REPÚBLICA Y GUERRA CIVIL SELECCIÓN DE TEXTOS Fuente: Recopilación en internet de EMILIO MORA GÓNGORA JEFE DEL DEPARTAMENTO DE DE HISTORIA DEL IES SAAVEDRA FAJARDO DE MURCIA 19.- MANIFIESTO DE LA AGRUPACIÓN DE INTELECTUALES AL SERVICIO DE LA REPÚBLICA. 1931 20.- MANIFIESTO DE ALFONSO XIII A LA NACIÓN. 1931. 21.- ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1931. 22.- AZAÑA Y EL PROBLEMA RELIGIOSO DURANTE LA II REPÚBLICA. 1931. 23.- LEY DE BASES DE LA REFORMA AGRARIA. 1932. 24.- PROGRAMA DEL FRENTE POPULAR. 1936. 25.- FRAGMENTO DEL DECRETO LEY DE UNIFICACIÓN. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO. 1937. 19.- MANIFIESTO DE LA AGRUPACIÓN DE INTELECTUALES AL SERVICIO DE LA REPÚBLICA. 1931. ... creemos que la monarquía de Sagunto ha de ser sustituida por una República. Pero es ilusorio imaginar que la Monarquía va a ceder galantemente el paso a un sistema de Poder público tan opuesto a sus malos uso, a sus privilegios y egoísmos. Sólo se rendirá ante una formidable presión de la opinión pública. Es, pues, urgentísimo organizar esa presión, haciendo que sobre el capricho monárquico pese con suma energía la voluntad republicana de nuestro pueblo. Esta es la labor ingente que el momento reclama. Nos proponemos suscitar una amplísima agrupación al servicio de la República, cuyos esfuerzos tenderán a lo siguiente: Primero: movilizar a todos los españoles de oficio intelectual para que formen un copioso contingente de propagandistas y defensores de la República española. Segundo: Con este organismo de avanzada, bien disciplinado y extendido sobre toda España, actuaremos apasionadamente sobre el resto del cuerpo nacional, exaltando la gran promesa histórica que es la República española. Tercero: Pero, al mismo tiempo, nuestra Agrupación irá organizando, desde la capital hasta la aldea y el caserío, la nueva vida pública de España en todas sus bases a fin de lograr la sólida instauración y el ejemplar funcionamiento del nuevo Estado republicano. 11 de febrero de 1931. CLASIFICACIÓN Texto histórico circunstancial de carácter político Es una fuente primaria y directa. Es un texto público. Tuvo gran repercusión por los personajes que lo firman. Fechado el 11 de Febrero de 1931 antes de las elecciones municipales que dan el triunfo a la República. Segovia, la tierra de Juan Bravo, una avanzadilla en la instauración de la República en España, fue noticia nacional el 14 de febrero de 1931. Ese día, la Agrupación al Servicio de la República fundada por José Ortega y Gasset, Ramón Pérez de Ayala y Gregorio Marañón presentó su ideario en el teatro que lleva el nombre del comunero segoviano. Antonio Machado ejerció de anfitrión. Las crónicas de la época subrayaron la calidad de los oradores, en especial de Ortega, «elocuentísimo y rebosante de pasión». El mismo que había firmado en ‘El Sol’ su famoso ‘Delenda est monarchia’, pidió al pueblo segoviano que se rebelara contra los vicios del pasado, arremetió contra la Monarquía de Alfonso XIII y apostó por el acceso a la vida pública de todas las clases sociales. El mitin, que había estado a punto de ser prohibido, resultó un éxito que sus ilustres protagonistas celebraron después en el hotel Comercio Europeo con «brindis fervorosos» por la República. ANALISIS Y COMENTARIO La '''Agrupación al Servicio de la República''' fue un movimiento político español creado a principios de 1931 por [José Ortega y Gasset, Gregorio Marañón y Ramón Pérez de Ayala. Su Manifiesto fundacional fue publicado en ''El Sol'' el 10 de febrero de 1931 El 14 de febrero tuvo lugar su primer acto público en el Teatro Juan Bravo de Segovia, bajo la presidencia del poeta Antonio Machado. El día siguiente, 15 de febrero, el jefe del Gobierno, el general Dámaso Berenguer, presentó su dimisión. La Agrupación al Servicio de la República no fue creada con la intención de ser un partido, sino un grupo de unión de intelectuales y profesionales interesados en construir un nuevo Estado. La ASR debe entenderse como una empresa de Ortega, en la línea del artículo "El error Berenguer “publicado en ''El Sol (España)|'' el 15 de noviembre de 1930, el que Ortega y Gasset concluía, frente a la crisis del régimen de la Restauración y de la Dictadura del general Miguel Primo de Rivera: "¡Españoles, vuestro Estado no existe! ¡Reconstruidlo! 'Delenda est Monarchia'. Dado el importante apoyo social que consiguió el llamamiento de la Agrupación al Servicio de la República, ésta se fue convirtiendo en partido. El primer objetivo de la Agrupación al Servicio de la República (ASR) era la convocatoria de elecciones constituyentes, y la construcción de un Estado "auténticamente nacional" integrador de todas las clases de ciudadanos. En las elecciones municipales del 12 de abril de 1931, la Agrupación al Servicio de la República (ASR) no presentó candidatos pero pidió el voto para la candidatura republicana. Después de la proclamación de la Segunda República española dos días después, José Ortega y Gasset elogió la tranquilidad con la que el Gobierno provisional republicano había llevado a cabo el cambio de régimen. En vista a las elecciones constituyentes, convocadas para el 28 de junio de 1931, la ASR presentó candidatos dentro de la candidatura republicano-socialista. Constituyó un programa de signo liberal que incluía en particular: == una separación clara de los poderes ejecutivo y legislativo == un Parlamento unicameral elegido por las regiones, asistido por comisiones técnicas == una estructuración regional (pero no federal) del Estado en grandes provincias gobernadas por asambleas y gobiernos locales == un estatuto general del trabajo, con sindicación obligatoria de los trabajadores == una "economía organizada", es decir, cierta planificación económica por parte del Estado, en vista a la construcción de un "Estado social" == una separación nítida de Iglesia y Estado. La ASR consiguió 13 escaños de diputados en las Cortes Constituyentes: Justino de Azcárate, Alfonso García Valdecasas, Juan Díaz del Moral, Bernardo Giner de los Ríos, José Fernando González Uña, Vicente Iranzo, Gregorio Marañón, José Ortega y Gasset, José Pareja Yébenes, Ramón Pérez de Ayala], Manuel Rico Avello, Juan José Santa Cruz y Publio Suárez Uriarte. Las intervenciones de Ortega y Gasset en las Cortes, posteriormente recogidas en el libro ''Rectificación de la República'', eran muy esperadas, comentadas y criticadas, en particular cuando se expresó sobre el problema de la estructura territorial del Estado y el Estatuto catalán. Pese a ello, el partido fue relativamente poco influyente en las Cortes, en parte por causa de las declaraciones del filósofo, que describía su movimiento como un grupo de intelectuales metidos en política sólo por deber y como a disgusto. Muy pronto el líder de la Agrupación al Servicio de la República mostró su desencanto respecto al nuevo régimen y el cariz demasiado extremista que tomaba. El "Manifiesto disolviendo la Agrupación al Servicio de la República" fue publicado en el periódico ''Luz'' el 29 de octubre de 1932. Explicaba que la República estaba ya "suficientemente consolidada", por lo cual el grupo había conseguido su objetivo y se disolvía "dejando en libertad a sus hombres para retirarse de la lucha política o para reagruparse bajo nuevas banderas y hacia nuevos combates". VALORACIÓN Los miembros de la Agrupación al Servicio de la República continuaron su trayectoria política en distintos partidos. La mayor parte pasó al Grupo Republicano Independiente, pero algunos pasaron al Frente Popular o a la Falange Española. Cierta falta de claridad y de concreción en el proyecto de la Agrupación al Servicio de la República impidió sin duda que su mensaje fuera bien entendido por la clase política española y adquiriese un amplio respaldo social; la imagen del partido quedó estrechamente vinculada a la personalidad de sus tres fundadores intelectuales preocupados por crear un nuevo estado. 20.- MANIFIESTO DE ALFONSO XIII A LA NACIÓN. 1931. Las elecciones celebradas el domingo me revelan claramente que no tengo hoy el¡ amor de mi pueblo. Mi conciencia me dice que este desvío no será definitivo, porque procuré siempre servir a España, puesto el único afán en el interés público, hasta en las más críticas coyunturas. Un Rey puede equivocarse, y sin duda erré yo alguna vez; pero sé bien que nuestra Patria se mostró en todo momento generosa ante las culpas sin malicia. Soy el Rey de todos los españoles y también un español. Hallaría medios sobrados para mantener mis regias prerrogativas, en eficaz forcejeo contra quienes las combaten. Pero, resueltamente, quiero apartarme de cuanto sea lanzar a un compatriota contra otro, en fratricida guerra civil. No renuncio a ninguno de mis derechos, porque más que míos son depósitos acumulado por la Historia, de cuya custodia ha de pedirme algún día cuenta rigurosa. Espero a conocer la auténtica y adecuada expresión de la conciencia colectiva, y mientras habla la nación, suspendo deliberadamente el ejercicio del Poder Real y me aparto de España, reconociéndola así como única señora de sus destinos. También quiero cumplir ahora el deber que me dicta el amor de la Patria. Pido a Dios que también como yo lo sientan y lo cumplan todos los españoles. Alfonso, Rey. ABC, 17 de abril de 1931. CLASIFICACIÓN Nos encontramos ante una fuente primaria y directa, es un texto circunstancial y político, es un documento público. Es el discurso de despedida del que ha sido jefe del estado de 1902 a 1931, publicado en uno de los principales periódicos españoles. La pretensión del autor es explicar a todo el pueblo español la razón de su actitud. El autor es Alfonso XIII, rey de España entre 1902 a 1931, hijo de Alfonso XII, y Mª Cristina de Habsburgo (regente entre 1885 y 1902). Su reinado marca la decadencia del sistema de la Restauración y el fin de la monarquía que había estado implicada en la Dictadura de Primo de Rivera y fue arrastrada por esta en su caída. El texto fue redactado el día 13 de abril y fue presentado por el rey ante el consejo de ministros el día 14, por la tarde antes de marchar al exilio, pero se publicaría unos días más tarde, por prudencia, una vez auxiliada toda la familia real y ante el temor de posibles reacciones por parte de los monárquicos. Fue publicado en Madrid el 17 de Abril de 1931 en el diario ABC y otros periódicos del país para conocimiento de todos los españoles, que son sus destinatarios. El texto se publica en la prensa nacional el día 17 de abril de 1931, y es la consecuencia directa de los acontecimientos acaecidos en el país durante la semana precedente. El día 12 se había celebrado elecciones municipales, en las cuales, con una alta participación (66,9% del censo, reservado en este momento a varones mayores de 25 años), resultaron claramente triunfadores los partidos antimonárquicos aglutinados en el Pacto de San Sebastián (PSOE, partidos radicales, republicanos y nacionalistas catalanes y vascos). Por dicho Pacto, acordado en 1930, los partidos citados se comprometían a protagonizar una insurrección que instaurara la república en España, lo que hubiera supuesto la continuación del sistema tradicional de cambio de gobierno en el país desde el siglo XIX, esto es, el pronunciamiento militar. De hecho, en diciembre de 1930 se había producido una sublevación fallida en Jaca (Huesca), protagonizada por los capitanes Fermín Galán y García Hernández. ANALISIS Y COMENTARIO En esta ocasión, sin embargo, el cambio no ya de gobierno, sino de régimen, iba a llegar a través de las urnas y no de un pronunciamiento. El sistema caciquil, que hasta ese momento se había encargado de manipular las elecciones a conveniencia, demostraba toda su fuerza en las áreas rurales, pero poco podía hacer en las grandes ciudades. En 41 de las 50 capitales provinciales triunfaron los candidatos antimonárquicos. De esta manera, la consulta electoral se convirtió, en la práctica, en un auténtico referéndum sobre la continuidad de la monarquía. Nada más conocerse los resultados, varios ministros del gobierno de Juan Bautista Aznar intentan convencer al rey para que abandone el país. Incluso el ministro de la Guerra, el general Berenguer, ordena a los capitanes generales que acepten la voluntad popular. Cualquier duda al respecto se disipa cuando, el día 14, numerosos ayuntamientos españoles, comenzando por el de Eibar, proclaman la República. Esa misma tarde, el rey firma el Manifiesto por el que abandona el trono, y parte hacia el exilio. El resultado electoral es, en buena medida, la constatación del profundo descontento existente en el país desde hacía años. El propio monarca, en el texto de referencia, hace alusión a los graves errores de gobierno habidos en la década anterior al afirmar que « un rey puede equivocarse, y sin duda erré yo alguna vez... ». Entre estos graves problemas, podríamos citar el profundo malestar existente entre un campesinado sin tierras y que sufre la opresión del sistema caciquil, la incapacidad del sistema económico para dar respuesta a los anhelos de la burguesía, y, sobre todo, las tres grandes crisis del reinado: la Semana Trágica de 1909, la crisis de 1917 y el desastre de Annual. En las dos primeras, promovidas en gran medida por una importante tensión social, el rey optó siempre por estar al lado de los que mantenían el orden social que defendía los intereses de la oligarquía política y económica del país. En la tercera, al monarca se le relacionó con el desastre militar más importante del estado liberal español fuera de sus fronteras, y todo ello en aras de la defensa de una política colonial de fuerza y prestigio. Con todo ello, la monarquía, que además ha otorgado el poder a un dictador como Primo de Rivera, parece haberse convertido en el elemento a batir. La recién proclamada SEGUNDA REPÚBLICA será el régimen político español hasta 1936, cuando, con el golpe de estado del general Franco, se inicie la Guerra Civil Española y la posterior dictadura. Será un periodo convulso marcado por toda una serie de intentos de reformas diversas, algunos acabados con más éxito que otros; esta labor se podría resumir en: La constitución de 1931. De las más democráticas que se han hecho en España. Trataba de establecer un estado social de derecho, en donde no solo quedasen resguardadas las libertades individuales, sino también los derechos sociales y nacionales. Tuvo una cierta tendencia izquierdista fruto de la falta de consenso con la derecha, lo que se muestra sobre todo en su anticlericalismo. Reforma religiosa. Se establecieron una serie de leyes, algunas de ellas en la propia constitución, para reducir el poder de la Iglesia. Se disuelve la Compañía de Jesús; se realiza una Ley de Congregaciones que regulará las actividades económicas de la iglesia y se le coartará su capacidad docente; se suprimirá el presupuesto para el clero, lo que priva a la Iglesia de su principal fuente de financiación, y en general se pretenderá una laicización de la sociedad al permitirse el matrimonio civil, la secularización de los cementerios y el divorcio. La Iglesia se opondrá frontalmente a la República convirtiéndose en la abanderada de los que se oponen a ella. Reforma Agraria. Reforma Agraria: La Ley de 1932 va a pretender acabar con este problema histórico. La Ley pretende eliminar el latifundismo, modernizar la agricultura y acabar con el hambre de tierras del campesinado español formado en gran parte de jornaleros. Se adoptó la forma de la expropiación con indemnización (en la mayor parte de los casos) de los latifundios subexplotados o no explotados directamente. El encargado de realizar estas actuaciones será el IRA (Instituto de reforma Agraria). El proceso de Reforma encontró muchas dificultades repentizándose muchísimo, lo que provocó una fuerte agitación social entre el campesinado. La Reforma se paralizó durante el bienio conservador, devolviéndose incluso algunas tierras a sus antiguos propietarios. Con la victoria del Frente Popular se produce un gran impulso (en algunos casos son ocupaciones que serán legalizadas). Reforma militar. Se pretendía: == La profesionalización del ejército. El ejército español padecía de macrocefalia. Demasiados oficiales para tan pocas unidades en efectivo. Para combatirlo se trató de reducir el número de regiones militares y capitanías generales. Se suprimió la academia militar de Zaragoza dirigida por Franco. == La fidelidad a la República. Se ofreció el retiro voluntario y remunerado a los oficiales monárquicos, se sometió a la jurisdicción civil y se creo un nuevo cuerpo de orden público fiel a la República: los Guardias de Asalto. Reformas sociales. Se va realizar una legislación favorable a los trabajadores, especialmente desde el ministerio de Trabajo dirigido por Francisco Largo Caballero. La república, además, se va a preocupar especialmente por la educación. Se va a realizar una importante reforma educativa centrada en la extensión de la enseñanza primaria. Para ello se van a crear nuevas escuelas (6.000) y se va a dar trabajo a multitud de maestros. Establecimiento de un sistema de autonomías para las regiones históricas. Se trataba de dar así respuesta a las aspiraciones nacionalistas. En septiembre de 1932 se aprobaba el Estatuto de Cataluña. Gracias a él se formará la Generalitat de Cataluña dirigida durante todo el periodo por ERC (Primero por Macia y después por Companys). Estuvo suspendida entre 1934 y 1936, pero después de las elecciones del 36 volvió a restaurarse. Se negociaron otros estatutos pero el bienio conservador primero y la guerra después impidió su aprobación salvo en el caso de País Vasco que fue aprobado en 1936 iniciada ya la guerra (Gobierno autónomo dirigido por el PNV de José Antonio Aguirre). VALORACIÓN: La importancia del texto firmado por Alfonso XIII, en el momento en que se escribe, es capital, ya que marca el fin del régimen político por el que se había regido España (con la excepción del breve periodo de la SEGUNDA REPÚBLICA) desde su formación como Estado. La monarquía, sin embargo, volverá a proclamarse en España 44 años después, en 1975, tras la muerte del dictador Francisco Franco, con la coronación de don Juan Carlos I, nieto de Alfonso XIII. Ello nos lleva a fijarnos en otra afirmación del texto: “No renuncio a ninguno de mis derechos…”. Alfonso XIII abandona el trono, pero no renuncia a sus derechos dinásticos. Esta es la razón por la cual, durante la dictadura franquista, una parte del exilio se aglutina en torno a la figura de D. Juan, hijo del rey depuesto, reclamando la reinstauración de la monarquía en España. El propio general Franco parece hacer suya esta idea cuando proclama al príncipe don Juan Carlos como se heredero. Finalmente, don Juan cederá los derechos dinásticos a su hijo siendo éste ya monarca. 21.- ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1931. Art. 1.- España es una República democrática de trabajadores de toda clase... Los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo... La bandera de la República española es roja, amarilla y morada. Art. 3.- El Estado español no tiene religión oficial. Art. 11.- Si una o varias provincias limítrofes, con características históricas, culturales y económicas comunes, acordaran organizarse en región autónoma... dentro del Estado español, presentarán su Estatuto con arreglo a lo establecido en el Art. 12. Art. 26.- Una ley especial regulará la total extinción... del presupuesto del clero. Quedan disueltas aquellas Órdenes religiosas que estatutariamente impongan, además de los tres votos canónicos, otro especial de obediencia a autoridad distinta de la legítima del Estado. Art. 36.- Los ciudadanos de uno y otro sexo, mayores de veintitrés años, tendrán los mismos derechos electorales... Art. 67.- El presidente de la República es el Jefe del Estado y personifica a la Nación... Art. 68.- El presidente de la República será elegido por las Cortes... CLASIFICACIÓN Es una fuente primaria. Texto histórico-circunstancial de carácter jurídico. Documento público. Por ser una Constitución es un texto de gran trascendencia para la regulación de la vida de los españoles en ese momento. --- La Dictadura de Primo de Rivera se mostraba ineficaz para resolver los problemas del país, el régimen dictatorial se encuentra incapaz de solucionar los problemas y el aumento de la oposición hizo que el general mostrará su mano de hierro y tras comprobar que no contaba con apoyos en el ejército ni de las fuerzas sociales, presentó su dimisión el 28 de enero de 1930, dejando a Alfonso XIII como el representante de todos los males de la dictadura que había contribuido a alentar. El gobierno Berenguer fue un parche anacrónico en su intento de resucitar la constitución de 1876 y el sistema caciquil. La monarquía parecía incapaz de sobrevivir y los republicanos comienzan a tomar conciencia de su fuerza tras el pacto de San Sebastián en 1930. Berenguer dimite, ante las discrepancias en una cuestión que luego se demuestra clave para la supervivencia de la monarquía, la conveniencia de convocar primero elecciones generales o municipales. Tras su dimisión se nombra un gobierno provisional del almirante Aznar, que convoca elecciones municipales con el triunfo de las fuerzas republicanas y la inmediata proclamación de la República, produciéndose un periodo de breve en la euforia moral del país. La II REPÚBLICA elabora la Constitución de 1931. ANALISIS Y COMENTARIO de los artículos reseñados en el texto: La Constitución de 1931 es semejante a la de otros países europeos que propugnan “una república de trabajadores de todas clases”. Es una Constitución democrática en la que la soberanía emana del pueblo, pueblo al que se iguala ante la ley. Y que defiende los ideales de justicia, libertad e igualdad como defienden otras constituciones de países modernos del escenario internacional. Afirma la renuncia a la guerra como instrumento de las relaciones internacionales, y se ajusta al derecho internacional, motivado por el escenario internacional y la época de entreguerras en que se produce la proclamación de la República española. Dos temas fueron especialmente polémicos: las nacionalidades y la cuestión religiosa. El art. 3º “el estado español no tiene religión oficial” era un tema espinoso en un país donde las fuerzas conservadoras estaban muy imbricadas con la jerarquías eclesiásticas. En cuanto al tema de las autonomías que se conceden a las diferentes regiones, llegándose a desarrollar los Estatutos de Autonomía de dos regiones consideradas históricas, Cataluña y el País Vasco, no se renuncia a un “Estado Integral”. VALORACIÓN -- En cuanto a las concordancias o discrepancias con la Constitución actual, la primera diferencia fundamental esta en el artículo primero. Es la forma de gobierno. En la primera la forma por la que se opta es la República, en la de 1978 la forma que se consensua es la de una Monarquía parlamentaria. -- Otra diferencia fundamental es la forma de concepción del Estado. En la constitución de 1931 se opta por un Estado integral aunque con reconocimiento de la autonomía regional, mientras que en la constitución actualmente vigente, la formula adoptada es la del estado de las autonomías. -- Las banderas, que actúan como emblemas representativos en la psicología de los pueblos, también son diferentes, la franja morada de la bandera republicana, que fue sustituida por la roja con la dictadura de Franco, se mantiene en 1978. -- La forma de reconocimiento de donde emana la soberanía por parte del pueblo es un rasgo de identidad de ambas constituciones, además de otros temas como el del estado aconfesional, el idioma oficial del estado, la capitalidad y en general todos aquellos principios democráticos básicos, así como la aceptación de las normas del derecho internacional 22.- AZAÑA Y EL PROBLEMA RELIGIOSO DURANTE LA SEGUNDA REPÚBLICA 1931. ... La premisa de este problema, hoy político, la formulo yo de esta manera: España ha dejado de ser católica; el problema político consiguientes es organizar el Estado en forma tal que quede adecuado a esta fase nueva e histórica del pueblo español. Yo no puedo admitir, señores diputados, que a esto se le llame problema religioso. El auténtico problema religioso no puede exceder de los límites de la conciencia personal, porque es en la conciencia personal donde se formula y se responde la pregunta sobre el misterio de nuestro destino. Este es un problema político, de Constitución del Estado... porque nuestro Estado, a diferencia del Estado antiguo... excluye toda preocupación ultraterrena...Se trata simplemente de organizar el Estado español con sujeción a las premisas que acabo de establecer...Que siga entregado a las órdenes religiosas el servicio de la enseñanza. Eso jamás. Yo lo siento mucho; pero ésta es la verdadera defensa de la República.¿Permitiríais vosotros que un catedrático en la universidad explicase la astronomía de Aristóteles y que dijese que el cielo se compone de varias esferas a las cuales están atornilladas las estrellas? ¿Permitiríais que se propagase en la cátedra de la universidad española la medicina del siglo XVI? No lo permitiríais...Pues yo digo que, en el orden de las ciencias morales y políticas, la obligación de las órdenes religiosas católicas, en virtud de su dogma, es enseñar todo lo que es contrario a los principios en los que se funda el Estado moderno. AZAÑA, M.: Discurso en el Congreso, 13 de octubre de 1931. CLASIFICACIÓN Es una fuente primaria y directa de naturaleza histórico-circunstancial. Un documento público. El texto es un discurso de contenido político, realizado por Manuel Azaña, político que será ministro de Guerra, Presidente del Gobierno y Presidente de la República, ante las Cortes Constituyentes españolas de 1931, surgidas de las elecciones de junio de 1931. El texto se sitúa en el otoño de 1931 y los destinatarios son los diputados de las Cortes. ANALISIS Y COMENTARIO La intención es la defensa de un estado laico, concretamente de los artículos 26 y 27 de la Constitución, y la defensa que el cambio de régimen debe abordar los problemas profundos del país, el dominio oligárquico de los pueblos, la propiedad concentrada y el papel de la iglesia .En primer lugar el autor plantea en su discurso que se está en una revolución iniciada con la caída del máximo culpable de las desgracias de España, el rey y la proclamación de la República. En segundo lugar el problema social derivado de la propiedad de la tierra, en tercer lugar el problema autonómico y en cuarto lugar el religioso, problema que Azaña quisiera ver en el ámbito privado, pero que al hacerse político hay que solucionarlo con la separación entre el Estado y la Iglesia. El problema histórico de este texto es, por un lado, la constatación del problema autonómico y el de la reforma agraria, y por otro, el de la relación Iglesia-Estado, defendiéndose la opción del laicismo con la plena separación de ambos organismos. Por último, el problema religioso: El conflicto más grave se produjo a causa del enfrentamiento entre la Iglesia y el nuevo régimen. Los sectores más reaccionarios del clero hostigaron al Gobierno a través de pastorales por su política laicista en materia de enseñanza y de abandono de la financiación de la Iglesia. La situación desembocó en mayo en la “quema de conventos” y la actitud hostil de la Iglesia hacia la República había despertado el viejo anticlericalismo. La quema de conventos fue utilizada por las clases propietarias, que hicieron de la “defensa de la religión” una eficaz arma de propaganda antirrepublicana. En la “cuestión religiosa” se centraron los más encendidos debates. La Constitución estableció la disolución de las congregaciones religiosas de “obediencia a autoridad distinta de la legítima del Estado”. Desaparecía el presupuesto de culto y clero. Se prohibía a las congregaciones religiosas el ejercicio de la enseñanza, la industria y el comercio, al tiempo que quedaban sometidas a una ley especial. La Constitución proclamaba la libertad de conciencia y cultos y establecía la jurisdicción sobre los cementerios. Este es sin duda el tema principal que plantea el texto. En el documento aparece una argumentación de tipo casi filosófico: anula el problema desplazándolo a la esfera privada e íntima del individuo. Sin embargo esto no es más que una simplificación: España deja de ser católica sí, es decir, el Estado español deja de ser confesionalmente católico, pero la mayoría de los españoles son católicos. Además, el punto de partida del debate para los diputados de derechas es la posición de privilegio de la Iglesia ratificada en la última Constitución, la de 1876 que establecía que el Estado era confesionalmente católico y de los presupuestos del Estado al culto y clero católicos. Había cierta libertad de cultos pero siempre en privado, sin permitir su manifestación pública. Uno de los grandes debates de las Cortes constituyentes, de los que forma parte este documento, fue, el religioso y que se plasmó en la Constitución de 1931. En ella se declaraba que el estado español es laico, se aprobaba la ley de cultos y el matrimonio civil, se suprimía en el plazo de dos años el presupuesto de culto y clero, se prohibía ejercer la enseñanza, la industria y el comercio a las congregaciones religiosas, se suprimía la Compañía de Jesús y la incautación de sus inmuebles por parte del Estado. La aprobación de los artículos religiosos de la Constitución de 1931 provocó la dimisión de los sectores católicos del gobierno como Miguel Maura y Alcalá Zamora, Azaña sustituyó al católico Alcalá Zamora en la Jefatura del gobierno, mientras que éste pasó a Presidente de la República. Amplios sectores de la Iglesia interpretaron estas medidas como una provocación; para ellos el Estado había seguido una trayectoria que iba de la pasividad a la violencia anticlerical y el ataque frontal a la Iglesia tal y como se redactó la Constitución. La cuestión religiosa se convirtió en uno de los ejes de la política de la República, sobre todo por la capacidad de organización política que mostró la Iglesia a través de periódicos, organizaciones sindicales agrarias y partidos. La mayor parte de la jerarquía eclesiástica, encabezada por el cardenal Segura, se manifestaron en contra del régimen republicano. VALORACIÓN A modo de conclusión se podría decir que el Discurso de Azaña en las Cortes Constituyentes demuestra una de las contradicciones de la República y la Constitución de 1931. La cuestión religiosa fue tratada sin tacto, quizás, y contribuyó a radicalizar a los españoles que en su mayoría eran católicos, sobre todo los de la España rural y del norte. Se puede decir que la implantación del estado laico fracasó y no fue entendida la libertad religiosa como una más de las libertades para pasar a ser un arma esgrimida por los enemigos de la República y las clases más conservadoras. Estas actuaciones se detienen con los gobiernos del Bienio Conservador (1933-1935), pero se reanudan con más fuerza en febrero de 1936. Cuando comienza la Guerra Civil, la iglesia no duda en apoyar a los sublevados, a los que califica de “cruzados”. Por contra, en la zona controlada por los republicanos, y en el contexto del desgobierno de julio y agosto del 36, muchos eclesiásticos son represaliados y ejecutados por el único delito de profesar(ser católico). Explicación de Conceptos relacionados con el texto: Laicismo: Laicismo puede usarse para designar la tendencia a conceder a los laicos una importancia excesiva en detrimento de las prerrogativas de la jerarquía. Pero en el lenguaje corriente designa la posición de aquellos que conciben la religión como un asunto subjetivo y personal. El problema se plantea en Europa en la Edad Contemporánea y da origen a diferentes visiones de la laicidad. Laicidad de la enseñanza: Puede existir una enseñanza laica y una confesional católica. Laicidad del Estado, entendida como separación de los poderes espiritual y temporal, o como neutralidad religiosa, o ateísmo oficial. República: Sistema de gobierno que preconiza que el jefe del Estado salga de la voluntad popular. Los principios se basan en un régimen constitucional con división de poderes y cuyo dirigente máximo es un presidente. En España ha habido dos intentos de República, pero ambas han fracasado porque se han dado en un contexto de radicalización e inestabilidad progresivas. Cortes: Órgano de gobierno representativo existente en los distintos reinos de la Península Ibérica desde la época medieval. Convocadas por los monarcas con el objetivo de pedir asesoramiento en algún asunto de estado, solicitar aumento de impuestos o algún nuevo tributo. Son el órgano legislativo y representativo de la soberanía de la nación. En los textos constitucionales españoles predomina el modelo bicameral salvo en las Constituciones de 1812 y la de 1931 que eran unicamerales. 23.- LEY DE BASES DE LA REFORMA AGRARIA. 1932. Los efectos de esta ley se extienden a todo el territorio de la República. Su aplicación... tendrá lugar en los términos municipales de Andalucía, Extremadura, Ciudad Real, Toledo, Albacete y Salamanca... Las tierras del Estado... podrán ser objeto de asentamientos, sea cualquiera la provincia donde radiquen... La ejecución de esta ley quedará encomendada al Instituto de Reforma Agraria que... promoverá la formación de organismos de crédito a fin de facilitar a los campesinos asentados el capital necesario para los gastos de explotación... Serán susceptibles de explotación las tierras incluidas en los siguientes apartados: 1.- Las ofrecidas voluntariamente por sus dueños... 5.- Las que, por no ser explotadas directamente..., deba presumirse que fueron compradas con fines de especulación o con el único objeto de percibir su renta. 7.- Las incultas o manifiestamente mal cultivadas... Gaceta de Madrid, 21 de septiembre de 1932. CLASIFICACIÓN Texto de carácter jurídico. Ley de bases de la Reforma Agraria, publicado en la Gaceta de Madrid (Boletín del Estado) el 21 de septiembre de 1932. Fue un intento del gobierno de Bienio Reformador 1931-1933 de solucionar uno de los problemas seculares de nuestro país: la propiedad de la tierra. Es un documento público : una Ley de la Segunda República Española. ANALISIS Y COMENTARIO La Ley de Reforma Agraria pretendía llevar a cabo una redistribución de la propiedad agraria, medida que se juzgaba muy importante y urgente para satisfacer la demanda de los jornaleros sin tierras. Sin embargo, pretendía también la anulación del poder económico de los grandes terratenientes que, en su mayoría, eran monárquicos antirrepublicanos, lo que provocó enormes recelos y la obstrucción sistemática de los partidos de derechas en los debates parlamentarios. Tras largas discusiones, se aprobó en septiembre de 1932. Sin embargo, en lugar de ceñirse al problema de los latifundios del sur de la península, se aplicó en todo el país de forma simultánea, molestando innecesariamente a muchos pequeños y medianos propietarios, que, sobre todo en Castilla, se opusieron a ella. Dentro del contenido de esta ley destacaban tres puntos: • Las tierras pertenecientes a los aristócratas más importantes del país quedaron expropiadas sin indemnización. • Todos los latifundios, las fincas sistemáticamente arrendadas y los terrenos sin cultivar o abandonados fueron declarados expropiables a cambio del pago de una indemnización por parte del Estado a sus propietarios. • Las tierras expropiadas pasaban a propiedad estatal para ser destinadas al asentamiento de campesinos, quienes podrían decidir entre la explotación de las fincas recibidas de forma colectiva o el cultivo de parcelas individuales. Los asentamientos se tramitaron con muchísima lentitud y en medio de una fuerte resistencia, y se interrumpieron casi completamente durante el Gobierno de centro—derecha, a partir de 1934. Valoración En resumen se trata de la Ley de Reforma Agraria que se aplicará a los campesinos de las provincias donde predomina el latifundio (Andalucía, Extremadura, Ciudad Real, Toledo, Albacete y Salamanca). Establece que las tierras del Estado y de los antiguos señoríos podrán ser objeto de asentamiento en toda España. Crea el IRA para ejecutar la ley y promover créditos a los campesinos que se asienten en las tierras expropiadas: las ofrecidas voluntariamente por sus dueños, las mal explotadas o sin cultivar. Quedan excluidos las tierras comunales, los bosques y las fincas bien explotadas. En 1930, todavía 3,8 millones de personas trabajan en la agricultura, y de ellos, 2 millones eran jornaleros sin tierras y 750.000 aparceros o arrendatarios. Además, el latifundio era muy importante, especialmente en el sur: el 1,8 de las fincas suponían el 44% de las tierras. Los gobiernos de izquierdas del primer bienio de la Segunda República trataron de encarar el problema mediante decretos que trataban de proteger a los arrendatarios y los campesinos sin tierra: jornada de 8 horas, Ley de Términos Municipales, prórroga automática de los contratos de arrendamiento, sobre todo, con esta ley. La aplicación de la misma, fue un sonoro fracaso, ya que se tardó un año en completar el registro de propiedades expropiables, además de disponer el IRA de escaso presupuesto para las indemnizaciones (sólo los Grandes de España podían ser expropiados sin indemnización), hicieron que en 1934 sólo 12.000 familias hubiesen sido asentadas. El resultado fue irritar a un campesinado que se alejó de la República y que las derechas se uniesen en contra de la ley. En total, se produjeron algo más de 10.000 asentamientos, muchos menos de los previstos. A pesar de todo, las relaciones entre los propietarios, que se consideraban amenazados, y los jornaleros, que estaban impacientes por ocupar las tierras, llegaron a un punto de máxima tensión. Las medidas sobre la propiedad agraria crearon una gran alarma entre los terratenientes y unas enormes esperanzas entre los jornaleros y, finalmente, no satisficieron ni a unos ni a otros. Se creó un organismo encargado de llevar a cabo la reforma el IRA (Instituto de Reforma Agraria). La Reforma Agraria de 1932 queda iniciada pero en el Bienio Conservador 1933-1935 se paraliza lo que provoca una gran agitación en las zonas rurales. En 1936 se pone de nuevo en vigor con el Frente Popular. 24.- PROGRAMA DEL FRENTE POPULAR. 1936. Los partidos coaligados se comprometen: A conceder por ley una amplia amnistía de los delitos político-sociales cometidos posteriormente a noviembre de 1933... Se promulgará una ley concediéndose a las familias de las víctimas producidas por hechos revolucionarios... la adecuada reparación del daño inferido a las personas... Se restablecerá el imperio de la Constitución. Los republicanos no aceptan el principio de nacionalización de la tierra y su entrega gratuita a los campesinos, solicitada por los delegados del Partido Socialista... No aceptan los partidos republicanos el control obrero solicitado por la representación socialista. Convienen en: restablecer la legislación social en la pureza de sus principios... rectificar el proceso de derrumbamiento de los salarios del campo, verdaderos salarios de hambre, fijando salarios mínimos... Impulsarán, con el ritmo de los primeros años de la República, la creación de escuelas de primera enseñanza, estableciendo cantinas, roperos, colonias escolares y demás instituciones complementarias... Programa del Frente Popular, 15 de enero de 1936. CLASIFICACIÓN Es un texto histórico circunstancial, su temática es sociopolítica y es una fuente directa para el conocimiento de la evolución política de la Segunda República española. Se trata del programa del Frente Popular. Está fechado el 15 de enero de 1936, tras la convocatoria de elecciones por el presidente de la República, Niceto Alcalá Zamora y sería publicado el 16 de enero en el periódico “El socialista”, órgano oficial del partido socialista.Texto histórico-circunstancial de carácter político. Público. Los partidos de izquierda se unen en el llamado Frente Popular para las elecciones de 1936. El Frente Popular constituyó una plataforma electoral con un programa mínimo y escasamente revolucionario, que propugnaba la concesión de una amnistía, el restablecimiento de la Constitución de 1931, la recuperación de la legislación del primer bienio (Bienio Progresista 1931-1933) y la aceleración de la reforma agraria y educativa. En Cataluña se creó una formación similar, Front d'Esquerres, liderada por Esquerra Republicana y compuesta por organizaciones nacionalistas, republicanas y obreras catalanas. En febrero de 1936, las elecciones dieron la victoria a los candidatos del Frente Popular, que obtuvieron más del 40 % de los votos en la mayoría de las ciudades importantes. ANÁLISIS Y COMENTARIO Entre febrero y julio de 1936 se produjeron los siguientes acontecimientos en el panorama político español: • Se constituyeron gobiernos exclusivamente republicanos, dirigidos por Azaña primero y, a partir de mayo, por Casares Quiroga, ya que en esa fecha Azaña reemplazó a Alcalá-Zamora en la presidencia de la República. Las Cortes habían destituido a AlcaláZamora, acogiéndose a un artículo de la Constitución que preveía esta posibilidad en caso de que el presidente hubiera disuelto la cámara legislativa en dos ocasiones durante su mandato. En realidad, los diputados de los partidos del Frente Popular decidieron derrocarlo al considerar que se había extralimitado al quitar o conceder el poder a los diferentes gobiernos. Su desaparición de la vida política alarmó a la opinión pública más moderada. • Las decisiones políticas más importantes fueron la concesión de una amnistía, la readmisión de los trabajadores represaliados y el restablecimiento del Estatuto de Cataluña y la Generalitat. Se procedió también a restaurar el programa reformista, en especial la reforma agraria, mediante expedientes de emergencia. • Los socialistas no participaron en el Gobierno porque así se había acordado previamente y debido también a la división interna dentro de esta formación política. • El PCE, fiel a la estrategia de unidad antifascista difundida por la Internacional Comunista, opinaba que la defensa de la República y la democracia frente al fascismo era prioritaria incluso por encima de la revolución, y criticaron abiertamente las posiciones «izquierdistas» de la CNT y los radicales del PSOE. Esta postura le permitió aumentar considerablemente su influjo en la vida política y social española. • El movimiento sindical se lanzó a una ofensiva encabezada por la CNT y la UGT para recuperar las posiciones perdidas durante el bienio anterior. Miles de jornaleros del sur de España ocuparon las tierras de las que habían sido desalojados en esa etapa. El Gobierno se apresuró a respaldar la ocupación con medidas legales, mientras que muchos terratenientes paralizaron las labores agrícolas antes de contratar a trabajadores sindicados. Entre mayo y julio de 1936 se produjeron cerca de 200 huelgas agrarias. Destacó también la oleada huelguística en Madrid (mayo a julio) y, en particular, el paro convocado en el sector de la construcción, que afectó a más de 100 000 trabajadores; en el transcurso del mismo tuvieron lugar enfrentamientos armados entre afiliados de la UGT y la CNT. • Los militares presuntamente «golpistas» fueron alejados de los centros de poder: Goded fue destinado a Baleares; Franco, a Canarias; y Mola, a Pamplona, donde aprovechó para contactar con los carlistas. Sin embargo, la conspiración se reanudó a partir de febrero, y en ella participaron no solo los militares antiazañistas, sino también civiles monárquicos, carlistas y fascistas, a los que se relegaba a un segundo plano corno fuerzas de apoyo del ejército. En la conspiración intervino un sector de la CEDA, especialmente sus juventudes. El gran partido de masas de la derecha católica estaba tan dividido como el PSOE. • Se incrementó el terrorismo. La trama golpista fue acompañada de una serie de atentados protagonizados por falangistas, con la intención de desestabilizar el régimen y de crear un clima de alarma social: asesinatos abortados como los de Jiménez de Asúa y Largo Caballero, y consumados, corno los de Manuel Pedregal, Carlos Faraudo o el alférez Antonio de los Reyes, entre otros. Primo de Rivera fue encarcelado, y su partido, prohibido. Por su parte, muchos militantes de izquierda, encuadrados en milicias armadas, se tomaron la justicia por su mano y respondieron a los atentados con represalias. En este contexto, el 12 de julio se produjo el asesinato de José Castillo, socialista y teniente de la Guardia de Asalto. Al día siguiente, sus compañeros policías acudieron a buscar a su domicilio a Calvo Sotelo, que era entonces el parlamentario más famoso de la extrema derecha, y lo asesinaron. VALORACIÓN Ni Azaña ni Casares Quiroga pudieron evitar el deterioro del orden público. El doble crimen impactó sobremanera a la opinión pública y sirvió a los conspiradores como argumento para justificar una sublevación militar. El ambiente de violencia política e incertidumbre, vivido en muchas naciones europeas desde la Primera Guerra Mundial, y en algunas regiones de España durante la monarquía (por ejemplo, en Barcelona), no significaba, sin embargo, que en el país imperara un «clima de guerra civil» ni que la guerra fuera inevitable. Sin embargo, el desasosiego y la intranquilidad se apoderaron de la mayoría de los ciudadanos, que veían sobresaltados esta oleada de violencia y temían que se produjera una nueva insurrección revolucionaria o un golpe militar. Esto último fue lo que sucedió, ya que una parte importante de los mandos del Ejército estaban firmemente decididos a derribar la República y acabar con el gobierno frentepopulista mediante un golpe de fuerza. La sublevación militar antirrepublicana se puso en marcha el 17 de julio y así comenzó la Guerra Civil. 25.- FRAGMENTO DEL DECRETO LEY DE UNIFICACIÓN. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO. 1937. Falange Española y Requetés, con sus actuales servicios y elementos, se integran, bajo mi jefatura, en una sola entidad política de carácter nacional, que de momento se denominará Falange Española y Tradicionalista y de las JONS. Esta organización, intermedia entre la Sociedad y el Estado, tiene la misión principal de comunicar al Estado el aliento del pueblo y de llevar a éste el pensamiento de aquél a través de las virtudes político-morales, de servicio, jerarquía y hermandad (…). Quedan disueltos las demás organizaciones y partidos políticos. BOE. Burgos, 20 de abril de 1937. CLASIFICACIÓN Es una fuente primaria, un texto jurídico- fragmento de un decreto-, de contenido político. Su autor es el General Francisco Franco, capitán general de Canarias, que se había hecho cargo del ejército sublevado de África el día 18 de julio de 1936 y que desde el 29 de septiembre del mismo año fue elegido por los generales "Jefe del Gobierno del Estado" y "Generalísimo de los Ejércitos españoles" con el fin de coordinar la acción militar del bando sublevado durante la Guerra Civil (1936-39), tras la muerte en accidente del general Sanjurjo. Es un texto público, escrito el 19 de abril de 1.937 en Salamanca, donde está el Cuartel General de Franco, y publicado al día siguiente en el Boletín Oficial del Estado, con sede en Burgos, ciudad donde se estableció la Junta Técnica del Estado. ANALISIS Y COMENTARIO Su finalidad es dar a conocer la creación de un partido único, Falange Española Tradicionalista y de las JONS, que unificaba a los falangistas y carlistas y en el que se integrarían todos los demás del bando nacional (monárquicos y antiguos cedistas). Franco sería el Jefe. Lo hizo por la necesidad de establecer un único poder político y evitar las discrepancias internas (días antes había habido en Salamanca un enfrentamiento a tiros entre diversas facciones falangistas). Es un acontecimiento importante en el camino de la consolidación de la dictadura personal de Franco, que concentrará el poder en su persona: será Jefe del Estado, Generalísimo de los ejércitos y Jefe del partido único. Se ve una clara influencia del fascismo italiano. El nuevo partido, FET y de las JONS, será conocido también como Movimiento Nacional. Ideas fundamentales : En el preámbulo del decreto, Franco hace referencia a la guerra civil que se está desarrollando, que él con otros militares ha iniciado con la sublevación militar en Marruecos de 17 de julio de 1936. Se muestra lleno de confianza en ganarla y ve próxima la victoria. En abril de 1937, el bando sublevado va a imprimir un giro a su favor con la conquista del Norte de España, aunque el final de la guerra aún tardará en llegar dos años. En la segunda línea, indica la necesidad de tomar medidas políticas encaminadas a organizar el "Estado nuevo" que vendrá tras la victoria. Los sublevados contra la República carecían de unanimidad política respecto al futuro Estado: unos querían monarquía parlamentaria (alfonsinos, CEDA), otros monarquía tradicionalista (carlistas), algunos república de derechas, muchos militares una dictadura militar, los falangistas un régimen fascista. Las diferencias ideológicas suscitaban tensiones internas. Franco, convertido en árbitro de la situación gracias a sus éxitos militares con el ejército africano, establecerá un poder personal mediante hábiles maniobras políticas. El Estado Nuevo será el franquista, que ya se va institucionalizando. Franco dice que dicho Estado seguirá los principios de la Revolución Nacional. Es un concepto propio de la ideología falangista. Falange Española era un partido fascista fundado en 1933 por José Antonio Primo del Rivera que se fusionó con las Juntas de Ofensiva Nacional Sindicalista (JONS) de Onésimo Redondo y Ramiro Ledesma Ramos, de ideología nazi. Querían un régimen totalitario llamado Nacionalsindicalismo, a imitación del fascismo italiano: todos los españoles unidos en un destino común bajo la dirección de un líder. Los falangistas eran antiliberales, antimarxistas, antidemócratas, nacionalistas y decían que iban a hacer la Revolución auténtica. Uno de sus lemas era "Por la Patria, el Pan y la Justicia", de gran carga socializante. En resumen, su discurso era populista y demagógico, pero atraía a sectores de clases medias y populares, especialmente a jóvenes. Los falangistas uniformados habían protagonizado acciones violentas durante la SEGUNDA REPÚBLICA contra militantes de izquierda y al estallar la guerra civil, habían movilizado a numerosos voluntarios para el frente. Los falangistas, muy pocos en 1936, sólo unos 6000, (los "camisas viejas") crecerán enormemente durante la guerra civil y controlarán la prensa y la propaganda. Franco los necesitaba, de ahí que su "Estado nuevo" se inspire en el ideario del nacionalsindicalismo, pero quería controlarlos. Aprovecha que su líder, José Antonio, había sido detenido y fusilado por los republicanos en noviembre de 1936 para doblegar a los falangistas. Les obliga a unificarse con los Requetés, las milicias armadas del carlismo, que defendían una monarquía católica y tradicional y el mantenimiento de los fueros. Su líder era Fal Conde y eran fuertes en Navarra. Alaba la actuación de Falange y Requetés en el alzamiento nacional, pero insiste en que éste ha sido iniciado por el glorioso ejército. Es decir, mantiene el protagonismo del ejército y de quien lo dirige: él. En el tercer apartado explica Franco lo que Falange y Requetés pueden aportar al estado franquista: una, la fuerza nueva de las masas juveniles (las escuadras fascistas) y los otros, el ímpetu guerrero y la tradición española (los requetés y el ideario integrista y reaccionario). Comenta que esta unión de lo nuevo y lo tradicional se ha dado también en otros países totalitarios (se refiere a Portugal, Italia y Alemania). Por todo ello dispone en el artículo 1º del Decreto la unificación de Requetés carlistas y falangistas en un partido único Falange Española Tradicionalista y de las JONS (FET y de las JONS) bajo su Jefatura, que sería intermediario entre el Estado y la Sociedad. Es muy propio de los fascismos resaltar el carácter social y representativo del régimen. La sociedad queda organizada según virtudes militares: servicio, jerarquía y hermandad. Todos los demás partidos y organizaciones quedan disueltos. El Artículo 2º establece la organización del nuevo partido. A su cabeza, el Jefe del Estado (Franco), un Secretariado y el Congreso Nacional. El artículo 3º funde las milicias de ambos en una sola Milicia Nacional, de la que se nombra Jefe Supremo, y establece que será auxiliar del ejército. Permite que mantengan sus emblemas y signos exteriores. Se adoptarán los símbolos falangistas (de origen fascista): el saludo brazo en alto, los eslóganes ¡Arriba España!, ¡España, una, grande, libre! los emblemas como el yugo y las flechas, himnos (Cara al sol), el uniforme (la camisa azul) pero con la boina roja carlista. CONCLUSIONES Hubo algunas resistencias a este Decreto, como la de Hedilla, jefe de Falange que fue condenado a muerte y finalmente desterrado, igual que el líder carlista Fal Conde. Las ideas fascistas del partido, llamado Movimiento Nacional, fueron la base del régimen franquista en los primeros años (1939-43) y a imitación de Mussolini (Duce) y Hitler (Führer) Franco se hizo llamar Caudillo. FET promovía enormes concentraciones de masas a favor de la dictadura, un rasgo típicamente populista. La Revolución Nacional nunca se llevará a cabo y quedará como Revolución pendiente.
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