Hoja 1 de 2, Resolución n.05 de Mayo 22 de 2015 RESOLUCIÓN N° 005 de Mayo 22 de 2015 El Tribunal Disciplinario de Ascundeportes Antioquia, después de haber estudiado los informes arbitrales de los Torneos de los Juegos universitarios Regionales, Torneos Abiertos y de Fútbol de Empleados y Docentes Universitarios RESUELVE: EQUIPO TORNEO REPOSICIÓN: Duban Alexander Gallego Giraldo T DE A BALONCESTO Se ratifica la sanción impuesta de Expulsión del Torneo en la Resolución 03 de Mayo 8 de 2015 con base a la ampliación del informe que presentaron en citación las partes implicadas REPOSICIÓN: Cristian Camilo Perez Sepúlveda T DE A BALONCESTO Se ratifica la sanción impuesta de Expulsión del Torneo en la Resolución 03 de Mayo 8 de 2015 con base a la ampliación del informe que presentaron en citación las partes implicadas REPOSICIÓN: DT. Ricardo Alvaro Aguilar Cuartas T DE A BALONCESTO Se ratifica la sanción impuesta de Expulsión del Torneo en la Resolución 03 de Mayo 8 de 2015 con base a la ampliación del informe que presentaron en citación las partes implicadas REPOSICIÓN DT Jairo De Jesús Zapata Montoya U DE M FUTBOL EMPLEADOS Se procede a citar a interrogatorio para ampliación de informe del caso en particular a: 1. Juez 2. DT U DE M 3. DT EAFIT REPOSICIÓN Carlos Eduardo Ortega Zapata Carolina Sánchez Castro FECHAS SEGÚN FECHA PARTIDO JUGADOR MOTIVO Se ratifica la sanción impuesta de tres (3) fechas en la Resolución 04 de Mayo 15 de 2015 después de realizar POLITÉCNICO JIC - FUTBOL su respectivo estudio. Docentes EMPLEADOS CES FUTSALA 5 ART 10 LIT. I 17-May-15 Emplear lenguaje ofensivo con los árbitros (finalizado el encuentro las jugadoras Carolina Sánchez y Erika Posada del equipo CES se aproximan a los árbitros y dicen "árbitros malo, regalados y vendidos" Erika Lucia Posada Gallego CES FUTSALA 5 ART 10 LIT. I 17-May-15 Emplear lenguaje ofensivo con los árbitros (finalizado el encuentro las jugadoras Carolina Sánchez y Erika Posada del equipo CES se aproximan a los árbitros y dicen "árbitros malo, regalados y vendidos" Sergio Andrés Giraldo Aristizábal POLITÉCNICO JIC FUTSALA 1 ART 21 13-May-15 Doble amonestación Jefferson Steven Ciro Peláez FUNLAM FUTSALA 1 ART 21 15-May-15 Impedir una opción manifiesta de gol con falta Santiago Zapata Londoño CES FUTSALA 8 ART 30 LIT. B 16-May-15 Jugó estando aún expulsado le faltaba por pagar una (1) fecha de la sanción impuesta de cuatro (4) fechas en la resolución 11 de 2014 con . Sebastian Lotero Murillo ITM FUTBOL 1 ART 21 13-May-15 Impedir una opción manifiesta de gol con mano intencionada Ángelo Diaz Vargas ITM FUTBOL 1 ART 21 13-May-15 Doble amonestación Richar Alin Agualimpia Chaverra CUA FUTBOL 3 ART 10 LIT. B 17-May-15 Juego Brusco grave Diddier Alberto Reynel Solarte USTA FUTBOL 1 ART 21 17-May-15 Doble amonestación Luis Daniel Patiño POLITÉCNICO JIC Docentes FUTBOL EMPLEADOS 2 ART 21 16-May-15 Recibir una segunda amonestación y protestar decisiones arbitrales ® = REINCIDENTE: duplica la sanción. SEGÚN ARTICULO 28 ART. 40. Las reposiciones en Juegos Zonales o Regionales, deberán presentarse en los DOS (2) días hábiles siguientes a la causa que la originó y deberá ser resuelta por LA COMISIÓN DISCIPLINARIA dentro de los CINCO (5) días siguientes a su presentación acompañadas de las pruebas que las sustenten. ART 41. El recurso de apelación debe interponerse ante la COMISIÓN DISCIPLINARIA REGIONAL en los CINCO (5) días siguientes a la emisión del fallo. Este debe ser resuelto dentro de los TRES (3) días siguientes; en él se revocará , reformará o ratificará la sanción impuesta en primera instancia. Hoja 2 de 2, Resolución n.05 de Mayo 22 de 2015 JUGADOR EQUIPO TORNEO FECHAS SEGÚN FECHA PARTIDO MOTIVO Jesús Alberto Murcia Sarmiento USB FUTBOL EMPLEADOS 5 ART 16 - ART 10 LIT. B 16-May-15 Conducta violenta (patada a un adversario) Jose Alberto Mosquera Mosquera ITM FUTBOL EMPLEADOS 5 ART 16 - ART 10 LIT. B 16-May-15 Conducta violenta (patada a un adversario) ® = REINCIDENTE: duplica la sanción. SEGÚN ARTICULO 28 ART. 40. Las reposiciones en Juegos Zonales o Regionales, deberán presentarse en los DOS (2) días hábiles siguientes a la causa que la originó y deberá ser resuelta por LA COMISIÓN DISCIPLINARIA dentro de los CINCO (5) días siguientes a su presentación acompañadas de las pruebas que las sustenten. ART 41. El recurso de apelación debe interponerse ante la COMISIÓN DISCIPLINARIA REGIONAL en los CINCO (5) días siguientes a la emisión del fallo. Este debe ser resuelto dentro de los TRES (3) días siguientes; en él se revocará , reformará o ratificará la sanción impuesta en primera instancia. FIRMAN MARIA PAULINA OCHOA JIMENEZ (firmado el original) MANUEL MURILLO GONZALEZ (firmado el original) ELKIN VASQUEZ ARANGO (firmado el original)
© Copyright 2024