FICHA TÉCNICA 500239 BOTA SEGURIDAD FUTURO AMARILLA DIELÉCTRICA H D FECHA DE EMISIÓN: Abril de 2011 F G E A Altura Total 6’ (seis pulgadas) I CARACTERÍSTICAS DEL CALZADO COLOR : AMARILLA (2) TALLAS : 36 AL 46 CUERO : Natural, extra grueso ref. FLOATER A). PUNTERA : En PRFV (Plástico Reforzado con Fibra de vidrio). B). PLANTILLA : Termo conformada, con forro transpirable C). FORRO DE CAPELLADA: En tela no tejida. Mezcla de poliéster y resinas acrílicas. D). CORDONES : En poliéster algodón, redondos. E). CONTRAFUERTE : En material de P.V.C. termo formado F). CUELLO : Acolchado antirozaduras. G). OJALETES : Redondos, en material plástico no conductores de electricidad. H). LENGÜETA : En material sintético con base textil. I). SUELA : Caucho, resistente a Hidrocarburos. Con respecto a la rigidez dieléctrica, tiene la capacidad de proteger al usuario en actividades de mediana tensión eléctrica (tensión aplicada de 14.000 voltios). DUREZA : 70 ± 5 SHORE A NORMATIVIDAD TÉCNICA ABRASIÓN DE SUELA NORMA: REQUISITO: DIN 53516 Máximo 250 mm3 según NTC ISO 20345 FLEXIÓN DE SUELA NORMA: REQUISITO: NTC ISO 20344 Incremento máximo de 4 mm. en 30.000 ciclos. ADHERENCIA TOTAL EN SUELA NORMA: NTC 2038 numeral 4.8 REQUISITO: Norma mínimo 5.3 N/mm. Kondor mínimo 6 N/mm. RESISTENCIA MECÁNICA DE PUNTERA NORMA: EN 12568 REQUISITO: Altura residual mínima de 20 mm. Luego de impacto 200 J y compresión de 15 kN. RESISTENCIA DIELECTRICA NORMA: ASTM 2412 Y 2413 /05 REQUISITO: Máximo 3.0 mA de corriente de fuga. Luego de 1 minuto a 14 kV. Kondor. Máximo 1.0 mA de corriente de fuga, luego de 1 minuto a 14 kV. RECOMENDACIONES: Cepíllelos y utilice crema del color original del zapato. Para darle brillo utilice cepillo de cerdas naturales o tela de algodón. No lavar, ni secar al sol. USOS Mantenimiento mecánico y/o eléctrico. Recomendable utilizar en pisos secos. VIDA UTIL: Cuatro (4) meses de uso, ya que posterior a este tiempo por el deterioro normal del producto se van disminuyendo las propiedades de protección dieléctrica DISPOSICION FINAL Si los zapatos tienen contacto con alguna sustancia peligrosa, o agente biológico, debe disponerse de acuerdo con la normatividad ambiental legal vigente, Decreto 4741 de 2005 para Colombia; De lo contrario, se pueden disponer como RESIDUO ORDINARIO.
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