Tabla salarial 2015 (Cuantías mínimas) Alta en la Seguridad Social: obligatoria desde la primera hora de trabajo. Contrato escrito: será obligatorio hacerlo por escrito cuando se contrate por 4 semanas o más. Podrá ser indefinido o duración determinada. Jornada máxima semanal: 40 horas de trabajo efectivo-Tiempo de presencia, acordado entre las partes-compensación con salario que no podrá pagarse por debajo del SMI no más de 20 horas semanales de promedio en un periodo de 1 mes) o con descanso equivalente retribuido ( no existe límite de horas). Periodo de prueba: no puede ser superior a 2 meses, se pacta por las partes. Vacaciones: 30 días de vacaciones al año. Acordado por las partes, en caso de no acuerdo 15 días los puede disponer el empleador/a el resto de libre elección por el trabajador/a. Conocimiento con 2 meses de antelación. Descanso diario: 12 horas entre jornadas.*Internas: Podrá reducirse a 10 horas, compensando el resto hasta 12 horas en periodo de hasta 4 semanas. Tendrá un descanso de 2 horas diarias para las comidas principales. Descanso semanal: 36 horas consecutivas. Comprenderá la tarde del sábado o la mañana del lunes y el domingo completo. Salario: se deberá documentar el pago mediante un recibo individual justificando el pago acordado o por el modelo oficial de nómina. Fiestas: Los que establece el Estatuto de los trabajadores: 14 días de fiestas laborales al año, de las cuales 2 serán locales. Permisos retribuidos: Los que establece el Estatuto de los trabajadores en su art.37: 15 días matrimonio, 2 días nacimiento, fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica parientes hasta 2º grado, 1 día traslado de domicilio...) Horas /sem Salario bruto(14 pagas) Salario bruto(12 pagas) Importe SStotal 10 11 12 13 14 15 16 17 205,10 € 217,28 € 229,46 € 241,64 € 253,82 € 266,00 € 278,17 € 290,36 € 239,28 € 253,49 € 267,70 € 281,91 € 296,12 € 310,33 € 324,53 € 338,75 € 63,43 € 63,43 € 63,43 € 88,52 € 88,52 € 88,52 € 88,52 € 88,52 € 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 302,54 € 314,71 € 326,92 € 343,10 € 359,28 € 375,46 € 391,64 € 407,82 € 424,01 € 440,19 € 456,37 € 472,54 € 488,73 € 504,91 € 521,09 € 537,27 € 553,46 € 569,63 € 585,81 € 601,99 € 618,18 € 634,36 € 650,54 € 352,96 € 367,16 € 381,41 € 400,28 € 419,16 € 438,04 € 456,91 € 475,79 € 494,68 € 513,56 € 532,43 € 551,30 € 570,19 € 589,06 € 607,94 € 626,82 € 645,70 € 664,57 € 683,45 € 702,32 € 721,21 € 740,09 € 758,96 € 88,52 € 88,52 € 113,61€ 113,61€ 113,61€ 113,61€ 113,61€ 138,71€ 138,71€ 138,71€ 138,71€ 138,71€ 163,80€ 163,80€ 163,80€ 163,80€ 163,80€ 195,20€ 195,20€ 195,20€ 195,20€ 195,20€ 195,20€ Incapacidad temporal: Por accidente de trabajo o enfermedad profesional---se cobra el 75% de la Base de cotización desde el día siguiente de la baja. - Desistimiento: Se deberá hacer por escrito. Indemnización de 12 días naturales por año, con el límite de 6 mensualidades. - Preaviso: -Relación laboral más de un año ----- 20 días. -Relación de un año o menos ----------- 7 días. LA COTIZACIÓN EN EL SISTEMA ESPECIAL DE EMPLEADOS/AS DE HOGAR NO DARÁ DERECHO AL COBRO DE DESEMPLEO. TRABAJO EXTERNAS: Cuando se trabaja menos de 14 horas el precio por hora puede oscilar entre los 10 y los 12 euros la hora. · Funciones sencillas: 10 € /hora. · Funciones más complejas: 12 €/hora. Horas /sem Salario bruto(14 pagas) Salario bruto(12 pagas)pagas extras prorrate adas I mporte SS total 15 20 30 40 300,00 € 400,00 € 600,00 € 800,00 € 350,00€ 466,70€ 700,00€ 933,33€ 8 8,52€ 138,71€ 195,20€ 205,01€ TRABAJO INTERNAS: Salario bruto(14 pagas) Salario bruto(12 pagas)pagas extras prorrateadas I mporte SS total 900,00€* 105 0,00€ 2 05,01€ *Esta salario corresponde a una persona interna que tenga una persona a su cuidado en el caso de tener que ocuparse de dos personas se verá incrementado en 100€ más al mes. FIN DE SEMANA INTERNAS Siempre se puede mejorar por acuerdo entre las partes. Se puede acordar cubrir el coste del transporte en las área metropolitanas. PAGAS EXTRAS: PROPUESTA DE SALARIO Se tiene derecho a dos pagas extras al año, en la cuantía que pacten las partes, sin ser nunca inferior al SMI. Se abonarán, salvo que se acuerden otras fechas, en junio y diciembre, según acuerden las partes, salvo prorrateo en 12 pagas. SUPUESTOS Importe SS viernes 20 h--domingo 21 h sábado 12 h--domingo 2 1 h sábado 16 h--domingo 2 1 h 120 €/130€ 1 00€ 90€ El q ue correspon da “ “ *Las cantidades son orientativas y mínimas. Hay que valorar cada caso en concreto. *Trabajo en festivos: No se trabaja. En caso de tener que trabajar, dos opciones: o Cambiar por un día libre completo (24 horas). o Abonar 60-70 €/día. TRABAJO NOCTURNO: Salario bruto(14 pagas) Salario bruto(12 pagas)pagas extras prorrateadas I mporte SS total 700-850 € 816,70/991,70 € 2 05,01€ *Desde las 21 h hasta las 9 de la mañana de lunes a viernes (salida a las 9 horas del sábado) · Noches sueltas: de 50 a 60 €. COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL Tramo BASE DE COTIZACIÓN Al mes EMPLEADOR/A C. comunes C.profesional es Hasta 172,91 Desde 172,92 hasta 270,10 Desde 270,11 hasta 367,40 Desde 367,41 hasta 464,70 Desde 464,71 hasta 561,90 Desde 561,91 hasta 658,50 Desde 658,41 hasta 756,60 Desde 756,61 148,60€ 245,84€ 343,10€ 440,36€ 537,63€ 634,89€ 756,60€ 794,60€ Porcentaje 30,61€ 50,64€ 70,68€ 90,71€ 110,75€ 130,79€ 155,86€ 163,69€ 20, 60% 1,63€ 2,70€ 3,77€ 4,84€ 5,91€ 6,98€ 8,32€ 8,74€ 1,10% TRABAJADOR /A Total empleador/ a 32,25€ 53,35€ 74,45€ 95,56€ 116,67€ 137,77€ 164,18€ 172,43€ 21.70% C.comunes TOTAL SEGURIDAD SOCIAL 6,09€ 10,08€ 14,07€ 18,05€ 22,04€ 26,03€ 31,02€ 32,58€ 4,10% 38,34€ 63,43€ 88,52€ 113,61€ 138,71€ 163,80€ 195,20€ 205,01€ 25,80% MODELOS En la página del Ministerio de empleo y seguridad social puedes encontrar modelos. http://www.empleo.gob.es/es/portada/serviciohogar/modelos/ · · · · Contrato indefinido/ duración determinada. Modelo de nómina. TA6-0138 HOGAR. Código de cuenta de cotización. o Lo debe rellenar el empleador/a(titular del hogar familiar) independientemente de las horas contratadas. o Se puede entregar por el trabajador/a o por cualquier otra persona con un autorización simple firmada por el empleador/a y copia de su DNI. TA 2/S-0138. Solicitud de alta, baja o variación de datos del trabajador/a por cuenta ajena en el Régimen General –Sistema Especial para Empleadas de hogar. o Cuando se presenten servicios por menos de 60 horas mensuales y se acuerde que es el trabajador/a el que se hace cargo de las gestiones y el ingreso de las cuotas Empleador/a es responsable subsidiario, deberá demostrar mediante el recibo o nómina que ha pagado al trabajador/ a lo que le responde siendo el trabajador/a quien debe ingresar las cuotas de ambos. Lo puede entregar en la Tesorería el trabajador/a sin autorización del empleador/a. RÉGIMEN GENERAL SISTEMA ESPECIAL PARA EMPLEADOS Y EMPLEADAS DE HOGAR 2015 www.uso.es 1º 2º 3º 4º 5º 6º 7º 8º RETRIBUCION MENSUAL €/mes (Pagas extras prorrateadas)* Afiliada a: CSI - ITUC - IGB Confederación Sindical Internacional
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