FEDECOLTRI-2015 Instructivo Antidoping

CIRCULAR.
019-01-2015
Nuevas Normas Antidopaje-2015.
Instructivo.
“No usar drogas, mejora la salud del deportista, mejora el rendimiento de los
deportistas en todos deportes y el deportista evita drásticas sanciones”
El comité ejecutivo de FEDECOLTRI se permite dar a conocer a los presidentes de
Ligas, Atletas, directores técnicos, Nutricionistas y Médicos, las nuevas normas
antidopaje emanadas de Coldeportes y la WADA que empezaran a regir a partir del (25)
de Enero de 2015.
1- El gobierno Colombiano por medio de la ley 1207 de 2008 se Acoge el Código
Mundial Antidopaje de la Wada.
2- A partir del (25) de enero de 2015, a nivel Mundial entra en vigencia el nuevo
código de Disciplina de la WADA, se incrementa las sanciones por doping, ahora
la sanción mínima queda en (4) años
3- El gobierno Nacional por medio de Coldeportes decidió aplicar partir del (25) de
Enero de 2015, en Colombia el nuevo código de disciplina de la WADA, para
erradicar el doping en el deporte colombiano.
4- La WADA a partir de la fecha aplicara el sistema de “PDC.” Pruebas
Proporcionales por Deportes y Disciplinas.
5- La WADA cataloga que doparse en los deportes como son el Boxeo, el Ciclismo, la
Natación y el Triatlón, es ir directo a la muerte, por ello habrá más controles en
estos deportes.
Carrera 36 # 5B3 - 65 - Ofi. 303 ** Tel. +57 2 6805620 Telefax +57 2 5560559 - Cali –Colombia
www.triathloncolombia.org
6- FEDECOLTRI por medio de su comité ejecutivo, invita a directivos, técnicos y
deportistas a buscar más información sobre leyes que sancionan el dopaje en las
siguientes páginas web: ITU, IAAF.FIRS, FIVB, UCI Y FINA.
7- El nuevo código de disciplina de WADA- 2015, en el Articulo 2 N.5 CI, vincula
como directos participantes de un posible doping de un atleta a: Médicos,
Técnicos y Nutricionistas y pide a las Federaciones Nacionales incluir en su código
de disciplina a dichos señores para que sean sancionados cuando haya un doping
y se tenga serios indicios que es coparticipe de dicho delito biológico.
8- WADA y coldeportes empezaran el desarrollo del pasaporte bilógico de los
deportistas a todo nivel y en todas categorías.
9- LA WADA, desarrollo el programa ADAMS (sistema de administración y gestión
antidopaje) donde los deportistas deben ingresar en línea y actualizar su
información personal, la Wada en cualquier momento le puede citar y/o visitar para
un control médico biológico antidoping.
10- El código de disciplina de WADA en el artículo 2, 4, estipula que una vez
registrado el atleta ELITE, será obligación del atleta avisar su paradero laboral y
deportivo a la Wada, el no hacerlo, y si le hayan programado visita y no se
localiza, según este código en estos artículos estipulan que el deportista podrá
ser sancionado.
11- El deportista que se niegue a una prueba será sancionado con dos (2) años como
mínimo.
12- Los artículos 2,5-2,6- y 2,8. del código de disciplina e Wada, contempla sanciones
por; intento y/o manipulación de una prueba, engañar tratando de enviar a otra
persona a la prueba de orina y posesión, tráfico y manipulación de sustancias y
métodos de sustancias prohibidas.
13- Que datos se registran en el PROGRAMA PARADERO ante Coldeportes:
 Dirección de residencia
Carrera 36 # 5B3 - 65 - Ofi. 303 ** Tel. +57 2 6805620 Telefax +57 2 5560559 - Cali –Colombia
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 Lugar e información sobre entrenamientos
 Itinerarios de competencias
 Actividades personales cotidianas como trabajo o estudio
NOTA: para aquellos deportistas incluidos en un GRC. (Grupo de control) debe indicar
con antelación el día que estará disponible para un control, con antelación a 60 minutos.
14- Todo deportista que necesite uso de medicamentos especiales, el médico debe
avisar ante la comisión antidopge de coldeportes en la web;
www.coldeportes.gov.co/coldeportes,/index.php?dcategoria=7120
15- Tu médico debe diligenciar el formulario de AUT y este debe enviar al programa
nacional antidopaje al correo: [email protected]
16- Una vez que solicite una AUT (autorización terapedica) un panel de expertos,
revisa tu solicitud y otorgara la AUT si: tu salud se viera significativamente
afectada si no tomas estas sustancias.
17- Si la sustancia no aumenta tu rendimiento, y solo te haga recuperar tu salud y
no existan otros tratamientos alternativos disponibles la AUT, la avalara.
18- DE IMPORTANCIA; el Programa Nacional Antidopaje te confirmará la decisión
emitida por el comité de AUT. En caso de una solicitud negada, el deportista por
medio del médico tiene derecho a apelar la decisión.
19- Correo de la Oficina control antidopaje
teléfono 437-7100 ext. 1015, 1004.
[email protected]
20- A partir de este comunicado ningún deportista, directivo, entrenador, nutricionista
y/o médico, podrá esgrimir que no sabía las nuevas normas disciplinarias sobre
posible doping.
FEDERACION COLOMBIANA DE TRIATLON.
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