INTECTRA DOC-17 Rev. 4 (06/15) Pág. 1 de 4 NT-17 ENAC (Rev. 5. Junio 2013). Entidad de Inspección Tipo A y Organismo Autorizado de Verificación Metrológica. 1. Análisis y declaración de actividades. D. Julio Tejedor Torres, con DNI : 12.349.700 B, como miembro del Consejo de Administración de INTECTRA, actuando en nombre y representación de la misma, DECLARA: - Que conoce los requisitos de imparcialidad que la norma UNE-ENISO/IEC 17020:2012 establece y que dispone de la autoridad necesaria para responsabilizarse de su cumplimiento en toda la organización. - Que Intectra realiza la actividad de inspección técnica de vehículos (ITV), para la cual está acreditada según el expediente nº 05/EI/ITV004. La actividad se desarrolla cumpliendo todos los requisitos exigidos de independencia, imparcialidad e integridad, y no realizando ninguna de las actividades que ENAC prohíbe a las entidades de Inspección tipo A, en los siguientes centros: 1. Centro de San Sebastián de los Reyes, situado en la autovía A-1 , Km 23,5. 28709. San Sebastián de los Reyes-Madrid, 2. Centro de Pozuelo de Alarcón, situado en la Calle Virgilio, nº 8. 28223. Pozuelo de Alarcón-Madrid. - Adicionalmente, Intectra realiza también inspecciones a domicilio de ciclomotores y de vehículos agrícolas/especiales, para facilitar el acceso de los mismos al servicio ITV cumpliendo las prescripciones de la Dirección General de Industria de la Comunidad de Madrid. Esta actividad también está acreditada según el expediente 05/EI/ITV004, por lo que se cumple así los requisitos exigidos de independencia, imparcialidad e integridad. - Además de la actividad indicada anteriormente, Intectra también realiza en los centros ITV antes indicados, la verificación de aparatos taxímetros según acreditación OC-I 138, como Organismo Autorizado de Verificación Metrológica, no comprometiéndose la independencia, ni la imparcialidad ni la integridad de la actividad de inspección técnica de los vehículos. No se realiza ninguna actividad que ENAC prohíbe expresamente a los Organismos de Control o de Inspección. INTECTRA DOC-17 Rev. 4 (06/15) Pág. 2 de 4 NT-17 ENAC (Rev. 5. Junio 2013). Entidad de Inspección Tipo A y Organismo Autorizado de Verificación Metrológica. - También Intectra realiza los reconocimientos de vehículos históricos, como laboratorio Oficial de la Comunidad de Madrid para la Catalogación de vehículos históricos, de acuerdo con lo reglamentariamente dispuesto. Con esta actividad no se compromete ni la independencia, ni la imparcialidad, ni la integridad de la actividad de la inspección técnica de vehículos, según lo establecido en la normativa ENAC y en particular, en la NT 17 en vigor. - Intectra No forma parte de ningún grupo empresarial y las actividades de las empresas en las que participa Intectra en su accionariado, no son actividades que ENAC prohíbe a las entidades de inspección tipo A y a los Organismos Autorizados de Verificación Metrológica. - Intectra, está comprometida con la independencia y la imparcialidad de las actividades que realiza y vela por su cumplimiento. 2. Política relativa a Independencia, Imparcialidad e Integridad D. Julio Tejedor Torres, con DNI 12.349.700 B, como miembro del Consejo de Administración de INTECTRA, actuando en nombre y representación de la misma, establece la siguiente política de independencia, imparcialidad e integridad para esta sociedad: - El Director de Intectra exigirá por escrito, a todo el personal, un compromiso de confidencialidad e independencia sobre posibles intereses comerciales o relaciones que surjan de cualquier asociación anterior o existente con los clientes, que pueda resultar un conflicto de interés. - Dichos compromisos los mantendrá archivados y cualquier modificación del estado de independencia declarado, es responsabilidad del personal afectado notificarlo al Director, para que tome las medidas que considere adecuadas. INTECTRA DOC-17 Rev. 4 (06/15) Pág. 3 de 4 NT-17 ENAC (Rev. 5. Junio 2013). Entidad de Inspección Tipo A y Organismo Autorizado de Verificación Metrológica. - Los socios, directivos y todo el personal de Intectra NO perciben, ni percibirán remuneración económica de ningún tipo ligada a la cantidad y/o resultados de su actividad. - Los socios, directivos y todo el personal de Intectra NO están comprometidos en ninguna actividad que suponga conflicto con la independencia de juicio, imparcialidad e integridad de la actividad de inspección técnica de vehículos, y en concreto ninguno de ellos tiene participación en las actividades siguientes: ● Actividades de transporte terrestre por carretera. ● Comercio de vehículos automóviles. ● Talleres de reparación. ● Gestión administrativa relacionada con el campo del automóvil. ● Compañías o mutuas aseguradoras en el ámbito de la automoción. ● Peritos tasadores y agentes de seguros del campo del automóvil. ● Cualquier actividad que establezca como incompatible la Dirección General de Industria de la Comunidad de Madrid. - Intectra se mantendrá independiente de los productos que verifica o inspecciona. - Los socios, directivos y todo el personal de Intectra NO están involucrados en el diseño, fabricación, instalación, uso, distribución o compra de los vehículos que verifica o inspecciona. Tampoco son dueños, usuarios o encargados del mantenimiento de los vehículos que inspecciona o verifica. - Intectra tienen perfectamente diferenciadas las actividades que realiza como Organismo de Control y como Organismo de Inspección. - El personal de Intectra NO percibe ni percibirá, remuneración económica de ningún tipo ligada a la cantidad y/o resultados de su actividad. - En los centros de ITV de Intectra NO se realizarán trabajos de reparación, transformación o mantenimiento de vehículos. INTECTRA DOC-17 Rev. 4 (06/15) Pág. 4 de 4 NT-17 ENAC (Rev. 5. Junio 2013). Entidad de Inspección Tipo A y Organismo Autorizado de Verificación Metrológica. 3. Análisis de independencia de las partes interesadas D. Julio Tejedor Torres, como miembro del Consejo de Administración de INTECTRA, actuando en nombre y representación de la misma, declara que: - Todas las empresas que están relacionadas con la Entidad así como la descripción de las actividades realizadas por las mismas están indicadas en el punto 1 de este documento. - Que no existen empresas en el grupo que realicen actividades que la norma prohíbe tanto como Entidad de Inspección Tipo A o como Organismo Autorizado de Verificación Metrológica. 4. Establecimiento de medidas D. Julio Tejedor Torres, como Director Técnico de Intectra: - Ha solicitado a todo el personal una declaración relativa a la independencia, imparcialidad e integridad. - Se compromete también a describir todas las medidas tomadas para protegerse de las amenazas identificadas, vigilando el cumplimiento de lo indicado en la NT-17 en vigor. En particular, todo el personal tiene firmada una cláusula de imparcialidad e independencia en relación con los servicios realizados en la ITV, a familiares, usuarios habituales o personas conocidas. - Revisa y describe anualmente las relaciones que podrían afectar a la imparcialidad: relaciones entre los departamentos de Intectra, relaciones con la administración, con empresas, usuarios habituales, personal y organizaciones que se ocupen del diseño, fabricación, suministro, instalación, compra, posesión, utilización o el mantenimiento de los ítems inspeccionados. Para que conste, lo firmo en San Sebastián de los Reyes, a 15 de julio de 2015. Fdo. Julio Tejedor Torres
© Copyright 2024