A la cuadra del Puerto de Antofagasta, a 15 días del mes de Septiembre del 2015. Honorables Hermanos Mayores Distinguidos Consejeros de los XV Insignes Capitanes de Naos Nobles Hermanos B A N D O Nº 7– 2015 - Reitera disposición sobre Uso del Tricornio en las tenidas VISTOS: Que, se ha apreciado un cierto desorden y relajo en el cumplimiento de las disposiciones de las Ordenanzas y Protocolos respecto de las tenidas reconocidas formalmente por la Hermandad de la Costa de Chile. Que, dicho relajo es muy notorio en el uso del Tricornio en Zafarranchos y ceremonias oficiales y formales de la Cofradía. Que, es cierto que las costumbres de otras hermandades son diferentes a las de la Hermandad de la Costa de Chile. Que, la Asamblea Nacional de Capitanes no introdujo modificaciones al artículo 60 de las citadas Ordenanzas y Protocolos relativas a las tenidas. SE REITERA, A los Hermanos Capitanes de Nao que las tripulaciones a su cargo, deben dar estricto cumplimiento a lo consignado en el artículo 60 antes referido, donde queda meridianamente claro quiénes y en qué circunstancias pueden hacer uso del Tricornio. Se comprende que habrá ex Capitanes y ex Oficiales Nacionales o de Naos que lo adquirieron durante las singladuras en que les tocó ejercer el mando de sus Naos, sin embargo, el artículo de las OO y PP mencionado no les autoriza para seguir utilizándolos en zafarranchos o eventos oficiales de la Hermandad. Luis “Mc-Giver” Pellegrini Capitán Nacional Hermandad de la Costa de Chile Vista nuestra página web: www.hermandaddelacosta.cl
© Copyright 2024