FATCA Intercambio de Información

FATCA
Intercambio de Información
Enrique Hernández Pulido, Esq.
Procopio, Cory, Hargreaves & Savitch LLP
29 de octubre de 2015
AGENDA
A. FATCA (Foreign Account Tax Compliance Act)
1. Antecedentes
2. Funcionamiento General de Reglas FATCA
3. Acuerdos Intergubernamentales (IGAs)
B. Clasificación de Entidades Bajo FATCA y Formas FATCA
1. Formas
2. FATCA y Clasificación de Entidades
C.
Efectos de FATCA en el Mundo
1. Antecedentes
2. Estándar para el Intercambio Automático de Información
Financiera en Materia Fiscal (Common Reporting Standard)
A. FATCA
(Foreign Account Tax
Compliance Act)
Video introductorio
Antecedentes
México
- Acuerdo sobre Intercambio de Información Tributaria con EUA
-Convenio entre México y EUA para evitar la doble imposición
-Cláusula de intercambio de información
--TIEA, Protocolo en el ‘96
-México se adhirió a la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua
en Materia Fiscal de la OCDE
-Estándares de transparencia OCDE
Antecedentes
Estados Unidos
- UBS
- FATCA – Promulgada en el 2010
- Nuevo Capítulo 4 (secciones 1471 a la 1474) al Código de Rentas
Internas de los EUA
-Divide a entidades extranjeras en FFIs o NFFEs
Mecánica Operativa General de las Reglas FATCA
Aspectos Fiscales Básicos de los EUA – Concepto de Residencia Fiscal EUA
Residencia Fiscal del Impuesto Sobre la Renta
- Ciudadanía
- Residente legal permanente (“Green card”)
-Prueba objetiva de días de presencia substancial
Año
2015
2014
2013
Días en los EUA
Factor Aplicable
156
1
1/3
1/6
-
Días en los EUA para la
“prueba de presencia
substancial”
156
52
26
Días totales: 234 (más de 183)
Año actual (2015): 156 (mas de 31)
Excepciones - (i) Excepción de conexión más cercana (ii) Posición bajo
el Tratado; (iii) Elección para ser considerado residente fiscal en EU
Mecánica Operativa General de las Reglas FATCA
Aspectos Fiscales Básicos de los EUA – Concepto de Residencia Fiscal EUA
Régimen Fiscal para Residentes y No Residentes
de Impuesto Sobre la Renta
- Residentes
- Ingresos mundiales
- 39.6% ingreso ordinario
- 20% ganancias de capital
- +3.8 Ingresos Pasivos
Mecánica Operativa General de las Reglas FATCA
Aspectos Fiscales Básicos de los EUA – Concepto de Residencia Fiscal EUA
Régimen Fiscal para Residentes y No Residentes de
Impuesto Sobre la Renta
- No Residentes
- Fuente de riqueza en EU o US trade or business
with effectively connected income (similar a un
establecimiento permanente)
- 39.6% neto ingresos activos
- 30% bruto ingresos pasivos (retención)
-20% ganancias de capital de bienes en EU
- Régimen particular en caso de inmuebles
(FIRPTA)
Mecánica Operativa General de las Reglas FATCA
Aspectos Fiscales Básicos de los EUA – Concepto de Residencia Fiscal EUA
Exenciones principales para Ingresos de No Residentes
Intereses de Inversiones de “Portfolio”
– Bonos del Tesoro, bonos negociados en Mercados de valores,
instrumentos privados de deuda
Intereses sobre Depósitos Bancarios
– Depósitos ordinarios con instituciones bancarias
Ganancias de Capital (no derivadas de inmuebles)
– No atribuidas (effectively connected) a una actividad empresarial o
comercial
Mecánica Operativa General de las Reglas FATCA
Aspectos Fiscales Básicos de los EUA – Concepto de Residencia Fiscal EUA
• Desempate de Residencia
– Art. 4 de Tratado Fiscal EUA – México
•No aplica a Ciudadanos de los EUA – Art. 1, 3.
del Tratado
•Criterios
–Casa habitación
–Centro vital de intereses
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Aspectos Fiscales Básicos de los EUA – Concepto de Residencia Fiscal EUA
• Desempate de Residencia
– Conexión mas cercana.
–Concepto similar al de “centro vital de
intereses”
–No aplica:
» si en el año en cuestión se tuvo
presencia física en los EUA por 183 +
días.
» Green Cards
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Aspectos Fiscales Básicos de los EUA – Concepto de Residencia Fiscal EUA
• Escenarios típicos de residencia fiscal en los EUA:
– Mexicano / Residente en EUA = Residente Fiscal EUA- Posible
desempate.
– Mexicano / Green Card viviendo en México = Residente de
México y de EUA, posible desempate por Tratado – potencial
perdida de GC.
– Mexicano / Ciudadano de los EUA viviendo en los EUA =
Residente Fiscal EUA.
– Mexicano / Ciudadano de los EUA viviendo en México =
Residente fiscal México y residente fiscal EUA.
Mecánica Operativa General de las Reglas FATCA
Aspectos Fiscales Básicos de los EUA – Chapter 3, y Tratados Fiscales
frente a FATCA
Chapter 3 - Extranjeros con ingresos de Fuente
de Riqueza en los EUA.
FDAP
periodic.
fixed,
determinable,
annual,
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Aspectos Fiscales Básicos de los EUA – Chapter 3
Intereses – Pagados por una obligación de una Persona de los EU
Dividendos – Pagados por corporaciones de los EU
Servicios Personales – Servicios prestados en los EU
- Exención: 90 días/USD $3,000/para un extranjero sin USTOB
Rentas/Regalías – Bienes ubicados o utilizados en los EU
Bienes Inmuebles – Inmuebles ubicados en los EU
- Incluye corporaciones de los EU con inmuebles
Ventas – Lugar de residencia del vendedor
- Excepción: inventario, oficinas, propiedad manufacturada,
Mecánica Operativa General de las Reglas FATCA
Aspectos Fiscales Básicos de los EUA – Chapter 3
En qué casos los extranjeros están sujetos al ISR:
1.
Corporación extranjera o ENR sin un USTOB:
A) Ingresos de fuentes de E.U.
* Sujetos a retención del 30% sobre el ingreso bruto (Posiblemente tasa
menor conforme al Tratado).
2.
Corporación extranjera o ENR con un USTOB:
A) Ingresos brutos que no estén “efectivamente conectados” con un lugar de
negocios fijo en E.U.
* Sujetos a retención del 30% sobre el ingreso bruto (Posiblemente tasa menor
conforme al Tratado).
B) Ingresos gravables que estén “efectivamente conectados” con un lugar de
negocios fijo en E.U.
* Sujetos a tasas corporativas y de personas físicas del ISR.
Mecánica Operativa General de las Reglas FATCA
Aspectos Fiscales Básicos de los EUA – Chapter 3
Factores para determinar si ingresos FDAP, ganancias de capital, están
“efectivamente conectados”.
-
Ingresos de activos utilizados en un USTOB; o
-
Las actividades del USTOB fueron un factor “material” para obtener los
ingresos.
-
Ingresos de fuentes de E.U. atribuibles a un lugar fijo de negocios de E.U.
-
Ingresos de fuentes extranjeras atribuibles a un lugar fijo de negocios en
E.U.) (ventas de bienes muebles, inventario atribuible a oficina o lugar de
negocios en E.U.; excepciones).
Mecánica Operativa General de las Reglas FATCA
-
FATCA agrupa todas las entidades, sociedades, fideicomisos,
organizaciones y personas morales en general no de los EUA en :
1) FFIs –Foreign Financial Institution o Institucion Financiera Extranjera
(respecto de EUA), o;
2) NFFEs.- Non-Financial Foreign Entity o Entidad Extranjera no
Financiera.
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FFIs
-
El IRC define FFI como una entidad financiera extranjera que :
1) que acepte depósitos en el marco de sus operaciones cotidianas
funcionando como banco o similar;
2) que mantiene activos financieros por cuenta de otros como parte
substancial de sus actividades de negocios; o
3) entidades cuyas actividades principales de negocio (o si así se
presentan ante terceros) incluyen entre otros, la inversión,
reinversión o comercio de valores, commodities, participaciones
en sociedades, futuros, opciones y otros derivados (o una entidad
que sea administrada por este tipo de entidad).
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FFIs
-
30% de retención a “pagos sujetos a retención.”:
- cualquier pago de intereses , dividendos, rentas, sueldos, salarios,
anualidades o
pagos
vitalicios,
primas, compensaciones,
remuneraciones, emolumentos y otros tipos de ganancias,
utilidades
e ingreso preestablecido o determinable, anual o
periódico
(ingresos FDAP ) si dichos pagos son de fuente de los
EUA; y
- montos brutos derivados de la venta o enajenación) de
cualquier
tipo de propiedad que por su tipo pueda producir
interés
o
dividendos de fuentes de los EUA.
-
Esta retención se deberá enterar por el agente retenedor (withholding
agent) o intermediario mediante la forma 1042 (Form 1042 – Annual
Withholding Tax Return for U.S. Source Income of Foreign Persons).
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NFFEs
-
Las NFFE se definen por FATCA como cualquier entidad extranjera que
no sea una FFI.
-
La retención del 30% les aplica a las NFFE de la misma manera que a
las FFIs (Es decir, a todos los “pagos sujetos de retención” que se les
haga a una NFFE).
-
Sin embargo, FATCA le permite a las NFFE una manera mas simple de
evitarse la retención del 30%, al otorgarles la ventaja de poder
reportarle la información respecto de sus “dueños sustanciales de los
EUA” (substantial U.S. owners) al agente retenedor, en lugar de al IRS
Mecánica Operativa General de las Reglas FATCA
NFFEs
-Ejemplo: venta de las acciones de una corporación privada de los EUA,
subsidiaria de una corporación extranjera. Esta transacción estaría
normalmente exenta de impuesto en los EUA. Sin embargo, ahora la
transacción estará expuesta a las disposiciones de FATCA y el comprador
estará obligado a retener un 30% del valor bruto de la operación (aún y
cuando el vendedor extranjero no obtenga una ganancia por la
transacción).
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Convenio FATCA
-
La piedra angular para el cumplimiento con FATCA por parte de las
FFIs es el acuerdo de formular reportes de información que debe
celebrarse con el IRS (es decir, el Convenio).
-
Alternativamente, una FFI puede optar por sujetarse a las mismas
obligaciones a las que está sujeta una institución financiera doméstica
y que se le conoce como el “Sistema de Reporte Forma 1099”. Esta
opción debe de estar contenida en un Convenio.
Mecánica Operativa General de las Reglas FATCA
Convenio FATCA
Una FFI que celebre un Convenio deberá estar sujeta a las siguientes
obligaciones de reporte y de retención:
1)Obtener la información que sea necesaria de cada uno de sus cuentas y
cuentahabientes para determinar si se trata de “Cuentas de los EUA” (i.e.,
propiedad de residentes fiscales de los EUA) - saldo mayor al equivalente
a USD $50,000.
- nombre, domicilio, TIN de cada cuenta habiente que sea
residente fiscal de los EUA, y cunetas de una entidad
extranjera que tenga dueños de los EUA (10% o mas);
- # de cuenta, balances y valores de la cuenta, y cargos y
abonos a la cuenta.
2) Cumplir con los procesos de identificación y verificación
3) Llevar a cabo reportes anuales de Cuentas de los EUA;
Mecánica Operativa General de las Reglas FATCA
Convenio FATCA
4) Retener y enterar un impuesto equivalente al 30% de cualquier pago
que se haga por su conducto a un cuentahabiente “recalcitrante” (i.e. que
no ha proporcionado información para determinar si se trata o no de un
residente fiscal de los EUA);
5) Cumplir con requerimientos que le haga el gobierno de los EUA en
relación a Cuentas de los EUA; y
6) En el caso de que una ley extranjera no permita cumplir con las
obligaciones de entrega de la información correspondiente al gobierno de
los EUA (e.g., leyes de secrecía bancaria o fiduciaria), obtener un
consentimiento de cada cuentahabiente y en el caso de un
cuentahabiente que no otorgue su consentimiento (en un tiempo
razonable), cerrar la cuenta del mismo.
Mecánica Operativa General de las Reglas FATCA
Convenio FATCA
Modificaciones mayores a los sistemas internos de los bancos y
proveedores de servicios financieros.
Los bancos que prevean servicios a un gran número de cuentahabientes
tendrán que invertir montos significativos de recursos económicos con el
fin de contactar a sus clientes e identificar las cuentas de los EUA, y
renovar sistemas computacionales para facilitar los requerimientos de
reporte anuales de FATCA en relación con cuentas de los EUA.
Mecánica Operativa General de las Reglas FATCA
Convenio FATCA
Mecánica Operativa General de las Reglas FATCA
Convenio FATCA
Mecánica Operativa General de las Reglas FATCA
Tratados Fiscales Frente a FATCA
El régimen de retención contenido en el Capítulo 3 del IRC continuará
aplicando (incluyendo a ingresos que normalmente están sujetos a una
retención del 30% que puede ser reducida por la aplicación de un Tratado
Fiscal).
Sin embargo la aplicación de FATCA evitará que se puedan aprovechar
los beneficios de un Tratado Fiscal aplicable para poder reducir la tasa
general de retención en el caso de pagos a FFI y a NFFE que sean
sujetos de FATCA.
En estos casos, existe la posibilidad de aplicar los beneficios del Tratado
correspondiente mediante una solicitud de devolución de impuestos
(proceso por separado e independiente, no obstante la retencion que se
haya realizado).
Mecánica Operativa General de las Reglas FATCA
Tratados Fiscales Frente a FATCA
IRS
Pagos brutos sujetos a una retención del 30%
Pagos de Interés
Dividendos
EUA
Inversionista de los EUA o foráneo
$
FFI o NFFE*
Cantidad bruta (inclusive si hay una pérdida)
Préstamos hechos a residentes de los EUA
Inversiones en acciones de compañías de los EUA
Venta de acciones / valores de los EUA
Préstamos hechos a residentes en el extranjero
Inversiones en acciones de compañías extranjeras
Ventas de acciones / valores del extranjero
Fuente de riqueza de los EUA
$
*Que no cumpla con FATCA ni haya celebrado un Convenio
País
Extranjero
Pagos de Interés
Dividendos
Cantidad pagada
Fuente de riqueza del extranjero
Dependiendo del país, los pagos brutos o ingresos estarán sujetos a: a) una tasa preferencial de un tratado; 2) exención, o 3) retención sobre la ganancia.
.
Acuerdos Intergubernamentales (IGAs)
Modelo 1 vs. Modelo 2
Los EUA y gobiernos extranjeros pueden celebrar Acuerdos
Intergubernamentales (Intergovernmental Agreements, o “IGAs”) que
faciliten la implementación de FATCA y reducir los costos y barreras que
pueda implicar para las FFIs el cumplimiento con FATCA.
Existen dos tipos de IGAs: El “Modelo 1” en donde la FFI en la jurisdicción
correspondiente se allega de información de conformidad con las reglas
que se adopten por ésta jurisdicción, y reporta la información recaudada a
la autoridad fiscal de esa jurisdicción, en lugar de reportársela al IRS
directamente; y el “Modelo 2”, que requieren el reporte directo al IRS, pero
de una forma más “modificada” bajo las regulaciones finales de FATCA.
Ambos Modelos contienen un “Anexo II” en donde se enumeran
instituciones en la jurisdicción participante que se considerarán como
beneficiarios últimos exentos o FFIs en cumplimiento de FATCA (deemed
compliant).
Acuerdos Intergubernamentales (IGAs)
Modelo 1 vs. Modelo 2
Actualmente, los EUA ha celebrado más de 100 IGAs con los siguientes
países:
Modelo 1: incluyendo Brasil, Canadá, Francia, Alemania, México.
Modelo 2: Austria, Bermuda, Chile, Hong Kong, Japón, Moldova, Suiza
Los EUA se encuentra negociando con más de 36 países diferentes la
firma de IGA adicionales.
http://www.treasury.gov/resource-center/tax-policy/treaties/Pages/FATCAArchive.aspx
Acuerdos Intergubernamentales (IGAs)
Modelo 1 vs. Modelo 2
*Treasury Department; Wikipedia
Acuerdos Intergubernamentales (IGAs)
IGA México - EUA
La SHCPy el IRS firmaron el Acuerdo Interinstitucional para Mejorar el
Cumplimiento Fiscal Internacional con relación al FATCA (el “Acuerdo”).
El Acuerdo se firmó por parte del entonces Subsecretario de Ingresos,
José Antonio González Anaya.
El Acuerdo es un IGA Modelo 1; es decir, una FFI de México (Banamex,
por ejemplo) recaudará la información bajo el Acuerdo, y reportará esta
información a la SCHP, quien a su vez la reportará al IRS. Bajo el
Acuerdo, las partes deciden intercambiar información para cumplir los
objetivos de FATCA, simplificando de esta manera los términos amplios de
FATCA.
Acuerdos Intergubernamentales (IGAs)
IGA México - EUA
Bajo el Acuerdo, una FFI mexicana necesitará registrarse en el portal del
IRS y obtener su Número De Identificación de Intermediario Global (Global
Intermediary Identification Number, o “GIIN”). El GIIN es un número de
identificación fiscal único que identificará a las FFIs que decidan participar
directamente con el IRS o a través de un IGA.
Por otro lado, bajo el “Anexo II” del Acuerdo firmado entre México y los
EUA, un fideicomiso que tenga dentro de su patrimonio bienes raíces
exclusivamente, se considera un en cumplimiento de FATCA (deemed
compliant).
Acuerdos Intergubernamentales (IGAs)
IGA México - EUA
No obstante lo anterior, las obligaciones de México y los EUA bajo el
Acuerdo son desproporcionales.
En los siguientes cuadros se hace un breve estudio comparativo de las
obligaciones para México y los EUA en términos del Acuerdo.
Acuerdos Intergubernamentales (IGAs)
IGA México - EUA
Obligaciones para México
De cada “Cuenta Reportable” de los EUA, la entidad financiera
Mexicana deberá obtener e intercambiar la siguiente información:
1.nombre, dirección, TIN* de cada persona de los EUA;
2.número de cuenta o equivalente;
3.número de identificación de la entidad financiera Mexicana;
Obligaciones para EUA
De cada “Cuenta Reportable” de México, la entidad financiera
de los EUA deberá obtener e intercambiar la siguiente
información:
1.nombre, dirección, y TIN* Mexicano de cada residente de
México en la cuenta;
2.número de cuenta o equivalente;
4.saldo mensual promedio;
3.número de identificación de la entidad financiera de los EUA;
5.respecto a “cuentas de custodia”, cantidades brutas de ingresos
por intereses, dividendos, otros ingresos, y por la venta de
propiedades;
4.cantidad bruta de intereses pagados en una “cuenta de
depósito”;
6.respecto a “cuentas de depósito”, cantidades brutas de intereses
pagados; y
5.cantidad bruta de dividendos con fuente de los EUA pagados
a la cuenta; y
6.cantidad bruta de cualquier otro pago de fuente de los EUA
7.en el caso de una cuenta que no se haya descrito anteriormente, la sujeto de reporte bajo el capítulo 4.
cantidad bruta de pagos que haya hecho al cuentahabiente la entidad
financiera Mexicana.
Cobertura mas amplia (ver arriba)
No se incluyen a los Intereses de Portafolio (Portfolio Interest)
como pago de fuente de los EUA sujeto de reporte bajo el
capítulo 3 si derivan de obligaciones registradas “originales”
(original issue).
Acuerdos Intergubernamentales (IGAs)
IGA México - EUA
Obligaciones para México
Obligaciones para EUA
No habrá retención bajo FATCA si la entidad financiera Mexicana:
1.cumple con las obligaciones de reporte mencionadas anteriormente;
2.en el 2015 y 2016, le reporta a la SHCP el nombre de cada entidad
financiera Mexicana no participante a la cual le haya hecho pagos;
3.cumple con las obligaciones de registro de FATCA;
4.si es (i) un intermediario calificado bajo FATCA, (ii) un
“partnership” foráneo o (iii) “trust” foráneo que han elegido actuar
como agente retenedor, se debe retener el 30% respecto de cualquier
pago de fuente de los EUA que se les haga a una entidad financiera no
participante; y
No existe una obligación equivalente.
5.si es una entidad financiera Mexicana que no se mencionó arriba y
actúa como intermediario respecto a un pago de fuente de los EUA a
una entidad financiera no participante, deberá presentar información
respecto de este pago.
La SHCP tiene de plazo hasta el primero de enero de 2017 para El IRS tiene de plazo hasta el primero de enero de 2017 para
establecer reglas para que las instituciones financieras Mexicanas establecer reglas para que las instituciones financieras de los
obtengan el TIN de los Estados Unidos de cada persona de los EUA.
EUA obtengan el TIN Mexicano de cada persona que sea el
dueño de la “cuenta reportable” Mexicana.
Acuerdos Intergubernamentales (IGAs)
IGA México - EUA
Obligaciones para México
Obligaciones para EUA
La SHCP deberá requerir, de conformidad con legislación interna, que
las FFI Mexicanas que deban reportar apliquen los procedimientos de
“due diligence” siguientes:
1.Reporte de cuentas que contengan un balance mayor que $50K USD,
pero que no excedan de $1M USD (cuentas de Bajo Valor). La
institución financiera Mexicana deberá revisar su base de datos
electrónica para localizar cualquier indicio de los EUA (U.S. indicia).
Aplican reglas especiales mediante las cuales una FFI Mexicana
podría no estar obligada al cumplimiento de esta obligación.
2.Reporte de cuentas que contengan un balance mayor que $1M USD
(cuentas de Alto Valor). La institución financiera Mexicana deberá
revisar su base de datos electrónica para localizar cualquier indicio de
los EUA
Si se identifica al cuentahabiente como un ciudadano o residente de
los EUA; indicaciones fuertes de que el cuentahabiente nació en los
EUA, o que tiene una dirección, teléfono, o “P.O. box” en los EUA;
que el cuentahabiente tiene un poder a su nombre en donde aparezca
una dirección de los EUA.
No existe una obligación equivalente.
Acuerdos Intergubernamentales (IGAs)
IGA México - EUA
Obligaciones para México
1.
Cuentas individuales “Nuevas”: se deberá
reportar cualquier cuenta que tenga un dueño de
los EUA y que se abra después del primero de
enero de 2014, y que su saldo exceda de USD
$50K.
2.
No se deberán reportar las cuentas preexistentes
que no excedan de USD $250K el 31 de
diciembre de 2013, hasta que estas cuentan
excedan USD $1M. Existe un procedimiento
especial y detallado que deberán seguir las
instituciones financieras Mexicanas para
identificar si el dueño de este tipo de cuenta
preexistente son personas de los EUA, NFFEs
pasivos, o una entidad financiera no participante.
Obligaciones para EUA
No existe una obligación equivalente.
Acuerdos Intergubernamentales (IGAs)
Nuevas Regulaciones del IRS (No confundirse con FATCA)
Sección 1.6049-4 del Reglamento del IRC
En el caso de intereses de US $10 o más que se paguen a un
individuo extranjero no-residente, el pagador deberá presentar
la declaración informativa 1042-S denominada “Ingreso de
Persona Extranjera con Fuente de Riqueza en E.U. sujeto a
Retención” por el año calendario que pagó los intereses.
Aplicación de la Regla
Será efectiva para los pagos de intereses que se efectúen
después del 1 de enero del 2013.
.
B. Clasificación de Entidades
Bajo FATCA y Formas FATCA
TEMAS A DISCUTIR
1. Formas
i)
ii)
Forma W-9 vs W-8
Forma W-8
a) Forma W-8 Pre-FATCA
b) Forma W-8 Post-FATCA
iii)
iv)
v)
vi)
vii)
Forma W-8BEN-E
Forma W-8IMY
Forma 8938
Forma 8966
Formas 1042, 1042-S
TEMAS A DISCUTIR
2. FATCA Y Clasificación de Entidades
i)
Clasificación General para Efectos Fiscales (check-the-box)
a) Ejemplos Prácticos
ii)
Trusts
a) Ejemplos Prácticos
Clasificación de Entidades bajo FATCA y Formas FATCA
Formas – Forma W-9 VS W-8BEN
•W-9
•Personas de los EUA
•W-8BEN
•Extranjeros
Clasificación de Entidades bajo FATCA y Formas FATCA
Formas –
Forma W-9 VS
W-8BEN
Clasificación de Entidades bajo FATCA y Formas FATCA
Formas – Forma
W-8 Pre-FATCA
Clasificación de Entidades bajo FATCA y Formas FATCA
Formas – Forma
W-8 Pre-FATCA
Clasificación de Entidades bajo FATCA y Formas FATCA
Formas – Forma W-8 Post-FATCA
Clasificación de Entidades bajo FATCA y Formas FATCA
Formas – Forma W-8 Post-FATCA
Clasificación de Entidades bajo FATCA y Formas FATCA
Formas – Forma W-8 Post-FATCA
•Un residente de los EUA y de México, ¿podría utilizar su Credencial
Para Votar para identificarse bajo el IGA?
Clasificación de Entidades bajo FATCA y Formas FATCA
Formas – Forma W-8BEN-E
Clasificación de Entidades bajo FATCA y Formas FATCA
Formas – Forma W-8IMY
Clasificación de Entidades bajo FATCA y Formas FATCA
Formas – Forma W-8IMY
Clasificación de Entidades bajo FATCA y Formas FATCA
Formas – Forma 8938
•Aparte de FBARs
•Reporte
simplificado para
formas 5471, 3520,
8865, etc. (pero se
debe mencionar en
cuales formas se
hace el reporte).
Clasificación de Entidades bajo FATCA y Formas FATCA
Formas – Forma 8938
Clasificación de Entidades bajo FATCA y Formas FATCA
Formas – Forma 8966
Clasificación de Entidades bajo FATCA y Formas FATCA
Formas – Formas 1042,
1042-S
Clasificación de Entidades bajo FATCA y Formas FATCA
Formas – Formas 1042, 1042-S
RESUMEN
Forma
Tipo de Entidad / Persona Física
Form W-8 BEN
Personas Físicas Extranjeras
Form W-9
Personas Físicas EUA
Form W-BEN-E
Entidades
Form W-8IMY
Intermediario o Transparente
Form 8938
Reporte Activos Financieros
Form 8966
Reporte FATCA
Forms 1042, 1042-S
Reporte Anual Retención; Retención
Clasificación de Entidades bajo FATCA y Formas FATCA
FATCA y Clasificación de Entidades – Clasificación
General para efectos check-the-box
•Opaca: Corporación
•Transparente: Partnership & “disregarded”
Per se corporation vs. Eligible entity
Régimen similar para entidades extranjeras.
Elección requiere que se tenga un efecto fiscal en EUA.
Clasificación de Entidades bajo FATCA y Formas FATCA
FATCA y Clasificación de Entidades – Clasificación
General para efectos check-the-box
Clasificación de Entidades bajo FATCA y Formas FATCA
FATCA y Clasificación de Entidades – Clasificación General para efectos
check-the-box
S.A. - Corp.
S.R.L. - Partnership
Ganancia en el Extranjero
$
100,000.00
$
100,000.00
(-) Impuestos Corporativos en el Extranjero
$
30,000.00
$
30,000.00
Ganancia Distribuible
$
70,000.00
$
70,000.00
Ingreso en los EUA
$
70,000.00
$
100,000.00
Impuesto en los EUA
$
16,660.00
$
39,600.00
Crédito por Impuestos Extranjeros
$
-
$
30,000.00
Impuesto Adeudado en los EUA
$
16,660.00
$
9,600.00
Impuesto Global
Tasa Efectiva
$
46,660.00
46.66%
$
39,600.00
39.60%
Clasificación de Entidades bajo FATCA y Formas FATCA
FATCA y Clasificación de Entidades – Clasificación General para efectos
check-the-box – Ejemplo Práctico
Inversionistas Unidos, S.A. de C.V. es una
compañía que tiene inversiones pasivas
mundialmente, y no tiene un negocio en México.
Los dueños de la compañía son el Sr. Luis Perez,
un ciudadano y residente Mexicano, en un 50%, y
Joe Smith, un ciudadano y residente de los EUA,
en un 50%. La compañía tiene varias cuentas en
Banamex, que exceden USD$50,000. ¿Debe la
compañía reportar bajo FATCA? De ser éste el
caso, ¿de qué manera sería el reporte?
Clasificación de Entidades bajo FATCA y Formas FATCA
FATCA y Clasificación
de Entidades –
Clasificación General
para efectos checkthe-box – Ejemplo
Práctico
Doc. # 1988841
Clasificación de Entidades bajo FATCA y Formas FATCA
FATCA y Clasificación de Entidades – Trusts
•Trusts
• Extranjero
• Domestico
•Grantor vs Nongrantor
•Simple vs Complex
•Fiduciario
• Persona física
• Proveedor de Servicios de trustee
Clasificación de Entidades bajo FATCA y Formas FATCA
FATCA y Clasificación de Entidades – Trusts – Ejemplo Práctico
El Trust es un fideicomiso extranjero irrevocable que
tiene como trustee a una compañía que presta
servicios profesionales como trustee. El Trust recibe
la totalidad de sus ingresos de inversiones
mundiales. El Trust tiene cuentas bancarias en los
EUA. El Trust tiene beneficiarios de los EU.
¿Debe Reportar el Trust bajo FATCA? De ser éste el
caso, ¿de qué manera sería el reporte? ¿Cambiaría
la respuesta si el Trust fuera revocable? ¿Cambiaría
la respuesta si el trustee fuera una persona fisica?
Clasificación de Entidades bajo FATCA y Formas FATCA
FATCA y Clasificación
de Entidades –
Trusts– Ejemplo
Práctico
Doc. # 1988841
C. Efecto de FATCA
en el Mundo
TEMAS A DISCUTIR
1. Antecedentes
2. Estándar para el Intercambio Automático de Información
Financiera en Materia Fiscal (Common Reporting Standard)
Efecto de FATCA en el Mundo
Antecedentes
El 21 de Julio de 2014, y dando un paso importante hacia una mayor
transparencia y poniendo fin al secreto bancario en materia fiscal, la
OCDE dio a conocer la versión completa de un nuevo estándar global
para el intercambio de información entre jurisdicciones.
Más de 65 países y jurisdicciones ya se han comprometido públicamente
a implementar el estándar, mientras que 40 se han comprometido a un
calendario particular y ambicioso dirigido a los primeros intercambios de
información en 2017.
Esto incluye a un grupo de países miembros y no miembros de la OCDE
que se adhirieron a la Declaración sobre el Intercambio Automático de
Información en Materia Fiscal de la OCDE (incluyendo a México).
Efecto de FATCA en el Mundo
Estándar para el Intercambio Automático de Información Financiera en
Materia Fiscal (Common Reporting Standard)
El Estándar convoca a los gobiernos a obtener información detallada de
sus instituciones financieras e intercambiar esa información de manera
automática con otras jurisdicciones, anualmente.
El Estándar es un modelo de intercambio de información que ayudara a
los gobiernos a combatir el fraude y la evasión fiscal.
El Estándar prevé el intercambio automático y anual de información
financiera entre gobiernos, incluyendo balances, intereses, dividendos y
ventas de activos financieros, transmitida a los gobiernos por las
instituciones financieras y cubriendo cuentas mantenidas por individuos y
entidades, incluyendo trusts y fundaciones.
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Efecto de FATCA en el Mundo
Estándar para el Intercambio Automático de Información Financiera en
Materia Fiscal (Common Reporting Standard)
Países y jurisdicciones comprometidos públicamente con la
implementación del Intercambio Automático de Información:
Alemania, Andorra, Anguilla, Arabia Saudí, Argentina, Australia, Austria,
Bélgica, Bermudas, Brasil, Bulgaria, Canadá, Chile, China, Chipre,
Colombia, Corea, Costa Rica, Croacia, Dinamarca, Eslovenia, Estados
Unidos, Estonia, España, Finlandia, Francia, Gibraltar, Grecia, Guernsey,
Hungría, India, Indonesia, Islandia, Islas Feroe, Islas Caimán, Isla de Man,
Islas Turcas y Caicos, Islas Vírgenes Británicas, Irlanda, Israel, Italia,
Japón, Jersey, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malasia,
Malta, México, Montserrat, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos,
Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, República Eslovaca,
Rumanía, Rusia, Singapur, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Turquía, y la Unión
Europea.
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Efecto de FATCA en el Mundo
Estándar para el Intercambio Automático de Información Financiera en
Materia Fiscal (Common Reporting Standard)
Similitudes con FATCA
Intercambio de información
Diferencia con FATCA
No aparecen especificaciones bajo las Regulaciones del Tesoro
(por ejemplo, se basa en residencia, y no ciudadanía).
Se estandarizan términos, conceptos y procedimientos (no
se necesitarían negociar anexos).
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Enrique Hernández
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