GOBIERNO DE CANARIAS BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE Año XC Miércoles, 23 de septiembre de 2015 Número 121 SUMARIO II. ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda 8184 Convenio colectivo de la empresa Embotelladora de Canarias, S.A. 2014-2015............................................... Página 19192 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL Cabildo Insular de Tenerife 8201 Procedimiento de adjudicación del contrato de suministro de vehículos en régimen de alquiler sin conductor, para uso por el Servicio Técnico de Carreteras, Paisaje y Movilidad................................................................. Página 19215 Cabildo Insular de La Gomera 8175 Exposición pública de plazo de presentación de solicitudes para la obtención del carné de artesano en la isla de La Gomera...................................................................................................................................................... Página 19216 8195 Exposición pública del proyecto de “Glorieta en GM-1 y GM-2 cruce de Apartacaminos, t.m. de Vallehermoso”....................................................................................................................................................................... Página 19217 8197 Exposición de la memoria valorada del “Acondicionamiento Barranco de Pastrana, t.m. de San Sebastián de La Gomera”......................................................................................................................................................... Página 19217 Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife 8177 Decreto de acumulación temporal del ejercicio de las atribuciones del titular de la Dirección General de Gestión Presupuestaria, Patrimonio y Contratación en la titular de la Dirección General de Recursos Humanos.......... 8178 Decreto de acumulación temporal de las atribuciones del titular de la Coordinación General de Hacienda y Política Financiera en los titulares de la Dirección General de Gestión Presupuestaria, Patrimonio y Contratación, y de Recursos Humanos............................................................................................................................. 8188 Cobranza de los Padrones Fiscales correspondiente al Impuesto sobre actividades económicas, tasa por gestión de residuos sólidos modalidad basura de negocios, año 2015............................................................................ 8183 Notificación a José Miguel de las Casas Padilla y otro...................................................................................... Página 19217 Página 19218 Página 19219 Página 19220 Ayuntamiento de Agulo 8196 Decreto 354/2015 de delegación en Dña. Ángeles Jesús Febles Martín la totalidad de las funciones de la Alcaldía, durante el periodo del 11 al 15 de septiembre de 2015, ambos inclusive............................................... Página 19220 Ayuntamiento de Alajeró 8068 Bases que han de regir la concesión de subvenciones o ayudas económicas al transporte para los estudios que deben realizarse fuera de la isla para el curso escolar 2015/2016...................................................................... Página 19221 Las inserciones se solicitarán de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad mediante oficio Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife Depósito Legal TF-1/1958 Edita: Secretaría General Técnica Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad Servicio de Publicaciones Edificio de Usos Múltiples II, planta 0 Avda. José Manuel Guimerá, 10 Tfno.: (922) 47.69.62. Fax: (922) 47.65.98 38071 Santa Cruz de Tenerife Imprime: Imprenta Bonnet, S.L. Trasera Bº Nuevo de Ofra, s/nº Tfno.: (922) 28.26.10. Fax: (922) 28.20.44 Correo electrónico: [email protected] 38320 La Laguna TARIFAS Inserción: 0,81 euros/mm de altura Suscripción anual: 60,10 euros más gastos de franqueo 19190 8069 8187 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 Bases que han de regir la concesión de subvenciones o ayudas para la adquisición de libros de texto para los alumnos que cursen enseñanzas del Segundo Ciclo de Educación Infantil en centros educatios de Alajeró, durante el curso 2015/2016................................................................................................................................. Página 19221 Aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Suministro de Agua Potable................................................................................................................................................................. Página 19222 Ayuntamiento de Granadilla de Abona 8173 Notificación a Fadoua Aamri.............................................................................................................................. Página 19222 8234 Información pública de la aprobación de las bases generales para la concesión de subvenciones con destino a Centros de Educación Pública no Universitaria y Ampas del municipio........................................................... Página 19222 Ayuntamiento de Guía de Isora 8181 Notificación a Funcat Primero y otros................................................................................................................ Página 19223 8194 Designación de Alcaldesa accidental de la Corporación, la primera Teniente de Alcalde Dña. Raquel Gutiérrez García, desde el día 7 al 11 de septiembre de 2015, ambos incluidos................................................................ Página 19223 Ayuntamiento de El Rosario 8168 Aprobación de la lista cobratoria de la Tasa por suministro de agua a domicilio, correspondiente al 3º bimestre del ejercicio 2015................................................................................................................................................ Página 19223 8241 Modificación del acuerdo de condiciones de trabajo entre el Ayuntamiento y los funcionarios de la Policía local..................................................................................................................................................................... Página 19224 Ayuntamiento de San Andrés y Sauces 8176 Designación de la Primera Teniente de Alcalde Dña. María Fania Hernández Medina, para que se haga cargo de la Alcaldía de esta Corporación con carácter accidental los días 16 al 18 de septiembre actual................... Página 19225 8190 Adjudicación del contrato administrativo para la realización de la obra “Centro de Día y de la Tercera Edad, 12ª fase”.............................................................................................................................................................. Página 19226 Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna 8185 Rectificación del expediente de modificación presupuestaria nº 34/2015, modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito...................................................................................................................................... Página 19226 Ayuntamiento de Santiago del Teide 8229 Delegación de competencias del Pleno en la Junta de Gobierno........................................................................ Página 19227 Ayuntamiento de Vallehermoso 8204 Decreto nº 247/2015 por el que se revoca la delegación efectuada en la Junta de Gobierno Local................... Página 19228 Ayuntamiento de Valle Gran Rey 8219 Exposición pública de la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2014..................................................... Página 19229 Ayuntamiento de Vilaflor 8171 Modificación del régimen parcial de Concejales y asistencias........................................................................... Página 19229 8172 Aprobación inicial del expediente nº 4/2015 de crédito extraordinario, rehabilitación del Molino de Agua, y mejora de las condiciones de accesibilidad y ambientales................................................................................. Página 19230 8207 Notificación a Miguel Ángel Moreno García..................................................................................................... Página 19231 Ayuntamiento de la Villa de Breña Baja 8192 Notificación a Salvador García Santos............................................................................................................... Página 19231 Ayuntamiento de la Villa de Candelaria 8205 Notificación a Valente Hernández Angélica y otros........................................................................................... 8206 Notificación Casquero Alfaro Luis Yeray y otros.............................................................................................. Página 19232 Página 19234 Ayuntamiento de la Villa de Garafía 8232 Aprobación inicial del expediente de modificación de crédito nº 823/2015, modalidad de crédito extraordinario.... Página 19235 8242 Aprobación definitiva del expediente de modificación de crédito nº 809/2015, modalidad de créditos extraordinarios................................................................................................................................................................ Página 19236 Ayuntamiento de la Villa de La Matanza de Acentejo 8193 Padrón de la Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas vía pública, aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías, correspondiente al ejercicio de 2014............................ Página 19236 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519191 Ayuntamiento de la Villa de Mazo 8180 Expediente nº 8/2015 de transferencia de crédito............................................................................................... Página 19236 Ayuntamiento de la Villa de La Victoria de Acentejo 8182 Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos nº 10/2015, por suplemento de crédito...... 8182 Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos nº 11/2015, por transferencia de créditos......... Página 19237 Página 19237 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Juzgado de lo Social Número 2 de Santa Cruz de Tenerife 8154 Juicio nº 74/2015 a instancia de Aleksandra Stepaiko y otros contra Robbert Richard Dekker Bar Cafetería Chillin Out y otro................................................................................................................................................ 8155 Juicio nº 115/2015 a instancias de Melida Abad Adon contra Restaurante La Playita, S.L............................... 8156 Juicio nº 269/2015 a instancias de Atilano David Cabrera Ramos contra Internacional Automóviles, S.L...... 8157 Juicio nº 278/2015 a instancias de Antonio Manuel Cabrera Oval contra Montajes Eléctricos JJ, S.A............. 8158 Juicio nº 180/2015 a instancias de Blanca Alicia Marrero de Dios contra Tohqi Europa, S.L.......................... 8159 Juicio nº 204/2015 a instancias de Carmelo Hipólito Hernández Díaz contra Inmobiliaria Tinerfeña, S.A.U. y otro...................................................................................................................................................................... 8160 Juicio nº 337/2014 a instancias de José Manuel Fernández Martínez contra Invernaderos San Isidro, S.L.U....... 8161 Juicio nº 226/2015 a instancias de Rosario Ortega Salvador contra Resmay, S.L. y otro.................................. 8162 Juicio nº 556/2015 a instancias de Guacimara del Pilar González Roiz contra Aberdeen Steak House Dilema Resources, S.L..................................................................................................................................................... 8163 Juicio nº 644/2015 a instancias de Francisco Javier Díaz Gómez contra J.L. Gandara y Cía., S.A. y otro........ 8164 Juicio nº 612/2015 a instancias de Ángel Javier Rodríguez Reyes contra Agustín Izaguirre Anduaga y otro....... 8165 Juicio nº 702/2015 a instancias de Jesús Adrián Cruz contra Encofrados y Estructuras Galvo, S.L. y otro...... 8166 Juicio nº 78/2015 a instancias de Santiago Manuel González Alonso contra Teusad, S.L. y otros................... Juzgado de lo Social Número 7 de Santa Cruz de Tenerife 8252 Juicio nº 200/2015 a instancia de María Josefa Brito Rodríguez contra Montserrat Sánchez Castro y otro...... Página 19238 Página 19238 Página 19239 Página 19240 Página 19241 Página 19242 Página 19243 Página 19244 Página 19245 Página 19246 Página 19246 Página 19247 Página 19247 Página 19248 Juzgado de lo Social Número 4 de Las Palmas de Gran Canaria 8191 Juicio nº 301/2014 a instancia de Ángel Camacho Felipe contra Obras Marítimas Soluciones Submarinas, S.L. y otro................................................................................................................................................................... Página 19249 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3 de Güímar 8198 Expediente de dominio nº 342/2014 a instancias de Basilia Candelaria Rodríguez Flores y otra...................... Página 19249 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 4 de La Orotava 8200 Expediente de dominio nº 79/2015 a instancias de José Carballo Marrero........................................................ Página 19250 V. ANUNCIOS PARTICULARES Comunidad de Aguas “San Nicolás” 8189 Extravío de certificación a nombre de Sixto Trujillo García.............................................................................. Página 19251 19192 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 II. ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CONSEJERÍA DE EMPLEO, POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA Dirección General de Trabajo Servicio de Provincia Laboral CONVENIO 87688184 Código 381000612011981. Visto el Texto del Convenio Colectivo de la Empresa Embotelladora de Canarias, S.A. 2014-2015, presentado en esta Dirección General del Trabajo, suscrito por la Comisión Negociadora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, 2 y 3 del Real De- creto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, artículo 2 del Real Decreto 713/2010 sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de Trabajo, competencia transferida a la ComunidadAutónoma de Canarias por Real Decreto 1033/84 de 11 de abril (B.O.E. 1.6.84) y Decreto 329/95 de 24 de noviembre (B.O.C. 15.12.95). Esta Dirección General de Trabajo, acuerda: 1.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta Dirección General de Trabajo. 2.- Notificar a la Comisión Negociadora. 3.- Interesar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Directora General de Trabajo, Ana Isabel Fernández Manchado. CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA EMBOTELLADORA DE CANARIAS, S.A. (CONV_TF_2014-2015) Artículo 1.- AMBITO TERRITORIAL El presente Convenio Colectivo, regulará las relaciones laborales en los Centros de Trabajo de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife de la empresa Embotelladora de Canarias S.A. Son partes firmantes del presente convenio colectivo, y han formado parte de la Comisión Negociadora: Por la parte empresarial, Don Gonzalo Medina Ventura y Don Luis Picazo Cabanillas. Por la parte social, los miembros del Comité de Empresa, Don Ángel José Rodríguez Rodríguez, Don Marco Antonio Bernardo moreno, Don Severiano Medina González, Don Andrés Rodríguez Gaméz y Don Jose miguel delgado rosa. Artículo 2.- AMBITO DE APLICACION PERSONAL El Convenio afecta a todos los trabajadores de la empresa, pertenecientes a los Centros de Trabajo de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Artículo 3.- AMBITO DE APLICACION TEMPORAL El presente Convenio se rige conforme a la siguiente estructura: a) Entrada en vigor: Entrará en vigor el día 01 de enero de 2014, con independencia de cual fuera la fecha de su registro y publicación en el B.O.P. b) Duración: La totalidad de las cláusulas del presente convenio tendrán vigencia desde el día 01 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre del 2015, con efectos retroactivos según se establece en el contenido del presente convenio desde el día 1 de enero de 2015. c) Denuncia y Prórroga: Finalizada la vigencia del presente Convenio Colectivo, quedará denunciado automáticamente, sin necesidad de que ninguna de las partes firmantes efectúe denuncia expresa. Una vez producida la denuncia automática, la Comisión Negociadora se constituirá en el plazo máximo de 30 días. Las partes establecerán un plan o calendario de negociación. Una vez establecida la denuncia automática y en relación a lo señalado en el Art. 86.3 párrafo 4 del Estatuto de Los Trabajadores, las partes acuerdan que el presente Convenio Colectivo continuará vigente en todas sus condiciones hasta que sea sustituido por otro, con un máximo de dos años, desde la denuncia automática. d) Procedimientos para solventar discrepancias.- Las partes firmantes del presente Convenio, en representación de los trabajadores y la empresa, acuerdan acogerse libremente en cuanto a los trámites de conciliación, mediación y arbitraje para la resolución de los conflictos existentes en el sector y a todos los temas competenciales que puedan someterse dentro del ámbito correspondiente al Tribunal Laboral de Canarias. Procedimiento de inaplicación de convenio: De conformidad con lo que establece el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores, según redacción dada por la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, en caso de desacuerdo durante el periodo de consultas en el supuesto de inaplicación en la empresa de las condiciones de trabajo previstas en el presente convenio colectivo, cualquiera de las partes deberá someter la discrepancia a la comisión paritaria regulada en el artículo 8, que dispondrá de un plazo de 7 días para pronunciarse, a contar desde que la discrepancia le fuera planteada. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519193 Artículo 4.- ABSORCION Las disposiciones o resoluciones legales futuras que lleven consigo una variación económica, en todos o en alguno de los conceptos retributivos que en este Convenio se establecen, o supongan la creación de otros nuevos, únicamente tendrán repercusión en la Empresa si en conjunto o computo global anual supere el nivel total anual del presente Convenio por todos los conceptos quedando en caso contrario absorbidos dentro de éste. Artículo 5.- CONDICIONES MÁS BENEFICIOSAS Se mantendrán las condiciones económicas más beneficiosas que como garantía "AD PERSONAM", tanto en cómputo globalizado o individual, superen las condiciones pactadas en el presente Convenio y vengan disfrutando los trabajadores aisladamente, regidas por normas laborales y generales, que con carácter general se reconocen como derechos adquiridos en sus propios términos. Artículo 6.- INTEGRACION Y VINCULACION A LA TOTALIDAD El presente Convenio, forma un conjunto unitario infraccionable. En este sentido se considerará en su totalidad en su contenido por la comisión deliberadora si por la jurisdicción competente en uso de las atribuciones que le confiere en el apartado 5º del Artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores, se adoptasen medidas modificativas del mismo que, a juicio de cualquiera de las dos partes de la Comisión Paritaria, así lo hiciera necesario. Artículo 7.- CONDICIONES NO REGULADAS En lo no previsto en éste Convenio, se estará a lo dispuesto en el Estatuto de los trabajadores y demás normas de carácter general vigentes en cada momento. Artículo 8.- COMISION PARITARIA 1) Definición y Composición: Para entender de cuantas cuestiones se deriven de la aplicación, interpretación, conciliación y vigilancia del presente Convenio, se establece una Comisión Paritaria, la cual estará integrada por dos representantes de la parte social y dos representantes de la Empresa, nombrados en cada caso preferentemente de los que hayan intervenido en las deliberaciones. 2) Funciones: Las funciones específicas de la Comisión Paritaria serán las siguientes: a) Interpretación del presente Convenio. En tal sentido se establece que en aquellas cuestiones en la que existan divergencias de interpretación no deberá iniciarse su aplicación hasta que no exista interpretación acordada o resolución dada por el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (S.M.A.C.), a cuyo arbitraje por medio del presente Convenio expresamente se someten. b) Conciliación en los problemas o cuestiones que les sean sometidas por las partes en los supuestos previstos o no en el presente Convenio. c) Vigilancia del cumplimiento colectivo de lo pactado, la Comisión intervendrá preceptivamente en ésta materias dejando a salvo la libertad de las partes para, agotada esta vía proceder conforme a Derecho a la Jurisdicción competente. 3) Procedimiento: Tendrá capacidad de convocatoria de la Comisión Paritaria, La Empresa y el Comité de Empresa. Los asuntos sometidos a la Comisión tendrán carácter de ordinario y /o extraordinario, otorgarán tal clasificación la Empresa y el Comité de Empresa, en el caso de que no exista acuerdo en dicha clasificación se entenderá que el asunto es extraordinario. En el primer supuesto la Comisión deberá resolver en el plazo de quince días a partir igualmente, de la recepción del asunto planteado; en el segundo caso en el plazo máximo de cinco días, a partir igualmente de la recepción del asunto planteado. Las reuniones se celebrarán siempre previa convocatoria que contendrá especificación concreta de los asuntos a tratar y debatir en cada caso. 19194 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 Artículo 9.- INGRESO EN LA EMPRESA A todo trabajador que ingrese en la Empresa se le extenderá un contrato de trabajo que será controlado por el Comité de Empresa, así como por la Oficina de Empleo. La Empresa observará la mayor celeridad posible en el cumplimiento de la diligencia mencionada, debiendo hacer entrega de la copia del Contrato al Comité de Empresa, dentro de los cinco primeros días laborales siguientes al de visado de la Oficina de Empleo. Artículo 10.- PERIODO DE PRUEBA Para todo el personal afectado por el presente Convenio y desde el momento que el trabajador entre a realizar sus tareas normales, se establece un período de prueba, que será para: Personal titulado: 6 meses Resto del personal: 2 meses Todo ello según lo previsto en el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores. Artículo 11.- FINIQUITO POR CESE De los recibos que tengan carácter de finiquito, les será entregada copia al Comité de Empresa, para su información en el momento o antes de entregárselo al trabajador finiquitado. Artículo 12.- JORNADA DE TRABAJO La jornada de trabajo será de 40 horas efectivas semanales, de lunes a viernes, para todo el personal de la Empresa, la jornada será partida, con descanso para el almuerzo. El tiempo de trabajo se computará de modo que tanto al comienzo como al final de la jornada diaria, el trabajador se encuentre en su puesto de trabajo. El personal de la sección de Ventas, continuará con su sistema habitual de trabajo. Para la sección de Administración de Güimar, el horario de trabajo, será de lunes a jueves de 8:00 a 13:30 y de 15:00 a 18:00 horas, y el viernes de 8:00 a 14:00 horas, con la excepción de las Delegaciones que seguirán con su actual horario. El departamento de Liquidaciones, Cajas y Poqets de Güimar, tendrá el Siguiente horario: Primer turno: de 06:00 a 14:00 horas. Segundo turno: de 15:00 a 23:00 horas. En el almacén de Güimar el turno del almacén tiene su jornada de trabajo en principio de 06:00 a 24:00 horas, siempre y cuando no entre en conflicto con las necesidades del departamento comercial de la que depende para su trabajo diario, pudiéndose solapar las entradas del personal mediante un horario escalonado siempre en turnos de ocho horas continuadas, con carácter rotatorio semanal para cubrir las operaciones necesarias. El taller tendrá el siguiente horario: de 7:00 a 13:00 y de 15:00 a 17:00 horas. El almacén de la delegación de Tenerife Sur, tendrá los siguientes horarios: a) de 7:00 a 15:00 horas. b) de 16:00 a 24:00 horas. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519195 El departamento de Administración de la delegación de Tenerife Sur, tendrá el siguiente horario: de 14:00 a 22:00 horas. La delegación de La Palma, tendrá los siguientes horarios: Almacén de 8:00 a 12:00 y de 16:00 a 20:00 horas. Administración de 9:00 a 12:00 y de 15:00 a 20:00 horas. Artículo 13.- VACACIONES El personal que lleve un año natural en la Empresa disfrutará con carácter rotatorio, de un período de vacaciones anuales de 22 días hábiles ininterrumpidos, prorrateándose éstos en los trabajadores que no lleven el año de servicio; retribuidos de acuerdo con cada categoría profesional, a salario base más mejoras consolidadas de antigüedad y complemento salarial. A tales efectos la Empresa expondrá en los tablones de anuncio el plan anual de vacaciones elaborado por la Empresa y el Comité de Empresa conjuntamente, antes del 30 de octubre de cada año, con el fin de que la plantilla tenga conocimiento del mismo. Será período vacacional todo el año, y se respetarán las vacaciones de cada cual, según esté confeccionado el calendario de las mismas. Los trabajadores y la Empresa podrán cambiar el disfrute de las vacaciones, previo acuerdo entre la Empresa y el Comité de Empresa. Serán meses vacacionales todos los del año y su rotación con arreglo a la siguiente tabla: La primera columna corresponde al año y la segunda al mes de disfrute de las vacaciones. X X+1 X+2 X+3 X+4 X+5 Enero Junio Octubre Mayo Agosto Noviembre X+7 X+8 X+9 X + 10 X + 11 Septiembre Abril Marzo Julio Febrero Será decisión de la Empresa delegada en el jefe/a de departamento la inclusión por primera vez, de un nuevo productor, para designarle el periodo de vacaciones que le corresponda. En lo no dispuesto en el presente artículo se estará a lo que señale el Convenio Colectivo, el Estatuto de los trabajadores, así como los acuerdos entre la Empresa y el Comité de Empresa. Las partes en aras de adecuar la regulación de las vacaciones de acuerdo con las modificaciones introducidas por el Real Decreto 3/2012, sobre la concurrencia temporal de una situación de incapacidad temporal (IT) con el periodo vacacional, se estará a lo dispuesto y regulado en el Art. 38 del Estatuto de Los Trabajadores Artículo 14.- DIETAS La Empresa abonará una dieta a todos los trabajadores que por necesidad del trabajo se vean obligados a almorzar por estar trabajando en cualquier centro de trabajo no común de la empresa y que por lo tanto no sea el que habitualmente tenía el citado trabajador, o para el que fue contratado. La Empresa abonará la 19196 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 dieta completa a todos los trabajadores que tuviesen que efectuar las tres comidas, (desayuno, almuerzo y cena), que por necesidades de su trabajo se vean obligados a pernoctar fuera de su domicilio. Independientemente de lo contemplado anteriormente, la Empresa abonará los gastos originados por estancia en cualquier establecimiento hotelero, dependiendo del costo del mismo y previa justificación del gasto, del trabajador de la empresa, todo ello derivado de que los costos son dispares entre los distintos tipos de establecimientos y del lugar donde estén ubicados. Las cuantías de las dietas serán las siguientes: * Por una dieta para las rutas normales: …………..……………..: 5,63 euros * Por una dieta para las rutas desde Los Cristianos bordeando por la zona Sur hasta El Tanque, Vilaflor, Garafia: ………………………………………………..…………: 5,94 euros * Por una dieta para la ruta del Valle Gran Rey (La Gomera). . . . . . .: 7,50 euros Artículo 15.- LICENCIAS RETRIBUIDAS Se establecen las siguientes licencias retribuidas a Salario base, Mejoras Consolidadas de Antigüedad y Complemento Salarial, en los casos y cuantías siguientes: * Matrimonio del trabajador............................................... 15 días naturales. * Fallecimiento, accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad y cohabitante………………………….. 3 días naturales. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, fuera de la isla, el plazo será de 5 días. * Fallecimiento del cónyuge o cohabitante, hijos, padres (incluido políticos) y hermanos....................................................................... 3 días hábiles. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, fuera de la isla, el plazo será de 5 días. * Fallecimiento de tíos carnales............................................ 1 día natural. * Nacimiento de hijos.......................................................... 5 días naturales. Si por esta circunstancia y caso de complicaciones del parto previa justificación médica, se necesitaré más días de permiso, los que excedan de los 5 días anteriormente concedidos, no serán retribuidos. * En los casos de exámenes en Centros Oficiales o Privados y siempre que el trabajador acredite estar matriculado, tendrá derecho a una licencia de duración necesaria para concurrir a los oportunos exámenes en el Centro correspondiente, debiendo acreditar a su regreso, su participación en los mismos. * Cambio de residencia........................................................ 2 días naturales. * Cuando el trabajador tenga necesidad de realizar cualquier gestión personal ante Organismos Públicos o privados, tendrá el tiempo indispensable para la realización de los mismos, dentro de la jornada laboral, siempre y cuando no pueda realizarse fuera de las horas de trabajo y previa justificación de lo solicitado. * Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de 9 meses, tendrán derecho a los permisos autorizados en el artículo 37, apartado 4 del Estatuto de los Trabajadores. En aras de establecer las reglas de interpretación del concepto HOSPITALIZACION y de ENFERMEDAD GRAVE, para la justificación de los días de permisos establecidos para disfrutar los trabajadores, se acuerda lo siguiente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519197 Por hospitalización, se entiende el hecho de encontrarse una persona ingresada como paciente de un hospital, que utiliza como mínimo un servicio hospitalario de 48 horas; y como hospital todo establecimiento publico o privado legalmente autorizado para la atención de personas enfermas, que presten la asistencia necesaria y que puedan efectuar diagnósticos e intervenciones quirúrgicas. Para la enfermedad, la acreditación de la gravedad mediante informe médico o dictamen médico. DIA DE ASUNTOS PROPIOS. Durante la vigencia del presente Convenio, los trabajadores disfrutarán, por asuntos propios, de un día retribuido al año, comprendido dentro de la jornada anual, y siempre que cumpla con el requisito de permanencia en la Empresa de al menos un año, debiendo ser solicitado por escrito con una antelación mínima de una semana a fin de no perjudicar el normal desarrollo de la actividad. La concesión del citado día, para asuntos propios, será atendida por la empresa en orden de petición de los trabajadores, no podrá ejercerse este derecho de manera simultánea por más del 5% de la plantilla de la sección del centro de trabajo a la que pertenezca el trabajador. Este día podrá disfrutarse a su conveniencia, previa la planificación y autorización correspondiente y siempre que lo permitan las necesidades del servicio. Dicho día deberá disfrutarse siempre dentro del año natural al que corresponda su devengo No podrá acumularse a vacaciones anuales ni a puentes, salvo acuerdo en contrario. Artículo 16.- BAJAS POR ENFERMEDAD Todos los trabajadores en situación de I.T., derivada de enfermedad, percibirán el 100% de las retribuciones que con anterioridad a la enfermedad venían percibiendo con las excepciones de los Pluses de Transporte y Asistencia así como de las Comisiones. Para ello, durante el período de enfermedad, los trabajadores están obligados a acreditar su situación mediante la entrega a la Empresa de los correspondientes partes médicos de la Seguridad Social, en los siguientes plazos: * Parte médico de baja o de confirmación de la baja, como máximo, dentro del plazo de (3) tres días siguientes al de la fecha de su expedición por el facultativo. * Parte médico de alta, como máximo, dentro de las (24) horas siguientes al de la fecha de expedición por el facultativo. Artículo 17.- BAJAS CON INTERVENCIONES QUIRURGICAS, HOSPITALIZACIONES O POR ACCIDENTES DE TRABAJO En caso de I.T., por accidente de trabajo o por intervención quirúrgica u hospitalización, todo el personal afectado por el presente Convenio, percibirá el 100% de las retribuciones que con anterioridad al hecho causante venían percibiendo, excepto el Plus de Transportes. Si la I.T., es por accidente de trabajo, el complemento económico de la prestación lo será desde el primer día de la baja. En otros casos, desde el día en que se realice la intervención, se produzca la hospitalización o se justifique con el parte medico que la baja es para una intervención quirúrgica. Para el personal del departamento de ventas, le media de los importes percibidos por comisiones sobre ventas durante los 11 meses anteriores a esta situación de I.T. (sin contar el mes de vacaciones), será el modulo para abonar los importe que correspondan a los incentivos de comisiones sobre ventas; igual formula se aplicara para calcular cualquier otro incentivo. La acreditación de la situación de I.T., debe hacerse en los mismos plazos que los señalados en el artículo anterior. 19198 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 Artículo 18.- POLIZA DE SEGURO DE VIDA La empresa concertará un seguro colectivo de vida que garantice a la persona o personas designadas por el trabajador en la correspondiente póliza, los siguientes capitales en las circunstancias que se detallan: * Fallecimiento por cualquier causa antes de la edad de jubilación ..…... 9.015,18 euros. * Invalidez profesional total y permanente………………………………….….... 9.015,18 euros. * Muerte por accidente…………........................................................... 18.030,36 euros. En cualquiera de los casos relacionados, la Empresa queda exonerada de responsabilidad alguna en el supuesto de que por cualquier circunstancia la Compañía Aseguradora rechazase la inclusión de cualquier trabajador, por lo que en ningún caso responderá del capital asegurado frente a su personal. El Comité de Empresa, tiene copia de la actual póliza de seguro suscrita con la compañía MAPFRE VIDA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS. Artículo 19.- PRENDAS DE TRABAJO Para la realización de las diversas tareas que exige el trabajo en todas sus facetas, para su uso obligatorio, se entregarán en los meses de Enero y Julio de cada año, las siguientes prendas de trabajo: A la sección de Almacén: Cuatro camisas, dos pantalones y dos pares de zapatos.Una chaqueta impermeable tipo chubasquero y una cazadora al año. A la sección de Taller: Tres uniformes completos y dos pares de zapatos. Una cazadora al año. A la sección de Ventas: Tres camisas, dos pantalones y dos pares de zapatos. Para el invierno, se incluirán una cazadora, dos jerséis (manga corta) y una chaqueta impermeable tipo chubasquero. Al personal de limpieza: Cada 6 meses 2 camisas y 2 pantalones. Dos pares de zapatos al año. Para los Supervisores y Promotores: Se entregarán dos uniformes completos al año. En caso de rotura o deterioro y manchas que no puedan eliminarse en el uniforme, previa comprobación por parte de la Empresa, de que el deterioro fue producido en el desarrollo del trabajo, ésta reemplazará los mismos automáticamente. Artículo 20.- ESTIPULACIONES SOCIALES Si un empleado de la empresa conduciendo un vehículo de ésta produjera accidentes con lesiones para terceros, tendrá asegurada la responsabilidad civil ilimitada así como su defensa judicial. En el caso de que a un empleado de la empresa conduciendo un vehículo de la misma se le impusiera una sanción de retirada del permiso de conducir por período no superior a nueve (9) meses, la empresa le facilitará otro puesto de trabajo en la misma sección conservando la categoría, pero desarrollando su trabajo como ayudante, percibiendo sueldo de Oficial 1º y comisión de Ayudante. Esta concesión de la empresa sólo será válida siempre que no existan más de tres productores en la misma situación, pues los que excedan no tendrán el beneficio concedido. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519199 Durante la vigencia de éste Convenio, todas las multas a vehículos de la Empresa motivadas por mal estacionamiento durante el servicio de entrega a clientes, serán sufragadas a cincuenta (50) por ciento entre el conductor y la empresa. Si la Empresa no efectuara dentro de los plazos previstos, las gestiones necesarias para beneficiarse de los descuentos o bonificaciones a las que tiene derecho estas multas, la Empresa se hará cargo del importe de la bonificación y del recargo si lo hubiere sobre las mismas, caso de que el conductor no notifique debidamente la denuncia a la Empresa, el importe de la bonificación y del recargo será exclusivamente a cargo del conductor. Para las rutas de Santa Cruz, La Laguna, Puerto de la Cruz, Las Americas, Los Cristianos y Fañabe de la Isla de Tenerife, se autoriza siempre y cuando sea necesario a utilizar el parking publico para aparcar los vehículos de los preventistas, la acreditación del gasto se hará mediante la entrega a la Empresa del impreso o ticket expedido por la maquina del parking o documento equivalente. Traslado por iniciativa del trabajador por cambio de residencia. Cuando por razón de ubicación de su domicilio u otra causa el trabajador solicite el traslado y la Empresa pueda proporcionárselo en su propia categoría profesional siempre y cuando no entre en conflicto con las necesidades de la propia empresa, el personal fijo tendrá derecho al traslado siempre que exista una vacante de su categoría profesional y no haya sido cubierta por trabajadores de aquel centro de trabajo. En caso de que hubiera varios trabajadores que soliciten el traslado, tendrá preferencia el trabajador con mayor antigüedad en la Empresa. El trabajador excedente durante el primer y segundo año del disfrute de la excedencia, tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo siempre que la regulación del contrato de sustitución permita la contratación de otro trabajador durante ese periodo de tiempo como sustituto del excedente, No podrán disfrutar de estas excedencias, simultáneamente, mas del 5% del personal de la plantilla de un centro de trabajo. Por lo que respecta a la movilidad geográfica se estará a lo dispuesto en el Art. 40 del E.T. según el Real Decreto 3/2012. Artículo 21.- ANTICIPOS AL PERSONAL Todo el personal de La Empresa tendrá derecho a solicitar de la misma, un anticipo hasta un máximo de 901,52 euros por trabajador, siendo potestad de la Empresa el decidir el importe exacto. El plazo máximo de cancelación será de (6) meses, no pudiendo disponer de otro anticipo hasta que se tenga totalmente pagado el anterior. La cuantía anual dedicada a Anticipos al Personal no podrá ser superior, en ningún caso, a los 12.020,24 euros. Artículo 22.- PREMIO DE JUBILACION. Los trabajadores que voluntariamente se acojan a la jubilación a la edad mínima exigida por la legislación vigente, percibirán una gratificación de tres mil cinco euros y seis céntimos (3.005,06) euros. 19200 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 Artículo 23.- ANTIGUEDAD. Las partes acuerdan que con efectos desde el 01/04/95, en que se firmó por primera vez el texto que ahora se sustituye, se suprime el concepto de Antigüedad para todo el personal, al considerarlo un concepto no productivo que solo valora los años de permanencia y no el rendimiento ni la productividad, entendiendo que el convenio colectivo que ahora se firma es en su conjunto y computo anual más beneficioso para los trabajadores aun con la derogación de este concepto salarial. No obstante lo establecido en el párrafo anterior sobre Antigüedad, las partes acuerdan establecer el concepto de MEJORAS CONSOLIDADAS DE ANTIGÜEDAD exclusivamente para el personal en plantilla al 31/03/95 como concepto “ad personam” y a resultas de lo que se pacte en posteriores convenios sobre el mismo. Este concepto será valorado mediante la aplicación de un porcentaje sobre el Salario Base de acuerdo con la siguiente escala: Para los que lleven en plantilla 2 años Para los que lleven en plantilla 4 años Para los que lleven en plantilla 7 años Para los que lleven en plantilla 10 años Para los que lleven en plantilla 13 años Para los que lleven en plantilla 16 años Para los que lleven en plantilla 19 años Para los que lleven en plantilla 22 años Para los que lleven en plantilla 25 años 5% 10% 16% 22% 28% 34% 40% 46% 52% En ningún caso se puede superar este último tope porcentual. A medida que el trabajador en plantilla con anterioridad al 01/04/95 cumpla los años referidos anteriormente, se le procederá a la regularización del porcentaje en la correspondiente nomina. Artículo 24.- CLASIFICACION DEL PERSONAL, SEGUN SU GRUPO PROFESIONAL. Técnicos: Funciones que suponen la realización de tareas complejas y heterogéneas, con objetivos globales definidos y alto grado de exigencia en autonomía, iniciativa y responsabilidad. GRUPO I TECNICOS: TITULADOS: TITULADOS: Y NO TITULADOS De grado superior. De grado medio. Encargado general. Jefe de departamento. Encargado de sección. Encargado o Jefe de grupo. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519201 Administrativos: Tareas consistentes en la ejecución de operaciones que aún cuando se realicen bajo instrucciones precisas, requieran adecuados conocimientos profesionales (EGB, FP1, P.U.P., FP2). GRUPO II ADMINISTRATIVOS: Oficial 1º. Oficial 2ª. Auxiliar. Telefonista. Operarios: Trabajos de ejecución autónoma que exijan habitualmente iniciativa por parte de los trabajadores encargados de su ejecución GRUPO III OPERARIOS: Capataz. Promotores de ventas Oficial 1º Oficial 2º Ayudante Peón GRUPO IV SUBALTERNOS: TANTO EN FABRICACION, DISTRIBUCION, TALLERES, COMO EN ALMACENES, ETC... Ordenanza. Portero o vigilante. Personal de limpieza. Subalternos: operaciones realizadas según un método de trabajo preciso, dependencia jerárquica. Conocimientos elementales. I: Técnicos Es el que organiza, dirige y coordina, a la vez que toma decisiones o ayuda a su elaboración; también se incluyen aquellos puestos que necesitan una titulación media o superior concreta. A modo de ejemplo, en el presente Grupo quedarían incluidas las siguientes categorías: 1) De grado superior.- Son aquellos que poseyendo un título superior universitario o de Escuela Técnica Superior se encuentran unidos a la Empresa en virtud de relación laboral concertada en razón del título poseído, para ejercer función específica para las que el mismo les habilita y siempre que ejerzan su cometido de una manera normal y regular. 2) De grado medio.- Con análogas circunstancias a las especificadas en el párrafo anterior, quedan comprendidos en este apartado los Ingenieros Técnicos y Arquitectos 19202 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 Técnicos, así como los Ayudantes Técnicos Sanitarios, los Graduados Sociales y los Maestros Industriales. 3) Encargado general o Jefe de Departamento.- Es aquel que, bajo las órdenes inmediatas de la Dirección, coordina y controla varias secciones, desarrollando los correspondientes planes, programas y actividades, ordenando la ejecución de los oportunos trabajos con o sin personal a sus órdenes, teniendo a su cargo, en su caso, la preparación y disciplina del personal. Responderán ante la Empresa de su gestión. 4) Jefe de Sección.- Es aquel que desempeña las mismas funciones que el Encargado general o Jefe de Departamento, pero limitada a una sección determinada de la Empresa, y bajo la dependencia de aquel. Queda encuadrado dentro de esta categoría el Jefe de Equipo de Proceso de Datos o de Informática, entendiendo por tal el Técnico que tiene a su cargo la dirección y planificación de las distintas actividades que coinciden en la instalación y puesta en explotación de un ordenador de tipo grande, así como responsabilidad de equipos de análisis de fabricaciones y programación. Asimismo le compete la resolución de problemas de análisis y programación de las aplicaciones normales de gestión susceptibles de ser desarrolladas por los mismos. 5) Encargado o Jefe de grupo.- Es el que realiza las funciones del Jefe de Sección, limitado a un grupo de personas o funciones, al que adiestrara y formara, ocupándose de aplicar y hacer aplicar las normas de trabajo para conseguir los objetivos señalados en los planes generales de la Empresa, velando por el exacto cumplimiento de los mismos e informando en todo momento a sus inmediatos superiores de cuanto sea de interés en el desarrollo de las funciones de sus subordinados. Los del Departamento de distribución deberán acompañar en sus vehículos a los oficiales de distribución en funciones de preventas, para su formación y actualización. II: Administrativos Realizan actividades de mecánica administrativa, contables y otros análogos, con objetivos definidos, requiriendo de una supervisión adecuada. A modo de ejemplo, en el presente Grupo quedarían incluidas las siguientes categorías: − Oficial 1ª − Oficial 2ª − Auxiliar − Telefonista a) Oficial de primera.- Es el empleado que con iniciativa y responsabilidad de las funciones asignadas tiene a su cargo, con o sin empleados a sus órdenes, todos o algunos de los siguientes trabajos: Cajero, entendiendo por tal el que, con iniciativa y responsabilidad, tiene encomendados trabajos de caja que requieran especialización, estudio, preparación y condiciones adecuadas; formulación de asientos contables; redacción de documentos que requieran cálculo y estudio. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519203 Queda equiparado a la categoría de Oficial de primera el responsable de las máquinas básicas, quien tiene a su cargo la planificación de la realización de los trabajos correspondientes por parte de los Operadores de máquinas básicas (Ordenador central), controlando su adecuado funcionamiento y obteniendo el máximo rendimiento del equipo básico a sus órdenes. b) Oficial de segunda. - Es la persona que, con iniciativa y responsabilidad restringida, auxilia al Oficial de primera en las funciones de éste si la importancia de la Empresa así lo requiere, cuidando de la organización de archivos y ficheros, correspondencia, liquidación de salarios, seguros sociales y documentación de personal. c) Auxiliar.- En la persona que, sin iniciativa propia, se dedica a operaciones elementales administrativas y, en general, a las puramente mecánicas, inherentes a la labor administrativa. Podrán asimismo realizar otras funciones estrictamente burocráticas, tales como las de recuento y anotación de existencias, movimiento de las mismas y su comprobación, etc. Se equipara a la categoría de Auxiliar la Telefonista, que tiene como misión estar al cuidado y servicio de la central telefónica instalada en las dependencias de la Empresa, realiza y recibe las llamadas telefónicas, anotando y transmitiendo avisos. Deberá poner especial cuidado, tanto en este servicio como en las conferencias interurbanas que se sostengan con las diversas dependencias de la Empresa. Podrá encomendársele la realización de tareas sencillas administrativas durante aquellos períodos en que la centralita no requiera su atención, siempre que no fuesen incompatibles con su función principal. Igualmente se encuadran dentro de esta categoría los Auxiliares de Caja, que se limitan a la función de efectuar cobros y pagos por ventanilla, o bien recogida y entrega de dinero de las liquidaciones de los vendedores. III: Operarios Realizan operaciones con un medio de trabajo concreto que requiere unas aptitudes prácticas, y en algún caso, unos conocimientos profesionales; requieren un grado de supervisión alto. A modo de ejemplo, en el presente Grupo quedarían incluidas las siguientes categorías: − Capataz − Promotores de ventas − Oficial 1ª − Oficial 2ª − Ayudante − Peón a) Capataz.- Es la persona que, teniendo encomendada la realización de funciones propias y específicas, colabora además con su inmediato superior en la organización del trabajo de otros trabajadores, con mando sobre los mismos y la responsabilidad consiguiente. 19204 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 b) Promotores de Venta.- Es la persona encargada de coordinar y ejecutar acciones concretas para potenciar las ventas en colaboración con los Jefes de Grupos o Jefes de Ventas y en apoyo de la labor de los Oficiales de 1ª, debiendo sustituir a estos en casos de necesidad. c) Oficial de primera.- Es el trabajador que con gran dominio de su oficio o profesión lo práctica y aplica con tal grado de perfección que no sólo le permite llevar a cabo los trabajos generales del mismo, sino también aquellos que suponen especial empeño o delicadeza. c-1) En la fabricación.- Tendrán a su cargo, con responsabilidad según la dimensión de la Empresa, las siguientes funciones: Cuidado de la disciplina, seguridad e higiene del personal que puedan tener a sus órdenes, entretenimiento y limpieza de las máquinas e instalaciones, cuyo proceso deben conocer a la perfección para obtener los adecuados rendimientos. Realización de las operaciones necesarias para la elaboración de jarabes, ajustándose a las normas y fórmulas que se le facilitan y cuidándose de la correcta manipulación, tratamiento y conservación de sus materias primas, auxiliares y productos acabados. Vigilancia, cuidado y control de la producción y de su correcto estibaje, de las cargas y descargas de los vehículos propios y ajenos, de la recepción de mercancías de cualquier tipo destinadas a la Empresa y de la limpieza y orden de todas las dependencias. c-2) En distribución.- Se ocupa de efectuar la distribución a los clientes de la Empresa, conduciendo el vehículo que se le asigne, efectuando los trabajos de carga y descarga del mismo, cobro y liquidación de la mercancía, actividades de promoción y prospección de ventas, publicidad y tomando nota de los pedidos a servir posteriormente, informando diariamente a sus superiores de su gestión, cuidando del mantenimiento y conservación del vehículo. c-3) En servicios complementarios o auxiliares.- Se le encomienda la realización de los trabajos de tal carácter complementario o auxiliar de la industria propios de mecánicos de taller y fábrica, Ajustadores, Electricistas, Conductores, etc., que ejecutan su cometido con la soltura y perfección que acreditan el complejo conocimiento y práctica de su oficio. d) Oficial de segunda.- Es el trabajador que, sin poseer la especialización exigida para los trabajos perfectos, ejecuta los correspondientes a su profesión u oficio con la suficiente corrección y rendimiento. d-1) En fabricación.- Tendrán a su cargo el cuidado de máquinas como las llenadoras, dosificadoras, taponadoras y saturadoras, igualmente en su caso, las carretillas elevadoras, para las que se exige el carné de conducir. d-2) En servicios complementarios y auxiliares.- Realizan los trabajos que se le encomiendan en esta clase de servicios con la suficiente práctica, pero sin alcanzar el grado de perfección del Oficial primero. e) Ayudante.- Es el que ayuda a los Oficiales en la ejecución de los trabajos propios de éstos y efectúa aisladamente otros de menos importancia. e-1) En fabricación.- Realizarán las operaciones manuales y/o mecánicas necesarias para el lavado, visualización, etiquetado y transporte. Asimismo deberán realizar operaciones de movimiento manual o con utilización de medios mecánicos en las líneas de embotellado y anexo, de envase, materias primas y auxiliares, productos terminados y semielaborados, y cualquiera otra misión análoga. e-2) En distribución.- Auxilia en las operaciones de distribución a los Oficiales de primera. f) Peón.- Es el trabajador que se ocupa de funciones que requieren únicamente la aportación de esfuerzo físico sin necesidad de preparación o formación especial. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519205 IV: Subalternos Realizan funciones que implican generalmente, absoluta fidelidad y confianza, para las que no se requiere, salvo excepciones, más cultura de la primaria o reunir los requisitos que, en cada caso se señalan. A modo de ejemplo, en el presente Grupo quedarían incluidas las siguientes categorías: − Ordenanza − Portero o vigilante − Personal de limpieza a) Ordenanza.- Es el trabajador que tiene a su cargo el cuidado de los locales de oficina durante las horas de trabajo, la ejecución de recados y encargos que se les encomienden dentro y fuera de los locales de la Empresa, reproducción de documentos, recogida y entrega de correspondencia y aquellos otros trabajos elementales que se le encomienden. b) Portero o Vigilante.- Es el trabajador que, de acuerdo con las instrucciones recibidas de sus superiores, cuida de los accesos a las dependencias de la Empresa, ejerciendo funciones de vigilancia y custodia, tanto en el interior como en el exterior de los repetidos locales, tomando nota del movimiento de personas y vehículos que se produzcan a través de los accesos encomendados a su cargo. c) Personal de limpieza.- En es el que se ocupa del aseo y limpieza de los locales de la Empresa y aquellos otros que por costumbre no se realicen por el personal no especializado. Tendrán también a su cargo el lavado, secado, planchado y conservación, en su caso, del vestuario de trabajo que se facilite al personal. Un mismo trabajador, en concordancia con su asignación a un Grupo concreto podrá realizar las funciones de dicho Grupo, indistintamente, según la determinación de la Dirección de la Empresa, de acuerdo con lo establecido legalmente. Cuando exista una plaza vacante, la Empresa puede cubrirla por concurso o por ascenso directo del trabajador que estuviese cubriendo dicha plaza. En lo no contemplado en este capitulo nos remitimos a los artículos 22, 23, 24 y 39 del Estatuto de los Trabajadores. No obstante lo anterior el presente articulo se adaptará a las exigencias previstas en el Real Decreto Ley de 3/2012, en su redacción actual, y a tal fin, se estará a lo dispuesto en el desarrollo reglamentario, de forma que se adapten a la nueva organización de grupos profesionales y se establecerán como contenido de la prestación laboral, objeto del contrato de trabajo, la realización de todas las funciones correspondientes al grupo profesional asignado. Artículo 25.- DE LOS DERECHOS DE REPRESENTACION Y DE REUNION DE LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Estatuto de los Trabajadores, los productores de la Empresa tienen derecho a participar a través de los Órganos de representación regulados en los artículos 62, 63, 64 y 65 del mismo. 19206 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 Artículo 26.- GARANTIAS DE LOS DELEGADOS DE PERSONAL O MIEMBROS DEL COMITE DE EMPRESA. Los miembros del Comité de Empresa o Delegados de Personal, tendrán las garantías que señala el artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores. Las horas correspondientes a Reserva Sindical del Comité de Empresa, pueden ser acumulables pudiendo disponer de ellas uno o más miembros del Comité. Las horas correspondientes a Reserva Sindical de los Delegados de Personal, pueden ser acumulables pudiendo disponer solamente cada uno de las suyas. En ambos casos, siempre que no rebasen el número de horas anuales asignadas por el artículo 68-e, del Estatuto de los Trabajadores. La disposición de dichas horas por uno o más miembros del Comité o Delegados de Personal, deberá ser comunicado por escrito a la empresa, con una antelación mínima de 48 horas. Artículo 27.- COMPETENCIAS Y FACULTADES DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD. Los miembros del Comité de Seguridad y Salud, tendrán las competencias y facultades que señala el artículo 39 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. En materia de vigilancia de la salud, la Empresa esta obligada por Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales a efectuar revisiones medicas anuales ordinarias a su personal, habiendo concertado tal servicio con la Mutua de Accidentes. Artículo 28.- DEBERES DE LOS TRABAJADORES Los trabajadores de la empresa tendrán como deberes los mismos que establece el artículo 5 del Estatuto de los Trabajadores. Artículo 29.- PREMIOS, FALTAS Y SANCIONES. Las presentes normas de régimen disciplinario persiguen el mantenimiento de la disciplina laboral, que es un aspecto fundamental para la normal convivencia, ordenación técnica y organización de la Empresa, así como la garantía y defensa de los derechos e intereses legítimos de los trabajadores y Empresa. Las faltas cometidas por los trabajadores se consideraran leves, graves o muy graves, en atención a su naturaleza. Las faltas, siempre que sean constitutivas de incumplimientos contractuales y culpables del trabajador, podrán ser sancionadas por la dirección de la Empresa de acuerdo con su graduación o categoría profesional. Se consideran como leves la ausencia o falta de puntualidad en la asistencia al trabajo, durante un día sin causa justificada en el transcurso del mes en curso, las discusiones violentas con los compañeros de trabajo, la falta de aseo y limpieza, el no comunicar con antelación a su jefe inmediato, pudiendo hacerlo, la falta de asistencia al trabajo y cualquier otra de naturaleza análoga. Serán consideradas como faltas graves las ausencias o faltas de puntualidad sin causa justificada por dos días, durante el mes en curso, las faltas cometidas contra la disciplina del trabajo o contra el respeto debido a superiores, compañeros y subordinados, simular la presencia de otro trabajador firmando por él, ausentarse del centro de trabajo sin licencia dentro de la jornada, fingir enfermedad o pedir permiso alegando causas no existentes, la inobservancia de las medidas de seguridad e higiene en el trabajo y, en general, la reincidencia en faltas leves dentro del término del año y cuantas de características análogas a las enumeradas. Se consideran faltas muy graves la falta de asistencia o puntualidad al trabajo más de dos días durante el mismo mes sin causa justificada, el fraude, hurto o robo, tanto a la empresa como a los compañeros de trabajo; los malos tratos de palabra y obra, o la falta Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519207 grave de respeto y consideración a los jefes o a sus familiares y a los compañeros o subordinados; la deslealtad, el abuso de confianza, la violación de secretos de la Empresa, la embriaguez y blasfemia habituales y las de naturaleza análoga. Las sanciones que puedan imponerse en cada caso según la falta, serán las siguientes: Por faltas leves: Amonestación verbal, amonestación escrita o suspensión de empleo y sueldo durante un día. Por faltas graves: suspensión de empleo y sueldo de dos a quince días e inhabilitación por plazo no superior a cuatro años para pasar a categoría superior. Por faltas muy graves: perdida temporal o definitiva de la categoría, suspensión de empleo y sueldo por más de quince días, hasta sesenta, y despido. Las sanciones que en el orden laboral pueden imponerse se entienden sin perjuicio de pasar el tanto de culpa a los Tribunales cuando la falta cometida pueda constituir un delito o dar cuenta a las autoridades gubernativas, si procediera. La valoración de las faltas y las correspondientes sanciones impuestas por la dirección de la Empresa serán siempre revisables ante la Jurisdicción competente. La sanción de las faltas graves y muy graves requerirá comunicación escrita al trabajador, haciendo constar la fecha y los hechos que la motivan. No se podrá imponer sanciones que consistan en la reducción de la duración de las vacaciones u otra minoración de los derechos al descanso del trabajador o multa de haber. Tramitación.- para la imposición de las sanciones que anteriormente se establecen, se tendrá en cuenta las siguientes normas: Corresponde a la dirección de la Empresa o personal en quien delegue la facultad de imponer sanciones por faltas leves, graves o muy graves o despido. Debiéndose informar al Comité de Empresa, en el caso de faltas muy graves. La Empresa anotará en los expedientes personales de sus trabajadores las sanciones por faltas graves o muy graves que les fueran impuestas y los premios a los que se hubieran hecho acreedores, pudiendo hacer constar, así mismo, la reincidencia en faltas leves. Las faltas leves prescribirán a los diez días; las graves a los veinte, y las muy graves a los sesenta días, a partir de la fecha en que la empresa tuvo conocimiento de su comisión, y, en todo caso, a los seis meses de haberse cometido. Dichos plazos de prescripción son de aplicación en el supuesto de no haberse producido reincidencia durante los periodos señalados. Artículo 30.- CONDICIONES ECONOMICAS Las condiciones económicas del presente convenio son las que aparecen expresadas en el anexo, que queda unido al presente, formando parte del mismo. LOS CONCEPTOS QUE INTEGRAN LA ESTRUCTURA DE LA MASA SALARIAL A EFECTOS DE LA NEGOCIACION COLECTIVA, SERAN LOS SIGUIENTES: a) Conceptos económicos incluidos 1. Salario base. 2. Complementos saláriales: Mejoras Consolidadas de Antigüedad. Compensación salarial. Atrasos. 3. Complementos por cantidad o calidad de trabajo: Prima de productividad. Incentivos (comisiones). Incentivos (horas extraordinarias). 19208 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 Plus de asistencia. Plus de traslado. Gratificaciones especiales. Complementos de sábados y domingos. 4. Complementos por puesto de trabajo: Plus de trabajo nocturno. 5. Complementos de vencimientos periódicos superior al mes: Gratificaciones extraordinarias reglamentarias. Gratificaciones extraordinarias especiales. Bolsa de vacaciones. 6. Percepciones no saláriales: Plus de transporte. b) Conceptos económicos excluidos Incentivos para mejorar la productividad de las ventas. Indemnizaciones y suplidos. Finiquitos o liquidaciones: Partes proporcionales de Extra de Marzo y Septiembre. Partes proporcionales de Junio y Diciembre. Partes proporcionales de vacaciones. Se acuerda no incrementar los salarios en el año 2014, manteniéndose las tablas retributivas en vigor del anterior convenio. Así mismo se acuerda aplicar un incremento salarial del cero con cuarenta por ciento (0,40%) sobre la masa salarial establecida, en el periodo que va del 1 de enero del 2015 hasta el 31 de diciembre del 2015. la dotación económica destinada a fines sociales del Comité de Empresa se aumenta en 600 euros en el año 2015 quedando en un importe de siete mil quinientos noventa y seis euros y veintiséis céntimos (7.596,26 €) El importe de la dotación económica destinada para fines sociales del Comité de Empresa, formara parte de los conceptos económicos incluidos del apartado a) de este artículo. Artículo 31.- PAGAS EXTRAORDINARIAS Las pagas extraordinarias consistirán en cuatro (4) pagas completas de Salario base, Mejoras Consolidadas de Antigüedad y Complemento salarial en Marzo, Junio, Septiembre y Diciembre. La empresa abonará en el mes de Febrero un complemento extra, consistente en cinco (5) días de Salario base, Mejoras Consolidadas de Antigüedad y Complemento salarial, (todo ello referido a cinco (5) días). Artículo 32. DIA DE FIESTA EN LA LOCALIDAD DE GÜIMAR - TENERIFE. Al ser el ámbito de la actividad laboral de la Empresa, la distribución de productos por toda la Isla, se acuerda siempre que por la Autoridad Municipal lo permita, trabajar el día de la fiesta local (29 de junio, día de San Pedro Apóstol) en Güimar y sustituir, ese día de fiesta por el martes de Carnaval. Las partes aceptan el presente Convenio Colectivo, del que se dará cuenta a la autoridad laboral a los efectos de registro, dentro del plazo de 15 días a partir de su firma, una vez registrado será remitido al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación para su depósito. En prueba de conformidad firman las partes intervinientes en Güimar (Tenerife), a 01 de Junio de dos mil quince. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519209 A N E X O (anexo_tf_2014-2015) CONDICIONES ECONÓMICAS DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA "EMBOTELLADORA DE CANARIAS, S.A.", PROVINCIA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, CORRESPONDIENTE AL PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL 01-01-2014 Y EL 31-12-2015. Artículo 1.- Debido a que no existe una escala de Compensaciones Salariales por categorías, se respetarán las mejoras que individualmente tengan asignadas cada productor en el recibo de salarios. Todos los importes que se relacionan en este ANEXO, se sobrentienden como cantidades brutas. Se establecen los siguientes Salarios Bases mensuales y anuales para las categorías profesionales que se citan: CATEGORIA PROFESIONAL SALARIO MENSUAL 2014 SALARIO MENSUAL 2015 SALARIO ANUAL 2014 SALARIO ANUAL 2015 999,89 932,76 867,27 999,89 932,76 932,76 1.003,89 936,49 870,74 1.003,89 936,49 936,49 15.998,30 14.924,12 13.876,38 15.998,30 14.924,12 14.924,12 16.062,29 14.983,84 13.931,84 16.062,29 14.983,84 14.983,84 844,88 822,71 811,63 811,63 848,26 826,00 814,88 814,88 13.518,12 13.163,35 12.986,12 12.986,12 13.572,16 13.216,00 13.038,08 13.038,08 867,27 856,07 844,88 822,71 811,63 778,58 414,49 870,74 859,49 848,26 826,00 814,88 781,69 416,15 13.876,38 13.697,18 13.518,12 13.163,35 12.986,12 12.457,31 6.631,91 13.931,84 13.751,84 13.572,16 13.216,00 13.038,08 12.507,04 6.658,4 800,96 800,96 778,58 804,16 804,16 781,69 12.815,42 12.815,42 12.457,31 12.866,56 12.866,56 12.507,04 I TECNICOS: De grado superior. De grado medio. Encargado o Jefe de grupo. Encargado general. Jefe de departamento. Encargado de sección. II ADMINISTRATIVOS: Oficial 1º. Oficial 2ª. Auxiliar. Telefonista. III OPERARIOS: Capataz. Promotores de ventas. Oficial 1º. Oficial 2º. Ayudante. Peón. Peón ½ jornada. IV SUBALTERNOS: Ordenanza. Portero o vigilante. Personal de limpieza. 19210 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 Artículo 2-1 BOLSA DE VACACIONES Estará compuesta por el importe de veinticinco (25) días de Sueldo base, Mejoras Consolidadas de Antigüedad y Compensación salarial. La Bolsa deberá ser abonada en la nómina del mes anterior al de vacaciones, excepto en el caso de que el productor tenga asignados correlativamente los meses de diciembre y enero, como de vacaciones, en cuyo caso la Bolsa de vacaciones correspondiente al mes de enero deberá abonarse en el mismo mes de enero, debiendo la Empresa, en este caso entregar al productor el importe de la Bolsa de Vacaciones anticipada con su correspondiente recibo, para que firme el recibí, junto a la nomina del mes de diciembre. Artículo 2-2 COMPLEMENTO DE BOLSA DE VACACIONES Todo el personal percibirá durante el disfrute de sus vacaciones, una gratificación de: 2014 2015 MIL QUINIENTOS SESENTA EUROS Y TREINTA Y TRES CENTIMOS (1.560,33) MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS EUROS Y CINCUENTA Y SIETE CÉNTIMOS (1.566,57) Excepto el personal que tenga convenida una jornada de trabajo inferior a la normal, que la percibirá en proporción a su jornada de trabajo. Artículo 3-1 COMISIONES Se establecen durante la vigencia de éste Convenio, los siguientes importes: Comisión 2014 0,051328 2015 0,0515 0,095809 0,0962 0,102652 0,1031 0,071857 0,107785 0,143715 0,246366 0,451671 0,0722 0,1082 0,1443 0,2474 0,4535 Aplicar sobre Caja vendida de 6 botellas de 1 o 1¼ litros pet o 12 botellas de ½ litro pet cada una Caja vendida de batidos de 28 unidades de 200 cc cada unidad y por cada caja vendida de horchata de 30 unidades de 200 cc cada unidad Caja vendida de 12 botellas tamaño familiar ó 24 botellas o botes, cajas de 6 botellas de 2 litros cada botella y cajas de agua de 35 unidades de 330 cc cada unidad Caja vendida de 6 botellas de 1,5 litros cada botella Caja vendida de 9 botellas de 1,5 litros cada botella Caja vendida de 12 botellas de 1,5 litros cada botella Barril de Premix vendido Bolsa de Postmix vendida o barril de cerveza de 30 ó 50 litros cada uno La incorporación de nuevos formatos a la relación especificada, conlleva implícita la aplicación de una nueva comisión en proporción al nuevo formato y al actualmente existente. Artículo 3-2 Para los vendedores de entrega, las cajas entregadas cada día comprendidas entre: Comisiones 2014 2015 0,0341 0,0342 0,0681 0,0684 Intervalo Más de Doscientas (200) cajas Más de Doscientas cuarenta (240) cajas Más las comisiones establecidas en el artículo 3-1. Excepto cuando el vendedor vaya acompañado por un ayudante, en cuyo caso solamente cobrará las comisiones indicadas en el repetido artículo 3-1. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519211 Caso de salir dos vendedores juntos, por las cajas que vendan en el día y que sobrepasen la cantidad de Doscientas (200) cajas, percibirán: 2014 2015 (0,0341) EUROS extras por caja cada uno (0,0342) EUROS extras por caja cada uno Artículo 3-3 Para las comisiones del personal preventista se estará a lo dispuesto en el acuerdo suscrito el día 27/07/00, en tanto se perfeccione y desarrolle lo pactado. Una vez que se alcance el desarrollo del mismo, se incorporara al presente convenio, como vinculación del mismo. Artículo 3-4 Los Promotores de Ventas cobrarán en concepto de Comisiones, la media de los Preventistas más un quince (15) por ciento. Artículo 3-5 Los Supervisores de Ventas o Jefes de Grupo de Ventas, cobrarán en concepto de comisiones la media de los Preventistas más un veinticinco (25) por ciento. En el caso de suprimirse la Preventa, la escala anterior será sobre la media de los Vendedores. Artículo 3-6 Los vendedores que por cualquier motivo queden en servicio en el Centro de Trabajo sin salir en ruta, cobrarán, por día trabajado, la cantidad de: 2014 2015 ONCE EUROS Y CINCUENTA Y UN CENTIMOS (11,51) EUROS ONCE EUROS Y CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS (11,56) EUROS Desde el tercer día inclusive de la misma semana y siempre que sea el mismo productor, cobrará por este servicio, la cantidad diaria de: 2014 2015 VEINTICUATRO EUROS Y SESENTA Y CINCO CENTIMOS (24,65) EUROS VEINTICUATRO EUROS Y SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (24,75) EUROS Artículo 3-7 Los Ayudantes de Ventas cobrarán una comisión de: 2014 2015 (0,0457) EUROS (0,0459) EUROS 2014 2015 (0,0114) EUROS (0,0115) EUROS por caja vendida, de las cuales : por caja se le descontaran al Vendedor que acompañen, con las excepciones de las siguientes rutas especiales: Desde los Cristianos bordeando por la zona sur hasta El Tanque, Vilaflor, Garafia y Valle Gran Rey en La Gomera, cuya comisión es totalmente a cargo de la empresa y será de: 2014 2015 (0,0457) EUROS por caja vendida (0,0459) EUROS por caja vendida Artículo 3-8 Si la empresa enviara a una misma ruta y en un mismo camión a dos vendedores, cada uno cobrará las comisiones detalladas en el artículo 3-1, en las rutas consideradas como normales. Artículo 3-9 Los nuevos Vendedores que se contraten durante la vigencia de éste Convenio, en los dos primeros meses de trabajo, percibirán en concepto de comisiones, el importe de: 19212 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 2014 2015 OCHO EUROS Y VEINTIUN CENTIMOS (8,21) EUROS OCHO EUROS Y VEINTICUATRO CÉNTIMOS (8,24) EUROS por día trabajado, excepto para los Vendedores que hayan sido contratados anteriormente por un período mínimo de seis (6) meses. Artículo 3-10 ADELANTO DE RUTAS En semanas con 1 día festivo, los preventistas y vendedores que adelanten su ruta semanal sin ningún tipo de colaboración, durante los días normales de trabajo y por ello sin necesidad de recuperarlas en sábado, percibirán en concepto de complemento por tal adelanto, la cantidad de: 2014 2015 TREINTA EUROS Y OCHENTA CENTIMOS (30,80) por su trabajo semanal TREINTA EUROS Y NOVENTA Y DOS CÉNTIMOS (30,92) por su trabajo semanal En semanas con más de 1 día festivo, los preventistas y vendedores que adelanten su ruta semanal sin ningún tipo de colaboración, durante los días normales de trabajo y sin que influya para nada que se trabaje el sábado, percibirán en concepto de complemento por tal adelanto, la cantidad de: 2014 2015 TREINTA EUROS Y OCHENTA CENTIMOS (30,80) por su trabajo semanal TREINTA EUROS Y NOVENTA Y DOS CÉNTIMOS (30,92) por su trabajo semanal Este mismo importe lo cobraran los trabajadores de almacén afectos al turno de 16:00 a 24:00 horas de la delegación de Tenerife Sur, por su trabajo vinculado al adelantamiento de rutas, siempre que dicha labor se realice en las actuales circunstancias. Los trabajadores de almacén de Güimar, cuyo horario de trabajo sea a partir de las 14:00 horas en adelante, percibirán en concepto de complemento por el trabajo vinculado al adelanto de rutas la cantidad de: 2014 2015 TREINTA EUROS Y OCHENTA CENTIMOS (30,80) TREINTA EUROS Y NOVENTA Y DOS CÉNTIMOS (30,92) por jornada completa, en caso de que su jornada de trabajo se solape con este horario y entren con anterioridad a esta hora cobraran la parte proporcional del complemento por las horas trabajadas posteriormente a las 14:00 horas siempre en caso de que dicha labor se realice en las actuales circunstancias. Artículo 3-11 Los Supervisores cobrarán una gratificación especial de: 2014 2015 TRES EUROS Y CUARENTA Y CENTIMOS (3,43) EUROS por día trabajado TRES EUROS Y CUARENTA Y CUATRO (3,44) EUROS por día trabajado Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519213 Artículo 3-12 Los Merchandisers Oficiales de 2ª de Ventas, cobrarán en concepto de comisiones, la cantidad de: 2014 2015 SEIS EUROS Y CUARENTA Y NUEVE CENTIMOS (6,49) EUROS, por día trabajado SEIS EUROS Y CINCUENTA Y DOS (6,52) EUROS, por día trabajado Los Merchandisers Oficiales de 1º de ventas, cobrarán en concepto de Comisiones, la cantidad de: 2014 2015 ONCE EUROS Y CINCUENTA Y UN CENTIMOS (11,51) EUROS por día trabajado ONCE EUROS Y CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS (11,56) EUROS por día trabajado Artículo 4.- PLUS DE ASISTENCIA Se establece un Plus de Asistencia al trabajo por persona y día que haya cumplido con su jornada de trabajo que se distribuye de la siguiente forma: Para el personal de Ventas Para el resto del personal 2014 3,43 EUROS 13,69 EUROS 2015 3,44 EUROS 13,75 EUROS NO SE DESCONTARA ESTE PLUS DE ASISTENCIA EN LOS SIGUIENTES CASOS: Al personal que asista a consulta médica, justificada con el parte médico de consulta y siempre que por éste motivo no se ausente de su puesto de trabajo más de Tres (3) horas. Al personal que se ausente de su puesto de trabajo con previo permiso de su jefe de departamento con causa justificada. No se pagará éste Plus al personal que se encuentre de vacaciones o de baja por enfermedad o accidente no laboral. Artículo 5.- PLUS DE TRANSPORTE Se establece para todo el personal un Plus de Transporte, por el importe de: 2014 2015 UN EURO Y TREINTA Y SIETE CENTIMOS (1,37) EUROS UN EURO Y TREINTA Y OCHO CÉNTIMOS (1,38) EUROS por cada día que haya efectuado su traslado al Centro de trabajo, agotando su jornada laboral completa, con la sola excepción de visita del propio trabajador a consulta médica justificada con el parte de consulta y siempre que su ausencia del puesto de trabajo por esta circunstancia no exceda de tres (3) horas. Artículo 6.- PLUS DE TRASLADO Se establece un Plus de Traslado exclusivamente para el personal proveniente del centro de trabajo de Las Torres de Taco, por importe de: 2014 2015 SIETE EUROS Y ONCE CENTIMOS (7,11) EUROS SIETE EUROS Y CATORCE CÉNTIMOS (7,14) EUROS por productor y por trayecto completo de ida y vuelta que realicen al nuevo centro de trabajo en Güimar. Dicho Plus no lo cobraran los productores de la Empresa que utilicen vehículo de la misma, ni tampoco los que estén de vacaciones, de baja por enfermedad o accidente o disfrutando de licencia. Con la percepción de dicho Plus se compensara cualquier otra reclamación derivada por desplazamiento al centro de Güimar. 19214 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 Artículo 7.- PLUS DE ALMACEN Se establece un Plus de Almacén exclusivamente para el personal del almacén de Güimar que realice parte de su jornada de 22,00 a 24,00 horas, por importe de: 2014 2015 UN EURO Y CUARENTA Y OCHO CENTIMOS (1,48) EUROS UN EURO Y CUARENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (1,49) EUROS por día y productor siempre que haya agotado su jornada de trabajo completa. Artículo 8 .- PLUS ESPECIAL Para todo el personal contratado entre el día 01/04/1995 y el día 20/07/2007, que no tengan importe alguno asignado en su recibo de salario en las casillas de Mejoras Consolidadas de Antigüedad, Compensación Salarial, Gratificación Especial o Incentivo Fijo, se establece un Plus Especial, por importe de: 2014 2015 UN EURO Y CINCUENTA Y UN CENTIMOS (1,51) EUROS UN EURO Y CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS (1,52) EUROS por día completo de trabajo, debiéndose prorratear en los casos de trabajadores que tengan convenida una jornada de trabajo inferior a la normal (8 horas día). Artículo 9.- Todos los conceptos retributivos del presente Convenio, se prorratearán en la parte proporcional entre aquellos trabajadores que tengan concertada una jornada de trabajo inferior a la normal. Artículo 10.- HORAS EXTRAORDINARIAS Se consideraran horas extraordinarias aquellas que se realicen sobre la duración máxima de la jornada efectiva ordinaria de trabajo y serán reguladas según el articulo 35 del Estatuto de los Trabajadores. Las horas extras pueden ser compensadas, o bien con descansos, o retribuciones, fijándose el siguiente valor único de: 2014 2015 SEIS EUROS Y CATORCE CENTIMOS (6,14) EUROS SEIS EUROS Y DIECISEIS CÉNTIMOS (6,16) EUROS por cada hora que exceda de la jornada ordinaria. Asimismo, fijándose el siguiente valor único de: 2014 2015 OCHO EUROS Y VEINTIOCHO CENTIMOS (8,28) EUROS OCHO EUROS Y TREINTA Y UN CÉNTIMOS (8,31) EUROS para: Las horas extras realizadas de lunes a jueves a partir de las 19:00 horas. Las horas extras realizadas los viernes a partir de las 16:00 horas. Las horas extras realizadas sábados, domingos y festivos. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519215 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL CABILDO INSULAR DE TENERIFE Área de Presidencia Servicio Administrativo de Carreteras y Paisaje ANUNCIO DE LICITACIÓN 87698201 1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Cabildo Insular de Tenerife. del Contrato” del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (oferta económica). 4. Presupuesto base de licitación: a) Presupuesto de licitación: 85.276,96 €, excluido IGIC: Lotes 1 2 3 Precio sin IGIC 58.800,00 € 12.720,00 € 13.756,96 € Tipo IGIC 7% 7% 7% (vehículos Pick-up) 13,5 % (vehículos 4x4) b) Dependencia donde se tramita el expediente: Servicio Administrativo de Carreteras y Paisaje. b) Valor estimado del contrato: 85.276,96 €. c) Órgano de contratación: Consejo de Gobierno Insular. 5. Garantías: d) Expediente: C-768. 2. Objeto del contrato: a) Tipo de contrato: suministro. b) Descripción del objeto: vehículos en régimen de alquiler sin conductor, para uso por el Servicio Técnico de Carreteras, Paisaje y Movilidad del Área de Presidencia del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, habiéndose dividido en los siguientes lotes: a) Provisional: no se exige. b) Definitiva: 5% del importe de adjudicación, IGIC excluido. 6. Obtención de documentación e información: a) Registro General del Cabildo (Plaza del Cabildo s/n, 38003 Santa Cruz de Tenerife. Teléfono: 901.501.901. Fax: 922.239.704) y Registros Auxiliares. • Lote 1: cinco (5) camiones doble cabina con caja. b) Perfil del contratante: http://www.tenerife.es. • Lote 2: dos (2) vehículos furgones de seis plazas. 7. Requisitos especificos del contratista: • Lote 3: dos (2) vehículos pick-up o 4x4. c) Plazo: ocho (8) meses. 3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: ordinaria. b) Procedimiento: abierto. c) Criterios de adjudicación: los previstos en el punto nº 14 del apartado II denominado “Elementos Clasificación empresarial: no es preciso estar en posesión de clasificación empresarial alguna, sin perjuicio de acreditar la correspondiente solvencia económica, financiera y técnica establecida en el punto nº 5 del apartado II denominado “Elementos del Contrato” del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. 8. Condiciones de ejecución: Las previstas en el punto nº 27 del apartado II denominado “Elementos del Contrato” del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. 19216 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 9. Obligaciones del contratista: Las previstas en el punto nº 30 del apartado II denominado “Elementos del Contrato” del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. CABILDO INSULAR DE LA GOMERA Industria, Comercio y Consumo Unidad: Artesanía a) Fecha límite de presentación: quince (15) días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y detalle en el perfil del contratante. ANUNCIO 87708175 El Excmo. Cabildo Insular de La Gomera ha aprobado la convocatoria para la realización de las pruebas que tendrán como objeto la obtención del Carné de Artesano a celebrar durante el año 2015. b) Documentación a presentar: la señalada en los puntos números 16 y 17 del apartado II denominado “Elementos del Contrato” del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares”. El Sr. Consejero Delegado de Industria, Comercio y Consumo ha adoptado con fecha 10 de septiembre de 2015, la siguiente resolución: c) Lugar de presentación: Registro General del Cabildo Insular de Tenerife, Centro de Servicios al Ciudadano (Plaza del Cabildo s/n, 38003, Santa Cruz de Tenerife, [email protected]). Visto la Orden de la Consejería de Industria, Comercio y Consumo de fecha 7 de noviembre de 2006, en la que se establecen los procedimientos para la obtención del carné de artesano. También podrá realizarse mediante envío por correo, en cuyo caso el licitador deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío y anunciar en el mismo día al Cabildo Insular de Tenerife, por fax (922.23.97.04), o telegrama, la remisión de la proposición. Visto que en la citada Orden se recoge en su artículo 3.4 que se deberá abrir un plazo de solicitud del carné de artesano para estudiar y resolver las peticiones recibidas. 10. Presentación de ofertas: 11. Apertura de ofertas: Será pública y tendrá lugar en la sede de la Corporación Insular en el día y hora que se indique en el anuncio que se publique a estos efectos en el perfil del contratante del órgano de contratación. 12. Gastos de anuncios: El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad conforme a lo previsto en el punto nº 25 del apartado II denominado “Elementos del Contrato” del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. En Santa Cruz de Tenerife, a 16 de septiembre de 2015. El Director Insular de Fomento, Miguel Becerra Domínguez. Considerando la Ley 3/2001, de 26 de junio de Artesanía de Canarias, Decreto 150/1994 de traspaso de funciones y servicios a los Cabildos Insulares en materia de Artesanía, Ferias y Mercados Insulares, La Orden de 25 de julio de 2011, por la que se establece el Repertorio de Oficios Artesanos de Canarias, el art. 34.2 de la Ley 7/85 de 02 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Resolución del Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación de fecha 01 de julio de 2015, por la que se designa como Consejero Delegado de Industria, Comercio y Consumo a D. Emiliano Coello Correa y demás normativa de general aplicación. Resuelvo: Primero.- Aprobar la convocatoria para la realización de las pruebas que tendrán como objeto la obtención del carné de artesano. Segundo.- Establecer como plazo de presentación de solicitudes para la obtención del carné de artesano en la isla de La Gomera diez días a partir del día Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519217 siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia. En San Sebastián de La Gomera, a 10 de septiembre de 2015. El Consejero Delegado de Industria, Comercio y Consumo, Emiliano Coello Correa. ANUNCIO 87718195 Por Resolución de la Presidencia de fecha de hoy, se aprobó de forma provisional el proyecto que se relaciona a continuación, con su presupuesto: “Glorieta en GM-1 y GM-2 cruce de Apartacaminos (T.M. Vallehermoso)”, con un presupuesto de ejecución por contrata de ciento noventa y cuatro mil doscientos dieciocho euros con diecinueve céntimos (194.218,19 €), de los cuales ciento ochenta y un mil quinientos doce euros con treinta y tres céntimos (181.512,33 €), pertenecen a la prestación en sí, y doce mil setecientos cinco euros con ochenta y seis céntimos (12.705,86 €) al 7% de I.G.I.C. El que se expone al público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93 del R.D.L. 781/86, de 18 de abril y art. 86 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por plazo de (20) veinte días hábiles, a efectos de posibles reclamaciones u observaciones. El citado proyecto se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del Área de Infraestructuras, Transportes, Emergencias y Protección Civil de esta Corporación Insular, en horario de oficina. En San Sebastián de La Gomera, a 14 de septiembre de 2015. El Presidente, Casimiro Curbelo Curbelo. Consejo Insular de Aguas de La Gomera ANUNCIO 87728197 Aprobación de la Memoria Valorada denominada “Acondicionamiento Barranco de Pastrana, t.m. de San Sebastián de La Gomera”. Por Resolución de la Presidencia del Consejo Insular de Aguas de La Gomera, de fecha 8 de septiembre de 2015, se aprobó de forma provisional la siguiente memoria valorada: - “Acondicionamiento Barranco de Pastrana, t.m. de S/S de La Gomera”, por un importe de ocho mil cuatrocientos sesenta euros con cuarenta y siete céntimos (8.460,47 €), IGIC incluido. (Expte. nº 203-OBR). Lo que se expone al público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por plazo de veinte (20) días hábiles, a efectos de posibles reclamaciones u observaciones. Una vez transcurrido el periodo de información pública, si no se formulasen reclamaciones ni observaciones a la memoria valorada de referencia, se entenderá aprobado definitivamente. La citada memoria y demás documentación, se encuentran de manifiesto en la sede del Consejo Insular de Aguas de La Gomera, sita en la calle Real, nº 18, San Sebastián de La Gomera. En San Sebastián de La Gomera, a 9 de septiembre de 2015. El Gerente, Juan Luis Mora Herrera. SANTA CRUZ DE TENERIFE Área de Gobierno de Presidencia, Organización, Tecnología Participación Ciudadana Dirección General de Organización, Régimen Interno y Tecnología ANUNCIO 87738177 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 60.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la publicación íntegra del Decreto del Excmo. Sr. D. José Manuel Bermúdez Esparza, Alcalde del Excmo. 19218 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, de fecha 14 de septiembre de 2015, del siguiente tenor literal: “Decreto del Excmo. Sr. Don José Manuel Bermúdez Esparza, Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife//En Santa Cruz de Tenerife, a catorce de septiembre de dos mil quince. Asunto: acumulación temporal del ejercicio de las atribuciones del titular de la Dirección General de Gestión Presupuestaria, Patrimonio y Contratación y las funciones de la Dirección General de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos en la titular de la Dirección General de Recursos Humanos. Ante la ausencia del titular de la Dirección General de Gestión Presupuestaria, Patrimonio y Contratación con acumulación de las funciones de la Dirección General de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, resulta necesario disponer medidas organizativas con el fin de garantizar el ejercicio de las atribuciones del citado órgano; teniendo en cuenta el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad, de fecha 27 de enero de 2014- por el que se aprueba la Normativa de aplicación al personal directivo profesional del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, Organismos Autónomos y Entidades Públicas Empresariales Municipales (BOP nº 20, de 12 de febrero de 2014) y, en concreto, lo previsto en el número 3 de la Norma Quinta de las citadas y conforme a lo establecido en el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y artículo 10 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración de este Excmo. Ayuntamiento, Dispongo: Primero.- Atribuir temporalmente, durante el período comprendido entre los días 16 al 18 de septiembre de 2015, ambos inclusive, sin perjuicio del ejercicio de las atribuciones propias de su cargo, el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas la Dirección General de Gestión Presupuestaria, Patrimonio y Contratación y las funciones de la Dirección General de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos a la Titular de la Dirección General de Recursos Humanos. Segundo.- El presente Decreto deberá comunicarse a los órganos y unidades municipales competentes, procediendo su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Intranet Municipal, así como dar cuenta del mismo a la Junta de Gobierno de la Ciudad.” Santa Cruz de Tenerife, a 15 de septiembre de 2015. La Directora de la Oficina de la Junta de Gobierno de la Ciudad en funciones de Directora General de Organización, Régimen Interno y Tecnología (Decreto de Alcaldía, de fecha 15/04/2015), Ángeles Negrín Mora. ANUNCIO 87748178 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 60.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la publicación íntegra del Decreto del Excmo. Sr. D. José Manuel Bermúdez Esparza, Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, de fecha 14 de septiembre de 2015, del siguiente tenor literal: “Decreto del Excmo. Sr. Don José Manuel Bermúdez Esparza, Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife//En Santa Cruz de Tenerife, a catorce de septiembre de dos mil quince. Asunto: acumulación temporal del ejercicio de las atribuciones del titular de la Coordinación General de Hacienda y Política Financiera en el titular de la Dirección General de Gestión Presupuestaria, Patrimonio y Contratación y en la titular de la Dirección General de Recursos Humanos. Ante la ausencia del titular de la Coordinación General de Hacienda y Política Financiera, resulta necesario disponer medidas organizativas con el fin de garantizar el ejercicio de las atribuciones del citado órgano; teniendo en cuenta el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad, de fecha 27 de enero de 2014- por el que se aprueba la Normativa de aplicación al personal directivo profesional del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, Organismos Autónomos y Entidades Públicas Empresariales Municipales (BOP nº 20, de 12 de febrero de 2014) y, en concreto, lo previsto en el número 3 de la Norma Quinta de las citadas y conforme a lo establecido en el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519219 y artículo 10 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración de este Excmo. Ayuntamiento, Dispongo: Primero.- Atribuir temporalmente el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas el titular de la Coordinación General de Hacienda y Política Financiera, durante el período comprendido entre los días 14 al 15 de septiembre de 2015, ambos inclusive, sin perjuicio del ejercicio de las atribuciones propias de su cargo y las funciones de la Dirección General de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, al Titular de la Dirección General de Gestión Presupuestaria, Patrimonio y Contratación y durante el período comprendido entre los días 16 al 18 de septiembre de 2015, ambos inclusive, sin perjuicio de las atribuciones propias de su cargo, a la Titular de la Dirección General de Recursos Humanos. Segundo.- El presente Decreto deberá comunicarse a los órganos y unidades municipales competentes, procediendo su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Intranet Municipal, así como dar cuenta del mismo a la Junta de Gobierno de la Ciudad.” do de cobro voluntario: desde el 15 de septiembre al 20 de noviembre de 2015, ambos incluidos. Los contribuyentes podrán abonar sus recibos, sin recargo alguno, en las siguientes Entidades Colaboradoras, previa obtención de la Carta de Pago en su área privada de la Sede electrónica (a la que puede acceder con usuario y contraseña, certificado electrónico o DNI electrónico), en las Oficinas de Atención e Información Ciudadanas (OAIC) o en la Oficina de Atención al Contribuyente. ENTIDAD Banca March Bankia BBVA Caixa Cajasiete Gestión de Servicios de Cajasiete Santander DIRECCIÓN Todas Todas Todas Todas Todas Todas Todas HORARIO Atención al Público Atención al Público Atención al Público Atención al Público 8:30 – 11:00 8:30 – 14:00 Atención al Público También se podrá efectuar a través de la red de cajeros automáticos y direcciones de Internet de las citadas Entidades, además de los demás medios admitidos en la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Inspección y Recaudación. ANUNCIO DE COBRANZA 87758188 En el Boletín Oficial de la Provincia nº 96 de 27 de julio de 2015 (corrección de errores publicado en el BOP nº 111 de 2 de septiembre de 2015, se publicó el anuncio de aprobación del Padrón Fiscal del ejercicio 2015 correspondientes al Impuesto sobre actividades económicas, tasa por gestión de residuos sólidos -modalidad basura de negocios; culminando su exposición pública el día 13 de agosto de 2015. En caso de que utilicen como medio de pago la transferencia bancaria, se les recuerda que, según lo dispuesto en la vigente Ordenanza Fiscal General de Gestión, Inspección y Recaudación, el mandato de la transferencia será por importe igual al de la deuda y habrá de expresar el concepto tributario concreto a que el ingreso corresponda, así como contener el pertinente detalle cuando el ingreso se refiera y haya de aplicarse a varios conceptos; simultáneamente al mandato de transferencia, los contribuyentes cursarán a la Sección de Recaudación, una notificación (correo electrónico: [email protected] y fax 922.60.62.76) expresando la fecha de transferencia, su importe, los números de los recibos y conceptos abonados, así como la Entidad Bancaria utilizada en la operación. Los ingresos efectuados mediante transferencia producirán efecto liberatorio para el deudor de la Hacienda Municipal desde la fecha en que haya tenido entrada el importe en las cuentas municipales, por lo que se recomienda que la orden de transferencia se realice con varios días de antelación a la fecha de finalización del período de ingreso voluntario. Por medio de la presente, se pone en conocimiento del público que los recibos correspondientes a estos tributos se podrán abonar durante el siguiente perio- Se podrá domiciliar el pago de éstos y otros tributos periódicos en las cuentas abiertas en Entidades Bancarias con oficinas en esta Ciudad, advirtiéndose Santa Cruz de Tenerife, a 15 de septiembre de 2015. La Directora de la Oficina de la Junta de Gobierno de la Ciudad en funciones de Directora General de Organización, Régimen Interno y Tecnología (Decreto de Alcaldía, de fecha 15/04/2015), Ángeles Negrín Mora. Servicio de Gestión Tributaria Sección de Recaudación 19220 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 que, en este caso, surtirán efectos a partir del próximo ejercicio económico. Aquellos recibos cuyo pago ya estuviera domiciliado en Entidades Bancarias serán cargados en cuenta a partir del día 5 de octubre de 2015. Transcurrido el plazo señalado como período de pago voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento administrativo de apremio y devengarán los recargos del período ejecutivo, intereses de demora y, en su caso, las costas que se causen. Más información en http://www.santacruzdetenerife.es Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimiento. En Santa Cruz de Tenerife, a 16 de septiembre de 2015 El Tesorero, Alejandro Rodríguez Fernández-Oliva. Área de Gobierno de Seguridad Ciudadana, Movilidad ANUNCIO 87768183 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de la resolución de inicio del expediente sancionador número SN 03/2015, ya que habiéndose intentado la notificación de la misma en el último domicilio conocido, estas no se han podido practicar a don José Miguel de las Casas Padilla, con D.N.I. nº 42.006.822J, y a don José Miguel de las Casas Morales, con D.N.I. nº 78.723.051, por presunta infracción administrativa del artículo 65.6, apartado a), del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, significándoles que, el expediente, para su examen y conocimiento íntegro de la resolución reseñada, se encuentran a su disposición en las dependencias del Servicio de Seguridad Ciudadana y Vial y Movilidad, sitas en la Avda. Tres de Mayo, nº 85, Entresuelo, donde podrán comparecer en horario de 08,30 a 13,00 horas de lunes a viernes, por sí o por medio de representante acreditado, y para aportar cuantas alegaciones o proponer las pruebas que estimen oportunas, en un plazo de veinte (20) días naturales a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el Tablón Edictal Único (TEU) del Boletín Oficial del Estado. El escrito de alegaciones se presentará en el Negociado de Disciplina Vial del Servicio de Seguridad Ciudadana y Vial y Movilidad, sito en la Avda. Tres de Mayo, nº 79, Bajo, en cualquiera de los Registros Generales de este Excmo. Ayuntamiento y en los previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debiendo indicarse en el mismo el número de expediente. En Santa Cruz de Tenerife, a 9 de septiembre de 2015. El Jefe del Servicio de Seguridad Ciudadana y Vial y Movilidad, Miguel Ángel García de León. AGULO ANUNCIO 87778196 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias, y de lo estipulado en el artículo 46 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, por la presente intereso la publicación de la resolución de la Alcaldía nº 342/2015, en la cual decreta resulto en el Decreto del anuncio. Por Resolución de Alcaldía nº 354/2015 de fecha 10/09/2015 se aprobó la Resolución cuya parte dispositiva se transcribe parcialmente: «Decreto 354/2015. Considerando que corresponde a los Tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a este para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519221 Considerando que durante el periodo comprendido del 11 al 15 de septiembre de 2015, ambos incluidos, la Sra. Alcaldesa se encontrará ausente del Municipio. Las solicitudes de subvención, conforme al modelo oficial establecido, y junto a la documentación requerida, deberán presentarse en: Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, - Registro General del Ayuntamiento de Alajeró, en la Oficina Municipal de Playa de Santiago y en cualquier otro de los señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Resuelvo: Primero. Delegar en Dña. Ángeles Jesús Febles Martín la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el periodo del 11 al 15 de septiembre de 2015, ambos inclusive, por ausencia de la Sra. Alcaldesa. (…)” Lo que remito se publica, a los efectos oportunos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. En Agulo, a 10 de septiembre de 2015. La Alcaldesa, Rosa María Chinea Segredo. ALAJERÓ ANUNCIO 87788068 Subvenciones para las ayudas al transporte fuera de la isla. Habiéndose aprobado por Resolución de la Alcaldía de fecha 9 de septiembre de 2015 las “Bases que han de regir la concesión de subvenciones o ayudas económicas al transporte para los estudios presenciales que deban realizarse fuera de la isla para el curso escolar 2015/2016”, por el presente se abre convocatoria pública para presentación de solicitudes por un plazo de dos meses, a contar desde el siguiente día al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, por los conductos que a continuación se especifican. Las aludidas bases y solicitudes se encuentran a disposición de los interesados en el Registro General del Ayuntamiento, Oficina Municipal de Playa de Santiago y en la sede electrónica del Ayuntamiento en la siguiente dirección: https://sedeelectronica. ayuntamientoalajero.es/. En Alajeró, a 9 de septiembre de 2015. El Alcalde, Manuel Ramón Plasencia Barroso. ANUNCIO 87798069 Subvenciones para la adquisición de libros de texto. Habiéndose aprobado por Resolución de la Alcaldía de fecha 9 de septiembre de 2015 las “Bases que han de regir la concesión de subvenciones o ayudas para la adquisición de libros de texto para los alumnos que cursen enseñanzas del Segundo Ciclo de Educación Infantil en centros educativos de Alajeró durante el curso 2015/2016”, por el presente se abre convocatoria pública para presentación de solicitudes por un plazo de un mes, a contar desde el siguiente día al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, por los conductos que a continuación se especifican. Las solicitudes de subvención, conforme al modelo oficial establecido, y junto a la documentación requerida, deberán presentarse en: - Registro General del Ayuntamiento de Alajeró, en la Oficina Municipal de Playa de Santiago y en cualquier otro de los señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 19222 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 Las aludidas bases y solicitudes se encuentran a disposición de los interesados en el Registro General del Ayuntamiento, Oficina Municipal de Playa de Santiago y en la sede electrónica del Ayuntamiento en la siguiente dirección: https://sedeelectronica. ayuntamientoalajero.es/. En Alajeró, a 9 de septiembre de 2015. El Alcalde, Manuel Ramón Plasencia Barroso. ANUNCIO 87808187 El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 04 de septiembre de 2015, acordó la aprobación provisional de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Suministro de Agua Potable, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete el expediente a información pública para que en el plazo de 30 días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo, no se hubiesen presentado reclamaciones o sugerencias, se entenderá aprobado definitivamente dicho acuerdo provisional, de conformidad con el art. 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. En Alajeró, a 11 de septiembre de 2015. El Alcalde acctal., Nicolás R. Rodríguez Montesinos. GRANADILLA DE ABONA ANUNCIO 87818173 Vistos los expedientes iniciados en virtud de solicitud de Prestación Canaria de Inserción a nombre de los titulares que a continuación se señalan, y con números de expediente señalados, se le requiere para que el plazo de 10 días contados desde el día siguiente de la presente publicación para que subsane dicha solicitud presentando la documentación requerida: EXPEDIENTE NOMBRE Y APELLIDOS DOCUMENTACION REQUERIDA PCI2012TF01190 Fadoua Aamri Solicitud desistimiento voluntario Transcurrido el plazo indicado sin que se hayan recibido los datos y/o documentos solicitados, se le tendrá por desistido de su petición, procediéndose al archivo de sus solicitud previa resolución (art. 71 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, art. 12.2 de La Ley 1/2007, de 17 de enero por el que se regula la Prestación Canaria de Inserción y art. 12.1 del Decreto 136/2007, de 24 de mayo, que la desarrolla. Asimismo se recuerda el deber de comunicar al Ayuntamiento cualquier variación personal o familiar, económica o patrimonial que, de acuerdo con la presente Ley, pudiera dar lugar a modificación, suspensiones o extinciones de la prestación, en el plazo máximo de un mes desde que se produzca. Así como la comunicación de cambio de domicilio, de vivienda o alojamiento de cualquier miembro de la unidad de convivencia. Granadilla de Abona, a 07 de septiembre de 2015. Alcalde Presidente, Francisco Jaime González Cejas. Concejalía de Educación ANUNCIO 87828234 Mediante el presente, para general conocimiento de los interesados, se hace público que el Ilustre Ayuntamiento de Granadilla de Abona, en fecha 17 de septiembre de 2015, aprobó las bases generales para la Concesión de Subvenciones con destino a Centros de Educación Pública no Universitaria y Ampas del municipio. A tal efecto, las Bases generales se encuentran a disposición de los interesados en el Área de Educación del Ayuntamiento, en el tablón de anuncios del mismo y en su Sede Electrónica. De conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el procedimiento se iniciará de oficio mediante convocatoria, aprobada por el órgano Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519223 competente, que se publicará en el tablón de anuncios y en la página web municipal. El plazo de presentación de solicitudes se especificará en la convocatoria correspondiente. En Granadilla de Abona, a 17 de septiembre de 2015. La Concejal Delegada de Educación, Georgina Molina Jorge. GUÍA DE ISORA en el artículo 116 de la Ley 4/1999 de 13 de enero, que modifica la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente. Lo que se anuncia de conformidad con lo preceptuado en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, para que sirva de notificación en forma a los titulares de los vehículos señalados. Concejalía de Seguridad Ciudadana En Guía de Isora, a 22 de julio de 2015. Policía Local ANUNCIO 87838181 D. Pedro Manuel Martín Domínguez, Alcalde Presidente del Ayto. de Guía de Isora (Tenerife). Hace saber: que habiéndose intentado la notificación en el domicilio indicado por el interesado sin buen fin, se precede a través del presente anuncio a la notificación de los siguientes deudores por el siguiente concepto: vehículos abandonados en la vía pública. EXP. 13/2015 07/2015 14/2015 PROPIETARIO FUNCAT PRIMERO ANDREW JAMES PARK JEAN TURNER MATRICULA TF1570BB TF5431BC 3310FZC MARCA SEAT CITROEN SKODA MODELO IBIZA C-15 FABIA Por medio de la presente se le requiere para que se haga cargo del mismo, abonando las tasas correspondientes. Transcurridos quince días, después de la notificación del presente escrito sin que fuera atendido, se procederá a su tratamiento como residuo sólido urbano. Contra el presente Decreto podrá interponer Recurso Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, podrá interponer Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación, ante el mismo órgano que dictó el acto de conformidad con lo previsto El Alcalde-Presidente, Pedro Manuel Martín Domínguez. Secretaría ANUNCIO 87848194 Dando cumplimiento a lo que dispone el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público que por delegación expresa de esta Alcaldía, por ausencia, asumirá las funciones de Alcaldesa Accidental de la Corporación, la Primera Teniente de Alcalde, Dña. Raquel Gutiérrez García, desde el día 7 al 11 de septiembre de 2015, ambos incluidos. En Guía de Isora, a 16 de septiembre de 2015. El Alcalde, Pedro M. Martín Domínguez. EL ROSARIO ANUNCIO 87858168 Por el Sr. Concejal Delegado de Hacienda, en el día de la fecha se ha dictado Decreto nº 71, inscrito en el Libro de Resoluciones nº 20, Folios 193 al 193, que es del siguiente tenor literal: 19224 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 “Visto expediente incoado por el Negociado de Rentas y Exacciones del Ayuntamiento de El Rosario, relativo a la aprobación del Padrón de la tasa por suministro de agua a domicilio correspondiente al 3º bimestre 2015 de este municipio. Considerando que el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, establece la posibilidad de notificación colectiva de las liquidaciones para los tributos de cobro periódico por recibo, entre los cuales se encuentra el relacionado anteriormente. En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente Dispongo: Primero.- Aprobar las liquidaciones de las deudas tributarias de la Tasa por Suministro de Agua a Domicilio del periodo: 3º bimestre del ejercicio 2015, correspondiente al resto del municipio, siendo el importe total de las citadas liquidaciones los que se señalan a continuación: Suministro de agua Nº de recibos 5.7315 Total deuda 275.656,58 euros Segundo.- Hacer pública la presente resolución mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y proceder a la exposición en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento por el plazo de quince días hábiles, contados a partir de dicha publicación, a los efectos de la notificación colectiva de liquidaciones tributarias prevista en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.” Contra la presente resolución se podrá formular ante el Sr. Concejal Delegado de Hacienda del Ilustre Ayuntamiento de El Rosario, con carácter preceptivo, el Recurso de Reposición previo al ContenciosoAdministrativo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de finalización del periodo de exposición pública de esta lista cobratoria, sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que se estime procedente. Dado en El Rosario, a 9 de septiembre de 2015. El Concejal Delegado de Hacienda, Decreto nº 3 17/06/15, Libro 12 folios 6 a 10, Jacinto José Correa Perdomo. ANUNCIO 87868241 Visto acuerdo adoptado por el Pleno Extraordinario celebrado el día catorce de mayo de dos mil quince, previo dictamen de la Comisión Informativa de Servicios Generales y Económicos, en relación a la modificación del acuerdo de condiciones de trabajo entre el Ayuntamiento de El Rosario y los Funcionarios de la Policía Local respecto del artículo 7 de Jornada de trabajo y horario, inscrito en la Dirección General de Trabajo de Consejería de Empleo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias en fecha de 24 de julio de 2015 y que a continuación se transcribe: “Primero.- Aprobar la modificación del acuerdo sobre las condiciones de trabajo entre el Ilustre Ayuntamiento de El Rosario y los funcionarios de la Policía Local del municipio referido al artículo 7, Jornada de Trabajo y Horario, en los términos de lo acordado en las reuniones de la Mesa General de Negociación celebradas el 20 y 23 de abril de 2015, según actas firmadas, siendo la nueva redacción del artículo 7 la siguiente: “Artículo 7º.- Jornada de trabajo y horario. 1ª.- La jornada laboral se realizará por cada funcionario en uno de los cuatro grupos establecidos, con arreglo a los siguientes turnos: Turno mañana-tarde (M) con horario (entre las 08:00 hasta las 19:00 hora). El horario del turno de mañana durante el periodo escolar será de 7:30 hasta las 19:00 horas. Turno tarde-noche (TN) con horario (entre las 15:00 hasta las 01:00) La secuencia será por cada grupo de trabajo de forma continua dos mañanas-tardes y dos tardes noches, con saliente y tres días libres. Para el desarrollo de tales turnos serán considerados hábiles los siete días de la semana, pues así lo demandan las necesidades de la seguridad ciudadana. Todos y cada uno de los integrantes del Cuerpo se integrarán en alguno de los turnos mencionados, de tal manera que cada uno de ellos tenga un número similar de agentes y oficiales. Los cambios de turno que pudieran solicitarse por los agentes deberán ser autorizados por el Subinspector Jefe, o quien desempeñe sus funciones en ese momento; la solicitud Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519225 deberá realizarse con al menos cinco días de antelación, y la denegación que pudiera acordarse deberá ser motivada y notificada por escrito por escrito con dos días de antelación. En la prestación de dichos servicios se permitirá un margen de tolerancia de entrada y salida de (5) minutos, salvo (causa mayor) o necesidades urgentes del servicio. Los funcionarios que pudieran prestar servicio exclusivo como notificadores, lo harán en los mismos días de trabajo que el resto de los funcionarios del Iltre. Ayuntamiento de El Rosario, siendo las jornadas laborales de 07.45 h a 15,15 h, de lunes a viernes, así como durante dos sábados al mes de 08.00 h a 13.00 h. Todos los meses se colocará en el tablón de órdenes de la Jefatura, el correspondiente cuadrante mensual de servicio, que equivaldrá a cuatro semanas. Los turnos cambiaran de forma rotativa, entre todos los componentes de la plantilla, a excepción de los agentes que desempeñen las tareas de notificaciones. Dicho cuadrante deberá quedar expuesto en dicho tablón diez días antes de que finalice el mes anterior. Los servicios se realizaran en parejas, quedando exceptuado de ellos los servicios de notificadores e informes, salvo que se acuerde otra cosa con los representantes legales de los policías y previa aceptación de éstos. Los miembros de la plantilla de policía local con 55 años o más o los que por razones de salud, según dictamen médico así lo requiriesen no prestaran servicios nocturnos, siempre que ellos lo soliciten. 2º.- Todas las horas que con ocasión de necesidades adicionales (fiestas, eventos, contingencias, etc) el funcionario policial trabaje con carácter voluntario por encima de los turnos ordinarios establecidos, tendrán la consideración a todos los efectos de jornada extraordinaria, y como tal será retribuida con la gratificación correspondiente que en ningún caso podrá ser fija en su cuantía ni periódicas en su devengo y se retribuirá conforme a la formula que mas adelante se expondrá, por coste de hora extraordinaria. 3º.- Dentro de la jornada de trabajo laboral el policía dispondrá de media hora de descanso, además del tiempo previsto para comer que se computará como tiempo de trabajo efectivo y que será en el turno de mañana-tarde de dos horas, siendo éste entre las 17:00 a 19:00 horas y en el turno de tarde noche de una hora y media, siendo éste entre las 15:00 a 16:30 horas, de esta forma quedan cubiertas las necesidades del servicio que se presta al ciudadano. 4º.- Cuando por causas derivadas de su trabajo, el funcionario de policía local tuviese que asistir a juicio, comisaría o cualquier otro centro oficial, fuera de su jornada de trabajo, se compensará a lección del mismo con un día libre o con la percepción de una retribución económica de 30 euros, sea cual sea el lugar en que se lleve a cabo la misma. 5º.- Los días libres elegidos por la asistencia, será previa autorización de su superior y respetando siempre las necesidades del servicio, debiendo ser toda denegación motivada. 6º.- El funcionario de policía local que realice su jornada de servicio en el turno de noche y al día siguiente deba acudir al Juzgado u otro organismo oficial, podrá rebajar en al menos dos horas, si el servicio lo permite la finalización de su jornada de trabajo.” Segundo.- Remitir a la Dirección General de Trabajo a efectos de su publicación.” Lo que se hace público para general conocimiento, en El Rosario, a 15 de septiembre de 2015. El Alcalde-Presidente, Escolástico Gil Hernández. SAN ANDRÉS Y SAUCES ANUNCIO 87878176 Por resolución del día de la fecha, esta Alcaldía ha designado a la Primer Teniente de Alcalde, Doña María Fania Hernández Medina, para que se haga cargo de la Alcaldía de esta Corporación, con carácter accidental, durante los días 16, 17 y 18 de septiembre actual. San Andrés y Sauces, a 14 de septiembre de 2015. El Alcalde Francisco Javier Paz Expósito. 19226 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 ANUNCIO 87888190 De acuerdo con lo establecido en el artículo 154.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, se da cuenta de la adjudicación, por esta Alcaldía, del contrato administrativo para la ejecución de obras, cuyos datos a continuación se especifican: Adjudicatario: Construcciones Antonio Rodríguez Martín La Palma, S.L. Importe: ciento cuarenta mil, ciento ochenta y seis euros, con noventa y dos céntimos de euro (140.186,92 €), y nueve mil ochocientos trece euros, con ocho céntimos de euro (9.813,08 €) de Impuesto General Indirecto Canario. Obras: “Centro de Día y de la Tercera Edad, 12 Fase”. San Andrés y Sauces, a 11 de septiembre de 2015. Fecha de la resolución de adjudicación: 10 de julio de 2015. La Alcaldesa acctal., María Fania Hernández Medina. SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA Área de Hacienda y Servicios Económicos Servicio de Presupuestos ANUNCIO 87898185 Acuerdo adoptado por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 10 de septiembre de 2015: “Primero.- Rectificar el acuerdo adoptado por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria, celebrada el día 31 de julio de dos mil quince, relativo a la aprobación de la modificación presupuestaria nº 34/2015 modalidad Crédito Extraordinario y Suplemento de Crédito, de forma que: En la parte resolutiva: Donde dice: (…) CRÉDITO EXTRAORDINARIO: Aplicación Presupuestaria Concepto 160 13300 60900 Obras e Infraestructuras – Ordenación Tráfico y estacionamiento – Acondicionamiento aparcamiento calle Las Quinteras 190 16400 62201 Servicios Municipales – Cementerios – Construcción baños Cementerio de Valle de Guerra 190 16400 60900 Servicios Municipales – Cementerios – Otras invers. nuevas en infraestruc. y bs. destinados al uso gral. 191 17200 62400 Medio Ambiente – Protec. y mejora medio ambiente – Inv. nueva Elementos de transporte 193 31100 62400 Sanidad – Protec. salubrid. Pública – Inv. nueva Elementos de transporte 193 31100 62500 Sanidad – Protec. salubrid. Pública – Inv. nueva Mobiliario 193 31100 62300 Sanidad – Protec. salubrid. Pública – Inv. nueva maquinaria, instalaciones y utillaje TOTAL Importe € 300.000,00 25.000,00 25.000,00 20.000,00 19.500,00 5.000,00 10.500,00 380.000,00 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519227 (…) Debe decir: (…) CRÉDITO EXTRAORDINARIO: Aplicación Presupuestaria Concepto Obras e Infraestructuras – Ordenación Tráfico y estacionamiento – Acondicionamiento aparcamiento calle Las 160 13300 60900 Quinteras 190 16400 62201 Servicios Municipales – Cementerios – Construcción baños Cementerio de Valle de Guerra 193 31100 62400 Sanidad – Protec. salubrid. Pública – Inv. nueva Elementos de transporte 191 17200 62400 193 31100 62500 193 31100 62300 Medio Ambiente – Protec. y mejora medio ambiente – Inv. nueva Elementos de transporte Sanidad – Protec. salubrid. Pública – Inv. nueva Mobiliario Sanidad – Protec. salubrid. Pública – Inv. nueva maquinaria, instalaciones y utillaje TOTAL Importe € 300.000,00 25.000,00 20.000,00 19.500,00 5.000,00 10.500,00 380.000,00 (…) Segundo.- Mantener el resto del acuerdo en su totalidad. Tercero.- Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia anuncio de la rectificación del acuerdo adoptado por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 31 de julio de 2015 de aprobación de la modificación presupuestaria nº 34/2015 modalidad crédito extraordinario y suplemento de crédito.” San Cristóbal de La Laguna, a 11 de septiembre de 2015. La Teniente de Alcalde de Hacienda y Servicios Económicos, María Candelaria Díaz Cazorla. SANTIAGO DEL TEIDE ANUNCIO 87908229 Con fecha 30 de junio de 2015 se ha adoptado en sesión extraordinaria del Pleno del Ayuntamiento de la Villa Histórica de Santiago del Teide el siguiente acuerdo: Primero: De conformidad con lo dispuesto en el art. 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, modificada por Ley 11/1999, de 21 de abril, de las competencias que corresponden al Pleno enumeradas en el art. 22.2 de la citada norma delegar en la Junta Local de Gobierno las siguientes atribuciones: a) El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la Corporación en materias de competencia plenaria. b) La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento. c) La contratación de operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico, exceda del 10% de los recursos ordinarios del presupuesto, salvo las de la tesorería que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15% de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. d) La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y aún cuando no estén previstos en los presupuestos. 19228 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 e) Las demás que expresamente le confieren las leyes, que tengan la condición de delegables y/o no requieran un quórum cualificado para adoptar resoluciones. Segundo: Todas estas delegaciones se realizan conservando el Pleno las competencias que ostenta para avocarlas y revocarlas Tercero: Publicar anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife y el tablón de anuncios del Ayuntamiento sobre el contenido de dichas delegaciones al objeto de su público conocimiento. Igualmente, se hace público que la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de la Villa Histórica de Santiago del Teide, en su sesión ordinaria celebrada el 14 de septiembre de 2015, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 114.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aceptó expresa y formalmente la delegación de atribuciones conferida a la Junta de Gobierno Local por su Pleno Corporativo en sesión extraordinaria celebrada el día 30 de junio de 2015, en los términos establecidos en el referido acuerdo plenario. Lo que se hace público para general conocimiento. En Santiago del Teide, a 15 de septiembre de 2015. El Secretario General, Argeo M. Tosco García. VALLEHERMOSO ANUNCIO 87918204 De conformidad con el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, se da publicidad al Decreto de esta Alcaldía, del tenor siguiente: “Decreto nº 247/15.- Por Decreto de esta Alcaldía número 211/15, de 06 de agosto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.3, de la Ley 7/85, de 02 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, 32 de la Ley 07/15, de 01 de abril de los Municipios de Canarias y 43.2 y 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, se delegaron en la Junta de Gobierno Local, determinadas atribuciones. No obstante, se considera que, para una mayor agilidad en la gestión, resulta preciso que algunas de las atribuciones sean asumidas por el Concejal de Área, competente por razón de la materia, Don Ramiro Coello Luis Concejal Delegado del Área de Servicios. En consecuencia, resuelvo: Primero.- Revocar la Delegación efectuada en la Junta de gobierno Local, de las siguientes competencias: a) El otorgamiento de licencias para la conexión a la red de agua potable municipal, su baja y la autorización para el cambio de titularidad. b) El otorgamiento de licencias para la conexión a la red de saneamiento municipal, su baja y la autorización para el cambio de titularidad. c) La aprobación de liquidaciones de derechos que se practiquen en relación con licencias y autorizaciones señaladas en los apartados anteriores. Segundo.- De conformidad con el artículo 43.3 del referido Reglamento, se delegan en el Primer Teniente de Alcalde, como Concejal Delegado del Área de Servicios, las atribuciones antes señaladas y, además, las autorizaciones de altas, bajas y cambios de titularidad de cualesquiera otros servicios municipales. Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, estas delegaciones tendrán efectos desde el día siguiente al del presente Decreto, sin perjuicio de la potestad de avocación de la Alcaldía. Cuarto.- Dar cuenta de lo dispuesto en el presente Decreto en la próxima sesión que celebre la Junta de Gobierno Local. Quinto.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la fecha del presente Decreto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519229 Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre. Vallehermoso, a 15 de septiembre de 2015. El Alcalde-Presidente, Emiliano Coello Cabrera. Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente, recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contenciosoadministrativo, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativa, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente, o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. Vallehermoso, a 16 de septiembre de 2015. El Alcalde-Presidente, Emiliano Coello Cabrera. VALLE GRAN REY ANUNCIO 87928219 En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2014, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes. En Valle Gran Rey, a 14 de septiembre de 2015. El Alcalde-Presidente, Ángel M. Piñero Cruz. VILAFLOR ANUNCIO 87938171 El Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 10 de septiembre de 2015, adoptó acuerdo relativo a la Propuesta de modificación de dedicaciones parciales, del siguiente tenor literal: A.3).- Modificación de la dedicación de Concejales delegados: Se da cuenta de la propuesta de la Alcaldesa del siguiente tenor literal: “Doña Agustina Beltrán Cano, Alcaldesa-Presidenta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre (R.O.F.) y visto el respectivo expediente, así como la Legislación vigente que resulta de aplicación, somete a la Corporación la siguiente proposición: Al Pleno de la Corporación Municipal: Visto el informe de Secretaría-Intervención de 30 de junio de 2015. Considerando que el artículo 75.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen local, prevé el desempeño de los cargos con dedicación parcial, por realizar funciones de presidencia, vicepresidencia u ostentar delegaciones, o desarrollar responsabilidades que así lo requieran, quienes percibirán retribuciones por el tiempo de dedicación efectiva a las mismas, en cuyo caso serán igualmente dados de alta en el Régimen de la Seguridad Social por tal concepto. Considerando: que a tenor de la normativa legal de aplicación, corresponde al pleno corporativo a propuesta de la presidencia, dentro de la consignación global contenida en el presupuesto, la determinación de los cargos de la Corporación que puedan desempeñarse en régimen de dedicación exclusiva y en régimen de dedicación parcial, y por tanto con derecho a retribución, así como las cuantías que correspondan a cada uno en atención a su grado de responsabilidad. Primero: teniendo en consideración que el Ayuntamiento pleno en sesión extraordinaria celebrada el pasado día 9 de julio de 2015, adoptó acuerdo relativo al reconocimiento de dedicación parcial a Concejales y sus retribuciones. 19230 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 Las retribuciones propuestas para la Concejala Delegada de Cultura, Educación, Igualdad de Género, Servicios Sociales, Transporte, Patrimonio Histórico, Actividades Clasificadas y Espectáculos Públicos: Doña Montserrat del Carmen González Hernández, fueron las siguientes: La Corporación acuerda por unanimidad aprobar la propuesta en la forma en que ha sido presentada y que se actúe en consecuencia”. Dedicación parcial de 18,50 horas semanales, que podrán ser prestadas en horario de mañana o tarde. Retribución bruta anual por todos los conceptos 17.330,64 euros, distribuidos en doce mensualidades. A propuesta del Concejal Delegado de Hacienda Don Luciano Marrero García se acuerda por unanimidad fijar la asistencia a plenos para los Concejales sin dedicación en veinte euros (20,00 euros). Sin embargo en la práctica, las horas de dedicación inicialmente establecidas han resultado insuficientes para el normal funcionamiento de los servicios delegados. En su consecuencia se propone a la Corporación establecer para dicha Concejala delegada una dedicación parcial de 30 horas semanales más acordes con la realidad de su dedicación, que podrán ser prestadas en horario de mañana o tarde, manteniendo la retribución bruta anual por todos los conceptos de 17.330,64 euros, distribuidos en doce mensualidades. El presente acuerdo se fijará en el tablón de anuncios municipal y se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia. Las retribuciones propuestas para el Concejal Delegado de Consumo, Protección Civil y Seguridad Ciudadana, Obras y Servicios: Don Víctor Álvarez Moreno, fueron las siguientes: Dedicación parcial de 20,62 horas semanales, que podrán ser prestadas en horario de mañana o tarde. Retribución bruta anual por todos los conceptos 19.372,64 euros, distribuidos en catorce mensualidades. Como en el caso anterior, la realidad del ejercicio de la dedicación, se ha impuesto sobre lo inicialmente aprobado, por lo que se propone a la Corporación establecer para dicho Concejal delegado una dedicación parcial de 30 horas semanales más acordes con la realidad de su dedicación, que podrán ser prestadas en horario de mañana o tarde, manteniendo la retribución bruta anual por todos los conceptos de 19.372,64 euros, distribuidos en catorce mensualidades. Segundo: el presente acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento. Tercero: los efectos la modificación de la dedicación parcial aprobados, serán a partir del día siguiente de la adopción del presente acuerdo. Asistencias: en la sesión extraordinaria de fecha 9 de julio de 2015, no se trató el presente asunto. Lo que se hace público para general conocimiento. Vilaflor, a 14 de septiembre de 2015. La Alcaldesa, Agustina Beltrán Cano.- El Secretario, Fernando Bellosillo Goyoaga. ANUNCIO 87948172 Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 10 de septiembre de 2015, se aprobó inicialmente el expediente de crédito Extraordinario nº 4/2015. Rehabilitación del Molino de Agua, y Mejora de las Condiciones de Accesibilidad y Ambientales, efectuándose las modificaciones que a continuación se indican: Crédito extraordinario: Ejercicio 2015: Aplicación Presupuestaria 336 619 Rehabilitación del Molino de Agua Crédito Extraordinario 82.886,55 euros Financiación: Baja en la aplicación presupuestaria 929 500 “Fondo de contingencia”: 19.071,33 euros. 761 del Cabildo Molino de Agua: 63.815,22. De conformidad con lo establecido en el artículo 177,2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, en relación con el artículo 169 del citado texto, se expone Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519231 al público durante el plazo de quince días hábiles, durante los cuales se admitirán reclamaciones ante la Corporación en Pleno, que dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. En el supuesto de que no sea presentada reclamación alguna contra esta aprobación inicial, el expediente se considerará aprobado con carácter definitivo. Todos los interesados podrán examinar el Expediente en la Secretaría de este Ayuntamiento en horario de atención al público. Vilaflor, a 14 de septiembre de 2015. La Alcaldesa, Agustina Beltrán Cano.- El Secretario, Fernando Bellosillo Goyoaga. ANUNCIO 87958207 Intentada la notificación individual del acto administrativo sin que se hubiera podido practicar, con base a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el siguiente anuncio: Acto Administrativo Resolución del Alcalde nº 122/2015, de 29 de junio, Cambio de titularidad de licencia urbanística. Interesado: Don Miguel Ángel Moreno García. Procedimiento Administrativo: cambio de titularidad. Intentos de notificación: Correo certificado de 29 de junio de 2015. Correo certificado de 24 de julio de 2015. Para conocer el contenido íntegro del acto administrativo, el interesado deberá dirigirse a la Secretaría del Ayuntamiento de Vilaflor, sito en la Plaza D. Pérez Cáceres 1. Vilaflor. Santa Cruz de Tenerife. Vilaflor, a 16 de septiembre de 2015. La Alcaldesa, Agustina Beltrán Cano. VILLA DE BREÑA BAJA Gabinete Técnico Municipal NOTIFICACIÓN 87968192 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifica a D./D.ª Salvador García Santos, como colindante y con domicilio desconocido, que por D./D.ª Joshep Michael Töpper con fecha 14 de julio de 2015, solicita alteración de los datos catastrales concernientes a sus bienes inmuebles urbanos y/o rústicos. El presente anuncio, que no contiene el texto íntegro del acuerdo al estimarse que pudieran concurrir las circunstancias del artículo 61 de la citada Ley 30/1992, se publica para que sirva de notificación al interesado y pueda personarse en las dependencias de este Ayuntamiento de Breña Baja en el plazo de (10) diez días para conocimiento del texto íntegro del acuerdo. Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer, potestativamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14 de enero de 1999) recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, a partir de la fecha de notificación del mismo, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses desde su notificación, previa la comunicación a la Alcaldía, exigida por el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime pertinente para la defensa de sus derechos. El presente anuncio se publica para que sirva de notificación al interesado. En Breña Baja, a 16 de septiembre de 2015. El Alcalde. 19232 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 VILLA DE CANDELARIA EDICTO 87978205 De conformidad con lo dispuesto en los artículos 95.4 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de resolución de los expedientes sancionadores por supuesta infracción al Reglamento General de Circulación que se indican, instruidos por el Inspector Jefe de la Policía Local del Ilustre Ayuntamiento de Candelaria a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido llevar practicar. Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Multas del Ilustre Ayuntamiento de Candelaria. Visto que notificada la incoación de expediente no ha sido presentada alegación ninguna al respecto, por lo que la misma deviene en propuesta de resolución, así como el resto de antecedentes que obran en el expediente. El Inspector Jefe de la Policía Local eleva a la consideración del Concejal Delegado de Policía y Tráfico la siguiente propuesta: Primera: Imponer a los denunciados la sanción indicada por la cuantía que se señala, al estimar acreditados los hechos que se señalan en los correspondientes expedientes sancionadores. Segundo: La sanción deberá hacerse efectiva dentro de los 15 días siguientes a la fecha de su firmeza administrativa, transcurridos los cuales sin haberse satisfecho, se exigirá por vía ejecutiva según el artículo 21 del Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobada por RD 320/1994 de 25 de febrero, incrementada con el recargo de apremio, y en su caso, los correspondientes intereses de demora. Tercero: De se traslado a los denunciados advirtiéndoles de los recursos a que haya lugar. Vistas las actuaciones practicadas así como el contenido de las propuestas que se contienen en los informes elevados por la Jefatura de la Policía Local y que constan en el expediente, y en uso de las facultades que me confieren los artículos 7 y 68.2 del RDL 339/1990 de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a Motor y Seguridad Vial y de conformidad con lo que determina el artículo 15 del RD 320/1994 de 25 de febrero, por lo que se aprueba su Reglamento de Procedimiento Sancionador. Resolución: Vista la propuesta anterior, de acuerdo a la Delegación concedida por Decreto 2350/2011 de fecha 13 de junio de 2011, este Concejal Delegado de Policía y Tráfico, en uso de las atribuciones que le están legalmente conferidas, eleva a Resolución las propuestas contenidas en la resolución de expedientes anteriormente transcrita”. Contra esta resolución puede interponerse recurso de reposición ante el órgano que la dictó, previo al contencioso administrativo, en el plazo de un mes a contar desde la recepción de la presente notificación. Si transcurriese un mes desde la interposición del recurso de reposición sin haberse resuelto este, podrá considerar el mismo desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de los seis meses siguientes ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife o en su caso y a su elección, ante el de igual clase de la demarcación de su domicilio. Contra la presente resolución también puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente del recibo de la presente notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, o en su caso y a su elección, ante el de igual clase de la demarcación de su domicilio, o cualquier otro recurso que estime procedente o conveniente. Tercero: De se traslado a los denunciados advirtiéndoles de los recursos a que haya lugar. Vistas las actuaciones practicadas así como el contenido de las propuestas que se contienen en los informes elevados por la Jefatura de la Policía Local y que constan en el expediente, y en uso de las facultades que me confieren los artículos 7 y 68.2 del RDL 339/1990 de 2 de Marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a Motor y Seguridad Vial y de conformidad con lo que determina el artículo 15 del RD 320/1994 de 25 de febrero, por lo que se aprueba su Reglamento de Procedimiento Sancionador. RESOLUCIÓN: Vista la propuesta anterior, de acuerdo a la Delegación concedida por Decreto 2350/2011 de fecha 13 de junio de dos mil once, este Concejal Delegado de Policía y Tráfico, en uso de las atribuciones que le están legalmente conferidas, eleva a Resolución las propuestas contenidas en la resolución de expedientes anteriormente transcrita". Contra esta resolución puede interponerse recurso de reposición ante el órgano que la dictó, previo al contencioso administrativo, en el plazo de un mes a contar desde la recepción de la presente notificación. Si transcurriese un mes desde la interposición del recurso de reposición sin haberse resuelto éste, podrá considerar el mismo desestimado e interponer recurso contencioso- administrativo en el plazo de los seis meses siguientes ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Santa Cruz de Tenerife o en su caso y a su elección, ante el de igual clase de la demarcación de su domicilio. Contra la presente resolución también puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente del recibo de la presente notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, o en su caso y a su elección, ante el de igual clase de la demarcación de su domicilio, o cualquier otro recurso que estime procedente o conveniente. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519233 Expediente Interesado Dirección Denuncia Importe Matrícula Precepto 2015-000008 VALENTE HERNÁNDEZ ANGELICA RBLA MENCEYES (LOS) 1 209 EDIF. GABRIELA 1 38530 CANDELARIA SANTA CRUZ DE TENERIFE 15-12-2014 80,00 6274HHH CIR/91/1/5D 2015-000055 SOTO LOHRUM FRANCISCO JOSE C/ HORTENSIA 10 38109 ROSARIO (EL) SANTA CRUZ DE TENERIFE 09-12-2014 200,00 8943GDH CIR/94/2A/5 2015-000062 GOMEZ OLMEDO ENRIQUE LOS PINOS 2 P03 B 29012 MÁLAGA MALAGA 18-12-2014 200,00 7485DVF CIR/94/2G/5 2015-000084 GARCIA GONZALEZ JUAN CLAUDIO STA MARIA DEL MAR BLQ 15 Nº 10 15 P10 38111 SANTA CRUZ DE TENERIFE SANTA CRUZ DE TENERIFE 26-12-2014 90,00 6193CGX CIR/94/2C/5 2015-000129 ALMAZAN COLOMER MIGUEL URB. BRITO 17 38530 CANDELARIA SANTA CRUZ DE TENERIFE 21-01-2015 200,00 6992FYJ CIR/94/2A/5 2015-000130 IZQUIERDO CRUZ MIGUEL CALLE VENCE 18 38530 CANDELARIA SANTA CRUZ DE TENERIFE 21-01-2015 200,00 8298BMN CIR/94/2A/5 2015-000133 ANDRADE DOMINGUEZ JUAN CARLOS CALLE ALMIRANTE GRAVINA 5 P02 D 38500 GÜÍMAR SANTA CRUZ DE TENERIFE 19-01-2015 80,00 0762GDD CIR/171/-/5A 2015-000136 HERNANDEZ SIVERIO MARIA PILAR SAN BENITO E MARACAIBO 7 . 38410 REALEJOS (LOS) SANTA CRUZ DE TENERIFE 23-01-2015 200,00 8435CRY CIR/94/2E/5 2015-000137 FERNANDEZ PADILLA ENRIQUE CALLE TENESOR 14 18 ACORAN 38111 SANTA CRUZ DE TENERIFE SANTA CRUZ DE TENERIFE 22-01-2015 90,00 6617GLV CIR/94/2A/5 2015-000149 BRD INVERSIONES, SLU APTOS.TRES CARABELAS 45 B 38530 CANDELARIA SANTA CRUZ DE TENERIFE 02-01-2015 200,00 TF8944BP CIR/94/2A/5 2015-000152 VIÑOLY HERNANDEZ JONATHAN CTRA GENERAL DEL SUR 5 23-01-2015 100,00 9486FSB CIR/50/1/5K KM 9 Ilustre Ayuntamiento de Candelaria 38290 ROSARIO (EL) SANTA CRUZ DE TENERIFE E D I C T O Fecha: Página: 14-09-2015 2 Expediente Interesado Dirección Denuncia Importe Matrícula 2015-000159 PEREZ HERNANDEZ FRANCISCO YERAY BARRIADA SAN JOSÉ 51 Blq: 4 7 LAS DELICIAS 38010 SANTA CRUZ DE TENERIFE SANTA CRUZ DE TENERIFE 01-02-2015 80,00 3608DPS CIR/154/-/5B 2015-000169 ROMERO GAVARRI JAVIER CALLE BATAYOLA 17 Pt: 9 P03 IZDA 38530 CANDELARIA SANTA CRUZ DE TENERIFE 24-02-2015 90,00 2820FYR CIR/94/2C/5 2015-000170 LUENGO SIMON EZEQUIEL PORTUGAL 18 P00 IZDA 38530 CANDELARIA SANTA CRUZ DE TENERIFE 03-02-2015 200,00 TF3380BT CIR/94/2E/5 2015-000171 DOMINGUEZGUANCHE ANGEL DAVID CALLE JUAN EL CAPE PESCADOR 0008 0018 38530 CANDELARIA SANTA CRUZ DE TENERIFE 03-02-2015 200,00 TF4916AH CIR/143/1/5A 2015-000172 DOMINGUEZGUANCHE ANGEL DAVID CALLE JUAN EL CAPE PESCADOR 0008 0018 38530 CANDELARIA SANTA CRUZ DE TENERIFE 03-02-2015 200,00 TF4916AH CIR/3/1/5B 2015-000177 JIMENEZ PLAZA MARIA DEL PILAR AVDA MARITIMA 44 Blq: 1 P06 64 EDF. MARA I 38530 CANDELARIA SANTA CRUZ DE TENERIFE 01-02-2015 200,00 TF3196BV CIR/94/2A/5 2015-000180 RODRIGUEZ MENDEZ NOELIA AVDA REMEDIOS (LOS) 34 P04 15 38410 REALEJOS (LOS) SANTA CRUZ DE TENERIFE 08-02-2015 80,00 6462FWV CIR/171/-/5A 2015-000190 HERRERAGONZALEZ ABDON FANFANI LUGAR VALLE CRISPIN 2 MARÍA JIMENEZ 38180 SANTA CRUZ DE TENERIFE SANTA CRUZ DE TENERIFE 27-10-2014 500,00 TF036613 2015-000193 GORDILLO ESQUIVEL MOISES CTRA AFARO-MALPAIS 4 38550 ARAFO SANTA CRUZ DE TENERIFE 06-02-2015 90,00 TF4272BU 2015-000199 QUEVEDO RODRIGO EGOITZ CALLE QUEVEDO 5 P03 5 38005 SANTA CRUZ DE TENERIFE SANTA CRUZ DE TENERIFE 08-02-2015 200,00 7902CPY CIR/91/2/5G 2015-000214 RODRIGUEZ HERRERA MARA LUNA AVDA MARITIMA 29 Blq: C3 P04 43 NAIGUATA 38530 CANDELARIA SANTA CRUZ DE TENERIFE 26-02-2015 200,00 TF8850BL CIR/94/2A/5 2015-000219 CASTRO CASTRO ANTONIO RAMON PRIMERA TRANSVERSAL DE AMANCE 10 DCHA 38530 CANDELARIA SANTA CRUZ DE TENERIFE 19-02-2015 200,00 9627BJW CIR/167/-/5A 2015-000235 SAT N NUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA L G ANCON S/N S/N 38500 GÜÍMAR SANTA CRUZ DE TENERIFE 27-02-2015 80,00 0851CWY CIR/154/-/5B 2015-000246 ROTERS SERGIY VIA CABILDO DEL . 38520 CANDELARIA SANTA CRUZ DE TENERIFE 10-03-2015 90,00 1395HBX CIR/94/2C/5 2015-000258 OVIEDO PINTO FLORIVEL JOHANN AVDA MARITIMA 2 25 EDIFICIO MARA I 38530 CANDELARIA SANTA CRUZ DE TENERIFE 03-03-2015 200,00 3559HCN CIR/94/2A/5 Ilustre Ayuntamiento de Candelaria a 14 de septiembre de 2015 Ilustre Ayuntamiento de Candelaria, a 14 de septiembre de 2015. Concejal de la Policia Local, Tráfico y Protección Civil Concejal de la Policía Local, Tráfico y Protección Civil. SERVICIO DE PUBLICACIÓN E INFORMACIONES CONSEJERIA DE PRESIDENCIA E INNOVACIONES TECNOLOGICAS Precepto CIR/3/1/5A CIR/94/2F/5A 19234 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 EDICTO Transcurrido dicho plazo sin que haya hecho uso 87988206 del derecho para formular alegaciones y/o aportar o De conformidad con lo dispuesto en los artículos proponer pruebas, se dictarán las oportunas resoluciones por el Sr. Concejal de la Policía Local, Tráfico 95.4 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de y Protección Civil. Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se hace pública De hallarse conforme con la denuncia y proceda al notificación de iniciación de los expedientes sancionaabono en los veinte primeros días contados desde el dores por supuesta infracción al Reglamento General de siguiente al de la publicación de este anuncio, puede Circulación que se indican, instruidos por el Inspector beneficiarse de una reducción del 50% de la cuantía Jefe de la Policía Local del Ilustre Ayuntamiento de de la multa. Candelaria a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentitular del vehículo, debidamente requerido para Ayuntamiento deEl Candelaria tado la notificación en el último domicilio Ilustre conocido, ello, tiene el deber de identificar al conductor responE D I C T O ésta no se ha podido llevar practicar. sable de la infracción (DNI y domicilio) en el plazo de veinte días contados a partir de la notificación de De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 95.4 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Los correspondientes expedientes obran en el NegoProcedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de iniciación de los expedientes sancionadores por infracción aldicha Reglamentoobligación General la denuncia. Sisupuesta incumple sin causa de Circulación que se indican, instruidos por el Inspector Jefe de la Policía Local del Ilustre Ayuntamiento de Candelaria a las personas o entidades denunciadas ciado de Multas del Ilustre Ayuntamiento de Candelaque a continuación se relacionan , ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido llevar practicar. justificada será sancionado pecuniariamente como ria, asistiéndole el derecho deobran alegar por escrito loIlustre queAyuntamientoautor Los correspondientes expedientes en el Negociado de Multas del de Candelaria, asistiéndole el derechocuya de alegar sanción por escrito lo que de falta grave, seenimpondrá en su su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del Plazo de VEINTE DIAS (20) días naturales, en su defensa estimen conveniente, con aportación contados desde el siguiente al de la publicación del presente Boletín Oficial deola Provincia. máxima cuantía. En los mismos términos responderá Transcurrido dicho plazo sin que haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, se dictarán las oportunas resoluciones por proposición deConcejal las pruebas queTráfico consideren oportunas, el Sr. De La Policia Local, Y Protección Civil. el titular cuando no sea posible notificar la denuncia De hallarse conforme con la denuncia y proceda al abono en los veinte primeros días contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio, puede dentro del plazo de veinte (20) días naturales, contados al conductor que aquel identifique, por causa impubeneficiarse de una reducción del 50% de la cuantía de la multa. El titular del vehículo , debidamente requerido para ello, tiene el deber de identificar al conductor responsable de la infracción (DNI y domicilio) en el plazo de desde el siguiente al ade delSipresente table a dicho titularpecuniariamente (artículocomo 72.3 339/90 de 2 veinte días contados partirla de lapublicación notificación de la denuncia. incumple dicha obligación sin causa justificada será sancionado autorRDL de falta grave, cuya sanción se impondrá en su máxima cuantía. En los mismos términos responderá el titular cuando no sea posible notificar la denuncia al conductor Boletín Oficial de la Provincia. de marzo). que aquel identifique, por causa imputable a dicho titular (artículo 72.3 rdl 339/90 de 2 de marzo). EXPEDIENTE INTERESADO DIRECCIÓN DENUNCIA IMPORTE MATRÍCULA PREC. INFR. 2015-000441 CASQUERO ALFARO LUIS YERAY CALLE ARGUAMA 1 112 EDIF. EL CARMEN 38530 CANDELARIA SANTA CRUZ DE TENERIFE 04-05-2015 2015-000446 MELIAN PACHECO IVAN MARCOS CALLE BAILEN 8 P02 IZDA TIO PINO 38009 SANTA CRUZ DE TENERIFE SANTA CRUZ DE TENERIFE 07-05-2015 1.000,00 0162FYM CIR/20/1/5I 2015-000450 ALAMAN CITOLER MANUEL JAVIER AVDA MARITIMA 29 Pt: C2 P01 11 EDF. NAIGUATA 38530 CANDELARIA SANTA CRUZ DE TENERIFE 13-05-2015 200,00 1891DJT CIR/94/2A/5 2015-000482 PEREZ GONZALEZ JOSE LUIS CALLE PORTUGAL 10 A9 EDIF. MARLISA, TABAIBA BAJA 38190 ROSARIO (EL) SANTA CRUZ DE TENERIFE 24-05-2015 200,00 4029BSJ CIR/94/2A/5 2015-000490 BRITO HERRERA MARIA ISABEL RBLA MENCEYES (LOS) 14 Pt: C 11 38530 CANDELARIA SANTA CRUZ DE TENERIFE 03-06-2015 200,00 2691FFC CIR/91/2/5G 2015-000500 ZAMORA CEJAS JOHANNA AVDA MARITIMA 38 504 EDIF. RODAOLA 38530 CANDELARIA SANTA CRUZ DE TENERIFE 08-06-2015 200,00 2174CSG CIR/94/2E/5 2015-000508 MAMIRE INTERNACIONAL, S.L. CALLE ALICANTE 14 38005 SANTA CRUZ DE TENERIFE SANTA CRUZ DE TENERIFE 24-05-2015 200,00 TF2776BL CIR/94/2A/5 2015-000562 GONZÁLEZ HERNÁNDEZ MARIA DEL MAR LOS BANQUITOS 9 P00 LAS ERAS 38570 FASNIA SANTA CRUZ DE TENERIFE 10-06-2015 200,00 8990GMW CIR/167/-/5A 2015-000652 FREIRE FERREIRO FRANCISCO CALLE CRUGIOLA 0001 Blq: 01 P06 B 38530 CANDELARIA SANTA CRUZ DE TENERIFE 07-07-2015 80,00 0840FKV CIR/94/2C/5 2015-000658 ESTUDIOS COMERCIALES FREETIME SL AVDA BRUSELAS (DE) TR A 18 CC SAN MIGUEL 38670 ADEJE SANTA CRUZ DE TENERIFE 20-07-2015 80,00 4919FLR CIR/171/-/5A 2015-000680 RODRIGUEZ ARMAS SERAFIN CALLE GRECO (EL) 14 1 ANDENES 38108 SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA SANTA CRUZ DE TENERIFE 18-07-2015 80,00 5786FCC CIR/171/-/5A 2015-000683 RODRIGUEZ AMATE JOSE LUIS URB GRAMAL CALLE C S/N 8 38108 SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA SANTA CRUZ DE TENERIFE 17-07-2015 80,00 0427FSS CIR/170/-/5B 2015-000684 FERRER HERNÁNDEZ DIONISIO CALLE SAN NICOLAS 1 P00 DCHA SAN MATIAS 38108 SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA SANTA CRUZ DE TENERIFE 17-07-2015 80,00 0555BWC CIR/94/2A/5 2015-000699 CELSO HERNANDEZ ORIHUELA LUIS MANUEL AVDA LIBERTAD (LA) 3 P01 D EDIF. CAMARÓN 38108 SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA SANTA CRUZ DE TENERIFE 15-07-2015 80,00 C5596BSB CIR/154/-/5B 2015-000707 RODRIGUEZ MARTIN FRANCISMAR CALLE GUACIMARA 4 AVDA. GENETO C/ GUACIMARA 38296 SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA SANTA CRUZ DE TENERIFE 01-08-2015 200,00 1713FBL 200,00 6910BLV CIR/94/2A/5 CIR/117/1/5B MAR LAS ERAS 38570 FASNIA SANTA CRUZ DE TENERIFE 2015-000652 FREIRE FERREIRO FRANCISCO CALLE CRUGIOLA 0001 Blq: 01 P06 B 38530 CANDELARIA SANTA CRUZ DE TENERIFE 2015-000658 2015-000680 07-07-2015 80,00 0840FKV CIR/94/2C/5 ESTUDIOS COMERCIALES FREETIME SL AVDA BRUSELAS (DE) TR A 18 CC SAN MIGUEL 38670 ADEJE SANTA CRUZ DE TENERIFE 20-07-2015 80,00 4919FLR CIR/171/-/5A RODRIGUEZ ARMAS SERAFIN CALLE GRECO (EL) 14 1 ANDENES 38108 SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA SANTA CRUZ DE TENERIFE 18-07-2015 80,00 5786FCC CIR/171/-/5A URB GRAMAL CALLE C S/N 8 38108 SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA SANTA CRUZ DE TENERIFE 17-07-2015 Ilustre Ayuntamiento de Candelaria Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519235 2015-000683 RODRIGUEZ AMATE JOSE LUIS EXPEDIEN 2015-000684INTERESADO FERRER HERNÁNDEZ DIONISIO 2015-000717 MARK GONZALEZ DANIEL 2015-000699 2015-000774 2015-000707 2015-000792 CELSO HERNANDEZ ORIHUELA LUIS MANUEL LUENGO SIMON EZEQUIEL RODRIGUEZ MARTIN FRANCISMAR E D I C T O DIRECCIÓN CALLE SAN NICOLAS 1 P00 DCHA SAN MATIAS CALLE VICTOR ZURITA SOLER S/N 38108 JACARANDA, SAN CRISTÓBAL DE LA8B LAGUNA EDIF. APTO. SANTAARONA CRUZ DE TENERIFE 38660 SANTA CRUZ DE TENERIFE AVDA LIBERTAD (LA) 3 P01 D EDIF. CAMARÓN PORTUGAL 18 P00 IZDA 38108 SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA 38530 CANDELARIA SANTA CRUZ DE TENERIFE SANTA CRUZ DE TENERIFE CALLE GUACIMARA 4 YOUSSEF PERDOMO MARIA MERCEDES CTRA SUR S/N AVDA. GENERAL GENETO C/DEL GUACIMARA 1 4 B AIRÁN 38296 SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA 38107 CRUZ DE TENERIFE SANTASANTA CRUZ DE TENERIFE SANTA CRUZ DE TENERIFE Fecha: 80,00 0427FSS Página: 14/09/2015 CIR/170/-/5B 2 DENUNCIA IMPORTE MATRÍCULA PREC. INFR. 17-07-2015 80,00 0555BWC CIR/94/2A/5 31-07-2015 15-07-2015 80,00 C5596BSB 17-07-2015 01-08-2015 80,00 4933DHW CIR/154/-/5B 200,00 TF3380BT 200,00 6910BLV 24-07-2015 CIR/154/-/5B CIR/117/1/5A CIR/117/1/5B 200,00 9049GZK CIR/94/2A/5 Ilustre Ayuntamiento de Candelaria Ilustre Ayuntamiento de Candelaria a 14 de septiembre de 2015 E D I C T O Fecha: Página: Concejal de la Policia Local, Tráfico y Protección Civil INTERESADO DIRECCIÓN 2015-000717 EXPEDIEN MARK GONZALEZ DANIEL CALLE VICTOR ZURITA SOLER S/N EDIF. JACARANDA, APTO. 8B 38660 ARONA SANTA CRUZ DE TENERIFE DENUNCIA IMPORTE MATRÍCULA 2015-000774 LUENGO SIMON EZEQUIEL 2015-000792 YOUSSEF PERDOMO MARIA MERCEDES CTRA GENERAL DEL SUR S/N 1 4 B AIRÁN 38107 SANTA CRUZ DE TENERIFE SANTA CRUZ DE TENERIFE 31-07-2015 14/09/2015 2 PREC. INFR. 80,00 4933DHW CIR/154/-/5B 17-07-2015 18 P00 IZDA 200,00 TF3380BT SERVICIO DEPORTUGAL PUBLICACIÓN E INFORMACIONES 38530 CANDELARIA SANTA CRUZ DE TENERIFE CONSEJERIA DE PRESIDENCIA E INNOVACIONES TECNOLOGICAS CIR/117/1/5A 24-07-2015 200,00 9049GZK CIR/94/2A/5 Ilustre Ayuntamiento de Candelaria a 14 de septiembre de 2015 Ilustre Ayuntamiento de Candelaria, a 14 de septiembre de 2015. Concejal de la Policia Local, Tráfico y Protección Civil Concejal de la Policía Local, Tráfico y Protección Civil. SERVICIO DE PUBLICACIÓN E INFORMACIONES CONSEJERIA DE PRESIDENCIA E INNOVACIONES TECNOLOGICAS VILLA DE GARAFÍA ANUNCIO DE APROBACIÓN INICIAL 87998232 El Pleno del Ayuntamiento de Villa de Garafía, en sesión Ordinaria celebrada el día 6 de agosto de 2015, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos en la modalidad de crédito extraordinario financiado mediante anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, con el siguiente resumen por capítulos: Altas en Aplicaciones de Gastos Aplicación PresuN.º Descripción Euros puestaria Progr. Económica Acondicionamiento del Centro de Maduración y Comercialización de Quesos 62204 9330 de San Antonio del Monte 8.000,00 € Señalización de zonas costeras de 60903 4590 interés 3.000,00 € TOTAL GASTOS 11.000,00 € Esta modificación se financia con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, en los siguientes términos: Bajas o anulaciones en concepto de ingresos Aplicación PresuN.º Descripción puestaria Progr. Económica Polideportivo Cubierto de Santo Do62202 9330 mingo / Gestión del patrimonio TOTAL INGRESOS Euros 11.000,00 € 11.000,00 € Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. 19236 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo. En Villa de Garafía, a 18 de septiembre de 2015. Alcalde-Presidente, Martín Elías Taño García. ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA 88008242 En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 23 de julio de 2015, sobre el expediente de modificación de créditos nº 809/2015, que se hace público resumido por capítulos: Altas en Aplicaciones de Gastos. Aplicación Presupuestaria Progr. Económica 62203 9330 Nº Descripción Acondicionamiento de aseos del Kiosco de Plaza Las Tricias TOTAL GASTOS Euros 3.600,00 € 3.600,00 € Esta modificación se financia con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, en los siguientes términos: Bajas o anulaciones en concepto de ingresos Aplicación Presupuestaria N.º Descripción Euros Progr. Económica Polideportivo Cubierto de Santo 62202 9330 Domingo/Gestión del patrimonio 3.600,00 € TOTAL INGRESOS 3.600,00 € Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado. En Villa de Garafía, a 18 de septiembre de 2015. Alcalde-Presidente, Martín Elías Taño García. VILLA DE LA MATANZA DE ACENTEJO ANUNCIO 88018193 Por resolución de la Concejalía de Hacienda nº 193/15 de fecha 14 de septiembre de 2015, ha sido aprobado el Padrón la Tasa por utilización privativa o aprovechamientos especiales dominio público, por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías, correspondiente al ejercicio de 2014 lo que por medio del presente se hace público a efectos de que durante el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente al de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, puede observarse el citado padrón y presentar las reclamaciones u observaciones que se estimen pertinentes. En la Villa de La Matanza de Acentejo, a 14 de septiembre de 2015. El Secretario-Interventor, Jesús Ruiz Ruiz. VILLA DE MAZO ANUNCIO 88028180 En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Villa de Mazo, adoptado en fecha 30 de julio de 2015, sobre transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, que se hace público resumido por capítulos: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519237 Presupuesto de gastos. Financiación del suplemento de crédito. Altas en aplicaciones de gastos. Capítulo II VI Descripción Gastos corrientes en bienes y servicios Inversiones reales TOTAL GASTOS Euros 77.749,38 € 46.239,45 € 123.988,83 € Bajas en aplicaciones de gastos. Capítulo Descripción VI Inversiones reales TOTAL GASTOS Euros 123.988,83 € 123.988,83 € Villa de Mazo. DENOMINACIÓN Activos Financieros IMPORTE 563.031,43 € Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 171.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. La Victoria de Acentejo, a 15 de septiembre de 2015. El Alcalde-Presidente, José Fermín Correa Martín. El Alcalde (firmado digitalmente). VILLA DE LA VICTORIA DE ACENTEJO ANUNCIO 53/2015 88038182 El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria de fecha trece de agosto de dos mil quince, aprueba inicialmente el expediente de modificación de crédito nº: 10/2015 por suplemento de crédito, financiados con Remanente de Tesorería. Transcurridos los quince días de exposición pública, de conformidad con el artículo 177.2 y 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y no habiéndose presentado reclamación alguna al mismo, se entiende definitivamente aprobado y se hace público su resumen por Capítulos de conformidad con el artículo 169.3 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. El resumen por Capítulos presenta el siguiente detalle: ANUNCIO 54/2015 88048182 El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria de fecha trece de agosto de dos mil quince, aprueba inicialmente el expediente de modificación de crédito nº: 11/2015, por transferencia de créditos. Transcurridos los quince días de exposición pública, de conformidad con el artículo 177.2 y 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y no habiéndose presentado reclamación alguna al mismo, se entiende definitivamente aprobado y se hace público su resumen por Capítulos de conformidad con el artículo 169.3 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. El resumen por capítulos presenta el siguiente detalle: Transferencia de crédito negativa. CAPÍTULO DENOMINACION 3 Gastos Financieros 9 Pasivos Financieros TOTAL IMPORTE 16.500,00 € 32.500,00 € 49.000,00 € Transferencia de crédito positiva. Suplemento de crédito. CAPÍTULO DENOMINACIÓN 2 Gastos Corrientes en Bienes y Servicios 4 Transferencias Corrientes 6 Inversiones reales TOTAL CAPÍTULO 8 IMPORTE 483.391,01 € 5.000,00 € 74.640,42 € 563.031,43 € CAPÍTULO DENOMINACION Gastos Corrientes en Bienes y 2 Servicios 6 Inversiones Reales TOTAL IMPORTE 16.500,00 32.500,00 49.000,00 € 19238 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 171.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. La Victoria de Acentejo, a 15 de septiembre de 2015. El Alcalde Presidente, José Fermín Correa Martín. IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2 DE SANTA CRUZ DE TENERIFE CÉDULA NOTIFICACIÓN AUTO 88058154 Procedimiento: ejecución de títulos judiciales. Nº procedimiento: 0000074/2015. Proc. origen: Procedimiento Ordinario. Nº proc. origen: 0000771/2013. NIG: 3803844420130005469. Materia: reclamación de cantidad. IUP: TS2015007487. a instancia de D./D.ª Aleksandra Stepaiko, Edmonds Santirs y Karolina Santira contra Robbert Richard Dekker Bar Cafetería Chillin Out y Fondo de Garantía Salarial, se ha dictado Decreto con fecha 07/09/2015, cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente: Parte dispositiva. Se declara al ejecutado Robbert Richard Dekker Bar Cafetería Chillin Out y Fondo de Garantía Salarial en situación de insolvencia con carácter provisional por un importe de 43.077,51 euros y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen bienes del ejecutado. Una vez firme el presente, expídanse los testimonios oportunos para su entrega a la parte actora a los efectos de reclamación al Fogasa, una vez los solicite compareciendo en esta Oficina Judicial para su retirada. Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Expídase testimonio del presente para su unión a los autos, quedando el original en el legajo de Decretos. Modo de impugnación: contra esta resolución cabe interponer recurso de revisión, en el plazo de tres días ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado. Y para que sirva de notificación en legal forma a Robbert Richard Dekker Bar Cafetería Chillin Out, en ignorado paradero, expido la presente para publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado, en Santa Cruz de Tenerife, a 7 de septiembre de 2015. El/la Secretario/a. Abogado: ---. Procurador: ---. D./D.ª Marta Ovelleiro Medina, Secretario Judicial de este Juzgado de lo Social nº 2 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en el procedimiento n° 0000074/2015 en materia de reclamación de cantidad CÉDULA NOTIFICACIÓN AUTO 88068155 Procedimiento: ejecución de títulos judiciales. Nº procedimiento: 0000115/2015. Proc. origen: Procedimiento Ordinario. Nº proc. origen: 0000795/2013. NIG: 3803844420130005651. Materia: reclamación de cantidad. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519239 IUP: TS2015012342. Ejecutante: Mélida Abad Adón. Ejecutado: Restaurante La Playita S.L. Abogado: ---. Procurador: ---. D./D.ª Marta Ovelleiro Medina, Secretario Judicial de este Juzgado de lo Social nº 2 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en el procedimiento nº 0000115/2015 en materia de Reclamación de Cantidad a instancia de D./D.ª Mélida Abad Adón contra Restaurante La Playita S.L., se ha dictado decreto con fecha 07/09/2015, cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente: Parte dispositiva. Se declara al ejecutado Restaurante La Playita S.L. en situación de insolvencia con carácter provisional por un importe de 6.971,49 euros y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen bienes del ejecutado. Una vez firme el presente, expídanse los testimonios oportunos para su entrega a la parte actora a los efectos de reclamación al Fogasa, una vez los solicite compareciendo en esta Oficina Judicial para su retirada. Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Expídase testimonio del presente para su unión a los autos, quedando el original en el legajo de Decretos. Modo de impugnación: contra esta resolución cabe interponer recurso de revisión, en el plazo de tres días ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado. Y para que sirva de notificación en legal forma a Restaurante La Playita, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para publicación en el BOP de este Juzgado, en Santa Cruz de Tenerife, a 7 de septiembre de 2015. El/la Secretario/a. EDICTO 88078156 Procedimiento: ejecución de títulos judiciales. Nº procedimiento: 0000269/2015. Proc. origen: Procedimiento Ordinario. Nº proc. origen: 0000845/2013. NIG: 3803844420130006012. Materia: reclamación de cantidad. IUP: TS2015026477. Ejecutante: Atilano David Cabrera Ramos. Ejecutado: Internacional Automóviles S.L. Abogado: ---. Procurador: ---. D.ª Mercedes Guerrero Rodríguez, Secretario Judicial de este Juzgado de lo Social nº 2 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en el procedimiento nº 0000269/2015 en materia de reclamación de cantidad a instancia de D. Atilano David Cabrera Ramos, contra Internacional Automóviles S.L., se ha dictado Auto y Decreto con fecha 1 de septiembre de 2015, cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente: Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancia de D. Atilano David Cabrera Ramos contra Internacional Automóviles S.L., por un principal de 9.124,35 euros, más 1.450 euros de intereses provisionales y de costas provisionales. Practíquese por la Sra. Secretaria Judicial las actuaciones previstas en los arts. 248 y ss. de la LRJS. Se autoriza solicitar información patrimonial del ejecutado a la Administración Tributaria. Modo de impugnación.- Recurso de reposición en el plazo de tres días ante este órgano, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido, en el que podrá deducir oposición a la ejecución aduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de responsabilidad (art. 239.4 LRJS). 19240 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el Banco Santander c/c 3795/0000/64/0269/15; para el supuesto de ingreso por transferencia bancaria, deberá realizarse la misma al siguiente número de cuenta: IBAN ES55 0049 3569 0092 005001274. Así se acuerda, manda y firma por Dña. Rosa María Reyes González, Magistrado Juez del nombre órgano de Santa Cruz de Tenerife. Doy fe. Se decreta: Despachar la ejecución instada, contra la empresa Internacional Automóviles S.L., por la suma de 9.124,35 euros de principal, más la suma de 1.450 euros que se calculan provisionalmente para costas. Así lo acuerdo y firmo Dña. Marta Ovelleiro Medina, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Social nº 2. Doy fe. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado. Y para que sirva de notificación en legal forma a Internacional Automóviles S.L. en ignorado paradero, expido la presente para publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, en Santa Cruz de Tenerife, a 3 de septiembre de 2015. La Secretaria. EDICTO 88088157 Procedimiento: ejecución de títulos judiciales. Nº procedimiento: 0000278/2015. Proc. origen: Procedimiento Ordinario. Nº proc. origen: 0000074/2014. - Recábese información, a través del Punto Neutro Judicial, de las bases de datos de las entidades y organismos a que este Juzgado tiene acceso y que deban tener constancia de bienes o derechos susceptibles de embargo, y líbrese otros despachos que resulten necesarios a otros Organismos a fin de que remita/n a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada: Internacional Automóviles S.L. NIG: 3803844420140000545. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma. Procurador: ---. Modo de impugnación: contra esta resolución cabe interponer recurso de revisión, en el plazo de tres días ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el Banco Santander c/c 3795/0000/64/0269/15; para el supuesto de ingreso por transferencia bancaria, deberá realizarse la misma al siguiente número de cuenta: IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274. Materia: reclamación de cantidad. IUP: TS2015027450. Ejecutante: Antonio Manuel Cabrera Oval. Ejecutado: Montajes Eléctricos JJ, S.A. Abogado: ---. D.ª Mercedes Guerrero Rodríguez, Secretario Judicial de este Juzgado de lo Social nº 2 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en el procedimiento Ejecución n° 0000278/2015 en materia de reclamación de cantidad a instancia de D. Antonio Manuel Cabrera Oval contra Montajes Eléctricos JJ S.A., se ha dictado Auto y Decreto con fecha 1 de septiembre de 2015, cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente: Por presentado el anterior escrito de fecha 24 de julio de 2015, únase, dese a la copia su destino legal. Se despacha ejecución a instancia de D. Antonio Manuel Cabrera Oval contra Montajes Eléctricos JJ S.A., por un principal de 14.469,95 euros, más 2.315 euros de intereses y de costas provisionales. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519241 Dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte ejecutante de conformidad con lo preceptuado en el art. 276 LRJS a fin de que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar bienes concretos del ejecutado/a sobre los que continuar la ejecución, lo que deberán verificar en el plazo de quince días bajo apercibimiento de que en caso de no manifestar nada al respecto se procederá a dictar la insolvencia de la ejecutada. Modo de impugnación.- Recurso de reposición en el plazo de tres días ante este órgano, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido, en el que podrá deducir oposición a la ejecución aduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de responsabilidad (art. 239.4 LRJS). Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el Banco Santander c/c 3795/0000/64/0278/15; para el supuesto de ingreso por transferencia bancaria, deberá realizarse la misma al siguiente número de cuenta: IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274. Así lo acuerda, manda y firma por Dña. Rosa María Reyes González, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social nº 2 de Santa Cruz de Tenerife. Doy fe. Se decreta despachar la ejecución instada y el embargo de bienes y derechos de la parte ejecutada: Montajes Eléctricos JJ S.A., en cantidad suficiente a cubrir 14.469,95 euros en concepto de principal, más 2.315 euros, que se presupuestan para intereses y costas de esta ejecución, sin perjuicio de ulterior liquidación. La empresa ejecutada ha sido declarada insolvente por Decreto de fecha 12 de febrero de 2015, dictada en los autos de ejecución núm. 166/14, del Juzgado de lo Social núm. 7 de Santa Cruz de Tenerife. Óigase al Fondo de Garantía Salarial y al ejecutante, por plazo de quince días, para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes del deudor de que tengan constancia y con su resultado se acordará. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma. Modo de impugnación: contra esta resolución cabe interponer recurso de revisión, en el plazo de tres días ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el Banco Santander c/c 3795/0000/64/0278/15; para el supuesto de ingreso por transferencia bancaria, deberá realizarse la misma al siguiente número de cuenta: IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274. Así lo acuerdo y firmo, Dña. Marta Ovelleiro Medina, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Social nº 2. Doy fe. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado. Y para que sirva de notificación en legal forma a Montajes Eléctricos JJ S.A. en ignorado paradero, expido la presente para publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, en Santa Cruz de Tenerife, a 3 de septiembre de 2015. La Secretaria. EDICTO 88098158 Procedimiento: ejecución de títulos judiciales. Nº procedimiento: 0000180/2015. Proc. origen: despidos/ceses en general. Nº proc. origen: 0000135/2014. NIG: 3803844420140001009. Materia: despido disciplinario. IUP: TS2015018179. Ejecutante: Blanca Alicia Marrero de Dios. 19242 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 Ejecutado: Tohqi Europa S.L. Abogado: ---. Procurador: ---. D./D.ª Mercedes Guerrero Rodríguez, Secretario Judicial de este Juzgado de lo Social nº 2 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en el procedimiento Ejecución nº 0000180/2015 en materia de despido disciplinario a instancia de D./D.ª Blanca Alicia Marrero de Dios, contra Tohqi Europa S.L., por S.S.ª se ha dictado Auto con fecha 2 de septiembre de 2015, cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente: No ha lugar a despachar ejecución contra la entidad Tohqi Europa S.L., sin perjuicio de poder hacer valer su derecho la parte actora ante el órgano competente. CÉDULA NOTIFICACIÓN AUTO 88108159 Procedimiento: ejecución de títulos judiciales. Nº procedimiento: 0000204/2015. Proc. origen: Procedimiento Ordinario. Nº proc. origen: 0000028/2014. NIG: 3803844420140000204. Materia: reclamación de cantidad. IUP: TS2015020419. Ejecutante: Carmelo Hipólito Hernández Díaz. Procédase al archivo de la presente, previa anotación en los libros de su clase. Ejecutado: Inmobiliaria Tinerfeña S.A.U.; Fondo de Garantía Salarial FOGASA. Modo de impugnación.- Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días ante este órgano, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido. Abogado: José Enrique Hernández Hernández. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el Banco Santander c/c Cuenta Corriente; para el supuesto de ingreso por transferencia bancaria, deberá realizarse la misma al siguiente número de cuenta: IBAN Código Juzgado. Así lo acuerda, manda y firma D./Dña. Rosa María Reyes González, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social nº 2 de Santa Cruz de Tenerife. Doy fe. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado. Y para que sirva de notificación en legal forma a Tohqi Europa S.L. en ignorado paradero, expido la presente para publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, en Santa Cruz de Tenerife, a 2 de septiembre de 2015. La Secretaria. Procurador: ---. D./D.ª Marta Ovelleiro Medina, Secretario Judicial de este Juzgado de lo Social nº 2 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en el procedimiento n° 0000204/2015 en materia de Reclamación de Cantidad a instancia de D./D.ª Carmelo Hipólito Hernández Díaz contra Inmobiliaria Tinerfeña S.A.U. y Fondo de Garantía Salarial FOGASA, se ha dictado Auto y decreto con fecha 07/09/2015, cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente: Parte dispositiva. Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancia de D./Dña. Carmelo Hipólito Hernández Díaz contra Inmobiliaria Tinerfeña S.A.U. y Fondo de Garantía Salarial FOGASA, por un principal de 3.533,02 euros, más 565,28 euros de intereses provisionales y de costas provisionales. Se autoriza solicitar información patrimonial del ejecutado a la Administración Tributaria. Modo de impugnación.- Recurso de reposición en el plazo de tres días ante este órgano, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido, en el que podrá deducir oposición a la ejecución aduciendo pago o cumplimiento, prescripción u Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519243 otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de responsabilidad (art. 239.4 LRJS). Decreto: Parte dispositiva. Se dicta orden general de ejecución y se despacha la misma contra Inmobiliaria Tinerfeña S.A.U. y Fondo de Garantía Salarial FOGASA en cantidad suficiente a cubrir la suma de 3.533,02 euros de principal, más 565,28 euros para intereses y costas que se presupuestan para intereses y costas de esta ejecución, sin perjuicio de ulterior liquidación. Y para que sirva de notificación en legal forma a Inmobiliaria Tinerfeña S.A.U. en ignorado paradero, expido la presente para publicación en el BOP, en Santa Cruz de Tenerife, a 7 de septiembre de 2015. El/la Secretario/a. CÉDULA NOTIFICACIÓN AUTO 88118160 Procedimiento: ejecución de títulos judiciales. Nº procedimiento: 0000337/2014. Procédase sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes y derechos de la parte ejecutada Inmobiliaria Tinerfeña S.A.U. y Fondo de Garantía Salarial FOGASA, en cantidad suficiente para cubrir dichas sumas. Proc. origen: despidos/ceses en general. Y a tal efecto, recábese información, a través del Punto Neutro Judicial, de las bases de datos de las entidades y organismos a que este Juzgado tiene acceso y que deban tener constancia de bienes o derechos susceptibles de embargo, procediéndose desde ahora sobre los más realizables que resulten de la consulta, guardándose el orden fijado en la Ley y librándose los despachos que resulten necesarios para la anotación del embargo y las retenciones dinerarias que procedan. Materia: despido disciplinario. Hágase saber al deudor que puede evitar el embargo si efectúa el pago de las cantidades reclamadas ingresándolas en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Santander si es por transferencia al número de cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, incluyendo en el apartado de observaciones el número de cuenta del Juzgado 3795 0000 64 0204 15 Ejecución de títulos judiciales, 0000204/2015, Cuenta Corriente. Notifíquese la presente resolución a Inmobiliaria Tinerfeña S.A.U., Fondo de Garantía Salarial FOGASA y Carmelo Hipólito Hernández Díaz. Nº proc. origen: 0000006/2014. NIG: 3803844420140000035. IUP: TS2014031995. Ejecutante: José Manuel Fernández Martínez. Ejecutado: Invernaderos San Isidro S.L.U. Abogado: ---. Procurador: ---. D./D.ª Marta Ovelleiro Medina, Secretario Judicial de este Juzgado de lo Social nº 2 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en el procedimiento n° 0000337/2014 en materia de Despido disciplinario a instancia de D./D.ª José Manuel Fernández Martínez contra Invernaderos San Isidro S.L.U., se ha dictado Auto y decreto con fecha 07.09.2015, cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente: Parte dispositiva. Modo de impugnación: contra esta resolución cabe interponer recurso de revisión, en el plazo de tres días ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido. Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancia de D./Dña. José Manuel Fernández Martínez contra Invernaderos San Isidro S.L.U., por un principal de 23.675,94 euros, más 3.788,13 euros de intereses provisionales y la de costas provisionales. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado. Se autoriza solicitar información patrimonial del ejecutado a la Administración Tributaria. 19244 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 Practíquense por el/la Sr. /Sra. Secretario/a Judicial las actuaciones previstas en los art. 247 y concordantes de la L.R.J.S. Modo de impugnación.- Recurso de reposición en el plazo de tres días ante este órgano, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido, en el que podrá deducir oposición a la ejecución aduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de responsabilidad (art. 239.4 LRJS). Decreto: Parte dispositiva. Se dicta orden general de ejecución y se despacha la misma contra Invernaderos San Isidro S.L.U. en cantidad suficiente a cubrir la suma de 23.675,94 euros de principal, más 3.788,13 euros para intereses y costas que se presupuestan para intereses y costas de esta ejecución, sin perjuicio de ulterior liquidación. Procédase sin previo requerimiento de pago, al embargo del bienes y derechos de la parte ejecutada Invernaderos San Isidro S.L.U., en cantidad suficiente para cubrir dichas sumas. El embargo de los bienes propiedad de la ejecutada, designados por la ejecutante, en concreto: finca 27136 del Registro de la Propiedad de Granadilla, librándose al efecto los despachos necesarios para su efectividad y decretar hasta cubrir la cantidad total de 27.464,07 € el embargo de cantidades pendientes de devolución al ejecutado por parte de la AEAT, así como de cantidades a la vista en entidades financieras adheridas al Convenio firmado con el CGPJ, a efectuar a través de la aplicación de Cuentas de depósitos y consignaciones. Hágase saber al deudor que puede evitar el embargo si efectúa el pago de las cantidades reclamadas ingresándolas en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Santander si es por transferencia al número de cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, incluyendo en el apartado de observaciones el número de cuenta del juzgado 3795 0000 64 0337 14 Ejecución de títulos judiciales, 0000337/2014, Cuenta Corriente. Notifíquese la presente resolución a José Manuel Fernández Martínez e Invernaderos San Isidro S.L.U. Modo de impugnación: contra esta resolución cabe interponer recurso de revisión, en el plazo de tres días ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado. Y para que sirva de notificación en legal forma a Invernaderos San Isidro S.L.U. en ignorado paradero, expido la presente para publicación en el BOP, en Santa Cruz de Tenerife, a 7 de septiembre de 2015. El/la Secretario/a. CÉDULA NOTIFICACIÓN AUTO 88128161 Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales. N° Procedimiento: 0000226/2015. Proc. origen: Procedimiento ordinario. N° proc. origen: 0000899/2014. NIG: 3803844420140006650. Materia: reclamación de cantidad. IUP: TS2015022932. Demandante: Rosario Ortega Salvador. Demandado: FOGASA; Resmay S.L. Abogado: ---. Procurador: ---. D./D.ª Marta Ovelleiro Medina, Secretario Judicial de este Juzgado de lo Social n° 2 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en el procedimiento n° 0000226/2015 en materia de reclamación de cantidad a instancia de D./D.ª Rosario Ortega Salvador contra FOGASA y Resmay S.L., se ha dictado Auto y decreto con fecha 29/07/2015, cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente: Parte dispositiva. Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancia de D./Dña. Rosario Ortega Salvador contra Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519245 D./Dña. FOGASA y Resmay S.L., por un principal de 16.074,12 euros, más 2.571,85 euros de intereses provisionales y de costas provisionales. Se autoriza solicitar información patrimonial del ejecutado a la Administración Tributaria. Modo de impugnación.- Recurso de reposición en el plazo de tres días ante este órgano, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido, en el que podrá deducir oposición a la ejecución aduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de responsabilidad (art. 239.4 LRJS). Así se acuerda, manda y firma por D./Dña. Rosa María Reyes González, Magistrado Juez del nombre órgano de Santa Cruz de Tenerife. Doy fe. Decreto: Parte dispositiva. Se dicta orden general de ejecución y se despacha la misma contra FOGASA, Jaime Hernández Rivero y Resmay S.L., en cantidad suficiente a cubrir la suma de 16.074,12 euros de principal, más 2.571,85 euros para intereses y costas que se presupuestan para intereses y costas de esta ejecución, sin perjuicio de ulterior liquidación. Procédase sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes y derechos de la parte ejecutada FOGASA y Resmay S.L., en cantidad suficiente para cubrir dichas sumas. Y a tal efecto, recábese información, a través del Punto Neutro Judicial, de las bases de datos de las entidades y organismos a que este Juzgado tiene acceso y que deban tener constancia de bienes o derechos susceptibles de embargo, procediéndose desde ahora sobre los más realizables que resulten de la consulta, guardándose el orden fijado en la Ley y librándose los despachos que resulten necesarios para la anotación del embargo y las retenciones dinerarias que procedan. Hágase saber al deudor que puede evitar el embargo si efectúa el pago de las cantidades reclamadas ingresándolas en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en la entidad Banesto, expresando en el documento de ingreso la siguiente clase del procedimiento y cuenta ejecución de títulos judiciales, 0000226/2015, Cuenta Corriente. Notifíquese la presente resolución a Rosario Ortega Salvador, FOGASA y Resmay S.L. Modo de impugnación: contra esta resolución cabe interponer recurso de revisión, en el plazo de tres días ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado. Y para que sirva de notificación en legal forma a Resmay S.L., en ignorado paradero, expido la presente para publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado, en Santa Cruz de Tenerife, a 7 de septiembre de 2015. El/la Secretario/a. CITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL 88138162 Procedimiento: Procedimiento ordinario. N° Procedimiento: 0000556/2015. NIG: 3803844420150004006. Materia: reclamación de cantidad. IUP: TS2015022444. Demandante: Guacimara del Pilar González Roiz. Demandado: Aberdeen Steak House Dilema Resources S.L. Abogado: ---. Procurador: ---. D./Dña. Marta Ovelleiro Medina, Secretario/a Judicial de este Juzgado de lo Social n° 2 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en los autos seguidos bajo el número 0000556/2015 en materia de reclamación de cantidad a instancia de D./Dña. Guacimara del Pilar González Roiz contra Aberdeen Steak House Dilema Resources S.L., se ha acordado citarle mediante edicto dado su ignorado paradero, para el acto de vista oral que tendrá lugar el próximo día 28 de octubre de 2015 a las 9:20 horas en Avda. Tres de Mayo 24 Santa Cruz de Tenerife, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora 19246 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 de la Jurisdicción Social. Asimismo, se le requiere para que concurra al acto, al efecto de contestar al interrogatorio de preguntas de la contraparte, si así se hubiese interesado, así como para que aporte la documental que se indica en la demanda, cuya admisión se acordó por resolución judicial, haciéndole saber que las copias de la misma se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado. la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Asimismo, se le requiere para que concurra al acto, al efecto de contestar al interrogatorio de preguntas de la contraparte, si así se hubiese interesado, así como para que aporte la documental que se indica en la demanda, cuya admisión se acordó por resolución judicial, haciéndole saber que las copias de la misma se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado. Y para que sirva de citación en legal forma a Aberdeen Steak House Dilema Resources S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, en Santa Cruz de Tenerife, a 7 de septiembre de 2015. Y para que sirva de citación en legal forma a J.L. Gandara y Cía. S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, en Santa Cruz de Tenerife, a 11 de agosto de 2015. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento, El/la Secretario/a Judicial. CITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL 88148163 Procedimiento: Despidos/Ceses en general. El/la Secretario/a Judicial. CITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL 88158164 Procedimiento: Despidos/ceses en general. N° Procedimiento: 0000644/2015. N° Procedimiento: 0000612/2015. NIG: 3803844420150004636. NIG: 3803844420150004416. Materia: resolución contrato. Materia: resolución contrato. IUP: TS2015025960. IUP: TS2015024858. Demandante: Francisco Javier Díaz Gómez. Demandante: Ángel Javier Rodríguez Reyes. Demandado: J.L. Gandara y Cía. S.A.; FOGASA. Demandado: Agustín Izaguirre Anduaga; FOGASA. Abogado: ---. Abogado: ---. Procurador: ---. Procurador: ---. Secretario/a Judicial de este Juzgado de lo Social n° 2 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en los autos seguidos bajo el número 0000644/2015 en materia de resolución contrato a instancia de D./Dña. Francisco Javier Díaz Gómez contra J.L. Gandara y Cía. S.A., se ha acordado citarle mediante edicto dado su ignorado paradero, para el acto de vista oral que tendrá lugar el próximo día 13 de octubre de 2015, a las 11:30 horas advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de Secretario/a Judicial de este Juzgado de lo Social n° 2 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en los autos seguidos bajo el número 0000612/2015 en materia de resolución contrato a instancia de D./Dña. Ángel Javier Rodríguez Reyes contra D./Dña. Agustín Izaguirre Anduaga, se ha acordado citarle mediante edicto dado su ignorado paradero, para el acto de vista oral que tendrá lugar el próximo día 18 de noviembre de 2015 a las 11:30 horas en Avda. Tres de Mayo n° 24, esquina Avda. La Salle, Santa Cruz de Tenerife advirtiéndole Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519247 de lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Asimismo, se le requiere para que concurra al acto, al efecto de contestar al interrogatorio de preguntas de la contraparte, si así se hubiese interesado, así como para que aporte la documental que se indica en la demanda, cuya admisión se acordó por resolución judicial, haciéndole saber que las copias de la misma se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado. Y para que sirva de citación en legal forma a Agustín Izaguirre Anduaga, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, en Santa Cruz de Tenerife, a 7 de septiembre de 2015. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. El/la Secretario/a Judicial. CITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL 88168165 Procedimiento: Despidos/Ceses en general. N° Procedimiento: 0000702/2015. NIG: 3803844420150005021. 2015 a las 11:30 horas en Avda. Tres de Mayo n° 24, esquina Avda. La Salle, Santa Cruz de Tenerife, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Asimismo, se le requiere para que concurra al acto, al efecto de contestar al interrogatorio de preguntas de la contraparte, si así se hubiese interesado, así como para que aporte la documental que se indica en la demanda, cuya admisión se acordó por resolución judicial, haciéndole saber que las copias de la misma se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado. Y para que sirva de citación en legal forma a Encofrados y Estructuras Galvo S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, en Santa Cruz de Tenerife, a 7 de septiembre de 2015. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. El/la Secretario/a Judicial. CÉDULA NOTIFICACIÓN PROVIDENCIA, DILIGENCIAS 88178166 Procedimiento: Procedimiento ordinario. Materia: resolución contrato. N° Procedimiento: 0000078/2015. IUP: TS2015027366. NIG: 3803844420150000549. Demandante: Jesús Adrián Cruz. Materia: reclamación de cantidad. Demandado: Encofrados y Estructuras Galvo S.L.; FOGASA. Abogado: ---. Procurador: ---. Secretario/a Judicial de este Juzgado de lo Social n° 2 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en los autos seguidos bajo el número 0000702/2015 en materia de resolución contrato a instancia de D./Dña. Jesús Adrián Cruz contra Encofrados y Estructuras Galvo S.L., se ha acordado citarle mediante edicto dado su ignorado paradero, para el acto de vista oral que tendrá lugar el próximo día 1 de diciembre de IUP: TS2015002238. Demandante: Santiago Manuel González Alonso. Demandado: Teusad S.L.; Ángel Carmona Calderón; FOGASA. Abogado: ---. Procurador: ---. D./D.ª Marta Ovelleiro Medina, Secretario Judicial de este Juzgado de lo Social n° 2 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en el procedimiento n° 0000078/2015 en materia de reclamación de canti- 19248 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 dad a instancia de D./D.ª Santiago Manuel González Alonso, contra Teusad S.L., Ángel Carmona Calderón y FOGASA, por S.S.ª y por la Secretaria Judicial, se ha dictado providencia y diligencia con fecha de 8/04/2015 y diligencia de fecha 25/06/2015, cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente: Providencia 8/04/2015: “Dada cuenta. Presentado el anterior escrito por la Letrada Dña. Margarita Suárez Delgado, en nombre de la parte actora, únase a los autos de su razón. Se tienen por hechas las manifestaciones en él contenidas y se insta a la parte actora para que a la mayor brevedad informe al juzgado sobre la sentencia que se dicte en el proceso 78/2015 seguido ante el Juzgado Social número 7, atendida la conexión que existe con el presente en cuanto a la existencia de vínculo laboral con las demandadas, base en la que fundamenta su reclamación en los presentes autos. “Diligencia 8/04/2015: “Por recibida la anterior comunicación del Colegio de Abogados, informando a este Juzgado que el demandado D. Ángel Carmona Calderón no ha comparecido para formalizar la solicitud de Asistencia Jurídica Gratuita, únase a los autos de su razón y póngase en conocimiento del demandado para que manifieste lo que a su derecho convenga. “Diligencia 25/06/2015: “recibido el anterior Exhorto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n°1 del Puerto de la Cruz, conteniendo la notificación de la Providencia de fecha 8/04/2015, copia del escrito n°1352/15, D. Ordenación 8/04/2015 y comunicación del ICATF de las partes demandadas ICATF, TEUSAD S.L. y a D. Ángel Carmona Calderón, conforme a lo previsto en el artículo 59 LRJS y 156 LEC, procédase a averiguar el domicilio del demandado por medio de consulta telemática en el Registro Mercantil Central y Punto Neutro del Consejo General del Poder General, y, dando la averiguación resultado, que consta en las actuaciones, requiérase a la parte actora, a fin de que en el plazo de cuatro días aporte nuevo domicilio de la demandada o CIF o DNI de la misma a fin de proceder a una nueva averiguación. Remítase Exhorto al Juzgado Decano del Puerto de la Cruz a fin de proceder a la notificación de la documentación arriba indicada, aportando la dirección que consta en dicha averiguación, esta es C/ Calzada Martiánez 7, Puerto de la Cruz. Asimismo si el exhorto anterior tuviera resultado negativo, el acto de comunicación se practicará según lo establecido en el art. 59.2 de la LJS.” Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juz- gado. Y para que sirva de notificación en legal forma a Teusad S.L. y Ángel Carmona Calderón, en ignorado paradero, expido la presente para publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado, en Santa Cruz de Tenerife, a 7 de septiembre de 2015. El/la Secretario/a. JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 7 DE SANTA CRUZ DE TENERIFE CITACIÓN COMPARECENCIA ART. 280 LRJS 88188252 Procedimiento: ejecución de títulos judiciales. Nº procedimiento: 0000200/2015. Proc. origen: despidos/ceses en general. Nº proc. origen: 0000090/2015. NIG: 3803844420150000631. Materia: resolución contrato. IUP: TS2015027351. Ejecutante: María Josefa Brito Rodríguez. Ejecutado: Montserrat Sánchez Castro; Anthony Hans. FOGASA: Fondo de Garantía Salarial. Abogado: ---. Procurador: ---. Doña Belén Ruiz Ferrer, Secretario Judicial de este Juzgado de lo Social nº 7 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en los autos de referencia Ejecución de títulos judiciales nº 200/2015, seguidos a instancia del ejecutante doña María Josefa Brito Rodríguez, contra el ejecutado Montserrat Sánchez Castro y Anthony Hans, por la presente se ha acordado citarle mediante edicto dado su ignorado paradero, para la comparecencia sobre la no readmisión o readmisión irregular que tendrá lugar el próximo día 6 de octubre de 2015 a las 9:20 horas de su mañana en la Sala de Vistas de este Juzgado sita en calle Leoncio Rodríguez, Edf. El Cabo, 4ª planta, Santa Cruz de Tenerife, con la Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519249 advertencia de que debe concurrir con las pruebas de que intente valerse y que versen sobre los hechos de la no readmisión o readmisión irregular alegada. Asimismo, se le advierte que el acto se celebrará no obstante su incomparecencia. Y para que sirva de citación en legal forma a Montserrat Sánchez Castro, con DNI número 36108962C y Anthony Hans, con NIE X2043287J, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, en Santa Cruz de Tenerife, a 10 de septiembre de 2015. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. La Secretaria. JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 4 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA CITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL 88198191 Procedimiento: Procedimiento ordinario. Nº procedimiento: 0000301/2014. NIG: 3501644420140003034. Materia: reclamación de cantidad. IUP: LS2014014299. Demandante: Ángel Camacho Felipe. Demandado: Obras Marítimas Soluciones Submarinas, S.L.; Pedro M. Ortiz Hernández. Submarinas, S.L. y Pedro M. Ortiz Hernández, se ha acordado citarle mediante edicto dado su ignorado paradero, para el acto de vista oral que tendrá lugar el próximo día 19/07/16 a las 10:40 horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Asimismo, se le requiere para que concurra al acto, al efecto de contestar al interrogatorio de preguntas de la contraparte, si así se hubiese interesado, así como para que aporte la documental que se indica en la demanda, cuya admisión se acordó por resolución judicial, haciéndole saber que las copias de la misma se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado. Y para que sirva de citación en legal forma a Obras Marítimas Soluciones Submarinas, S.L. y Pedro M. Ortiz Hernández, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, en Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de septiembre de 2015. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. El/la Secretario/a Judicial, Inés Herrera Cubas. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N° 3 DE GÜÍMAR EDICTO 88208198 Procedimiento: Expediente de dominio. Inmatriculación. N° Procedimiento: 0000342/2014. NIG: 3802041120140001535. Interesado: BOP. Materia: sin especificar. Abogado: Domingo Tarajano Mesa. IUP: IR2014009522. Procurador: ---. D./Dña. Inés Herrera Cubas, Secretario/a Judicial de este Juzgado de lo Social n° 4 de Las Palmas de Gran Canaria, hago saber: que en los autos seguidos bajo el número 0000301/2014 en materia de reclamación de cantidad a instancia de D./Dña. Ángel Camacho Felipe contra Obras Marítimas Soluciones Demandante: Basilia Candelaria Rodríguez Flores; Juana Rodríguez Flores. Abogado: Luis Javier González Delgado; Luis Javier González Delgado. Procurador. Paula Álvarez Pérez; Paula Álvarez Pérez. 19250 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 2015 Dña. María Dolores Rojas Morales, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n° 3 de Güímar. Hago saber: que en este Juzgado se sigue el procedimiento Expediente de dominio. Inmatriculación, 342/2014 a instancia de Dña. Basilia Candelaria Rodríguez Flores y Dña. Juana Rodríguez Flores, expediente de dominio para la inmatriculación de las siguientes fincas: 1ª) Finca urbana.- En el término municipal de Fasnia, donde conocen por “La Zarza”. en calle Las Vistas 33, con una cabida de ciento cincuenta y dos metros cuadrados y existiendo en ella una construcción de setenta y nueve metros cuadrados. Linda al frente o sur, con calle de su situación, al fondo o norte con terreno de Doña Basilia y Doña Juana Rodríguez Flores, a la derecha o este entrando con terreno de Doña Basilia y Doña Juana Rodríguez Flores y a la izquierda entrando u oeste, con parcela sita en calle Las Vistas 31. Valor: 41.855 euros. Referencia catastral: 7341216CS5274S0001HL. 2ª) Finca urbana.- En el término municipal de Fasnia, donde conocen por “La Zarza”, en calle Las Vistas 37, con una cabida de ciento setenta y dos metros cuadrados. En la que existe una construcción de treinta y tres metros cuadrados. Linda al frente o sur, con calle de su situación, al fondo o norte con parcela catastral 23 de rústica del polígono 13, a la derecha o este, entrando con terreno sito en la calle Las Vistas 39 y a la izquierda entrando u oeste, con terreno sito en calle Las Vistas 33 propiedad de Doña Basilia y Doña Juana Rodríguez Flores. Valor: 58.678 euros. Referencia catastral: 7341215CS5274S0001UL. Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga. En Güímar, a 2 de marzo de 2015. La Secretaria. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 4 DE LA OROTAVA EDICTO 88218200 Procedimiento: Expediente de Dominio. Reanudación del Tracto. N° procedimiento: 0000079/2015. NIG: 3802641120150000491. Materia: sin especificar. IUP: FR2015002927. Demandante: José Carballo Marrero. Abogado: ---. Procurador: María del Pilar González-Casanova Rodríguez. D./Dña. Antonia María Cáceres Pérez, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n° 4 de La Orotava. Hago saber: que en este Juzgado se sigue el procedimiento Tipo procedimiento n° 79/2015 a instancia de D./Dña. José Carballo Marrero, expediente de dominio para la inmatriculación de las siguientes fincas: “Rústica.- Radicante en este término municipal y punto que dicen Cruz de Tea, con cabida aproximada de trece áreas once centiáreas, hoy según reciente medición, dos mil doscientos cuarenta y cinco metros cuadrados (2.245 m2), lindando: por el naciente, con propiedad de Doña Elvira Govez; por el poniente, con la de Don Sebastián Luis Pacheco; por el norte, con la de Concepción Machado; y por el sur, con la de Miguel González”. Referencia catastral 38026 A028001870000ER. Inscripción registral: finca de La Orotava 4673, obrante al folio 200 vuelto, libro 106, tomo 288 del archivo.” Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 121, miércoles 23 de septiembre de 201519251 comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga. Así mismo se cita a: Herederos de Doña Gloria Delgado Luis. Herederos de Don Miguel Delgado Luis. Herederos de Don Patrocinio Delgado Luis. Herederos de Doña Adelaida Delgado Luis. Herederos de Don Epifanio Delgado Luis. Para que dentro del término anteriormente expresado pueda comparecer en el expediente alegando lo que a su derecha convenga. V. ANUNCIOS PARTICULARES COMUNIDAD DE AGUAS “SAN NICOLÁS” Puerto de la Cruz EXTRAVÍO 88228189 Habiéndose extraviado la certificación número: 722 de esta Comunidad que figura a nombre de Don Sixto Trujillo García, se hace público que si en el plazo de diez días no se presenta reclamación alguna, esta quedará nula y sin efecto. En La Orotava, a 22 de julio de 2015. Puerto de la Cruz, a 31 de agosto de 2015. El/la Secretario/a. Tesorero, Luis Sixto Albelo Hernández. BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE Franqueo Concertado 38/5 GOBIERNO DE CANARIAS DEPÓSITO LEGAL: T.F. 1/1958 Año XC Miércoles, 23 de septiembre de 2015 Número 121
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