BOLETIN JUDICIAL N° 26 de la fecha 06 02 2015

JORGE LUIS
VARGAS
ESPINOZA (FIRMA)
Firmado digitalmente por JORGE LUIS
VARGAS ESPINOZA (FIRMA)
Nombre de reconocimiento (DN):
serialNumber=CPF-02-0255-0227,
sn=VARGAS ESPINOZA, givenName=JORGE
LUIS, c=CR, o=PERSONA FISICA,
ou=CIUDADANO, cn=JORGE LUIS VARGAS
ESPINOZA (FIRMA)
Fecha: 2015.02.05 14:55:56 -06'00'
AÑO CXXI
La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 6 de febrero del 2015
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA CONSTITUCIONAL
Asunto Acción de inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
TERCERA PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la
Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de
inconstitucionalidad número 15-000235-0007-CO que promueve
María Gabriela Rodríguez Jiménez y Susana Francisca Hernández
Durán, se ha dictado la resolución que literalmente dice: “Sala
Constitucional de La Corte Suprema de Justicia. San José, a las
diez horas y veintinueve minutos del doce de enero del dos mil
quince./Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta
por Susana Hernández Durán, mayor, soltera, psicóloga, vecina de
San Ramón de Alajuela, cédula de identidad Nº 1-753-884, y María
Gabriela Rodríguez Jiménez, mayor, divorciada, fisioterapeuta,
vecina de Pénjamo de Florencia, San Carlos, Alajuela, cédula de
identidad Nº 1-697-005, para que se declare inconstitucional el
artículo 33 de la Convención Colectiva MEP-SECSITRACOME
de 16 de abril de 2013, por estimarlo contrario al derecho protegido
en el artículo 33 de la Constitución Política. Se confiere audiencia
por quince días a la Procuraduría General de la República y al
Ministerio de Educación Pública. La norma se impugna en cuanto
establece que sólo las personas trabajadoras de las Oficinas
Centrales y de Direcciones Regionales tendrán una jornada
máxima acumulativa de 40:00 horas semanales, en detrimento de
los demás servidores del Ministerio de Educación Pública que no
laboran en Oficinas Centrales o en las Direcciones Regionales,
como es el caso de las actoras, quienes tienen una jornada máxima
superior, pese a que realizan las mismas funciones, todo lo cual
vulnera el derecho protegido en el artículo 33 de la Constitución
Política. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se
refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos
73 a 79. La legitimación de las accionantes proviene, en ambos
casos, del artículo 75 párrafo 1º de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, al tener como asunto base, la primera, el recurso
de amparo tramitado bajo el expediente Nº 14-13679-0007-CO,
en el cual la Sala Constitucional, por medio de la resolución Nº
2014-15573 de las 11:31 horas de 19 de septiembre de 2014,
confirió plazo a la recurrente Hernández Durán para promover
esta acción de inconstitucionalidad, y la segunda, el recurso de
amparo tramitado bajo el expediente Nº 14-014224-0007-CO,
en el cual la Sala Constitucional, por medio de la resolución
Nº 2014-16912 de las 16:00 horas de 14 de octubre de 2014,
confirió plazo a la recurrente Rodríguez Jiménez para plantear
esta acción. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en
el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que
en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación
de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no
haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los
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procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación
de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse
en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que
haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido.
Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa
es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes
a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso
de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo,
claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la
tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente.
Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del
citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en
asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en
los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con
interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia
o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de
inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese.
Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81
y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha
resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 053791, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia
de la norma en general, si no únicamente su aplicación en los casos
y condiciones señaladas. Notifíquese.
San José, 13 de enero del 2015.
Exonerado.—(IN2015005592)
Ernesto Jinesta Lobo,
Presidente a. í.
Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la
Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de
inconstitucionalidad que se tramita con el número 14-0094810007-CO, promovida por Michael Zúñiga Méndez contra los
incisos ñ y p del artículo 13 de la Ley de Registro y Archivo
Judicial. Interviene también en el proceso la Procuraduría General
de la República se ha dictado el voto número 2015-000548 de las
diez horas y treinta y un minutos del catorce de enero del dos mil
quince que literalmente dice:
“Se declara sin lugar la acción. El Magistrado Cruz salva el
voto y declara con lugar la acción con sus consecuencias.”
San José, 14 de enero del 2015.
Exonerado.—(IN2015005659)
Gerardo Madriz Piedra,
Secretario
Para los efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90
párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional,
que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el
número 14-011800-0007-CO, promovida por Corporación de
Inversiones Tournón S. A., Mario Vicente Hidalgo Matlock contra
las Resoluciones 14-96 del 30 de agosto de 1996, y 10-97, del 29
de agosto de 1997, ambas emitidas por la Dirección General de la
Tributación Directa por estimarlas contrarias a los artículos 18 y
33 de la Constitución Política, se ha dictado el voto número 2015000549 de las diez horas y treinta y dos minutos del catorce de
enero del dos mil quince, que literalmente dice:
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Viernes 6 de febrero del 2015
“Se declara parcialmente con lugar la acción planteada
y, en consecuencia, se anulan por inconstitucionales las
siguientes disposiciones: 1) los incisos a), b) y c) del artículo
1 de la Resolución General de Dirección de Tributación
Directa, número 14-96 de las 9 horas del 22 de agosto de
1996; 2) el artículo 1 de la Resolución General de Dirección
de Tributación Directa, número 10-97 de las 8 horas del 4
de agosto de 1997. Esta sentencia tiene efecto declarativo y
retroactivo a la fecha de vigencia de las normas anuladas, sin
perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Reséñese este
pronunciamiento en La Gaceta y publíquese íntegramente en
el Boletín Judicial. Comuníquese esta sentencia a los Poderes
Legislativo y Ejecutivo. En lo demás, se declara sin lugar la
acción. Notifíquese.”
San José, 14 de enero del 2015.
Exonerado.—(IN2015005660)
Gerardo Madriz Piedra,
Secretario
TRIBUNALES DE TRABAJO
Avisos
Juzgado de Trabajo de Heredia, hace saber a, Alba Rosa
Torres Conde, documento de identidad 00186200001834, vecina
de Escazú y demás calidades ignoradas, que en este Despacho
se interpuso un proceso Ordinario Laboral en su contra, bajo el
expediente número 13-000794-0505-LA donde se dictaron las
resoluciones de la demanda en la que literalmente se pretende:
“Primero: Pido se declare con lugar mi demanda laboral por el
despido injustificado del que fui objeto. Segundo: Se ordene
a mi expatrona señora Alba Rosa Torres Conde, cédula de
residencia número 186200001834, vecina de Escazú, otras
calidades ignoradas como representante patronal de Alba Rosa
Salón, ubicado en Paseo de Las Flores Heredia, tercera etapa,
local 34, a cancelarme las sumas de un millón novecientos seis
mil seiscientos sesenta y seis colones con cincuenta céntimos
por concepto de pago de aguinaldo un aguinaldo completo, y
nueve doceavos de aguinaldo del presente año, ya que el año
anterior no me pagaron aguinaldo, vacaciones un período de
nueve días del presente año. Igualmente nunca me dieron ni me
pagaron vacaciones y el preaviso, el día que me despidieron
apenas me dieron 30 minutos para recoger mis cosas y el
auxilio de cesantía por cuanto laboré de manera continua por
espacio de un año y nueve meses sin que diera motivos para mi
despido. Por lo cual considero que me asisten todos los derechos
laborales reclamados. Tercero: Pido se condene igualmente
a la demandada a pagarme intereses legales sobre las sumas
adeudadas desde la terminación del contrato a su efectivo pago.
Cuarto: Pido se condene a la demandada al pago de ambas
costas de esta acción. Quinto: Pido el pago de indexación
por todo el tiempo que dure esta demanda. Sexto: Petición
especial: Pido de ser procedente se dicte embargo preventivo
de bienes de la demandada y sobre las cuentas de ahorros en
dólares y colones de todos los bancos del Sistema Bancario
Nacional y los bancos Mafisa, Banco Catay, Banco Improsa,
Banco de San José, Banco Da Vivienda. “Así como el traslado
de la demanda que literalmente dice: “Juzgado de Trabajo de
Heredia, a las diez horas y treinta minutos del veinticinco de
octubre del año dos mil trece. De la anterior demanda Ordinaria
Laboral y documentos aportados por Karla Hernández Hitchers,
se concede traslado por el plazo de quince días, a Alba Rosa
Torres Conde para que la conteste por escrito, previniéndole
que debe manifestar respecto de los hechos, si reconoce éstos
como ciertos o si los rechaza por inexactos, o bien, si los admite
con variantes o rectificaciones, bajo el apercibimiento de que
si así no lo hiciere, se tendrán por probados aquellos sobre los
cuales no haya dado contestación en forma debida. Asimismo,
se le previene que al contestar la demanda deberá ofrecer la
prueba que le interese, igualmente se le(s) previene que en el
primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para
atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas
con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas
las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales
N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta
N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le
hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en
sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso
exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a
las partes a que suministren un número de teléfono “celular”,
con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del
despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades
internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo,
pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.”
Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en
concordancia con la Política de Género del Poder Judicial,
Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se
le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas
físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a)
lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Remítase
mandamiento al señor Jefe del Departamento de Cuenta
Individual y Custodia de Planillas de la CCSS, a efecto de que
certifique el tiempo laborado, los salarios devengados, así como
para cuales patronos laboró la actora Karla Hernández Hitchers,
cédula 00015581948010, durante el período de octubre del año
2011 al 26 de julio del año 2013. Notifíquese esta resolución al
(los) demandado(s), personalmente o por medio de cédulas y
copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio
real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para
estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones
Judiciales y Otras Comunicaciones; de este Circuito Judicial.
La parte demandada puede ser localizada en la siguiente
dirección: En Heredia Paseo de Las Flores tercera etapa local
34. Lo anterior se ordena así en proceso Ordinario Laboral de
Karla Hernández Hitchers contra Alba Rosa Torres Conde.
Expediente N° 13-000794-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 18 de diciembre del 2014.—Msc. Yuri López Casal,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005951).
Causahabientes
Se emplaza a todos los interesados en la diligencia del
Cobro del Fondo de Capitalización Laboral, de la trabajadora
fallecida Maricela Segura Segura, quien fue mayor, divorciada,
costarricense, con cédula de identidad N° 06-0247-0421, y
vecina de Manuel Mora de Barranca, Puntarenas, para que
dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus
derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo
indicado, el dinero pasará a quien corresponda. Expediente
N° 13-300450-1024-LA(1).—Tribunal de Trabajo de Menor
Cuantía de Puntarenas, a las ocho horas veinticinco minutos
del dos de diciembre del dos mil trece.—Lic. Pedro Ferrán
Reina, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005958).
Viernes 6 de febrero del 2015
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Marco Antonio Barrantes Rojas, mayor, divorciado, chofer, vecino
de Guápiles, Pococí, Limón, con cédula de identidad 2-03570046, fallecido el 10 de noviembre del año 2014, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias Devolución de Ahorro
Obligatorio, bajo el número 14-000418-1041-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000418-1041LA. Marco Antonio Barrantes Rojas a favor de, Sandra Felicia
Muñoz Badilla.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de
Pococí, 12 de enero del 2015.—Licda. Nathalie Palma Miranda,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005959).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Guillermo Manuel Bonilla González, fallecido el 02 de noviembre
del año 2014, quien fue mayor, soltero, agricultor, vecino de
Guápiles, Pococí, Limón, con cédula de identidad 7-0050-0713, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto,
se apersonen ante este Despacho en las diligencias Devolución
de Ahorro Obligatorio, bajo el número 14-000432-1041-LA, a
hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el
artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000432-1041LA. Guillermo Manuel Bonilla González a favor de, Meribeth de
los Ángeles Bonilla Román.—Juzgado de Trabajo de Menor
Cuantía de Pococí, 13 de enero del 2015.—Licda. Nathalie Palma
Miranda, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005960).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de William Alberto Zúñiga López, fallecido el 16 de octubre del
2014, quien fue mayor, soltero, agricultor, con cédula de identidad
7-0220-0950, vecino de Roxana, Pococí, Limón, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias Devolución de Ahorro
Obligatorio, bajo el número 14-000442-1041-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Expediente N° 14-000442-1041-LA. William
Alberto Zúñiga López a favor de Keilyn Milena Alcócer Pérez.—
Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí, 13 de enero
del 2015.—Licda. Nathalie Palma Miranda, Jueza.—1 vez.—
Exonerado.—(IN2015005961).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de,
Maikol Alexis Pérez Delgado, fallecido el 15 de diciembre del año
2014, quien fue mayor, soltero, peón agrícola, vecino de Cariari, con
cédula de identidad 6-0416-0239, se consideren con derecho, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a
la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las
diligencias Devolución de Ahorro Obligatorio, bajo el número 14000458-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con
lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente
N° 14-000458-1041-LA. Maikol Alexis Pérez Delgado a favor de
Mayra Isabel Delgado Ramírez.—Juzgado de Trabajo de Menor
Cuantía de Pococí, 13 de enero del 2015.—Licda. Nathalie Palma
Miranda, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005962).
A los causahabientes de quien en vida se llamó, Laura
Barquero Aguilar, quien fue mayor, divorciada vecina de Cartago
Llano Grande, Barrio Los Ángeles Urbanización La Barca contiguo
al play, casa café, con cédula de identidad número 03-0295-0453,
se les hace saber que: Daniel Fernando Aguilar Fernández, portador
de la cédula de identidad o documento de identidad número 1-05610019, vecino de Cartago, Llano Grande, Barrio Los Ángeles,
Urbanización La Barca contiguo al play casa café, se apersonó en
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este Despacho en calidad de compañero sentimental de la fallecida,
a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de
Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto
que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a
la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en
las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Consignación de Prestaciones de la Trabajadora fallecida
Laura Barquero Aguilar. Expediente número 14-000827-0641LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago.—Lic. Javier Fallas
Villaplana, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005963).
A los causahabientes de quien en vida se llamó, José Israel
Cubero Meoño, quien fue mayor, casado, vecino de Cartago,
Oreamuno, Cipreses, Barrio Boquerón de la escuela cien metros
este sobre carretera principal, portón rojo mano derecha, con cédula
de identidad número 0303390689, se les hace saber que: Cinthya
Vanessa Acuña Serrano, portadora de la cédula de identidad o
documento de identidad número 0303660606, vecina de Cartago,
Oreamuno, Cipreses, Barrio Boquerón de la escuela cien metros este
sobre carretera principal, portón rojo mano derecha, se apersonó
en este Despacho en calidad de cónyuge supérstite del fallecida,
a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de
Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto
que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores
a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho,
en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código
de Trabajo. Consignación de Prestaciones del Trabajador
fallecido José Israel Cubero Meoño. Expediente número 14000879-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 12 de
enero del 2015.—Lic. Javier Fallas Villaplana, Juez.—1 vez.—
Exonerado.—(IN2015005964).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Juan Rafael de Jesús Ugalde Barrantes, cédula de identidad
4-0088-0457, fallecido el 05 de setiembre del año 2014, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest.
Sector Público bajo el número 14-001243-1021-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-001243-1021-LA.
Promovido por Jeannette Prendas Arce a favor de, Juan Rafael
de Jesús Ugalde Barrantes.—Tribunal de Trabajo de Menor
Cuantía de Heredia, 06 de enero del 2015.—Licda. Guiselle
Gené Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005965).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
las prestaciones y ahorro de trabajador fallecido de quien en vida
se llamó Prudencio Fuentes Loría, mayor, costarricense, soltero,
peón agrícola de Compañía Bananera La Teresa S. A., ubicada en
La Rita de Pococí, de cincuenta y cuatro años de edad, cédula de
identidad N° 7-0066-0298, vecino de Guácimo, segunda entrada
a mano derecha del Colono, setenta y cinco metros hacia adentro,
casa de cemento blanca, quien falleció el catorce de octubre de dos
mil catorce en Carmen, Central, San José, para que dentro del plazo
de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto se
apersonen al Despacho en su defensa. Diligencias de Devolución
de Fondo de Capitalización Laboral y Prestaciones Legales de
Trabajador fallecido N° 14-300087-0477-LA-0, gestionante Saira
Loría Loría.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía
de Guácimo, 13 de enero del 2015.—Lic. Marvin Gerardo Arce
Castro, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005966).
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Viernes 6 de febrero del 2015
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
las prestaciones y ahorro de trabajador fallecido de quien en vida
se llamó Elías Rafael Sánchez Campos, mayor, costarricense,
soltero, de veinticinco años de edad, peón agrícola, cédula de N°
7-0190-0553, vecino de La Lucha de Río Jiménez de Guácimo,
quien falleció el cuatro de diciembre del dos mil catorce en
Hospital de Guápiles, Limón, para que dentro del plazo de ocho
días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen
al Despacho en su defensa. Diligencias de Devolución de Fondo
de Capitalización Laboral de Trabajador fallecido N° 14-3000990477-LA (99-14-1), gestionante Cecilia Campos Collado causante
Elías Rafael Sánchez Campos.—Juzgado Contravencional y de
Menor Cuantía de Guácimo, 14 de enero del 2015.—Lic. Marvin
Gdo. Arce Castro, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005967).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
German Enrique Caravaca Aguilar, cédula de identidad número
5-0229-0600, fallecido el treinta y uno de mayo del 2011, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencia de Consignación
de Prestaciones de Trabajador Fallecido, bajo el expediente
número 14-3000109-0401-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Carrillo,
a las siete horas cuarenta minutos del veinticinco de junio del
dos mil catorce.—Lic. José Manuel Sánchez Montero, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015005968).
Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes de
la fallecida Rosa Emilia Flores Nájera, quien fuera mayor, casada,
cédula número dos-ciento ochenta-ciento siete, vecina de San
Francisco de Dos Ríos, del Restaurante Nueva Ciudad, trescientos
metros este, casa color melón con verjas negras a mano derecha,
quien falleció el siete de noviembre del dos mil catorce, a fin
de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente
diligencia de, reclamo de dos meses de pensión y el aguinaldo de
la pensión del Régimen no Contributivo de la Caja Costarricense
de Seguro Social de la fallecida Rosa Emilia Flores Nájera.
Expediente N° 14-300345-0237-LA (367-1-14) contra Caja
Costarricense de Seguro Social apercibidos de que de no hacerlo
así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de
este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho,
de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—
Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San
José, Desamparados, 13 de enero del 2015.—Msc. Ian Berrocal
Azofeifa, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005969).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Róger Pérez Araya, quien fue mayor, casado, pensionado,
con cédula de identidad 2-242-131, fallecido el 11 de noviembre
del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consignación de Prestaciones Sector Público
bajo el número 15-000005-1021-LA, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código
de Trabajo. Expediente N° 15-000005-1021-LA. Por a favor de
Róger Pérez Araya.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía
de Heredia, 13 de enero del 2015.—Licda. Angélica Fallas
Carvajal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005970).
Se cita y emplaza a todos los causahabientes de quien en
vida se llamó Otilio Jiménez Mora, mayor, casado, vecino de
Limón, portador de la cédula de identidad 7-0027-0609 y fallecido
el 02 de octubre del 2014, para que comparezcan a este despacho
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores
a la publicación de este edicto, en defensa de sus derechos y de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código
de Trabajo. Diligencias de consignación de prestaciones del
trabajador fallecido Otilio Jiménez Mora, interpuestas por Juana
Eleuteria Molina Miranda. Expediente número 15-000005-1025LA-A.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 13 de enero
del 2015.—Licda. Wendy Martínez Garbanzo, Jueza.—1 vez.—
Exonerado.—(IN2015005971).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
María Isabel Madrigal Vargas, quien fue mayor, soltera, vecina de
Barreal de Heredia, cédula 6-150-650, fallecida el 18 de febrero del
2005, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto,
se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig.
Prest. Sector Privado bajo el número 15-000047-1021-LA, a
hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por
el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-0000471021-LA. Por Estifen Gerardo Brenes Madrigal a favor de María
Isabel Madrigal Vargas.—Tribunal de Trabajo de Menor
Cuantía de Heredia, 14 de enero del 2015.—Licda. Guiselle
Gené Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005972).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Óscar Mario Bravo Castro, mayor, casado, vecino de Heredia,
Barva, taxista, cédula 2-319-466, fallecido el 27 de junio del año
2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de
Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 15-000048-1021-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por
el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-0000481021-LA. Por Óscar Mario Bravo Castro a favor de María del
Carmen Fernández Portuguez.—Tribunal de Trabajo de Menor
Cuantía de Heredia 14 de enero del 2015.—Licda. Angélica
Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005973).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Jorge Lorenzo González Montoya, fallecido el 28 de
diciembre del año 2014, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores
a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho
en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el
número 15-000055-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código
de Trabajo. Expediente N° 15-000055-1021-LA.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 14 de enero del
2015.—Licda. Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—
Exonerado.—(IN2015005974).
Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes la
fallecida Virginia Cordero Jiménez, quien fuera mayor, viuda,
costarricense, pensionada, vecina de Desamparados centro, 25 sur
del gimnasio municipal, casa color verde con blanco número 512,
cédula de identidad número uno-ciento setenta y tres-trescientos
trece, quien falleció el siete de octubre del dos mil catorce, con el
fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente
diligencia de reclamo de Reclamo de Aguinaldo de la Pensión del
Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense,
expediente número 15-300006-0237-LA (6-2-15), gestionada
por: Alfredo Gerardo Rodríguez Cordero, cédula de identidad
nueve-cero treinta y siete-cero sesenta y dos, contra la Caja
Costarricense de Seguro Social, apercibidos de que de no hacerlo
así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de
este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho,
de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—
Viernes 6 de febrero del 2015
Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San
José, Desamparados, 15 de enero del 2015.—M.Sc. Ian Berrocal
Azofeifa, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005975).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Gilbert Hernández Baldeáramos, cédula de identidad número
9-0012-0300, quien fue mayor, casado, pensionado, con último
domicilio en Cartago, Barrio Asís, y falleció el 19 de setiembre
del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de Consignación de Prestaciones, bajo el número 14-000789-1023LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín
Judicial. Expediente N° 14-000789-1023-LA, promovida por,
Ligia Robles Cubero.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía
de Cartago, 15 de enero del 2015.—Licda. Mónica Zúñiga Vega,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005976).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del
fallecido Francisco Murillo Rodríguez, quien fue mayor, casado,
pensionado por invalidez, con último domicilio en Cartago, Los
Ángeles, Residencial González Angulo, casa N° 4, con cédula
de identidad 2-187-509 y falleció el 01 de agosto de 2014, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación
de Prestaciones Sector Privado bajo el número 14-000792-1023LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín Judicial. Expediente N° 14-000792-1023-LA, proceso
promovido por María de los Ángeles Gamboa Palomo, cédula
de identidad 9-0026-0307.—Tribunal de Trabajo de Menor
Cuantía de Cartago, 11 de diciembre del 2014.—Msc. Ronald
Figueroa Acuña, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005977).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Carlos Luis Gómez Mena, cédula 1-944-961, fallecido el día
04 de agosto del año 2014, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a
la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consignación de Prestaciones bajo el expediente
número 14-002095-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 14-002095-1178-LA. Promovido por Ana Lorena Murillo
González a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial
de San José, 13 de enero del 2015.—Licda. Ileana García Arroyo,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005979).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Ana Lorena Paniagua Cárdenas, cédula 6-204-618, fallecida
el día 29 de octubre del año 2014, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de Consignación de
Prestaciones bajo el expediente número 14-002589-0173-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial Expediente N° 14-002589-0173-LA.
Promovido por José Mario Jirón Rodríguez a favor de los
causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de
enero del 2015.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—
Exonerado.—(IN2015005980).
BOLETIN JUDICIAL Nº 26 — Pág 5
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Luis Fernando Araya Arroyo, cédula 2-343-500, fallecido el día
15 de octubre del año 2014, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a
la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consignación de Prestaciones bajo el expediente
número 14-002590-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
14-002590-0173-LA. Promovido por María de los Ángeles Flores
Gámez a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de
San José, 12 de enero del 2015.—Licda. Ileana García Arroyo,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005981).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Shantale Sheron Simpson Anderson, cédula 7-091-002, fallecida el
día 15 de enero del año 2006, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a
la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consignación de Prestaciones bajo el expediente
número 14-002762-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
14-002762-0173-LA. Promovido por Antolina Anderson Theophile
y Gilbert Simpson Rima a favor de los causahabientes de la
fallecida.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo
Circuito Judicial de San José, 15 de enero del 2015.—Licda. Ileana
García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005982).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de, Efraín Rodríguez Varela, cédula 1-162-261, fallecido el
día 17 de noviembre del año 2014, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones
bajo el expediente número 14-002780-0173-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente
N° 14-002780-0173-LA. Promovido por María Flory Montenegro
Coto a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de
San José, 13 de enero del 2015.—Licda. Ileana García Arroyo,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005983).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Jorge Araujo Tamayo, cédula 1-411-259, fallecido el día 25 de
setiembre del año 2004, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de Consignación de Prestaciones bajo el expediente número 14002855-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en
el Boletín Judicial. Expediente N° 14-002855-0173-LA. Promovido
por, Yasmileidy Zamora Rodríguez a favor de los causahabientes del
fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo
Circuito Judicial de San José, 14 de enero del 2015.—Licda. Ileana
García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005984).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de,
Juan Ramón Gonzalo Quirós Mora, cédula 5-060-485, fallecido
el día 05 de noviembre del año 2014, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante
este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado
bajo el expediente número 14-002868-0173-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Pág 6 — BOLETIN JUDICIAL Nº 26
Viernes 6 de febrero del 2015
Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente
N° 14-002868-0173-LA. Promovido por Leyla María Herrera
Sibaja a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de
San José, 14 de enero del 2015.—Licda. Ileana García Arroyo,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005985).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de,
Carlos Manuel Tenorio Granados, cédula 1-1064-819, fallecido el
día 26 de abril del año 2014, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las
diligencias de Consignación de Prestaciones bajo el expediente
número 14-002950-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código
de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente N°
14-002950-0173-LA. Promovido por Noemy Ruth Granados
Solís a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de
San José, 13 de enero del 2015.—Licda. Ileana García Arroyo,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005986).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de, Jorge Enrique Cárdenas Vílchez, cédula 1-497-326, fallecido
el día 26 de setiembre del año 2014, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones
bajo el expediente número 14-002966-0173-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente
N° 14-002966-0173-LA. Promovido por, Ana Bettina Monge
Monge a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de
San José, 13 de enero del 2015.—Licda. Ileana García Arroyo,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005987).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Maurin Gloria Francis Brown, cédula 7-059-673, fallecida el
día 11 de noviembre del año 2014, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones
bajo el expediente número 14-002977-0173-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial Expediente
N° 14-002977-0173-LA. Promovido por Graciela Francis Brown
y otros a favor de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial
de San José, 12 de enero del 2015.—Licda. Ileana García Arroyo,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005988).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de, José Guillermo Vargas Fallas, cédula 1-473-385, fallecido
el día 01 de mayo del año 2014, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones
bajo el expediente número 14-002991-0173-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial.
Expediente N° 14-002991-0173-LA. Promovido por Virginia
Meléndez López a favor de los causahabientes del fallecido.—
Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de San José, 15 de enero del 2015.—Licda. Ileana
García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005989).
Con ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos
y demás interesados en las diligencias número 14-300073-0239LA (80-14), que es Consignación de Prestaciones del Trabajador
Fallecido: Rodrigo Alcides de Jesús Retana Jiménez, quien en
vida fue mayor, costarricense, viudo, pensionado, vecino de
Hatillo 6, cuya cédula de identidad fue la número 1-0123-0863;
con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus
derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a
quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así
dentro de las diligencias promovidas por María Lourdes Retana
Flores.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Hatillo,
San José, 08 de enero del 2015.—Lic. Ricardo Núñez Montes de
Oca, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005990).
Se cita y emplaza a los que con carácter de causahabientes
de Consignación de Reclamo del Aguinaldo de la Pensión por
I.V.M. de la Caja Costarricense de Seguro Social del fallecido
Félix Picado Picado, cédula de identidad número en vida
5-0136-0975, mayor, soltero, masculino, agricultor, vecino de
Palmira de Cañas, y falleció el 24 de octubre del año 2014, se
consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo
improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas bajo el número 14-300109-0402-0-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el
artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín
Judicial.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Cañas, a
las catorce horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de enero
del dos mil quince.—Lic. Harold Rojas Aguilar, Juez.—1 vez.—
Exonerado.—(IN2015005991).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Juan Antonio
Navarro Vargas, quien fue mayor, casado, vecino de Pavas, con
cédula de identidad número 6-118-091, se les hace saber que:
Olga Gómez Gómez, portadora de la cédula de identidad o
documento de identidad número 5-148-553, vecina de Pavas,
se apersonó en este Despacho en calidad de viuda del fallecido,
a fin de promover las presentes diligencias de Consignación
de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este
Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus
derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Consignación de Prestaciones del trabajador
fallecido Juan Antonio Navarro Vargas. Expediente número 14003013-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de San José, (oral-electrónico), 12 de noviembre del
2014.—Licda. Ana Cecilia Brenes López, Jueza.—1 vez.—
Exonerado.—(IN2015006027).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
del causante Arly Gerardo Picado Quirós, quien fue mayor,
soltero, vecino de Urasca de Cachí Paraíso de Cartago, empleado
del Instituto Costarricense de Electricidad y quien portó la cédula
de identidad Nº tres-trescientos cuarenta y tres-trescientos treinta
y seis, fallecido el catorce de agosto del dos mil catorce, se
consideren con derecho a las mismas, para que dentro del lapso
improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen a este Despacho en las diligencias
establecidas bajo el número 14-300074-0351-LA (74-2-11), a
hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo
de Menor Cuantía de Paraíso, a las once horas del veintitrés
de enero del dos mil quince.—Msc. Gerardo Barillas Solís,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015006080).
Viernes 6 de febrero del 2015
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo citas
0395-00015203-01-0809-001; a las diez horas y quince minutos del
veintinueve de abril del dos mil quince, y con la base de ocho millones
cuatrocientos veinticinco mil trescientos ochenta y siete colones
con catorce céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, sección de
propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento
cuarenta y tres mil veintiséis cero cero cero la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 03 Cahuita, cantón 04 Talamanca,
de la provincia de Limón. Colinda: al norte, servidumbre Agrícola
y Cornelio Mayorga Mora; al sur, David Mayorga Mora y Juana
Segundo Sánchez; al este, Cornelio Mayorga Mora y Juana Segundo
Sánchez y al oeste, servidumbre Agrícola y David Mayorga Mora.
Mide: mil setecientos sesenta y un metros con cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince
minutos del quince de mayo del dos mil quince, con la base de seis
millones trescientos diecinueve mil cuarenta colones con treinta
y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del uno
de junio del dos mil quince, con la base de dos millones ciento seis
mil trescientos cuarenta y seis colones con setenta y nueve céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional
de Costa Rica contra Jacobo Rogelio Mayorga Mora. Exp. Nº 14003076-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 23 de enero del
2015.—Lic. Francis Porras León, Jueza.—(IN2015007088).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del veinte de abril
del dos mil quince, y con la base de dos millones seiscientos
cuarenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón,
sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número setenta y nueve mil doscientos veinticinco cero cero cero
la cual es terreno con construcción. Situada en el distrito Limón,
cantón Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, resto
formando lote 206; al sur, resto formando lote 208; al este, zona
de protección de canal y al oeste, calle pública con 23.61. Mide:
setecientos cincuenta metros con tres decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del seis
de mayo del dos mil quince, con la base de un millón novecientos
ochenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero
minutos del veintiuno de mayo del dos mil quince, con la base de
seiscientos sesenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo
805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso monitorio de Banco Nacional de Costa
Rica contra Eduardo José Jiménez Jiménez. Exp. Nº 10-1001720473-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 16 de enero del
2015.—Lic. Francis Porras León, Juez.—(IN2015007090).
BOLETIN JUDICIAL Nº 26 — Pág 7
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando; servidumbre y obligaciones Ref.,
bajo las citas: 300-15211-01-0901-001; a las nueve horas y
quince minutos del veintitrés de febrero del dos mil quince, y
con la base de ciento setenta y nueve mil seiscientos setenta y un
dólares con veintiséis centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número 230968-000, la cual es naturaleza construido. Situada
en el distrito 9 Pavas, cantón 1 San José, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Papa Golfo S. A.;
al este, Romilde de Mico y al oeste, calle pública y otro. Mide:
Trescientos noventa y cinco metros con ochenta y seis decímetros
cuadrados. Plano SJ-0696059-1987. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y quince minutos del diez de marzo de dos
mil quince, con la base de ciento treinta y cuatro mil setecientos
cincuenta y tres dólares con cuarenta y cuatro centavos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y quince minutos del veinticinco de marzo de
dos mil quince con la base de cuarenta y cuatro mil novecientos
diecisiete dólares con ochenta y un centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Scotiabank de Costa Rica S.
A., contra Dario del Carmen Cano Muñoz. Exp. Nº 14-0204341170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 19 de noviembre del 2014.—
Licda. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—(IN2015007094).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las
citas: 2013-85239-01-0002- 001; a las ocho horas quince minutos
del cuatro de marzo del dos mil quince, y con la base de ciento
cuarenta y tres mil doscientos noventa dólares con un centavo,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo
el sistema de folio real, matrícula número 292860-000 la cual es
terreno para construir con una casa. Situada en el distrito San José,
cantón Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Río
Achiote; al sur, calle pública con un frente a ella de 24 metros; al
este, Orlando Bolaños Murillo y al oeste, Eloísa Murillo. Mide:
mil setecientos noventa metros cuadrados. Plano A-16434732013. Para el segundo remate se señalan las ocho horas quince
minutos del diecinueve de marzo del dos mil quince, con la base
de ciento cuarenta y tres mil doscientos noventa dólares con un
centavo (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las ocho horas quince minutos del diez de abril
del dos mil quince, con la base de treinta y cinco mil ochocientos
veintidós dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra
3-101-574595, Yanira Yesenia Diez Acevedo. Exp. Nº 14-0202971170-CJ.—Juzgado, Segundo Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 17 de noviembre del 2014.—Lic.
Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2015007096).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del trece de marzo
del dos mil quince, y con la base de setenta y un mil cuatrocientos
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de
propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número treinta y
cuatro mil ochocientos treinta y cuatro-F-cero cero cero la cual es
terreno finca filial ocho apartamento destinado a uso habitacional
totalmente construido. Situada en el distrito La Ribera, cantón
Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Carlos Luis
Alpízar Mora; al sur, área común no construida acceso peatonal
Pág 8 — BOLETIN JUDICIAL Nº 26
Viernes 6 de febrero del 2015
acera; al este, finca filial número siete y al oeste, área común
no construida área verde. Mide: ciento dieciocho metros con
trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las ocho horas y treinta minutos del seis de abril del dos mil
quince, con la base de cincuenta y tres mil quinientos cincuenta
dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del
veintiuno de abril del dos mil quince con la base de diecisiete
mil ochocientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica contra
Apartamentos Venus Ocho Dos Mil Siete La Ribera S. A., Frank
Boyd Daniels Acuña. Exp. Nº 14-020320-1170-CJ.—Juzgado,
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de
San José, 4 de diciembre del 2014.—Lic. Minor Antonio Jiménez
Vargas, Juez.—(IN2015007100).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando citas: 370-1976901-0916-001 y condicionamientos del ida y reservas y
restricciones citas 370-19769-01-0917-001; a las siete horas
con treinta minutos del cinco de marzo del dos mil quince,
(7:30 a.m. del 05/03/2015), y con la base de veintitrés millones
seiscientos setenta y dos mil novecientos catorce colones con
setenta céntimos (¢23.672.914,77), en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número 235588 cero cero cero la cual es terreno para
agricultura. Situada en el distrito Dos Buena Vista, cantón 15
Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle
pública y María Elena García Ugalde; al sur, Río Brazo; al este,
Asociación de Agricultores y María Elena García Ugalde y al
oeste, Río Brazo y María Elena García Ugalde. Mide: setenta y
dos mil cuatrocientos treinta y cuatro metros con sesenta y cinco
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
siete horas con treinta minutos del veinticinco de marzo del dos
mil quince, (7:30 a.m. del 25/03/2015), con la base de diecisiete
millones setecientos cincuenta y cuatro mil seiscientos ochenta
y siete colones con siete céntimos (¢17.754.686,07) (rebajada
en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las siete horas con treinta minutos del diecisiete de abril del dos
mil quince, (7:30 a.m. del 16/04/2015) con la base de cinco
millones novecientos dieciocho mil doscientos veintiocho
colones con sesenta y nueve céntimos (¢5.918.228,69) (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo
hipotecario promovido por Fundación Proagroin contra José
Gerardo de los Ángeles Ramírez Elizondo. Exp. Nº 14-0007261157-CJ.—Juzgado, Civil, Trabajo y Familia del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala.—Brenda Celina
Calvo de la O.—Exento.—(IN2015007101).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones
y gravámenes prendarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco
minutos del diecisiete de marzo del dos mil quince, y con la base
de once mil ciento cincuenta y tres dólares con treinta y ocho
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa
WLL ciento diecinueve (WLL119), marca Fiat, estilo Panda,
categoría automóvil, cilindrada 1242 c.c., carrocería sedan cuatro
puertas Hatchbak, serie, chasis y VIN ZFA169000C4091019,
motor Nº 188A400006835549, capacidad cuatro personas, año
2012, color gris, combustible gasolina. Para el segundo remate
se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del ocho
de abril del dos mil quince, con la base de ocho mil trescientos
sesenta y cinco dólares con tres centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las
ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de abril del
dos mil quince, con la base de dos mil setecientos ochenta y ocho
dólares con treinta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra
Erin William Quirós Miranda. Exp. Nº 14-020084-1170-CJ.—
Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 8 de diciembre del 2014.—Lic. Carlos
Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2015007102).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las ocho horas y cero minutos del veintiuno de abril
del dos mil quince, y con la base de quince mil ciento dieciocho
dólares con cuarenta centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo placas número SVZ263. Marca KIA. Estilo
Sportage. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año
2012. Color blanco. Cilindrada 1998 cc. Combustible gasolina.
Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos
del siete de mayo del dos mil quince, con la base de once mil
trescientos treinta y ocho dólares con ochenta centavos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cero minutos del veintidós de mayo del dos
mil quince con la base de tres mil setecientos setenta y nueve
dólares con sesenta centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica contra
Sugey Johanna Ramirez Padilla. Exp. Nº 15-002001-1338-CJ.—
Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 23 de enero del 2015.—Licda. Vanessa
Guillén Rodríguez, Juez.—(IN2015007103).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del
quince de abril del dos mil quince, y con la base de dieciocho
mil ochocientos treinta y cuatro dólares con cinco centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número BCM
226. Marca Zap, estilo A380, categoría automóvil, capacidad 5
personas, año 2013, color gris, VIN LZ0CC5X2XC2002315,
cilindrada 1800 cc., combustible gasolina; motor Nº
4G93DJAD1A0062. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de abril del dos mil
quince, con la base de catorce mil ciento veinticinco dólares con
cincuenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y
cinco minutos del dieciocho de mayo del dos mil quince, con
la base de cuatro mil setecientos ocho dólares con cincuenta y
un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). nota:
se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del
Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de MB Créditos S. A., contra Luiyin
Eduardo Morera Alvarado. Exp. Nº 13-013884-1044-CJ.—
Juzgado, Primero Especializado de cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 27 de enero del 2015.—Licda. Audrey
Abarca Quirós, Juez.—(IN2015007148).
Viernes 6 de febrero del 2015
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las once horas y cero minutos del tres de marzo
del dos mil quince, y con la base de dieciséis millones quinientos
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección
de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
154.455-000 la cual es terreno lote número tres terreno para
construir con una casa. Situada en el distrito 04 San Nicolás,
cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, Manuel Hernández; terreno baldío; al sur, Urbanización
Benero; casa número cuatro; al este, Miguel Barquero Loria,
lote baldío; oeste, calle pública con 8.63 metros; noreste, Jorge
Salazar Bolaños, pared de baldosas a dos metros de la línea de
propiedad y tapia de bloques de concreto; noroeste, calle pública
con 8.63 metros de frente; sureste, Miguel Ángel Barquero Loria,
pared de baldosas a nueve metros de la línea de propiedad y
tapia de bloques de concreto; suroeste, Asociación Solidarista de
Empleados del Grupo Z, pared de baldosas y tapia de bloques de
concreto sobre la línea de propiedad, pared vecina de baldosas a
un metro de la colindancia. Mide: Ciento setenta y dos metros con
doce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las once horas y cero minutos del dieciocho de marzo del dos mil
quince, con la base de doce millones trescientos setenta y cinco
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para
la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del
nueve de abril del dos mil quince con la base de cuatro millones
ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le hace saber a los posibles postores
que de conformidad con el numeral 153 bis de la Ley del Sistema
Financiero Nacional para la Vivienda, de resultar adjudicatario un
tercero deberá realizar el pago total de la oferta en el acto, asimismo,
en caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos
aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada
-en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar
será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según
lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y
Préstamo contra Adrián Alberto de los Ángeles Tenorio Castillo.
Exp. Nº 14-006221-1164-CJ.—Juzgado, Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 31 de octubre del 2014.—Licda. Yanin
Torrentes Ávila, Jueza.—(IN2015007154).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del doce de
marzo del dos mil quince, y con la base de diecisiete millones
cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número siete mil cuatrocientos setenta y dos
cero cero uno cero cero dos la cual es terreno con árboles frutales,
bodega, y casa de habitación. Situada en el distrito san jerónimo,
cantón esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
Albis Cambronero Quirós; al sur, Olivio Quesada Hernández,
Israel Quirós Ugalde, Nelson Alberto Cambronero Quirós; al
este, camino de Esparza a Cerrillos y al oeste, Nelson Alberto
Cambronero Quirós. Mide: tres mil seiscientos doce metros con
cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de marzo
del dos mil quince, con la base de trece millones ciento seis mil
doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas
y cero minutos del veinte de abril del dos mil quince con la base
de cuatro millones trescientos sesenta y ocho mil setecientos
cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
BOLETIN JUDICIAL Nº 26 — Pág 9
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Diana Maria Castillo Villalobos
contra Eddy Ángel Cambronero Quirós. Exp. Nº 12-0000761207-CJ.—Juzgado, de Cobro y Civil de Menor Cuantía de
Puntarenas, 24 de setiembre del 2014.—Lic. Douglas Quesada
Zamora, Juez.—(IN2015007169).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios; a las once horas y quince minutos del dos de marzo de
dos mil quince, y con la base de setecientos mil colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa CL
228620, marca Nissan, estilo D21, año 1996, color negro, Vin
1N6SD16S1TC349082. Para el segundo remate se señalan las
once horas y quince minutos del diecisiete de marzo de dos mil
quince, con la base de quinientos veinticinco mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las once horas y quince minutos del seis de abril de
dos mil quince con la base de ciento setenta y cinco mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en
la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del
Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso
Ejecución Prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA)
Sociedad Anónima contra Alexis Alfredo Delgado Quirós. Exp.
14-004685-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Heredia, 21 de noviembre del 2014.—Lic. German Valverde
Vindas, Juez.—(IN2015007173).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 23608844-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 243-0911401-0911-001, servidumbre trasladada citas: 283-09114-01-0901001 y servidumbre trasladada citas: 300-16596-01-0901-002; a
las diez horas y treinta minutos del dos de marzo del dos mil
quince, y con la base de veinticinco millones treinta y siete
mil doscientos noventa y cinco colones con cincuenta y cinco
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número dieciocho mil
trescientos sesenta y ocho f cero cero cero la cual es terreno
edificio número dos, tercer nivel, apartamento número 5 dedicado
a uso habitacional. Situada en el distrito Catedral, cantón San
José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común
de acceso y vacío; al sur área común, vacío; al este, finca filial
número seis (apartamento contiguo) y área común de acceso; y
al oeste, finca filial número doce (apartamento contiguo). Mide:
setenta y un metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del
diecisiete de marzo del dos mil quince, con la base de dieciocho
millones setecientos setenta y siete mil novecientos setenta y un
colones con sesenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del uno de abril del dos mil quince con la base
de seis millones doscientos cincuenta y nueve mil trescientos
veintitrés colones con ochenta y ocho céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
Proceso Ejecución Hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Juan Pablo Flores Meléndez, Rosa Argentina Flores
Meléndez. Exp. 14-026375-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San
José, 20 de noviembre del 2014.—Lic. Esteban Herrera Vargas,
Juez.—(IN2015007181).
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Viernes 6 de febrero del 2015
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintisiete
de febrero del dos mil quince, y con la base de doce millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
529331 submatrícula cero cero cero la cual es terreno de solar con
un local comercial. Situada en el distrito 01 San Ignacio, cantón
12 Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Sinay
Ureña Arias; al sur, calle; al este, Otilia y Amable Arias Arias; y
al oeste, Siany Ureña Arias. Mide: doscientos noventa y ocho
metros con diecinueve decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del dieciséis
de marzo del dos mil quince, con la base de nueve millones de
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos
del treinta y uno de marzo del dos mil quince con la base de tres
millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso
Ejecución Hipotecaria de Eduardo Mora Bermúdez contra Jose
Luis Estrada Bonilla. Exp. 13-006377-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la
Zona Sur, 11 de diciembre del 2014.—Lic. José Ricardo Cerdas
Monge, Juez.—(IN2015007201).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del diez de marzo
del dos mil quince, y con la base de cincuenta millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos
veintisiete mil ciento treinta y tres cero cero cero la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito 1-San Vicente, cantón
14-Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote
4-N; al sur, lote 6-N; al este, resto destinado a calle; y al oeste,
lote 16-N. Mide: ciento sesenta y ocho metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del
veinticinco de marzo del dos mil quince, con la base de treinta
y siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
trece horas y treinta minutos del nueve de abril del dos mil quince
con la base de doce millones quinientos mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de cooperativa
de Ahorro y Crédito de los Vecinos de Acosta contra Nora Cecilia
Madrigal Rojas. Exp. 14-005066-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur, 11 de diciembre del 2014.—Lic. Alejandra Ortega Padilla,
Jueza.—(IN2015007205).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos antes
meridiano del veintitrés de marzo de dos mil quince, y con la base
de doce mil seiscientos sesenta y cinco dólares con cincuenta y
seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo
placa número 709845, marca: Toyota, estilo Yaris, categoría
automóvil, capacidad 5 personas, año 2008, color negro, Vin
JTDKW923X05077304, cilindrada 1298 c.c., combustible
gasolina, motor Nº 2NZ4687539. Para el segundo remate
se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos antes
meridiano del catorce de abril de dos mil quince, con la base de
nueve mil cuatrocientos noventa y nueve dólares con diecisiete
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos
antes meridiano del veintinueve de abril de dos mil quince con la
base de tres mil ciento sesenta y seis dólares con treinta y nueve
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido
a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución
Prendaria de Banco HSBC Costa Rica S. A. contra Fernando
Hidalgo Arguedas, Yulima García Durango. Exp. 10-0026740638-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de enero del 2015.—
Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015007206).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre de aguas pluviales
citas 442-15040-01-0008-001; a las once horas y cero minutos
del seis de marzo de dos mil quince, y con la base de ciento
veinticinco mil novecientos treinta y siete dólares con ocho
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 610328-000 cero
cero cero la cual es terreno de potrero lote uno con una casa.
Situada en el distrito San Antonio, cantón Escazú, de la provincia
de San Jose. Colinda: al norte, Napoleón Echeverría Alfaro y Lujo
Escazuceño S. A.; al sur, calle pública con 25 metros y Napoleón
Echeverría Alfaro; al este, Napoleón Echeverría Alfaro; y al
oeste, Lujo Escazuceño S. A. Mide: mil ochocientos setenta y tres
metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las once horas y cero minutos del veintitrés de marzo de
dos mil quince, con la base de noventa y cuatro mil cuatrocientos
cincuenta y dos dólares con ochenta y un centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
once horas y cero minutos del siete de abril de dos mil catorce con
la base de treinta y un mil cuatrocientos ochenta y cuatro dólares
con veintisiete centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso
Ejecución Hipotecaria de Banco General (Costa Rica) S. A.
contra Richard Elías Marcano Mago. Exp. 14-006053-1158-CJ.—
Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 31 de octubre del
2014.—Msc. Liset Delgado Chavarría, Jueza.—(IN2015007214).
A las diez horas y treinta minutos del once de marzo del
dos mil quince, en la puerta exterior de este Despacho; libres de
gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de
Aguas y Ley de Caminos Públicos bajo las citas: 460-01960-010006-001 y con sus respectivas bases, en el mejor postor remataré
lo siguiente: 1) Con la base de treinta y cuatro millones novecientos
cuarenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta colones exactos,
la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 148.899000, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 2, Quebrada
Grande cantón 8, Tilarán, cantón, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, calle pública; al sur, servidumbre de paso de
seis metros; al este, Cooperativa de Caficultores y Servicios
Múltiples del Dos de Tilarán Responsabilidad Limitada; y al
oeste, Cooperativa de Caficultores y Servicios Múltiples del Dos
Viernes 6 de febrero del 2015
de Tilarán Responsabilidad Limitada. Mide: trece mil novecientos
setenta y ocho metros con dieciocho decímetros cuadrados. Plano:
G-0554658-1999. 2) Con la base de quince millones quinientos
sesenta y nueve mil cuatrocientos veinticinco colones exactos,
la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 150.822000, la cual es terreno de café. Situada en el distrito 2, Quebrada
Grande cantón 8, Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, calle pública; al sur, Cooperativa de Caficultores y
Servicios Múltiples de Tilarán R-L; al este, Cooperativa de
Caficultores y Servicios Múltiples del Dos de Tilarán; y al oeste,
Cooperativa de Caficultores y Servicios Múltiples del Dos de
Tilarán R-L. Mide: seis mil doscientos veintisiete metros con
setenta y siete decímetros cuadrados. Plano: G-0554656-1999.
De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se
señalan las diez horas y treinta minutos del veintiséis de marzo
del dos mil quince, con la base de veintiséis millones doscientos
nueve mil ochenta y siete colones con cincuenta céntimos por
la finca número 148.899-000; y con la base de once millones
seiscientos setenta y siete mil sesenta y ocho colones con
setenta y cinco céntimos por la finca número 150.822-000. Para
el tercer remate, se señalan las diez horas y treinta minutos
del diecisiete de abril del dos mil quince, con la base de ocho
millones setecientos treinta y seis mil trescientos sesenta y dos
colones con cincuenta céntimos por la finca número 148.899000; y con la base de tres millones ochocientos noventa y dos
mil trescientos cincuenta y seis colones con veinticinco céntimos
por la finca número 150.822-000. Se remata por ordenarse así
en Proceso Ejecución Hipotecaria de Coocique R.L. contra Jorge
Alberto Rodríguez Rojas. Exp. 14-000508-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, 8 de diciembre del 2014.—Lic. Luis Diego Romero
Trejos, Juez.—(IN2015007293).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las trece
horas y treinta minutos del nueve de abril de dos mil quince, y
con la base de veintisiete millones de colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número cincuenta y nueve mil seiscientos treinta
y dos cero cero cero la cual es terreno para construir lote 89.
Situada en el distrito 01 Siquirres, cantón 03 Siquirres, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte, lote 88; al sur, lote 90; al
este, calle pública; y al oeste, Abdenago Alvarado Quesada. Mide:
doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las trece horas y treinta minutos del veinticuatro de abril de dos
mil quince, con la base de veinte millones doscientos cincuenta
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos
del once de mayo de dos mil quince con la base de seis millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Mutual
Cartago de Ahorro y Préstamo contra Edgar Eladio de Jesús
Carvajal González. Exp. 14-001424-1209-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 15 de enero del 2015.—
Licda. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—(IN2015007302).
En la puerta exterior de este Despacho;
libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas, restricciones
y condiciones; a las nueve horas y cero minutos del veintitrés
de marzo de dos mil quince, y con la base de nueve millones
BOLETIN JUDICIAL Nº 26 — Pág 11
doscientos ochenta mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número setenta y cuatro mil seiscientos ochenta
y uno cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en
el distrito 01 Siquirres, cantón 03 Siquirres, de la provincia de
Limón. Colinda: al norte, Alcides Villalobos García; al sur, calle
pública; al este, Alcides Villalobos García; y al oeste, Matilde
Villalobos García. Mide: doscientos cincuenta y nueve metros con
noventa y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cero minutos del catorce de abril de
dos mil quince, con la base de seis millones novecientos sesenta
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos
del veintinueve de abril de dos mil quince con la base de dos
millones trescientos veinte mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Mutual
Cartago de Ahorro y Préstamo contra Ronaldo Enrique Cano
Mendoza, Santiago Cano Martínez. Exp. 14-001314-1209-CJ.—
Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 9 de enero del
2015.—Licda. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—(IN2015007303).
A las catorce horas treinta minutos del ocho de abril del dos
mil quince, en la puerta exterior de este Despacho; soportando
reservas y restricciones bajo las citas: 0290-00001914-01-0904001 e hipoteca de primer grado a favor de Grupo Mutual Alajuela
La Vivienda de Ahorro y Préstamo bajo las citas: 2009- 32562701-0002-001, y con la base del valor dado según el avalúo
pericial sea la suma de cinco millones quinientos sesenta y ocho
mil novecientos colones, al mejor postor remataré finca inscrita
en el Registro Público, propiedad partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
trescientos dos mil seiscientos nueve cero cero cero la cual es
terreno con una casa y patio, situada en el distrito Río Cuarto,
cantón Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle
pública con 21.13 metros; al sur, Elías Quesada Quirós y José
María Quesada Sibaja; al este, Elías Quesada Quirós y José María
Quesada Sibaja; y al oeste, José María Quesada Sibaja. Mide:
quinientos cincuenta y seis metros con ochenta y nueve decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas
treinta minutos del veintitrés de abril del dos mil quince, con
la base de cuatro millones ciento setenta y seis mil seiscientos
setenta y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
treinta minutos del once de mayo del dos mil quince con la base
de un millón trescientos noventa y dos mil doscientos veinticinco
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en Proceso Monitorio de Banco Popular
y de Desarrollo Comunal contra Orlando Cucalon Gaitán. Exp.
10-101026-0317-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 19 de enero del 2015.—
Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—(IN2015007313).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios, pero soportando infracciones a la Ley de Tránsito
tramitada bajo la sumaria 12-004157-0494-TR, a las nueve horas
del diecisiete de abril del año dos mil quince, y con la base de
cuatro millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo placas N° CSC-000, marca Kia,
año 2012, vin KNABE512ACT55653, cilindrada 1248 c.c., color
Pág 12 — BOLETIN JUDICIAL Nº 26
Viernes 6 de febrero del 2015
blanco, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas y cero minutos del cuatro de mayo del año dos
mil quince, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del
diecinueve de mayo del año dos mil quince con la base de un
millón ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso OR.S.PRI. despido discriminatorio
de Marvin Jiménez Sibaja contra Corporate Security Consultants
Sociedad Anónima. Exp. N° 12-000953-1021-LA.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 13 de enero del 2015.—Msc. Brenda
Caridad Vargas, Jueza.—Exento.—(IN2015007382).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del veintiséis de
febrero del año dos mil quince, y con la base de siete millones
quinientos setenta y dos mil dos colones con treinta y siete
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
ciento catorce mil setecientos diecinueve-cero cero cero, la cual
es terreno para construcción de vivienda e interés social, lote
113 finca se encuentra en zona catastrada. Situada en el distrito
02 Mansión, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, lote 112; al sur, lote 114; al este, Marcos
Sequeira Vargas, y al oeste, calle pública con 12.96 metros.
Mide: Quinientos cincuenta y nueve metros con cincuenta y ocho
decímetros cuadrados plano: G-0551542-1999. Para el segundo
remate se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciséis
de marzo del año dos mil quince, con la base de cinco millones
seiscientos setenta y nueve mil un colones con setenta y ocho
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de
abril del año dos mil quince con la base de un millón ochocientos
noventa y tres mil colones con cincuenta y nueve céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Amed Antonio Méndez
Cerdas. Exp. N° 14-002523-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de
Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, Liberia, 12 de enero del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga
Jaen, Juez.—(IN2015007431).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando serv oblig, citas 0324-0000390801-0901-001; a las once horas y treinta minutos del veintitrés
de marzo de dos mil quince, y con la base de cien mil dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y
seis mil cuatrocientos veinticinco-cero cero cero, la cual es terreno
para construir con una casa. Situada en el distrito 09 Pavas, cantón
01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle
pública; al sur, Rita Rovira; al este, Francis Víquez, y al oeste,
Urbanizadora Rohrmoser S. A. Mide: Trescientos setenta y cinco
metros con treinta y ocho decímetros cuadrados, según plano
catastrado número SJ-0338235-1979. Para el segundo remate
se señalan las once horas y treinta minutos del catorce de abril
de dos mil quince, con la base de setenta y cinco mil dólares,
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las once horas y treinta minutos del veintinueve de
abril de dos mil quince con la base de veinticinco mil dólares, (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Diego Grooscors
Antillon contra Amacruher Limitada y Celajes Anaranjados del
Caribe S. A. Exp. N° 14-018831-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San
José, 23 de enero del 2015.—Lic. Carlos Manuel Contreras
Reyes, Juez.—(IN2015007436).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre restrc. ref. 170828000, citas 346-04113-01-0903-001; a las nueve horas y cero
minutos del diez de marzo de dos mil quince, y con la base de
veintiún millones cuarenta y tres mil setecientos ochenta y
ocho colones con ocho céntimos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número trescientos diecinueve mil treinta y ochocero cero cero (319038-000), la cual es terreno para construir
con 1 casa. Situada en el distrito Pavas, cantón San José, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Arabela Castro; al sur,
Gricelda Chaves y María Del Carmen Vargas; al este, Alameda
Antonio Valle, y al oeste, Ligia Campos. Mide: Ciento sesenta
y cuatro metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del
veinticinco de marzo de dos mil quince, con la base de quince
millones setecientos ochenta y dos mil ochocientos cuarenta y
un colones con seis céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cero minutos del nueve de abril de dos mil quince con la base
de cinco millones doscientos sesenta mil novecientos cuarenta
y siete colones con dos céntimos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo
805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Eric Gerardo Ballestero
Miranda. Exp. N° 14-006232-1158-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Heredia, 4 de noviembre del 2014.—Lic. Ricardo
Chacón Cuadra, Juez.—(IN2015007446).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del veintisiete de
febrero del año dos mil quince, y con la base de once millones
novecientos veintisiete mil novecientos cincuenta y cinco colones
con tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
doce mil ochocientos sesenta y ocho-cero cero uno cero cero dos,
la cual es terreno de solar para construir bloque K: T-1 lote 22-K.
Situada en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de
la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 23 K; al sur,
lote 21 K; al este, Fiduciaria Elca Sociedad Anónima, y al oeste,
calle pública. Mide: Ciento sesenta metros con cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas
y cero minutos del diecisiete de marzo del año dos mil quince,
con la base de ocho millones novecientos cuarenta y cinco mil
novecientos sesenta y seis colones con veintisiete céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las nueve horas y cero minutos del ocho de abril del año
Viernes 6 de febrero del 2015
dos mil quince con la base de dos millones novecientos ochenta
y un mil novecientos ochenta y ocho colones con setenta y seis
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido
a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra
Amed Antonio Méndez Cerdas. Exp. N° 14-002545-1205-CJ.—
Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 19 de enero del
2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—(IN2015007453).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del veintisiete de
febrero del año dos mil quince, y con la base de ciento siete mil
ochocientos ochenta y seis dólares con ochenta y cinco centavos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta
y cuatro mil cuatrocientos noventa y dos-cero cero cero, la
cual es terreno para construir bloque G lote 14 G. Situada en el
distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte avenida cinco; al sur, lote 1 G;
al este, calle primera, y al oeste, lote 13 G. Mide: Trescientos
veinticinco metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del
diecisiete de marzo del año dos mil quince, con la base de ochenta
mil novecientos quince dólares con catorce centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
diez horas y cero minutos del ocho de abril del año dos mil quince
con la base de veintiséis mil novecientos setenta y un dólares
con setenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra Amalfi Vásquez González. Exp. N° 14-0025471205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 19 de enero
del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—(IN2015007455).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del siete de abril
del año dos mil quince, y con la base de siete millones trescientos
veintinueve mil ochocientos ochenta colones con dos céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ocho mil
cuatrocientos noventa y seis-cero cero cero, la cual es terreno lote
37, terreno para construir. Situada en el distrito tercero Sardinal,
cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, lote 36; al sur, lote 38; al este, lote 56, y al oeste, calle
pública con 9.87 centímetros. Mide: Doscientos cincuenta y tres
metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las quince horas y cero minutos del veintidós de abril
del año dos mil quince, con la base de cinco millones cuatrocientos
noventa y siete mil cuatrocientos diez colones con dos céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las quince horas y cero minutos del ocho de mayo del año
dos mil quince con la base de un millón ochocientos treinta y dos
mil cuatrocientos setenta colones con un céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
BOLETIN JUDICIAL Nº 26 — Pág 13
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Francisca Lilliam Bustos
Mendoza. Exp. N° 14-002555-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de
Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, Liberia, 19 de enero del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga
Jaen, Juez.—(IN2015007458).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas 0325-00014361-01-0901-001, 0325-00014361-01-0902001, 0337-00009390-01-0900- 001, 0337-00009390-01-0901001; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro
de abril de dos mil quince, y con la base de veinte millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
183864-000, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito
03 Horquetas, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, calle pública; al sur, Sociedad Agrícola Koradhi
Sociedad Anónima; al este, Sociedad Agrícola Koradhi Sociedad
Anónima, y al oeste, Obdulio Rojas Rojas. Mide: Ciento seis
mil trescientos cincuenta metros con setenta y tres decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
cuarenta y cinco minutos del trece de mayo de dos mil quince,
con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de mayo de
dos mil quince con la base de cinco millones de colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Claudio Zumbando Arias contra Marcos Vinicio Solís Retana.
Exp. N° 10-000201-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de enero
del 2015.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—(IN2015007459).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 408-00252-01-0901-001; a las diez horas y treinta minutos
del nueve de marzo del año dos mil quince, y con la base de cuatro
millones cuatrocientos sesenta y tres mil trescientos cincuenta
y seis colones con sesenta y dos céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido
de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula N° 294784-000, la cual es lote sétimo: terreno para
construir. Situada en el distrito 06 Río Cuarto, cantón 03 de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Asociación de Desarrollo
Integral de Santa Rita de Río Cuarto de Grecia, sur, Asociación de
Desarrollo Integral de Santa Rita de Río Cuarto de Grecia, este,
José Campos Sibaja, y oeste, calle pública. Mide: Ciento noventa
y seis metros con cinco decímetros cuadrados. Plano: A-02479471995. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta
minutos del veinticuatro de marzo del año dos mil quince, con la
base de tres millones trescientos cuarenta y siete mil quinientos
diecisiete colones con cuarenta y siete céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
diez horas y treinta minutos del catorce de abril del año dos mil
quince con la base de un millón ciento quince mil ochocientos
treinta y nueve colones con dieciséis céntimos (un veinticinco
Pág 14 — BOLETIN JUDICIAL Nº 26
Viernes 6 de febrero del 2015
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Coocique R. L. contra Jimmy
Gerardo Arce Santana y Marlene Gerardina Marín González. Exp.
N° 14-002413-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 26 de noviembre del
2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2015007462).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando condiciones ref: 00221255-000 bajo
las citas: 361-00763-01-0876-001 y demanda de reconocimiento
de unión de hecho bajo las citas: 2009-90210-01-0001-001; a las
quince horas y cero minutos del nueve de marzo del año dos mil
quince, y con la base de cinco millones ciento cincuenta y seis
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
429114-000, la cual es terreno lote 7 para construir. Situada en el
distrito 04 Bijagua cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Ernesto Calero González; sur, Ernesto Calero
González; este, Ernesto Calero González, y oeste, calle pública
con 10.01 metros. Mide: Doscientos metros con setenta y un
decímetros cuadrados. Plano: A-0957033-2004. Para el segundo
remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinticuatro
de marzo del año dos mil quince, con la base de tres millones
ochocientos sesenta y siete mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
quince horas y cero minutos del catorce de abril del año dos mil
quince con la base de un millón doscientos ochenta y nueve mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Coocique R. L. contra Geovanna Ramírez Zumbado y Verny
Jesús Cubero Ramírez. Exp. N° 14-002419-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, 28 de noviembre del 2014.—Lic. Luis Diego Romero
Trejos, Juez.—(IN2015007469).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las diez
horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de marzo de dos mil
quince, y con la base de doce millones quinientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 141015-000, la
cual es terreno para construir lote 25 B con una casa. Situada en el
distrito San Rafael, cantón Oreamuno, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, calle publica; al sur, lotes 42 y 43 B; al este,
lote 26-B, y al oeste, Imas. Mide: Ciento tres metros con cuarenta
y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las diez horas cuarenta y cinco minutos del catorce de abril de dos
mil quince, con la base de nueve millones trescientos setenta y
cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las diez horas cuarenta y
cinco minutos del veintinueve de abril de dos mil quince con
la base de tres millones ciento veinticinco mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades
de La Pradera S. A. contra Johana Isabel Morales Solano en
expediente N° 14-020029-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
San José, 21 de enero del 2015.—Lic. Minor Antonio Jiménez
Vargas, Juez.—(IN2015007473).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, a las nueve horas y cero minutos del cinco de
marzo del dos mil quince, y con la base de noventa y cinco mil
novecientos noventa y nueve dólares con ochenta y un centavos,
en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo
el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos veinticinco
mil cuatrocientos cuatro cero cero cero, la cual es terreno para
construir con una casa. Situada: en el distrito 03 San Rafael,
cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Grace López Montero; al sur, calle pública San Rafael-Bello
Horizonte con 13 metros 90 centímetros; al este, Hortensia Zúñiga
Saborío, y al oeste, calle de uso restringido. Mide: cuatrocientos
noventa y cuatro metros con once decímetros cuadrados. Para el
segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del
veinte de marzo del dos mil quince, con la base de setenta y un mil
novecientos noventa y nueve dólares con ochenta y seis centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta,
se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de abril del
dos mil quince, con la base de veintitrés mil novecientos noventa
y nueve dólares con noventa y cinco centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor
de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo
805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional
de Costa Rica contra Gustavo Adolfo López Montero, Iris Isabel
Arce Araya. Expediente N° 14-001559-1209-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 29 de enero del 2015.—
Licda. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—(IN2015007474).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, a las diez horas y treinta minutos del seis de marzo
del dos mil quince, y con la base de veintidós millones de colones
exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento quince
mil ciento treinta y ocho cero cero cero, la cual es terreno para
construir con una casa de habitación. Situada: en el distrito 01
Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda:
al norte, calle pública con un frente de 10 metros 53 centímetros;
al sur, Gerardo Antonio Jiménez Céspedes; al este, Gerardo
Antonio Jiménez Céspedes, y al oeste, Gerardo Antonio Jiménez
Céspedes. Mide: doscientos veintiún metros con cincuenta y
cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan
las diez horas y treinta minutos del veintitrés de marzo del dos
mil quince, con la base de dieciséis millones quinientos mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para
la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del
catorce de abril del dos mil quince, con la base de cinco millones
quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Gabriel Antonio Villalobos Vega. Expediente N° 14001555-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de
Pococí, 30 de enero del 2015.—Licda. Dinia Peraza Delgado,
Jueza.—(IN2015007477).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios, a las once horas y quince minutos del diecinueve
de marzo del dos mil quince, y con la base de tres millones
trescientos sesenta y siete mil colones exactos, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas: 749191, marca:
Toyota, categoría: automóvil, carrocería: Sedan 4 puertas,
chasis: 1NXBR32E45Z540228, uso: particular, estilo: Corolla,
Viernes 6 de febrero del 2015
capacidad: 5 personas, año: 2005, color: verde, número motor:
1ZZ6234232, combustible: gasolina. Para el segundo remate, se
señalan las once horas y quince minutos del diez de abril del dos
mil quince, con la base de dos millones quinientos veinticinco mil
doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas
y quince minutos del veintisiete de abril del dos mil quince, con
la base de ochocientos cuarenta y un mil setecientos cincuenta
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Giselle Patricia Cruz Navarro contra Francisco Javier Molina
Benavides. Expediente N° 14-021155-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial
de San José, 5 de diciembre del 2014.—Licda Melania Jiménez
Vargas, Jueza.—(IN2015007482).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, a las diez
horas y cero minutos del nueve de abril del dos mil quince, y
con la base de nueve millones quinientos cincuenta mil colones
exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y tres
mil doscientos treinta y seis cero cero cero, la cual es terreno para
construir con una casa de habitación. Situada: en el distrito 01
Siquirres, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda:
al norte, calle pública; al sur, Rafael Ángel Gamboa Arias; al
este, Rafael Ángel Gamboa Arias, y al oeste, Rafael Ángel
Gamboa Arias. Mide: ochocientos treinta y dos metros con treinta
decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez
horas y cero minutos del veinticuatro de abril del dos mil quince,
con la base de siete millones ciento sesenta y dos mil quinientos
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del once
de mayo del dos mil quince, con la base de dos millones trescientos
ochenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor
de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo
805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jorge Nájera
Araya contra José Gerardo de los Ángeles Gamboa González.
Expediente N° 14-001427-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía de Pococí, 14 de enero del 2015.—Licda. Dinia
Peraza Delgado, Jueza.—(IN2015007489).
En la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca
de primer grado, bajo citas de inscripción: 0572-00054701-010001-001 a favor de Scotiabank de Costa Rica S. A., a las diez
horas y treinta minutos del veintiuno de abril del dos mil quince,
y con la base de diecisiete millones cuatrocientos treinta y siete
mil quinientos colones exactos, en el mejor postor, remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula N° 344349-000, la cual es terreno lote 4-A con 1 casa.
Situada: en el distrito Desamparados, cantón Desamparados, de
la provincia de San José. Colinda: al norte, CIA Molinsa; al sur,
calle pública; al este, lote 5, y al oeste, lote 3. Mide: noventa y seis
metros con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate,
se señalan las diez horas y treinta minutos del siete de mayo del
dos mil quince, con la base de trece millones setenta y ocho mil
ciento veinticinco colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas
y treinta minutos del veintidós de mayo del dos mil quince, con
la base de cuatro millones trescientos cincuenta y nueve mil
BOLETIN JUDICIAL Nº 26 — Pág 15
trescientos setenta y cinco colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Javier
Rodríguez Montero contra Fransi Sociedad Anónima. Expediente
N° 15-002800-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de enero del
2015.—Licda. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—(IN2015007490).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, a las catorce horas cero minutos del veinticinco de
febrero del dos mil quince, y con la base de catorce millones de
colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 310358001, 002 y 003, la cual es terreno de café potrero con 2 casas.
Situada: en el distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Carmen Hernández
Rojas; al sur, Joaquín Cambronero Chinchilla; al este, Carmen
Hernández Rojas, y al oeste, calle pública con 12 m. Mide:
cuatrocientos cinco metros con diecinueve centímetros cuadrados.
Para el segundo remate, se señalan las catorce horas cero minutos
del trece de marzo del dos mil quince, con la base de diez millones
quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas cero
minutos del veintisiete de marzo del dos mil quince, con la base
de tres millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de El Encandilado S. A., Jessica
Vanessa Duarte Ramírez contra Guillermo Chaves Sibaja, José
Gil Chaves Chavarría, William Chaves Sibaja. Expediente N° 11027086-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de noviembre del
2014.—Licda. Kathya Araya Jácome, Jueza.—(IN2015007497).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; para el segundo remate se señalan las ocho horas
y cero minutos del veintisiete de febrero del dos mil quince,
con la base de diez millones setecientos veinticinco mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Un derecho de un sétimo sobre la
finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos veinticuatro mil ciento cincuenta cero cero cuatro, la
cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 02 Granadilla,
cantón 09 Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Miguel Mariño y Mario González; al sur, carreteras Pedro
Curridabat 34 m; al este, Arnoldo Acosta y M. Carmen Roca Fort,
y al oeste, Mañana S. A. Mide: dos mil quinientos treinta y dos
metros con veinticinco decímetros cuadrados. Y, para la tercera
subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciséis de
marzo del dos mil quince, con la base de tres millones quinientos
setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo
805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Conalito S. A.
contra Guido Arias Ramírez. Expediente N° 12-015926-1170CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 9 de octubre del 2014.—Licda.
Melania Jiménez Vargas, Jueza.—(IN2015007544).
Pág 16 — BOLETIN JUDICIAL Nº 26
Viernes 6 de febrero del 2015
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios, a las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de
abril del dos mil quince, y con la base de diez mil novecientos
noventa y tres dólares con setenta y nueve centavos, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placa 892778, marca:
Ford, estilo: Escape, año: 2011, capacidad: 5 personas, color: azul,
carrocería: todo terreno cuatro puertas, combustible: gasolina,
cilindrada: **2500 C.C, cilindro: 04. Para el segundo remate, se
señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de mayo del dos
mil quince, con la base de ocho mil doscientos cuarenta y cinco
dólares con veintinueve centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y
treinta minutos del veintidós de mayo del dos mil quince, con la
base de dos mil setecientos cuarenta y ocho dólares con cuarenta
y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra Mario Antonio Rojas
Apuy. Expediente N° 15-001695-1338-CJ.—Juzgado Tercero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San
José, 26 de enero del 2015.—Licda. Paula Morales González,
Jueza.—(IN2015007552).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios, a las ocho horas y cero minutos del veintitrés de
abril del dos mil quince, y con la base de mil setenta y nueve
dólares con ochenta y dos centavos, en el mejor postor, remataré
lo siguiente: Vehículo: placa 648372, marca: Ford, automóvil,
color: dorado, año: 2006, chasis: 9BFUT35N468761211. Para el
segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del ocho
de mayo del dos mil quince, con la base de ochocientos nueve
dólares con ochenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y
cero minutos del veinticinco de mayo del dos mil quince, con la
base de doscientos sesenta y nueve dólares con noventa y cinco
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido
a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra José Francisco
Arias Obregón. Expediente N° 14-020825-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial
de San José, 20 de enero del 2015.—Lic. Greivin Gerardo Fallas
Abarca, Juez.—(IN2015007554).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas:
0314-00000597-01-0906-001 finca de referencia 100605517 000
afecta a finca 1-00034900-000; servidumbre trasladada citas:
0314-00000597-01-907-001 finca de referencia 100605517 000
afecta finca 1-00034900-001; servidumbre trasladada citas:
0314-00000597-01-908-001 finca de referencia 100605517 000
afecta a finca 1-00034900-002; servidumbre trasladada citas:
0314-00000597-01-0909-001 finca referencia 100605517 000
afecta a finca 1-00034900-003; servidumbre trasladada citas:
0314-00000597-01-0910-001 finca referencia 100605517 000
afecta a finca 1-00034900-004; servidumbre de paso citas:
0505-00008106-01-0001-001 finca referencia 100605517 000;
servidumbre de paso citas: 0505-00008106-01-0004-001 finca
referencia 100605517 000; servidumbre de paso citas: 050500008106-01-0007-001, a las trece horas y cuarenta y cinco
minutos del veintitrés de marzo del dos mil quince, y con la base
de ochenta y dos mil ciento treinta y tres dólares con treinta y
dos centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
seiscientos cincuenta mil setecientos ochenta y tres cero cero
cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 03
Pozos, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Condominio San Miguel Arcángel de los Pozos S. A.;
al sur, calle pública; al este, Condominio San Miguel Arcángel
de los Pozos S. A., y al oeste, Honorario Marín Delgado. Mide:
mil dos metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos
del catorce de abril del dos mil quince, con la base de sesenta y
un mil quinientos noventa y nueve dólares con noventa y nueve
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del
veintinueve de abril del dos mil quince, con la base de veinte mil
quinientos treinta y tres dólares con treinta y tres centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Oktakoy S. A. contra Condominio San Miguel Arcángel de Pozos
S. A. Expediente N° 14-021033-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San
José, 6 de enero del 2015.—Licda. Kathya María Araya Jácome,
Jueza.—(IN2015007555).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios, a las diez horas del diecisiete de abril del dos mil
quince, y con la base de veinticuatro mil setecientos treinta y siete
dólares con setenta y cinco centavos, en el mejor postor, remataré
lo siguiente: Vehículo: placas N° CL-257451, combustible:
diesel, tracción: cuatro por cuatro, color: negro, marca: Toyota,
año: 2012, vin: MR0FZ29GX01629501. Para el segundo remate,
se señalan las diez horas del cinco de mayo del dos mil quince,
con la base de dieciocho mil quinientos cincuenta y tres dólares
con treinta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento),
y para la tercera subasta, se señalan las diez horas del veinte de
mayo del dos mil quince, con la base de seis mil ciento ochenta
y cuatro dólares con cuarenta y tres centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera
Cafsa S. A. contra Juan Pablo Meléndez Guevara. Expediente
N° 15-000990-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de enero
del 2015.—Lic. Elio Campos López, Juez.—(IN2015007557).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios, a las quince horas y cero minutos del veintiséis de
febrero del dos mil quince, y con la base de un millón cuatrocientos
cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Vehículo: placas N° CL-180712, marca: Isuzu, estilo:
KB2300, categoría: carga liviana, capacidad: 2 personas, año:
1995, color: azul, vin: JAACL11L4S7207494, cilindrada: 2300
CC, combustible: gasolina, motor: N° 399181. Para el segundo
remate, se señalan las quince horas y cero minutos del trece de
marzo del dos mil quince, con la base de un millón ochenta y
siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco
Viernes 6 de febrero del 2015
por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas
y cero minutos del treinta de marzo del dos mil quince, con la
base de trescientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de José
Francisco Barrantes Campos contra José Eduardo Barrantes
Céspedes. Expediente N° 14-007979-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur, 27 de enero del 2015.—Licda. Hazel Castillo Bolaños,
Jueza.—(IN2015007606).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, a las diez horas y treinta minutos del dieciocho de
mayo del dos mil quince, y con la base de veintidós mil dólares
exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 272919-000, la cual es
terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito 4-San
Roque, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Víctor Julio Román Barrantes; al sur, calle pública con
32 m 18 cm; al este, Víctor Julio Román Barrantes, y al oeste,
Liduvina Quesada y Sonia Alfaro. Mide: trescientos cuarenta y
cuatro metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del dos de
junio del dos mil quince, con la base de dieciséis mil quinientos
dólares exactos, y para la tercera subasta, se señalan las diez horas
y treinta minutos del diecisiete de junio del dos mil quince, con
la base de cinco mil quinientos dólares exactos. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Esteban José
Fernández Víquez contra Sonia María Gerarda Alfaro Quesada.
Expediente N° 14-004075-1204-CJ.—Juzgado de Cobro,
Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 11 de noviembre
del 2014.—Brayan Li Morales, Juez.—(IN2015007607).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones (citas:
334-06825-01-0900-001); a las quince horas y treinta minutos
(tres horas y treinta minutos pasado meridiano) del dieciséis
de marzo de dos mil quince y con la base de doscientos mil
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento
noventa y ocho mil doscientos cuarenta y seis cero cero cero, la
cual es de naturaleza: terreno de potrero y bosques con un salón
multiusos y tres casas. Situada en el distrito 06 San Isidro, cantón
01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Misael
Porras Herrera; al sur, German Ávila Isaías Solera; al este,
quebrada; y al oeste, calle pública con 34 m 18 cm y otro. Mide:
cincuenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y ocho metros con
treinta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las quince horas y treinta minutos (tres horas y treinta
minutos pasado meridiano) del siete de abril de dos mil quince,
con la base de ciento cincuenta mil dólares exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las quince horas y treinta minutos (tres horas y treinta minutos
pasado meridiano) del veintidós de abril de dos mil quince, con
la base de cincuenta mil dólares exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
BOLETIN JUDICIAL Nº 26 — Pág 17
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Kantrix
Trust Sociedad Anónima contra Inversiones Sólidas del Oriente
y Bienes Raíces de Alajuela. Expediente: 14-010853-1157CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 12 de enero del 2015.—Msc.
Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015007875).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del nueve de
marzo del dos mil quince y con la base de veintinueve millones
novecientos cincuenta y ocho mil quinientos cuarenta colones con
treinta y cuatro céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
144303-000, la cual es terreno para construir, lote seis con una
casa de habitación. Situada en el distrito 01 Puerto Viejo, cantón
10 Sarapiquí de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote
19; al sur, lote 5; al este, calle pública; y al oeste, José Córdoba
Córdoba. Mide: mil ciento cuatro metros con sesenta y ocho
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y cero minutos del veinticuatro de marzo del dos mil
quince, con la base de veintidós millones cuatrocientos sesenta
y ocho mil novecientos cinco colones con veinticinco céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta
se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de abril
del dos mil quince, con la base de siete millones cuatrocientos
ochenta y nueve mil seiscientos treinta y cinco colones con ocho
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra David Pérez Badilla, Gerardo
Pérez Jiménez. Expediente: 13-019452-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de
San José, 20 de enero del 2015.—Licda. Nydia Piedra Ramírez,
Jueza.—(IN2015007880).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las nueve horas quince minutos del siete de abril del
dos mil quince y con la base de seis millones tres mil quinientos
ochenta colones con treinta y seis céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo: placa BBT367, marca Toyota,
estilo Yaris, categoria automovil, capacidad 5 personas, año
2012, carrocería Sedan 4 puertas, color turquesa, tracción 4x2,
chasis JTDBT92390L024002, vin JTDBT92390L024002. Para
el segundo remate se señalan las nueve horas quince minutos
del veintidós de abril del dos mil quince, con la base de cuatro
millones quinientos dos mil seiscientos ochenta y cinco colones
con veintisiete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las nueve horas quince minutos
del ocho de mayo del dos mil quince, con la base de un millón
quinientos mil ochocientos noventa y cinco colones con nueve
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera
Cafsa S. A. contra Margot Lemaitre Barahona. Expediente: 14009829-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de diciembre del
2014.—Licda. Kathya Araya Jácome, Jueza.—(IN2015007911).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las nueve horas y cero minutos del veintidós de mayo
de dos mil quince y con la base de seis mil ochocientos quince
dólares con veinticuatro centavos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: vehículo: placas número 783984, marca Suzuki,
categoría automóvil, capacidad 4 personas, año 2009, color gris,
vin JS3JB43V894101372, cilindrada 1328 cc. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del ocho de
junio de dos mil quince, con la base de cinco mil ciento once
Pág 18 — BOLETIN JUDICIAL Nº 26
Viernes 6 de febrero del 2015
dólares con cuarenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas
y cero minutos del veintitrés de junio de dos mil quince, con la
base de mil setecientos tres dólares con ochenta y un centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en
caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera
Cafsa S. A. contra Miguel Ángel García Hernández. Expediente:
14-018583-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de enero del
2015.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—(IN2015007913).
la misma elijan representante. Se hace la advertencia que la junta
se verificará cualquiera que sea el número de miembros o socios
presentes, y la elección se decidirá por simple mayoría de votos.
En caso de no resultar mayoría o de no asistir ningún miembro o
socio a la junta, el Juez hará el nombramiento que corresponda.
Para tales efectos se ordena publicar por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Lo anterior por ordenarse así en
proceso otros ord. sector privado de Mauricio Poyser Smith contra
Diseños Inmobiliarios Manzanillo Sociedad Anónima y contra
sucesión de James Perry Edwards. Expediente N° 14-0004610679-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial
de la Zona Atlántica, 15 de enero del 2015.—Lic. Pablo Sánchez
Valverde, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015007354).
Convocatorias
Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el
expediente 14-000016-182-CI-1, donde se promueven diligencias
de Información Posesoria por parte de Carlos Luis Ríos Navarro,
quien es mayor, estado civil casado una vez, pensionado, vecino de
San José, Santa Ana, portador de la cédula de identidad uno-cero
trescientos nueve-cero cuatrocientos dieciocho, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Terreno construido, con una casa y solar; sito:
distrito segundo Salitral, cantón noveno Santa Ana de la provincia
de San José. Linda: al norte, Municipalidad de Santa Ana; al sur,
Carlos Alberto Herrera Sandí; al este, con quebrada y al oeste, con
calle pública. Mide: quinientos siete metros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales
o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio
y estima dicho inmueble en la suma de dos millones quinientos
mil colones exactos. Que adquirió dicho inmueble hace más de
diez años, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública,
pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley
de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata
del Registro Público de la Propiedad. Se cita y emplaza a todos
los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a
efecto de que dentro del plazo de treinta días contados a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho
a hacer valer sus derechos.—Juzgado Tercero Civil de Mayor
Cuantía de San José, 17 de diciembre del 2014.—Msc. Osvaldo
López Mora, Juez.—1 vez.—(IN2015005729).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de
Euclides Arce Rodríguez, a una junta que se verificará en este
Juzgado a las ocho horas y treinta minutos del tres de marzo
de dos mil quince, para conocer acerca de los extremos que
establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 13000433-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial
de Alajuela, 8 de julio del 2014.—Lic. Luis Fernando Guillén
Zumbado, Juez.—(IN2014049219).
Por haberse ordenado así dentro de expediente 13-0002850183-CI que es proceso sucesorio de Eraida Paniagua Morales,
se convoca todos los interesados a la Junta que se verificará en
este Despacho a las 8:30 horas del 5 de marzo del 2015, ello para
conocer de los extremos que establece el artículo 926 del Código
Procesal Civil.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía
de San José, a las trece horas treinta minutos del cuatro de
noviembre del dos mil catorce.—Lic. Elio José Campos López,
Juez.—1 vez.—(IN2015002289).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Flory
Vega Chaves, quien fue mayor, soltera, oficios del hogar, vecina
de Escazú centro, del Banco Nacional de Costa Rica, 100 oeste,
350 sur, cédula de identidad números 1-261-617, a una junta que
se verificará en este Juzgado a las ocho horas treinta minutos
(08:30 am) del cinco de marzo del dos mil quince, para conocer
acerca de los extremos que establece el artículo 929 del Código
Procesal Civil. Exp. Nº 10-000139-181-CI.—Juzgado Segundo
Civil de Mayor Cuantía San José, 6 de enero del 2015.—Licda.
Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—(IN2015003586).
Se convoca a los miembros o socios de Inmobiliaria
Illampu Occidente Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3101024375, a una junta a celebrarse en este Despacho, a las nueve
horas y cero minutos del cinco de marzo de dos mil quince, para
que en la misma elijan representante. Se hace la advertencia que
la junta se verificará cualquiera que sea el número de miembros
o socios presentes, y la elección se decidirá por simple mayoría
de votos. En caso de no resultar mayoría o de no asistir ningún
miembro o socio a la junta, el Juez hará el nombramiento que
corresponda. Lo anterior por ordenarse así en proceso Ejecución
Hipotecaria de Banco General (Costa Rica) S. A. contra Eloy
Bernal Vega Vega e Inmobiliaria Illampu Occidente Sociedad
Anónima. Expediente N° 14-006574-1158-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 9 de enero del 2015.—Lic.
Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—1 vez.—(IN2015007209).
Se convoca a los miembros o socios de Diseños Inmobiliarios
Manzanillo Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101459670, a
una junta de socios a celebrarse en este Despacho, a las diez horas
de la mañana del día seis de abril del dos mil quince, para que en
Títulos Supletorios
Se hace saber, que ante este Despacho se encuentra el
expediente N° 08-000565-0388-CI, el cual corresponde a un
proceso de diligencias de Información Posesoria, promovido
por, Sergio Varela Ramírez, quien es mayor, casado una vez,
tractorista, cédula 2-0237-0918 y vecino de San José de Pinilla,
Santa Cruz, Guanacaste, de la plaza de deportes setecientos metros
al este; el cual interpuso a fin de que se inscriba a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, un terreno que es para
construir, situado en San José de Pinilla, distrito 9° (Tamarindo),
cantón 3° (Santa Cruz), provincia de Guanacaste; el cual colinda
al norte, Mario Gómez Vallejo; sur, Mario Avilés Quirós; este,
Mario Gómez Vallejo y servidumbre de paso, oeste, Instituto de
Desarrollo Agrario. Mide: quinientos metros cuadrados. Indica la
parte promotora: que sobre el mismo no pesan cargas reales o
gravámenes, que mediante dicho proceso no pretende evadir las
consecuencias de un juicio sucesorio, que estima el inmueble en
un millón de colones, que lo adquirió mediante una compra que le
hizo al señor Mario Gómez Vallejo, mayor, soltero, comerciante,
vecino de San José de Pinilla de Santa Cruz, Guanacaste, de la
plaza de deportes ochocientos metros al este, cédula 5-213-842, el
25 de abril de 2008, que hasta la fecha lo ha poseído en calidad de
única persona propietaria y en forma continua, pública y pacífica;
que los actos de posesión que ha ejercido sobre él han consistido en
Viernes 6 de febrero del 2015
cuido, chapeas, rondas, levantamiento de cercos y mantenimiento
en general; que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias otros inmuebles y que carece de título
inscribible de dominio. Por tal razón y de conformidad con el
artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias, se emplaza
por este medio a todas las personas interesadas en este asunto,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de
la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a
hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil y de Trabajo de Santa
Cruz, Guanacaste, 21 de noviembre del 2014.—Lic. Benito
Martín Jiménez Carranza, Juez.—1 vez.—(IN2015005865).
Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 13-000171-0307-CI donde se promueven
diligencias de Información Posesoria por parte de, Ronald
Herrera Montero, quien es mayor, estado civil casado una
vez, vecino de San Rafael de Poás de Alajuela, portador de
la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-227-478,
profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es
terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 07
Sabanilla, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Clemencia Morales Espinoza; al sur, Santos
Óscar Méndez Oporta; al este, calle pública con un frente a
esta de diez metros con cuarenta y tres centímetros y al oeste,
Virginia Coll Morera. Mide: doscientos cuarenta y tres metros
con treinta y cinco decímetros cuadrados. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio
y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones.
Que adquirió dicho inmueble por donación de su padre Abel
Ángel Herrera Castro, y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en construcción de casa de habitación. Que no
ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por. Exp.:
13-000171-0307-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 04 de noviembre del 2014.—Lic. Rodrigo
Araya Durán, Juez.—1 vez.—(IN2015005892).
Citaciones
Ante la notaría del Dr. Femando Zamora Castellanos, se
tramita sucesorio de quien en vida se llamó, Enzo Nali Biesuz,
mayor, casado una vez, vecino de Rohrmoser, cédula de residencia
uno tres ocho cero cero cero cero cinco uno cero cero tres. Se cita
y emplaza a los interesados para que dentro del plazo de treinta
días hábiles a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante esta notaría a hacer valer sus derechos, sita Rohrmoser
cincuenta metros al norte y cincuenta este del Restaurante Isla
Verde, San José Costa Rica.—Dr. Fernando Zamora Castellanos,
Notario.—1 vez.—(IN2015005295).
Ante esta notaría se solicita la apertura del proceso
sucesorio en sede notarial de quien en vida fuera Bartola Corina
Moraga Baltodano con cédula de identidad cinco-cero cuarenta y
dos-cero veintinueve fallecida el diecinueve de mayo del dos mil
doce.—Nicoya veintitrés de enero del dos mil quince.—Lic. Iveth
Orozco García, Notaria.—1 vez.—(IN2015005394).
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Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Rony
Porras Fernández, mayor, con cédula de identidad N° 106570190,
a las 15 horas del 15 de enero del año 2015 y comprobado el
fallecimiento de quien en vida fuera Sonia Elena Torres Torres,
quien en vida fue, mayor, con cédula de identidad N° 107470075,
soltera, secretaria, vecina de Escazú centro, del Abastecedor la
Violeta, cien metros al oeste, fallecida el 22 de marzo del 2003,
esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato, por
lo que se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro
del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer
valer sus derechos. Notaría del licenciado Asdrúbal Vega Castillo,
con oficina en Alajuelita centro, costado sur del parque edificio
amarillo dos plantas, oficina N° 4. Teléfono 2254-0446.—Lic.
Asdrúbal Vega Castillo, Notario.—1 vez.—(IN2015005430).
Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Estela Mercedes Rodríguez
Pérez, mayor, soltera, operaria, vecina de Heredia, cédula
de identidad 800700193. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia,
de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará
a quien corresponda. Expediente N° 14-000090-0370-CI.—
Juzgado Civil de Heredia, 16 de mayo del 2014.—Licda. Karol
Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(IN2015005696).
Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Luis Eduardo de los Ángeles
Madriz Sánchez, mayor, divorciado, técnico en electrónica, con
documento de identidad número 3-0287-0703 y vecino de
Paraíso. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si
no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Expediente N° 14-000410-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 10 de noviembre del 2014.—Dr. Mauricio
Vega Camacho, Juez.—1 vez.—(IN2015005905).
Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó, Rafael Bartolo Badilla Aguilar,
mayor, estado civil casado, profesión pensionado, nacionalidad
Costa Rica, con documento de identidad 0300670628 y vecino de
Tibás. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general
a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro
de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N°
14-000557-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito
Judicial de San José, 14 de enero del 2015.—Lic. Juan Carlos
Meoño Nimo, Juez.—1 vez.—(IN2015005925).
Se hace saber, que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Elías Francisco
del Rosario Villalobos Campos, mayor, casado, comerciante,
costarricense, con documento de identidad 0400550765 y
vecino de San Jerónimo de Moravia. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de
Pág 20 — BOLETIN JUDICIAL Nº 26
Viernes 6 de febrero del 2015
ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N°
15-000007-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito
Judicial de San José, 21 de enero del 2015.—M.Sc. Juan
Carlos Meoño Nimo, Juez.—1 vez.—(IN2015006008).
Avisos
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés
en el depósito del menor de edad Emmanuel Alberto Pineda
García, para que se apersonen a este Juzgado, dentro del plazo
de treinta días que se contarán a partir de la última publicación
del edicto ordenando. Cañas, 12 de enero del 2015. Expediente
N° 15-400002-0928-FA (2-2-2015)-A. Debe publicarse tres veces
consecutivas en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia de
Cañas, Guanacaste.—Licda. Mariana Corea Erazo, Jueza.—
Exonerado.—(IN2015005593).
3 v. 3
Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza del Juzgado de Familia
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hace saber a Becker
Adilia Orozco Castillo, mayor, de nacionalidad guatemalteca,
domicilio desconocido, documentos de identidad de sus país
número L1231305, casada, ama de casa, que en este Despacho
se interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente
número 14-001403-0292-FA donde se dictó la resolución que
literalmente dicen: Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las nueve horas y veintitrés minutos
del diecisiete de diciembre de dos mil catorce. De la anterior
demanda de divorcio establecida por el señor David Gerardo
Vargas Barrientos, se confiere traslado a la señora Becker Adilia
Orozco Castillo, por medio de su curador procesal el Lic. Mario
Rivera Campos por el plazo perentorio de diez días, para que se
oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma.
Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas.
Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las
razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales
en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá
contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los
rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con
variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá
ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del
nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que
se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que
en el primer escrito que presente debe señalar un medio para
atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas
con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas
las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como
parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a la parte
demandada la presente demanda, por medio de un edicto que se
publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de Circulación
Nacional; para los efectos del artículo 263 del Código Procesal
Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para
identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres
días después de aquel en que se haga la publicación. Expídase
y publíquese. Queda un juego de copias de la demanda a la
orden del curador procesal. Expediente N° 14-001403-0292FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 17 de diciembre del 2014.—Msc. Johanna Escobar
Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005978).
Edictos Matrimoniales
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer
matrimonio civil los contrayentes Roberto Andrés Gonzaga
Mejía, mayor, soltero, seguridad privada, vecino de Barrio
Buenos Aires de Liberia, del Abastecedor Sussy, 75 metros norte,
casa color blanca, hijo de María Felicita Gonzaga Mejía, nacido
en Centro, Liberia, Guanacaste, el 17 de abril del año 1983, con
31 años de edad, cédula de identidad N° 0503330341 y Noylyn
de los Ángeles Montoya Fernández, mayor, estudiante, vecina de
Colonia Blanca de Aguas Clara de Upala, Alajuela, hija de Rosey
Fernández Quesada y Gerardo Montoya Montoya, nacido en
Centro, Liberia, Guanacaste, el 01 de octubre del año 1992, con
22 años de edad, cédula de identidad N° 0503890482. Si alguna
persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento
legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá
manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho
días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud
de Matrimonio). Exp. 14-000790-0938-FA.—Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
Liberia, 15 de diciembre del 2014.—Msc. Eddy Rodríguez
Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005886).
Ante esta Notaría comparecen las siguientes parejas:
a) Reiner Vinicio Mora Martínez supervisor, de cédula
114580790; y Desireth de los Ángeles Mata Herrera
empresaria, de cédula 206470056; ambos mayores,
costarricenses, solteros en unión libre, vecinos de Lagunilla
de Heredia, quienes me manifiestan su libertad de estado y
su deseo de contraer matrimonio. Se otorga el plazo de 8 días
a partir de esta publicación para quienes deseen manifestar
su oposición al fax 2290-6252.—Licda. Jaimie Pamela Pardo
Mora, Notaría.—1 vez.—(IN201506980).
Edictos en lo Penal
En la causa 09-000443-0345-PE, seguida contra Cristián
Gómez Guillén por el delito de Conducción Temeraria en
perjuicio de La Seguridad Vial, se dictó sentencia de las catorce
horas quince minutos del cuatro de marzo del dos mil catorce;
sin embargo en dicho fallo no se dispuso del vehículo placas
144014, y siendo que al día de hoy no se ha hecho efectiva
la entrega al señor Luciano Dinarte Juárez, quien figura
como propietario registral de dicho automotor; ni existen
terceros interesados en que se le sea devuelto el vehículo
indicado, dado a lo anterior, es que este Tribunal ordena
publicar por tres veces en el Boletín Judicial, para efectos
de que los terceros de buena fe puedan realizar los reclamos
pertinentes en lo que concierne a la devolución de vehículo
placas 144014, estilo Sentra, modelo Nissan, motor E15012358A, año 1982, color rojo, sedan de cuatro puertas. Si en
el plazo de tres meses no existen interesados en el automotor
anteriormente descrito, ésta cámara procederá de conformidad
con la Ley 6106. Expediente Nº 09-000443-0345-PE.—
Tribunal de Juicio de Cartago, 02 de diciembre del 2014.—
Firma Ilegible.—Exonerado.—(IN2015005595). 3 v. 3
Se les comunica al dueño registral o terceros interesados
que dentro de la causa 14-000007-472-PE, contra Jonathan
Howard Molina por el delito de Portación Ilícita de Arma
Permitida en perjuicio de la Seguridad Común, se ordenó la
devolución de una Arma de fuego tipo Carabina, marca US
Carabine, modelo M1, calibre 30 Carabina, número de serie
6912853, se otorga el plazo de tres meses a los terceros para que
reclamen la devolución del bien precitado bajo la sanción que
de no hacerlo, prescribirá la acción de reclamo y el bien pasará
a propiedad del Estado, sin necesidad de resolución alguna. Exp
N° 14-000007-0472-PE.—Licda. Xinia Marín Calvo, Jueza.—
Exonerado.—(IN2015005608).
3 v. 3