perú produce - SNI saluda designación del 2014 como el Año de la

PERÚ
PRODUCE
BOLETÍN INSTITUCIONAL
DE LA SNI / / 604 - SETIEMBRE 2014
Material elaborado por el Departamento
de Comunicación e Imagen de la SNI
CONTENIDO
//01
REPORTE LEGAL
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DELITO DE TRÁFICO ILEGAL
DE BASE DE
= DATOS
//02
REPORTE PARLAMENTARIO
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AMPLIARÁN MECANISMO DE OBRAS POR IMPUESTOS
DENTRO PAQUETE DE MEDIDAS PRO INVERSIÓN
//03
REPORTE DE REGULACIONES
6
INSPECCIONES TÉCNICAS DE SEGURIDAD EN
EDIFICACIONES: AGENDA PENDIENTE
//04
REPORTE SECTORIAL
9
EXPORTACIONES METALMECÁNICAS SUMARON
US$ 274 MILLONES ENTRE ENERO Y JULIO
//05
REGIONES
10
SNI JUNÍN REALIZÓ DEBATE ELECTORAL /
ELIGEN A NUEVO PDTE. DE SNI LA LIBERTAD
//06
Capacitaciones y eventos
//07
Aniversario Socios setiembre
PERÚ PRODUCE
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DELITO DE
TRÁFICO ILEGAL
DE BASE DE
DATOS
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01 / / REPORTE LEGAL
PERÚ PRODUCE
DELITO DE TRÁFICO ILEGAL
DE BASE DE DATOS
El pasado 10 de marzo se publicó la Ley N° 30171,
que incorpora el artículo 154-A al Código Penal
y deroga el artículo 6° de la Ley N° 30096 - Ley
de Delitos Informáticos. Con esta publicación se
presenta una nueva reformulación al “tráfico”
de información de las personas, delito que ya ha
sido modificado tres veces en menos de un año;
así, la Ley de delitos informáticos presenta nuevas condiciones, empezando por su objeto de
protección reducida solo a datos personales de
personas naturales.
El Tráfico Ilegal de Datos es tipificado en el artículo 154-A del Código Penal de la siguiente forma:
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01 / / REPORTE LEGAL
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“El que ilegítimamente comercializa y vende información no pública relativa a cualquier ámbito de la esfera personal, familiar, patrimonial,
laboral, financiera u otro de naturaleza análoga sobre una persona natural, será reprimido
con pena privativa de libertad no menor de tres
ni mayor de cinco años. Si el agente comete el
delito como integrante de una organización criminal, la pena se incrementa hasta en un tercio
encima del máximo previsto en el párrafo anterior”.
para la configuración del injusto, lo cual habría
conseguido que no se confunda con el ilícito de
tráfico ilegal de datos que se hallaba previsto en
el artículo 6 de la Ley N° 30096; pues, la flamante disposición pone énfasis en la afectación de la
esfera privada de la persona y no en un elemento que permita una valoración autónoma de dicha conducta con miras a calificarla como delito
informático. Pese a ello, la Ley N° 30171 derogó
el mencionado tipo previsto en la Ley de delitos
informáticos.
De este modo, las personas que incurran en el
tráfico ilegal de datos personales podrán ser
sentenciadas hasta con cinco años de prisión.
Los delitos por violación a la intimidad son perseguibles por acción privada, pero esta regla no
será aplicada para este delito, dado que se ha
realizado la excepción del caso en el artículo
158 del Código Penal.
Es muy importante mencionar que este delito de Tráfico Ilegal de Datos tiene por finalidad
reprimir a personas inescrupulosas que vienen
comercializando en algunas galerías del centro
de Lima, base de datos de empresarios y/o funcionarios de primer nivel, la cual es aprovechada
por delincuentes.
Las versiones anteriores protegían tanto a las personas naturales como a las
personas jurídicas. Ahora, el delito ha
sido reformulado a la exclusiva protección de los datos personales de las
primeras, de manera especial a los referidos al ámbito de la esfera personal,
familiar, patrimonial, laboral, financiera
u otra de naturaleza análoga.
Con la modificatoria de la ley de delitos
informáticos, el tráfico de datos regresa
al Código Penal, permitiendo –además–
que este ilícito sea perseguible mediante el ejercicio público de la acción penal
y no privada como lo es para los demás
delitos que atentan contra la intimidad.
Esta Ley Especial prescinde de la referencia a la creación, ingreso o utilización indebida de una base de datos
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02 / / REPORTE PARLAMENTARIO
PERÚ PRODUCE
AMPLIARÁN MECANISMO DE OBRAS POR
IMPUESTOS DENTRO DE PAQUETE DE MEDIDAS
PARA LA PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN
La propuesta del Poder Ejecutivo (Proyecto de Ley
N° 3690/2014-PE), anunciada por el presidente
Ollanta Humala en su discurso de Fiestas Patrias
y que aún está pendiente de ser aprobada en el
Congreso de la República, trae consigo medidas
no sólo de corte tributario y de simplificación administrativa, sino que ha considerado en sus ar-
tículos 17°y 18° incorporar al Gobierno Nacional
para ejecutar proyectos.
Esto dentro de los alcances de la Ley N° 29230, Ley
que impulsa la inversión pública regional y local
con participación del sector privado, la cual busca dotar de una alternativa adicional la ejecución
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02 / / REPORTE PARLAMENTARIO
PERÚ PRODUCE
de inversiones en los sectores Salud, Educación,
Agricultura, Orden Público y Seguridad, en razón
de los bajos niveles de ejecución de inversiones
en dichos sectores.
de concurso como en la etapa de ejecución, y así
elevar los niveles de ejecución del presupuesto.
ANTECEDENTES
Para dicho efecto, se autorizará a la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público (DGETP) a emitir los Certificados de “Inversión Pública
Gobierno Nacional - Tesoro Público” (CIPGN), que
tendrán por finalidad la cancelación del monto
que invierta la empresa privada que suscriba el
convenio para financiar y/o ejecutar los proyectos de inversión.
La Ley N° 29230, llamada “Ley de Obras por Impuestos”, es una norma expedida por el Gobierno
peruano que permite a una empresa privada, en
forma individual o en consorcio, financiar y ejecutar proyectos públicos elegidos por los gobiernos
Regionales y Locales, para luego, con cargo a su
impuesto a la renta de 3era categoría, recuperar
el monto total de la inversión.
A su vez, los Gobiernos Regionales y Locales pagan el financiamiento sin intereses a cuenta de
sus recursos de canon, sobre canon, regalías, rentas de aduana y participaciones, hasta diez años
después de culminada la obra.
En el mes de junio del presente año se ha evidenciado una desaceleración en la ejecución
de las inversiones del Gobierno Nacional (GN),
la cual mostró una reducción del 5,1% en términos reales, principalmente por la caída de
transportes y comunicaciones. También cayó la
inversión en educación y salud, 5,7% y 18.7%
respectivamente.
El monto no ejecutado de presupuesto de inversiones del GN ascendió a S/. 1,078 millones en
promedio para los años 2012-2013. Y Si bien el
GN no presenta un problema de sub ejecución
tan importante como en el caso de los Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales, éste se puede
mejorar
El Poder Ejecutivo espera que con esta medida
sectores claves (salud, educación, agricultura y
riego, orden público y seguridad) cuenten con
una alternativa adicional de ejecución de sus
inversiones logrando agilidad, tanto en la etapa
IMPULSO A INVERSIONES PÚBLICO - PRIVADAS
Los CIPGN que se emitan al amparo de esta Ley
se financiarán con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios previstos en el
presupuesto institucional aprobado por la entidad correspondiente, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Por otro lado, la propuesta prevé que la ejecución
de obras, que serán realizadas por las empresas
privadas puedan ser pasibles de variación debido
a la necesidad de ejecutar prestaciones adicionales (mayores trabajos de obra) que no fueron consideradas dentro del expediente técnico de obra
y/o que resultan necesarias para el funcionamiento y operatividad de la misma. A estos efectos, se
propone incorporar a la Ley N° 29230, la Décimo
Tercera Disposición Complementaria y Final, a fin
de establecer que los adicionales de construcción
no deben exceder del cincuenta por ciento (50%)
del monto del contrato inicial, a fin de que la regulación contenida en dicha Ley sea acorde y se
sujete a las limitaciones previstas en los Acuerdos
Comerciales suscritos por el Estado peruano.
Finalmente, se ha considerado importante priorizar en esta propuesta la inversión en investigación aplicada e innovación tecnológica, con el fin
de permitir la optimización de procesos, aumentar productividad, mejorar la competitividad, crecimiento y el desarrollo del país.
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03 / / REPORTE REGULACIONES
PERÚ PRODUCE
INSPECCIONES TÉCNICAS DE
SEGURIDAD EN EDIFICACIONES:
AGENDA PENDIENTE
El Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones – ITSE, (antes ITSDC) es una
condición para la obtención y vigencia de una Licencia de Funcionamiento, independiente de la
actividad económica que realiza la empresa.
Mediante Ley Nº 29664 (Febrero 2011), sus modificatorias como la Ley N° 30230 (Julio 2014) y
posteriores regulaciones como el D.S. Nº 0482011-PCM, se creó y reguló el Sistema Nacional
de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD),
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03 / / REPORTE REGULACIONES
por lo que la adecuación de las regulaciones relativas a las inspecciones técnicas de seguridad
en edificaciones es una condición exigida por el
nuevo marco legal.
La legislación vigente dispone que las competencias sobre inspecciones técnicas en seguridad en edificaciones, que originalmente correspondían al Instituto Nacional de Defensa
Civil (INDECI), se transfieran en su totalidad
al nuevo Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres
(CENEPRED) en materias de regulación y administración; y a gobiernos sub-nacionales en
materia de ejecución.
En este contexto, el 14 de Setiembre de 2014,
la PCM publicó el D.S. 058-2014-PCM, nuevo
Reglamento de Inspecciones de Seguridad en
Edificaciones, que regulará la expedición y fiscalización de Certificados de Seguridad en Edificaciones, entre ellos aquellos relevantes para
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la actividad empresarial industrial como los ITSE
de Detalle y Multidisciplinario.
Este reglamento cuya vigencia inicia el 15 de Octubre de 2014 permitirá la transferencia efectiva de las funciones del INDECI hacia CENEPRED y
los gobiernos sub-nacionales, de forma supletoria al Reglamento de Inspecciones de Seguridad
en Defensa Civil que aún está vigente (D.S Nº
066-2007-PCM; Agosto 2007) y aplica los certificados obtenidos previamente a la vigencia del
nuevo reglamento.
Si bien esta norma introduce algunas mejoras
como: i) reducción de plazos de expedición
de los ITSE; y ii) la vigencia indeterminada del
nuevo certificado de ITSE (consistente con precedentes del INDECOPI que declararon la ilegalidad de la caducidad del ITSDC que es establecida por el D.S Nº 066-2007-PCM), existe
amplio margen para la mejora regulatoria en la
materia.
ACTIVIDAD ECONOMICA Y OCURRENCIA DE SINIESTROS: 2006-2013
(Índice, 2006=100)
Fuente: BCRP y Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. Elaboración: SNI.
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03 / / REPORTE REGULACIONES
Entre otras medidas, es fundamental que el nuevo Reglamento de Inspecciones de Seguridad en
Edificaciones (que es responsabilidad principal
de la PCM, factible de modificación), los futuros
Formatos de ITSE y el Manual de Inspecciones
(responsabilidad principal del CENEPRED, en
proceso de elaboración) incorporen:
a.La vigencia indeterminada de los Certificados de ITSDC actualmente vigentes, dado
que su expiración es ilegal porque la caducidad de estos vulnera el artículo 2º de la Ley
del Procedimiento Administrativo General,
el que prohíbe que las autoridades sujeten
a un término los actos administrativos salvo
que cuenten con una ley que las autorice
a hacerlo, supuesto que no existe en este
caso.
Asimismo, la expiración de los ITSDC vigentes no es razonable en ausencia de cambio
de condiciones de los establecimientos, más
aún dado que existe control ex post por parte de las autoridades competentes.
b.La revisión de la razonabilidad de la exigencia de nuevos requisitos para la obtención
del nuevo ITSE (entre otros, como protocolos
de pruebas de operatividad y mantenimiento de los equipos de seguridad, constancia
de mantenimiento de calderas y certificado
vigente de medición de resistencia del pozo
de tierra), a pesar de que el ITSDC muestra
efectividad en términos de evolución de la
siniestralidad.
Así, estas nuevas exigencias generarían sobre-regulación, dada la evidencia empírica
reciente que muestra que ni ocurrencias
tales como incendios, corto circuitos, fugas
de gas y derrames de productos; ni la siniestralidad de seguros para la actividad industrial han aumentado de forma significativa
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durante el régimen del ITSDC (vigente desde
2007), incluso en un periodo de acelerada
expansión de la actividad económica.
c.La evaluación de la razonabilidad de la obligación de realizar, como mínimo, una visita
anual de inspección a cada establecimiento
(VISE, lo que supone alrededor de 300 mil
visitas iniciales solo en el año 2015), cuando
pueden existir medidas menos graves para
la sociedad como la utilización de declaraciones juradas y la visita aleatoria a una
muestra seleccionada de edificaciones de
alto riesgo.
d.La precisión de que las competencias de regulación en la materia específica de ITSE son
de exclusividad de la PCM y del CENEPRED;
y que los gobiernos sub-nacionales son solo
responsables de la ejecución del proceso de
expedición del ITSE, sujeto a la responsabilidad del CENEPRED de proveer los instrumentos necesarios para una gestión municipal
eficiente y eficaz en la materia.
e.La limitación de la discrecionalidad que el
régimen vigente todavía permite a los Inspectores Técnicos de Seguridad en Edificaciones, a través de Resolución Directoral
Resolución Jefatural Nº 251-2008-INDECI
(Manual para la Ejecución de Inspecciones
Técnicas de Seguridad en Defensa Civil) y regulaciones relacionadas.
La combinación de los dos factores indicados
anteriormente, (expedición del ITSE por la Municipalidad correspondiente y discrecionalidad
de los Inspectores), teniendo en consideración
el nivel de quejas respecto a las inconductas
funcionales de estos servidores, nos llaman a
preocupación y por tanto a mantenernos vigilantes de la aplicación correcta de esta nueva
normatividad.
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04 / / REPORTE SECTORIAL
PERÚ PRODUCE
EXPORTACIONES METALMECÁNICAS
SUMARON US$ 274 MILLONES
ENTRE ENERO Y JULIO
Un reporte sectorial elaborado por el Instituto de
Estudios Económicos y Sociales (IEES) de la SNI,
dio a conocer que en el período enero-julio del
2014 se han registrado exportaciones metalmecánicas por un valor de US$ 274 millones, cifra que
representó una caída de 15.1% al valor registrado
en similar período del año anterior.
Asimismo, el informe dio cuenta de que en el
2013 las exportaciones metalmecánicas cayeron
2% (US$ 534 millones) respecto al 2012; sin embargo, crecieron 36% frente a las exportaciones
registradas el año 2010.
De otro lado, el IEES informó que entre enero-julio, el sector metalmecánico ha experimentado una contracción de 7,7%, afectado
principalmente por la menor demanda interna
y menores ventas externas a diversos países de
la región. En el 2013, el sector registró un crecimiento de 13,3%.
La industria metalmecánica se encuentra agrupada en las clases CIIU (Clasificación Industrial Internacional Uniforme Rev. 4) del 25 al 33, cubriendo
los tres grandes grupos de la manufactura no primaria (bienes de consumo, bienes intermedios y
bienes de capital).
Su importancia radica en que es proveedora de
bienes de capital como maquinaria, equipo e
instalaciones, y proveedora de artículos y suministros para diversos sectores industriales e importantes sectores económicos como la minería,
construcción, transporte, pesca, entre otros.
La dinámica productiva del sector metalmecánico
se ha visto reflejada en un aumento de los niveles
de capacidad instalada de las fábricas y mayores
inversiones en ampliación de infraestructura, renovación de maquinaria y equipo, y capacitación
del personal técnico, para atender no solo la demanda interna, sino también a un sector externo
cada vez más creciente.
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05 / / REGIONES
PERÚ PRODUCE
DIECIOCHO CANDIDATOS ASUMIERON
COMPROMISOS PARA EL DESARROLLO
DE LA INDUSTRIA EN DEBATE
ORGANIZADO POR LA SNI SEDE JUNÍN
Luego de un nutrido debate durante el Foro
“Propuestas de desarrollo: Sector industrial
y empresarial elecciones 2014-Región Junín”,
realizado por la Sociedad Nacional de Industrias Sede Junín a mediados de setiembre,
nueve candidatos a la región y nueve postulantes al sillón municipal de la provincia de
Huancayo firmaron compromisos para apoyar
al sector industrial y empresarial; y, de igual
manera, promover la prevención de la venta y
consumo de alcohol a menores de edad.
El debate se inició a las tres de la tarde con la
presencia de los candidatos a la región Junín:
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05 / / REGIONES
Nidia Vilchez, Moisés Guía Pianto, Walter Angulo, Edgar Raymundo, César Combina, Manuel Traverso, Miguel Ponce, Óscar Ramírez
y Ángel Berrocal. Asimismo, en una segunda
sesión, estuvieron los aspirantes a la provincia de Huancayo: Sabino Blancas, Julio César
de la Rosa, Juan Romero Acuña, Luis Rojas,
Efraín Calderón, Ciro Gálvez, Enith Montreuil
García y Henry López Cantorín.
Entre las propuestas que se dieron a conocer
para el desarrollo de la industria está la de
mejorar el transporte aéreo y terrestre para
el traslado de productos, eliminar los procesos burocráticos, garantizar el respeto y el
cumplimiento de las leyes y normas que rigen
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el crecimiento de laindustria, y la adquisición
de productos locales, entre otros.
En su intervención, el anfitrión del evento, el
presidente de la SNI Sede Junín, Raúl Dávila, resaltó la participación de los candidatos,
quienes se comprometieron a contribuir con
el desarrollo de la industria, así como hacer
cumplir las disposiciones de las leyes y normas que prohíben la venta de bebidas alcohólicas a menores de edad, y la comercialización de alcohol ilegal.
Vale destacar que la SNI Sede Junín viene trabajando intensamente en la campaña denominada “Toma conciencia, dile NO a lo bamba”.
SNI - SEDE LA LIBERTAD
ELIGE NUEVA DIRECTIVA
La Sociedad Nacional de Industrias – Sede
la Libertad eligió a su nueva junta directiva para el periodo 2014–2016, la cual se
comprometió a impulsar el desarrollo de
la industria local.
La Asamblea General de Socios, realizada
el pasado 08 de setiembre, designó como
presidente a Jorge Brandon Portal, Desirée Gabuteau Espinosa como vicepresidenta, Manuel Moncada Castañeda como
secretario, César Merino Vereau como
tesorero, Luis Fernando Piza Bermúdez
y Martín Cruzado Ubillus como vocales,
y Guillermo Cassinelli Gurreonero como
coordinador.
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06 / / CAPACITACIONES Y EVENTOS
PERÚ PRODUCE
OCTUBRE 2014
SEMINARIO: / / PAC:
= RETO DE GENERAR VALOR= AGREGADO OPTIMIZANDO
LA GESTIÓN DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL
OBJETIVO:
Brindar información sobre los beneficios
y oportunidades que genera la protección
y gestión adecuada de la propiedad
intelectual; así como, sensibilizar al
empresariado nacional de la necesidad
de innovar como clave en la generación
de ecosistemas de negocios.
Lugar:
Sociedad Nacional de Industrias.
Los Laureles 365 San Isidro
T 616 4444 Anexo: 266.
[email protected]
Organiza:
Sociedad Nacional de Industrias.
Fecha y Hora:
23 de Octubre del 2014
06:30pm a 08:30 p.m.
Costo:
Socios: S/. 150.00 y Público en General:
S/. 200.00 (Los precios incluyen IGV).
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07 / / ANIVERSARIOS
PERÚ PRODUCE
SETIEMBRE 2014
EMPRESA DE SERVICIOS DE
SEGUIRDAD, CUSTODIA Y
VIGILANCIA
SANTISTA S.A.C.
l
23 AÑOS
CERVECERIA SAN JUAN S.A.
l
l
8 AÑOS
43 AÑOS
23 AÑOS
ORICA MINING SERVICES PERU S.A.
INDUSTRIAL ALPAMAYO S.A.
SERVIMATIC S.A.
l
CERAMICA LIMA S.A.
l
l
11 AÑOS
32 AÑOS
REFRIGERADOS FISHOLG & HIJOS
S.A.C.
l
7 AÑOS
l
52 AÑOS
JUSTO A TIEMPO S.A.C.
INDUSTRIAL BETA S.A.
INDUSTRIAL EL SOL S.A.
l
l
9 AÑOS
37 AÑOS
GRUPO KLAUS S.A.C.
9 AÑOS
l
l
50 AÑOS
GAITEX S.A.
INDUSTRIAL EPEM S.A.
41 AÑOS
T.J. CASTRO S.A.C.
l
l
20 AÑOS
45 AÑOS
l
TRANSFORMACIONES METAL
MECANICAS S.A.
l
LOPESA INDUSTRIAL S.A.
39 AÑOS
l
1
EL PESCADOR S.R.L.
35 AÑOS
FOGEL FRIO SERVICE S.A.C.
13 AÑOS
l
34 AÑOS
2
LABORATORIO FARMACEUTICO
SAN JOAQUIN- ROXFARMA SA
l
EMULSIONES Y DERIVADOS DEL
PERU S.A.C.
3
CONSORCIO INDUSTRIAL DE
AREQUIPA S.A.
l
l
28 AÑOS
48 AÑOS
l
RINCONCITO DE LAS TRADICIONES
PERUANAS EIRL
5 AÑOS
INDUSTRIAS KUENNEN Y DUANNE
S.A.
l
l
7 AÑOS
15 AÑOS
WELLCO PERUANA S.A.
l
53 AÑOS
4
LA PARISINA S.A.C.
5
EUROTUBO S.A.C.
6
MANUFACTURAS KUKULI S.A.C.
7
ANYPSA PERU S.A.
l
l
l
l
7 AÑOS
17 AÑOS
11 AÑOS
23 AÑOS
FAMESA EXPLOSIVOS S.A.C.
l
61 AÑOS
INVERSIONES FARALLON S.A.C.
l
4 AÑOS
8
IRIARTE & ASOCIADOS SCRL
9
10
LATEX Y PLASTICOS SRL
11
EMARAN S.A.C.
l
l
l
8 AÑOS
18 AÑOS
28 AÑOS
HT INGENIERIA & CONSULTORIA
S.A.C.
FLUID S.A.C.
l
l
6 AÑOS
4 AÑOS
T.C.I. S.A. TRANSPORTE
CONFIDENCIAL DE INFORMACION
l
22 AÑOS
12
13
14
15
13
07 / / ANIVERSARIOS
PERÚ PRODUCE
SETIEMBRE 2014
COBERTURAS PLASTICAS S.A.
INDUSTRIAS IMIM S.A.C.
INTRADEVCO INDUSTRIAL S.A.
l
l
l
17 AÑOS
36 AÑOS
65 AÑOS
PRAXAIR PERU SRL
l
56 AÑOS
16
NESTLE PERU S.A.
17
HELTEX S.A.
18
FUNDICION CENTRAL S.A.
19
FORSAC PERU S.A.
l
l
l
l
74 AÑOS
57 AÑOS
38 AÑOS
18 AÑOS
NOVATEC PAGANI S.A.
LIMA GAS S.A.
l
l
15 AÑOS
53 AÑOS
RETOR S.A.
57 AÑOS
l
ALIGNET S.A.C.
l
18 AÑOS
CORPORACION APEC SOCIEDAD
ANONIMA CERRADA
l
20
BORIS JAVIER ROMERO OJEDA
35 AÑOS
l
21
PETROPOLIS S.A.
22
SUCROALCOLERA DEL CHIRA S.A.
29 AÑOS
23
NORSAC S.A.
l
l
l
40 AÑOS
5 AÑOS
47 AÑOS
CORPORACION MUNDO MODA
S.A.C.
l
6 AÑOS
24
25
FREEKO PERÚ S.A.
26
27
FRENO S.A.
l
l
16 AÑOS
57 AÑOS
LABORATORIOS AC FARMA S.A.
l
17 AÑOS
28
29
30
14