A) AUTORIDAD DE FISCALIZACIóN DET JUEGO IUEGO JUSÍO, LEGAL Y TRAI{SPARENTE Eslado Plur¡nacional de Bolivia : Ar/pR§elp3/RAAI 2S7l 201§ K§§OLL'CTéN ADMTNT§TRAIIVA D§ A$ToRxzecIóN §o O§.§02§7. 3.5 R-0012 Santa Cruz, 19 de octubre de 2015 [{ediante nota presentadá ante la Auloridad de Fiscalización del Jüego - 4i., en fechá 1.2 de óctubre del año 2015, süscriia por el señor Wafther Esteban Perez, en representación de la empresa A&.COR ALIf"Iff{To§ §OLMA §"4., con Número de ldentificación "T?ibutaria Nt-I. 1728595022, adjunla a la misma prueba literal pre constituida consislente en: 1) Prüye.to de Desarrollc¡ de Promoción Empresarial (orig¡nal); 2) Cotización de fecha 08 de octubre de 20x5 (original); 3) Factura Nro. 001200 emitida en fecha 03 de julio de 2015 por la empresa un¡persona[ "DIS PLAS PRODUCCIOI,{ES" de Marco Antonio Cossio Ramirez, respaldo de los premios ofertados (con sello copia fiel del original); 4) Factura Nro. 001426 emitida en fecha 12 de octubre de 2015 por ¡a empresa un¡perscnat "DIS PLAS PRODUCCIONES" de Marcó A toni{) Cúss¡o Ram¡rez, respaldo de los premios ofeftados (con sello copia f¡el del original); 5) Factura Nro. 004355 ematida en fecha 12 de octuLlre de 2015 por la empresa unipersonai "WIRüLESS" de Magaly VarEas Rios, respaldo de lcs premios ofeÉados (con sello copia fiel del original); la citada empresa formallza Autorización para la difusión de una Promúción fmpres¿rie¡ denóminada *qUE N0 TE CAI-IENTr"¡ el Informe de fivaluación Técnico CITf;: A]/DRSC/DrIINF/1616/2015 de fecha 1.5 de oclübre del año 2015, el Informe de üvaluación Legaf CITE: A]i DRSC/DJIINFIB55I2015 de lecha 1.9 de octubre de ?0i.5; loJo lü que se liefle prcsente y por ley convino ver. CON§ID§&ÁIV§O § ri§ c,t r§ * 3 3 I: Que, conforme establece el Artícúlo 21 de la Ley N" 060 de Juegos de Lotería y de Azar de 25 de noviembre de 2010, se crea la Autoradad de Fiscalización y Cüfltrol Soci¿l del Juego -.A-], ccr.¡ó institución pública, con personalidad jurídica y patrimonio propio, independencia administrativa, financiera, legal y técnica, suped¡tada af Ministerio de ficonomía y Finanzas Públicas, con jurisd¡cción y compet€ncia en todo el te.ritor¡o del Estado plurinacional, siendo la única entidad facultada para ctorgar licencias y autorizaciones/ fiscal¡zar, ccntrolar y sancronar las operaciones de Ios juegos de loteríi¡ y de azar, al presente y en viftud a la Disposición Adicional Unica de la Ley No 717 de 13 de jutio de 2015. áhora denominada Autor¡dad de Fiscalización d€t Juego. Que, e* virtud a Ia normativa anter¡ormente enunciada, mediante Resolución Suprema No ü51.45 de 23 de Febrerjr de 2011, se designó al L¡c. Veimar Mario Cazón lvlorales, como D¡rector [jecutivo de la Autoridad de f=iscalización del Juego - §. Que, el Arlículo 26 de la Ley No 060, {oncordante con el Artículo 20 dei Anexo del üecreto Supremo N'0781 de 2 de febrero de 2011, determinan las atrib*ciones de la fYáxima Auloridad fjecutiva de otorgar a{.ilori¿aciones a promociones empresariales. Que, el Artículo 2 del Decreto Supren:io No 0781, establece que "l,a Autor¡dad de fiscalización del Juego creada por el Artículo 21 de la Ley No 060, es una institucién pública desc€ntralizada bajo tuícién del Minísterio de Economía y Finanzas Públicas. Tiene su sede en la ciud¿d de La Paz y ejeree jurisdiccién y competencia en todo ef territorio del Estado y podrá estableser oficinas tNsrrru6róN CERTIFICADA ffi Celilicado N'EC.266/14 F.Éd lffil !!¡@ # %d 201 5 /6aO71 .1 FR 2015 /6807r.1 05- 0 02s AUTORIDAD DE FISCALIZACION DEL ]UEGO É-TJ Eslado Plurinac¡onál de Bo¡ivia r€gionales para el (umpl¡mionts de sus funeiones de fis¿atización, control, aplicaei6n y ejecución de sanciones, de acuerds a sus necesidades admiñ¡strát¡va§". Que, el r¡umeral 6 del Artículo 4 del Decretü Supremo No 0781 establece que el DirÉctar Ejecutivo tiene la atribución de Admiriist.ar los recursos humanos, económicos y financieros de la AJ de acuerdo a ia normativa vig€nt€. Que, por Resolución AdministratÍva Ejec tiva No. 02-0004§-11 de I de junio de 2011 se des¡gna al Dr. Eduardo Mauricio 6arcés Cáceres en el cargo de D¡rector Regional Santa Cru¿ depend¡ente de la Autoridad rle Fiscalización del Jr.iego Al con jurisdicción y ccmpeteñ(ia en ios Depaltámentós de Santa Cruz, Beni y Pando. Que, medÍante Resalucién Administrativa Ejecutiva 02-AA074-12 de 01 de jun¡o de 2012, el Directcr Ej€cutivo de la Al Lic. Veimar Mario Cazén Morales delega ia tramitación de solicitud de autorización de Proanóciones Ernpres¿riales y sorteos ccn fines benéficos desde su lnicio hasta la emisión cle la respect¡va Resolución Administrativa de Autor¡zación c Rechazo, a los Directores Regiónáles de los clepa*amentos de La Paz, Cochabamba y santa Cruz, debi€ñdo actuar estos dentro de su jurisdicción y competenc¡a. CO¡¡sI§ERANDO ft XX: Que, el ,Ar"tículo 7 de la Ley No 060 de 75 de novtembre de 2010, mod¡ficada por la Ley No 317 o - § Lcy de presupu€sto Ceneral d€l [stado de 11 de diciembre de 2012, rlispone que: ',¿áj prafirc€¡anes afirpresariales son aqüellas act¡vidades destiÉdás a obtener un ¡ncremento en lás ,ft' ventas de bienes y serv¡c¡os, captar cl¡€fites, mantaner o ¡ncent¡var a lüs yá existenteE a cdfilb¡o de pre¡nios en dinero, bienes o sefi/icios, otorgados med¡ante sorte+ azar o cualqu¡et otra medio de acceso al premA s¡efipre qae el fiismo no ¡mpligue un pago por rlerechú de part¡c¡pac¡ón. s ¡ Constituye ta§?b¡én pro¡nactb¡tes empresariales aqu€¡las activ¡dades donde {as ventás incluyen pretnios de diswnibilidad /imitacld'. Que, el Ariículo 21 del Anexo al Decreto Supremo No 0781, concordant€ con lo dispuestc por los Artículos 7 y 10 de la Resolución Regulatoria AJ No 01-0C003-tS de 27 de marzo de 2015, establecen los requísitos y procedin'lientos para la aprobación del proyecto cle clesarrollo de pronroción empresariaÍ y la otorEación de la autorización pera el desarrollo cle promo(¡ones empresar¡ales a favor de petsoñas n¿turales y juridirás cal€ctivas. CONSIDERAÍ{§O IIIi ti¡sTlTucróN CER:IFIGADA Que, la empresa ARCO§. ALIMET{TOS BOLIyIA s.Á.., med¡ante nota presentada en fecha 12 de odubre del año 2015, ha solicitado autorización para realizar la prr:moción empresarial denominada "qUE N0 TE CALXEIITEi acompañando los siguientes documentos consisteñte en: proyecto de Desarrollo de Promoción Empresarial (original); 2) Cotización de fecha 0B de octubre de 2015 (original); 3) Factura Nro. 001200 emitida en f€cha 03 de julio de 2015 por Ia empresa unipersonal "DIS PLAS PRODUCCIONES" de Marco Antonio Cossio Ramirez, respaldo de los premios ofedados (con sello copia fiel del óriEinal); 4) Factura Nro" 001426 emitida en fecha L2 de octubre de 201s por la empresa uniper§onal "DIS PLAS PRODUCCIONES" .le Marco Antonio Cossio Ramirez, respaldc de los premios ofertados (con sello copia fiel del original); 5) Fa¿tura Nro. 0043s5 emitída en fecha 12 de octutlre de 201.5 por Ia empresa unipersonal "WIRELrSS" de Magaly V¿rgas Rios, respaldo de los premios ofertados (con sello cop¡a fiel del original). ffi sislm detGelión F.Éls Iiffiil I!ffiirl @ 2015/6A071 .t FR-20r5/68071.1 05-00297_15. A) AUTORIDAD or ¡¡scll_¡zncrót orL:u¡co ,runo,rrro, arooa " t*^"rii;ñ Esrado Pturinac¡oñat dé Bot¡vta Que, se verifico {lue deñtro de los archivos de la §., se eñcuentra la carpeta de documentos legales, dücum.ntación que fue revisada. constatándose que cumpre tL, ,equisito, ülius ex¡üidos par el Aticuro 7 (Requisitos) parágrafo I (Doiumentos Legares) "on de ra ResorJcién Regulatoria Al No 01-00003-15 de 27 de marzo de 2015. Que, el Informe de Evaruación Tecnico crrE: AJ/DRSC/DF/INF/ r6r6l2aLl de fecha rs de octubre de 2015, después de haber realizado una vatoración técn¡ca ' referente ,t .roo, .onituye qu" lu soliciiud de la empresa ARcoR.ALIMENTOS BoLrvI& s.A., cumptr€ con tos iequisitoi exiqidos para la reafización de la promoción ernpresarial denominada "<iue ruó re CAÍ-TENTE-" Que, el Informe de rvarúac¡én Lega¡ crrE: AJ/DRSC/DIIINíB55/a0 15 de fecha 19 de octub¡.e de ]ols,.oe igual manera concluye que la soricitud de ra empresa AReoR ALrME¡{Tos BoLrvrA §.4., ha eumplido con ros requisitos exigidos para ra ráarización ae ta p.cmoclén e*pr"uuriul denominada "QUs No r§ (ALTENTE', conforme ia Resorución Regulatoria Al No 0r-0ü0d3-1s de 27 de marzo cl€ 2015, enñrardándose como una promockin empresarial. Que, estando cumplido§ los Informes de Evaluación técnico y jurídica en los cuales se establecen que la emp¡esa A§.coR ALrMEr*Tos EoLr\txA §.A," ha dadá cumplimiento .on to norÁiJo po,. el Anexo del oecreto supremo N' 0781 y la Resolucián Regulatoria AJ Nc 0r-00003-15 cie 27 de marzo de 2015, en mér¡to a fos antecedentes referidos precelentemente. § § ? POR TAñ{T§; G¡ [:l suscrito Diró(tor Regional santa cruz de la Autor¡dad de Fiscalización del juego, en ejercacro de las facultadas conreridas por !a Resolución Administrativa Ejecutiva ü2-0c045-1l;e 01 de jr.rnio de 2011, Resolución Adn.linistrativa Ejecutiva {2-0aa74-r2 de 01 cie jun¡o de 2012 y et rnciso áfcet Artículo 26 de ta Ley No 060 de 2s de noviembre de 2010 - § ai:u"go, ¡" Lo!*il, v Jn nJ.i v Regl¿mento, así como I¿ Resolución Regulütori¿ N" 0f-00003"15. 3 = RESUÉLV§: PRIMER0.- Aprobar er preyecto de Desarro[o de ra promocidn Empresariar y Autorizar a ra empresa A*csñ" ALIMEt{Tos so!-r}TA §,A,, a realizar la promoción [nrpresárial ¿*no*¡ouau *qL,X ¡{O T§ €ALIHNTE"/ según el detalte síguiente: A) Especificación del pe¡iodo de cluración; rNsrrructóN CERT'F:CADA El periodo de duracién de ia Promacién Empresarial, para Ia cual se soflcita autcrízació*, es a partir bre del z8f§. B) Modalidad de premiación: t.a modalidad de premiaciéñ que ".C:..r?lq$(er otro nled defallan: se_ empreará en ra presente promoc¡ón empresariar, ,,, u .ont¡nüu.i¿n i" es tou pgrti!¡pár tcdas las pe¡sona§ que adqu¡eran helatlos de la marca Arcor ctentro del territor¡o ?oÍLá! det [stada Plurinacaúnal de tsol¡viá, comercializados por ia empresa ARCOR ALIMENToS BouvLA s.4., rnientras dure la promoción, tendrán en Ia envoltura un eipacio con el logo de la campaña y ffi ffi @l @ # %d 20't5/6A071.1 , 05-00297-15.r ry AUTORIDAD o¡ ¡¡sctuztclón o¡l ¡u¡co JUEGO JUSÍ O, LEGAL Y TMNSPARENTE Eslado Plu¡¡nacional de Boliv¡a la indicación que dice "R.A§PE AQUi". Los Consumidores tendrán derecho a uñ premio cle aeuerdc l-as opcionss de dicha leyenda y su premi0, s0n ¡as s¡guientes: a la leyenda que se eñcueñtra dehajc del referido espacio. ¡ o . SIGUÉ PARTICIPANüO: No da derecho a ningún premic. GANASTE OTRO HELADO DEL MISMO SABOR: Da derecho a uñ preñiio cónsistente en un helado del mismo sabor que el de Ia envoltura. GANAS|E UN BASTÓN SELFIE: §a derecho a un prem¡o consistente en un Baslón Selfie r . GANASTF UN pOWER EANK; Da d¿rÉchó portátil de celular (Fower bank) a un premio (onsistente en un GANASTE UN CELULAR SAMSUNG GALAXY Samsung Galaxy 56 Edge. cárgador 56 EDG[: Da derechc a un celular o § No podrán participar los empleados de Arcor Alimentos Bolivia 5.A., ni las personás que trabajan en salas de los supermercados¿ impulsadoras o rcpúnedores y/o famil¡ares directos de estos. Rqqu tsl!S-p3 r:A_ f9 1q_e0!Igga_dePrc.-m ro\ ;, Para recabar e[ premio el Consumid<¡r deberá presentar y entregar Ia envoltura premiada con Ia leyenda correspondiente al premio reclamado" Se adm¡tirá que l¿ envoltura esté rota, incompleta o parcialmente destru¡da siempre que la leyeñda sea perfectameñte ¡egible. Los premios consistentes en h€lados podrán ser recabados por menores de edad" Sin embargo para el reslo de los premios será necesario que sean reaabados por una persona mayor do A tiempo de recabar su premio, el Consumidor deberá exhibir su Cédulá de ldefitidad e indicar los datos personales que se te requiera para dar constancia de la entrega" Al recabaf el prerilio se entiende que el heneficia¡io se halla legitimadú para participar de acuerdo al numerat 2.2 del proyecto de I¿ prómoción. Por ia naturaleza de la Promcción, la Empresa no llevará un Libro de Registro notariado por la efttrega de premios, sino, mantendrá una base de datos digital consignando los datos requerados de acuerdo a la normativa regulator¡a. e tNsTtTuctÓN CERTIFICADA Los premios podrán ser recabados en los puntos de Canje autorizados, también serán , publicados en la página web: www.promoarcorhelados.com. Los premios deberán ser recoEidos por sus beneficiarios solamente durante el plazo de duración de la Promoción; es dec¡r desde el 19 de octubre al t9 de d¡ciembre de 2015. Desde ta vigencia de la Promoción, la Empresa habiiitará el número 3540047 de la ciudad cíe Santa Cruz pare consuNta. sobre Puntos de Canje ylo pana resolver dudas y/o reclamos. Por el valor que tienen los celulares, la entrega de éste tipo de premio a los ganadores se hará en las d[recciones que se detallan a contínuación, mismas que s€rán publicados en la página web: www.prornr:¿rcórheladós.com. ffi ce¡rii 6do N"Ec-266i14 ffi rlmrl @ /68071 # hd 201 5 .1 -00297-15 ry Ltrft a¡;l AUTORIDAD DE FISCALIZACIóN DEL JUEGO ]UEGO ]USTO¡ LEGAf Y TR^NSPARENTE Esrado Plurlñacloñal de Bol¡viá C ) Lugar, fecha del so*eo, a?"ar, cuafquier otro medio de accesó al premio o entregá directa de premios de dispon¡bil¡dad limitada : Dado que la promoción empresarial se desarrollará a través de la entrege llircg[a de los prem¡cs ofe(ados, al cumplimiento de las condicíones establecidás, la misma se realizará durante el periodo de duración de la promoción emp¡"esarial, es decir, desde el 19 de octubre de 2015 hasta ei l9 de diciembre de 2015. D) Prem¡os Ofertados cr¡n indicación de valor comercial: Los premios a ser ofeftados por la empresa ARCOR ALIMENTO§ §OLMA S,4., son los s¡quientes: Prec trnitarb §€tálle/dé§cr¡pciór¡ €ant. ¡ Precl() tofat (§§.) 280 HELADO IOFI CROCANTE BO cc HELADO CONO COFLiR DüO 115 c{ L¡ 4.34 r,215.20 /AA 1, 6" 3B 1,)]6.$A 6.20 1.,210.00 7.44 1,488.00 ti45.60 200 tltll..ADcl CONO COFI-hR 120 cc 200 HELADO COFLER C/ALJVIENDMS 200 HEIADó CONO 160 HELADO CORAZON 80N O BON 60 cc 4.96 79:.60 HELADO CONO COFLER 3 de 135cc s 160 7.48 1,196.B0 5 140 l{ttÁlx) 3.10 434.C0 i 2t) I|[I-ADO ROCKI-[:|I5 PAl.-tTO 60 cc 4.9b 595.20 7.39 886.80 r0 3r{i.00 elN BO CC O aoN 135 cc FANTA HEtAnO 80 cc t{tI_ADO CONO ToFi G|IANIT_ADO .1.35 cc 1.00 HELADO BOMBON HELADC ARCOR 60 cc rl00 HILADO PALITO I}U T'IIR IOFf:86 'S SLIM POWER BANK Cap: 2200 q00 3. 6.4¿) 51CC mih, in'pút:Da SV 1a Logo: lnpresón FullColor, Errpaque: Caia indíviduati procedencja China, Marca: Xiarrcn lixin(de Inport & Export Co.UÍited. fiCK PERSONALIZADo coir control rerrntoi Mate.ial: Acero. plástkolnyect¿do y PVC; Procedencia Ch¡r'ia, Marca; Xafil*n yixingde Irport & Export Co.l.inited. 62,374.44 69.30 5 CELUIAR SAMSUNG Só ED6E 32 GB tNsrtruclóN CERTIFICADA SEU-IE 90ü 1U 7§.45 67,905.00 5,602.80 28,014.80 ffi Ce Total (expre§*{ro €n Bs.} :t 70,sL6.?§ (Tolal prernios ofertados Ciento Setenta Mil Dieciséis 201100 Bolivianos) dilicado N" EC.266/ ffi 1 ¡ilnnl f¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡ ¡¡¡il # \d 2015/64071-1 4 0s-0Oes7- 15 AUTORIDAD DE FISCAUZACION DEL JUEGO LE6AL Y TRAI{SPARENTE JUEGO 'USÍO, á) Esrado Plurlñac¡onal de Botiviá E) Lugar y fecha de [ntregá de premios: t.á entresa de pr€mios se reatizará a través de Iüs puntos de canje autorizados solamente durante el perir:do de duraclón, es decir, desd¿ et 19 de octubre 2015 hasta el 19 de d¡ciembre de 2015, a continuación se detallan lcs lugares de punto de canje: §irecc¡6n de k)§ §&¡nt{}s de canje pára bs ? ot!"{r heltsdo del rnis¡r¡o Pntñrer 6arik y &naste r¡n fw Santa Cruz §anta Cru? Santa Cruz Hipermaxi Norte tiiperrnaxi Sur l-iip€¡max¡ S percenter F¡Catga k-qui$:tr0l 9 10 Sálrta Cruz Santa C!.u¿ Santa Cruz Santa Cruz San¡a Cruz La Paz Ln Pa? 11" Lá Paz L 2 3 4 7 I Hipermax¡ Roca y Coronado I'l¡permax¡ [-as Palmas l=idaiga Sfl()pping Norte SCZ f. "§ € Ketai tS Calacoto Ketal Sopocachi Hiperrñaxi Lós Pinos 72 L: t3 Coct¡abam!rÉ CóchabamLla Hipermaxi Mirsftores lc nOrte America Cbba Hiper -luan de la Rosa CSBA 15 Trin¡dad Cliente: l-i€nry tjnáres; Mercadr Central,/ 1li Pótosí L} Oruro ñp Paz > 3 Cellé Mamore es(] loa(uin s¡erra Cliente: Fernando Orfiz; Av. §evilla §/n Esquina Aven¡da Litoral Cliente: Glorla Ayarde; CaUe Cochabamba # 102 I Cas¡ Avenida 6 de Aqosto k,§ prll1t{rs de canje para k}§ c¡udad {eklbr §a§6 r¡g §6 EDGE §2 GA INSTITUctÓN 1 §ant;a Cru? Oñcina Arcor - Doble Via La Guardia sto. Anillü No. 5055. l.a Paz Oficina Arcor - calle Los cedros No. 77 entre Av" Argel¡a y Carrete!a a V¡acha - El AIto, :t Co(*ra lla rn ba 4 fr¡nidad 5 {') Pütüsí 0rur{) Oficina Arcor - Calle Acre No, 2095 l-lipódr{)mo. - Tona llegocio Cliente Henry Linares - Mercado Central/ Calle Mamore esq Joaqu¡n Sierra. Negoc¡o Cliente Fernando Orti2 - Ay. §evilla S/n Esquina Avenida Litoral. Nf€gocio Client€ cloria Ayarde ' Call€ CochabaGrba # lO2 / Cas¡ Avenida 6 de Agosto. GERTIFIEADA ffi Cer ilicado N" EC.266/l 4 F.É|ll llf,#li,l 8¡¡l¡¡J¡/¡g¡¡¡¡¡ 2015/6807 t.1 ffi ffi ¡ 05- 0 0297: 15 A) AUTORIDAD DE FISCAUZACION DEL JUEGO Eslado Plurinacional de Bol¡v¡á §fSUñlD§.- La promóción empresarial tiene l¿ modalidad de guaLquier__o:!tq.Xtedjg..de.,.Esss-§"p-g1 ffe{01S-y_plemBsdq ircda, por Io cual el administ¡ado deberá cumplir con lo d¡spuesto pcr ef inciso c) parágrafo I del artículo 19 de Ia Resolucién Regulatoria A-l N§ 01-00003-15 de 27 de marzo de 2015, debiendo apedurar un libro de registro notar¡ado, tle acuercir: a las características inherentes y propias cie la empresa y promoción empresarial que contendrá: ncmbres y apelliios del ganador, núnrero dc cedL¡la de identidad, lugar de expedi(ión, premic entreEádo, ft¡cha de premía.ión, domicilio elel ganaclar, números de teléfono lijo o celular y firrna del gana<Jcr. Cuancio nc sea posible llevar el re-gistra señalado, el admin¡strádo deberá mant€ner una i:ase rle datos en formato digitál c¿n la misma intormac¡én requerida que fue detallada precedentemente exceptuañdo la firma del ganador. Documentación que deberá ser remitida en fotocopia legalizada a la Al., dentro de ics 15 días hábiles sigu¡entes a la finalización de la promoción empresariaf. La caducidad de los premios s¡n ganador se produeirá a la f¡nalización de la promoción empresarial, del¡iendo la empresa transfer¡r a TONABOL los premios s¡n ganador, en el plazo no n-layor a Z0 días hábiles siguientes de producida la caducidad y corfiunicar a la Al., Ia transferencia de los premios sin ganador en el plazo de c¡nco (5) días hábiles siguientes a partir de la recepcién de LONABOL de § § § l0s prem¡os. T§RCERü.- El Departarnento de Fiscalización y Control de la Aj., Dirección ll€gional Santa Cruz, efectuará el cóntrol respe(tivo y la verificación de la entresa de las preffiios ofrecidos a quienes resultaren gñnadóres, así como supervísará que los premios presaritos o que no fuerón entregados, sean transferidos a favór de la LOTERIA NACIOXAL DE BENEFICENCIA Y SALUtsRtrDA§ LO§tAB0t_. CtlAllTO"- Remílase una copía de la presente Resolución Administrativa al Serv¡c¡o de Impuestos Nacionales en el Flazo de cinco {5) días hábiles siguientes a ta notit'icac¡ón de la misma, para efectos de control de la aplicáción clel Impuesto al l(legó, en cumplimiento a lo previsto en el segundo párrafo del articulo 22 del Anexo al Decretc Supremo No 0781 de 0?" 3 de febrero de 2011. La empresa ARCOR. ALIMEI{To§ BOLMA s.A., deberá incluir en sus publicidades el periodo de duración de la promoción empresarial, ia fecha y lugar de sorteo, y la fecha y luÉar de QUIlllT§.- entrega de premios así como tamb¡én el logotipo de la Al y la Leyenda: *§sta a€tividad es fiscalizada y errtrolada por la Autolidad d* Jwegos" en todos los mensajes publicitarios a difundirse en medios masivos y mini medios, efi el casc de medios impresos de manera legible y medios aud¡ovisua¡es de manera legibfe de forma escrita y, de manera audible y ciara, bajo imposición de sancién en caso de incurnplimiento. INSTITUc¡ÓN CERTIFICAOÁ Regístresen &otifíquese y archívese. II,1GC {rc5P DRI;C ÚJ SIN ffi ffi Ilñrlrl ryl¡5¡¡9¡ # %d 201516aO71-1 FR 2015/6807r.1
© Copyright 2024