REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN

ASOCIACIÓN NACIONAL DE CAPRINOCULTORES
Y OVINOCULTORES DE COLOMBIA
REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN
XI EXPOSICIÓN NACIONAL OVINO CAPRINA BOGOTÁ ANCO 2015
La Asociación Nacional de Caprinocultores y Ovinocultores de Colombia
– ANCO – y el Comité de Exposiciones y Ferias tienen el gusto de invitarlos a
participar en la XI EXPOSICIÓN NACIONAL OVINO CAPRINA BOGOTÁ ANCO
2015 que se realizará en la ciudad de Bogotá en el marco de la celebración de
AGROEXPO 2015 en las instalaciones de CORFERIAS entre los días 9 y 20 de
Julio del 2015.
De acuerdo al artículo 2 del Reglamento Nacional de Exposiciones, la XI
EXPOSICIÓN NACIONAL OVINO CAPRINA BOGOTÁ ANCO 2015 se regirá por
las normas establecidas en los Estatutos Oficiales de ANCO, el Reglamento
Nacional de Exposiciones y las siguientes disposiciones especiales:
Articulo 1. El programa de actividades a realizarse durante la exposición será el
siguiente:
XI EXPOSICIÓN NACIONAL OVINO CAPRINA BOGOTÁ ANCO 2015
FECHA
DIA
HORA
8
Miércoles
Desde las 10:00 AM
Hasta las 12:00 M
9
10
11
Jueves
ACTIVIDAD
Entrada de ejemplares Caprinos y Ovinos,
Pesaje de ejemplares Ovinos
Entrada de ejemplares Caprinos y Ovinos,
Pesaje ejemplares Ovinos.
6:00 PM
Ordeño Previo Concurso Lechero
9:00 AM - 10:00 AM
I Ordeño Oficial
6:00 PM - 7:00 PM
II Ordeño Oficial
9:00 AM - 10:00 AM
III Ordeño Oficial
10:00 AM – 8:00 PM
Juzgamiento Ovino
6:00 PM - 7:00 PM
IV Ordeño Oficial
Viernes
Sábado
Carrera 84 # 77-25 Barrio La Granja, Telefax: 2235574, Cel. 310 787 65 61/ 311 218 51 95
[email protected]
www.ancolombia.org.co.
Bogota D.C
ASOCIACIÓN NACIONAL DE CAPRINOCULTORES
Y OVINOCULTORES DE COLOMBIA
12
13
14
10:00 AM –
8:00 PM
Juzgamiento Ovino
1:00 P.M- 3:00 P-M
Juzgamiento Lanar.
10:00 AM – 8:00 PM
Juzgamiento Caprino
10:00 A.M- 6:00 P.M
Juzgamiento Caprino
6:00 P.M-8:00 P.M
Parada de Campeones
8:00 PM en Adelante
Salida de animales de Recambio Voluntario
8:00 A.M – 6:00 P.M
Entrada de Ejemplares
Domingo
Lunes
Martes
15
Miércoles
18
Sábado
5:00 P.M – 8:00 P.M
Celebración Día del Caprinocultor y
Ovinocultor
20
Lunes
A partir 5:00 PM
Salida de Ejemplares
Articulo 2. Por ningún motivo se permitirá el ingreso o salida de ejemplares por
fuera de los días y horas establecidas.
Parágrafo Único. En caso de venta de ejemplares, estos podrán ser retirados el
14 y serán reemplazados durante el recambio o al final del evento 20 de Julio
2.015
Articulo 3. Para ser expositor tanto el socio directo (persona Natural o Jurídica
con ánimo de Lucro) o la Asociación miembro de Junta (en el caso de socios
indirectos) deberán estar a paz y salvo con la Asociación hasta el tercer trimestre
del año en curso (30 de Septiembre del 2015). Los derechos de participación
Carrera 84 # 77-25 Barrio La Granja, Telefax: 2235574, Cel. 310 787 65 61/ 311 218 51 95
[email protected]
www.ancolombia.org.co.
Bogota D.C
ASOCIACIÓN NACIONAL DE CAPRINOCULTORES
Y OVINOCULTORES DE COLOMBIA
serán $300.000,00 por corral (9m2) para gastos administrativos y de manejo, $
100.000,00 por división solicitada y $30.000 por ejemplar que ingrese al recinto
ferial, valores que deberán ser cancelados en su totalidad hasta las 6:00 P.M
del 31 de Mayo de 2.015.
Parágrafo Único: Para que los socios indirectos puedan participar en la XI
Exposición Nacional Ovino Caprina ANCO 2.015 – Bogotá en el marco de
AGROEXPO 2.015, además del AVAL de la asociación, esta deberá estar a paz
y salvo por todo concepto con ANCO hasta el 30 de Septiembre de 2.015.
Artículo 4. La solicitud de corrales, divisiones e inscripción de ejemplares (Anexo
1) se hará vía correo electrónico de ANCO ( [email protected] ), con
copia al correo del Coordinador del Comité de Exposiciones y Ferias de ANCO
([email protected]) , o directamente a la oficina central en
Bogotá dirigida al coordinador del Comité de Exposiciones y Ferias, hasta las 6:00
P.M del día 20 de Mayo de 2015. La asignación de los corrales se anunciará antes
de las 6:00 p.m. del día 25 de Mayo del 2015. La solicitud deberá tener el aval del
Representante del socio en la Junta Nacional en el caso de socios indirectos.
Parágrafo Único. Una vez se reciba la confirmación de los corrales asignados, se
deberá enviar por cualquier medio, a la oficina central de ANCO, antes de las 6:00
p.m. del 31 de Mayo de 2015, copia de la consignación por el valor de los corrales
asignados, las divisiones solicitadas, derechos de ingreso por ejemplar y el saldo
debido a ANCO al 30 de Septiembre de 2015.
Artículo 5. Si por fuerza mayor se desiste de la participación, se deberá
comunicar este hecho por escrito al Comité de Exposiciones y Ferias antes de las
6:00 p.m. del día 15 de Junio del 2015 haciéndose acreedor de una sanción
pecuniaria del 30% del valor cancelado por corrales, divisiones y derechos por
ingreso de animal. . En caso de no informar oportunamente, el Comité solicitará a
la Junta Nacional la aplicación de la sanción reglamentaria. Quien desista de su
participación después de la fecha establecida ANCO no reembolsara ningún
valor de lo cancelado.
Carrera 84 # 77-25 Barrio La Granja, Telefax: 2235574, Cel. 310 787 65 61/ 311 218 51 95
[email protected]
www.ancolombia.org.co.
Bogota D.C
ASOCIACIÓN NACIONAL DE CAPRINOCULTORES
Y OVINOCULTORES DE COLOMBIA
Artículo 6. Los ejemplares participantes deberán ser de propiedad del expositor.
Los corrales no podrán ser compartidos ni cedidos a ningún título.
Artículo 7. El alojamiento de los ejemplares se hará de la siguiente manera:
 Hembras adultas: Mínimo 5 ejemplares, Máximo 9 ejemplares por corral
(mayores de 35 kilos)
 Hembras jóvenes: Mínimo 5 ejemplares Máximo 12 ejemplares por corral
(menores de 35 kilos)
 Machos adultos: Mínimo 2 ejemplares con división, Máximo 5 ejemplares
por corral (mayores de 50 kilos)
 Machos jóvenes: Mínimo 5 ejemplar, Máximo 10 ejemplares por corral
(menores de 50 kilos)
Parágrafo uno. La división de los corrales deberá ser autorizada por el comisario
de la exposición basado en normas de seguridad y estética.
Parágrafo dos. Ningún ejemplar podrá estar atado a las instalaciones del recinto,
además será responsabilidad del expositor el ingreso de más de un macho adulto
en el mismo corral.
Artículo 8. Los asociados participantes quedan comprometidos con ANCO a
mantener sus corrales ocupados según el artículo 7 y durante todo el evento.
Artículo 9. El Comité de Exposiciones y Ferias asignará corrales de acuerdo al
literal j del artículo 28 del Reglamento Nacional de Exposiciones, los artículos 4 y 7
de este reglamento.
Artículo 10. El recinto ferial contara con varios puntos de agua, cada expositor
deberá traer recipientes de no más de 10 lts. para el suministro de este líquido.
Los recipientes para concentrados, pasturas picadas y ensilajes deberán ser
adecuados teniendo en cuenta la estética de los corrales. Cada corral deberá
contar con una malla especial para el suministro de heno la cual deberá ser
aportada por el expositor.
Carrera 84 # 77-25 Barrio La Granja, Telefax: 2235574, Cel. 310 787 65 61/ 311 218 51 95
[email protected]
www.ancolombia.org.co.
Bogota D.C
ASOCIACIÓN NACIONAL DE CAPRINOCULTORES
Y OVINOCULTORES DE COLOMBIA
Articulo 11. El cuidado. Manutención y manejo de corrales será
exclusivamente responsabilidad del expositor o un representante suyo.
única y
Artículo 12. El Comité Técnico aplicará estrictamente el artículo 102 del
Reglamento Nacional de Exposiciones en la escogencia del Expositor con Mejor
Manejo Integral en la Exposición.
Artículo 13. Los requisitos exigibles a los ejemplares participantes de acuerdo a la
reglamentación del ICA serán:

Estar identificados individualmente.

Llegar acompañados por una Guía Sanitaria de Movilización Interna
expedida por un médico veterinario de una Oficina del ICA o entidad
autorizada para tal fin.

Certificado de salud expedido por un médico veterinario en ejercicio, en el
cual conste que en el predio de origen no hay animales afectados por
enfermedades infecciosas o transmisibles y que los ejemplares que asistan
al evento estén en buen estado de salud.

El predio de origen de los animales deberá encontrarse ubicado dentro de
una zona de un radio de diez (10) kilómetros, en donde no se hayan
presentado en los últimos tres (3) meses focos de Fiebre Aftosa, cuadros
vesiculares clínicos sin diagnóstico final u otras enfermedades transmisibles
que a criterio del ICA constituyan riesgo para la sanidad animal.
Parágrafo único. Se enviará vía e – mail la resolución expedida por el ICA que
autorice la realización de la XX Feria Internacional Agropecuaria y de Industrias
afines -AGROEXPO 2015 en el momento en que esta entidad la emita.
Artículo 14. La documentación anterior debe ser presentada en el recinto ferial.
Los participantes deberán tener en cuenta solicitar las guías sanitarias de
movilización interna con dos (2) días de anticipación pues su vigencia es de 3
Carrera 84 # 77-25 Barrio La Granja, Telefax: 2235574, Cel. 310 787 65 61/ 311 218 51 95
[email protected]
www.ancolombia.org.co.
Bogota D.C
ASOCIACIÓN NACIONAL DE CAPRINOCULTORES
Y OVINOCULTORES DE COLOMBIA
días. Además de lo anteriormente expuesto, la autoridad sanitaria competente
(ICA) podrá reservarse el derecho de admisión de aquellos ejemplares que por
cualquier circunstancia sanitaria no se encuentren en óptimas condiciones (mal
estado general, lastimados, con cojeras, parásitos externos, heridas abiertas o en
proceso de cicatrización) o por presentar signos evidentes de enfermedad. ANCO
no asume responsabilidad alguna, ni hará devoluciones de dineros a los
expositores que se vean afectados por la anterior disposición.
Artículo 15. ANCO no adquiere responsabilidad alguna sobre ejemplares
vendidos y por lo tanto dicha responsabilidad es única y exclusiva del vendedor.
Artículo 16. No se permitirá el ingreso de hembras en el último mes de su
gestación.
Artículo 17. No estará permitida la venta o promoción de cualquier producto o
subproducto diferente a los ejemplares dentro del área del corral.
Artículo 18. La violación a este reglamento será informada y soportada por el
Comité Técnico de Exposiciones al Comité de Exposiciones y Ferias de ANCO el
cual solicitara las respectivas sanciones ante la Junta Nacional de ANCO. Para
todos los efectos serán aplicados los estatutos y reglamentos generales de ANCO
Artículo 19. En la pista de juzgamiento estará prohibida la utilización de camisetas
o elementos que hagan alusión a los apriscos participantes o a los expositores.
Artículo 20. Los conductores de los ejemplares durante los juzgamientos deberán
portar la gorra y la camiseta ovina o caprina institucionales de ANCO y cumplir
estrictamente el Capítulo VI del Reglamento Nacional de Exposiciones. El comité
técnico aplicara estrictamente el artículo 101 de dicho reglamento en la
escogencia de los Mejores Conductores Caprino y Ovino.
Artículo 21. Requisitos para el ingreso de ejemplares al recinto ferial en el marco
AGROEXPO 2.015.
Carrera 84 # 77-25 Barrio La Granja, Telefax: 2235574, Cel. 310 787 65 61/ 311 218 51 95
[email protected]
www.ancolombia.org.co.
Bogota D.C
ASOCIACIÓN NACIONAL DE CAPRINOCULTORES
Y OVINOCULTORES DE COLOMBIA





Todos los ejemplares que ingresan al recinto ferial deben tener
Registro ANCO a excepción de los ovinos de las razas Abisinia, Sudan y
Etíope y de la Cabra Santandereana.
Deberá hacerse una inscripción de todos los ejemplares participantes
discriminando cuales pasan a pista de juzgamiento y cuales son de
exhibición, hasta el día 31 de Mayo 2.015.
Los ejemplares inscritos para pista de juzgamiento deben ingresar el 8
de Julio de 2.015.
Recambio: Los productores que lo consideren conveniente podrán
retirar ejemplares el día 14 de Julio a partir de las 6:00 P.M y
reemplazarlos el día 15 de Julio por el mismo número de animales
retirados.
Todos los ejemplares que estén en el registro ferial del 9 al 14 de
Julio deberán ingresar a juzgamiento.
Artículo 22. Requisitos para la inscripción de ejemplares tanto a juzgamiento
como a exhibición:
*Todos los ejemplares deben tener Certificado de Registro Genealógico – C.R.G
ANCO se exceptúan de esta condición las razas ovinas (Abisinia, Sudan y
Etíope) y la raza caprina
Santandereana por encontrarse en proceso de
reconocimiento con estándares pre- liminares.
Artículo 23. Los ejemplares ovinos con cobertura lanar que vallan a las
competencias principales, deberán ser esquilados con un mes de anterioridad
como mínimo en sus respectivos apriscos (Longitud máxima de la mecha 1
pulgada).
Artículo 24. Las credenciales las asignará el Coordinador del Comité de
Exposiciones y Ferias de ANCO de acuerdo al número de corrales otorgados a los
expositores.
Artículo 25. No se permitirá la utilización de voceadores, carteleras, pancartas,
pendones o cualquier otro tipo de publicidad que altere la uniformidad del
pabellón.
Carrera 84 # 77-25 Barrio La Granja, Telefax: 2235574, Cel. 310 787 65 61/ 311 218 51 95
[email protected]
www.ancolombia.org.co.
Bogota D.C
ASOCIACIÓN NACIONAL DE CAPRINOCULTORES
Y OVINOCULTORES DE COLOMBIA
Artículo 26. La participación está condicionada al cumplimiento estricto de los
plazos y pagos establecidos en este reglamento.
Atentamente,
LUIS CARLOS RODRIGUEZ GARCIA
Coordinador Comité de Exposiciones y Ferias
Carrera 84 # 77-25 Barrio La Granja, Telefax: 2235574, Cel. 310 787 65 61/ 311 218 51 95
[email protected]
www.ancolombia.org.co.
Bogota D.C
ASOCIACIÓN NACIONAL DE CAPRINOCULTORES
Y OVINOCULTORES DE COLOMBIA
Anexo Nº 1
EXPOSITOR:
PLANILLA REPORTE DE EJEMPLARES PARTICIPANTES
CELULAR:
EMAIL
MUNICIPIO:
NOMBRE DEL APRISCO:
Especie
Identificación CRG
Nombre del
ejemplar
sexo
Raza
CAPRINA
OVINA
M
H
Edad a la
fecha d
exposición
(meses)
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
Carrera 84 # 77-25 Barrio La Granja, Telefax: 2235574, Cel. 310 787 65 61/ 311 218 51 95
[email protected]
www.ancolombia.org.co.
Bogota D.C
Composici
ón Racial
(Fundador
inicial,
C1,C2,C3.C
4 P.O)