Plan de Pensiones

PLANES DE PENSIONES
El Plan de Pensiones es una importante herramienta de la Empresa que permite
generar un ahorro para sus colaboradores en la etapa activa con el objetivo de brindarle
una renta en la etapa pasiva, posibilitándole al empleador captar y retener al personal
clave.
Los Planes de Pensiones se diseñan especialmente para atender las necesidades
particulares de cada empresa y sus empleados. Al considerar una oferta, se debe tener en
cuenta que los beneficios sean consistentes respecto con las políticas de la empresa y
adecuados con sus posibilidades económicas y financieras.
CARACTERISTICAS DE LOS PLANES DE PENSIONES
• Tipos de Planes:
- Planes de beneficio definido: Son aquellos en los que se predetermina el
beneficio que se desea obtener. Los niveles de contribución se obtienen
recalculando periódicamente los aportes de acuerdo al objetivo de beneficio a
alcanzar.
Ej. : Se toma como beneficio a alcanzar un porcentaje del último sueldo.
(Este porcentaje puede incluir o no el beneficio de Seguridad Social).
- Planes de contribución definida: Son aquellos en los que se predetermina el
aporte y el beneficio dependerá de factores tales como el monto de las
contribuciones, la rentabilidad obtenida y las edades de ingreso y retiro del
plan.
Ej.: Se toma como contribución un porcentaje del sueldo.
- Estos planes pueden ser contributivos o no contributivos:
- No contributivos: El aporte lo genera únicamente el empleador.
- Contributivos: El aporte lo genera el empleador y el empleado, y puede ser en
partes iguales o no.
• Normas de “vesting”
Vesting: “Poner en posesión de”.
El empleador utiliza esta herramienta para otorgar derechos a los beneficiarios del plan
sobre los aportes que la empresa realiza a nombre de los mismos.
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El vesting puede ser automático ó voluntario
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El Vesting Automático se efectúa en las siguientes ocasiones:
Al alcanzar la fecha prevista de retiro.
Al producirse el fallecimiento del asegurado activo.
Al comprobarse la incapacidad total y permanente.
Al producirse la rescisión del contrato por parte del empleador.
- El Vesting Voluntario permite cualquier esquema de transferencias voluntarias,
condicionadas por ejemplo a:
La antigüedad en el empleo.
La edad del asegurado.
La antigüedad en el Plan.
Situaciones excepcionales previamente definidas.
SEGUROS DE RETIRO
• Las contribuciones efectuadas a los Seguros de Retiro Colectivos pueden ser
registradas en tres tipos de cuentas:
- Cuenta Individual: Es una cuenta a nombre del empleado donde el mismo
depositará el aporte convenido. Los fondos acumulados en esta cuenta son
propiedad del empleado, el cual puede realizar rescates parciales o totales.
- Cuenta Especial: Es una cuenta a nombre del empleado donde el empleador
depositará el aporte convenido. Los fondos acumulados en esta cuenta son
propiedad del empleado una vez cumplido lo establecido en el vesting.
- Cuenta Colectiva: Es una cuenta innominada donde la empresa depositará
los aportes adicionales para distribuir en el futuro a los integrantes del plan.
También en esta cuenta se canalizan los fondos acumulados que provengan de
cuentas especiales cuyos titulares no hayan cumplido con las normas de
vesting.
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OTROS ASPECTOS A TENER EN CUENTA
• Aspectos Impositivos:
- Impuesto a las ganancias: La Ley de Impuesto a las Ganancias Nº20.628 y sus
modificaciones admite las siguientes deducciones:
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Contribuciones de la empresa: Hasta ARS 630,05 por empleado por año.
La Resolución de AFIP 1810 establece un régimen de retención del Impuesto
a las Ganancias sobre los pagos de beneficios y rescates de seguros de retiro
privados.
La alícuota a aplicar es del 3% con un mínimo no imponible de ARS 1.200.
- Impuesto a los Bienes Personales: Los fondos acumulados están exentos al
pago de este impuesto (Dec. Regl. 127/96 P.E.N.).
• Aspectos previsionales: La resolución N°993 del Ministerio de Trabajo y Acción
Social establece que las contribuciones que realice la empresa no se consideran
remuneración y, por lo tanto, no están sujetas a cargas sociales.
OTROS ASPECTOS
• Compromiso de rentabilidad: La rentabilidad mínima otorgada es el 2% nominal
anual para las pólizas en USD y del 4% o la Tasa Testigo (SSN) para las pólizas en
ARS. Los Seguros de Retiro garantizan un rendimiento siempre positivo que es
transferido en forma diaria.
• Es un instrumento de financiación que se ajusta perfectamente a las exigencias de
cada empresa dándole la posibilidad de diseñar un plan a su medida. Asimismo, la
estructura técnica de las pólizas de Seguros de Retiro permite la fácil
implementación de planes contributivos.
• Las distintas prácticas en materia de costos por parte de los operadores obligan al
contratante a analizar detalladamente las Condiciones Particulares de la Póliza, el
asesoramiento sobre las mismas le otorgará certeza en materia de costos, quitas por
rescates y participación en los rendimientos generados por el portfolio de
inversiones.
• La flexibilidad del plan también se muestra en las diferentes alternativas disponibles
para el rescate de fondos. En cualquier momento de su etapa activa, el asegurado
cuenta con la libertad de realizar el retiro de los mismos, ya sea en forma total ó
parcial (a partir del año).
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• Al alcanzar la edad prevista de retiro, el beneficiario del plan podrá optar por el retiro
total de los fondos o entre los siguientes tipos de rentas:
- Vitalicia normal
- Vitalicia extensiva al sucesor
- Vitalicia garantizada
- Vitalicia temporaria por “n” años
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