BIENVENIDOS AL TALLER: Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz y Lineamientos Básicos de la Responsabilidad por la Función Pública Presentación Éste taller se realiza para capacitar a Servidores Públicos sobre las disposiciones generales de la Ley 004, las entidades responsables sobre lucha contra la corrupción, los nuevos tipos penales relativos a corrupción y herramientas destinadas a superar hechos de corrupción, de igual forma se presentarán conceptos básicos de responsabilidad por la función pública. Se espera que los participantes desarrollen un conocimiento claro y preciso de lo que significa corrupción y logren identificar los actos, omisiones y hechos que configuran corrupción, además de las instituciones que luchan contra ella, convirtiéndose en actores de prevención y lucha contra la corrupción. Reglas del Taller RESPETO TOLERANCIA EMPEÑO DISCIPLINA APAGAR CELULARES PUNTUALIDAD “RESPONSABILIDAD POR LA FUNCIÓN PÚBLICA” “Aptitud e idoneidad para responder por los actos u omisiones en el ejercicio de la función pública.” SOCIEDAD OTORGA UN MANDATO ÓRGANOS DEL ESTADO ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS PÚBLICOS “RESPONSABILIDAD POR LA FUNCIÓN PÚBLICA” VINCULA DOS CONCEPTOS EFECTO O RESULTADO DE HACER ABSTENCIÓN DE HACER ACCIÓN OMISIÓN “SUJETOS DE RESPONSABILIDAD” SERVIDORES PÚBLICOS Y EXSERVIDORES PÚBLICOS “SUJETOS DE RESPONSABILIDAD” PERSONAS JURÍDICAS Y NATURALES QUE PROVOQUEN DAÑO ECONÓMICO AL ESTADO “TIPOS DE RESPONSABILIDAD” EJECUTIVA Cuando la autoridad o ejecutivo no ha rendido cuentas, ha incumplido con obligaciones expresamente señaladas en la Ley o cuando su gestión ha sido deficiente o negligente ADMINISTRATIVA Acción u omisión que contraviene el ordenamiento jurídico administrativo y las normas que regulan la conducta funcionaria del servidor público CIVIL Acción u omisión del servidor público o de las personas naturales o jurídicas cause daño al Estado valuable en dinero. PENAL Acción u omisión del servidor público o de los particulares se encuentra tipificada como delito en el Código Penal. “RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA” REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL, Art. 9º DEBERES: a) Respetar y hacer cumplir la CPE, las leyes y otras disposiciones legales. b) Desarrollar sus funciones, atribuciones y deberes administrativos con puntualidad, celeridad, economía, eficiencia, probidad... c) Acatar y cumplir las instrucciones y/o designaciones… e) Preservar y mantener los equipos, bienes y material asignado… “RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA” REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL, Art. 10º PROHIBICIONES: a) Ejercer atribuciones o funciones ajenas a su competencia. c) Utilizar bienes muebles, inmuebles o recursos públicos en propósitos distintos a su actividad funcionaria (…) e) Tomar represalias con subalternos, por discrepancias personales, políticas, religiosas u otras. g) Disponer o utilizar información previamente establecida como confidencial (…) “RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA” REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL Art. 43º INFRACCIONES Y SANCIONES DISCIPLINARIAS: Sanciones Leves • De forma verbal. Sanciones Graves • De forma escrita, o • Imponen sanción económica sin proceso. Sanciones Severas • Proceso Interno. • Situaciones flagrantes o extremas. “CORRUPCIÓN” “Es el requerimiento o la aceptación, el ofrecimiento u otorgamiento directo o indirecto, de un servidor público, de una persona natural o jurídica, nacional o extranjera, de cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios como dádivas, favores, promesas o ventajas para sí mismo o para otra persona o entidad, a cambio de la acción u omisión de cualquier acto que afecte a los intereses del Estado.” Artículo 2º, Ley 004 requerimiento o la aceptación, el ofrecimiento u otorgamiento directo o indirecto de un servidor público, de una persona natural o jurídica, nacional o extranjera de cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios como dádivas, favores, promesas o ventajas para sí mismo o para otra persona o entidad a cambio de la acción u omisión de cualquier acto que afecte a los intereses del Estado “ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO” “La servidora pública o servidor público, que hubiere incrementado desproporcionadamente su patrimonio respecto de sus ingresos legítimos y que no pueda ser justificado, será sancionado con privación de libertad de cinco a diez años, inhabilitación para el ejercicio de la función pública y/o cargos electos, multa de doscientos hasta quinientos días y el decomiso de los bienes obtenidos ilegalmente.” Artículo 27º, Ley 004 servidora pública o servidor público incremento desproporcionado del patrimonio respecto de ingresos legítimos y que no pueda ser justificado •privación de libertad de 5 a 10 años, •inhabilitación •multa de doscientos hasta quinientos días •decomiso de los bienes “OBJETO DE LA LEY Nº 004” Marco Mecanismos y procedimientos Artículo 1º, Ley 004 “OBJETO DE LA LEY Nº 004” Prevenir Investigar Procesar Sancionar Personas Naturales y Jurídicas Servidores Públicos Actos de corrupción Artículo 1º, Ley 004 “OBJETO DE LA LEY Nº 004” Afectación a los recursos del estado Artículo 1º, Ley 004 “FINALIDAD DE LA LEY Nº 004” NO Impunidad Luchar Prevenir Participar Recuperar Artículo 3º, Ley 004 “PRINCIPIOS DE LA LEY Nº 004” Artículo 4º, Ley 004 NO SEAS LADRÓN ÉTICA VIVIR BIEN TRANSPARENCIA GRATUIDAD “PRINCIPIOS DE LA LEY Nº 004” Artículo 4º, Ley 004 CELERIDAD DEFENSA COOPERACIÓN AMPLIA IMPARCIALIDAD “ÁMBITO DE APLICACIÓN” Artículo 5º, Ley 004 SERVIDORES PÚBLICOS Y EXSERVIDORES PÚBLICOS TODOS LOS ÓRGANOS E INSTITUCIONES DEL ESTADO PERSONAS JURÍDICAS Y NATURALES QUE PROVOQUEN DAÑO ECONÓMICO AL ESTADO “CONSEJO NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN” “TIPOS PENALES EN LA LEY Nº 004” 1) Uso indebido de bienes y servicios públicos; 2) Enriquecimiento ilícito; 3) Enriquecimiento ilícito de particulares con afectación al Estado; 4) Favorecimiento al enriquecimiento ilícito; 5) Cohecho activo transnacional; 6) Cohecho pasivo transnacional; 7) Obstrucción de la justicia; y 8) Falsedad en la declaración jurada de bienes y rentas. “TIPOS PENALES EN LA LEY Nº 004” Uso indebido de bienes y servicios públicos* Artículo 26. La servidora pública o el servidor público que en beneficio propio o de terceros otorgue un fin distinto al cual se hallaren destinados bienes, derechos y acciones pertenecientes al Estado o a sus instituciones, a las cuales tenga acceso en el ejercicio de la función pública, será sancionado con privación de libertad de uno a cuatro años. “TIPOS PENALES EN LA LEY Nº 004” Enriquecimiento ilícito* Artículo 27. La servidora o el servidor público que incremente desproporcionadamente su patrimonio y no pueda justificarlo. “TIPOS PENALES EN LA LEY Nº 004” PECULADO Artículo 142. La servidora o el servidor público que aprovechando del cargo que desempeña se apropiare de dinero, valores o bienes de cuya administración, cobro o custodia se hallare encargado, será sancionado con privación de libertad de cinco a diez años y multa de doscientos a quinientos días. “TIPOS PENALES EN LA LEY Nº 004” COHECHO PASIVO PROPIO Artículo 145. La servidora o el servidor público o autoridad que para hacer o dejar de hacer un acto relativo a sus funciones o contrario a los deberes de su cargo, recibiere directamente o por interpuesta persona, para sí o un tercero, dádivas o cualquier otra ventaja o aceptare ofrecimientos o promesas, será sancionado con privación de libertad de tres a ocho años y multa de cincuenta a ciento cincuenta días. “TIPOS PENALES EN LA LEY Nº 004” BENEFICIOS EN RAZÓN DEL CARGO Artículo 147. La servidora o el servidor público o autoridad que en consideración a su cargo admitiere regalos u otros beneficios, será sancionado con privación de libertad de tres a ocho años y multa de cien a doscientos cincuenta días. “TIPOS PENALES EN LA LEY Nº 004” CONCUSIÓN Artículo 151. La servidora o el servidor público o autoridad que con abuso de su condición o funciones, directa o indirectamente, exigiere u obtuviere dinero u otra ventaja ilegítima o en proporción superior a la fijada legalmente, en beneficio propio o de un tercero, será sancionado con privación de libertad de tres a ocho años. “TIPOS PENALES EN LA LEY Nº 004” INCUMPLIMIENTO DE DEBERES Artículo 154. La servidora o el servidor público que ilegalmente omitiere, rehusare hacer o retardare un acto propio de sus funciones, será sancionado con privación de libertad de uno a cuatro años. La pena será agravada en un tercio, cuando el delito ocasione daño económico al Estado. “TIPOS PENALES EN LA LEY Nº 004” CONDUCTA ANTIECONÓMICA Artículo 224. (Conducta Antieconómica). La servidora o el servidor público o el que hallándose en el ejercicio de cargos directivos u otros de responsabilidad, en instituciones o empresas estatales, causare por mala administración, dirección técnica o por cualquier otra causa, daños al patrimonio de ellas o a los intereses del Estado, será sancionado con privación de libertad de tres a ocho años. Si actuare culposamente, será sancionado con privación de libertad de uno a cuatro años. 1er Paso Denunciar I. Se considera denuncia a toda acción formal mediante la cual, se ponga en conocimiento de la Empresa, la presunta violación o contravención a una norma jurídica de alcance general, acto administrativo o norma interna. Se reconocen tres tipos de denuncias: Verbales, Escritas, Anónimas. II. En el caso de las denuncias verbales y escritas, el denunciante podrá solicitar la guarda de la reserva de su identidad, (…) Reglamento Unidad de Transparencia, Sección III, Sugerencias, Reclamaciones y Denuncias, Artículo 50º (Denuncia) I. Toda investigación iniciada a denuncia o de oficio en instancias de la UTLCC, será registrada y se le asignará un número de trámite (…) II. El Jefe de la UTLCC analizará el contenido de la denuncia para determinar su procedencia o improcedencia (…) III. De la revisión que se haga de los documentos aportados por el denunciante, la UTLCC podrá requerir al mismo la subsanación de deficiencias de forma o la remisión de información esencial (…) Procedencia o Improcedencia 2do Paso Reglamento Unidad de Transparencia, Sección III, Sugerencias, Reclamaciones y Denuncias, Artículo 56º (Seguimiento y declaratoria de procedencia o improcedencia) 3er Paso Tramitación I. Declarada procedente una denuncia o tomada la decisión del inicio de una investigación preliminar de oficio, el área de Ética Pública y Lucha Contra la Corrupción de a UTLCC, en coordinación con el Jefe de la Unidad, procederá a realizar las gestiones (…) Reglamento Unidad de Transparencia, Sección III, Sugerencias, Reclamaciones y Denuncias, Artículo 57º (Tramitación) I. La UTLCC deberá emitir en un plazo de dos (2) días hábiles su informe al Gerente General que, según las circunstancias recomendará: 1. Archivo de obrados de la denuncia por no haberse encontrado elementos o indicios suficientes . 2. Remitir antecedentes a Autoridad Administrativa por indicios sobre comisión de infracciones administrativas . 3. Remitir antecedentes a Unidad de Asesoría Legal por existir indicios suficientes de responsabilidades de orden civil y/o penal . 4. Remisión a Unidad de Asesoría Legal para, se emita denuncia formal por la existencia de indicios que hagan presumir la comisión de hechos de corrupción. Reglamento Unidad de Transparencia, Sección III, Sugerencias, Reclamaciones y Denuncias, Artículo 58º (Conclusión de investigaciones preliminares) Conclusión 4to Paso Vías para Denunciar Llenando el Formulario de Reclamos y/o Sugerencias Línea Gratuita: 800-10-1230 Página Web: www.emapa.gob.bo PREGUNTA Nº 1 • El Enriquecimiento ilícito es el delito en el que la servidora pública o servidor público hubiere: a) Obtenido regalos b) Otorgue otro fin a los bienes del estado c) Omitido hacer sus funciones d) Incrementado desproporcionadamente su patrimonio sin poder justificarlo PREGUNTA Nº 2 • Responsabilidad por la Función Pública es la aptitud e idoneidad para responder por: a) Situaciones de riesgo b) Conflictos de intereses c) Acciones y omisiones d) Hechos de Fuerza mayor PREGUNTA Nº 3 • La Ley Nº 004 establece mecanismos y procedimientos destinados a: a) Prevenir, investigar, procesar y sancionar actos de corrupción b) Juzgar delitos c) Sancionar actos de violencia d) Ninguna de las anteriores PREGUNTA Nº 4 • La servidora o el servidor público que ilegalmente omitiere, rehusare hacer o retardare un acto propio de sus funciones, comete delito de: a) Enriquecimiento ilícito b) Conducta antieconómica c) Peculado d) Incumplimiento de deberes PREGUNTA Nº 5 • La corrupción afecta a: a) Los intereses del estado b) Intereses particulares c) Grupos minoritarios de personas d) Ninguna persona PREGUNTA Nº 6 • La Ética, Transparencia, gratuidad y celeridad son: a) Necesidades de una sociedad b) Utopías c) Principios de la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz d) Conceptos útiles
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