No. 4 Cuenta de Alto Costo Boletín de Prensa No. 04 17 de Agosto de 2015 Lizbeth Acuña Merchán Directora Ejecutiva Patricia Sánchez Quintero Coordinadora Gestión del Conocimiento Luis Alberto Soler Vanoy Coordinador Gestión del Riesgo Alejandro Niño Bogoya Chief Communications Officer Unidad de Comunicaciones [email protected] Cuenta de Alto Costo Carrera 45 # 103-34 Oficina 401 PBX (+571) 6021820 Bogotá D.C., Colombia Información especial: Resoluciones de reciente expedición relacionadas con las enfermedades de alto costo en Colombia En los últimos meses los Ministerios de Salud y Protección Social y el de Hacienda y Crédito Público, han expedido tres resoluciones relacionadas con las enfermedades de alto costo en el país. A continuación se presentan los aspectos más relevantes de estas normativas. I. RESOLUCIÓN 1912 DE 2015 El 29 de mayo de 2015, el Ministerio de Hacienda y Crédito Pùblico y el Ministerio de Salud y Protección Social, expidieron esta resolución que “fija el mecanismo de cálculo y define el monto de giro y distribución de los recursos de la Cuenta de Alto Costo para las Empresas Promotoras de Salud del régimen contributivo, del régimen subsidiado y Entidades Obligadas a Compensar, en el caso del VIH/SIDA”. El mecanismo de cálculo que se define en esta resolución, se debe aplicar con base en la información recolectada en virtud de la Resolución 4725 de 2011, modificada por la Resolución 783 de 2012, es decir, aquella que haya sido validada, auditada y certificada por el organismo de administración de la Cuenta de Alto Costo o quien haga sus veces, para cada una de las variables definidas en el artículo 5 de la resolución, y se aplicará con una periodicidad anual tomando la información reportada con corte a enero de cada año en la fecha definida en el artículo 2 de la Resolución 4725 de 2011 y las normas que la modifiquen o sustituyan. Respecto a las fuentes de información para el número de afiliados activos por cada EPS, EPS-S y EOC en cada grupo de edad, será la Base de Datos Única de Afiliados, utilizando la misma fecha de corte definida en el articuló 2 de la Resolución 4725 de 2011. Esta normativa también define los grupos etarios y los divide en categorías de acuerdo con su edad en años cumplidos por quinquinios empezando por 0 (cero) años hasta los 79 años, y una última cateogría que corresponde a 80 y más años. Paso seguido, el artículo 5 de la Resolución 1912 define las variables que se deben tener en cuenta en cada periodo de reporte. Con estas definiciones, el artículo 6 presenta las fórmulas que permiten establecer el monto que cada EPS-C, EPS-S y ECG, debe aportar con el fin de poner en marcha el mecanismo de reconocimiento para incentivar la gestión y los resultados en salud de VIH/SIDA y en un parágrafo posterior se indica que “para la certificación del costo de atención de un paciente con VIH/SIDA, la Cuenta de Alto Costo o quien haga sus veces deberá presentar al Ministerio de Salud y Protección Social, la metodología de cálculo para estimar el valor de reconocimiento para la gestión respectiva”. Continúa en la página 2 NOTA PRINCIPAL p La resolución también define, en su artículo 7, las fórmulas para la distribución de recursos por gestión del riesgo en el caso del VIH/SIDA, y adiciona que ...el monto total recaudado será distribuido en cada vigencia, entre las EPSC, EPS-S y EOC que cumplan los indicadores y metas propuestas por el Ministerio de Salud y Protección Social. Los indicadores serán de proceso. Con el fin de incentivar la gestión de riesgo y los resultados en salud y evitar la selección adversa por parte de las aseguradoras, los indicadores y sus metas se estructuran por etapas. Finalmente, el Artículo 8 indica que la resolución aplicará para la información suministrada a la Cuenta de Alto Costo por las EPS, EPS-S y EOC, debidamente validada y auditada, y conforme a ella deberá girarse o reconocerse para cada caso el monto neto mensual de los recursos definidos una vez aplicados los indicadores respectivos; de igual manera, en la medida que la información lo permita, el periodo de reporte puede ser modificado por el Ministerio de Salud y Protección Social a través del acto administrativo correspondiente. El texto completo de la Resolución 1912 de 2015 está disponible en la página web de la Cuenta de Alto Costo en la sección de “NORMATIVIDAD” o directamente a través del siguiente enlace: http://cuentadealtocosto.org/site/images/Resoluci%C3%B3n_1912_ de_2015_vih.pdf II. RESOLUCIÓN 2048 DE 2015 Esta normativa del Ministerio de Salud y Protección Social, expedida el 9 de junio de 2015, actualiza el listado de enfermedades huérfanas y define el número con el cual se identifica cada una de ellas en el sistema de información de pacientes con enfermedades huérfanas. Es importante resaltar como antecedente, que el artículo 2 de la Ley 1392 de 2010 reconoció las enfermedades huérfanas como de especial interés y por tanto, adoptó las normas tendientes a garantizar la protección social por parte del Estado colombiano a la población que padece de enfermedades huérfanas y sus cuidadores. El listado actualizado de enfermedades huérfanas contemplado en esta resolución aplica para las Entidades Promotoras de Salud (EPS), las entidades pertenecientes al régimen de excepción de salud, las Direcciones Departamentales, Distritales y Municipales de Salud y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) quienes deberán incluir el listado de enfermedades huerfanas en sus sistemas de información y reportes respectivos. Esta actualización da cuenta de un total de 2.149 enfermedades, disponibles en el anexo técnico que acompaña a la resolución. Para consultar este documento con la lista total de enfermedades huérfanas puede ingresar a la sección “NORMATIVIDAD” de la página web de la Cuenta de Alto Costo, o pulse sobre el siguiente enlace: http://cuentadealtocosto.org/site/images/Resoluci%C3%B3n_2048_de_2015_ huerfanas.pdf. III. RESOLUCIÓN 1868 DE 2015 El Ministro de Salud y Protección Social Alejandro Gaviria Uribe, sancionó la Resolución 1868 de 2015, cuyo objeto es establecer los criterios para la conformación de la Red de Unidades de Atención de Cáncer Infantil (UACAI), de manera virtual, que serán de obligatorio cumplimiento para las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud habilitadas como UACAI o en proceso de habilitación como UACAI, el Instituto Nacional de Salud - INS, la Empresa Social del Estado Instituto Nacional de Cancerología - INC, el Instituto de Evaluación de Tecnologías en Salud — IETS y la Cuenta de Alto Costo CAC, en el ámbito de sus competencias y obligaciones. Funciones de la Red Virtual de UACAI • Gestionar el conocimiento mediante el fomento de la innovación y desarrollo de tecnologías adecuadas al país, así como el análisis de información relacionada con el cáncer infantil y realizar divulgación y transferencia de los resultados con la comunidad científica y la comunidad en general. • Contribuir al desarrollo de evidencia científica que permita orientar la toma de decisiones y la definición de políticas, planes, programas, proyectos y estrategias para fortalecer la atención integral del cáncer infantil. • Conocer, analizar, evaluar y difundir buenas prácticas y experiencias exitosas en la atención de cáncer infantil a nivel nacional e internacional. • Participar en estudios e investigaciones científicas sobre cáncer infantil con base en prioridades de investigación de esta patología nivel nacional. • Compartir indicadores de gestión asistencial en la atención integral y continua a las personas menores de 18 años con presunción o diagnóstico confirmado de cáncer. Le invitamos a conocer el texto completo de esta resolución en el apartado “NORMATIVIDAD” de la página web de la Cuenta de Alto Costo, o directamente pulsando sobre el siguiente enlace: http://cuentadealtocosto.org/site/images/Resoluci%C3%B3n_1868_de_2015_cancer.pdf IMPORTANTE i Conéctese con la Cuenta de Alto Costo en Redes Sociales. Facebook y @CuentaAltoCosto en Twitter EVENTOS e La Cuenta de Alto Costo desarrolló en julio dos jornadas de capacitación sobre gestión del riesgo en VIH, una en Cartagena y la otra en Bogotá. En estos eventos se ofreció una conferencia sobre el enfoque de salud pública al VIH en Colombia, liderada por el Ministerio de Salud y Protección Social, representado por el Dr, Ricardo Luque. Adicionalmente y con el apoyo del Dr. Carlos Álvarez, presidente de la Asociación Colombiana de Infectología se dictaron charlas sobre nuevos algoritmos para el diagnóstico del VIH, otra titulada ¿Qué viene después del diagnóstico?, y, TAR: ¿a quiénes, con quién iniciar y cuándo modificarla?. El ciclo de conferencias se completó con la charla sobre el impacto económico del diagnóstico temprano en VIH/SIDA a cargo del Dr. Alejandro Bryón de HEORT, y posteriormente dos conferencias a cargo del Dr. Luis Alberto Soler, Coordinador de Gestión del Riesgo de la Cuenta de Alto Costo: la primera acerca de los componentes fundamentales de la Gestión de Riesgo en VIH (Modelo de gestión, Ruta de Atención) y una más titulada “Modificación del riesgo, vigilancia de la gestión en IPS (Indicadores de Proceso y Resultado), Mecanismo de Incentivos a la Gestión del Riesgo. La jornada se completó con el panel de discusión “Barreras de Acceso a Diagnóstico vs Detección Temprana”, en el que los panelistas resolvieron las inquietudes formuladas por los asistentes a cada uno de los eventos. IMPORTANTE 30 i Fecha límite para el cargue de información de Enfermedad Renal Crónica de agosto
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