CONAGUA COMISION NACIONAL DEL S E G O B Gobierno del Estado de Oaxaca AGUA .A>ííLÍ<AiAAO*^ C D I COMISIÓN NACIONAL PARA F.i, OFSARROLIO DE LfJS PUEBLOS INDIGENAS S«cr«tanA d e A s u n t o s tndBtona íjoWomo E3eí FstefSo iSe 0 » X J K S S I R i . 1 Ai.t-s t ? í i S l O A-Vlflil W I t sSAGARPA OeiPÜESLOOEOAÍACA EA C O M I SI O N P i; 111 R A L Oí; ELCtrrRic.ioAD Goblsrno del E s t a d o do O a x a c a CONVOCATORIA A la etapa informativa del proceso de consulta y consentimiento libre informado a la comunidad y pueblos indígenas zapotecas del Valle de O de Morelos y Zimatlán de Álvarez, a fin de valorar la procedencia de l de los actores para proponer al Titular del Ejecutivo Federal, la modi publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 25 de septiembre de 1967, con fundamento establecido por los artículos 1° y 2° de la Constitución Política de Unidos Mexicanos; el artículo 1, numeral 1, 2 y 23 de la Convención Am sobre Derechos Humanos; los artículos 3,19, 28, 29 y 32, de la Declar las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos indígenas; artículos 6, 7,15 y 17, del Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tri Países Independientes de la Organización Internacional del Trabajo; a del Protocolo de Nagoya Sobre Acceso a los Recursos Genéticos Participación Justa y Equitativa en los beneficios que se deriv Utilización al Convenio sobre la Diversidad Biológica; y en lo establ "PROTOCOLO PARA LA IMPLEMENTACION DEL PROCESO DE CONSULTA INDÍGENA Y CONSENTIMIENTO, PREVIA, LIBRE E INFORMADA SOBRE LA MODIFICACIÓN DEL DECRETO QUE ESTABLECE VEDA POR TIEMPO INDEFINIDO PARA EL ALUMBRAMIENTO DE AGUAS DEL SUBSUELO EN LA ZONA CONOCIDA COMO VALLE DE OAXACA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 25 DE SEPTIEMBRE DE 1967" (el Protocolo); La Comisión Nacional del Agua, en su calidad de Autoridad Responsab Cornisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, en su de Órgano Técnico; la Defensoría de los Derechos Humanos del Puebl Oaxaca, en su calidad de Órgano Garante; así como el Comité Técnico A del proceso de consulta previa, libre e informada a la comunidad indígenas zapotecas del Valle de Ocotlán de Morelos y Zimatlán de Alv COMlsirt'"..", CONAGUA COMISIÓN NACIONAL ^retarla DEL C D I S E G O B AGUA Gobierno del E s t a d o de O a x a c a su: líi íA«.í \ >i Í»ARAf.l, DESAHUOlíO f>E LOS PUEÍií OS ÍNDÍGENAS SEMARNA^ de Asuntos Sí C.íti. T A f i r A fss.. OELWiÉsiODEÓMSCA SEDAFP/V SAGARPA CIE/V C O M1 SI o M r F: o F Rp\OF r 1. E C T R I C I D A f í Gobierno del e s t a d o de O a x a c a C O N V O C A N A todas las instancias representativas de la comunidad y pueblos zapotecas del Valle de Ocotlán de Morelos y Zimatlán de Alvarez: a. in Asamblea, Comisariado y Consejo de Vigilancia y/o integrantes del básico de Comuneros, comuneras y/o ejidatarios y ejidatarias que forma de los municipios ubicados en los Distritos de Ocotlán y Zimatlán. b . Poseedores, poseedoras y/o las y los titulares de bienes o derechos terrenos ubicados en los Distritos del Valle de Ocotlán de Morelos y de Álvarez, que se encuentren dentro de los límites de la veda por indefinido para el alumbramiento de las aguas del subsuelo en la zona c como Valle de Oaxaca, cuya extensión y límites geopolíticos comprend ex distritos de Etia, Centro, Tlacolula, Zimatlán y Ocotlán, Oax", p el Diario Oficial de la Federación, el 25 de septiembre de 1967. c. Las y los habitantes de las localidades y/o asentamientos humano Antonino Castillo Velasco, San Jacinto Ocotlán y El Porvenir. d . Autoridades municipales: Presidente Municipal, Síndicos, Regi Regidoras. e. Las y los representantes de Comités Comunitarios. f. Las y los representantes e integrantes de sociedades de producci asociaciones de ganaderos y unidades de riego ubicados en San Anto Castillo Velasco, San Jacinto Ocotlán y El Porvenir, debidamente acre g . Las y los representantes de Organizaciones de la Sociedad Civil con en San Antonino Castillo Velasco, San Jacinto Ocotlán y El Porvenir. h. Las y los representantes de organizaciones sociales y económic actividad San Antonino Castillo Velasco, San Jacinto Ocotlán y El Por i. Las y los representantes del Consejo Consultivo de la Comisión Desarrollo de los Pueblos Indígenas - CDI. j. Las representantes del Consejo Consultivo de Pueblos Indígenas Secretaría de Asuntos Indígenas del Gobierno del Estado de Oaxaca. k. Las organizaciones que integran el Comité Técnico asesor de las comun indígenas zapotecas de los valles de Ocotlán y Zimatlán. CONAGUA COMISION NACIONAL Gobierno del Estado de O a x a c a DEL AGUA GY>míí>i<u PARA E l , OESAÜfiOlíO DE iX>.S PUEHE OS IN'DÍCiENAS io>* .vOSDfíííf. Secretaría de Aiur^tos Indígena SEMARNAT sr.cRi.iAfvrA Y SEDAFPA SAGARPA «I t ( í f t *^ N, ^ i ( l í S i t DEL PUEBLO DE OAXSCA C E A COMISION FEOFfUSl. D E El. E C T R I C I D A D OOMISIC^M ES5Ty\-r/VI... OEi. AOM/V Al inicio de etapa informativa de la CONSULTA INDÍGENA CONSENTIMIENTO, PREVIA, LIBRE E INFORMADA SOBRE LA MODIFICACIÓN DEL DECRETO QUE ESTABLECE VEDA POR TIEMPO INDEFINIDO PARA EL ALUMBRAMIENTO DE AGUAS DEL SUBSUELO EN LA ZONA CONOCIDA COMO VALLE DE OAXACA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 25 DE SEPTIEMBRE DE 1967. La Sesión Informativa se llevará a cabo en el Palacio Municipal de San Castillo Velasco, el miércoles 23 de septiembre de 2015, a partir de hrs.
© Copyright 2025