AMPLIACIÓN DE PLAZO – LEY 257

AMPLIACIÓN DE PLAZO – LEY 257
La ampliación de plazo, es una etapa del trámite que presentará el profesional, solo cuando se este por vencer el plazo recomendado para ejecutar la obra. No se podrá solicitar un
plazo mayor, si ya se hubiese vencido el estipulado.
En aquel caso, en que el inmueble haya sido catalogado con riesgo »alto» y el plazo no sea suficiente para poder finalizar los trabajos, será posible extenderlo, toda vez que se hayan
realizado los trabajos mas importantes y se pueda pasar el trámite de «riesgo alto» a «riesgo bajo».
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Pasos para solicitar plazo en la encomienda:
1
Iniciar sesión en el sistema Ley 257. ( http://fachadas.agcontrol.gob.ar/ )
2
Hacer click en «Ampliación de plazo»
3
Buscar en el filtro la encomienda. (Se recuerda que para poder extender el plazo de obra, es obligatorio que el inmueble tenga riesgo bajo)
4
Ir al campo «Nuevo plazo» , que solo se podrá extender de 1 a 12 meses.
5
Hacer click en «Guardar».
6
El plazo otorgado, figurará como «Ampliación Adicional»
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Esta etapa del trámite, no deberá ser certificada en el CPAU
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Se imprimirá un juego , el cual deberá será firmado por el profesional.
Una vez que se haya cumplido el nuevo plazo, y los trabajos estén finalizados, para poder obtener el Certificado de conservación, se deberá realizar un nuevo trámite, en el cual se
generará el certificado de conservación, y se certificará nuevamente en el CPAU.
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Solo se deberá abonar el 50% valor de la certificación de la firma del profesional.