¡Por favor, leer todo cuidadosamente hasta el final! COLEGIO SOL DEL VALLE REGLAMENTO INTERNO BECA EXCELENCIA ACADEMICA Y CONDUCTUAL 2016 ARTÍCULO 1° DEL BENEFICIO Y SU DURACIÓN: Este beneficio va dirigido aquellos alumnos(as) de 1 básico a IV Medio, que cada año se destacan y esfuerzan en el colegio por sus excelentes logros académicos y conductuales consiguiendo el perfil integral que el colegio busca dentro de todos sus estudiantes. La beca consiste en una exención total del pago del arancel general del colegio, siendo un gran reconocimiento e incentivo educacional para el alumno(a) beneficiario(a), quien debe promover constantemente un ejemplo de esfuerzo, conducta y superación en sus estudios, así como una actitud de pertenencia al colegio de acuerdo a los principios que recibe. De esta forma, la familia cumple un papel fundamental de apoyo en todos estos aspectos, pues los resultados favorables o desfavorables obtenidos en lo académico y conductual de su pupilo(a) serán de su absoluta responsabilidad. Una vez finalizado el año escolar, no existe renovación automática del beneficio, debiendo la familia realizar el procedimiento en las fechas estipuladas por el establecimiento educacional para evaluar nuevamente su situación. ARTÍCULO 2° REQUISITOS DE POSTULACIÓN POR BECA: Beca para alumnos(as) con mejores promedios: Ser alumno(a) regular de Colegio Sol del Valle. Poseer un promedio anual de notas igual o superior a 6,5. Poseer un porcentaje anual de asistencia a clases efectiva igual o superior al 95,0%. No poseer sanción alguna ni condicionalidad según los criterios de conducta que menciona el Reglamento Interno de Convivencia Escolar. Pertenecer a familias que NO reciban bonos escolares e incentivos considerables durante el año por parte de las empresas o instituciones en las cuales se desenvuelve el o los sostenedores del hogar. ARTÍCULO 3° PROCESO DE POSTULACIÓN: 1.- La entrega del Reglamento de becas y el formulario de postulación se realizará desde el día 09 de diciembre a 18 de diciembre, tiempo en el cual el apoderado(a) deberá acercarse a recepción de inspectoría del Colegio para retirar el reglamento, ficha de postulación y firmar toma de conocimiento de éste. 2.- La recepción de las postulaciones a becas se realizará los días 28 y 29 de diciembre. De esta manera, el apoderado(a) o representante del alumno(a) deberá entregar a la Trabajadora Social del Colegio el Formulario de Postulación a Beca con la documentación descrita en el Artículo 4° del presente Reglamento. “Te guiaré por el mejor sendero para tu vida; te aconsejaré y velaré por ti”. Salmos 32:8 ¡Por favor, leer todo cuidadosamente hasta el final! COLEGIO SOL DEL VALLE 3.- Para evitar inconvenientes y aglomeraciones no espere el último día para entregar su postulación. 4.- NO se aceptarán postulaciones ni documentación fuera del plazo descrito en el inciso N°2 de este Artículo, o de lo contrario la comisión se reservará el derecho de aplicar sanciones. 5.- La solicitud de postulación es personal e intransferible. 6.- Toda la información y documentación debe estar actualizada hasta el mes de diciembre. 7.- Serán causales de eliminación del proceso las postulaciones que presenten documentación incompleta o información falsa. ARTÍCULO 4° DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA POSTULACIÓN: Las familias de los estudiantes postulantes a beca deberán anexar la siguiente documentación: Documentación Obligatoria: Fotocopia Certificado Anual de concentración de notas (2015) del o los alumnos(as) postulantes. Fotocopia Informe Final de Personalidad (2015) del o los alumnos(as) postulantes, donde también se considera el compromiso del apoderado en el proceso pedagógico. ARTÍCULO 5° COMISIÓN DE BECAS: Para la evaluación y selección de los beneficiarios, el colegio dispondrá de una Comisión de Becas que estará integrada por el Departamento de Orientación y el Departamento Social del Establecimiento, quienes utilizarán los criterios y procedimientos legales correspondientes para la asignación de los beneficios. Si fuese necesario, el equipo de trabajo integrará las apreciaciones de otros funcionarios del colegio, ya sean docentes, asistentes de la educación y/o directivos, quienes contribuirán con la finalidad de ayudar a despejar algunos casos y/o complementar la información recolectada, fortaleciendo así los esfuerzos y la gestión para una mayor exactitud en los resultados. ARTÍCULO 6° SOBRE ASIGNACIÓN DE BECAS: Los alumnos(as) que cumplan con los requisitos señalados y obtengan mejores porcentajes en cada ítem del Artículo N° 2, serán beneficiados con una beca total del 100%. ARTÍCULO 7° EVALUACIÓN Y RESULTADOS DEL PROCEDIMIENTO: 1.- Las postulaciones serán analizadas por la Comisión de Becas durante el mes de enero, evaluando en dicho tiempo cada situación por medio de la documentación presentada. 2.- Los resultados de la postulación estarán disponibles a partir del mes de marzo, momento en el cual pueden acercarse al Departamento Social para consultar personalmente los resultados y validar el beneficio firmando el documento de toma de conocimiento. “Te guiaré por el mejor sendero para tu vida; te aconsejaré y velaré por ti”. Salmos 32:8 ¡Por favor, leer todo cuidadosamente hasta el final! COLEGIO SOL DEL VALLE ARTÍCULO 8° CAUSALES DE PÉRDIDA DEL BENEFICIO: Por retiro del alumno(a) o cambio de Colegio (anticipado). Por renuncia voluntaria a través de un escrito que especifique las razones personales. Si durante la evaluación o con posterioridad al otorgamiento de la beca se descubren adulteraciones o falsedades en los datos y documentos presentados con el fin de conseguir el beneficio. Por término del año escolar, duración establecida en la legislación vigente. ANEXOS FINALES Si la familia decide no optar por la Becas de Excelencia Académica y posee más de dos hijos matriculados en el colegio, le recordamos lo siguiente: Beca Preferencial de Hermanos: Esta beca va dirigida a todos los apoderados que poseen dos o más hijos(as) matriculados en el colegio, y que indistintamente de poseer una situación socioeconómica baja o alta, no perciben por medio de sus trabajos ningún incentivo o bono escolar que cancele la colegiatura del año. El beneficio consiste en una exención parcial del pago de la mensualidad aplicable en uno de los alumnos(as), tal cual como se demuestra a continuación: 10% para hijo(a) menor = Por dos hermanos(as) matriculados en el colegio. 25% para hijo(a) menor = Por tres hermanos(as) matriculados en el colegio. 50% para hijo(a) menor = Por cuatro hermanos(as) matriculados en el colegio. 75% para hijo(a) menor = Por cinco hermanos(as) matriculados en el colegio Por último, es importante señalar que este beneficio deberá ser validado sólo hasta el mes de marzo 2016 periodo en el cual podrán acercarse los interesados a la oficina de recaudación y solicitarlo al momento de cancelar o abonar la primera mensualidad, quedando así éste inmediatamente activo. Por lo tanto, los alumnos(as) que sean matriculados con posterioridad al inicio de clases y los casos que regularicen su situación morosa durante el año, no podrán acogerse a este beneficio escolar. Nota: Ninguno de los beneficios escolares que entrega el colegio es acumulable con otro. Muchas gracias por su atención y comprensión, Atte. Comisión de Becas “Te guiaré por el mejor sendero para tu vida; te aconsejaré y velaré por ti”. Salmos 32:8
© Copyright 2024