UEPC: EL GREMIO DE LOS DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD PROVINCIAL DE CÓRDOBA Ante demandas concretas, respuestas concretas 1 L a UNION DE EDUCADORES DE LA PROVINCIA DE CORDOBA (UEPC) a partir de la sanción de la Ley Nº 9.375 de creación de la Universidad Provincial de Córdoba (UPC) ha participado en distintas instancias a los fines de resguardar los derechos de los docentes que forman parte de la misma. La UEPC apoya las iniciativas en el campo de las políticas públicas que signifiquen el fortalecimiento de la presencia del Estado en todos los niveles y modalidades educativas. Especialmente, cuando estas se dan en el Nivel Superior; ya que el mismo resulta un espacio propicio donde los sectores mercantilistas y privatistas pretenden intervenir con sus ofertas en desmedro de la educación pública y gratuita. Resulta auspiciosa la creación de la UPC, y la posibilidad de que en la misma se lleven adelante trayectos de formación universitaria de calidad, a los que tengan acceso los sectores populares. En este marco, al momento de iniciarse el proceso de normalización de la UPC, el sindicato reclamó en virtud del ámbito de actuación de su Personería Gremial, ser reconocido como representantes del claustro docente. Aceptada dicha representación ante el Ministerio de Trabajo, venimos trabajando en favor de los derechos de los docentes transferidos, como así también de aquellos que se fueron incorporando a las Licenciaturas. Nuestra política gremial en la UPC se sustenta en atender las demandas concretas de los docentes y obtener respuestas concretas a las mismas, a fin de que el proceso de normalización se desarrolle sin desmedro o riesgo de los derechos laborales y abriendo diversas instancias de participación. 2 Desde UPEC seguiremos alentando la participación activa de los docentes que asuman un fuerte compromiso por la calidad e igualdad educativa. Creemos que la lucha por el respeto a los derechos laborales debe estar sólidamente entrelazada con la clara conciencia de que el perfeccionamiento, la actualización y la evaluación son cuestiones que forman parte sustancial de la construcción de una Universidad Pública. Primeros pasos N uestras primeras intervenciones gremiales en la UPC tuvieron como objetivo obtener las garantías en el campo laboral, salarial y jubilatorio de los docentes transferidos de los ocho institutos educativos del Ministerio de Educación de la Provincia. Mediante las actas de fecha 15 de agosto y 22 de octubre de 2013, homologadas por el Ministerio de Trabajo pudimos concretar este cometido. De tal manera, logramos resguardar la carga horaria – cargos, horas cátedras, horas institucionales, espacios de acompañamiento curricular -; la situación de revista; derechos y deberes previstos en la normativa docente; continuidad de los sumarios en trámite; aplicación de los acuerdos de la Comisión de Política Laboral y Salarial Docente; continuidad de los Programas y Proyectos de Formación Docente, Formación Técnica y otros que venían desarrollándose los Institutos Transferidos; la cobertura de horas cátedra, cargos docentes no directivos y directivos, en condición de interinos o suplentes, en el Nivel Superior no Universitario mediante el régimen vigente al momento de la transferencia; utilización de la Re-solución Nº 1.288/2012 del Ministerio de Administración y Gestión Pública para el personal de la Administración Pública Provincial para Carpetas y Juntas Médicas; reconocimiento de los “Consejos Institucionales” que funcionaban en los ocho (8)Institutos Superiores transferidos. 3 Con esta base firme avanzamos en las tratativas con las autoridades universitarias en dos aspectos importantes: Establecer un espacio formal de negociación y consolidar la estabilidad laboral de los docentes transferidos. 4 Constitución de la Comisión Permanente Paritaria de los Docentes de la UPC y titularización de los docentes transferidos C onsideramos que el inicio de la etapa de normalización de la UPC - Ley Nº 10.214- era el momento oportuno para constituir un ámbito formal de negociación entre la representación gremial, estableciendo una agenda de trabajo en base a la demandas de los docentes y las cuestiones de interés de las partes. Esta aspiración se concreta el 22 de octubre de 2014 con la Constitución de la Comisión Permanente Paritaria de los Docentes de la Universidad Provincial de Córdoba (CPPD) con representación de la UPC y de UEPC. Los acuerdos que se formalizan en este ámbito son homologados por el Ministerio de Trabajo, con lo cual su cumplimiento estricto es obligación de las partes. De ser necesario, la Rectora Normalizadora emite las Resoluciones pertinentes para su implementación. Encabezó la agenda de trabajo de la CPPD, la solicitud de UEPC de garantizar la continuidad laboral de los docentes transferidos mediante la titularización de quienes se encontraren en condición de interinos. Las autoridades universitarias acordaron con el planteo, y se realizaron tratativas con el Ministerio de Educación para avanzar en su concreción. El día 28 de noviembre de 2014 se suscribe el Acta mediante la cual se propicia la titularización e inmediatamente se dicta la Resolución Rectoral Nº 0180/2014 que dispone la medida para todos los docentes interinos al día 31 de diciembre de 2013. De esta manera, quedó saldado un tema central, terminando con las especulaciones de quienes pretendían generar incertidumbre y desconfianza acerca de la posición de UEPC sobre el particular. 5 Terminar con la precariedad laboral de los docentes de las Licenciaturas L os docentes de la UPC que cumplían funciones en las licenciaturas se encontraban en una situación laboral precaria, - monotributistas, locación de servicios y/o proveedores del estado -. El gremio convocó a los compañeros docentes, y aún reconociendo que habían ingresado con un procedimiento impropio del empleo público, consideramos que dado su condición de trabajadores no debían continuar al margen de las normas laborales vigentes. La UEPC incorporó la temática en la CPPD, y luego de numerosos debates y reuniones con los docentes y autoridades de los Ministerios de Gestión Pública y Educación, se logró suscribir el 6 Acta del 12 de enero de 2015 que pone fin a los contratos de locación de servicios de estos docentes a partir del 31 de diciembre de 2014, y se acordó un modelo de contrato de designación de docente de la UPC, en los términos previstos en el Artículo 85 del Estatuto Provisorio de la Universidad Provincial de Córdoba (Decreto Nº 1.409/2012),que comenzó a aplicarse a partir del 1 de enero del año 2015. A la par, se firmó otra Acta en la misma fecha,1-12-2015, que determinó los aspectos centrales del contrato laboral de los mencionados docentes: - Pauta Salarial Mensual; - Composición del Salario; - Lugar y Fecha de Pago; - Mecanismo de actualización salarial con enganche a la Comisión de Política Laboral y Salarial Docente; - Aportes y Contribuciones a la Caja de Jubilaciones, Retiros y Pensiones de Córdoba y al APROS; - Régimen de Licencia Anual Ordinaria; - Régimen de Incompatibilidad Docente. Además se previó la utilización del Régimen Disciplinario Docente y el análisis del mecanismo de Evaluación de Desempeño de la tarea docente. Con estos resultados de la CPPD, durante los últimos días de diciembre de 2014 y enero del nuevo año, se trabajó intensamente para lograr que todos los docentes beneficiados cobraran en debida forma y con el nuevo régimen. Los primeros días de febrero permitieron comprobar que el esfuerzo había dado resultados positivos. 7 Primera discusión salarial de los docentes de la UPC L a discusión salarial para el año 2015 estuvo enmarcada en un debate en el que UEPC hizo una fuerte apuesta para incorporar temas pendientes como el “piso salarial” y la “recomposición de los cargos postergados”; a la par de avanzar en un porcentaje de incremento que resultara satisfactorio en un marco de una importante disputa de los sectores dominantes para generar un escenario político de zozobra e incertidumbre. Para los docentes de la UPC, la discusión salarial se desenvolvió en dos ámbitos: la CPLSD y la CPPD. Las características generales del acuerdo se darían en el primer ámbito; en tanto en la CPPD debimos realizar las adecuaciones propias para los docentes de la UPC con cargos de dedicación simple y semi-exclusiva. El porcentual de incremento logrado en la CPLSD se aplicó a los cargos de dedicación y además se aumentó el porcentaje del básico en la composición del salario. Asimismo, se acordó que al momento del tratamiento del régimen laboral de los docentes de la UPC se abordará la reconversión del concepto Material Didáctico de carácter no remunerativo a los fines de su eliminación. De esta manera, conquistamos para los docentes de las Licenciaturas una pauta salarial que se encuentra por encima de sus pares de las otras Universidades – Públicas y Privadas - situadas en la Provincia de Córdoba. 8 Régimen de Incompatibilidad Docente: un debate complejo y necesario. L a constitución de un ámbito laboral como la Universidad Provincial de Córdoba, en la cual participan docentes originarios del sistema educativo provincial, la incorporación de nuevos docentes y el interés de otros que forman parte de dicho sistema de ingresar a la misma, ha generado la necesidad de abordar un tema sumamente complejo: El régimen de incompatibilidad docente. La UEPC sostiene la postura de evitar la flexibilización de dicho régimen, en términos que atente contra las condiciones de trabajo y salud de los docentes, y atendiendo a que la tarea docente cumpla su principal cometido: que los alumnos aprendan. En los últimos años, han surgido una serie de propuestas de los Ministerios de Educación de la Provincia y de la Nación en el formato de Programas, Planes y/o Proyectos que han puesto en cuestión la incompatibilidad docente vigente. En el año 2010 con motivo de la reforma operativa del Decreto-Ley Nº 214/E/63, concretada con la Ley Nº 9.822, se elevó a treinta y seis horas cátedras semanales el máximo que podría desempeñar un docente, bajo una reglamentación específica. Esta se estableció mediante el Decreto Nº 389/2011. Asimismo, docentes con titulaciones y trayectorias académicas que les permiten postularse para trabajar en la UPC han reclamado poder acceder a la Licencia por mayor desarrollo profesional, normada por el Decreto Nº 1.503/2009. Atendiendo las situaciones enunciadas, la representación gremial con las autoridades del Ministerio de Educación y de la Universidad Provincial acuerdan el día 10 de marzo de 2015 producir las adecuaciones pertinentes a los Decretos 1.503/2009 y 389/2011 para posibilitar el acceso a cargos docentes con dedicación simple y semi-exclusiva. En este marco, en la CPLSD se firma el Acta Acuerdo de UEPC y el Ministerio de Educación de la Provincia ampliando los alcances de los Decretos mencionados a quienes se postulen para cargos docentes directivos y no directivos, dedicaciones simples y/o semi-exclusivas y horas cátedras de la UPC. A raíz de ello, el Ministerio de Educación de la Provincia emite el Memorando Nº 02/15 para adecuar los aspectos administrativos para que se adecue el Decreto Nº 1.503/09 al acuerdo mencionado. En tanto, el texto se está trabajando con el Poder Ejecutivo Provincial para la suscripción del nuevo Decreto que reemplace al ya modificado Decreto Nº 389/11. 9 Continuar la tarea de consolidar y conquistar derechos E l inicio del ciclo lectivo 2015 estuvo enmarcado en un fuerte trabajo de la CPPD sobre algunos aspectos laborales que se prestaban a confusión y generaban incertidumbre en los docentes. En este sentido, logramos salvar el error administrativo en torno a la designación de los docentes en los Trayectos Artísticos Profesionales, mediante la utilización con carácter excepcional para el ciclo lectivo 2015 de la Lista de Orden de Mérito confeccionada por la Junta de Clasificación de Nivel Medio. Por otra parte, se dejó debidamente establecido que el Régimen de Licencias, Inasistencias y Carpetas Médicas, y el Régimen Disciplinario que rige a los docentes de la UPC es el aplicable a sus pares del Ministerio de Educación. Con el objetivo de que los docentes transferidos a la UPC puedan desarrollar la carrera docente universitaria, se colaboró con la iniciativa de las autoridades para concretar una propuesta para cursar un tramo de formación para titularse como Profesor Universitario dirigido específicamente a los docentes de la UPC. Quienes a la fecha carecieren de titulaciones de posgrado con dicho título, podrán postularse en las licenciaturas. 10 Legislar sobre el ingreso docente a la UPC U n tema importante que comenzó a trabajarse en el mes de marzo de 2015 fue un proyecto de Reglamento de Selección de Docentes de la UPC. La representación universitaria entregó al gremio un borrador del mismo, que fue sometido al debate de los docentes. La necesidad de profundizar su tratamiento y lograr el mayor nivel de consenso, dio lugar a que UEPC solicitará la ampliación de los términos previstos para su concreción. El gremio mantiene su postura de profundizar el debate sobre este tema central pero considera que deben evitarse las dilaciones y la consideración del mismo desde una perspectiva meramente corporativa. Es un instrumento necesario que debe ser riguroso y ágil para que las designaciones sean transparentes y se logre la incorporación de los docentes mejor calificados académicamente. Como señalamos anteriormente, sostenemos que la defensa de los derechos de los trabajadores docentes no debe ser ajena a la lucha por la construcción de una universidad pública con jerarquía académica que brinde una formación de calidad a los educandos de los sectores populares. 11 Fortalecer la participación docente para afianzar la construcción de la UPC E l avance en la construcción del entramado normativo que sustenta las relaciones laborales en la UPC estuvo acompañado de un debate en torno a la construcción de mecanismos que permitieran la participación efectiva de los docentes en el proceso de normalización de la universidad. Controversias en torno a la continuidad de los actuales planes de estudio, la perspectiva de las nuevas trayectorias académicas, el desenvolvimiento de la vida institucional, estuvieron siempre presentes. La UEPC reclamó desde un primer momento a las autoridades canalizar orgánicamente estas demandas, pues hace a la consolidación de un proceso plural y democrático. A esos efectos, en los primeros días de abril reiteramos nuestro requerimiento en los siguientes aspectos: u Contar con un espacio formal donde, a través de representantes elegidos por sus pares, puedan concretarse los debates, propuestas y resoluciones en la presente etapa de normalización. u Convocar periódicamente a los Cuerpos Directivos de las Instituciones Educativas que forman parte de la Universidad Provincial de Córdoba para tratar cuestiones planteadas por el colectivo docente. u Constituir un espacio de articulación con los miembros de los Consejos Institucionales y/o de referentes académicos elegidos por sus pares, a los fines de garantizar la efectiva consulta y participación de los miembros de la comunidad educativa. 12 Como resultado de lo peticionado surgen las siguientes Resoluciones Rectorales: u Resolución 0048/2015 : Creación de las Facultades de Educación y Salud, Turismo y Ambiente y de Arte y Diseño, las cuales funcionaran inicialmente y hasta tanto se vayan creando las estructuras administrativas y jurídicas propias, sobre la base de la estructura administrativa de los Institutos Superiores preexistentes, con un (1) Decano Normalizador y los Vicedecanos Normalizadores que se designen en cada caso como autoridades máximas de cada Facultad y que proceden del claustro docente de los Institutos transferidos. u Resolución 0061/2015: Conformación del EQUIPO TÉCNICO-CURRICULAR dependiente de la Secretaria Académica de la Universidad Provincial de Córdoba, el cual tendrá a cargo la coordinación académica de las Comisiones Técnicas Curriculares que funcionarán en el ámbito de cada una de las Facultades. Estas se constituyen con docentes y alumnos propuestos desde las Instituciones que conforman cada Facultad. Y tendrán como misión primordial, la producción final de los documentos que contengan las propuestas de ajustes curriculares y/o creación de nuevas carreras. Generar certidumbre para los docentes interinos y suplentes H abiendo logrado la estabilidad laboral plena de los docentes transferidos al 31 de diciembre de 2013, con el acuerdo de titularización en la CPPD, resultó necesario abordar la situación de los docentes que ingresaron posteriormente como interinos y suplentes. La UEPC sostuvo en la CPPD la necesidad de darle continuidad a los interinos hasta tanto se concreten los concursos de antecedentes y oposición con las normas propias de la universidad; y en ese sentido, evitar el cese anual de estos docentes. Asimismo, aclarar el concepto de “docentes a término”, ya que el mismo ha sido bastardeado en su uso original, y determinar la situación de los docentes suplentes. dose hasta la convocatoria a concursos en la UPC para cubrir titularidades – profesor ordinario -; los “interinos a término” cuyo plazo de vencimiento hubiera acaecido el día 28/02/2015, tendrán continuidad en su condición hasta el 29/02/2016. En función de ello, las partes acuerdan en la CPPD el 25 de marzo del 2015 que los interinos continuarán desempeñán- En tanto, los “interinos a término” que al 01/03/2015 hubieran mantenido continuidad laboral durante más de 3 años ininterrumpidamente serán reconocidos como interinos a secas. Los docentes suplentes mantienen los derechos propios de sus pares del Ministerio de Educación y tendrán continuidad hasta el reingreso del titular, y en caso que éste cesare en su vínculo laboral con la UPC, el suplente en ejercicio pasará a revistar en condición de interino. 13 Garantizar la transparencia en la cobertura de Espacios o Unidades Curriculares vacantes Y a que el Reglamento de Selección de Docentes de la UPC se encuentra en debate, fue necesario realizar una adecuación del procedimiento propio del Nivel Superior para cubrir las vacantes en espacios o unidades curriculares de manera transparente y que los postulantes cuenten con la información adecuada. La Resolución Rectoral Nº 0090/2015 cumple este cometido con un procedimiento y una grilla de ponderación de antecedentes que es público, y que posee el resguardo que las normas laborales requieren. Dando continuidad a esta línea de trabajo, UEPC ha reclamado que se realice la cobertura de los cargos docentes directivos y no directivos vacantes y a esos efectos se trate en la CPPD un procedimiento de cobertura de los mismos. 14 Avanzar en los derechos de los docentes de las Licenciaturas E l Acta de la CPPD del 12/01/2015 que determinaba las características del contrato de designación docente en cargos de dedicación contempla que este debe contar con un Anexo que explicite las funciones y tareas a desempeñar. De su aplicación, surgieron cuestionamientos sobre la distribución de la carga horaria en las funciones que son propias de la docencia universitaria – tarea áulica, extensión e investigación-. A los fines de aclarar este aspecto, en la CPPD se acuerda fijar la distribución de la carga horaria en los cargos de dedicación simple y semi-exclusiva respecto a la tarea áulica presencial con alumnos; la cual no podrá en ningún caso ser superior al 60% - equivalente a 9 horas cátedra para la dedicación simple y 18 horas cátedra para la dedicación semi exclusiva-. El resto de la carga horaria se distribuirá, en acuerdo con la autoridad académica correspondiente, en actividad de extensión y/o investigación. La construcción de un contrato laboral específico para la docencia universitaria es una tarea compleja y que cuenta con aspectos distintivos de los que rigen en el sistema educativo provincial. Su regulación es más flexible atento las características que son propias de la tarea universitaria. De tal modo, que haber logrado especificar la carga horaria de la tarea áulica presencial con alumnos es un antecedente novedoso en este campo, al no dejar liberado a una tratativa individual las condiciones contractuales. El camino recorrido marca los fundamentos del trabajo gremial de UEPC en la Universidad Provincial de Córdoba Ante demandas concretas, respuestas concretas ha sido el camino transitado por el trabajo gremial de UEPC. Hemos construido bases sólidas para abordar los desafíos que debamos afrontar sin poner en riesgo la continuidad y estabilidad laboral de los docentes. Consolidemos la presencia gremial con más participación y organización en el gremio de los docentes de la Universidad Provincial de Córdoba. 15 25 de Mayo 427 - Córdoba - Argentina Sitio web: www.uepc.org.ar Facebook: UEPC-PáginaOficial Teléfonos: 410 1430/1431
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