PÓLIZA SEGURO DE ACCIDENTES ESCOLARES N°834-2-994000000001 Aseguradora Solidaria de Colombia CONTACTO Teléfono 546 0101 en Bogotá / Línea Nacional Solidaria 018000 512021 / # 789 desde cualquier celular La presente póliza se renueva de forma automática. PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTRO: 1. El tomador, el aprendiz o cualquier persona con conocimiento del siniestro debe dar aviso a la línea Nacional Solidaria. 2. La persona que se comunique deberá informar sobre la situación que puede dar origen a la reclamación y solicitar autorización de (código que brinda la línea Aseguradora) para la atención del aprendiz accidentado. 3. El asegurado debe presentar su carnet de aprendiz vigente al momento del accidente. 4. Sí el aprendiz no presenta el carnet estudiantil, gozara de la cobertura presentado una certificación expedida por el Convenio Unimonserrate – SENA en la cual acredite estar Matriculado y Activo en formación. 5. El aprendiz tiene que informar dentro de los 120 días siguientes a la fecha de la ocurrencia de la lesión, pérdida o muerte para presentar la reclamación. De lo contario debe ser atendido por su EPS COBERTURAS BÁSICAS 1. MUERTE ACCIDENTAL: Cubre el riesgo de muerte accidental del aprendiz siempre que esta suceda durante los ciento veinte (120) días calendario, siguientes al accidente ocurrido durante la vigencia de esta póliza. Tener en cuenta: Esta póliza NO cubre muerte natural. 2. INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE: Cubre la incapacidad total y permanente, la cual es determinada por la Junta Regional de Invalidez cuya calificación sea superior al 50% de la perdida funcional que sufra el aprendiz, por consecuencia de un evento accidental amparado dentro de la vigencia de la póliza. 3. DESMEMBRACIÓN ACCIDENTAL: Se indemnizará la pérdida anatómica o funcional del aprendiz, como consecuencia de un accidente amparado por la póliza, de acuerdo con la tabla establecida en las condiciones generales de la póliza. 4. GASTOS MÉDICOS DERIVADOS POR ACCIDENTE: Cubre los gastos médicos, quirúrgicos y hospitalarios, a consecuencia de un accidente amparado por la póliza. Bienestar al Aprendiz Conv. SENA Unimonserrate ¡Aportando a la Formación Integral de Nuestros Aprendices! 5. 6. 7. 8. Este amparo brinda cobertura por lesiones causadas como consecuencia directa de: Accidentes cuando el aprendiz actué como conductor o acompañante de moto o bici moto. Intoxicación accidental por alimentos Cobertura por accidente en bicicleta Práctica de cualquier deporte en calidad de aficionado. Picadura o mordedura de animales. Insolación o congelación Involuntaria. Afectación por atraco o hurto calificado al aprendiz. Accidentes Odontológicos. GASTOS DE TRASLADO DE PACIENTES: Se cubre el servicio a través de la red de ambulancias por parte del personal calificado para atender las emergencias que se presenten en el momento del accidente. Para acceder a este servicio debe comunicarse con el call center la cual emitirá el código de autorización correspondiente. ENFERMEDADES AMPARADAS: Al ser diagnosticada alguna de las enfermedades amparadas durante la vigencia, la aseguradora reconocerá la indemnización. LAS ENFERMEDADES SON: Poliomielitis, Leucemia, Tétanos, Escarlatina, Cáncer, Sida, Afección renal crónica, Infarto Agudo de Miocardio y Accidente Cerebrovascular. AUXILIO FUNERARIO: Durante la vigencia del seguro, como consecuencia directa de un accidente si el aprendiz llegase a fallecer, dentro de los (365) días siguientes a la fecha de su ocurrencia la aseguradora dará el auxilio contratado. RIESGO BIOLÓGICO: Atención integral del paciente que sufra accidente relacionado y/o derivado con riesgo biológico: Tratamiento médico y hospitalario; Medicamentos y asistencia farmacéutica y Exámenes de diagnóstico EXCLUSIONES DE LA PÓLIZA Cuando la causa del fallecimiento sea porque el aprendiz se encuentre bajo la influencia de bebidas embriagantes o de drogas toxicas y/o alucinógenas o de fármacos no prescritos medicamente. La muerte provocada al aprendiz, causada por cualquier infracción a las leyes o decretos. Cuando sea producidos por hechos de guerra declarada o no declarado, motín, huelga o cualquier acto que constituya delito de conformidad con lo estipulado a la ley. Cuando sea consecuencia de un accidente sufrido por el aprendiz mientras haga parte de la tripulación de cualquier aeronave. Los gastos médicos para cubrir cirugías estéticas o plásticas con fines de embellecimientos. Lesiones sufridas como consecuencia de la práctica de deportes de alto riesgo, tales como: Boxeo, buceo, motociclismo, paracaidismo, pesca, pilotos, aviadores, tauromaquia y pruebas de resistencia. Bienestar al Aprendiz Conv. SENA Unimonserrate ¡Aportando a la Formación Integral de Nuestros Aprendices!
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