EL INTERCAMBIO AUTOMÁTICO DE INFORMACIÓN FISCAL: CRS

EL INTERCAMBIO AUTOMÁTICO DE INFORMACIÓN FISCAL:
CRS Y DIRECTIVA 2014/107
JORNADA CCI 10 marzo 2015
Plácido Martos Belmonte
Dirección General de Tributos
EL ORIGEN
ARTÍCULO 6 ACUERDO FATCA
Compromiso mutuo para la mejora de la efectividad del
intercambio de información y de la transparencia
3. Elaboración de un modelo común de comunicación e intercambio
de información. Las Partes se comprometen a trabajar con otros
socios, con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económicos y con la Unión Europea, en la adaptación de los términos
de este Acuerdo a un modelo común para el intercambio automático
de información, trabajo en el que se incluye la elaboración de los
estándares sobre comunicación de información y diligencia debida
que deben aplicar las instituciones financieras.
Background to the creation of the Standard for Automatic Exchange
1. For many years countries around the world have been engaging in the automatic exchange of information in order to tackle offshore tax
evasion. The OECD has been active in facilitating automatic exchange by creating the legal framework, developing technical standards,
providing guidance and training and seeking to improve automatic exchange at a practical level. As shown by the 2012 OECD report to the
G20 in Los Cabos, automatic exchange of information is widely practiced and is a very effective tool to counter tax evasion.
2. In 2010, the US enacted the rules commonly known as FATCA, requiring foreign financial institutions to report information about US
persons that hold accounts with them to the US tax authorities. Many countries have opted to implement FATCA on an intergovernmental
basis and, more specifically, to collect and exchange the information required to be reported under FATCA on the basis of a Model FATCA
Intergovernmental Agreement (herein “FATCA IGA”). Many of these countries have also shown interest in leveraging the investments made
for implementing the FATCA IGA to establish automatic exchange relationships with other jurisdictions, which themselves are introducing
similar rules.
3. These countries recognise that, through the adoption of a common approach to automatic exchange of information, offshore tax evasion
can be tackled most effectively while minimising costs for governments and financial institutions.
4. With the strong support of the G20, the OECD together with G20 countries and in close cooperation with the EU and other stakeholders
has since developed the Standard for Automatic Exchange of Financial Account Information, or the Standard. This is a standardised
automatic exchange model, which builds on the FATCA IGA to maximise efficiency and minimise costs.
TRES MODELOS Y UN ÚNICO ESTÁNDAR INTERNACIONAL
IMPLEMENTACIÓN DEL CRS
DIFERENCIAS ENTRE
FATCA Y EL CRS
PASOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CRS
TRASLADAR A LA
LEGISLACIÓN
DOMÉSTICA LAS
NORMAS SOBRE
COMUNICACIÓN DE
INFORMACIÓN Y DE
DILIGENCIA DEBIDA
SELECCIONAR LA BASE
LEGAL PARA EL
INTERCAMBIO
AUTOMÁTICO DE
INFORMACIÓN
INFRAESTRUCTURA
ADMINISTRATIVA PARA
CAPTACIÓN, ENVÍO Y
USO DE LA
INFORMACIÓN
PROTEGER LA
CONFIDENCIALIDAD Y
ESTABLECER
SALVAGUARDAS SOBRE
LA INFORMACIÓN
TRASLADAR A LA LEGISLACIÓN DOMÉSTICA
INSTITUCIONES
FINANCIERAS
OBLIGADAS A
COMUNICAR
INFORMACIÓN
CUENTAS
FINANCIERAS
CUENTAS SUJETAS
A COMUNICACIÓN
DE INFORMACIÓN
PROCEDIMIENTOS
DE DILIGENCIA
DEBIDA
COMUNICAN LA
INFORMACIÓN
RELEVANTE
BASE LEGAL PARA EL INTERCAMBIO AUTOMÁTICO DE INFORMACIÓN
ACUERDO MULTILATERAL ENTRE AUTORIDADES COMPETENTES SOBRE INTERCAMBIO
AUTOMÁTICO DE INFORMACIÓN DE CUENTAS FINANCIERAS DE LA OCDE (Berlín, 29 de octubre de
2014)
“Considerando que las Jurisdicciones de los signatarios del Acuerdo multilateral entre Autoridades competentes sobre
intercambio automático de información de cuentas financieras (el “Acuerdo”) son Partes del Convenio sobre asistencia
administrativa mutua en materia fiscal …”
o El Artículo 6 del Convenio sobre asistencia administrativa mutua en materia fiscal regula el intercambio
automático de información.
o Situación a 19 de noviembre de 2014: 52 países/jurisdicciones han firmado el Acuerdo Multilateral,
incluyendo a Suiza. (http://www.oecd.org/tax/exchange-of-tax-information/MCAA-Signatories.pdf)
o La previsión es que todos los países signatarios firmen acuerdos bilaterales entre sí (requisito previo
para que se inicie el intercambio de información). Los de la UE lo harán necesariamente en base a la
Directiva 2014/107.
o Primer intercambio de información año 2017 (“EARLY ADOPTERS”) o 2018.
FECHAS PRIMER INTERCAMBIO (FATCA + 18 MESES)
Accounts
New
Defined as
Intended dates to exchange information by
A Financial Account maintained by a
Reporting Financial Institution opened
on or after 1 January 2016.
September 2017
Individual High-Value
Accounts
Preexisting
A Financial Account maintained by a
Reporting Financial Institution as of 31
December 2015.
September 2017
Individual Low-Value
Accounts
Entity Accounts
September 2017 or September
2018, depending on when
identified as reportable
September 2017 or September 2018,
depending on when identified as
reportable
FATCA
ACUERDO ESPAÑA-EEUU:
diligencia debida (Anexo I)
y entidades/productos
excluidos(Anexo II)
◦
US
REGULATIONS
(Tratado internacional publicado en
el BOE directamente aplicable)
ORDEN HAP/1136/2014
(Desarrolla Acuerdo FATCA y
aprueba modelo 290 cuentas
financieras de personas
estadounidenses)
ARTÍCULO 37 BIS RD
1065/2007
FAQs
(Obligación de informar acerca
de cuentas financieras en el
ámbito de la asistencia mutua)
CRS
ACUERDO MULTILATERAL ENTRE
AUTORIDADES COMPETENTES:
•
Mucho más limitado que el
Acuerdo FATCA (sin Anexos I
y II, sin definiciones, etc..)
Comentarios
de la OCDE
¿NORMA QUE INCORPORE
EL CRS?:
• Definiciones
• Diligencia debida
• Entidades/productos
excluidos
• Modelo de declaración
ARTÍCULO 37 BIS RD
1065/2007
OPCIONES EN LA IMPLEMENTACIÓN DEL CRS
• TEST DEL DOMICILIO (“Residence Address Test”) PARA CUENTAS PREEXISTENTES MENOR VALOR.
• UMBRAL DE SALDO DE 250.000 $ PARA CUENTAS PREEXISTENTES DE ENTIDADES.
• USO DEL PROCEDIMIENTO DE DILIGENCIA DEBIDA DE CUENTAS NUEVAS PARA CUENTAS
PREEXISTENTES Y DE CUENTAS DE MAYOR VALOR PARA CUENTAS DE MENOR VALOR.
• DILIGENCIA DEBIDA SIMPLIFICADA PARA SEGUROS DE VIDA/CONTRATOS DE ANUALIDADES:
o BENEFICIARIOS QUE RECIBAN CAPITAL POR FALLECIMIENTO (art. 4.5 Orden FATCA, Sección VII.B Anexo I DAC2)
o SEGUROS COLECTIVOS DE VIDA PARA EMPLEADOS (FAQ Nº 20, Sección VII.B Anexo I DAC2).
• USO DE TERCERAS PARTES PRESTATARIAS DE SERVICIOS.
• OTROS.
INCUMPLIMIENTO: EN FATCA RETENCIÓN DEL 30% ¿EN CRS?
Sección IX del CRS: Aplicación efectiva
A. Toda jurisdicción debe contar con normas y procedimientos administrativos capaces de garantizar la aplicación efectiva y el
cumplimiento de las obligaciones de comunicación de información y diligencia debida anteriormente expuestas, en particular:
1. normas que impidan que cualquier Institución financiera, persona o intermediario pueda adoptar prácticas encaminadas a
sustraerse a las obligaciones conexas a los procedimientos de comunicación de información y diligencia debida;
2. normas que obliguen a las Instituciones financieras obligadas a comunicar información a conservar un registro de las medidas
adoptadas y de pruebas documentales utilizadas con el fin de asegurar la aplicación de los citados procedimientos, así como a
adoptar medidas apropiadas para obtener dichos registros;
3. procedimientos administrativos concebidos tanto para supervisar el cumplimiento de, y la adecuación a, los procedimientos de
comunicación de información y diligencia debida por parte de las Instituciones financieras sujetas a comunicación de
información, como para hacer un seguimiento de una determinada Institución financiera obligada a comunicar información que
comunique la existencia de cuentas no documentadas;
4. procedimientos administrativos para asegurarse de que la utilización con fines elusivos de Entidades y cuentas identificadas,
respectivamente, por la normativa interna como Instituciones financieras no sujetas a comunicación de información y Cuentas
excluidas sigue presentando un escaso riesgo, y
5. medidas coercitivas pertinentes para abordar y subsanar todo incumplimiento.
Retención del
Retención del
30% al No
HERRAMIENTA
30% al No
Participante
Participante
INSTITUCIONES FINANCIERAS OBLIGADAS A COMUNICAR INFORMACIÓN (ejemplos de diferencias)
CUESTIÓN
MODELO 1 FATCA
CRS
DEFINICIÓN DE ENTIDAD DE Artículo 1.1 j): amplio e impreciso. La Orden Incorpora la misma definición que la de las US REGS (la
INVERSIÓN
HAP/1136 lo desarrolla incorporando US Orden HAP/1136 en línea con el CRS).
REGS.
CATEGORÍAS DE
INSTITUCIONES FINANCIERAS
NO OBLIGADAS A
COMUNICAR INFORMACIÓN
•
Distingue entre “Exempt Beneficial •
Owners” y “Deemed Compliants”.
Estos conceptos son específicos de FATCA y no
aplican en el contexto multilateral del CRS.
•
Numerus clausus.
•
Se introduce una categoría abierta de bajo riesgo
para evasión fiscal: (“OTHER LOW-RISK NONREPORTING FINANCIAL INSTITUTIONS”).
•
Incluye, entre otros:
-
”FI with Only Low-Value Accounts”.
-
No aplica: no hay umbral de 50.000$.
-
“FI with a Local Client Base” (Pequeñas IF con clientela local Anexo II).
No aplica en contexto multilateral.
-
Sponsored Investment Entity.
Innecesario: no registro y pueden
mediante “third party providers”.
(Anexo II/US REGS)
-
cumplir
CUENTAS FINANCIERAS SUJETAS A COMUNICACIÓN DE INFORMACIÓN (ejemplos de diferencias)
CUESTIÓN
MODELO 1 FATCA
CRS
“ACTIVO FINANCIERO”
No lo define (definido en las US REGS).
Sí lo define, incorporando US REGS.
SEGURO CON VALOR EN EFECTIVO
Excluido si valor en efectivo < 50.000 $.
No existe este límite.
CUENTAS NUEVAS DE CLIENTES
PREEXISTENTES
En
FATCA
preexistentes.
CUENTAS EXCLUIDAS DE BAJO RIESGO
Modelo 1 no contiene esta categoría Sí incluida (enfoque multilateral no cabe
abierta.
anexo II).
PERSONAS SUJETAS A COMUNICACIÓN DE
INFORMACIÓN
Residencia y ciudadanía estadounidense.
DEFINICIÓN DE ENTIDADES NO
FINANCIERAS PASIVAS
Aquellas entidades no financieras que no Además incluye a las Entidades de Inversión
sean activas.
que no sean residentes en un Jurisdicción
participante.
PERSONAS QUE EJERCEN EL CONTROL
Definición en el Modelo 1.
pueden
considerarse También, aunque requiere además que no se
aporte nueva información.
Sólo residencia.
Se elabora más sobre este concepto.
PROCEDIMIENTO DE DILIGENCIA DEBIDA (ejemplos de diferencias)
CUESTIÓN
MODELO 1 FATCA
CRS OCDE
Pueden aplicarse procedimientos diligencia
debida de cuentas nuevas a cuentas
preexistentes y de cuentas de mayor valor a
cuentas de menor valor.
ALTERNATIVAS DE APLICACIÓN
Cuatro grandes bloques estancos.
UMBRALES DE SALDO PARA CUENTAS
PREEXISTENTES DE PERSONAS FÍSICAS
50.000 $ en general y 250.000 $ Seguros No existen estos umbrales de saldo.
con Valor en Efectivo y Contratos de
Anualidades.
CUENTAS NUEVAS
FATCA (US REGS) permite aplicar indicios.
Sólo
declaraciones
(autocertificados).
BÚSQUEDA EN LOS ARCHIVOS
ELECTRÓNICOS
Incluye ciudadanía y lugar de nacimiento.
No los incluye (principio de residencia).
CUENTAS PREEXISTENTES DE ENTIDAD
Reportable cuando exceda de 1.000.000 $.
Reportable cuando exceda de 250.000 $.
DOBLE O MÚLTIPLE RESIDENCIA
No aplica.
La información debe intercambiarse con todas
ellas.
AUTOCERTIFICADOS SIN RESIDENCIA
FISCAL
No tiene consecuencias.
Deben corregirse necesariamente.
del
titular
INFORMACIÓN RELEVANTE QUE SE COMUNICA (ejemplos de diferencias)
CUESTIÓN
MODELO 1 FATCA
CRS OCDE
FECHA DE NACIMIENTO
Solo cuando el NIF no está disponible Se requiere esta información
(CUENTAS PREEXISTENTES).
determinadas circunstancias.
cuando
se
den
LUGAR DE NACIMIENTO
No se requiere esta información.
cuando
se
den
CIERRE DE CUENTAS
Debe reportarse el saldo inmediatamente Sólo se reporta el hecho de que la cuenta se ha
anterior a la fecha de cierre.
cerrado.
NIF CUENTAS PREEXISTENTES
Si no está disponible debe reportarse la fecha Si la IF no tiene ni el NIF ni la fecha de nacimiento en
de nacimiento si está en los archivos de la IF.
los archivos (y la obtención de esa información no es
obligatoria de acuerdo con la norma interna), debe
A partir del año 2017 existe el compromiso de emplear esfuerzos proporcionados para obtener dicha
obligar a obtener el NIF.
información.
Se requiere esta información
determinadas circunstancias.
DIRECTIVA 2014/107: UN CRS LIGERAMENTE RETOCADO
CRS
”COPY AND PASTE”
CRS/COMENTARIOS
+
NUEVA
DIRECTIVA
ADAPTACIÓN CONTEXTO
UE
2014/107
DEL POR QUÉ DE LA APROBACIÓN DE LA DIRECTIVA 2014/107
•
Estados miembros han firmado acuerdos FATCA con EEUU implica que van a ofrecer una cooperación
más amplia artículo 19 de la Directiva 2011/16/UE
•
La ampliación del ámbito de aplicación del intercambio automático de información en consonancia con
la evolución de la situación a escala internacional
•
evitar acuerdos paralelos y descoordinados .
minimizar costes y cargas administrativas .
Ampliar el ámbito de aplicación del artículo 8 de la Directiva 2011/16/UE, a fin de incluir la misma
información cubierta por el CRS de la OCDE.
COMPATIBILIDAD CON EL CRS
OTROS ASPECTOS A DESTACAR
•
Al aplicar la presente Directiva, los EM deben utilizar los Comentarios al Modelo de Acuerdo para el
Organismo Competente y al Estándar Común de Comunicación de información elaborados por
la OCDE como fuente de ilustración o interpretación y para garantizar la coherencia en la aplicación
en los distintos Estados miembros. La actuación de la Unión en este ámbito debe seguir prestando
especial atención a la evolución futura a escala de la OCDE.
•
La condición establecida en el artículo 8, apartado 1, de la Directiva 2011/16/UE, conforme a la cual
el intercambio automático puede supeditarse a la disponibilidad de la información solicitada, no
debe aplicarse a los nuevos elementos introducidos por la presente Directiva en la
Directiva 2011/16/UE.
•
Fecha límite transposición en los EM
•
Comunicar a la Comisión antes 31 de julio 2015 lista entidades y cuentas excluidas de “bajo riesgo”.
31-12-2015.
CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO DE DILIGENCIA DEBIDA (FRENTE AL CRS)
• NO HAY RÉGIMEN TRANSITORIO “GROSS PROCEEDS”.
• DESAPARECE EXCLUSIÓN RESPECTO A LOS SEGUROS QUE NO SE PUEDEN VENDER EN OTRAS JURISDICCIONES
SUJETAS A COMUNICACIÓN DE INFORMACIÓN (Cuentas preexistentes).
• SE INCORPORAN OPCIONES PREVISTAS EN EL CRS Y SUS COMENTARIOS:
o PROCEDIMIENTO ESPECIAL SEGUROS: BENEFICIARIOS QUE RECIBAN CAPITAL POR FALLECIMIENTO.
o PROCEDIMIENTO ESPECIAL SEGUROS COLECTIVOS DE VIDA PARA EMPLEADOS.
o PROCEDIMIENTO ESPECIAL CUENTAS NUEVAS DE CLIENTES PREEXISTENTES.
o OTROS.
• SE ADAPTAN CONCEPTOS (Ej. “Participating Jurisdiction”) AL CONTEXTO DE LA UE.
• OBLIGATORIO INFORMAR AL CLIENTE de que se va a remitir la información relevante al EM correspondiente
y de sus derechos de acuerdo con Directiva 95/46 CE.
TRANSPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA 2014/107 Y DEL CRS AL ORDENAMIENTO ESPAÑOL
DIRECTIVA
2014/107
CRS
(“EARLY ADOPTERS”)
“BIG BANG”
(IDENTIFICAR AL RESTO
DE NO RESIDENTES: no
residen ni en la UE ni en
un país EARLY ADOPTER)
¿UNA SOLA TRANSPOSICIÓN?
EJEMPLO: SEGUROS COLECTIVOS DE VIDA PARA EMPLEADOS
FATCA
CRS
US REGS (1.14714(c)(4)(iii)(A)
OPCIÓN
FAQ nº 20
Comentario nº 13 a la
Sección VII
DIRECTIVA
2014/107
SECCIÓN VII.B ANEXO I
Transposición
GRACIAS!