CERTIFICACIÓN DE APLICACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO DEL LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO “SARLAFT”. I. GENERAL. CORAGRO VALORES S.A., firma comisionista de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A. -BMC, entidad debidamente establecida en Colombia para el desarrollo de sus operaciones, se encuentra vigilada por la Superintendencia Financiera y ha adoptado y tiene implementado un Sistema Integral para la Prevención del Lavado de Activos y de la Financiación de Actividades Terroristas, en adelante SARLAFT, que contempla el cumplimiento de lo establecido el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero Colombiano "E.O.S.F." (Decreto 663 de 1.993), y demás normas emitidas por la Superintendencia Financiera. Esta comisionista de la BMC, ha implementado políticas, controles y procedimientos, dentro de un concepto de administración del riesgo, a fin de prevenir el uso de nuestra institución por elementos criminales para propósitos ilícitos. Dentro de estas acciones se incluyen, el conocimiento del cliente y de sus operaciones con nuestra comisionista, definición de segmentos de mercado por nosotros atendidos, monitoreo de transacciones, capacitación al personal y reportes de operaciones sospechosas a la autoridad competente. En el Manual del SARLAFT y en el Código de Conducta aprobados por la Junta Directiva, se han establecido procedimientos y reglas de conducta sobre la aplicación de todos los mecanismos e instrumentos de control del LA/FT los cuales son de obligatorio cumplimiento por todos los funcionarios de nuestra comisionista. II. CONOCIMIENTO DEL CLIENTE La Comisionista, busca que todos los clientes sean identificados adecuadamente y que se pueda establecer su perfil financiero y segmentos. Algunos clientes por su perfil de riesgo deben atender procesos de conocimiento más exigentes. En los términos señalados en la ley se conserva la información de los clientes y está a disposición de las autoridades para efectos de sus investigaciones. III. SISTEMA DE MONITOREO Nuestra Comisionista monitorea las transacciones de los clientes, productos, canales de distribución y jurisdicciones con el propósito de identificar posibles operaciones inusuales, a partir de las señales de alerta establecidas. Para ciertos tipos de clientes, con un perfil de riesgo mayor, se ha establecido un esquema de monitoreo más minucioso. En desarrollo de las políticas de conocimiento del cliente, cuando del análisis de las operaciones inusuales se determina que las operaciones son sospechosas, se reportan a las autoridades competentes, en la forma establecida por las regulaciones IV. CAPACITACIÓN DEL PERSONAL La Comisionista reconoce la importancia de la capacitación ya que los empleados son personas fundamentales en la lucha contra el lavado de activos y financiación del terrorismo. Todos los empleados de la comisionista están incluidos en los procesos de capacitación anual por diferentes medios, en especial aquellos que tienen con contacto directo con los clientes, con el fin de sostener el proceso de sensibilización y brindar las herramientas necesarias para la protección del riesgo en desarrollo de sus tareas. IV. OFICIAL DE CUMPLIMIENTO La Comisionista cuenta con un Oficial de Cumplimiento y su respectivo Suplente, quienes desarrollan las funciones establecidas en la reglamentación vigente y las políticas internas de la comisionista. V. AUDITORIA Y CONTROL La revisión del cumplimiento de los mecanismos de control diseñados e implementados en el SARLAFT de la Comisionista, se ha incluido dentro de los procesos de auditoría interna como un programa específico basado en los procedimientos de auditoría. De la misma manera, la Revisoría Fiscal emite entre otros reportes, un informe trimestral con destino a la Junta Directiva acerca del cumplimiento de las normas e instructivos sobre el SARLAFT, como resultado de su evaluación independiente. Es así que consideramos que CORAGRO VALORES S.A., cumple con lo establecido en el Capítulo IV del Título IV Parte I de la Circular Externa 029 de 2014, por lo que ofrece seguridad razonable en la protección de la empresa al riesgo de Lavado de Activos y financiación del Terrorismo, en los términos establecidos por la normatividad vigente. Cordialmente, ANA P. CABALLERO C Oficial de Cumplimiento
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