gAúútul* @r,rrrr* Moyobamba - San Martín - Perú ACUERDO MUNICIPAt N' 240-2O15.MDS Soritor, 23 de noviembre de 2015 VISTO: La Sesión Ordinaria N" 024 de fecha 23-11-2015-MDS del Concejo Municipal, a convocatoria del Señor Alcalde Josué Jara Acuña, reunidos bajo su presidencia los señores Regidores: Magally Marín Ríos, Ledgard Antonio Villacrez Reyna, Epifanio Ravinez Dávila, Luber Wiliam Pérez Delgado, Victoriano Villacorta Vargas, llario Miranda Vásquez, no estando presente el Regidor Fernando Uriarte Saucedo, por encontrarse suspendido según acuerdo N'190-28-09-2015-MDS, contando también con la asistencia del Bach. Jorge Oscar Contreras Paquirachin, Gerente Municipal; Abog. Nikoll Alain Carrasco Lazo, Asesor Legal, y la Sra. Carmela López de Díaz, Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Soritor, entre otros puntos y acuerdos se debatió y resolvió respecto del despacho contenido en la Carta N" 214-2015-CS, suscr¡ta por el lng. Edmundo E. Morocho Khan, Representante Legal del Consorcio Selcas, mediante la cual solicitan prorroga de Adenda N' 01 al Convenio N"OO7-2015-MDS" Convenio de entre la Municipalidad Distrital de Soritor y El Consorcio SELCAS". CONSIDERANDO: Que, el Articulo N" 194" de la Constituc¡ón Política del Estado modificado por el Artículo Único de la Ley N'28607 en concordancia con el Artículo ll del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N" 27972, que establece que las Municipalidad distr¡tales como órganos de Gobierno Local, tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el artículo 195", inciso 6 de la Carta Magna, establece que Los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabil¡dad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo urbano de su circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y acondicionamiento territorlal; Que, el Artículo lV del Título Prel¡minar de la Ley Orgánica de Municipalidades N" 27972 establece que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada presentación de los servicios públicos locales desarrollo ¡ntegral sostenible y armónico de su jurisdicción. y el Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 38e, 39' y 41e de la Ley Orgánica de Municipalidades, los concejos municipales ejercen funciones de gobierno a través de Ordenanzas y Acuerdos y que estos son decisiones que adopta el Concejo referidos a asuntos específicos de interés público, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, mediante Convenio N"007-2015-MDS de Cooperación entre la Municipalidad D¡str¡tal de Soritor y el Consorcio Selcas, de fecha 17 de junio del 2015; se ha determinado establecer el marco general de Cooperación entre "La Municipalidad" y "El Consorcio", con el propósito de que esta última pueda desarrollar trabajos relacionados a lo siguiente: "Mejoramiento del circuito turíst¡co playa azul, sector playa azul, distrito de Soritor- Moyobamba - San Martín". Proporcionar 1,118.00 m3 de material over para las diferentes actividades que ejecute la Municipalidad Distrital de Soritor, estos trabajos se desarrollaran de acuerdo a las metas establecidas en las correspondientes fichas técnicas, elaboradas y aprobadas por la Municipalidad Distrital de Soritor. La Municipalidad Distrital de Soritor reconocerá el monto de inversión que conlleva la ejecución de las actividades detallado en la cláusula quinta y en las fichas técnicas adjuntas a favor de "El Consorcio", mediante la extracción de material de las canteras del río Tonchima por un volumen de igual a 7,000 m3, por espacio de noventa días calendarios. Que, habiéndose culminado el plazo establecido para la extracción de material de cantera, mediante Adenda N"01 Al Convenlo N"007-2015-MDFS: "Consorcio de Cooperación entre la Municipalidad Distrital de Soritor y el Consorcio Selcas", el Representante legal del Consorcio Selcas, mediante Carta N"214-2015-CS, solicita prórroga del convenio suscrito entre las partes toda vez que fueron modificadas mediante la suscripción de la adenda llevada a cabo el 03 de agosto del 2015, extendiendo el plazo del mismo hasta el 03 de noviembre del 2015, y que hasta la fecha no se ha concluido con la extracción del volumen requerido conforme a lo pactado en el convenio y su adenda; por lo que Dirección: fr. Hipólito Rangel N" 510 (Plaza de Armas) Telefax: 042-557034 - Teléf . 042-557459 Website: www. munisoritor. gob.pe Email : [email protected] @úr¿tul*@r,rin* Moyobamba - San Martín - Perú requerimos a su representada se pacte a través de una nueva adenda una prórroga al convenio suscrito entre las partes por un periodo adicional de 90 días ( de 04.11.15 al 04.02.16). Que, mediante Carta N"214-2014-CS, de fecha 17 de noviembre del 2015; suscrita por el lng. Edmundo E. Morocho Khan, representante legal del Consorcio Selcas, solicita prórroga del convenio suscrito entre las partes toda vez que fueron modificadas mediante la suscripción de la adenda llevada a cabo el 03 de agosto del 2015, extendiendo el plazo del mismo hasta el 03 de noviembre del 2015, y que hasta la fecha no se ha concluido con la extracción del volumen requerido conforme a lo pactado en el convenio y su adenda; por lo que requerimos a su representada se pacte a través de una nueva adenda una prórroga al convenio suscrito entre las partes por un periodo adicional de 90 días ( de 04.11.15 al 04.02.16). Que, mediante lnforme N"861-2015-MDS/GDL|, de fecha 20 de noviembre del 2015; suscrito por el tng. Jorge Alberto Sánchez Bocanegra; Gerente de Desarrollo Local e lnfraestructura, indica que a la fecha se tiene una extracción de 5800 m3 de material de cantera, teniendo en cuenta que para completar la cantidad firmado el convenio es de 1,200 m3, considerando que no es una responsabilidad exclusiva de la entidad la imposibilidad de extracción del material de cantera ni del Consorcio, por lo que considera prudente otorgar un plazo de 30 días calendarios para la extracción de material, siempre y cuando se cumpla con las obligaciones indicadas en el convenio por parte del consorcio. Que, mediante acuerdo de concejo N"240, de fecha 23 de noviembre del 2015; el Concejo por mayorÍa acordó conceder la prórroga solicitada por el consorcio Selcas, para extraccién de material de cantera del Sector Shintaco. Que, en el marco de las considerac¡ones antes descritas, estando a lo propuesto y a lo acordado por mayoría de los ¡ntegrantes del pleno del Concejo Municipal y a las facultades conferidas por la Ley N" 27972, Ley Orgánica de Municipa lidades. SE ACUERDA ARTÍCULO PRIMERO: ACORDO APROBAR LA PRORROGA DE EXTRACCIÓN DE MATERIAL DE CANTERA DEL SECTOR SHINTACO SOLICITADO POR EL CONSORCIO SELCAS, BASADO EN EL SUSTENTO TÉCNICO PRESENTADO POR Y sÓLO SI, LA EMPRESA SELCAS CUMPLE CON EJECUTAR LAS ACCIONES QUE LE CORRESPONDEN QUE HASTA LA FECHA SE EL GERENTE DE DESARROLLO LOCAL E INFRAESTRUCTURA POR EL LAPSO DE TREINTA DíAS, Sí MANTIENEN PENDIENTES ARTICULO SEGUNDO: Poner en conoc¡miento el contenido del presente Acuerdo de Concejo a las instanc¡as administrativas de la Municipalidad Distrital de Soritor y al Representante del CONSORCIO SELCAS, para su conocimiento y acciones necesarias que aseguren el fiel cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1". REG ísTREsE, coM UNIqU EsE, cIJ MPTASE Y PUBtfQUESE Dirección: fr. Hipólito Rangel N" 510 (Plaza de Armas) Telefax: 042-557034 - Teléf. 042-557459 Website: www. munisoritor. gob.pe Email : [email protected]
© Copyright 2024