. Nombre c.c. ESTUDIANTE _____________________________________ Nombre PORTE Y USO DEL UNIFORME INSTITUCIONAL. El uniforme de la institución es un símbolo que da identidad, representa a la misma y propende por desarrollar en los estudiantes hábitos de aseo, presentación personal y respeto; el uso correcto del mismo inculca disciplina, sentido de pertenencia y respeto por la convivencia en la institución. Los uniformes se deben lucir con dignidad dentro y fuera de la institución de la siguiente manera y en los horarios establecidos. ARTICULO 4º.UNIFORME DE DIARIO MUJERES DE PREESCOLAR AL GRADO ONCE a) Falda escoses cinco centímetros arriba de la rodilla, usar short o chicle debajo de la falda, camibuzo blanco por fuera a la altura del talle de la falda, con el escudo de la institución en la parte superior izquierda, se permite el uso de la camiseta blanca sin estampados debajo del camibuzo. b) Zapatos negros de amarrar media blanca. , saco o claqueta blanca para invierno. c) No es permitido el maquillaje facial, maquillaje de uñas, accesorios y prendas extravagantes. ARTICULO 5º: UNIFORME DE DIARIO HOMBRES DE PREESCOLAR AL GRADO ONCE a) Camibuzo blanco con la identificación la Institución, se permite el uso de camiseta blanca sin estampados debajo del camibuzo, estas prendas deben de ir dentro del pantalón b). Pantalón verde oliva, correa negra c) Zapatos negros de amarrar, medias oscuras, saco o claqueta blanca en tiempo de invierno. ARTICULO 6º: UNIFORME DE EDUCACION FISICA GENERAL a) Sudadera verde, según color establecido b) Camibuso blanco con el escudo de la Institución c) Pantaloneta del mismo color de la sudadera d) Media blanca deportiva, tenis blanco ARTICULO 7º: UNIFORME PARA LA JORNADA NOCTURNA. Mujeres y hombres portaran el camibuzo de la institución y jean o sudadera según la actividad. ARTICULO 8º: UNIFORME PARA LA JORNADA SABATINA Lucirán el camibuzo de la institución jean o la sudadera de la institución CAPITULO III DE LOS ESTUDIANTES ARTÌCULO 9º: PERFIL DEL ESTUDIANTE Nuestros estudiantes ricaurtenses deben ser personas comprometidas con su proceso de aprendizaje y trabajar por alcanzar las siguientes metas: investigadores: su curiosidad natural debe ser estimulada permanentemente, para disfrutar de los conocimientos adquiridos. Críticos: frente a la problemática del contexto social. comunicadores: reciben y expresan ideas e información con confianza, interactuando con autonomía y liderazgo en diferentes contextos. audaces: abordan situaciones desconocidas sin ansiedad y tienen la confianza para explorar nuevas ideas informados: han explorado temas de trascendencia global y han adquirido un corpus de conocimientos significativo con principios: comprenden los principios del razonamiento moral, tienen integridad y sentido de la justicia solidarios: demuestran sensibilidad frente a las necesidades y los sentimientos de los demás y comprenden el significado del compromiso personal de prestar ayuda de mentalidad abierta: respetan los valores de otras personas y culturas, buscando y considerando diferentes puntos de vista equilibrados: comprenden la importancia del equilibrio físico y mental y del bienestar personal reflexivos: dan importancia a su propio aprendizaje y analizan sus puntos fuertes y débiles de manera constructiva. ARTICULO 10º DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES La concepción del Derecho Deber, consagrada en la Ley y explicitada en el presente Manual de Convivencia Social, es definitiva en el momento de abordar cualquier situación de reclamo sobre violación o trasgresión a los derechos fundamentales de la persona, pues es evidente que todo derecho exige el cumplimiento de un deber. En consecuencia, cuando exijo “mis derechos” tengo que verificar como fue mi proceder en cuanto al cumplimiento de los deberes. (Art. 95 C.P.C... Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios) Al ingresar a la institución educativa José Antonio Ricaurte, se adquieren mutuos compromisos entre padres de familia- estudiantes-e institución que se deben asumir y vivenciar con responsabilidad al firmar el contrato de matricula. Este compromiso redundara en el bienestar personal y comunitario que nace necesariamente de hacer valer todos los deberes y derechos personales e institucionales. “Cada derecho reclamado genera un deber que ha de ser Contraído” a) Recibir el manual de convivencia durante el proceso de matricula, ser orientado en su interpretación en espacios correspondientes al desarrollo del proyecto de constitución política y democracia. b) Recibir una formación integral de acuerdo a la misión, visión, filosofía y principios educativos que sustenta la cultura y el PEI de la institución. c) Tener un proceso de inducción en la filosofía y modelo pedagógico de la institución d) Conocer los logros, conocimientos, competencias que debe adquirir y desarrollar en cada área y periodos, que son fundamentales para su promoción e) Ser informados de los criterios de evaluación, conocer el resultado de las mismas y de los trabajos, dentro de los cinco (5) días hábiles después de su presentación. f) Conocer el seguimiento que lleva cada profesor de su proceso formativo, antes de ser registrados en el boletín y en su hoja de vida (anecdotario)). g) Ser valorado como persona individual, concreta con posibilidades, limitaciones y como sujeto en proceso de formación. h) Recibir reconocimientos y estímulos por logros alcanzados en el proceso formativo, registrándolos en su hoja de vida. i) Ser escuchado (a) de acuerdo al conducto regular en todo lo que concierne al rendimiento académico, así como las decisiones que se tomen al respecto. j) Participar, elegir y ser elegido como miembro de gobierno escolar y otros comités reconocidos por la Institución k) Presentar solicitudes respetuosas verbales o escritas observando el conducto regular ante las personas e instancias correspondientes y obtener respuestas oportunas. l) Ser orientado ante sus fallas académicas y de comportamiento social, recibiendo asesorías de quienes tienen la responsabilidad directiva y docente. m) Solicitar revisión de las evaluaciones, cuando considere que no ha sido objetivamente evaluado, y con la autorización del docente de la asignatura pedir otro evaluador en forma respetuosa. n) Recibir oportunamente el carné que lo acredita como estudiante de la institución en el primer trimestre del año lectivo, finalizando el mismo, los estudiantes de preescolar al grado décimo, deben devolver el carné para su correspondiente renovación, y éste será entregado la primera semana de febrero. ñ) Recibir un trato justo, oportuno y respetuoso por parte de cada uno de los miembros de la comunidad educativa. o) Representar la Institución en los diferentes encuentros de acuerdo con el perfil requerido (deportivo, cultural, científico, etc.). p) Disfrutar de los servicios de cafetería en condiciones higiénicas con productonutritivos a un precio justo, buen trato y servicio. q) Recibir apoyo económico para representar a la institución educativa en eventos culturales científicos, artísticos y deportivos de carácter local, regional, nacional e internacional. r) Ser trasladado en caso de urgencia médica al centro asistencial mas cercano, los gastos serán cubiertos por el seguro presentado por los padres en el momento de la matricula. En ningún caso la institución asumirá costos por servicios médicos. s) Recibir buen ejemplo y orientación de: los docentes administrativos y directivos t) Recibir de los profesores las clases en la jornada correspondiente de manera puntual y de acuerdo a un cronograma, a un horario y a una preparación previa según el plan de estudios de la institución. u) Recibir apoyo, orientación acerca de los perjuicios que para la salud ocasionan el uso las sustancias que produzcan dependencia. v) Recibir en condiciones adecuadas algunos implementos para su buen desempeño escolar, como pupitres, implementos de laboratorio, biblioteca. ARTÌCULO 11º: DEBERES DE LOS ESTUDIANTES Son las responsabilidades asumidas por los estudiantes al hacer parte de la comunidad educativa JOSÈ ANTONIO RICAURTE, y su cumplimiento permitan el desarrollo personal y de interacción con los demás en una sana convivencia. 1.- Académicos a) Cumplir para ser partícipe de su proceso de formación entendiendo que parte del compromiso de los estudiantes se manifiesta en la asistencia puntual a todas las actividades curriculares y complementarias de formación que programe la institución. b) Tener en cada clase los libros y útiles necesarios, debidamente marcados y bien presentados. c) Responder a tiempo en perfecto orden y con las técnicas indicadas por el profesor con las tareas, lecciones diarias, trabajos asignados y evaluaciones periódicas, que van asegurando la asimilación de los conocimientos teóricos y prácticos. ch) Las inasistencias serán justificadas por: incapacidad medica, calamidad domestica, pertenecer a escuelas o ligas deportivas certificadas y que tengan convenio con la institución. Estas deben de ser presentadas por escrito y respaldadas con la firma y cedula del padre o acudiente legal, según lo ordenado por la ley de la infancia y adolescencia. d) Solicitar a los docentes las actividades pendientes, las cuales deben de ser entregadas tres (3) días hábiles después de su reintegro siempre y cuando la inasistencia sea justificada. La no asistencia a las clases no será excusa para no cumplir con lo que se ha estipulado. e) Cumplir con sus obligaciones académicas y buscar su mejor rendimiento. Tener disposición para adquirir los conocimientos teóricos y destrezas, trabajar para superar las dificultades. f) Ejercer la monitoria como una misión solidaria, responsable y eficiente cuando le sean asignadas, sin tomarse atribuciones que no le correspondan. g) Abstenerse de sabotear las clases, crear indisciplina y tomar actitudes desafiantes que limitan los derechos de los otros estudiantes y de los docentes a ejercer sus funciones. h) Cumplir con el horario de las actividades extraescolares (practica de grupos de teatro, danza, deportivos, artísticos,) para representar dignamente la institución sin desmejorar su rendimiento académico i) Asumir responsablemente las orientaciones impartidas por directivos y docentes j) Comprobar mediante certificación medica la incapacidad para realizar ejercicios en clase de educación física. La incapacidad no lo exonera de cumplir con los demás compromisos del área. k) Cuidar, conservar y mantener limpias las paredes, los pupitres, tableros, velar por la decoración, participar del aseo presentación y organización de las aulas y demás sitios de la planta física. l) Los estudiantes que ingresen en jornada contraria no deben de interferir en el desarrollo académico y disciplinario de la institución, deben presentar permiso para la realización de la actividad al coordinador de disciplina y presentarse obligatoriamente con el uniforme y el carné PARAGRÀFO: 1.- Cuando un estudiante falte injustificadamente durante un periodo de tiempo considerable, la Rectoría citará a los padres de familia y/o acudiente legal, dejando claro que el responsable de la asistencia del menor a clase son los padres. El rector, remitirá el informe a la autoridad competente para que se apliquen las sanciones previstas en la tercera parte, TITULO II del código de la infancia y la adolescencia (ley 1098 de 2.006) 2.- Los estudiantes que pertenezcan a estas escuelas deportivas deben de tener un rendimiento académico y disciplinario óptimo. 2.- Disciplinarios a) Portar los uniformes de diario o deportivo en buen estado y aseados, según el horario establecido. b) Conocer, interpretar y llevar a la práctica las normas establecidas en el manual de convivencia c) Permanecer en el salón de clase durante el período de las mismas, salvo sugerencia de autoridad competente y/o responsable. d) Usar las instalaciones de acuerdo con su finalidad evitando interferir la labor académica en las demás, e) No desperdiciar el agua ni la energía eléctrica. f) Permanecer en los sitios previstos según el horario y la programación académica. g) Usar un lenguaje correcto dentro y fuera del establecimiento cultivando las relaciones interpersonales sinceras, cordiales y respetuosas h) Evitar cualquier forma de agresión o violencia, practicando formas alternativas en la solución de conflictos y aceptar de buen modo la asesoría de las instancias correspondientes. i) Abstenerse del porte, consumo o venta de cigarrillos y sustancias psicoactivas que atenten contra la salud mental, física, emocional, propia o ajena. (Decreto 1108, mayo 1994) j) Abstenerse del porte de armas u objetos utilizables para amenazar a otros, en todo caso serán decomisados incluso los de juguete, su devolución se hará solo a los acudientes previo compromiso. k) Respetar los bienes ajenos, no apropiarse de ellos ni causarles daño, ni esconderlos para fastidiar y/o chantajear a sus propietarios l) Responder por pérdidas y daños en las instalaciones, bienes y servicios de la institución ll) Informar a los profesores y directivos sobre cualquier situación que atente contra la comunidad, sus miembros y sus instalaciones. m) Representar y respetar al colegio con dignidad y decoro, portando el uniforme, de tal manera que manifieste con ello el aprecio por su persona y por su Institución. Evitar entrar con él en lugares recreativos, tales como bares, discotecas, salones de maquinitas, billares, y heladerías. El uniforme sólo debe lucirse en la jornada escolar, en actos de comunidad en los cuales participe la institución. n) Presentar en la coordinación autorización escrita firmada por los padres de familia o acudientes cuando requiera ausentarse de la institución. El coordinador otorgara el permiso una vez confirme la veracidad de la autorización. ñ) Abstenerse de traer a la institución joyas, teléfono celular, walkman, radios, cosméticos, revistas pornográficas y/o cualquier otro elemento que interfiera en el normal desarrollo de las actividades de la institución, ésta no se hace responsable en caso de pérdida de cada uno de estos. o) Guardar el comportamiento debido en cada una de las diferentes zonas del plantel: aulas de clase, patios de recreo, biblioteca, laboratorios… y así mismo, manifestar una actitud de respeto en los actos cívicos y culturales organizados por la institución como izadas de bandera, jornadas culturales y deportivas. p) Tener un comportamiento moral y social en la institución y fuera de ella expresado en el respeto a la dignidad humana y a la vida. La comunidad educativa no admite conductas de prostitución, alicoramiento, drogadicción, satanismo, prácticas espiritistas o supersticiosas participación en pandillas tribus urbanas, grupos al margen de la ley o cualquier otro comportamiento que atente contra la integridad física, las buenas costumbres y la moral de la persona. q) Informar oportunamente a sus padres o acudiente legal de las situaciones, informes o comunicaciones verbales y escritas enviadas por cualquier estamento de la institución. r) Respetar y acatar el siguiente conducto regular para el análisis y tratamiento de problemas ordinarios y especiales así: profesor (a), director de grupo, jefe de área, coordinador de disciplina o académico de acuerdo a la situación, consejo académico, rectoría o consejo directivo. s) Respetar y apoyar las personas que trabajan en la sección administrativa, al igual que el trabajo que estas realizan, llamándolas por su nombre y evitando apodos. t) Utilizar la unidad sanitaria únicamente en las horas de descanso y en casos urgentes solo para necesidades fisiológicas. (Presentar certificación medica en caso de enfermedad). u) Respetar los símbolos patrios e institucionales y entonar con espíritu cívico los himnos: nacional, departamental, municipal e institucional. v) Entregar oportunamente a sus padres o acudientes, los boletines circulares, comunicados o citaciones que la Institución envíe. w) No utilizar el nombre del plantel para actividades de tipo social o económico sin permiso del consejo directivo x) Responder por cada uno de los elementos accesorios y equipos puestos bajo su responsabilidad. y) No alterar la configuración de los equipos de informática z) Se prohíbe navegar en direcciones relacionadas con pornografía, terrorismo y otras que atenten contra la integridad de la comunidad educativa PARAGRAFO: 1.- Como medida preventiva, si el estudiante trae elementos que no corresponden a los requeridos por la institución, se enviaran a coordinación para ser entregados personalmente a los padres de familia y/o acudientes. 2.- Se remitirán a la autoridad policiva y judicial competente, en caso de porte de armas, consumo de drogas y distribución de estupefacientes. ARTÌCULO 12º: ESTÍMULOS Y DISTINCIONES (Ley 115/94, art. 132, 144) La institución educativa y la Asociación de Padres de familia, reconocen la necesidad de resaltar a los estudiantes por sus avances, esfuerzos y logros, respetando las diferencias individuales y presentarlos como ejemplo a las futuras generaciones. El mayor estimulo será la satisfacción del deber cumplido, la respuesta y correspondencia al esfuerzo de los padres y a la labor de los profesores. Para ello se establecen un conjunto de estímulos y distinciones que se otorgaran a los estudiantes en público y/o privado individual o en grupo. 1.- Los estudiantes sobresalientes en algunas actitudes y aptitudes, en rendimiento académico y comportamiento, tendrán distinción especial en las izadas de bandera y actos cívicos con copia al observador. 3.- La Institución otorgará Mención de Honor, al finalizar el año lectivo, a los estudiantes que se hayan distinguido en sus deberes académicos y comportamentales por colaboración, mejor deportista, mejor folclorista y otros sin que esto implique costo alguno para el estudiante. 4.- Se otorgará Diploma de Excelencia al estudiante que no solo sobresalga por su rendimiento académico y disciplinario, sino en general por su integridad humana y valores. 5.- Los estudiantes que tengan aptitudes, representarán la Institución en encuentros deportivos, científicos, culturales y artísticos con el apoyo de la misma 6.- Inscripción en el cuadro de honor cuando se hace merecedor (a) dado su excelente rendimiento académico y disciplinario. 7.- Ser seleccionado como monitor (a) de las diferentes áreas o del curso. A los (a) bachilleres en el acto de proclamación: 8.- Medalla de Perseverancia: Se otorga a aquellos estudiantes que hayan cursado los 13 años de formación académica en la institución. 9.- Medalla al mejor puntaje ICFES: al estudiante que alcanzó la mejor valoración en las pruebas de estado (ICFES).. 10.-felicitaciones verbales o escritas de acuerdo con la situación que lo amerite. ARTÌCULO 13º: FALTAS DISCIPLINARIAS Y ACADÈMICAS Así como el ser humano mediante el desarrollo del talento y capacidad propios, ha construido una cultura y una sociedad avanzada, debe admitirse que las limitaciones, errores y flaquezas generan conflictos, malestar, ineficiencia e incluso enfermedad. En una Institución, integrada por numerosas personas de muy variada índole y condición, es un hecho el que surjan diferencias, conflictos y situaciones en ocasiones desagradables, el que éstas se den en el ámbito de una Institución Educativa, significa que dada una ocurrencia, sean retomadas para estimular el crecimiento y la maduración personal de sus protagonistas, ello implica la posibilidad de desarrollar actitudes y habilidades psicosociales que nos permitan atender en forma más racional y saludable estas situaciones de crisis. 1.- ¿QUÉ ES UNA FALTA? Se considera como tal: a.- El no cumplimiento de un deber especifico. b.- La violación de una norma de carácter general y que provoque daño a personas, Institución, entorno o cosas. Las faltas cometidas por una persona o un grupo, intencionadas o no, implican siempre la responsabilidad del (los) infractores. 2.- CLASIFICACION DE LAS FALTAS Para clasificar las faltas disciplinarias se tendrá en cuenta; el grado de culpabilidad, el grado de perturbación de la marcha institucional, los motivos que determinaron el comportamiento, el número de intervinientes, las modalidades y circunstancias del hecho. a.- FALTAS LEVES Son aquellos comportamientos que afectan en mínimo grado la marcha institucional 1.- No acatar las normas reglamentarias y de convivencia social de la institución o las órdenes y disposiciones de los superiores. 2.- No portar el uniforme completo o llevarlo inadecuadamente 3.- Entorpecer las clases con indisciplina (charla constante, risa, uso de celular, ingestión de alimentos, goma de mascar etc.) 4.- Utilizar modales inadecuados y faltar a las normas de cortesía, así como el empleo de gritos exagerados, palabras o gestos soeces. 5.- Ausencia de clases sin el debido permiso estando dentro de la institución 6.- Mal comportamiento en actos comunitarios o ausencia a los mismos. 7.- Expresar o manifestar sus relaciones amorosas dentro de las instalaciones del plantel educativo o fuera del portando el uniforme 8.- Llegar tarde al plantel y/o actos comunitarios 9. – El incumplimiento de los compromisos académicos y/o disciplinarios 10.- Permanencia en las aulas de clase en periodos de descanso 11.- No presentación de evaluaciones y trabajos sin excusa justificada. 12.- Continuos llamados de atención sobre el uso de accesorios y adornos que desentonen con el uniforme. 13.- Comprar en la cafetería en horas de clase 14.- Consumir alimentos o masticar chicles en clase, formación o actos solemnes. 15.- Dejar en desorden el salón de clase, arrojar basura o escupir en el piso 16.- Incumplimiento con útiles, textos, tareas, trabajos e implementos necesarios para el desarrollo de las clases. 17.- Llevar al aula objetos ajenos a la clase que interfieran en el normal desarrollo de la misma. 18.- Llegar tarde al salón de clase después de los periodos de descanso. 19.- No entregar a los padres y/o acudientes las circulares y citaciones que le son enviadas. 20.- Portar el uniforme de educación física cuando no corresponde. 21.- Mal uso de tableros, marcadores, almohadillas y carteleras 22.- Promover y participar en rechiflas, saboteos y silbatinas que impidan el normal desarrollo de la clase. 23.- No corregir ni hacer firmar las evaluaciones por sus padres y/o acudientes. 24.- No cumplir con las actividades de nivelación asignadas. b.- FALTAS GRAVES: Se consideran faltas graves aquellas que entorpecen o bloquean el adecuado desarrollo de las actividades preestablecidas y/o atentan contra la integridad, la honra y el bienestar de la comunidad educativa. 1.- Introducción, consumo reiterado y expendio de sustancia psicoactivas que afecten la integridad personal o de la comunidad, dentro de la institución o fuera de ella portando el uniforme. 2. – Actos que propicien la pérdida o extravío de útiles escolares o elementos deportivos 3.- Usar el uniforme en sitios como: billares, discotecas bares y en general cualquier otro que conlleve a desmeritar la institución 4.- Ausentarse de clase, actividad extracurricular sin permiso del Coordinador y/o Rector, o inasistencia reiterada sin causa justificada. 5.- El fraude en las evaluaciones escritas y/o trabajos en equipo 6.- Utilización de vocabulario soez, morboso o de doble intención 7.- Emplear gestos altaneros o insolentes para expresarse 8.- No someterse a una sanción impuesta y desconocer la misma. 9.- Faltar al respeto a cualquier miembro de la Institución 10.- Ocasionar daños a paredes, muebles u otro tipo de objetos de uso común o de propiedad de compañeros o profesores 11.- Participación en juegos que atenten contra su integridad personal. 12.- Las manifestaciones amorosas, excesivas e inadecuadas (palmadas en los glúteos y genitales, sentarse en las piernas de los compañeros (as), entrepiernarse, besos en la boca etc) realizar actos sexuales dentro de la institución. 13.- Promover y participar en actividades económicas en beneficio particular, sin previa autorización, utilizando el nombre de la institución sus uniformes, logotipos e insignias. 14. –Dañar implementos objetos de estudio, puertas, chapas, partes eléctricas, material de trabajo, muros y ornamentación, igualmente rayar escribir en pupitre y demás dependencias de la institución. 15.- Quedarse en los salones cuando se realicen actos comunitarios 16.- Promover y participar en peleas dentro y fuera de la institución 17.- Permanencia clandestina en la institución al finalizar los horarios establecidos 18.- Comportamiento reiterado de indisciplina, impuntualidad en los compromisos académicos 19.- Entrar o salir de la institución por los muros o cualquier lugar no dispuesto para ello 20.- Agresión verbal o física a cualquier persona de la comunidad educativa dentro o fuera de la misma. 21.- Inducir a otros bajo amenazas a que realicen hechos de obra o palabra en contra de la comunidad ricaurtense . 22.- No cumplir con las actividades de nivelación asignadas. FALTAS GRAVÎSIMAS “Son los comportamientos o acciones de los estudiantes que deterioran o afectan gravemente el desarrollo de la vida escolar y que ocasionan en rompimiento de la armonía y el orden social, son violaciones directas, reprochables en el ámbito formativo”: 1.-Porte de armas blancas, de fuego, o cualquier elemento que signifique riesgo que pueda poner en peligro la integridad de las personas dentro y fuera de la institución, portando el uniforme. 2.-Agresión verbal o física a cualquier persona de la comunidad educativa dentro o fuera de la institución 3.- Hurto o intento comprobado dentro y/o fuera del colegio así como encubrir a quien lo haga. 4.- La inducción al consumo de sustancias que afecten las condiciones físicas y emocionales de sus compañeros 5.- Acoso sexual, pertenecer o conformar grupos de pandillas delincuenciales u otra actividad que vaya en contra de la comunidad educativa (secta satánica, grupos armados, prostitución etc.) 6.- Adulteración o falsificación de documentos y firmas. 7.- La calumnia comprobada hacia cualquier miembro de la comunidad. 8.- La elaboración de escritos anónimos en las paredes, pupitres, figuras obscenas que denigren de cualquiera de sus miembros o de la institución. 9.- Utilizar los medios de comunicación para denigrar de la institución y de cualquier miembro de la comunidad educativa 10- Participar en actos de vandalismo, tribus, satanismo, pandillas juveniles dentro o fuera de la institución y que generen afectación contra terceros. 11- Distribución de material pornográfico 12. Encubrir las faltas de los compañeros o interferir alguna investigación adelantada por los docentes o directivos docentes. PARAGRAFO: 1.- Otras faltas no contempladas en este Manual, serán calificadas por la Rectoría en cuanto a su gravedad y medidas remediales se refiere. ARTÌCULO 14º: CONDUCTO REGULAR Se refiere a la secuencia de Autoridad establecida para la aplicación de los procesos educativos, así: ACADEMICO Profesor de la asignatura Director de grupo Comisión de evaluación y promoción Consejo académico Consejo directivo DISCIPLINARIO Profesor que atendió la falta Director de grupo Coordinador de disciplina Rector Consejo directivo ARTÍCULO 15: DEBIDO PROCESO COMPORTAMENTAL El debido proceso consagrado en la Constitución Política. Artículos 29, 4º y 122 es benéfico y pertinente, para la institución. Su aplicación paso a paso para aquellos estudiantes que han trasgredido el Manual de Convivencia, no solo contribuirá a organizar y cumplir con las funciones de investigación como lo dispone la ley general de educación, sino que formara a los discentes en el respeto por los derechos fundamentales ajenos. Para su aplicación se tendrá en cuenta los siguientes pasos: 1- INVESTIGACION PRELIMINAR: Debe ser adelantada por el profesor que tenga conocimiento de la falta y el coordinador de disciplina, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al conocimiento de los hechos, la acción se inicia con base en la queja recibida y las pruebas aportadas. Conocida la situación se establece si hay mérito para realizar una investigación o se archivara el caso, dejando evidencia escrita en el anecdotario 2.- FORMULACION DE CARGOS: informar al estudiante (s) implicado (s) los respectivos cargos, describiendo el hecho constitutivo de la falta disciplinaria con mayor claridad, señalando con exactitud las normas del Manual de Convivencia que han sido violadas (principio de legalidad), y clasificación de la falta de acuerdo al Manual de convivencia. 3- NOTIFICACION AL ESTUDIANTE (S): El profesor o coordinaran comunicaran por escrito al infractor el pliego de cargos anteriormente formulados para ello: a) Se debe de entregar copia al estudiante (s) de los cargos formulados y las pruebas en su contra, haciendo saber en el mismo escrito del tiempo que dispone para presentar sus descargos. b- Se tomará el respectivo recibí para adjuntarlo al anecdotario. c- Se hará saber que notificarse implica darse por enterado, mas no estar de acuerdo con los cargos señalados. d- Si el (los) estudiante (s) infractor (es) no se presenta (n) se publicará un escrito con los cargos formulados durante tres (3) días hábiles, en cartelera cerca de la oficina de coordinación, si no se presenta se notificará al PERSONERO ESTUDIANTIL quien actuará como defensor de oficio. e- VERSION LIBRE. El (los) estudiante (s) infractor (es), podrá rendir su versión de los hechos, durante la misma sesión se le hace saber de los beneficios (atenuación de la sanción) que obtendrá si confiesa su falta, o, suministra datos que ayuden a esclarecer los hechos. f- PRUEBAS. Se dará a conocer con la debida antelación la fecha y hora en que se celebrara la audiencia de pruebas, debe asistir acompañado por el padre de familia y el personero, si es mayor de edad por el personero. La investigación debe ser inobjetablemente imparcial. La audiencia es el espacio en el cual se realiza la pedagogía de los derechos humanos, para educar en el respeto y la tolerancia. g- FALLO: La sanción debe ser proporcional a los hechos que la motivaron. Es el rector en primera instancia o el Consejo directivo en única instancia el responsable de la sanción (Ley 115/94 art. 132- 144) ARTÌCULO 16º PROCEDIMIENTOS PARA LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS En armonía con los principios generales delineados en el presente Manual de Convivencia, toda falta amerita algún tipo de correctivo, la institución educativa entiende las sanciones desde su carácter preventivo y formativo, permitiéndoles a los estudiantes reflexionar sobre sus actos u omisiones, para crecer en su aspecto personal y social. Una de las metas de la Institución es lograr que sus estudiantes actúen por su propia convicción e identidad con la misma, sin embargo también se considera la corrección justa, adecuada a la edad, circunstancias y tiempo, como un medio para encauzar a quienes con sus comportamientos, atentan contra el bien personal y comunitario, yendo así en contra de la Filosofía formativa de la institución, previa advertencia. Como la Institución cuenta actualmente dentro de su planta física con un centro de CONCILIACION que brinda los espacios para el dialogo, la concertación y la solución de conflictos del diario vivir estudiantil, el proceso formativo que se llevará a cabo contempla: 1.- ESTRATEGIAS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO a. LA REFLEXIÓN PERSONAL “dialoguemos y Concertemos” Cuando el Estudiante incurre en algún Comportamiento de los indicados como faltas leves, el paso inicial es el “Diálogo” entre el Alumno y la “Autoridad” presente en dicho evento, dejando constancia escrita en el observador de esta reflexión. b. PRODUCCIÓN FORMATIVA “Me concientizo y socializo” Si persistiere el comportamiento inadecuado el Coordinador de disciplina asignará un trabajo especializado para ser mediado en la siguiente “Dirección de Curso”. (Para todos los casos, la reincidencia se da a las tres (3) veces. c. AMONESTACIÓN ESCRITA “Ante todo Escucho” Si el Estudiante continúa reincidiendo en los comportamientos inadecuados, el “Coordinador de disciplina”, apoyado en el “Seguimiento Comportamental” cursará la “Amonestación Escrita” citando a los Padres para informarlos de dicha situación. d. COMPROMISO INICIAL “Mis acciones me comprometen” Si el estudiante, inmerso en el Proceso Formativo, no modifica sus comportamientos, ya realizada la amonestación escrita, deberá comprometerse a cambiar sus actitudes en un documento escrito denominado “Compromiso Inicial” ante los padres de familia el coordinador y director de grado. e. COMPROMISO FINAL “Las oportunidades están dadas” Cuando el estudiante, no de cumplimiento a lo pactado en el “Compromiso Inicial”, se firmará frente a los Padres y Coordinador “Compromiso Final” con el cual se concede una última oportunidad para continuar en el la institución. Terminado el año lectivo, si aún no se observa el comportamiento esperado, el Estudiante en cuestión continuará en la institución el siguiente año pero con “Matricula en Observación” o definitivamente se le retirará su “Cupo Escolar”. Todas las instancias anteriores fundamentaran su acción en el dialogo. f. MATRICULA EN OBSERVACION “El Futuro nos exige más” Esta situación se da cuando el Estudiante no pudo interiorizar la formación perseguida en el anterior proceso y se decide darle continuidad en la institución a condición de mejorar en el año próximo, con la facultad del Plantel para cancelar el “Contrato de Matricula” en cualquier momento del año lectivo. Acción que será determinada por la “Asamblea General de Profesores y el Consejo directivo (integrado por el Rector, los Coordinadores) al incumplirse el “Compromiso Final” ofrecido al estudiante y al padre de familia y/o acudiente legal g.- SUSPENSIÓN DE CLASES: “La solución está muy cerca” Un estudiante podrá ser suspendido de clases por 24 horas o 3 días hábiles, asignàdole trabajo para desarrollar y sustentar dentro de la institución. Una vez finalizada ésta, debe presentar una reflexión personal sobre valores. La sanción será impuesta por el coordinador de disciplina, previa información al director de grupo y demás docentes, informando también al padre de familia o representante legal. En todos los casos o instancias debe quedar constancia escrita de lo actuado. h-. PÉRDIDA DEL CUPO “No se puede estar donde no se quiere” Contrariamente si el Estudiante no pudo cumplir el “Compromiso Final” y definitivamente no muestra una aceptación de la formación Ricautista , unida a un escaso rendimiento académico la Asamblea General de Profesores y el Consejo Directivo determinarán la “pérdida del cupo” para el año siguiente, acción que será notificada a los Padres con suficiente antelación. ( según sentencia T-037 de febrero 4 de 1-999) i.- CANCELACIÓN DE LA MATRÍCULA “Las condiciones están dadas en otro espacio”. La cancelación es una instancia extrema y se adopta cuando un estudiante se aparta del perfil establecido, provocando situaciones de conflicto como agresiones verbales o físicas, calumnia o injurias a otros, tanto en forma oral como a través de medios escritos, digitales o electrónicos (Blog, Foto Log, Emai, Chat y otros), publicados dentro o fuera de la institución; sean estos compañeros o funcionarios de la institución, con perjuicio a su honorabilidad, participar en riñas, porte de armas, tanto dentro como fuera de ella, destrucción de mobiliario, materiales, equipos, así como, agresiones, robos, hurtos, contra cualquier miembro de la comunidad educativa o pertenecientes al ámbito educacional y no se hayan cumplido las exigencias estipuladas en casos de Condicionalidad previos. La cancelación unilateral del “Contrato de Prestación de Servicios Educativos” por parte de la Institución y por ende la permanencia del estudiante en el mismo debe cumplir cuatro criterios generales: • Debe estar de acuerdo con la legalidad vigente (Manual de convivencia, normas y leyes) • Estar expresamente señalada su causal y condiciones en el Manual de convivencia, el que debe haber sido conocido y aceptado por la familia y/o acudiente legal firmar el contrato de matrícula de su hijo (a). • Basarse en razones fundadas, procedimientos transparentes y criterios no discriminatorios. • Haber sido informada con anticipación a la familia y el estudiante, en un procedimiento que les permitiera hacer descargos y con una instancia de apelación real al interior de la comunidad escolar. PARAGRAFO 1.- En la solución de conflictos estarán presentes los padres de familia del estudiante o acudientes legales y el personero estudiantil. 2.- Las causales que ocasionan pérdida de cupos, no serán afectadas por los fallos proferidos en acción de tutela, puesto que están consignadas en este Manual de Convivencia y son conocidas previamente ( Art. 17 y Art. 96 Decreto 1860/94, Art. 87 Ley 115/94) 3- El bien de la comunidad educativa o bien común prevalece sobre el interés privado o personal ( Art. 58 Constitución Nacional), 4.- En todos los casos o instancias debe quedar constancia escrita de lo actuado. la conciliación ARTICULO 17º DERECHO DE DEFENSA, RECURSOS Y PROCEDIMIENTOS RECURSOS: Son la posibilidad que el estudiante (s) pueda (n) controvertir, mediante los recursos pertinentes todas y cada una de las decisiones de las autoridades competentes. Los recursos en el caso de procedimientos disciplinarios suspenden la sanción hasta tanto no sean resueltos los recursos, es decir la sanción no puede aplicarse hasta tanto los recursos no sean resueltos .Los recursos serán los siguientes: a- RECURSO DE REPOSICION: La resolución rectoral que sanciona a un estudiante (s) puede ser apelada ante el Consejo Directivo. b- RECURSO DE APELACION: Se interpone ante el inmediato superior administrativo con el mismo propósito, se debe de hacer uso por escrito, dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación . CAPÌTULO IV DE LOS DOCENTES ARTÍCULO 18: DERECHOS DE LOS DOCENTES Los docentes son parte de la comunidad educativa, con un compromiso especial de colaborar con el estudiante, para que éste logre su autoformación mediante el ejercicio de prácticas pedagógicas, investigativas, tecnológicas y demás, acorde con las necesidades de su entorno. Por este compromiso los docentes tienen los siguientes derechos además de los establecidos en la ley. 1- Ser respetado en su persona y dignidad, ejercer su libertad de expresión y de cátedra de conformidad con los principios de la institución. 2- A hacer sugerencias, observaciones y exigencias que tengan que ver con el desarrollo pedagógico. 3- A elegir y ser elegido para los cargos instituidos en el gobierno escolar. 4- A presentar proyectos investigativos y propuestas encaminados al mejoramiento académico y/o humano de los estudiantes 5- A que se le hagan llamados de atención formales y respetuosos 6- A participar de las jornadas sindicales o programas de formación profesional, actualizaciones que ofrezca la institución y la secretaria de educación. 7-A ser atendido oportunamente por directivos y personal administrativo 8- A recibir información oportuna sobre actividades a realizar, ya sea verbal o por escrito. 9- A ser escuchado para que pueda expresar sus ideas y sugerencias cuando redunden en beneficio de la comunidad y/o presentar también descargos y pruebas. 10- Solicitar que se le concedan los permisos y licencias teniendo en cuenta la normatividad. 11-A recibir información y accesoria individual para superar las dificultades y corregir los desaciertos en los procesos pedagógicos 12- A ser evaluado con justicia y objetividad teniendo en cuenta las disposiciones legales vigentes y el Proyecto Educativo Institucional. ARTÍCULO 19: FUNCIONES Y/O DEBERES DE LOS DOCENTES: La resolución ·13342 de 1.982 Artículo 7ª contempla: les corresponde a los docentes proporcionar la orientación y guía e las actividades curriculares, para que los estudiantes logren los cambios de conducta propuestos, Son funciones d los profesores: 1- Observar una actitud de buen trato y respeto hacia todos los miembros de la comunidad educativa2- Participar activamente en la planeación, ejecución y evaluación del PEI y de todas las actividades que se programen en la respectiva jornada de trabajo. 3- Cumplir con los turnos de disciplina que le sean asignados. 4- Utilizar los recursos necesarios para desarrollar en los estudiantes sus potencialidades 5-Atender oportuna y respetuosamente a los estudiantes y padres de familia dentro del horario establecido por la institución para tal fin. 6-Preparar, planear dirigir y desarrollar personalmente la cátedra asignada. 7-Cumplir con los horarios establecidos por la institución para las actividades escolares sin prejuicio de la libre disposición del tiempo. 8-Utilizar correctamente el tiempo de la clase, y no dedicarlo a cosas ajenas a las actividades escolares y de formación. 9- Dar buen ejemplo a los estudiantes. 10- No ausentarse de clase sin motivo grave y sin el respectivo permiso de rectoría o de coordinación de disciplina. 11-Dar a conocer a sus estudiantes al iniciar el año el plan de área, así como al iniciar cada periodo los logros y los procesos de evaluación que se van a aplicar. 12-Asesorar de manera pedagógica y oportuna a los estudiantes en lo referente a aspectos académicos y de formación. 13-Entregar las valoraciones de los periodos en las fechas indicadas. 14- Tener en cuenta las estipulaciones del código de la infancia y la adolescencia en la interacciona con los estudiantes. 15-Entregar a los estudiantes oportunamente las evaluaciones y trabajos y darles a conocer los juicios de valor antes de ser registrados. 16- Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo. 17- Llevar el control de asistencia diaria, para realizar el seguimiento de cada estudiante, 18- Es responsabilidad del docente en horas de descanso cerrar el salón de clase para evitar robos e indisciplina 19- Organizar el cuadro de honor de los estudiantes ARTICULO 20: DEL PROFESOR DIRECTOR DE GRUPO La resolución · 13342 de 1.982 contempla en el parágrafo del articulo 7º las funciones del profesor encargado de la Dirección de Grupo. 1- Idear un programa de inducción, orientación y formación pedagógica para los estudiantes que le son confiados a su dirección. 2-Promover el análisis de situaciones conflictivas, orientando la toma de decisiones adecuadas 3-Establecer canales de comunicación permanentes con los profesores y padres de familia para coordinar los procesos de aprendizaje y de evaluación. 4-Asesorar orientar y apoyar a los representantes del grupo en las diferentes actividades a realizar. 5- Desarrollar actividades para lograr la integración y una sana convivencia 6.- Ejecutar acciones de carácter formativo, y hacer seguimiento de sus efectos en los estudiantes. ARTICULO 21: FUNCIONES DEL PROFESOR JEFE DE AREA Es el encargado de concienciar a cada uno de los profesores de la eficiencia del desarrollo de los procesos curriculares relativos con el área y depende del Coordinador Académico. Sus funciones son: 1- Coordinar y organizar las actividades del área. 2- Establecer canales y mecanismos de comunicación con el Coordinador Académico y las otras áreas. 3.- Buscar estrategias para que los docentes hagan más dinámico el desarrollo de sus clases. 4- Pertenecer al Consejo Académico y participar en forma activa en la toma de decisiones de este ente. 5- Servir como canal comunicador en la solución de problemas entre los integrantes del área y las directivas de la Institución. 6- Crear espacios para socializar experiencias positivas implementadas en el desarrollo de las diferentes asignaturas del área. 7- Entregar el plan de área en la semana de planeación institucional que se lleva a cabo al inicio del año escolar. ARTÌCULO 22: COORDINADOR ACADEMICO Dirige, apoya, orienta y supervisa la parte pedagógica, la distribución de la carga académica, planeación curricular, ejecución de programas, evaluación y promoción de estudiantes entre otros. ARTÌCULO 23: FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADEMICO. 1- Velar para que exista una unidad de criterios pedagógicos, definir directrices claras que permitan el logro de las metas a largo, mediano y corto plazo. 2- Organizar reuniones por áreas, distribuir actividades, fechas y responsables 3. Supervisar y asesorar periódicamente a los docentes en las acciones pedagógicas y curriculares verificando que estén acorde al grado y necesidades a través de la revisión de los documentos pertinentes. 4- Dirigir la evaluación de rendimiento académico a través de los informes de los directores de grado, con el fin de adelantar acciones para mejorarlo. 5-Establecer canales y mecanismos de comunicación para mejorar las relaciones interpersonales cuando se considere pertinente. 6- Presidir, previa delegación del rector, comisiones de evaluación y promoción las reuniones del consejo académico y 7- Presentar al rector las necesidades de tipo pedagógico y didáctico de la dependencia a su cargo. 8-.Fomentar la investigación científica para el logro de los propósitos educativos. 9- Orientar los proyectos pedagógicos a través de la realización de seminarios, talleres pedagógicos, capacitaciones de acuerdo a las necesidades. 10-Citar a los padres de familia y/o acudientes de los estudiantes que presenten problemas academices para encontrar alternativas de solución. 11- Dialogar con los estudiantes que presenten problemas académicos, para analizar causas y encontrar soluciones. ARTICULO 24: COORDINADOR DE DISCIPLINA Administrar, cumplir y hacer cumplir el Manual de Convivencia, sus funciones son. 1- Ser facilitador de la convivencia educativa creando estrategias que permitan que los estudiantes respondan por sus actos. 2- Suministrar a los padres de familia y/o acudientes los informes relacionados con el comportamiento social de sus hijos dentro de la institución 3- Autorizar la salida de los estudiantes en casos estrictamente necesarios y notificarlo a rectoría 4- Llevar el control de asistencia de los docentes e informar a rectoría 5- Controlar y vigilar no solo el aseo de la institución sino el personal y el buen porte del uniforme. 6- Establecer canales y mecanismos de comunicación con los padres de familia y/o acudientes para notificarles telefónicamente o por escrito la inasistencia, llegadas tarde reiteradas a la institución. 7-Responder por la disciplina de la jornada a su cargo 8- En caso de ausencia de un docente controlar y vigilar el grupo a cargo del profesor. CAPITULO V DEL GOBIERNO ESCOLAR Y OTROS ORGANISMOS DE PARTICIPACION ARTICULO 25: Generalidades. Las instituciones educativas darán cumplimiento con lo reglamentado en el artículo 68 de la Constitución política y en armonía con lo dispuesto en los inciso 2º y 3º del artículo 42 Ley de 1.994, en donde la comunidad educativa tendrá un gobierno escolar con la participación democrática y podrá anexar otros órganos si lo considera pertinente, teniendo como base el capítulo IV del decreto 1860 del 3 de agosto de 1.994. La participación de todos los estamentos de la comunidad educativa, tanto en la vida escolar como en la toma de decisiones de la institución, es condición básica para la creación del ambiente formativo que se busca, con base en este principio se organiza el Gobierno Escolar de la institución. ARTICULO 26: El Gobierno Escolar está compuesto de los siguientes estamentos: 1- Consejo Directivo 2.- Consejo Académico 3.- Rector. La función del Gobierno Escolar es la de asesorar al Rector en todo lo relativo al orden docente, investigativo, convivencial y administrativo. ARTICULO 27: CONSEJO DIRECTIVO Se define como el estamento directivo de participación de la comunidad educativa, que asesora, orienta y apoya todo lo pertinente al ambiente académico y la gestión administrativa de la Institución. ARTICULO 28: El consejo Directivo está integrado por: 1- El Rector de la institución quien convoca y preside 2- Un representante del sector productivo 3- Dos representantes de los docentes elegidos en asamblea de profesores 4- Dos representantes de los padres de familia elegidos según lo dispuesto en el decreto 1286 del 27 de abril de 2.005 5- Un representante de los estudiantes de ultimo grado, elegido por el Consejo de Estudiantes. 7- Un representante de los ex alumnos. Parágrafo 1º- A juicio del Consejo Directivo, asiste la Secretaria quien levantara actas de cada reunión. Parágrafo 2º: Los integrantes se eligen por un año lectivo. En caso de vacancia se procederá a elegir su reemplazo por el tiempo que falte para terminar el periodo. ARTÍCULO 29: FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO 1- Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución. 2- Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos, con los estudiantes de la institución, después de haber agotado los procedimientos previstos en el Manual de Convivencia. 3- Adoptar el Manual de Convivencia de la institución 4.- Asumir la defensa y los derechos de toda la comunidad educativa cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado. 5- Participar en la planeación y evaluación del PEI y, del plan de estudios. 6- Estimular y velar por el buen funcionamiento de la institución. 7- Establecer estímulos para el buen desempeño académico y social del estudiante 8- Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones. 9- Darse su propio reglamento ARTICULO 30: CONSEJO ACADEMICO El consejo académico estará integrado por: 1.- El Rector o su delegado, quien lo convoca y preside 2- Los directivos docentes (Coordinadores académico y de disciplina) 3- Jefes de área. 4- Un representante de preescolar 5.- Un docente representante de primaria por sede y Jornada ARTICULO 31: FUNCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO 1- Servir de órgano consultor del Consejo Directivo. 2.- Revisar el plan de estudios, propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo modificaciones, ajustes y orientar su ejecución. 3- Participar en la evaluación institucional 4- Preparar charlas con los estudiantes que van mal académicamente, en coordinación con el consejo de estudiantes, para motivarlos. 5- Todas las funciones que atañen a la buena marcha de la Institución educativa. 6- Darse su propio reglamento interno ARTICULO 32: EL RECTOR Es el representante legal de la institución ante las autoridades educativas, civiles, militares y eclesiásticas, además es el ejecutor de las decisiones administrativas y pedagógicas del gobierno escolar. ARTICULO 33: FUNCIONES DEL RECTOR 1- Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del Gobierno escolar. 2- Velar por el cumplimiento de las funciones de los docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para tal efecto. 3- Promover el proceso continuo de mejoramiento de calidad de la educación en la Institución 4- Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas y con la comunidad para el continuo progreso académico y mejoramiento de la vida comunitaria. 5- Establecer canales de comunicación con los diferentes estamentos de la comunidad educativa. 6- Orientar el proceso educativo con la asistencia del consejo académico 7- Identificar las nuevas tendencias aspiraciones e influencias para canalizarlas a favor del mejoramiento del PEI institucional 8- Vigilar la ejecución e las obras que se adelanten y las inversiones que se ejecuten. 9- Dirigir y participar en la ejecución del programa anual de evaluación institucional 10- Convocar y presidir las reuniones del Consejo Directivo y Académico 11- Autorizar gastos de acuerdo con el presupuesto y revisar las cuentas que presenta el contador público de la institución. 12- Presentar a la comunidad educativa un informe anual de su gestión. ARTICULO 34: ASAMBLEA GENERAL DE DOCENTES Es la unidad administrativa de consulta y asesorìa, que estudia, evalúa y orienta a las directivas de la institución, en la toma de decisiones. Está integrada por todos los profesores de la institución ARTICULO 35: FUNCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL DE DOCENTES. 1-Proponer alternativas de solución a los problema presentados institucional y elaborar los respectivos proyectos institucionales. en la evaluación 2- Implementar los proyectos pedagógicos y rendir informes de su ejecución cuando sean requeridos por las directivas de la institución. 3- Seleccionar los estudiantes que son acreedores a los estímulos otorgados por la institución. 4- Elegir lo docentes representantes al Consejo Directivo 5. Proponer al consejo académico las reformas o ajustes que se deban dar al plan de estudios 6- Participar activamente en la evaluación y ajustes del PEI. ARTICULO 36: CONSEJO DE ESTUDIANTES. Es el máximo órgano que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los estudiantes. Está integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos por la institución. Los docentes del área de sociales, deberán convocar en una fecha dentro de las cinco primeras semanas del calendario académico, sendas asambleas integradas por los estudiantes de cada grado, con el fin de elegir mediante votación secreta, un vocero estudiantil y un suplente para el año lectivo en curso. Los estudiantes de nivel preescolar y de los tres primeros grados de ciclo de primaria serán convocados a una asamblea para elegir un vocero único entre los estudiantes que cursan el grado tercero. ARTICULO 37: FUNCIONES DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES 1- Tener su propia organización interna, la cual debe de ser comunicada oportunamente al coordinador académico. 2- Elegir el representante de los estudiantes ante el consejo directivo y asesorarlo en el cumplimiento de su representación. 3- Ser multiplicador de las acciones, políticas y tareas impulsadas por el gobierno escolar 4- Revocar la elección del representante al consejo directivo cuando este infrinja normas de ética moral y responsabilidad en sus funciones, así como de rendimiento académico y disciplinario 5- Elegir un nuevo representante. 6- Buscar asesoría permanente por parte de los docentes del área de sociales. 7- Solicitar al personero estudiantil un informe periódico sobre su gestión. ARTICULO 38: SON CONDICIONES PARA SER VOCERO DE GRADO 1- Estar matriculado en la institución y pertenecer al grado que quiere representar 2- Haber aprobado el año anterior y no tener logros pendientes 3- No tener observaciones académicas ni comportamentales en el anecdotario 4- Tener antigüedad, mínimo de un año (1) en la institución 5- Gozar de buena imagen, conducta, responsabilidad y seriedad ante sus compañeros, profesores y directivos 6- Ser elegido democráticamente mediante voto secreto, previa postulación y presentación de propuestas que mejoren la vida estudiantil 7- Tener capacidad de liderazgo ARTICULO 39: FUNCIONES DEL VOCERO EN EL CONSEJO DE ESTUDIANTES 1- Servir e intermediario ante los directores de curso y profesores de las diferentes asignaturas ante cualquier situación que se presente ya sea académica o disciplinaria. 2- Promover acciones que conduzcan al cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes. 3- Conocer ampliamente el Manual de Convivencia 4- Servir de puente entre los integrantes del grado, el personero de los estudiantes, el comisario de familia cuando sean violados los derechos de los estudiantes. 5- Asistir a las asambleas del consejo estudiantil cuando sea citado. 6- Participar con voz y voto en la elección del representante de los estudiantes al consejo directivo 7-Constituirse en un líder positivo de la buena marcha académica y disciplinaria y promover los deberes y obligaciones de los estudiantes 8.- Mantener informados a los integrantes de su grado de las decisiones que tome el consejo estudiantil ARTICULO 40: PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES En todos los establecimientos de educación básica y media, y en cada año lectivo, los estudiantes elegirán a un estudiante de último grado, que ofrezca la institución, para que actúe como personero de los estudiantes y promotor de sus derechos y deberes (articulo 94 Ley 115/94). ARTICULO 41: CONDICIONES PARA SER CANDIDATO A PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES 1- Tener una antigüedad en la institución no menor a un año. 2- Estar cursando el grado 11º 3- No tener logros pendientes del año anterior 4- No presentar faltas disciplinarias 5- Presentar por escrito al menos cinco propuestas que vayan en bien de toda la comunidad ricaurtense 6- Ser modelo de superación, responsabilidad y liderazgo ante sus compañeros 7- Presentar el formato de inscripción debidamente diligenciado 42: FUNCIONES DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES 1- Promover el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes 2- Recibir y valuar la quejas y reclamos que presenten sus compañeros, cuando crean que e les ha vulnerado sus derechos 3- Oír y evaluar los reclamos que presente cualquier miembro de la comunidad educativa, sobre el cumplimiento de las obligaciones de los estudiantes. 4- Presentar al Rector las iniciativas que faciliten el cumplimiento de las obligaciones de los estudiantes 5-Presentar al rector solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes6- Cuando lo considere necesario apelar ante el consejo directivo las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio. 7- Conocer y difundir el estudio y análisis del Manual de Convencía 8- Asistir por derecho propio a las reuniones de los consejos directivos con el fin de velar para que no se violen los derechos de los estudiantes. 9.- El personero estudiantil actuara como defensor de oficio de los estudiantes cuando se crea pertinente 10- Presentar informes periódicos de su gestión al consejo de estudiantes. ARTICULO 43: SUSPENSION DE FUNCIONES. La investidura como representante de los estudiantes ante los diferentes estamentos del Gobierno escolar se perderá por el incumplimiento de los requisitos exigidos , los cuales le facultaron para ejercer el cargo . Por lo tanto si falla en alguno de ellos dejara sus funciones y se procederá a la elección de un nuevo representante. ARTICULO 44: EL COMISARIO DE FAMILIA. Es el niño (a) que se elige por voto popular desde preescolar hasta décimo grado, para que sea vocero ante las directivas de la institución y Comisaría de Famiia, con el fin de incrementar los valores y la sana convivencia. Es además una representación legal establecida por acuerdo del Concejo Municipal para ejercer una veeduría en comunidad educativa Acuerdo ( 049 de 2.001 y 011 de 2.002) ARTICULO 45: REQUISITOS PARA SER CANDIDATO A COMISARIO DE FAMILIA ESCOLAR. 1- Estar cursando entre 4º y 10º grado y tener una antigüedad mínima de dos años en la institución. 2- Ser excelente en todos los aspectos de la formación 3- Tener capacidad de liderazgo y comunicación entre los niños. 4- Presentar propuestas para lograr un incremento de los valores y una sana convivencia de la comunidad educativa infantil. Parágrafo: El proceso de elección se hará con las mismas características que en este manual se contempla para personero. ARTICULO 46: CONTRALOR ESTUDIANTIL Establézcanse las Contralorías Estudiantiles en todas las Instituciones Educativas como organismo pedagógico en el ejercicio del control fiscal, que estimule la cultura del control social, tendrán como propósito generar una cultura del control y del cuidado de lo público, que contribuyan a la creación de un nuevo concepto cultural participativo, en donde los estudiantes actúen como defensores de los recursos públicos, y entiendan la importancia de su cuidado, del sentido de pertenencia y respeto hacia los mismos. ARTICULO 48: REQUISITOS PARA SER CONTRALOR ESTUDIANTIL 1- . Será un estudiante matriculado en el colegio, que curse entre los grados sexto a décimo según lo ofrezca la institución, 2- Es requisito para ser candidato a Contralor Estudiantil presentar el Plan de Actividades. Parágrafo. El ejercicio del cargo de Contralor Estudiantil, es incompatible con el de Personero Estudiantil y con el de representante de los Estudiantes ante el Consejo Directivo. Artículo 49: FUNCIONES. La Contraloría Estudiantil y particularmente el Contralor Estudiantil, tendrá las siguientes funciones y atribuciones: 1- Contribuir en la creación de una cultura del control social, del cuidado, buen uso y manejo de los recursos y bienes públicos del colegio, a través de actividades formativas y/o lúdicas, con el apoyo de la institución. 2- Promover los derechos ciudadanos relacionados con los principios de participación ciudadana y el ejercicio del control social en su institución, 3- Trabajar por la defensa del patrimonio ambiental de la institución 4- Velar por el mejoramiento de la calidad de la educación. 5- Participar en las reuniones de Contralores Estudiantiles, promovidas por la Secretaria de educación. 6- Convocar trimestralmente y presidir las reuniones del Comité Estudiantil de Control Social. ARTICULO 50: ELECCIÓN DEL CONTRALOR ESTUDIANTIL. El Contralor será elegido por un período fijo de un año, elecciones que se realizarán el mismo día de la elección del personero mediante voto universal y secreto. ARTICULO 51: MARCO OPERATIVO PARA LA ORGANIZACIÓN Y ELECCION DEL GOBIERNO ESCOLAR La organización y la elección del Gobierno Escolar debe hacerse dentro de las cinco (5) primeras semanas a partir del día siguiente de iniciación de clases. Para tal fin, el área de Ciencias Sociales será la responsable de liderar esta actividad; establecer un cronograma y coordinar las actividades respectivas involucrando a todos los estamentos de la comunidad educativa. ARTICULO 51: CONSEJO ELECTORAL. Estará integrado por: 1-Coordinador académico y coordinador de disciplina 2-Un representante del área de Ciencias Sociales 3- Dos representantes del consejo de estudiantes 4- Un representante del consejo académico 5- Un representante de los padres de familia ARTICULO 52: FUNCIONES DEL CONSEJO ELECTORAL 1- Diseñar y elaborar las actas y formatos de inscripción de los candidatos 2- Establecer el horario y el lugar para las inscripciones de los candidatos. 3- Coordinar los debates de los candidatos 4- Verificar los requisitos exigidos a los diferentes candidatos en el tiempo dispuesto para tal fin 5- Diseñar el tarjetón y preparar las urnas para las elecciones. 6- Abrir y cerrar las inscripciones y votaciones 7- Nombrar los jurados de votación 8- Dar mediante actas los resultados del escrutinio de los votos obtenidos por cada candidato en las respectivas sedes y jornadas oficializando los respectivos ganadores CAPITULO VI DE LOS PADRES DE FAMILIA El padre de familia ricaurtense debe ser siempre una persona de calidad humana en todos los aspectos de su vida, y cumplir con el deber de ser coeducador de su hijo (a), es decir estar comprometido con la educación integral, permitiéndoles y facilitándoles la toma de decisiones en forma responsable y constructiva, tener claro el principio de autoridad, fundamentado en el dialogo permanente, fomentando a través del ejemplo la formación de valores, participando y apoyando las diferentes actividades programadas por la institución en beneficio de la misma. ARTICULO 53: DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA 1- Acatar y cumplir con todas las disposiciones que contiene el compromiso de matricula, además de las normas contempladas en el Manual de Convivencia, las que reglamentan la educación como la Ley 115/94, el decreto reglamentario 1860/94 y las que dicte el Ministerio de Educación Nacional. 2- Dotar a sus hijos (as) de los implementos necesarios para el optimo desarrollo y aprovechamiento estudiantil, 3- Controlar y revisar oportunamente en casa el desarrollo académico de sus hijos (as) y recurrir a la institución en busca de información cuando sea pertinente. 4- Orientar a sus hijos (as) en aspectos morales y sociales propiciándoles un ambiente de comprensión y respeto por los demás y por si mismo, corrigiéndolo en forma oportuna y adecuada. 5- Ser los primeros responsables de la formación y comportamiento de sus hijos (as) dentro y fuera de la institución, respondiendo por los daños que causen a la misma, a los compañeros, docentes y demás miembros de la comunidad educativa tanto en su integridad personal como en sus bienes materiales. 6- Atender las citaciones de la institución cuando esta lo requiera, firmarlas y devolverlas cuando sean por escrito. 7- Inculcar hábitos de aseo, y no permitir que sus hijos (as) traigan elementos diferentes a los útiles escolares, pues la institución no responde por la perdida de los mimo ni de los objetos de valor . 8- Acercarse a dialogar con los profesores para aclarar dudas, informarse sobre el desempeño académico o de convivencia, o para buscar estrategias que permitan resolver las dificultades que se presenten en el proceso formativo, respetando los horarios previamente establecidos. 9- Fomentar y apoyar a sus hijos (as) en la participación de actividades culturales, artísticas y deportivas que ayuden a su formación integral10- Velar y controlar la permanente asistencia de sus hijos (as), a la institución, así como la llegada a casa. 11- Estar atentos a recibir de manera puntual a los niños (as) de preescolar y primaria al terminar la jornada escolar. 12- Cancelar oportunamente los compromisos económicos institución dentro de los plazos señalados y acordados. que adquieren con la 13- Participar en os diferentes órganos del Gobierno Escolar como Asociación de Padres de Familia, Consejo Directivo, Consejo de Padres y en los diferentes comités de apoyo para velar por la adecuada prestación del servicio educativo y mejoramiento del mismo. 14- El padre de familia y/o acudiente está en el deber de acatar las decisiones que adopten las autoridades de la Institución para conservar el orden, la disciplina, mejorar la calidad educativa y procurar la buena marcha de la misma. 15- Conocer la clase de educación que se esta impartiendo en la Institución. 16- Tener claro el principio de autoridad fundamentada en el dialogo permanente, como responsable de la educación de sus hijos (as). 17- Cumplir con lo establecido en el Manual de Convivencia y demás normas que reglamentan la educación Parágrafo 1º Es de carácter obligatorio asistir puntualmente a las citaciones y reuniones convocadas por las institución, cuando éste llamado no es atendido, se remitirá el informe a la Comisaría de Familia más cercana para que apliquen las sanciones contempladas en el Código de la Infancia y la adolescencia. ARTÍCULO 54: DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA: Los padres de familia en unión con los directivos, docentes y os mismos estudiantes, son irreemplazables en el proceso de formación, atención, colaboración, apoyo, control y corrección, por lo cual adquieren unos derechos y unos deberes. 1- Ser respetados en su persona y dignidad por todos los miembros de la comunidad educativa. 2- Recibir oportunamente las citaciones, circulares e informes académicos y disciplinarios. Al iniciar el año lectivo los coordinares fijaran en un lugar visible el horario de atención. 3- Solicitar explicaciones claras y precisas sobre el comportamiento académico y disciplinario de sus hijos (as). 4- Solicitar y obtener certificados y constancias conforme a las normas vigentes y previa cancelación 5- Elegir y ser elegidos en igualdad de condiciones a los diferentes órganos de participación del Gobierno escolar. 6- Recibir un ejemplar del Manual e Convivencia CAPITULO VII DE LA ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA Para todos los efectos legales, la asociación del padres de familia es una entidad jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, que se constituye por la decisión libre y voluntaria de los padres de familia y /o acudientes legales de los estudiantes matriculados en la Institución. Sólo existirá una asociación de padres de familia y el procedimiento para su constitución está previsto en el artículo 40 del decreto 2150 de 1.995. ARTÍCULO 55: FINALIDAD DE LA ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA. 1- Apoyar la ejecución y cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional y su continuo mejoramiento. 2- Promover la constricción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa 3- Promover los procesos de formación y actualización de los padres de familia para cumplir adecuadamente la tarea educativa que les corresponde. 3- Promover entre los padres de familia una cultura de convivencia, solución pacifica de los conflictos y compromiso con la legalidad. 4- Fortalecer a partir de la correcta educación familiar los valores y contribuir al buen desempeño académico y disciplinario de sus hijos (as), estableciendo verdaderos lazos de comprensión y cooperación con la institución 5- Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos y propiciar acciones tendientes al mejoramiento de la formación integral de sus hijos (as). ARTICULO 56: GOBIERNO DE LA ASOCIACION El gobierno de la asociación de Padres de Familia lo constituyen: 1- La Asamblea General de Delegados: elegidos en cada uno de los grados (2) principal y suplente 2- La Junta Directiva nombrada por la Asamblea General de Delegados, es la encargada de elegir los representantes; al Consejo Directivo (1) y al Consejo de Padres de familia (1). 3- El Consejo de Padres, es nombrado por la Asamblea General de Delegados, asegura la continua participación de los padres y /o acudientes en el proceso educativo, estará integrado por: Representantes de preescolar dos (2), representantes de primaria por sedes dos (2), representantes de secundaria dos (2). Este Consejo estará coordinado por el Vicepresidente de la Junta Directiva. ARTICULO 58: CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA. Es un órgano de participación de los padres de familia destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo y elevar los resultados de la calidad del servicio. Está integrado por un mínimo uno (1) y un máximo tres (3) padres de familia por cada uno de los grados que ofrezca la institución Durante el transcurso del primer mes del año escolar contado desde la fecha de iniciación de la actividad académica, el rector de la institución convocara a los padres de familia para que elijan a sus representantes en el Consejo de Padres de Familia. La conformación del Consejo de adres de familia es obligatoria (decreto 1286 de 2.005) ARTICULO 59: FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA. 1- Participar conjuntamente con la directiva de la asociación de padres de familia, en las diferentes etapas del proceso de diseño, ejecución y evaluación del PEI. 2- Evaluar las debilidades, fortalezas, oportunidades y amenazas de la Institución y colaborar en la construcción de proyectos que mejoren la calidad del servicio prestado. 3- Coordinar y apoyar los esfuerzos y actividades de los diferentes grupos de estudiantes y padres de familia 4- Analizar el rendimiento académico y proponer soluciones al cuerpo de docentes y directivos 5- Brindar información exacta a los padres de familia en reuniones en cada grado sobre las decisiones que se someten y aprueban en el consejo de padres de familia. 6- Presentar a la junta directiva de la asociación propuestas de innovación curricular que puedan ser incluidas en el PEI.
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