PERÚ PRODUCE BOLETÍN INSTITUCIONAL DE LA SNI / / 604 - SETIEMBRE 2014 Material elaborado por el Departamento de Comunicación e Imagen de la SNI CONTENIDO //01 REPORTE LEGAL 2 DELITO DE TRÁFICO ILEGAL DE BASE DE = DATOS //02 REPORTE PARLAMENTARIO 4 AMPLIARÁN MECANISMO DE OBRAS POR IMPUESTOS DENTRO PAQUETE DE MEDIDAS PRO INVERSIÓN //03 REPORTE DE REGULACIONES 6 INSPECCIONES TÉCNICAS DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES: AGENDA PENDIENTE //04 REPORTE SECTORIAL 9 EXPORTACIONES METALMECÁNICAS SUMARON US$ 274 MILLONES ENTRE ENERO Y JULIO //05 REGIONES 10 SNI JUNÍN REALIZÓ DEBATE ELECTORAL / ELIGEN A NUEVO PDTE. DE SNI LA LIBERTAD //06 Capacitaciones y eventos //07 Aniversario Socios setiembre PERÚ PRODUCE 12 DELITO DE TRÁFICO ILEGAL DE BASE DE DATOS Leer más // Pág. 2 13 1 01 / / REPORTE LEGAL PERÚ PRODUCE DELITO DE TRÁFICO ILEGAL DE BASE DE DATOS El pasado 10 de marzo se publicó la Ley N° 30171, que incorpora el artículo 154-A al Código Penal y deroga el artículo 6° de la Ley N° 30096 - Ley de Delitos Informáticos. Con esta publicación se presenta una nueva reformulación al “tráfico” de información de las personas, delito que ya ha sido modificado tres veces en menos de un año; así, la Ley de delitos informáticos presenta nuevas condiciones, empezando por su objeto de protección reducida solo a datos personales de personas naturales. El Tráfico Ilegal de Datos es tipificado en el artículo 154-A del Código Penal de la siguiente forma: 2 01 / / REPORTE LEGAL PERÚ PRODUCE “El que ilegítimamente comercializa y vende información no pública relativa a cualquier ámbito de la esfera personal, familiar, patrimonial, laboral, financiera u otro de naturaleza análoga sobre una persona natural, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años. Si el agente comete el delito como integrante de una organización criminal, la pena se incrementa hasta en un tercio encima del máximo previsto en el párrafo anterior”. para la configuración del injusto, lo cual habría conseguido que no se confunda con el ilícito de tráfico ilegal de datos que se hallaba previsto en el artículo 6 de la Ley N° 30096; pues, la flamante disposición pone énfasis en la afectación de la esfera privada de la persona y no en un elemento que permita una valoración autónoma de dicha conducta con miras a calificarla como delito informático. Pese a ello, la Ley N° 30171 derogó el mencionado tipo previsto en la Ley de delitos informáticos. De este modo, las personas que incurran en el tráfico ilegal de datos personales podrán ser sentenciadas hasta con cinco años de prisión. Los delitos por violación a la intimidad son perseguibles por acción privada, pero esta regla no será aplicada para este delito, dado que se ha realizado la excepción del caso en el artículo 158 del Código Penal. Es muy importante mencionar que este delito de Tráfico Ilegal de Datos tiene por finalidad reprimir a personas inescrupulosas que vienen comercializando en algunas galerías del centro de Lima, base de datos de empresarios y/o funcionarios de primer nivel, la cual es aprovechada por delincuentes. Las versiones anteriores protegían tanto a las personas naturales como a las personas jurídicas. Ahora, el delito ha sido reformulado a la exclusiva protección de los datos personales de las primeras, de manera especial a los referidos al ámbito de la esfera personal, familiar, patrimonial, laboral, financiera u otra de naturaleza análoga. Con la modificatoria de la ley de delitos informáticos, el tráfico de datos regresa al Código Penal, permitiendo –además– que este ilícito sea perseguible mediante el ejercicio público de la acción penal y no privada como lo es para los demás delitos que atentan contra la intimidad. Esta Ley Especial prescinde de la referencia a la creación, ingreso o utilización indebida de una base de datos 3 02 / / REPORTE PARLAMENTARIO PERÚ PRODUCE AMPLIARÁN MECANISMO DE OBRAS POR IMPUESTOS DENTRO DE PAQUETE DE MEDIDAS PARA LA PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN La propuesta del Poder Ejecutivo (Proyecto de Ley N° 3690/2014-PE), anunciada por el presidente Ollanta Humala en su discurso de Fiestas Patrias y que aún está pendiente de ser aprobada en el Congreso de la República, trae consigo medidas no sólo de corte tributario y de simplificación administrativa, sino que ha considerado en sus ar- tículos 17°y 18° incorporar al Gobierno Nacional para ejecutar proyectos. Esto dentro de los alcances de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, la cual busca dotar de una alternativa adicional la ejecución 2 4 02 / / REPORTE PARLAMENTARIO PERÚ PRODUCE de inversiones en los sectores Salud, Educación, Agricultura, Orden Público y Seguridad, en razón de los bajos niveles de ejecución de inversiones en dichos sectores. de concurso como en la etapa de ejecución, y así elevar los niveles de ejecución del presupuesto. ANTECEDENTES Para dicho efecto, se autorizará a la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público (DGETP) a emitir los Certificados de “Inversión Pública Gobierno Nacional - Tesoro Público” (CIPGN), que tendrán por finalidad la cancelación del monto que invierta la empresa privada que suscriba el convenio para financiar y/o ejecutar los proyectos de inversión. La Ley N° 29230, llamada “Ley de Obras por Impuestos”, es una norma expedida por el Gobierno peruano que permite a una empresa privada, en forma individual o en consorcio, financiar y ejecutar proyectos públicos elegidos por los gobiernos Regionales y Locales, para luego, con cargo a su impuesto a la renta de 3era categoría, recuperar el monto total de la inversión. A su vez, los Gobiernos Regionales y Locales pagan el financiamiento sin intereses a cuenta de sus recursos de canon, sobre canon, regalías, rentas de aduana y participaciones, hasta diez años después de culminada la obra. En el mes de junio del presente año se ha evidenciado una desaceleración en la ejecución de las inversiones del Gobierno Nacional (GN), la cual mostró una reducción del 5,1% en términos reales, principalmente por la caída de transportes y comunicaciones. También cayó la inversión en educación y salud, 5,7% y 18.7% respectivamente. El monto no ejecutado de presupuesto de inversiones del GN ascendió a S/. 1,078 millones en promedio para los años 2012-2013. Y Si bien el GN no presenta un problema de sub ejecución tan importante como en el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, éste se puede mejorar El Poder Ejecutivo espera que con esta medida sectores claves (salud, educación, agricultura y riego, orden público y seguridad) cuenten con una alternativa adicional de ejecución de sus inversiones logrando agilidad, tanto en la etapa IMPULSO A INVERSIONES PÚBLICO - PRIVADAS Los CIPGN que se emitan al amparo de esta Ley se financiarán con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios previstos en el presupuesto institucional aprobado por la entidad correspondiente, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Por otro lado, la propuesta prevé que la ejecución de obras, que serán realizadas por las empresas privadas puedan ser pasibles de variación debido a la necesidad de ejecutar prestaciones adicionales (mayores trabajos de obra) que no fueron consideradas dentro del expediente técnico de obra y/o que resultan necesarias para el funcionamiento y operatividad de la misma. A estos efectos, se propone incorporar a la Ley N° 29230, la Décimo Tercera Disposición Complementaria y Final, a fin de establecer que los adicionales de construcción no deben exceder del cincuenta por ciento (50%) del monto del contrato inicial, a fin de que la regulación contenida en dicha Ley sea acorde y se sujete a las limitaciones previstas en los Acuerdos Comerciales suscritos por el Estado peruano. Finalmente, se ha considerado importante priorizar en esta propuesta la inversión en investigación aplicada e innovación tecnológica, con el fin de permitir la optimización de procesos, aumentar productividad, mejorar la competitividad, crecimiento y el desarrollo del país. 5 03 / / REPORTE REGULACIONES PERÚ PRODUCE INSPECCIONES TÉCNICAS DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES: AGENDA PENDIENTE El Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones – ITSE, (antes ITSDC) es una condición para la obtención y vigencia de una Licencia de Funcionamiento, independiente de la actividad económica que realiza la empresa. Mediante Ley Nº 29664 (Febrero 2011), sus modificatorias como la Ley N° 30230 (Julio 2014) y posteriores regulaciones como el D.S. Nº 0482011-PCM, se creó y reguló el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), 6 03 / / REPORTE REGULACIONES por lo que la adecuación de las regulaciones relativas a las inspecciones técnicas de seguridad en edificaciones es una condición exigida por el nuevo marco legal. La legislación vigente dispone que las competencias sobre inspecciones técnicas en seguridad en edificaciones, que originalmente correspondían al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), se transfieran en su totalidad al nuevo Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED) en materias de regulación y administración; y a gobiernos sub-nacionales en materia de ejecución. En este contexto, el 14 de Setiembre de 2014, la PCM publicó el D.S. 058-2014-PCM, nuevo Reglamento de Inspecciones de Seguridad en Edificaciones, que regulará la expedición y fiscalización de Certificados de Seguridad en Edificaciones, entre ellos aquellos relevantes para PERÚ PRODUCE la actividad empresarial industrial como los ITSE de Detalle y Multidisciplinario. Este reglamento cuya vigencia inicia el 15 de Octubre de 2014 permitirá la transferencia efectiva de las funciones del INDECI hacia CENEPRED y los gobiernos sub-nacionales, de forma supletoria al Reglamento de Inspecciones de Seguridad en Defensa Civil que aún está vigente (D.S Nº 066-2007-PCM; Agosto 2007) y aplica los certificados obtenidos previamente a la vigencia del nuevo reglamento. Si bien esta norma introduce algunas mejoras como: i) reducción de plazos de expedición de los ITSE; y ii) la vigencia indeterminada del nuevo certificado de ITSE (consistente con precedentes del INDECOPI que declararon la ilegalidad de la caducidad del ITSDC que es establecida por el D.S Nº 066-2007-PCM), existe amplio margen para la mejora regulatoria en la materia. ACTIVIDAD ECONOMICA Y OCURRENCIA DE SINIESTROS: 2006-2013 (Índice, 2006=100) Fuente: BCRP y Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. Elaboración: SNI. 7 03 / / REPORTE REGULACIONES Entre otras medidas, es fundamental que el nuevo Reglamento de Inspecciones de Seguridad en Edificaciones (que es responsabilidad principal de la PCM, factible de modificación), los futuros Formatos de ITSE y el Manual de Inspecciones (responsabilidad principal del CENEPRED, en proceso de elaboración) incorporen: a.La vigencia indeterminada de los Certificados de ITSDC actualmente vigentes, dado que su expiración es ilegal porque la caducidad de estos vulnera el artículo 2º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, el que prohíbe que las autoridades sujeten a un término los actos administrativos salvo que cuenten con una ley que las autorice a hacerlo, supuesto que no existe en este caso. Asimismo, la expiración de los ITSDC vigentes no es razonable en ausencia de cambio de condiciones de los establecimientos, más aún dado que existe control ex post por parte de las autoridades competentes. b.La revisión de la razonabilidad de la exigencia de nuevos requisitos para la obtención del nuevo ITSE (entre otros, como protocolos de pruebas de operatividad y mantenimiento de los equipos de seguridad, constancia de mantenimiento de calderas y certificado vigente de medición de resistencia del pozo de tierra), a pesar de que el ITSDC muestra efectividad en términos de evolución de la siniestralidad. Así, estas nuevas exigencias generarían sobre-regulación, dada la evidencia empírica reciente que muestra que ni ocurrencias tales como incendios, corto circuitos, fugas de gas y derrames de productos; ni la siniestralidad de seguros para la actividad industrial han aumentado de forma significativa PERÚ PRODUCE durante el régimen del ITSDC (vigente desde 2007), incluso en un periodo de acelerada expansión de la actividad económica. c.La evaluación de la razonabilidad de la obligación de realizar, como mínimo, una visita anual de inspección a cada establecimiento (VISE, lo que supone alrededor de 300 mil visitas iniciales solo en el año 2015), cuando pueden existir medidas menos graves para la sociedad como la utilización de declaraciones juradas y la visita aleatoria a una muestra seleccionada de edificaciones de alto riesgo. d.La precisión de que las competencias de regulación en la materia específica de ITSE son de exclusividad de la PCM y del CENEPRED; y que los gobiernos sub-nacionales son solo responsables de la ejecución del proceso de expedición del ITSE, sujeto a la responsabilidad del CENEPRED de proveer los instrumentos necesarios para una gestión municipal eficiente y eficaz en la materia. e.La limitación de la discrecionalidad que el régimen vigente todavía permite a los Inspectores Técnicos de Seguridad en Edificaciones, a través de Resolución Directoral Resolución Jefatural Nº 251-2008-INDECI (Manual para la Ejecución de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil) y regulaciones relacionadas. La combinación de los dos factores indicados anteriormente, (expedición del ITSE por la Municipalidad correspondiente y discrecionalidad de los Inspectores), teniendo en consideración el nivel de quejas respecto a las inconductas funcionales de estos servidores, nos llaman a preocupación y por tanto a mantenernos vigilantes de la aplicación correcta de esta nueva normatividad. 8 04 / / REPORTE SECTORIAL PERÚ PRODUCE EXPORTACIONES METALMECÁNICAS SUMARON US$ 274 MILLONES ENTRE ENERO Y JULIO Un reporte sectorial elaborado por el Instituto de Estudios Económicos y Sociales (IEES) de la SNI, dio a conocer que en el período enero-julio del 2014 se han registrado exportaciones metalmecánicas por un valor de US$ 274 millones, cifra que representó una caída de 15.1% al valor registrado en similar período del año anterior. Asimismo, el informe dio cuenta de que en el 2013 las exportaciones metalmecánicas cayeron 2% (US$ 534 millones) respecto al 2012; sin embargo, crecieron 36% frente a las exportaciones registradas el año 2010. De otro lado, el IEES informó que entre enero-julio, el sector metalmecánico ha experimentado una contracción de 7,7%, afectado principalmente por la menor demanda interna y menores ventas externas a diversos países de la región. En el 2013, el sector registró un crecimiento de 13,3%. La industria metalmecánica se encuentra agrupada en las clases CIIU (Clasificación Industrial Internacional Uniforme Rev. 4) del 25 al 33, cubriendo los tres grandes grupos de la manufactura no primaria (bienes de consumo, bienes intermedios y bienes de capital). Su importancia radica en que es proveedora de bienes de capital como maquinaria, equipo e instalaciones, y proveedora de artículos y suministros para diversos sectores industriales e importantes sectores económicos como la minería, construcción, transporte, pesca, entre otros. La dinámica productiva del sector metalmecánico se ha visto reflejada en un aumento de los niveles de capacidad instalada de las fábricas y mayores inversiones en ampliación de infraestructura, renovación de maquinaria y equipo, y capacitación del personal técnico, para atender no solo la demanda interna, sino también a un sector externo cada vez más creciente. 9 05 / / REGIONES PERÚ PRODUCE DIECIOCHO CANDIDATOS ASUMIERON COMPROMISOS PARA EL DESARROLLO DE LA INDUSTRIA EN DEBATE ORGANIZADO POR LA SNI SEDE JUNÍN Luego de un nutrido debate durante el Foro “Propuestas de desarrollo: Sector industrial y empresarial elecciones 2014-Región Junín”, realizado por la Sociedad Nacional de Industrias Sede Junín a mediados de setiembre, nueve candidatos a la región y nueve postulantes al sillón municipal de la provincia de Huancayo firmaron compromisos para apoyar al sector industrial y empresarial; y, de igual manera, promover la prevención de la venta y consumo de alcohol a menores de edad. El debate se inició a las tres de la tarde con la presencia de los candidatos a la región Junín: 10 05 / / REGIONES Nidia Vilchez, Moisés Guía Pianto, Walter Angulo, Edgar Raymundo, César Combina, Manuel Traverso, Miguel Ponce, Óscar Ramírez y Ángel Berrocal. Asimismo, en una segunda sesión, estuvieron los aspirantes a la provincia de Huancayo: Sabino Blancas, Julio César de la Rosa, Juan Romero Acuña, Luis Rojas, Efraín Calderón, Ciro Gálvez, Enith Montreuil García y Henry López Cantorín. Entre las propuestas que se dieron a conocer para el desarrollo de la industria está la de mejorar el transporte aéreo y terrestre para el traslado de productos, eliminar los procesos burocráticos, garantizar el respeto y el cumplimiento de las leyes y normas que rigen PERÚ PRODUCE el crecimiento de laindustria, y la adquisición de productos locales, entre otros. En su intervención, el anfitrión del evento, el presidente de la SNI Sede Junín, Raúl Dávila, resaltó la participación de los candidatos, quienes se comprometieron a contribuir con el desarrollo de la industria, así como hacer cumplir las disposiciones de las leyes y normas que prohíben la venta de bebidas alcohólicas a menores de edad, y la comercialización de alcohol ilegal. Vale destacar que la SNI Sede Junín viene trabajando intensamente en la campaña denominada “Toma conciencia, dile NO a lo bamba”. SNI - SEDE LA LIBERTAD ELIGE NUEVA DIRECTIVA La Sociedad Nacional de Industrias – Sede la Libertad eligió a su nueva junta directiva para el periodo 2014–2016, la cual se comprometió a impulsar el desarrollo de la industria local. La Asamblea General de Socios, realizada el pasado 08 de setiembre, designó como presidente a Jorge Brandon Portal, Desirée Gabuteau Espinosa como vicepresidenta, Manuel Moncada Castañeda como secretario, César Merino Vereau como tesorero, Luis Fernando Piza Bermúdez y Martín Cruzado Ubillus como vocales, y Guillermo Cassinelli Gurreonero como coordinador. 11 06 / / CAPACITACIONES Y EVENTOS PERÚ PRODUCE OCTUBRE 2014 SEMINARIO: / / PAC: = RETO DE GENERAR VALOR= AGREGADO OPTIMIZANDO LA GESTIÓN DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL OBJETIVO: Brindar información sobre los beneficios y oportunidades que genera la protección y gestión adecuada de la propiedad intelectual; así como, sensibilizar al empresariado nacional de la necesidad de innovar como clave en la generación de ecosistemas de negocios. Lugar: Sociedad Nacional de Industrias. Los Laureles 365 San Isidro T 616 4444 Anexo: 266. [email protected] Organiza: Sociedad Nacional de Industrias. Fecha y Hora: 23 de Octubre del 2014 06:30pm a 08:30 p.m. Costo: Socios: S/. 150.00 y Público en General: S/. 200.00 (Los precios incluyen IGV). 12 07 / / ANIVERSARIOS PERÚ PRODUCE SETIEMBRE 2014 EMPRESA DE SERVICIOS DE SEGUIRDAD, CUSTODIA Y VIGILANCIA SANTISTA S.A.C. l 23 AÑOS CERVECERIA SAN JUAN S.A. l l 8 AÑOS 43 AÑOS 23 AÑOS ORICA MINING SERVICES PERU S.A. INDUSTRIAL ALPAMAYO S.A. SERVIMATIC S.A. l CERAMICA LIMA S.A. l l 11 AÑOS 32 AÑOS REFRIGERADOS FISHOLG & HIJOS S.A.C. l 7 AÑOS l 52 AÑOS JUSTO A TIEMPO S.A.C. INDUSTRIAL BETA S.A. INDUSTRIAL EL SOL S.A. l l 9 AÑOS 37 AÑOS GRUPO KLAUS S.A.C. 9 AÑOS l l 50 AÑOS GAITEX S.A. INDUSTRIAL EPEM S.A. 41 AÑOS T.J. CASTRO S.A.C. l l 20 AÑOS 45 AÑOS l TRANSFORMACIONES METAL MECANICAS S.A. l LOPESA INDUSTRIAL S.A. 39 AÑOS l 1 EL PESCADOR S.R.L. 35 AÑOS FOGEL FRIO SERVICE S.A.C. 13 AÑOS l 34 AÑOS 2 LABORATORIO FARMACEUTICO SAN JOAQUIN- ROXFARMA SA l EMULSIONES Y DERIVADOS DEL PERU S.A.C. 3 CONSORCIO INDUSTRIAL DE AREQUIPA S.A. l l 28 AÑOS 48 AÑOS l RINCONCITO DE LAS TRADICIONES PERUANAS EIRL 5 AÑOS INDUSTRIAS KUENNEN Y DUANNE S.A. l l 7 AÑOS 15 AÑOS WELLCO PERUANA S.A. l 53 AÑOS 4 LA PARISINA S.A.C. 5 EUROTUBO S.A.C. 6 MANUFACTURAS KUKULI S.A.C. 7 ANYPSA PERU S.A. l l l l 7 AÑOS 17 AÑOS 11 AÑOS 23 AÑOS FAMESA EXPLOSIVOS S.A.C. l 61 AÑOS INVERSIONES FARALLON S.A.C. l 4 AÑOS 8 IRIARTE & ASOCIADOS SCRL 9 10 LATEX Y PLASTICOS SRL 11 EMARAN S.A.C. l l l 8 AÑOS 18 AÑOS 28 AÑOS HT INGENIERIA & CONSULTORIA S.A.C. FLUID S.A.C. l l 6 AÑOS 4 AÑOS T.C.I. S.A. TRANSPORTE CONFIDENCIAL DE INFORMACION l 22 AÑOS 12 13 14 15 13 07 / / ANIVERSARIOS PERÚ PRODUCE SETIEMBRE 2014 COBERTURAS PLASTICAS S.A. INDUSTRIAS IMIM S.A.C. INTRADEVCO INDUSTRIAL S.A. l l l 17 AÑOS 36 AÑOS 65 AÑOS PRAXAIR PERU SRL l 56 AÑOS 16 NESTLE PERU S.A. 17 HELTEX S.A. 18 FUNDICION CENTRAL S.A. 19 FORSAC PERU S.A. l l l l 74 AÑOS 57 AÑOS 38 AÑOS 18 AÑOS NOVATEC PAGANI S.A. LIMA GAS S.A. l l 15 AÑOS 53 AÑOS RETOR S.A. 57 AÑOS l ALIGNET S.A.C. l 18 AÑOS CORPORACION APEC SOCIEDAD ANONIMA CERRADA l 20 BORIS JAVIER ROMERO OJEDA 35 AÑOS l 21 PETROPOLIS S.A. 22 SUCROALCOLERA DEL CHIRA S.A. 29 AÑOS 23 NORSAC S.A. l l l 40 AÑOS 5 AÑOS 47 AÑOS CORPORACION MUNDO MODA S.A.C. l 6 AÑOS 24 25 FREEKO PERÚ S.A. 26 27 FRENO S.A. l l 16 AÑOS 57 AÑOS LABORATORIOS AC FARMA S.A. l 17 AÑOS 28 29 30 14
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