Reglamentos de Ahorros, Préstamos y Servicios COOEPROUASD COOPERATIVA DE SERVICIOS MÚLTIPLES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SANTO DOMINGO, INC. COOEPROUASD REGLAMENTOS AHORROS, PRÉSTAMOS Y SERVICIOS 2009 Distrito Nacional, R.D, 1 Reglamentos de Ahorros, Préstamos y Servicios COOEPROUASD 2 Reglamentos de Ahorros, Préstamos y Servicios COOEPROUASD INTRODUCCIÓN El Consejo de Administración de la COOEPROUASD, pone en las manos de sus asociados el presente reglamento de ahorros, préstamos y servicios, revisado y ampliado con nuevas normas procedimentales con las que esperamos eficientizar los serivicios ofrecidos. Tomando como base la experiencia adquirida y el sentir de nuestros asociados se han introducido importantes mejorías a los reglamentos existentes y otros nuevos como el seguro para vehículos de motor. La optimización de los servicios es de gran importancia para el desenvolvimiento cotidiano de nuestra empresa, ya que por vía de los mismos, nuestros socios mantienen una interacción constante con su cooperativa; haciendo que la misma cumpla su rol en lo referente a satisfacer las necesidades y aspiraciones comunes, cumpliendo así uno de los principios fundamentales del cooperativismo. Esperamos que este esfuerzo por servirte mejor, no vaya a parar a un gavetero o rincón de tu librero, sino, que puedas usarlo sacando los mejores beneficios de tu empresa, para mejorar tu nivel de vida y el de los tuyos. Estúdialo, apréndelo y coméntalo con los demás compañeros y estarás contribuyendo al crecimiento de nuestra empresa común. Por el Consejo de Administración, Lic. José H. Guzmán Presidente 3 Reglamentos de Ahorros, Préstamos y Servicios COOEPROUASD 4 Reglamentos de Ahorros, Préstamos y Servicios COOEPROUASD REGLAMENTOS DE AHORRO Y APORTACIONES DE CAPITAL Las aportaciones de capital en la cooperativa nunca serán menores al 2% del sueldo del asociado. Las aportaciones pueden ser: Normales: Cuando sean del 2% al 25% del sueldo bruto del asociado. Extraordinarias: Cuando exceden el 25% del sueldo bruto del asociado. Especiales: Cuando sean para planes especiales tales como: ahorro especial, ayuda mutua, club de viajes, navideño, etc. TIPOS DE PRÉSTAMOS Todos los socios de la cooperativa tienen derecho a préstamos sobre las aportaciones que hacen al capital. Siempre y cuando hayan aportado no menos de tres (3) cuotas consecutivas. 5 Reglamentos de Ahorros, Préstamos y Servicios COOEPROUASD Los préstamos se clasifican en: Gerenciales Expresos Normales Especiales PRÉSTAMO GERENCIAL Este préstamo tiene el propósito de resolver un problema urgente que se le presente al asociado y su límite es de seis mil pesos (RD$6,000.00) y su entrega es en efectivo e inmediata. El préstamo gerencial tiene una tasa de interés del 4% mensual. Debe ser pagado en efectivo por ventanilla en la fecha que corresponda y tendrá un plazo de límite de tres (3) cuotas. El asociado que no cumpla con su ompromiso de pago en la fecha establecida, se le aplicará el descuento de su deuda por vía administrativa con los cargos de intereses correspondientes, más el 1% mensual por concepto de mora. Todo préstamo gerencial igual o menor a RD$2,000.00 se pagará en una sola cuota. El asociado que la cooperativa le descuente su préstamo gerencial puede ser penalizado, y podría suspendérsele este servicio durante seis (6) meses. No se concederá más de un (1) préstamo gerencial por asociado. 6 Reglamentos de Ahorros, Préstamos y Servicios COOEPROUASD PRÉSTAMO EXPRESO Se denomina préstamo expreso a aquel que es igual o menor al balance del aporte de capital que ha realizado el asociado, para fines de préstamos se considerará el balance del mes anterior a la solicitud y nunca podrá ser menor de RD$10,000.00. Para el socio acceder a este préstamo debe llenar la solicitud y depositarla en la recepción de documnetos de la cooperativa. Este préstamo se entregará al día siguiente a la solicitud, siempre y cuando haya disponibilidad. Se le aplicará una tasa de interés de 1.25% mensual y el mismo, no requiere de la aprobación previa del Comité de Crédito. El expreso, se concederá a un plazo de 36 meses máximo. PÁRRAFO I: Cuando se ha tomado un préstamo expreso, el socio, tiene derecho a tomar un préstamo normal o especial. En todo caso se descontará del nuevo préstamo el balance pendiente del expreso. PÁRRAFO II: El socio, pierde el derecho a tomar un expreso, cuando ha tomado un préstamo normal o especial. 7 Reglamentos de Ahorros, Préstamos y Servicios COOEPROUASD PRÉSTAMO NORMAL Este préstamo es mayor a las aportaciones que tiene el socio y su límite es hasta tres (3) veces el monto de la misma y nunca podrá ser menos de RD$10,000.00. Para el socio obtener un préstamo normal debe llenar una solicitud para tales fines, la cual puede ser tramitada por el Consejo Distrital del distrito a que pertenece el solicitante o depositarla directamente en la cooperativa. La cooperativa emite un formulario de acuse de recibo de préstamo normal, el cual debe ser reclamado por el solicitante. Este préstamo pagará una tasa de interés del 1.75% mensual. Este préstamo será amortizado en un plazo de hasta 60 meses, según el monto. PÁRRAFO I: Se pierde el derecho a tomar un préstamo normal, cuando se está haciendo uso del mismo o se tiene un préstamo especial. PÁRRAFO 2: El asociado puede liquidar sus deudas antes del plazo convenido inicialmente; ya sea reprogramando la deuda o bien saldando la totalidad en efectivo; para ambos casos se procederá a realizar los ajustes del capital e interés según el plazo. 8 Reglamentos de Ahorros, Préstamos y Servicios COOEPROUASD PÁRRAFO 3: Todo préstamo mayor a las aportaciones será gravado con un 0.5% del volumen total a descontarse del préstamo. Dicho importe será usado en la reserva de estabilización, la cual servirá para cubrir los balances pendientes en caso de que un socio fallezca o sea separado de la universidad, mediante cancelación. PÁRRAFO 4: El préstamo normal requiere de un fiador cuando el prestatario no sea empleado de carrera o profesor nombrado de la universidad. SOBRE EL FIADOR En caso de renuncia voluntaria, el asociado autoriza a COOEPROUASD a cobrar de su sueldo en la UASD o bien, de sus aportes retirables ante el Plan de Retiro de la UASD o de cualquier otra institución, las deudas contraídas y/o garantizada. PRÉSTAMO ESPECIAL Para tener derecho a este servicio el asociado deberá ahorrar el 5% mínimo de su sueldo bruto en la institución durante doce (12) meses consecutivos. Este ahorro debe hacerse en adición al 2% mensual de las aportaciones normales de capital. 9 Reglamentos de Ahorros, Préstamos y Servicios COOEPROUASD PÁRRAFO I: COOEPROUASD pagará el 8% de interés anual. Este interés se pagará siempre y cuando el socio no tenga préstamo basado en el mismo. PÁRRAFO 2: Tan pronto el asociado haga uso del préstamo especial, su ahorro pierde la condición de retirable y deja de ganar intereses; asimismo, invalida cualquier otra solicitud de préstamo. PÁRRAFO 3: Este préstamo requiere garantías que satisfagan las exigencias de COOEPROUASD. La misma, puede ser hipotecaria o solidaria. Todo socio que cumpla con el requisito podrá tomar un préstamo equivalente al 5 x 1 de la suma de sus aportaciones normales más los ahorros especiales. Este préstamo pagará una tasa de 1.75% de interés mensual y se concederá a un plazo de hasta 72 meses, según el monto. AHORRO NAVIDEÑO Siendo la Navidad época en la cual muchos requerimos de recursos económicos extraordinarios para hacer frente a compromisos propios de la fecha. La COOEPROUASD, ha decidido ofertar a sus asociados la posibilidad de que puedan ahorrar en la medida de sus recursos, para 10 Reglamentos de Ahorros, Préstamos y Servicios COOEPROUASD en diciembre disponer de dicho monto. Dicho ahorro, estará regido por el siguiente reglamento: • Se considerará ahorro navideño al ahorro que expresamente el asociado autoriza para tales fines. • El ahorro navideño deberá ser autorizado por el asociado a más tardar el 12 de febrerode cada año. • El ahorro navideño mínimo mensual es de RD$300.00 (ciento cincuenta pesos con 00/100). • Por dicho ahorro la cooperativa capitalizará el 1% mensual, sobre al balance acumulado. • El ahorro navideño será entregado al asociado del 15 al 18 de diciembre del año a que corresponda, mediante cheque a su favor. Dicho cheque incluirá los intereses generados por el ahorro. Si el socio no retira el ahorro en la fecha, dicho ahorro será acumulado para el siguiente año. • El asociado no podrá disponer ni retirar el ahorro navideño hasta la fecha convenida, salvo que renuncie de la cooperativa. CLUB DE VIAJES La diversión sana y el descanso, son cuestiones vitales para el desarrollo del ser humano, atendiendo a este postulado la COOEPROUASD ha decidido ofertar el Club de Viajes. 11 Reglamentos de Ahorros, Préstamos y Servicios COOEPROUASD ¿QUÉ ES EL CLUB DE VIAJES? El Club de Viajes es un capítulo de la cooperativa que permitirá a sus asociados organizar sus vacaciones junto a sus familiares. Operará bajo las siguientes reglamentaciones: Todos los socios de la cooperativa tienen derecho a pertenecer al Club de Viajes, si así lo desean y lo expresan, llenando una ficha de afiliación al Club de Viajes. Para ser miembro del Club de Viajes, el asociado deberá aportar para dicho club una cuota mínima de RD$300.00 (trecientos pesos) mensuales que se le acumularán y de los cuales sólo podrá hacer uso, para actividades relacionadas con dicho club. La cooperativa podrá organizar actividades puntuales de las cuales el socio podrá participar, tales como: excursiones, giras, resort, visitas a museos, cruceros, parques, etc., tanto en el territorio nacional como en el extranjero. De igual modo, el asociado podrá planificar por su cuenta este tipo de actividades. Los asociados que decidan participar de cualesquiera de las actividades organizadas por el Club de Viajes o por cuenta propia, harán uso de sus depósitos y la diferencia (si la hubiera), entre su balance en el Club de Viajes y el costo de la actividad o viaje, será financiado por la cooperativa a una tasa de interés del 1.5% mensual. Cualquier actividad o viaje con cargo a los fondos del Club de Viajes, organizada por la cooperativa o 12 Reglamentos de Ahorros, Préstamos y Servicios COOEPROUASD decidida por el asociado de manera individual, debe ser comunicada por escrito a la cooperativa con por los menos 30 días de anticipación. Para tener derecho a financiemiento en el Club de Viajes, el asociado deberá haber cotizado seis (6) cuotas consecutivas. El socio podrá retirar si así lo desea sus aportes en el Club de Viajes. Dichos fondos les serán devueltos en un plazo de 30 días luego de la solicitud. DISPOSICIONES GENERALES 1• No se permitirá refinanciamiento de más de una cuota sobre préstamo normal o especial. 2 • Todo socio que teniendo un préstamo expreso optare por un préstamo normal o especial, se le deducirá de éste el valor pendiente de pago del préstamo expreso. 3 • Todo asociado que autorice descuento extraordinario superior al 25% de su salario bruto o que haga depósito en efectivo; deberá mantener dicho ahorro por no menos de seis (6) meses antes de que se le considere dicho ahorro para los fines de préstamo. 4 • Al personal jubilado y/o pensionado de la UASD, socio de la COOEPROUASD, se le podrá extender 13 Reglamentos de Ahorros, Préstamos y Servicios COOEPROUASD el plazo para saldar su préstamo expreso, normal y espesical hasta de seis (6) meses por encima de lo que establece el presente reglamento. 5 • El socio podrá retirar cuando considere necesario sus ahorros especiales, quedando claro que al momento de retirarlo pierde el derecho al préstamo especial de 5 x 1. 6 • Las renuncias con reintegro sólo se aceptarán en las siguientes condiciones: -Cuando el asociado tenga un préstamo expreso. -Cuando el socio tenga un préstamo normal o especial y le quede por saldar un valor igual o menor a sus aportaciones. 7 • La COOEPROUASD tiene un plazo de noventa (90) días para pagar las renuncias. 8 • La transferencia parcial o total de ahorros a otros socios, se tomará en cuenta para fines de préstamo seis (6) meses después de efectuada. 9 • Los servidores Contratados necesitarán de un garante de Carrera y en todo caso se prestará hasta el doble de lo que tenga ahorrado. 10 • Todo asociado que no cumpla sus compromisos de pago mediante el descuento nominal deberá completar en efectivo antes del día cinco (5) de cada mes y en caso de que sea no laborable en la fecha habil anterior, de no hacerlo así, se completará la cuota reduciéndola de sus haberes en la cooperativa. 14 Reglamentos de Ahorros, Préstamos y Servicios COOEPROUASD Todo lo no previsto será resuelto por el Consejo de Administración y el Comité de Crédito en reunión conjunta. Este reglamento deja sin efecto cualquier otra disposición anterior que le resultare contradictoria. REGLAMENTOS PARA LOS SERVICIOS DE CONSUMO, FARMACIA, ELECTRODOMÉSTICOS, ÓPTICA, MISCELÁNEOS, Seguro de Vehículo y Ayuda Mutua 1.- SERVICIOS DE CONSUMO (CEREALES, LÁCTEOS, CONDIMENTOS, LIMPIEZA, ETC.) COOEPROUASD ofrecerá a sus asociados los servicios de consumo, en base a contratos con terceros. Queda establecido que todo crédito de consumo tomado en un mes será descontado por nómina administrativa en el mes siguiente. Los montos tomados a crédito por concepto de ventas directas serán descontados en su totalidad en una sola partida y no se le cargará ningún interés. 15 Reglamentos de Ahorros, Préstamos y Servicios COOEPROUASD II.- SERVICIOS DE FARMACIA COOEPROUASD ofrecerá este servicio a través de contratos con terceros. El socio tiene derecho a un crédito de hasta RD$5,000.00 pesos en productos medicinales. El descuento se hará por nómina administrativa y el monto será descontado en un plazo de hasta 3 cuotas. A este servicio no se le aplicará ningún tipo de interés. Todo crédito de farmacia de RD$2,000.00 o menos se descontará en una cuota. PÁRRAFO: COOEPROUASD emitirá órdenes con las cuales el socio podrá adquirir los medicamentos en los establecmientos indicados por ésta. Dichas órdenes sólo serán para medicamentos y pañales desechables. Los mismos no podrán ser transferidos a terceras personas. III.- SERVICIOS DE ELECTRODOMÉSTICOS, ARTÍCULOS EL HOGAR Y MISCELÁNEOS La COOEPROUASD ofrecerá a sus asociados los servicios de electrodomésticos, artículos del hogar, ropas, gomas, repuestos y otros misceláneos en base a contratos con terceros. Todos los socios tienen derecho a tomar un crédito misceláneo igual al 100% de sus aportaciones de capital. 16 Reglamentos de Ahorros, Préstamos y Servicios COOEPROUASD Los créditos por este concepto serán descontados en un plazo de hasta 24 cuotas, según el monto. Todo crédito misceláneo pagará un interés de 1.5% mensual. Los créditos se despacharán a través de órdenes de compra emitidas por la cooperativa al suplidor del servicio y las mismas son intransferibles. No se otorgará nuevos créditos misceláneos a los socios que no tengan cubierto más del 50% del crédito vigente. Este servicio será otorgado al socio en adición a cualquier otro, siempre que tenga capacidad de pago. IV.- SERVICIOS DE ÓPTICA La COOEPROUASD ofrecerá los servicios ópticos, examen de la vista y crédito de lentes mediante acuerdos con terceros. El asociado recibirá órdenes para la adquisición de espejuelos, para él y/o sus familiares, siempre que el monto del descuento mensual no exceda el equivalente al 10% de su sueldo bruto en la institución. Por este servicio el socio no pagará ningún tipo de interés. Todos los servicios de óptica será cobrados en tres pagos. 17 Reglamentos de Ahorros, Préstamos y Servicios COOEPROUASD Agotado el límite para adquirir este servicio, no se otorgará crédito para tales fines hasta tanto los valores tomados no hayan sido saldados. V.- Seguros para Vehículos de Motor Cooeprouasd te garantiza el seguro para cualquier vehículo de motor a travez de la Cooperativa Nacional de Seguros (COOPSEGUROS). Nuestros asociados pueden obtener cualquier tipo de seguro para vehículo de motor con una facilidad para pagarlo hasta de 12 meses. 18 Reglamentos de Ahorros, Préstamos y Servicios COOEPROUASD VI.- REGLAMENTO PLAN AYUDA MUTUA Art. I: Tienen derecho a ser inscritos en el presente Plan las personas siguientes: El socio, cónyuges, hijos y padres del asociado. Art. II: Cualesquiera de las personas mencionadas en el Art. 11 cuya edad sea supeñor a los tres (3) meses y sin límite. PÁRRAFO I: Una vez ingresado al Plan, el socio dispondrá de seis (6) meses para depositar los documentos que avalen el pare ntezco con los afiliados: Acta de Matrimonio, Acta de Nacimiento (ambas legalizadas) y/o copia de la Cédula. Art. III: Queda convenido que la Cooperativa sólo pagará después que los afiliados tengan seis (6) cuotas ininterrumpidas cotizando. Art. IV: Covertura. APORTE MENSUAL POR FAMILIA RD$ 100.00 COBERTURA ASOCIADOS DEPENDIENTE RD$ 25,000.00 RD$ 20,000.00 Art. V: Queda convenido que se considera una familia al asociado, su cónyuge, sus hijos y sus padres. 19 Reglamentos de Ahorros, Préstamos y Servicios COOEPROUASD Art. VI: El ingreso al Plan es automático, pero el socio tiene la opción de desistir en el mes de enero de cada año, mediante carta a la Cooeprouasd. PÁRRAFO: Si el asociado principal perdiera el vínculo con la Cooperativa por causas ajenas a su voluntad, podrá permanecer en el Plan y será beneficiario del mismo hasta que concluya el año en curso, siempre que pague de manera directa y mensual la cuota correspondiente. Si el afiliado se atrasa con una (1) cuota, el contrato se considerará rescindido automáticamente. Art. VII: COOEPROUASD se reserva el derecho de someter a examen médico a cualquier solicitante del Plan. Art. VIII: El presente contrato no cubrirá casos de muerte por: Ciclones, Terremotos, Inundaciones, Guerras o por Suicidio. La Cooperativa pagará por evento y no más de un solo beneficiario. NOTA: Todo lo no previsto en el presente contrato queda remitido al derecho comun. 20
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