Descargar reglamento

Reglamento Becas
IEXE ESCUELA DE POLÍTICAS PÚBLICAS
INCORPORADA A LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE PUEBLA
R.V.O.E. SEP–SES/21/114/01/287/2010
TÍTULO SÉPTIMO
DE LAS BECAS PARA POSGRADOS
CAPÍTULO I
DE LAS BECAS OTORGADAS POR IEXE
Artículo 81
La Institución reconoce la excelencia académica y el esfuerzo de aquellos estudiantes que obtengan resultados
sobresalientes que no cuentes con algún otro tipo de Beca o convenio de pago. Por este motivo, IEXE ofrece un
programa de becas para aquellos alumnos sobresalientes interesados en obtener un beneficio económico (apoyo
financiero) para solventar sus estudios de la Maestría.
Artículo 82
En ningún caso IEXE otorgará dinero ni ninguna otra forma de pago al estudiante por concepto de la beca otorgada.
Artículo 83
Las becas IEXE sólo pueden ser solicitadas por alumnos inscritos en un programa de la Maestría de la propia Institución.
Artículo 84
Ninguna beca IEXE cubre los costos de cuotas de inscripción, los trámites de titulación, cursos de interés particular
ajenos al plan de estudio, ni otros servicios que no se encuentren explícitamente indicados.
Artículo 85
Ningún alumno puede beneficiarse de una beca IEXE y una beca externa durante un mismo periodo.
•
Esto abarca Convenios de Pago Extemporáneo
•
Convenios con Instituciones Privadas
•
Descuentos en Concepto de Inscripción o Reinscripción
Artículo 86
Para poder solicitar cualquier beca, el alumno deberá estar completamente al corriente con sus pagos, inscripción,
cuotas y documentación.
•
En caso de tener pagos adelantados anteriores al resolutivo de Beca; éstos se ajustarán a las colegiatura
siguientes, tomando en cuenta el porcentaje otorgado.
Artículo 87
Las convocatorias para becas se realiza una vez al año; La fecha límite de entrega de solicitudes se especificará en
la convocatoria presentada en el calendario escolar.
25
Artículo 88
Para solicitar y mantener la beca IEXE el alumno de nuevo ingreso deberá comprobar un promedio final de 9.0 en la
Licenciatura; en el caso de los alumnos de reingreso y renovantes deberá
•
Obtener y mantener un promedio mínimo de 9.5 (nueve punto cinco) en el ciclo anterior a la solicitud, en
periodo ordinario, sin ningún tipo de aclaración.
•
No tener materias reprobadas en el ciclo anterior a la solicitud.
•
La Beca deberá renovarse anualmente, por lo tanto tendrá que volver a realizar el trámite de solicitud.
En caso de no mantener el promedio mínimo establecido o reprobar alguna materia, la beca será cancelada y sólo
podrá volver a solicitarla tras haber finalizado un ciclo de 2 trimestres con promedio de 9.5 (nueve punto cinco) y
en concordancia con la próxima convocatoria de becas; En tal caso el Consejo de Becas no está obligado a otorgar
el mismo porcentaje de beca con el que anteriormente contaba el alumno.
Artículo 89
La Beca IEXE podrá ser cancelada en cualquier momento en los siguientes casos:
26
•
Presentar baja temporal, conforme al reglamento vigente.
•
Entrega de Documentación apócrifa.
•
Falsedad en lo declarado en su formato de Beca.
•
Uso inadecuado y comprobado del nombre de IEXE
•
Trato irrespetuoso con cualquier área de la Institución.
•
Atraso de un trimestre en el pago de colegiaturas
•
No respetar las fechas de pago por un trimestre.
•
Si no se renueva en el tiempo estipulado en Calendario escolar.
•
En caso de no mantener el promedio mínimo establecido
•
Reprobar alguna materia
Artículo 90
Para solicitar la beca, el alumno deberá llenar y amparar la información que se entrega en el formato de solicitud de
beca, a más tardar en las fechas señaladas en el calendario escolar.
Artículo 91
Una vez recibida la solicitud, el Consejo de Becas revisará a detalle el caso y deliberará sobre el porcentaje de beca, el
cual, bajo esta modalidad, podrá ser desde un 15% hasta un 25%; una vez resuelto el porcentaje de Beca para todos
los beneficiados; se les notificará con un resolutivo de Beca después de la publicación de los resultados; donde se le
informará:
-Ciclo -Porcentaje
•
Toda decisión tomada por el Comité de Beca es inapelable.
IEXE ESCUELA DE POLÍTICAS PÚBLICAS
INCORPORADA A LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE PUEBLA
R.V.O.E. SEP–SES/21/114/01/287/2010
CAPÍTULO II
DE LAS BECAS OTORGADAS POR OTRAS INSTITUCIONES Y POR LA SECRETARÍA DE
EDUCACIÓN PÚBLICA
Artículo 92
Los alumnos podrán solicitar BECA SEP, toda vez que cumplan con los requisitos establecidos en la Convocatoria
respectiva.
Artículo 93
IEXE difundirá entre los alumnos la Convocatoria de Selección de Becarios que publica la Secretaría de Educación
Pública del Estado cada ciclo escolar.
Artículo 94
La Institución deberá otorgar becas de la Secretaría de Educación Pública al 5% de alumnos inscritos en el programa
de Posgrado de estudios ofertado; después de haber cursado un año escolar completo con promedio de 9; en periodo
ordinario sin materias reprobadas.
Artículo 95
Las becas que se otorguen comprenderán los aspectos siguientes:
I. Exención del pago total o parcial en colegiaturas.
II. La exención parcial será equivalente a un 25%, 50% y 75% del total de dichas colegiaturas. III. Tendrán vigencia
de un periodo o ciclo escolar completo.
IV. No podrán suspenderse ni cancelarse durante el periodo o ciclo para el cual fueron otorgadas, salvo en los
casos que determine la Secretaría de Educación Pública, previo comunicado por escrito y autorización respectiva de la Dirección de Becas.
•
Una beca completa por familia
•
No se transfiere o hereda el beneficio.
Artículo 96
Los alumnos interesados en solicitar una beca de la Secretaría de Educación Pública deberán cubrir con los requisitos
señalados en la convocatoria expedida por la Secretaría en el ciclo escolar correspondiente.
Asimismo, la Institución se compromete a observar los lineamientos estipulados en dicha convocatoria.
27