ASOCIACIÓN NACIONAL DE CAPRINOCULTORES Y OVINOCULTORES DE COLOMBIA REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN XI EXPOSICIÓN NACIONAL OVINO CAPRINA BOGOTÁ ANCO 2015 La Asociación Nacional de Caprinocultores y Ovinocultores de Colombia – ANCO – y el Comité de Exposiciones y Ferias tienen el gusto de invitarlos a participar en la XI EXPOSICIÓN NACIONAL OVINO CAPRINA BOGOTÁ ANCO 2015 que se realizará en la ciudad de Bogotá en el marco de la celebración de AGROEXPO 2015 en las instalaciones de CORFERIAS entre los días 9 y 20 de Julio del 2015. De acuerdo al artículo 2 del Reglamento Nacional de Exposiciones, la XI EXPOSICIÓN NACIONAL OVINO CAPRINA BOGOTÁ ANCO 2015 se regirá por las normas establecidas en los Estatutos Oficiales de ANCO, el Reglamento Nacional de Exposiciones y las siguientes disposiciones especiales: Articulo 1. El programa de actividades a realizarse durante la exposición será el siguiente: XI EXPOSICIÓN NACIONAL OVINO CAPRINA BOGOTÁ ANCO 2015 FECHA DIA HORA 8 Miércoles Desde las 10:00 AM Hasta las 12:00 M 9 10 11 Jueves ACTIVIDAD Entrada de ejemplares Caprinos y Ovinos, Pesaje de ejemplares Ovinos Entrada de ejemplares Caprinos y Ovinos, Pesaje ejemplares Ovinos. 6:00 PM Ordeño Previo Concurso Lechero 9:00 AM - 10:00 AM I Ordeño Oficial 6:00 PM - 7:00 PM II Ordeño Oficial 9:00 AM - 10:00 AM III Ordeño Oficial 10:00 AM – 8:00 PM Juzgamiento Ovino 6:00 PM - 7:00 PM IV Ordeño Oficial Viernes Sábado Carrera 84 # 77-25 Barrio La Granja, Telefax: 2235574, Cel. 310 787 65 61/ 311 218 51 95 [email protected] www.ancolombia.org.co. Bogota D.C ASOCIACIÓN NACIONAL DE CAPRINOCULTORES Y OVINOCULTORES DE COLOMBIA 12 13 14 10:00 AM – 8:00 PM Juzgamiento Ovino 1:00 P.M- 3:00 P-M Juzgamiento Lanar. 10:00 AM – 8:00 PM Juzgamiento Caprino 10:00 A.M- 6:00 P.M Juzgamiento Caprino 6:00 P.M-8:00 P.M Parada de Campeones 8:00 PM en Adelante Salida de animales de Recambio Voluntario 8:00 A.M – 6:00 P.M Entrada de Ejemplares Domingo Lunes Martes 15 Miércoles 18 Sábado 5:00 P.M – 8:00 P.M Celebración Día del Caprinocultor y Ovinocultor 20 Lunes A partir 5:00 PM Salida de Ejemplares Articulo 2. Por ningún motivo se permitirá el ingreso o salida de ejemplares por fuera de los días y horas establecidas. Parágrafo Único. En caso de venta de ejemplares, estos podrán ser retirados el 14 y serán reemplazados durante el recambio o al final del evento 20 de Julio 2.015 Articulo 3. Para ser expositor tanto el socio directo (persona Natural o Jurídica con ánimo de Lucro) o la Asociación miembro de Junta (en el caso de socios indirectos) deberán estar a paz y salvo con la Asociación hasta el tercer trimestre del año en curso (30 de Septiembre del 2015). Los derechos de participación Carrera 84 # 77-25 Barrio La Granja, Telefax: 2235574, Cel. 310 787 65 61/ 311 218 51 95 [email protected] www.ancolombia.org.co. Bogota D.C ASOCIACIÓN NACIONAL DE CAPRINOCULTORES Y OVINOCULTORES DE COLOMBIA serán $300.000,00 por corral (9m2) para gastos administrativos y de manejo, $ 100.000,00 por división solicitada y $30.000 por ejemplar que ingrese al recinto ferial, valores que deberán ser cancelados en su totalidad hasta las 6:00 P.M del 31 de Mayo de 2.015. Parágrafo Único: Para que los socios indirectos puedan participar en la XI Exposición Nacional Ovino Caprina ANCO 2.015 – Bogotá en el marco de AGROEXPO 2.015, además del AVAL de la asociación, esta deberá estar a paz y salvo por todo concepto con ANCO hasta el 30 de Septiembre de 2.015. Artículo 4. La solicitud de corrales, divisiones e inscripción de ejemplares (Anexo 1) se hará vía correo electrónico de ANCO ( [email protected] ), con copia al correo del Coordinador del Comité de Exposiciones y Ferias de ANCO ([email protected]) , o directamente a la oficina central en Bogotá dirigida al coordinador del Comité de Exposiciones y Ferias, hasta las 6:00 P.M del día 20 de Mayo de 2015. La asignación de los corrales se anunciará antes de las 6:00 p.m. del día 25 de Mayo del 2015. La solicitud deberá tener el aval del Representante del socio en la Junta Nacional en el caso de socios indirectos. Parágrafo Único. Una vez se reciba la confirmación de los corrales asignados, se deberá enviar por cualquier medio, a la oficina central de ANCO, antes de las 6:00 p.m. del 31 de Mayo de 2015, copia de la consignación por el valor de los corrales asignados, las divisiones solicitadas, derechos de ingreso por ejemplar y el saldo debido a ANCO al 30 de Septiembre de 2015. Artículo 5. Si por fuerza mayor se desiste de la participación, se deberá comunicar este hecho por escrito al Comité de Exposiciones y Ferias antes de las 6:00 p.m. del día 15 de Junio del 2015 haciéndose acreedor de una sanción pecuniaria del 30% del valor cancelado por corrales, divisiones y derechos por ingreso de animal. . En caso de no informar oportunamente, el Comité solicitará a la Junta Nacional la aplicación de la sanción reglamentaria. Quien desista de su participación después de la fecha establecida ANCO no reembolsara ningún valor de lo cancelado. Carrera 84 # 77-25 Barrio La Granja, Telefax: 2235574, Cel. 310 787 65 61/ 311 218 51 95 [email protected] www.ancolombia.org.co. Bogota D.C ASOCIACIÓN NACIONAL DE CAPRINOCULTORES Y OVINOCULTORES DE COLOMBIA Artículo 6. Los ejemplares participantes deberán ser de propiedad del expositor. Los corrales no podrán ser compartidos ni cedidos a ningún título. Artículo 7. El alojamiento de los ejemplares se hará de la siguiente manera: Hembras adultas: Mínimo 5 ejemplares, Máximo 9 ejemplares por corral (mayores de 35 kilos) Hembras jóvenes: Mínimo 5 ejemplares Máximo 12 ejemplares por corral (menores de 35 kilos) Machos adultos: Mínimo 2 ejemplares con división, Máximo 5 ejemplares por corral (mayores de 50 kilos) Machos jóvenes: Mínimo 5 ejemplar, Máximo 10 ejemplares por corral (menores de 50 kilos) Parágrafo uno. La división de los corrales deberá ser autorizada por el comisario de la exposición basado en normas de seguridad y estética. Parágrafo dos. Ningún ejemplar podrá estar atado a las instalaciones del recinto, además será responsabilidad del expositor el ingreso de más de un macho adulto en el mismo corral. Artículo 8. Los asociados participantes quedan comprometidos con ANCO a mantener sus corrales ocupados según el artículo 7 y durante todo el evento. Artículo 9. El Comité de Exposiciones y Ferias asignará corrales de acuerdo al literal j del artículo 28 del Reglamento Nacional de Exposiciones, los artículos 4 y 7 de este reglamento. Artículo 10. El recinto ferial contara con varios puntos de agua, cada expositor deberá traer recipientes de no más de 10 lts. para el suministro de este líquido. Los recipientes para concentrados, pasturas picadas y ensilajes deberán ser adecuados teniendo en cuenta la estética de los corrales. Cada corral deberá contar con una malla especial para el suministro de heno la cual deberá ser aportada por el expositor. Carrera 84 # 77-25 Barrio La Granja, Telefax: 2235574, Cel. 310 787 65 61/ 311 218 51 95 [email protected] www.ancolombia.org.co. Bogota D.C ASOCIACIÓN NACIONAL DE CAPRINOCULTORES Y OVINOCULTORES DE COLOMBIA Articulo 11. El cuidado. Manutención y manejo de corrales será exclusivamente responsabilidad del expositor o un representante suyo. única y Artículo 12. El Comité Técnico aplicará estrictamente el artículo 102 del Reglamento Nacional de Exposiciones en la escogencia del Expositor con Mejor Manejo Integral en la Exposición. Artículo 13. Los requisitos exigibles a los ejemplares participantes de acuerdo a la reglamentación del ICA serán: Estar identificados individualmente. Llegar acompañados por una Guía Sanitaria de Movilización Interna expedida por un médico veterinario de una Oficina del ICA o entidad autorizada para tal fin. Certificado de salud expedido por un médico veterinario en ejercicio, en el cual conste que en el predio de origen no hay animales afectados por enfermedades infecciosas o transmisibles y que los ejemplares que asistan al evento estén en buen estado de salud. El predio de origen de los animales deberá encontrarse ubicado dentro de una zona de un radio de diez (10) kilómetros, en donde no se hayan presentado en los últimos tres (3) meses focos de Fiebre Aftosa, cuadros vesiculares clínicos sin diagnóstico final u otras enfermedades transmisibles que a criterio del ICA constituyan riesgo para la sanidad animal. Parágrafo único. Se enviará vía e – mail la resolución expedida por el ICA que autorice la realización de la XX Feria Internacional Agropecuaria y de Industrias afines -AGROEXPO 2015 en el momento en que esta entidad la emita. Artículo 14. La documentación anterior debe ser presentada en el recinto ferial. Los participantes deberán tener en cuenta solicitar las guías sanitarias de movilización interna con dos (2) días de anticipación pues su vigencia es de 3 Carrera 84 # 77-25 Barrio La Granja, Telefax: 2235574, Cel. 310 787 65 61/ 311 218 51 95 [email protected] www.ancolombia.org.co. Bogota D.C ASOCIACIÓN NACIONAL DE CAPRINOCULTORES Y OVINOCULTORES DE COLOMBIA días. Además de lo anteriormente expuesto, la autoridad sanitaria competente (ICA) podrá reservarse el derecho de admisión de aquellos ejemplares que por cualquier circunstancia sanitaria no se encuentren en óptimas condiciones (mal estado general, lastimados, con cojeras, parásitos externos, heridas abiertas o en proceso de cicatrización) o por presentar signos evidentes de enfermedad. ANCO no asume responsabilidad alguna, ni hará devoluciones de dineros a los expositores que se vean afectados por la anterior disposición. Artículo 15. ANCO no adquiere responsabilidad alguna sobre ejemplares vendidos y por lo tanto dicha responsabilidad es única y exclusiva del vendedor. Artículo 16. No se permitirá el ingreso de hembras en el último mes de su gestación. Artículo 17. No estará permitida la venta o promoción de cualquier producto o subproducto diferente a los ejemplares dentro del área del corral. Artículo 18. La violación a este reglamento será informada y soportada por el Comité Técnico de Exposiciones al Comité de Exposiciones y Ferias de ANCO el cual solicitara las respectivas sanciones ante la Junta Nacional de ANCO. Para todos los efectos serán aplicados los estatutos y reglamentos generales de ANCO Artículo 19. En la pista de juzgamiento estará prohibida la utilización de camisetas o elementos que hagan alusión a los apriscos participantes o a los expositores. Artículo 20. Los conductores de los ejemplares durante los juzgamientos deberán portar la gorra y la camiseta ovina o caprina institucionales de ANCO y cumplir estrictamente el Capítulo VI del Reglamento Nacional de Exposiciones. El comité técnico aplicara estrictamente el artículo 101 de dicho reglamento en la escogencia de los Mejores Conductores Caprino y Ovino. Artículo 21. Requisitos para el ingreso de ejemplares al recinto ferial en el marco AGROEXPO 2.015. Carrera 84 # 77-25 Barrio La Granja, Telefax: 2235574, Cel. 310 787 65 61/ 311 218 51 95 [email protected] www.ancolombia.org.co. Bogota D.C ASOCIACIÓN NACIONAL DE CAPRINOCULTORES Y OVINOCULTORES DE COLOMBIA Todos los ejemplares que ingresan al recinto ferial deben tener Registro ANCO a excepción de los ovinos de las razas Abisinia, Sudan y Etíope y de la Cabra Santandereana. Deberá hacerse una inscripción de todos los ejemplares participantes discriminando cuales pasan a pista de juzgamiento y cuales son de exhibición, hasta el día 31 de Mayo 2.015. Los ejemplares inscritos para pista de juzgamiento deben ingresar el 8 de Julio de 2.015. Recambio: Los productores que lo consideren conveniente podrán retirar ejemplares el día 14 de Julio a partir de las 6:00 P.M y reemplazarlos el día 15 de Julio por el mismo número de animales retirados. Todos los ejemplares que estén en el registro ferial del 9 al 14 de Julio deberán ingresar a juzgamiento. Artículo 22. Requisitos para la inscripción de ejemplares tanto a juzgamiento como a exhibición: *Todos los ejemplares deben tener Certificado de Registro Genealógico – C.R.G ANCO se exceptúan de esta condición las razas ovinas (Abisinia, Sudan y Etíope) y la raza caprina Santandereana por encontrarse en proceso de reconocimiento con estándares pre- liminares. Artículo 23. Los ejemplares ovinos con cobertura lanar que vallan a las competencias principales, deberán ser esquilados con un mes de anterioridad como mínimo en sus respectivos apriscos (Longitud máxima de la mecha 1 pulgada). Artículo 24. Las credenciales las asignará el Coordinador del Comité de Exposiciones y Ferias de ANCO de acuerdo al número de corrales otorgados a los expositores. Artículo 25. No se permitirá la utilización de voceadores, carteleras, pancartas, pendones o cualquier otro tipo de publicidad que altere la uniformidad del pabellón. Carrera 84 # 77-25 Barrio La Granja, Telefax: 2235574, Cel. 310 787 65 61/ 311 218 51 95 [email protected] www.ancolombia.org.co. Bogota D.C ASOCIACIÓN NACIONAL DE CAPRINOCULTORES Y OVINOCULTORES DE COLOMBIA Artículo 26. La participación está condicionada al cumplimiento estricto de los plazos y pagos establecidos en este reglamento. Atentamente, LUIS CARLOS RODRIGUEZ GARCIA Coordinador Comité de Exposiciones y Ferias Carrera 84 # 77-25 Barrio La Granja, Telefax: 2235574, Cel. 310 787 65 61/ 311 218 51 95 [email protected] www.ancolombia.org.co. Bogota D.C ASOCIACIÓN NACIONAL DE CAPRINOCULTORES Y OVINOCULTORES DE COLOMBIA Anexo Nº 1 EXPOSITOR: PLANILLA REPORTE DE EJEMPLARES PARTICIPANTES CELULAR: EMAIL MUNICIPIO: NOMBRE DEL APRISCO: Especie Identificación CRG Nombre del ejemplar sexo Raza CAPRINA OVINA M H Edad a la fecha d exposición (meses) 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 Carrera 84 # 77-25 Barrio La Granja, Telefax: 2235574, Cel. 310 787 65 61/ 311 218 51 95 [email protected] www.ancolombia.org.co. Bogota D.C Composici ón Racial (Fundador inicial, C1,C2,C3.C 4 P.O)
© Copyright 2024