BASES EDUCADOR - Ayuntamiento de Torrijos

DIAZ GARCIAMARTIN
AREVALILLO
ANA BELEN
ANASTASIO
- DNI 16302716V
- DNI 03860540J
2015.07.20 08:19:21
07:11:44
Firmante:
CN=DIAZ GARCIAMARTIN
CN=AREVALILLO
ANA BELEN
ANASTASIO
- DNI 16302716V
- DNI 03860540J
C=ES
O=AYUNTAMIENTO DE TORRIJOS
2.5.4.11=certificado electrónico de empleado público
Llave publica:
BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN Y
CONTRATACIÓN LABORAL TEMPORAL, POR CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE, DE
UN/A EDUCADOR/A EN EL CENTRO DE DÍA “DOCTOR JOSÉ PORTERO” DEL
AYUNTAMIENTO DE TORRIJOS (TOLEDO) Y PARA LA FORMACIÓN DE UNA
BOLSA DE TRABAJO PARA CUBRIR LAS NECESIDADES QUE SE PRODUZCAN.
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria la selección y contratación laboral
temporal de un/a cuidador/a en el Centro de Día “Doctor José Portero” del
Ayuntamiento de Torrijos, para cubrir el puesto de la titular con motivo de su
baja por maternidad, por el sistema de concurso-oposición libre, dotada con las
retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente, y la
formación de una bolsa de trabajo para posteriores contrataciones laborales
temporales que se puedan producir cuya duración será de dos años.
2.- NORMATIVA DE APLICACIÓN.
El proceso selectivo se sujetará, en todo lo no expresamente previsto en las
presentes Bases, a lo regulado en las siguientes normas jurídicas:
_
• Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local LRBRL-.
• Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público EBEP-.
• Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba
el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de
Régimen Local -TRRL-.
• Supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de
la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de
Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
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www.torrijos.es
NOMBRE:
ANA BELEN DIAZ GARCIA
ANASTASIO AREVALILLO MARTIN
1.3. La convocatoria, las bases y los sucesivos anuncios se publicarán en el
Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y en su página web: www.torrijos.es.
PUESTO DE TRABAJO:
SECRETARIA
ALCALDE-PRESIDENTE
1.2. La contratación se realizará en régimen de derecho laboral, con carácter
temporal, y a tiempo parcial, siendo asignados los días y horas por el Director
del Centro en función de las necesidades del servicio.
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HASH DEL CERTIFICADO:
62B2A5C7EEBAAB5A5297B3658953246A27170490
1DCE61A5AE862FD6858B94D1ACB685D620025A12
RSA/2048 bits
a) Poseer la nacionalidad española o la de algunos de los Estados miembros
de la Unión Europea, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57
de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado
Público –EBEP- y 39 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo
Público de Castilla-La Mancha –LEPCLM-. Asimismo, podrán participar
los/as extranjeros/as con residencia legal en España.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
d) No hallarse comprendido/a en ninguna de las causas de incompatibilidad
o incapacidad establecidas en la legislación vigente para el personal al
servicio de las Administraciones Públicas.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario de ninguna
de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado/a para el
ejercicio de las funciones públicas. Los/las aspirantes cuya nacionalidad
no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos/as
a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el
acceso a la Función Pública.
f) Estar en posesión del Título de Magisterio de Educación Especial, de
Pedagogía Terapéutica, de Educación Social o equivalente, expedido por
el organismo oficial correspondiente.
4.1. De acuerdo con lo establecido en los artículos 59 de la Ley 7/2007, de 12
de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público -EBEP- y 41 y siguientes de la
Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha LEPCLM-, en concordancia con lo previsto en el Real Decreto Legislativo
1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión
social, en las presentes pruebas serán admitidas las personas con discapacidad
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NOMBRE:
ANA BELEN DIAZ GARCIA
ANASTASIO AREVALILLO MARTIN
4.- IGUALDAD DE CONDICIONES.
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Para poder tomar parte en el presente proceso selectivo, los/as aspirantes
deberán reunir, en la fecha en que concluya el plazo de presentación de
instancias, los siguientes requisitos (art. 56 EBEP y 38 LEPCLM):
HASH DEL CERTIFICADO:
62B2A5C7EEBAAB5A5297B3658953246A27170490
1DCE61A5AE862FD6858B94D1ACB685D620025A12
3.- REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS/AS ASPIRANTES.
PUESTO DE TRABAJO:
SECRETARIA
ALCALDE-PRESIDENTE
Administración General del Estado -RGI-.
• Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha LEPCLM-.
5.- INSTANCIAS Y ADMISIÓN DE LOS/AS ASPIRANTES.
5.3. A las instancias se acompañará la siguiente documentación:
• Fotocopia del DNI.
• Fotocopia de la titulación requerida.
• Proyecto Educativo de actuación.
• Fotocopia de los documentos acreditativos de los méritos alegados para
su valoración por el Tribunal de selección en la fase de concurso.
5.4. Es requisito indispensable adjuntar toda la documentación necesaria antes
de cumplirse el plazo de presentación de solicitudes. Sólo serán tenidos en
cuenta aquéllos méritos que sean acreditados documentalmente.
5.5. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía, dictará
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NOMBRE:
ANA BELEN DIAZ GARCIA
ANASTASIO AREVALILLO MARTIN
5.2. Las instancias se dirigirán a la Alcaldía de este Ayuntamiento, y se
presentarán en el Registro General del mismo sito en la Plaza de San Gil, nº 7,
en horario de 7:30 a 14:00 horas, o en los lugares que determina el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común -LRJPAC-,
dentro del plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de
publicación de la convocatoria en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en
su página web: www.torrijos.es.
PUESTO DE TRABAJO:
SECRETARIA
ALCALDE-PRESIDENTE
5.1. Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo,
deberán estar debidamente cumplimentadas. Los/as aspirantes manifestarán
que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos en las Base
Tercera, referidas al día en que concluya el plazo de presentación de
instancias.
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HASH DEL CERTIFICADO:
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1DCE61A5AE862FD6858B94D1ACB685D620025A12
en igualdad de condiciones que los/as demás aspirantes. Los/as aspirantes
discapacitados/as deberán presentar certificación expedida por el órgano
competente de la Comunidad Autónoma o de la Administración del Estado, que
acredite tal condición, así como su capacidad para desempeñar las tareas
correspondientes a la plaza objeto de la presente convocatoria.
_
4.2. El Tribunal de selección establecerá, para las personas con discapacidad
que así lo soliciten, las adaptaciones posibles, de tiempo y medios, para la
realización de las pruebas (art. 59.3 EBEP y art. 43.1 LEPCLM). A tal efecto,
los/as interesados/as deberán presentar la petición correspondiente en la
solicitud de participación en la convocatoria.
_
6.- TRIBUNAL DE SELECCIÓN.
• Presidente: Funcionario/a de carrera o laboral fijo/a, o miembro en
quien delegue.
• Secretario/a: La de la Corporación, o funcionario/a en quien delegue,
con voz pero sin voto.
• Cuatro Vocales, funcionarios/as de carrera o laborales fijos/as, con igual
o superior titulación académica que la exigida en la convocatoria.
_
La composición del Tribunal de selección incluirá también la de los/as
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NOMBRE:
ANA BELEN DIAZ GARCIA
ANASTASIO AREVALILLO MARTIN
6.1. El Tribunal de selección estará compuesto por los siguientes miembros:
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5.9. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o
a petición del interesado/a.
HASH DEL CERTIFICADO:
62B2A5C7EEBAAB5A5297B3658953246A27170490
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5.6. Si se formularan reclamaciones, serán resueltas en el mismo acto
administrativo que apruebe la lista definitiva, que se hará pública, asimismo,
en la forma indicada para la lista provisional. En la misma resolución se
indicará la fecha, lugar y hora de comienzo del primer ejercicio que, en todo
caso, se realizará transcurrido un mínimo de siete días naturales desde la
publicación.
_
5.7. De no presentarse reclamaciones la lista provisional se entenderá elevada
automáticamente a definitiva, haciéndose constar tal circunstancia en el
anuncio indicado en el párrafo anterior.
_
5.8. Contra la resolución aprobatoria de la lista definitiva podrán los/as
interesados/as interponer el recurso potestativo de reposición previsto en el
artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común -LRJPAC-,
o alternativamente recurso contencioso-administrativo, en los términos de la
vigente Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa -LJCA-.
PUESTO DE TRABAJO:
SECRETARIA
ALCALDE-PRESIDENTE
resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista
provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, que se publicará en el
Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y en su página web, con indicación
de las causas de exclusión, así como el plazo de subsanación de defectos y
presentación de reclamaciones que se concede a los/as aspirantes
excluidos/as, que será de tres días hábiles.
7.-PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN.
7.1 El proceso de selección se realizará mediante concurso-oposición libre, que
constará de dos fases. La puntuación máxima total será de 40 puntos, siendo
necesario para aprobar obtener 20 puntos, distribuidos de la siguiente forma:
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NOMBRE:
ANA BELEN DIAZ GARCIA
ANASTASIO AREVALILLO MARTIN
6.3. Para aquellas pruebas que lo requieran el Tribunal de selección podrá
nombrar colaboradores/as, especialistas y ayudantes, que estarán siempre bajo
su dirección y control directos, limitándose al ejercicio de sus especialidades
técnicas en base a las cuales colaborarán con el Tribunal de selección con voz,
pero sin voto. Los/as asesores/as y especialistas estarán sometidos/as a las
mismas causas de abstención y recusación que los miembros del Tribunal de
selección.
_
6.4. La Alcaldía podrá requerir a los miembros del Tribunal de selección una
declaración expresa de no encontrarse sometidos/as a ninguna de las causas de
abstención legalmente previstas. Igualmente, quienes incurriesen en causa de
abstención deberán comunicarlo a la Alcaldía en el plazo máximo de 5 días
hábiles.
_
No podrán formar parte del Tribunal de selección quienes hayan impartido
cursos o trabajos para la preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los
dos años anteriores a la publicación de la presente convocatoria.
_
PUESTO DE TRABAJO:
SECRETARIA
ALCALDE-PRESIDENTE
6.2. En la misma resolución en la que se apruebe definitivamente la lista de
aspirantes admitidos/as y excluidos/as, se fijará la composición del Tribunal de
selección a efectos de poder promover, en caso de que proceda, la recusación
de sus miembros. La resolución se anunciará en el Tablón de Anuncios de este
Ayuntamiento y en su página web: www.torrijos.es.
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respectivos/as suplentes, que serán designados/as conjuntamente con los/as
titulares.
_
El Tribunal de selección no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como
mínimo, de la mitad más uno de sus miembros, titulares o suplentes,
indistintamente, y en todo caso, del Presidente/a y Secretario/a. Las
decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes,
resolviendo, en caso de empate, el voto de calidad del Presidente/a del
Tribunal. La actuación del Tribunal se ajustará estrictamente a las bases de la
convocatoria. No obstante, el Tribunal resolverá las dudas que surjan de su
aplicación y podrá tomar los acuerdos que correspondan para aquellos
supuestos no previstos en las bases.
La primera prueba será la valoración del Proyecto Educativo que muestre las
principales líneas de actuación, actividades y trabajos a desarrollar con
personas con discapacidad (tareas profesionales propias del puesto de trabajo
convocado) presentado por el/a aspirante y consistirá en la exposición oral del
mismo.
El orden de actuación de los/as aspirantes en la fase de oposición comenzará
por aquellos/as cuyo primer apellido comience por la letra seleccionada en el
último sorteo publicado en el BOE, a que se refiere el artículo 17 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
En cualquier momento el Tribunal de selección podrá requerir a los/as
aspirantes para que acrediten su personalidad, a cuyo fin deberán acudir
provistos/as del DNI o, en defecto de éste, de otro documento oficial que
acredite su identidad.
7.3. La Fase de concurso supondrá un máximo de 5 puntos, distribuidos de la
siguiente forma:
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NOMBRE:
ANA BELEN DIAZ GARCIA
ANASTASIO AREVALILLO MARTIN
Los/as aspirantes que serán convocados/as en llamamiento único, quedarán
decaídos/as en su derecho cuando se personen en el lugar de celebración de las
pruebas una vez llamados/as o por la inasistencia a las mismas. No obstante, el
Tribunal de selección podrá apreciar las posibles causas alegadas y admitir al
aspirante, siempre y cuando las pruebas no hayan finalizado y dicha admisión
no menoscabe el principio de igualdad con el resto de aspirantes.
PUESTO DE TRABAJO:
SECRETARIA
ALCALDE-PRESIDENTE
La segunda prueba será un examen oral en el tiempo que determine el Tribunal
de selección, no superior a treinta minutos, consistente en 5 preguntas
referidas al Proyecto Educativo presentado.
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7.2. La Fase de oposición libre, tendrá una puntuación máxima de 35 puntos, y
estará compuesta por dos pruebas, suponiendo la primera prueba un máximo de
25 puntos y la segunda prueba un máximo de 10 puntos.
HASH DEL CERTIFICADO:
62B2A5C7EEBAAB5A5297B3658953246A27170490
1DCE61A5AE862FD6858B94D1ACB685D620025A12
Fase de oposición libre: 35%.
Fase de concurso: 5%.
➢ Por haber trabajado ejerciendo las funciones específicas de EDUCADOR/AA
en empresas privadas o Asociaciones de Personas con Discapacidad Psíquica:
0,10 puntos por mes trabajado.
La puntuación máxima a obtener en este apartado A será de 2 puntos.
B.- CONOCIMIENTOS, CURSOS DE FORMACIÓN Y FORMACIÓN ACADEMICA.
• Master o Cursos de Postgrado relacionados con el puesto de trabajo a cubrir:
2 puntos.
• Cursos de duración igual o superior a 50 horas: 0,25 puntos por curso.
Los cursos deberán de haber sido organizados por Universidades, Institutos o
Escuelas Oficiales de formación, INEM u otras entidades homologadas.
PUESTO DE TRABAJO:
SECRETARIA
ALCALDE-PRESIDENTE
Cursos de capacitación profesional exclusivamente relacionados con el puesto
de trabajo a cubrir, impartidos por centros legalmente autorizados y
reconocidos, de acuerdo con el siguiente baremo:
La puntuación máxima a obtener en este apartado B será de 3 puntos.
8.- RELACIÓN DE APROBADOS, PRESENTACIÓN
FORMALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS.
DE
DOCUMENTOS
Y
8.1. Una vez terminada la calificación de los/as aspirantes, el Tribunal de
selección hará pública la relación de aprobados/as por orden de puntuación en
el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en su página web: www.torrijos.es,
significándose que el número de aprobados/as no podrá rebasar el número de
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NOMBRE:
ANA BELEN DIAZ GARCIA
ANASTASIO AREVALILLO MARTIN
Deberán aportarse fotocopias de los documentos acreditativos de los méritos
correspondientes.
Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento de Torrijos - https://carpeta.torrijos.es - Código Seguro de Verificación: 45500IDOC27033972804A85C42BF
➢ Por haber trabajado ejerciendo las funciones específicas de EDUCADOR/A en
Centros de Día con Personas con Discapacidad Psíquica: 0,25 puntos por mes
trabajado.
HASH DEL CERTIFICADO:
62B2A5C7EEBAAB5A5297B3658953246A27170490
1DCE61A5AE862FD6858B94D1ACB685D620025A12
A.- EXPERIENCIA. La experiencia deberá ser acreditada mediante informe de
Vida Laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, que se
acompañará con certificado expedido por la entidad en la que se desempeñó el
puesto de trabajo identificando en qué consistió el mismo, o con copia del
correspondiente contrato de trabajo:
8.3. Quien dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no
presente la documentación o de la misma se dedujese que carece de alguno de
los requisitos exigidos, no podrá ser contratado/a, quedando anuladas todas las
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido
por falsedad en su instancia.
9.2. La bolsa de trabajo, se sujetará a las siguientes reglas:
.- El/La aspirante dispondrá de un plazo máximo de cinco días hábiles desde el
llamamiento para presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de
los requisitos exigidos en la Base Tercera. En el supuesto de no presentarla en
el indicado plazo, se entenderá que rechaza la oferta y se situará al final de la
bolsa. Si el rechazo se efectúa dos veces consecutivas, será excluido/as de la
bolsa.
_
.- En aquellos casos en que se rechace la oferta alegando incapacidad laboral
transitoria o maternidad, se les mantendrá el orden que originalmente
ocupaban en la bolsa. La concurrencia de tales causas deberá quedar
suficientemente acreditada por cualquier medio admisible en Derecho.
_
.- Quienes hayan sido contratados/as, a la finalización del contrato, volverán a
ocupar el mismo lugar que tenían en la bolsa.
_
Ayuntamiento de Torrijos / Plaza de San Gil, 7 - 45500 Torrijos (Toledo)
925 77 08 01 – Est: 2 / Fax: 925 77 05 17
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NOMBRE:
ANA BELEN DIAZ GARCIA
ANASTASIO AREVALILLO MARTIN
9.1. Todas las personas que superen el proceso de selección y no resulten
contratadas, serán incluidas en una bolsa de trabajo ordenada según la
puntuación obtenida, de conformidad con la lista elevada por el Tribunal de
selección. Esta bolsa de trabajo, a la que podrá acudirse directamente cuando
resulte necesario proceder a contrataciones laborales temporales, permanecerá
vigente durante dos años.
PUESTO DE TRABAJO:
SECRETARIA
ALCALDE-PRESIDENTE
9.- BOLSA DE TRABAJO.
Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento de Torrijos - https://carpeta.torrijos.es - Código Seguro de Verificación: 45500IDOC27033972804A85C42BF
8.2. El/La aspirante propuesto/a, dentro del plazo de tres días hábiles desde
que se publique la relación de aprobados/as, aportará ante el Ayuntamiento los
documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos
en la convocatoria.
HASH DEL CERTIFICADO:
62B2A5C7EEBAAB5A5297B3658953246A27170490
1DCE61A5AE862FD6858B94D1ACB685D620025A12
plazas vacantes convocadas. Dicha relación se elevará a la Alcaldía para que
éste apruebe la propuesta de contratación y formalice el correspondiente
contrato de trabajo.
11.- VINCULACIÓN DE LAS BASES.
_
11.1. Las presentes Bases vinculan al Ayuntamiento, al Tribunal de selección y
a quienes participen en las pruebas selectivas. Tanto las Bases, como cuantos
actos administrativos deriven de la convocatoria y de la actuación del Tribunal
de selección podrán ser impugnados por los/as interesados/as en los casos,
plazos y forma establecida en la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
NOMBRE:
ANA BELEN DIAZ GARCIA
ANASTASIO AREVALILLO MARTIN
11.2. Contra estas Bases, que ponen fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de
un mes contado a partir del día siguiente a su publicación. También podrá
interponerse alternativamente recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Toledo, en el plazo de
dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 48, 109-c) y
107.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los
artículos 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa -LJCA-, sin perjuicio de que los/as
interesados/as puedan interponer cualquier otro recurso que sea procedente y
estimen oportuno.
PUESTO DE TRABAJO:
SECRETARIA
ALCALDE-PRESIDENTE
Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en
relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción
Social.
Ayuntamiento de Torrijos / Plaza de San Gil, 7 - 45500 Torrijos (Toledo)
925 77 08 01 – Est: 2 / Fax: 925 77 05 17
www.torrijos.es
Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento de Torrijos - https://carpeta.torrijos.es - Código Seguro de Verificación: 45500IDOC27033972804A85C42BF
El Tribunal de selección queda autorizado para resolver las dudas que se
presenten, interpretar las Bases de esta convocatoria y adoptar los acuerdos
necesarios para el buen orden del proceso selectivo.
HASH DEL CERTIFICADO:
62B2A5C7EEBAAB5A5297B3658953246A27170490
1DCE61A5AE862FD6858B94D1ACB685D620025A12
10.- INCIDENCIAS.