JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialNumber=CPF-02-0255-0227, sn=VARGAS ESPINOZA, givenName=JORGE LUIS, c=CR, o=PERSONA FISICA, ou=CIUDADANO, cn=JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Fecha: 2015.02.05 14:55:56 -06'00' AÑO CXXI La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 6 de febrero del 2015 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL Asunto Acción de inconstitucionalidad A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA HACE SABER: TERCERA PUBLICACIÓN De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 15-000235-0007-CO que promueve María Gabriela Rodríguez Jiménez y Susana Francisca Hernández Durán, se ha dictado la resolución que literalmente dice: “Sala Constitucional de La Corte Suprema de Justicia. San José, a las diez horas y veintinueve minutos del doce de enero del dos mil quince./Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Susana Hernández Durán, mayor, soltera, psicóloga, vecina de San Ramón de Alajuela, cédula de identidad Nº 1-753-884, y María Gabriela Rodríguez Jiménez, mayor, divorciada, fisioterapeuta, vecina de Pénjamo de Florencia, San Carlos, Alajuela, cédula de identidad Nº 1-697-005, para que se declare inconstitucional el artículo 33 de la Convención Colectiva MEP-SECSITRACOME de 16 de abril de 2013, por estimarlo contrario al derecho protegido en el artículo 33 de la Constitución Política. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República y al Ministerio de Educación Pública. La norma se impugna en cuanto establece que sólo las personas trabajadoras de las Oficinas Centrales y de Direcciones Regionales tendrán una jornada máxima acumulativa de 40:00 horas semanales, en detrimento de los demás servidores del Ministerio de Educación Pública que no laboran en Oficinas Centrales o en las Direcciones Regionales, como es el caso de las actoras, quienes tienen una jornada máxima superior, pese a que realizan las mismas funciones, todo lo cual vulnera el derecho protegido en el artículo 33 de la Constitución Política. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación de las accionantes proviene, en ambos casos, del artículo 75 párrafo 1º de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, al tener como asunto base, la primera, el recurso de amparo tramitado bajo el expediente Nº 14-13679-0007-CO, en el cual la Sala Constitucional, por medio de la resolución Nº 2014-15573 de las 11:31 horas de 19 de septiembre de 2014, confirió plazo a la recurrente Hernández Durán para promover esta acción de inconstitucionalidad, y la segunda, el recurso de amparo tramitado bajo el expediente Nº 14-014224-0007-CO, en el cual la Sala Constitucional, por medio de la resolución Nº 2014-16912 de las 16:00 horas de 14 de octubre de 2014, confirió plazo a la recurrente Rodríguez Jiménez para plantear esta acción. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los Nº 26 — 20 Páginas procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 053791, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, si no únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese. San José, 13 de enero del 2015. Exonerado.—(IN2015005592) Ernesto Jinesta Lobo, Presidente a. í. Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el número 14-0094810007-CO, promovida por Michael Zúñiga Méndez contra los incisos ñ y p del artículo 13 de la Ley de Registro y Archivo Judicial. Interviene también en el proceso la Procuraduría General de la República se ha dictado el voto número 2015-000548 de las diez horas y treinta y un minutos del catorce de enero del dos mil quince que literalmente dice: “Se declara sin lugar la acción. El Magistrado Cruz salva el voto y declara con lugar la acción con sus consecuencias.” San José, 14 de enero del 2015. Exonerado.—(IN2015005659) Gerardo Madriz Piedra, Secretario Para los efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el número 14-011800-0007-CO, promovida por Corporación de Inversiones Tournón S. A., Mario Vicente Hidalgo Matlock contra las Resoluciones 14-96 del 30 de agosto de 1996, y 10-97, del 29 de agosto de 1997, ambas emitidas por la Dirección General de la Tributación Directa por estimarlas contrarias a los artículos 18 y 33 de la Constitución Política, se ha dictado el voto número 2015000549 de las diez horas y treinta y dos minutos del catorce de enero del dos mil quince, que literalmente dice: Pág 2 — BOLETIN JUDICIAL Nº 26 Viernes 6 de febrero del 2015 “Se declara parcialmente con lugar la acción planteada y, en consecuencia, se anulan por inconstitucionales las siguientes disposiciones: 1) los incisos a), b) y c) del artículo 1 de la Resolución General de Dirección de Tributación Directa, número 14-96 de las 9 horas del 22 de agosto de 1996; 2) el artículo 1 de la Resolución General de Dirección de Tributación Directa, número 10-97 de las 8 horas del 4 de agosto de 1997. Esta sentencia tiene efecto declarativo y retroactivo a la fecha de vigencia de las normas anuladas, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Reséñese este pronunciamiento en La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Comuníquese esta sentencia a los Poderes Legislativo y Ejecutivo. En lo demás, se declara sin lugar la acción. Notifíquese.” San José, 14 de enero del 2015. Exonerado.—(IN2015005660) Gerardo Madriz Piedra, Secretario TRIBUNALES DE TRABAJO Avisos Juzgado de Trabajo de Heredia, hace saber a, Alba Rosa Torres Conde, documento de identidad 00186200001834, vecina de Escazú y demás calidades ignoradas, que en este Despacho se interpuso un proceso Ordinario Laboral en su contra, bajo el expediente número 13-000794-0505-LA donde se dictaron las resoluciones de la demanda en la que literalmente se pretende: “Primero: Pido se declare con lugar mi demanda laboral por el despido injustificado del que fui objeto. Segundo: Se ordene a mi expatrona señora Alba Rosa Torres Conde, cédula de residencia número 186200001834, vecina de Escazú, otras calidades ignoradas como representante patronal de Alba Rosa Salón, ubicado en Paseo de Las Flores Heredia, tercera etapa, local 34, a cancelarme las sumas de un millón novecientos seis mil seiscientos sesenta y seis colones con cincuenta céntimos por concepto de pago de aguinaldo un aguinaldo completo, y nueve doceavos de aguinaldo del presente año, ya que el año anterior no me pagaron aguinaldo, vacaciones un período de nueve días del presente año. Igualmente nunca me dieron ni me pagaron vacaciones y el preaviso, el día que me despidieron apenas me dieron 30 minutos para recoger mis cosas y el auxilio de cesantía por cuanto laboré de manera continua por espacio de un año y nueve meses sin que diera motivos para mi despido. Por lo cual considero que me asisten todos los derechos laborales reclamados. Tercero: Pido se condene igualmente a la demandada a pagarme intereses legales sobre las sumas adeudadas desde la terminación del contrato a su efectivo pago. Cuarto: Pido se condene a la demandada al pago de ambas costas de esta acción. Quinto: Pido el pago de indexación por todo el tiempo que dure esta demanda. Sexto: Petición especial: Pido de ser procedente se dicte embargo preventivo de bienes de la demandada y sobre las cuentas de ahorros en dólares y colones de todos los bancos del Sistema Bancario Nacional y los bancos Mafisa, Banco Catay, Banco Improsa, Banco de San José, Banco Da Vivienda. “Así como el traslado de la demanda que literalmente dice: “Juzgado de Trabajo de Heredia, a las diez horas y treinta minutos del veinticinco de octubre del año dos mil trece. De la anterior demanda Ordinaria Laboral y documentos aportados por Karla Hernández Hitchers, se concede traslado por el plazo de quince días, a Alba Rosa Torres Conde para que la conteste por escrito, previniéndole que debe manifestar respecto de los hechos, si reconoce éstos como ciertos o si los rechaza por inexactos, o bien, si los admite con variantes o rectificaciones, bajo el apercibimiento de que si así no lo hiciere, se tendrán por probados aquellos sobre los cuales no haya dado contestación en forma debida. Asimismo, se le previene que al contestar la demanda deberá ofrecer la prueba que le interese, igualmente se le(s) previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Remítase mandamiento al señor Jefe del Departamento de Cuenta Individual y Custodia de Planillas de la CCSS, a efecto de que certifique el tiempo laborado, los salarios devengados, así como para cuales patronos laboró la actora Karla Hernández Hitchers, cédula 00015581948010, durante el período de octubre del año 2011 al 26 de julio del año 2013. Notifíquese esta resolución al (los) demandado(s), personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; de este Circuito Judicial. La parte demandada puede ser localizada en la siguiente dirección: En Heredia Paseo de Las Flores tercera etapa local 34. Lo anterior se ordena así en proceso Ordinario Laboral de Karla Hernández Hitchers contra Alba Rosa Torres Conde. Expediente N° 13-000794-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 18 de diciembre del 2014.—Msc. Yuri López Casal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005951). Causahabientes Se emplaza a todos los interesados en la diligencia del Cobro del Fondo de Capitalización Laboral, de la trabajadora fallecida Maricela Segura Segura, quien fue mayor, divorciada, costarricense, con cédula de identidad N° 06-0247-0421, y vecina de Manuel Mora de Barranca, Puntarenas, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, el dinero pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-300450-1024-LA(1).—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Puntarenas, a las ocho horas veinticinco minutos del dos de diciembre del dos mil trece.—Lic. Pedro Ferrán Reina, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005958). Viernes 6 de febrero del 2015 Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marco Antonio Barrantes Rojas, mayor, divorciado, chofer, vecino de Guápiles, Pococí, Limón, con cédula de identidad 2-03570046, fallecido el 10 de noviembre del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias Devolución de Ahorro Obligatorio, bajo el número 14-000418-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000418-1041LA. Marco Antonio Barrantes Rojas a favor de, Sandra Felicia Muñoz Badilla.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí, 12 de enero del 2015.—Licda. Nathalie Palma Miranda, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005959). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Guillermo Manuel Bonilla González, fallecido el 02 de noviembre del año 2014, quien fue mayor, soltero, agricultor, vecino de Guápiles, Pococí, Limón, con cédula de identidad 7-0050-0713, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias Devolución de Ahorro Obligatorio, bajo el número 14-000432-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000432-1041LA. Guillermo Manuel Bonilla González a favor de, Meribeth de los Ángeles Bonilla Román.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí, 13 de enero del 2015.—Licda. Nathalie Palma Miranda, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005960). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de William Alberto Zúñiga López, fallecido el 16 de octubre del 2014, quien fue mayor, soltero, agricultor, con cédula de identidad 7-0220-0950, vecino de Roxana, Pococí, Limón, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias Devolución de Ahorro Obligatorio, bajo el número 14-000442-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000442-1041-LA. William Alberto Zúñiga López a favor de Keilyn Milena Alcócer Pérez.— Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí, 13 de enero del 2015.—Licda. Nathalie Palma Miranda, Jueza.—1 vez.— Exonerado.—(IN2015005961). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, Maikol Alexis Pérez Delgado, fallecido el 15 de diciembre del año 2014, quien fue mayor, soltero, peón agrícola, vecino de Cariari, con cédula de identidad 6-0416-0239, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias Devolución de Ahorro Obligatorio, bajo el número 14000458-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000458-1041-LA. Maikol Alexis Pérez Delgado a favor de Mayra Isabel Delgado Ramírez.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí, 13 de enero del 2015.—Licda. Nathalie Palma Miranda, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005962). A los causahabientes de quien en vida se llamó, Laura Barquero Aguilar, quien fue mayor, divorciada vecina de Cartago Llano Grande, Barrio Los Ángeles Urbanización La Barca contiguo al play, casa café, con cédula de identidad número 03-0295-0453, se les hace saber que: Daniel Fernando Aguilar Fernández, portador de la cédula de identidad o documento de identidad número 1-05610019, vecino de Cartago, Llano Grande, Barrio Los Ángeles, Urbanización La Barca contiguo al play casa café, se apersonó en BOLETIN JUDICIAL Nº 26 — Pág 3 este Despacho en calidad de compañero sentimental de la fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de Prestaciones de la Trabajadora fallecida Laura Barquero Aguilar. Expediente número 14-000827-0641LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago.—Lic. Javier Fallas Villaplana, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005963). A los causahabientes de quien en vida se llamó, José Israel Cubero Meoño, quien fue mayor, casado, vecino de Cartago, Oreamuno, Cipreses, Barrio Boquerón de la escuela cien metros este sobre carretera principal, portón rojo mano derecha, con cédula de identidad número 0303390689, se les hace saber que: Cinthya Vanessa Acuña Serrano, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 0303660606, vecina de Cartago, Oreamuno, Cipreses, Barrio Boquerón de la escuela cien metros este sobre carretera principal, portón rojo mano derecha, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge supérstite del fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de Prestaciones del Trabajador fallecido José Israel Cubero Meoño. Expediente número 14000879-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 12 de enero del 2015.—Lic. Javier Fallas Villaplana, Juez.—1 vez.— Exonerado.—(IN2015005964). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Rafael de Jesús Ugalde Barrantes, cédula de identidad 4-0088-0457, fallecido el 05 de setiembre del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 14-001243-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-001243-1021-LA. Promovido por Jeannette Prendas Arce a favor de, Juan Rafael de Jesús Ugalde Barrantes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 06 de enero del 2015.—Licda. Guiselle Gené Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005965). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorro de trabajador fallecido de quien en vida se llamó Prudencio Fuentes Loría, mayor, costarricense, soltero, peón agrícola de Compañía Bananera La Teresa S. A., ubicada en La Rita de Pococí, de cincuenta y cuatro años de edad, cédula de identidad N° 7-0066-0298, vecino de Guácimo, segunda entrada a mano derecha del Colono, setenta y cinco metros hacia adentro, casa de cemento blanca, quien falleció el catorce de octubre de dos mil catorce en Carmen, Central, San José, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al Despacho en su defensa. Diligencias de Devolución de Fondo de Capitalización Laboral y Prestaciones Legales de Trabajador fallecido N° 14-300087-0477-LA-0, gestionante Saira Loría Loría.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Guácimo, 13 de enero del 2015.—Lic. Marvin Gerardo Arce Castro, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005966). Pág 4 — BOLETIN JUDICIAL Nº 26 Viernes 6 de febrero del 2015 Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorro de trabajador fallecido de quien en vida se llamó Elías Rafael Sánchez Campos, mayor, costarricense, soltero, de veinticinco años de edad, peón agrícola, cédula de N° 7-0190-0553, vecino de La Lucha de Río Jiménez de Guácimo, quien falleció el cuatro de diciembre del dos mil catorce en Hospital de Guápiles, Limón, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al Despacho en su defensa. Diligencias de Devolución de Fondo de Capitalización Laboral de Trabajador fallecido N° 14-3000990477-LA (99-14-1), gestionante Cecilia Campos Collado causante Elías Rafael Sánchez Campos.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Guácimo, 14 de enero del 2015.—Lic. Marvin Gdo. Arce Castro, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005967). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes German Enrique Caravaca Aguilar, cédula de identidad número 5-0229-0600, fallecido el treinta y uno de mayo del 2011, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencia de Consignación de Prestaciones de Trabajador Fallecido, bajo el expediente número 14-3000109-0401-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Carrillo, a las siete horas cuarenta minutos del veinticinco de junio del dos mil catorce.—Lic. José Manuel Sánchez Montero, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005968). Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes de la fallecida Rosa Emilia Flores Nájera, quien fuera mayor, casada, cédula número dos-ciento ochenta-ciento siete, vecina de San Francisco de Dos Ríos, del Restaurante Nueva Ciudad, trescientos metros este, casa color melón con verjas negras a mano derecha, quien falleció el siete de noviembre del dos mil catorce, a fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de, reclamo de dos meses de pensión y el aguinaldo de la pensión del Régimen no Contributivo de la Caja Costarricense de Seguro Social de la fallecida Rosa Emilia Flores Nájera. Expediente N° 14-300345-0237-LA (367-1-14) contra Caja Costarricense de Seguro Social apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.— Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 13 de enero del 2015.—Msc. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005969). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Róger Pérez Araya, quien fue mayor, casado, pensionado, con cédula de identidad 2-242-131, fallecido el 11 de noviembre del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones Sector Público bajo el número 15-000005-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-000005-1021-LA. Por a favor de Róger Pérez Araya.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 13 de enero del 2015.—Licda. Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005970). Se cita y emplaza a todos los causahabientes de quien en vida se llamó Otilio Jiménez Mora, mayor, casado, vecino de Limón, portador de la cédula de identidad 7-0027-0609 y fallecido el 02 de octubre del 2014, para que comparezcan a este despacho dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, en defensa de sus derechos y de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Diligencias de consignación de prestaciones del trabajador fallecido Otilio Jiménez Mora, interpuestas por Juana Eleuteria Molina Miranda. Expediente número 15-000005-1025LA-A.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 13 de enero del 2015.—Licda. Wendy Martínez Garbanzo, Jueza.—1 vez.— Exonerado.—(IN2015005971). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Isabel Madrigal Vargas, quien fue mayor, soltera, vecina de Barreal de Heredia, cédula 6-150-650, fallecida el 18 de febrero del 2005, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 15-000047-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-0000471021-LA. Por Estifen Gerardo Brenes Madrigal a favor de María Isabel Madrigal Vargas.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 14 de enero del 2015.—Licda. Guiselle Gené Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005972). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Óscar Mario Bravo Castro, mayor, casado, vecino de Heredia, Barva, taxista, cédula 2-319-466, fallecido el 27 de junio del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 15-000048-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-0000481021-LA. Por Óscar Mario Bravo Castro a favor de María del Carmen Fernández Portuguez.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia 14 de enero del 2015.—Licda. Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005973). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Lorenzo González Montoya, fallecido el 28 de diciembre del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 15-000055-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-000055-1021-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 14 de enero del 2015.—Licda. Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.— Exonerado.—(IN2015005974). Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes la fallecida Virginia Cordero Jiménez, quien fuera mayor, viuda, costarricense, pensionada, vecina de Desamparados centro, 25 sur del gimnasio municipal, casa color verde con blanco número 512, cédula de identidad número uno-ciento setenta y tres-trescientos trece, quien falleció el siete de octubre del dos mil catorce, con el fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de Reclamo de Aguinaldo de la Pensión del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense, expediente número 15-300006-0237-LA (6-2-15), gestionada por: Alfredo Gerardo Rodríguez Cordero, cédula de identidad nueve-cero treinta y siete-cero sesenta y dos, contra la Caja Costarricense de Seguro Social, apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.— Viernes 6 de febrero del 2015 Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 15 de enero del 2015.—M.Sc. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005975). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gilbert Hernández Baldeáramos, cédula de identidad número 9-0012-0300, quien fue mayor, casado, pensionado, con último domicilio en Cartago, Barrio Asís, y falleció el 19 de setiembre del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones, bajo el número 14-000789-1023LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente N° 14-000789-1023-LA, promovida por, Ligia Robles Cubero.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 15 de enero del 2015.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005976). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del fallecido Francisco Murillo Rodríguez, quien fue mayor, casado, pensionado por invalidez, con último domicilio en Cartago, Los Ángeles, Residencial González Angulo, casa N° 4, con cédula de identidad 2-187-509 y falleció el 01 de agosto de 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones Sector Privado bajo el número 14-000792-1023LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 14-000792-1023-LA, proceso promovido por María de los Ángeles Gamboa Palomo, cédula de identidad 9-0026-0307.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 11 de diciembre del 2014.—Msc. Ronald Figueroa Acuña, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005977). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Luis Gómez Mena, cédula 1-944-961, fallecido el día 04 de agosto del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones bajo el expediente número 14-002095-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 14-002095-1178-LA. Promovido por Ana Lorena Murillo González a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de enero del 2015.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005979). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ana Lorena Paniagua Cárdenas, cédula 6-204-618, fallecida el día 29 de octubre del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones bajo el expediente número 14-002589-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial Expediente N° 14-002589-0173-LA. Promovido por José Mario Jirón Rodríguez a favor de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de enero del 2015.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.— Exonerado.—(IN2015005980). BOLETIN JUDICIAL Nº 26 — Pág 5 Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Fernando Araya Arroyo, cédula 2-343-500, fallecido el día 15 de octubre del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones bajo el expediente número 14-002590-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 14-002590-0173-LA. Promovido por María de los Ángeles Flores Gámez a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de enero del 2015.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005981). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Shantale Sheron Simpson Anderson, cédula 7-091-002, fallecida el día 15 de enero del año 2006, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones bajo el expediente número 14-002762-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 14-002762-0173-LA. Promovido por Antolina Anderson Theophile y Gilbert Simpson Rima a favor de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 15 de enero del 2015.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005982). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, Efraín Rodríguez Varela, cédula 1-162-261, fallecido el día 17 de noviembre del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones bajo el expediente número 14-002780-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente N° 14-002780-0173-LA. Promovido por María Flory Montenegro Coto a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de enero del 2015.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005983). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Araujo Tamayo, cédula 1-411-259, fallecido el día 25 de setiembre del año 2004, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones bajo el expediente número 14002855-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente N° 14-002855-0173-LA. Promovido por, Yasmileidy Zamora Rodríguez a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de enero del 2015.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005984). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, Juan Ramón Gonzalo Quirós Mora, cédula 5-060-485, fallecido el día 05 de noviembre del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el expediente número 14-002868-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Pág 6 — BOLETIN JUDICIAL Nº 26 Viernes 6 de febrero del 2015 Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente N° 14-002868-0173-LA. Promovido por Leyla María Herrera Sibaja a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de enero del 2015.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005985). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, Carlos Manuel Tenorio Granados, cédula 1-1064-819, fallecido el día 26 de abril del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones bajo el expediente número 14-002950-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente N° 14-002950-0173-LA. Promovido por Noemy Ruth Granados Solís a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de enero del 2015.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005986). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, Jorge Enrique Cárdenas Vílchez, cédula 1-497-326, fallecido el día 26 de setiembre del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones bajo el expediente número 14-002966-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente N° 14-002966-0173-LA. Promovido por, Ana Bettina Monge Monge a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de enero del 2015.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005987). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Maurin Gloria Francis Brown, cédula 7-059-673, fallecida el día 11 de noviembre del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones bajo el expediente número 14-002977-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial Expediente N° 14-002977-0173-LA. Promovido por Graciela Francis Brown y otros a favor de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de enero del 2015.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005988). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, José Guillermo Vargas Fallas, cédula 1-473-385, fallecido el día 01 de mayo del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones bajo el expediente número 14-002991-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente N° 14-002991-0173-LA. Promovido por Virginia Meléndez López a favor de los causahabientes del fallecido.— Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 15 de enero del 2015.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005989). Con ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en las diligencias número 14-300073-0239LA (80-14), que es Consignación de Prestaciones del Trabajador Fallecido: Rodrigo Alcides de Jesús Retana Jiménez, quien en vida fue mayor, costarricense, viudo, pensionado, vecino de Hatillo 6, cuya cédula de identidad fue la número 1-0123-0863; con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por María Lourdes Retana Flores.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Hatillo, San José, 08 de enero del 2015.—Lic. Ricardo Núñez Montes de Oca, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005990). Se cita y emplaza a los que con carácter de causahabientes de Consignación de Reclamo del Aguinaldo de la Pensión por I.V.M. de la Caja Costarricense de Seguro Social del fallecido Félix Picado Picado, cédula de identidad número en vida 5-0136-0975, mayor, soltero, masculino, agricultor, vecino de Palmira de Cañas, y falleció el 24 de octubre del año 2014, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 14-300109-0402-0-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Cañas, a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de enero del dos mil quince.—Lic. Harold Rojas Aguilar, Juez.—1 vez.— Exonerado.—(IN2015005991). A los causahabientes de quien en vida se llamó Juan Antonio Navarro Vargas, quien fue mayor, casado, vecino de Pavas, con cédula de identidad número 6-118-091, se les hace saber que: Olga Gómez Gómez, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 5-148-553, vecina de Pavas, se apersonó en este Despacho en calidad de viuda del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de Prestaciones del trabajador fallecido Juan Antonio Navarro Vargas. Expediente número 14003013-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, (oral-electrónico), 12 de noviembre del 2014.—Licda. Ana Cecilia Brenes López, Jueza.—1 vez.— Exonerado.—(IN2015006027). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del causante Arly Gerardo Picado Quirós, quien fue mayor, soltero, vecino de Urasca de Cachí Paraíso de Cartago, empleado del Instituto Costarricense de Electricidad y quien portó la cédula de identidad Nº tres-trescientos cuarenta y tres-trescientos treinta y seis, fallecido el catorce de agosto del dos mil catorce, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del lapso improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen a este Despacho en las diligencias establecidas bajo el número 14-300074-0351-LA (74-2-11), a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Paraíso, a las once horas del veintitrés de enero del dos mil quince.—Msc. Gerardo Barillas Solís, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015006080). Viernes 6 de febrero del 2015 ADMINISTRACIÓN JUDICIAL Remates SEGUNDA PUBLICACIÓN En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo citas 0395-00015203-01-0809-001; a las diez horas y quince minutos del veintinueve de abril del dos mil quince, y con la base de ocho millones cuatrocientos veinticinco mil trescientos ochenta y siete colones con catorce céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cuarenta y tres mil veintiséis cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Cahuita, cantón 04 Talamanca, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, servidumbre Agrícola y Cornelio Mayorga Mora; al sur, David Mayorga Mora y Juana Segundo Sánchez; al este, Cornelio Mayorga Mora y Juana Segundo Sánchez y al oeste, servidumbre Agrícola y David Mayorga Mora. Mide: mil setecientos sesenta y un metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del quince de mayo del dos mil quince, con la base de seis millones trescientos diecinueve mil cuarenta colones con treinta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del uno de junio del dos mil quince, con la base de dos millones ciento seis mil trescientos cuarenta y seis colones con setenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jacobo Rogelio Mayorga Mora. Exp. Nº 14003076-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 23 de enero del 2015.—Lic. Francis Porras León, Jueza.—(IN2015007088). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del veinte de abril del dos mil quince, y con la base de dos millones seiscientos cuarenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número setenta y nueve mil doscientos veinticinco cero cero cero la cual es terreno con construcción. Situada en el distrito Limón, cantón Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, resto formando lote 206; al sur, resto formando lote 208; al este, zona de protección de canal y al oeste, calle pública con 23.61. Mide: setecientos cincuenta metros con tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de mayo del dos mil quince, con la base de un millón novecientos ochenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de mayo del dos mil quince, con la base de seiscientos sesenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Banco Nacional de Costa Rica contra Eduardo José Jiménez Jiménez. Exp. Nº 10-1001720473-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 16 de enero del 2015.—Lic. Francis Porras León, Juez.—(IN2015007090). BOLETIN JUDICIAL Nº 26 — Pág 7 En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando; servidumbre y obligaciones Ref., bajo las citas: 300-15211-01-0901-001; a las nueve horas y quince minutos del veintitrés de febrero del dos mil quince, y con la base de ciento setenta y nueve mil seiscientos setenta y un dólares con veintiséis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 230968-000, la cual es naturaleza construido. Situada en el distrito 9 Pavas, cantón 1 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Papa Golfo S. A.; al este, Romilde de Mico y al oeste, calle pública y otro. Mide: Trescientos noventa y cinco metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Plano SJ-0696059-1987. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del diez de marzo de dos mil quince, con la base de ciento treinta y cuatro mil setecientos cincuenta y tres dólares con cuarenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del veinticinco de marzo de dos mil quince con la base de cuarenta y cuatro mil novecientos diecisiete dólares con ochenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Dario del Carmen Cano Muñoz. Exp. Nº 14-0204341170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de noviembre del 2014.— Licda. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—(IN2015007094). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 2013-85239-01-0002- 001; a las ocho horas quince minutos del cuatro de marzo del dos mil quince, y con la base de ciento cuarenta y tres mil doscientos noventa dólares con un centavo, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 292860-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito San José, cantón Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Río Achiote; al sur, calle pública con un frente a ella de 24 metros; al este, Orlando Bolaños Murillo y al oeste, Eloísa Murillo. Mide: mil setecientos noventa metros cuadrados. Plano A-16434732013. Para el segundo remate se señalan las ocho horas quince minutos del diecinueve de marzo del dos mil quince, con la base de ciento cuarenta y tres mil doscientos noventa dólares con un centavo (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas quince minutos del diez de abril del dos mil quince, con la base de treinta y cinco mil ochocientos veintidós dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra 3-101-574595, Yanira Yesenia Diez Acevedo. Exp. Nº 14-0202971170-CJ.—Juzgado, Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de noviembre del 2014.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2015007096). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del trece de marzo del dos mil quince, y con la base de setenta y un mil cuatrocientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número treinta y cuatro mil ochocientos treinta y cuatro-F-cero cero cero la cual es terreno finca filial ocho apartamento destinado a uso habitacional totalmente construido. Situada en el distrito La Ribera, cantón Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Carlos Luis Alpízar Mora; al sur, área común no construida acceso peatonal Pág 8 — BOLETIN JUDICIAL Nº 26 Viernes 6 de febrero del 2015 acera; al este, finca filial número siete y al oeste, área común no construida área verde. Mide: ciento dieciocho metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del seis de abril del dos mil quince, con la base de cincuenta y tres mil quinientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de abril del dos mil quince con la base de diecisiete mil ochocientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica contra Apartamentos Venus Ocho Dos Mil Siete La Ribera S. A., Frank Boyd Daniels Acuña. Exp. Nº 14-020320-1170-CJ.—Juzgado, Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 4 de diciembre del 2014.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2015007100). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando citas: 370-1976901-0916-001 y condicionamientos del ida y reservas y restricciones citas 370-19769-01-0917-001; a las siete horas con treinta minutos del cinco de marzo del dos mil quince, (7:30 a.m. del 05/03/2015), y con la base de veintitrés millones seiscientos setenta y dos mil novecientos catorce colones con setenta céntimos (¢23.672.914,77), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 235588 cero cero cero la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito Dos Buena Vista, cantón 15 Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública y María Elena García Ugalde; al sur, Río Brazo; al este, Asociación de Agricultores y María Elena García Ugalde y al oeste, Río Brazo y María Elena García Ugalde. Mide: setenta y dos mil cuatrocientos treinta y cuatro metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas con treinta minutos del veinticinco de marzo del dos mil quince, (7:30 a.m. del 25/03/2015), con la base de diecisiete millones setecientos cincuenta y cuatro mil seiscientos ochenta y siete colones con siete céntimos (¢17.754.686,07) (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las siete horas con treinta minutos del diecisiete de abril del dos mil quince, (7:30 a.m. del 16/04/2015) con la base de cinco millones novecientos dieciocho mil doscientos veintiocho colones con sesenta y nueve céntimos (¢5.918.228,69) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario promovido por Fundación Proagroin contra José Gerardo de los Ángeles Ramírez Elizondo. Exp. Nº 14-0007261157-CJ.—Juzgado, Civil, Trabajo y Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala.—Brenda Celina Calvo de la O.—Exento.—(IN2015007101). En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes prendarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de marzo del dos mil quince, y con la base de once mil ciento cincuenta y tres dólares con treinta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa WLL ciento diecinueve (WLL119), marca Fiat, estilo Panda, categoría automóvil, cilindrada 1242 c.c., carrocería sedan cuatro puertas Hatchbak, serie, chasis y VIN ZFA169000C4091019, motor Nº 188A400006835549, capacidad cuatro personas, año 2012, color gris, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de abril del dos mil quince, con la base de ocho mil trescientos sesenta y cinco dólares con tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de abril del dos mil quince, con la base de dos mil setecientos ochenta y ocho dólares con treinta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Erin William Quirós Miranda. Exp. Nº 14-020084-1170-CJ.— Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 8 de diciembre del 2014.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2015007102). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cero minutos del veintiuno de abril del dos mil quince, y con la base de quince mil ciento dieciocho dólares con cuarenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número SVZ263. Marca KIA. Estilo Sportage. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2012. Color blanco. Cilindrada 1998 cc. Combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de mayo del dos mil quince, con la base de once mil trescientos treinta y ocho dólares con ochenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de mayo del dos mil quince con la base de tres mil setecientos setenta y nueve dólares con sesenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica contra Sugey Johanna Ramirez Padilla. Exp. Nº 15-002001-1338-CJ.— Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 23 de enero del 2015.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez, Juez.—(IN2015007103). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del quince de abril del dos mil quince, y con la base de dieciocho mil ochocientos treinta y cuatro dólares con cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número BCM 226. Marca Zap, estilo A380, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2013, color gris, VIN LZ0CC5X2XC2002315, cilindrada 1800 cc., combustible gasolina; motor Nº 4G93DJAD1A0062. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de abril del dos mil quince, con la base de catorce mil ciento veinticinco dólares con cincuenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de mayo del dos mil quince, con la base de cuatro mil setecientos ocho dólares con cincuenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos S. A., contra Luiyin Eduardo Morera Alvarado. Exp. Nº 13-013884-1044-CJ.— Juzgado, Primero Especializado de cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de enero del 2015.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Juez.—(IN2015007148). Viernes 6 de febrero del 2015 En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos del tres de marzo del dos mil quince, y con la base de dieciséis millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 154.455-000 la cual es terreno lote número tres terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 04 San Nicolás, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Manuel Hernández; terreno baldío; al sur, Urbanización Benero; casa número cuatro; al este, Miguel Barquero Loria, lote baldío; oeste, calle pública con 8.63 metros; noreste, Jorge Salazar Bolaños, pared de baldosas a dos metros de la línea de propiedad y tapia de bloques de concreto; noroeste, calle pública con 8.63 metros de frente; sureste, Miguel Ángel Barquero Loria, pared de baldosas a nueve metros de la línea de propiedad y tapia de bloques de concreto; suroeste, Asociación Solidarista de Empleados del Grupo Z, pared de baldosas y tapia de bloques de concreto sobre la línea de propiedad, pared vecina de baldosas a un metro de la colindancia. Mide: Ciento setenta y dos metros con doce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del dieciocho de marzo del dos mil quince, con la base de doce millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del nueve de abril del dos mil quince con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le hace saber a los posibles postores que de conformidad con el numeral 153 bis de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, de resultar adjudicatario un tercero deberá realizar el pago total de la oferta en el acto, asimismo, en caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Adrián Alberto de los Ángeles Tenorio Castillo. Exp. Nº 14-006221-1164-CJ.—Juzgado, Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 31 de octubre del 2014.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—(IN2015007154). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del doce de marzo del dos mil quince, y con la base de diecisiete millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número siete mil cuatrocientos setenta y dos cero cero uno cero cero dos la cual es terreno con árboles frutales, bodega, y casa de habitación. Situada en el distrito san jerónimo, cantón esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Albis Cambronero Quirós; al sur, Olivio Quesada Hernández, Israel Quirós Ugalde, Nelson Alberto Cambronero Quirós; al este, camino de Esparza a Cerrillos y al oeste, Nelson Alberto Cambronero Quirós. Mide: tres mil seiscientos doce metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de marzo del dos mil quince, con la base de trece millones ciento seis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de abril del dos mil quince con la base de cuatro millones trescientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque BOLETIN JUDICIAL Nº 26 — Pág 9 certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Diana Maria Castillo Villalobos contra Eddy Ángel Cambronero Quirós. Exp. Nº 12-0000761207-CJ.—Juzgado, de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 24 de setiembre del 2014.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2015007169). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las once horas y quince minutos del dos de marzo de dos mil quince, y con la base de setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa CL 228620, marca Nissan, estilo D21, año 1996, color negro, Vin 1N6SD16S1TC349082. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del diecisiete de marzo de dos mil quince, con la base de quinientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del seis de abril de dos mil quince con la base de ciento setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Alexis Alfredo Delgado Quirós. Exp. 14-004685-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 21 de noviembre del 2014.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2015007173). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 23608844-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 243-0911401-0911-001, servidumbre trasladada citas: 283-09114-01-0901001 y servidumbre trasladada citas: 300-16596-01-0901-002; a las diez horas y treinta minutos del dos de marzo del dos mil quince, y con la base de veinticinco millones treinta y siete mil doscientos noventa y cinco colones con cincuenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número dieciocho mil trescientos sesenta y ocho f cero cero cero la cual es terreno edificio número dos, tercer nivel, apartamento número 5 dedicado a uso habitacional. Situada en el distrito Catedral, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común de acceso y vacío; al sur área común, vacío; al este, finca filial número seis (apartamento contiguo) y área común de acceso; y al oeste, finca filial número doce (apartamento contiguo). Mide: setenta y un metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de marzo del dos mil quince, con la base de dieciocho millones setecientos setenta y siete mil novecientos setenta y un colones con sesenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del uno de abril del dos mil quince con la base de seis millones doscientos cincuenta y nueve mil trescientos veintitrés colones con ochenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Pablo Flores Meléndez, Rosa Argentina Flores Meléndez. Exp. 14-026375-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de noviembre del 2014.—Lic. Esteban Herrera Vargas, Juez.—(IN2015007181). Pág 10 — BOLETIN JUDICIAL Nº 26 Viernes 6 de febrero del 2015 En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintisiete de febrero del dos mil quince, y con la base de doce millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 529331 submatrícula cero cero cero la cual es terreno de solar con un local comercial. Situada en el distrito 01 San Ignacio, cantón 12 Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Sinay Ureña Arias; al sur, calle; al este, Otilia y Amable Arias Arias; y al oeste, Siany Ureña Arias. Mide: doscientos noventa y ocho metros con diecinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del dieciséis de marzo del dos mil quince, con la base de nueve millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del treinta y uno de marzo del dos mil quince con la base de tres millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Eduardo Mora Bermúdez contra Jose Luis Estrada Bonilla. Exp. 13-006377-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 11 de diciembre del 2014.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(IN2015007201). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del diez de marzo del dos mil quince, y con la base de cincuenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos veintisiete mil ciento treinta y tres cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-San Vicente, cantón 14-Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 4-N; al sur, lote 6-N; al este, resto destinado a calle; y al oeste, lote 16-N. Mide: ciento sesenta y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticinco de marzo del dos mil quince, con la base de treinta y siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del nueve de abril del dos mil quince con la base de doce millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de cooperativa de Ahorro y Crédito de los Vecinos de Acosta contra Nora Cecilia Madrigal Rojas. Exp. 14-005066-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 11 de diciembre del 2014.—Lic. Alejandra Ortega Padilla, Jueza.—(IN2015007205). En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos antes meridiano del veintitrés de marzo de dos mil quince, y con la base de doce mil seiscientos sesenta y cinco dólares con cincuenta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa número 709845, marca: Toyota, estilo Yaris, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2008, color negro, Vin JTDKW923X05077304, cilindrada 1298 c.c., combustible gasolina, motor Nº 2NZ4687539. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos antes meridiano del catorce de abril de dos mil quince, con la base de nueve mil cuatrocientos noventa y nueve dólares con diecisiete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos antes meridiano del veintinueve de abril de dos mil quince con la base de tres mil ciento sesenta y seis dólares con treinta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Prendaria de Banco HSBC Costa Rica S. A. contra Fernando Hidalgo Arguedas, Yulima García Durango. Exp. 10-0026740638-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de enero del 2015.— Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015007206). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de aguas pluviales citas 442-15040-01-0008-001; a las once horas y cero minutos del seis de marzo de dos mil quince, y con la base de ciento veinticinco mil novecientos treinta y siete dólares con ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 610328-000 cero cero cero la cual es terreno de potrero lote uno con una casa. Situada en el distrito San Antonio, cantón Escazú, de la provincia de San Jose. Colinda: al norte, Napoleón Echeverría Alfaro y Lujo Escazuceño S. A.; al sur, calle pública con 25 metros y Napoleón Echeverría Alfaro; al este, Napoleón Echeverría Alfaro; y al oeste, Lujo Escazuceño S. A. Mide: mil ochocientos setenta y tres metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintitrés de marzo de dos mil quince, con la base de noventa y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y dos dólares con ochenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del siete de abril de dos mil catorce con la base de treinta y un mil cuatrocientos ochenta y cuatro dólares con veintisiete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Banco General (Costa Rica) S. A. contra Richard Elías Marcano Mago. Exp. 14-006053-1158-CJ.— Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 31 de octubre del 2014.—Msc. Liset Delgado Chavarría, Jueza.—(IN2015007214). A las diez horas y treinta minutos del once de marzo del dos mil quince, en la puerta exterior de este Despacho; libres de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos bajo las citas: 460-01960-010006-001 y con sus respectivas bases, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Con la base de treinta y cuatro millones novecientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta colones exactos, la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 148.899000, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 2, Quebrada Grande cantón 8, Tilarán, cantón, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, servidumbre de paso de seis metros; al este, Cooperativa de Caficultores y Servicios Múltiples del Dos de Tilarán Responsabilidad Limitada; y al oeste, Cooperativa de Caficultores y Servicios Múltiples del Dos Viernes 6 de febrero del 2015 de Tilarán Responsabilidad Limitada. Mide: trece mil novecientos setenta y ocho metros con dieciocho decímetros cuadrados. Plano: G-0554658-1999. 2) Con la base de quince millones quinientos sesenta y nueve mil cuatrocientos veinticinco colones exactos, la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 150.822000, la cual es terreno de café. Situada en el distrito 2, Quebrada Grande cantón 8, Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Cooperativa de Caficultores y Servicios Múltiples de Tilarán R-L; al este, Cooperativa de Caficultores y Servicios Múltiples del Dos de Tilarán; y al oeste, Cooperativa de Caficultores y Servicios Múltiples del Dos de Tilarán R-L. Mide: seis mil doscientos veintisiete metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Plano: G-0554656-1999. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiséis de marzo del dos mil quince, con la base de veintiséis millones doscientos nueve mil ochenta y siete colones con cincuenta céntimos por la finca número 148.899-000; y con la base de once millones seiscientos setenta y siete mil sesenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos por la finca número 150.822-000. Para el tercer remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de abril del dos mil quince, con la base de ocho millones setecientos treinta y seis mil trescientos sesenta y dos colones con cincuenta céntimos por la finca número 148.899000; y con la base de tres millones ochocientos noventa y dos mil trescientos cincuenta y seis colones con veinticinco céntimos por la finca número 150.822-000. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Coocique R.L. contra Jorge Alberto Rodríguez Rojas. Exp. 14-000508-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 8 de diciembre del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2015007293). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las trece horas y treinta minutos del nueve de abril de dos mil quince, y con la base de veintisiete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y nueve mil seiscientos treinta y dos cero cero cero la cual es terreno para construir lote 89. Situada en el distrito 01 Siquirres, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote 88; al sur, lote 90; al este, calle pública; y al oeste, Abdenago Alvarado Quesada. Mide: doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticuatro de abril de dos mil quince, con la base de veinte millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del once de mayo de dos mil quince con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Edgar Eladio de Jesús Carvajal González. Exp. 14-001424-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 15 de enero del 2015.— Licda. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—(IN2015007302). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas, restricciones y condiciones; a las nueve horas y cero minutos del veintitrés de marzo de dos mil quince, y con la base de nueve millones BOLETIN JUDICIAL Nº 26 — Pág 11 doscientos ochenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y cuatro mil seiscientos ochenta y uno cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Siquirres, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Alcides Villalobos García; al sur, calle pública; al este, Alcides Villalobos García; y al oeste, Matilde Villalobos García. Mide: doscientos cincuenta y nueve metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del catorce de abril de dos mil quince, con la base de seis millones novecientos sesenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de abril de dos mil quince con la base de dos millones trescientos veinte mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Ronaldo Enrique Cano Mendoza, Santiago Cano Martínez. Exp. 14-001314-1209-CJ.— Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 9 de enero del 2015.—Licda. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—(IN2015007303). A las catorce horas treinta minutos del ocho de abril del dos mil quince, en la puerta exterior de este Despacho; soportando reservas y restricciones bajo las citas: 0290-00001914-01-0904001 e hipoteca de primer grado a favor de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo bajo las citas: 2009- 32562701-0002-001, y con la base del valor dado según el avalúo pericial sea la suma de cinco millones quinientos sesenta y ocho mil novecientos colones, al mejor postor remataré finca inscrita en el Registro Público, propiedad partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos dos mil seiscientos nueve cero cero cero la cual es terreno con una casa y patio, situada en el distrito Río Cuarto, cantón Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 21.13 metros; al sur, Elías Quesada Quirós y José María Quesada Sibaja; al este, Elías Quesada Quirós y José María Quesada Sibaja; y al oeste, José María Quesada Sibaja. Mide: quinientos cincuenta y seis metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintitrés de abril del dos mil quince, con la base de cuatro millones ciento setenta y seis mil seiscientos setenta y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas treinta minutos del once de mayo del dos mil quince con la base de un millón trescientos noventa y dos mil doscientos veinticinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en Proceso Monitorio de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Orlando Cucalon Gaitán. Exp. 10-101026-0317-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 19 de enero del 2015.— Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—(IN2015007313). PRIMERA PUBLICACIÓN En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones a la Ley de Tránsito tramitada bajo la sumaria 12-004157-0494-TR, a las nueve horas del diecisiete de abril del año dos mil quince, y con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas N° CSC-000, marca Kia, año 2012, vin KNABE512ACT55653, cilindrada 1248 c.c., color Pág 12 — BOLETIN JUDICIAL Nº 26 Viernes 6 de febrero del 2015 blanco, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de mayo del año dos mil quince, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de mayo del año dos mil quince con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso OR.S.PRI. despido discriminatorio de Marvin Jiménez Sibaja contra Corporate Security Consultants Sociedad Anónima. Exp. N° 12-000953-1021-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 13 de enero del 2015.—Msc. Brenda Caridad Vargas, Jueza.—Exento.—(IN2015007382). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del veintiséis de febrero del año dos mil quince, y con la base de siete millones quinientos setenta y dos mil dos colones con treinta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento catorce mil setecientos diecinueve-cero cero cero, la cual es terreno para construcción de vivienda e interés social, lote 113 finca se encuentra en zona catastrada. Situada en el distrito 02 Mansión, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 112; al sur, lote 114; al este, Marcos Sequeira Vargas, y al oeste, calle pública con 12.96 metros. Mide: Quinientos cincuenta y nueve metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados plano: G-0551542-1999. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciséis de marzo del año dos mil quince, con la base de cinco millones seiscientos setenta y nueve mil un colones con setenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de abril del año dos mil quince con la base de un millón ochocientos noventa y tres mil colones con cincuenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Amed Antonio Méndez Cerdas. Exp. N° 14-002523-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 12 de enero del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—(IN2015007431). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando serv oblig, citas 0324-0000390801-0901-001; a las once horas y treinta minutos del veintitrés de marzo de dos mil quince, y con la base de cien mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y seis mil cuatrocientos veinticinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 09 Pavas, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Rita Rovira; al este, Francis Víquez, y al oeste, Urbanizadora Rohrmoser S. A. Mide: Trescientos setenta y cinco metros con treinta y ocho decímetros cuadrados, según plano catastrado número SJ-0338235-1979. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del catorce de abril de dos mil quince, con la base de setenta y cinco mil dólares, (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del veintinueve de abril de dos mil quince con la base de veinticinco mil dólares, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Diego Grooscors Antillon contra Amacruher Limitada y Celajes Anaranjados del Caribe S. A. Exp. N° 14-018831-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de enero del 2015.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2015007436). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre restrc. ref. 170828000, citas 346-04113-01-0903-001; a las nueve horas y cero minutos del diez de marzo de dos mil quince, y con la base de veintiún millones cuarenta y tres mil setecientos ochenta y ocho colones con ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos diecinueve mil treinta y ochocero cero cero (319038-000), la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito Pavas, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Arabela Castro; al sur, Gricelda Chaves y María Del Carmen Vargas; al este, Alameda Antonio Valle, y al oeste, Ligia Campos. Mide: Ciento sesenta y cuatro metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de marzo de dos mil quince, con la base de quince millones setecientos ochenta y dos mil ochocientos cuarenta y un colones con seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de abril de dos mil quince con la base de cinco millones doscientos sesenta mil novecientos cuarenta y siete colones con dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Eric Gerardo Ballestero Miranda. Exp. N° 14-006232-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 4 de noviembre del 2014.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2015007446). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del veintisiete de febrero del año dos mil quince, y con la base de once millones novecientos veintisiete mil novecientos cincuenta y cinco colones con tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento doce mil ochocientos sesenta y ocho-cero cero uno cero cero dos, la cual es terreno de solar para construir bloque K: T-1 lote 22-K. Situada en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 23 K; al sur, lote 21 K; al este, Fiduciaria Elca Sociedad Anónima, y al oeste, calle pública. Mide: Ciento sesenta metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de marzo del año dos mil quince, con la base de ocho millones novecientos cuarenta y cinco mil novecientos sesenta y seis colones con veintisiete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del ocho de abril del año Viernes 6 de febrero del 2015 dos mil quince con la base de dos millones novecientos ochenta y un mil novecientos ochenta y ocho colones con setenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Amed Antonio Méndez Cerdas. Exp. N° 14-002545-1205-CJ.— Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 19 de enero del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—(IN2015007453). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del veintisiete de febrero del año dos mil quince, y con la base de ciento siete mil ochocientos ochenta y seis dólares con ochenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir bloque G lote 14 G. Situada en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte avenida cinco; al sur, lote 1 G; al este, calle primera, y al oeste, lote 13 G. Mide: Trescientos veinticinco metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de marzo del año dos mil quince, con la base de ochenta mil novecientos quince dólares con catorce centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de abril del año dos mil quince con la base de veintiséis mil novecientos setenta y un dólares con setenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Amalfi Vásquez González. Exp. N° 14-0025471205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 19 de enero del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—(IN2015007455). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del siete de abril del año dos mil quince, y con la base de siete millones trescientos veintinueve mil ochocientos ochenta colones con dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ocho mil cuatrocientos noventa y seis-cero cero cero, la cual es terreno lote 37, terreno para construir. Situada en el distrito tercero Sardinal, cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 36; al sur, lote 38; al este, lote 56, y al oeste, calle pública con 9.87 centímetros. Mide: Doscientos cincuenta y tres metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintidós de abril del año dos mil quince, con la base de cinco millones cuatrocientos noventa y siete mil cuatrocientos diez colones con dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del ocho de mayo del año dos mil quince con la base de un millón ochocientos treinta y dos mil cuatrocientos setenta colones con un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas BOLETIN JUDICIAL Nº 26 — Pág 13 jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Francisca Lilliam Bustos Mendoza. Exp. N° 14-002555-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 19 de enero del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—(IN2015007458). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas 0325-00014361-01-0901-001, 0325-00014361-01-0902001, 0337-00009390-01-0900- 001, 0337-00009390-01-0901001; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de abril de dos mil quince, y con la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 183864-000, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 03 Horquetas, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Sociedad Agrícola Koradhi Sociedad Anónima; al este, Sociedad Agrícola Koradhi Sociedad Anónima, y al oeste, Obdulio Rojas Rojas. Mide: Ciento seis mil trescientos cincuenta metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del trece de mayo de dos mil quince, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de mayo de dos mil quince con la base de cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Claudio Zumbando Arias contra Marcos Vinicio Solís Retana. Exp. N° 10-000201-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de enero del 2015.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—(IN2015007459). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 408-00252-01-0901-001; a las diez horas y treinta minutos del nueve de marzo del año dos mil quince, y con la base de cuatro millones cuatrocientos sesenta y tres mil trescientos cincuenta y seis colones con sesenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 294784-000, la cual es lote sétimo: terreno para construir. Situada en el distrito 06 Río Cuarto, cantón 03 de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Asociación de Desarrollo Integral de Santa Rita de Río Cuarto de Grecia, sur, Asociación de Desarrollo Integral de Santa Rita de Río Cuarto de Grecia, este, José Campos Sibaja, y oeste, calle pública. Mide: Ciento noventa y seis metros con cinco decímetros cuadrados. Plano: A-02479471995. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de marzo del año dos mil quince, con la base de tres millones trescientos cuarenta y siete mil quinientos diecisiete colones con cuarenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de abril del año dos mil quince con la base de un millón ciento quince mil ochocientos treinta y nueve colones con dieciséis céntimos (un veinticinco Pág 14 — BOLETIN JUDICIAL Nº 26 Viernes 6 de febrero del 2015 por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R. L. contra Jimmy Gerardo Arce Santana y Marlene Gerardina Marín González. Exp. N° 14-002413-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 26 de noviembre del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2015007462). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref: 00221255-000 bajo las citas: 361-00763-01-0876-001 y demanda de reconocimiento de unión de hecho bajo las citas: 2009-90210-01-0001-001; a las quince horas y cero minutos del nueve de marzo del año dos mil quince, y con la base de cinco millones ciento cincuenta y seis mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 429114-000, la cual es terreno lote 7 para construir. Situada en el distrito 04 Bijagua cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ernesto Calero González; sur, Ernesto Calero González; este, Ernesto Calero González, y oeste, calle pública con 10.01 metros. Mide: Doscientos metros con setenta y un decímetros cuadrados. Plano: A-0957033-2004. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinticuatro de marzo del año dos mil quince, con la base de tres millones ochocientos sesenta y siete mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del catorce de abril del año dos mil quince con la base de un millón doscientos ochenta y nueve mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R. L. contra Geovanna Ramírez Zumbado y Verny Jesús Cubero Ramírez. Exp. N° 14-002419-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 28 de noviembre del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2015007469). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de marzo de dos mil quince, y con la base de doce millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 141015-000, la cual es terreno para construir lote 25 B con una casa. Situada en el distrito San Rafael, cantón Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle publica; al sur, lotes 42 y 43 B; al este, lote 26-B, y al oeste, Imas. Mide: Ciento tres metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del catorce de abril de dos mil quince, con la base de nueve millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de abril de dos mil quince con la base de tres millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades de La Pradera S. A. contra Johana Isabel Morales Solano en expediente N° 14-020029-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de enero del 2015.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2015007473). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y cero minutos del cinco de marzo del dos mil quince, y con la base de noventa y cinco mil novecientos noventa y nueve dólares con ochenta y un centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos veinticinco mil cuatrocientos cuatro cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito 03 San Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Grace López Montero; al sur, calle pública San Rafael-Bello Horizonte con 13 metros 90 centímetros; al este, Hortensia Zúñiga Saborío, y al oeste, calle de uso restringido. Mide: cuatrocientos noventa y cuatro metros con once decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de marzo del dos mil quince, con la base de setenta y un mil novecientos noventa y nueve dólares con ochenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de abril del dos mil quince, con la base de veintitrés mil novecientos noventa y nueve dólares con noventa y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gustavo Adolfo López Montero, Iris Isabel Arce Araya. Expediente N° 14-001559-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 29 de enero del 2015.— Licda. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—(IN2015007474). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y treinta minutos del seis de marzo del dos mil quince, y con la base de veintidós millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento quince mil ciento treinta y ocho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada: en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 10 metros 53 centímetros; al sur, Gerardo Antonio Jiménez Céspedes; al este, Gerardo Antonio Jiménez Céspedes, y al oeste, Gerardo Antonio Jiménez Céspedes. Mide: doscientos veintiún metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintitrés de marzo del dos mil quince, con la base de dieciséis millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de abril del dos mil quince, con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gabriel Antonio Villalobos Vega. Expediente N° 14001555-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 30 de enero del 2015.—Licda. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—(IN2015007477). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las once horas y quince minutos del diecinueve de marzo del dos mil quince, y con la base de tres millones trescientos sesenta y siete mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas: 749191, marca: Toyota, categoría: automóvil, carrocería: Sedan 4 puertas, chasis: 1NXBR32E45Z540228, uso: particular, estilo: Corolla, Viernes 6 de febrero del 2015 capacidad: 5 personas, año: 2005, color: verde, número motor: 1ZZ6234232, combustible: gasolina. Para el segundo remate, se señalan las once horas y quince minutos del diez de abril del dos mil quince, con la base de dos millones quinientos veinticinco mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y quince minutos del veintisiete de abril del dos mil quince, con la base de ochocientos cuarenta y un mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Giselle Patricia Cruz Navarro contra Francisco Javier Molina Benavides. Expediente N° 14-021155-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 5 de diciembre del 2014.—Licda Melania Jiménez Vargas, Jueza.—(IN2015007482). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, a las diez horas y cero minutos del nueve de abril del dos mil quince, y con la base de nueve millones quinientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y tres mil doscientos treinta y seis cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada: en el distrito 01 Siquirres, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Rafael Ángel Gamboa Arias; al este, Rafael Ángel Gamboa Arias, y al oeste, Rafael Ángel Gamboa Arias. Mide: ochocientos treinta y dos metros con treinta decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de abril del dos mil quince, con la base de siete millones ciento sesenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del once de mayo del dos mil quince, con la base de dos millones trescientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jorge Nájera Araya contra José Gerardo de los Ángeles Gamboa González. Expediente N° 14-001427-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 14 de enero del 2015.—Licda. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—(IN2015007489). En la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca de primer grado, bajo citas de inscripción: 0572-00054701-010001-001 a favor de Scotiabank de Costa Rica S. A., a las diez horas y treinta minutos del veintiuno de abril del dos mil quince, y con la base de diecisiete millones cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 344349-000, la cual es terreno lote 4-A con 1 casa. Situada: en el distrito Desamparados, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, CIA Molinsa; al sur, calle pública; al este, lote 5, y al oeste, lote 3. Mide: noventa y seis metros con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del siete de mayo del dos mil quince, con la base de trece millones setenta y ocho mil ciento veinticinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintidós de mayo del dos mil quince, con la base de cuatro millones trescientos cincuenta y nueve mil BOLETIN JUDICIAL Nº 26 — Pág 15 trescientos setenta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Javier Rodríguez Montero contra Fransi Sociedad Anónima. Expediente N° 15-002800-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de enero del 2015.—Licda. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—(IN2015007490). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas cero minutos del veinticinco de febrero del dos mil quince, y con la base de catorce millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 310358001, 002 y 003, la cual es terreno de café potrero con 2 casas. Situada: en el distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Carmen Hernández Rojas; al sur, Joaquín Cambronero Chinchilla; al este, Carmen Hernández Rojas, y al oeste, calle pública con 12 m. Mide: cuatrocientos cinco metros con diecinueve centímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas cero minutos del trece de marzo del dos mil quince, con la base de diez millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas cero minutos del veintisiete de marzo del dos mil quince, con la base de tres millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de El Encandilado S. A., Jessica Vanessa Duarte Ramírez contra Guillermo Chaves Sibaja, José Gil Chaves Chavarría, William Chaves Sibaja. Expediente N° 11027086-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de noviembre del 2014.—Licda. Kathya Araya Jácome, Jueza.—(IN2015007497). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de febrero del dos mil quince, con la base de diez millones setecientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), en el mejor postor, remataré lo siguiente: Un derecho de un sétimo sobre la finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos veinticuatro mil ciento cincuenta cero cero cuatro, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 02 Granadilla, cantón 09 Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Miguel Mariño y Mario González; al sur, carreteras Pedro Curridabat 34 m; al este, Arnoldo Acosta y M. Carmen Roca Fort, y al oeste, Mañana S. A. Mide: dos mil quinientos treinta y dos metros con veinticinco decímetros cuadrados. Y, para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciséis de marzo del dos mil quince, con la base de tres millones quinientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Conalito S. A. contra Guido Arias Ramírez. Expediente N° 12-015926-1170CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 9 de octubre del 2014.—Licda. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—(IN2015007544). Pág 16 — BOLETIN JUDICIAL Nº 26 Viernes 6 de febrero del 2015 En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de abril del dos mil quince, y con la base de diez mil novecientos noventa y tres dólares con setenta y nueve centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placa 892778, marca: Ford, estilo: Escape, año: 2011, capacidad: 5 personas, color: azul, carrocería: todo terreno cuatro puertas, combustible: gasolina, cilindrada: **2500 C.C, cilindro: 04. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de mayo del dos mil quince, con la base de ocho mil doscientos cuarenta y cinco dólares con veintinueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós de mayo del dos mil quince, con la base de dos mil setecientos cuarenta y ocho dólares con cuarenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra Mario Antonio Rojas Apuy. Expediente N° 15-001695-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de enero del 2015.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—(IN2015007552). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y cero minutos del veintitrés de abril del dos mil quince, y con la base de mil setenta y nueve dólares con ochenta y dos centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placa 648372, marca: Ford, automóvil, color: dorado, año: 2006, chasis: 9BFUT35N468761211. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del ocho de mayo del dos mil quince, con la base de ochocientos nueve dólares con ochenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticinco de mayo del dos mil quince, con la base de doscientos sesenta y nueve dólares con noventa y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra José Francisco Arias Obregón. Expediente N° 14-020825-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de enero del 2015.—Lic. Greivin Gerardo Fallas Abarca, Juez.—(IN2015007554). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 0314-00000597-01-0906-001 finca de referencia 100605517 000 afecta a finca 1-00034900-000; servidumbre trasladada citas: 0314-00000597-01-907-001 finca de referencia 100605517 000 afecta finca 1-00034900-001; servidumbre trasladada citas: 0314-00000597-01-908-001 finca de referencia 100605517 000 afecta a finca 1-00034900-002; servidumbre trasladada citas: 0314-00000597-01-0909-001 finca referencia 100605517 000 afecta a finca 1-00034900-003; servidumbre trasladada citas: 0314-00000597-01-0910-001 finca referencia 100605517 000 afecta a finca 1-00034900-004; servidumbre de paso citas: 0505-00008106-01-0001-001 finca referencia 100605517 000; servidumbre de paso citas: 0505-00008106-01-0004-001 finca referencia 100605517 000; servidumbre de paso citas: 050500008106-01-0007-001, a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de marzo del dos mil quince, y con la base de ochenta y dos mil ciento treinta y tres dólares con treinta y dos centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos cincuenta mil setecientos ochenta y tres cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 03 Pozos, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Condominio San Miguel Arcángel de los Pozos S. A.; al sur, calle pública; al este, Condominio San Miguel Arcángel de los Pozos S. A., y al oeste, Honorario Marín Delgado. Mide: mil dos metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de abril del dos mil quince, con la base de sesenta y un mil quinientos noventa y nueve dólares con noventa y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de abril del dos mil quince, con la base de veinte mil quinientos treinta y tres dólares con treinta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Oktakoy S. A. contra Condominio San Miguel Arcángel de Pozos S. A. Expediente N° 14-021033-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 6 de enero del 2015.—Licda. Kathya María Araya Jácome, Jueza.—(IN2015007555). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las diez horas del diecisiete de abril del dos mil quince, y con la base de veinticuatro mil setecientos treinta y siete dólares con setenta y cinco centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas N° CL-257451, combustible: diesel, tracción: cuatro por cuatro, color: negro, marca: Toyota, año: 2012, vin: MR0FZ29GX01629501. Para el segundo remate, se señalan las diez horas del cinco de mayo del dos mil quince, con la base de dieciocho mil quinientos cincuenta y tres dólares con treinta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas del veinte de mayo del dos mil quince, con la base de seis mil ciento ochenta y cuatro dólares con cuarenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra Juan Pablo Meléndez Guevara. Expediente N° 15-000990-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de enero del 2015.—Lic. Elio Campos López, Juez.—(IN2015007557). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las quince horas y cero minutos del veintiséis de febrero del dos mil quince, y con la base de un millón cuatrocientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas N° CL-180712, marca: Isuzu, estilo: KB2300, categoría: carga liviana, capacidad: 2 personas, año: 1995, color: azul, vin: JAACL11L4S7207494, cilindrada: 2300 CC, combustible: gasolina, motor: N° 399181. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del trece de marzo del dos mil quince, con la base de un millón ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco Viernes 6 de febrero del 2015 por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cero minutos del treinta de marzo del dos mil quince, con la base de trescientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de José Francisco Barrantes Campos contra José Eduardo Barrantes Céspedes. Expediente N° 14-007979-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 27 de enero del 2015.—Licda. Hazel Castillo Bolaños, Jueza.—(IN2015007606). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y treinta minutos del dieciocho de mayo del dos mil quince, y con la base de veintidós mil dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 272919-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito 4-San Roque, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Víctor Julio Román Barrantes; al sur, calle pública con 32 m 18 cm; al este, Víctor Julio Román Barrantes, y al oeste, Liduvina Quesada y Sonia Alfaro. Mide: trescientos cuarenta y cuatro metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del dos de junio del dos mil quince, con la base de dieciséis mil quinientos dólares exactos, y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de junio del dos mil quince, con la base de cinco mil quinientos dólares exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Esteban José Fernández Víquez contra Sonia María Gerarda Alfaro Quesada. Expediente N° 14-004075-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 11 de noviembre del 2014.—Brayan Li Morales, Juez.—(IN2015007607). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones (citas: 334-06825-01-0900-001); a las quince horas y treinta minutos (tres horas y treinta minutos pasado meridiano) del dieciséis de marzo de dos mil quince y con la base de doscientos mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento noventa y ocho mil doscientos cuarenta y seis cero cero cero, la cual es de naturaleza: terreno de potrero y bosques con un salón multiusos y tres casas. Situada en el distrito 06 San Isidro, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Misael Porras Herrera; al sur, German Ávila Isaías Solera; al este, quebrada; y al oeste, calle pública con 34 m 18 cm y otro. Mide: cincuenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y ocho metros con treinta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos (tres horas y treinta minutos pasado meridiano) del siete de abril de dos mil quince, con la base de ciento cincuenta mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos (tres horas y treinta minutos pasado meridiano) del veintidós de abril de dos mil quince, con la base de cincuenta mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata BOLETIN JUDICIAL Nº 26 — Pág 17 por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Kantrix Trust Sociedad Anónima contra Inversiones Sólidas del Oriente y Bienes Raíces de Alajuela. Expediente: 14-010853-1157CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de enero del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015007875). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del nueve de marzo del dos mil quince y con la base de veintinueve millones novecientos cincuenta y ocho mil quinientos cuarenta colones con treinta y cuatro céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 144303-000, la cual es terreno para construir, lote seis con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 Puerto Viejo, cantón 10 Sarapiquí de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 19; al sur, lote 5; al este, calle pública; y al oeste, José Córdoba Córdoba. Mide: mil ciento cuatro metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de marzo del dos mil quince, con la base de veintidós millones cuatrocientos sesenta y ocho mil novecientos cinco colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de abril del dos mil quince, con la base de siete millones cuatrocientos ochenta y nueve mil seiscientos treinta y cinco colones con ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra David Pérez Badilla, Gerardo Pérez Jiménez. Expediente: 13-019452-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de enero del 2015.—Licda. Nydia Piedra Ramírez, Jueza.—(IN2015007880). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas quince minutos del siete de abril del dos mil quince y con la base de seis millones tres mil quinientos ochenta colones con treinta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa BBT367, marca Toyota, estilo Yaris, categoria automovil, capacidad 5 personas, año 2012, carrocería Sedan 4 puertas, color turquesa, tracción 4x2, chasis JTDBT92390L024002, vin JTDBT92390L024002. Para el segundo remate se señalan las nueve horas quince minutos del veintidós de abril del dos mil quince, con la base de cuatro millones quinientos dos mil seiscientos ochenta y cinco colones con veintisiete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas quince minutos del ocho de mayo del dos mil quince, con la base de un millón quinientos mil ochocientos noventa y cinco colones con nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra Margot Lemaitre Barahona. Expediente: 14009829-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de diciembre del 2014.—Licda. Kathya Araya Jácome, Jueza.—(IN2015007911). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del veintidós de mayo de dos mil quince y con la base de seis mil ochocientos quince dólares con veinticuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 783984, marca Suzuki, categoría automóvil, capacidad 4 personas, año 2009, color gris, vin JS3JB43V894101372, cilindrada 1328 cc. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del ocho de junio de dos mil quince, con la base de cinco mil ciento once Pág 18 — BOLETIN JUDICIAL Nº 26 Viernes 6 de febrero del 2015 dólares con cuarenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintitrés de junio de dos mil quince, con la base de mil setecientos tres dólares con ochenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra Miguel Ángel García Hernández. Expediente: 14-018583-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de enero del 2015.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—(IN2015007913). la misma elijan representante. Se hace la advertencia que la junta se verificará cualquiera que sea el número de miembros o socios presentes, y la elección se decidirá por simple mayoría de votos. En caso de no resultar mayoría o de no asistir ningún miembro o socio a la junta, el Juez hará el nombramiento que corresponda. Para tales efectos se ordena publicar por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Lo anterior por ordenarse así en proceso otros ord. sector privado de Mauricio Poyser Smith contra Diseños Inmobiliarios Manzanillo Sociedad Anónima y contra sucesión de James Perry Edwards. Expediente N° 14-0004610679-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 15 de enero del 2015.—Lic. Pablo Sánchez Valverde, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015007354). Convocatorias Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente 14-000016-182-CI-1, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Carlos Luis Ríos Navarro, quien es mayor, estado civil casado una vez, pensionado, vecino de San José, Santa Ana, portador de la cédula de identidad uno-cero trescientos nueve-cero cuatrocientos dieciocho, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno construido, con una casa y solar; sito: distrito segundo Salitral, cantón noveno Santa Ana de la provincia de San José. Linda: al norte, Municipalidad de Santa Ana; al sur, Carlos Alberto Herrera Sandí; al este, con quebrada y al oeste, con calle pública. Mide: quinientos siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones quinientos mil colones exactos. Que adquirió dicho inmueble hace más de diez años, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se cita y emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 17 de diciembre del 2014.—Msc. Osvaldo López Mora, Juez.—1 vez.—(IN2015005729). Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Euclides Arce Rodríguez, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas y treinta minutos del tres de marzo de dos mil quince, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 13000433-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 8 de julio del 2014.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—(IN2014049219). Por haberse ordenado así dentro de expediente 13-0002850183-CI que es proceso sucesorio de Eraida Paniagua Morales, se convoca todos los interesados a la Junta que se verificará en este Despacho a las 8:30 horas del 5 de marzo del 2015, ello para conocer de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, a las trece horas treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil catorce.—Lic. Elio José Campos López, Juez.—1 vez.—(IN2015002289). Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Flory Vega Chaves, quien fue mayor, soltera, oficios del hogar, vecina de Escazú centro, del Banco Nacional de Costa Rica, 100 oeste, 350 sur, cédula de identidad números 1-261-617, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas treinta minutos (08:30 am) del cinco de marzo del dos mil quince, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 929 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 10-000139-181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía San José, 6 de enero del 2015.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—(IN2015003586). Se convoca a los miembros o socios de Inmobiliaria Illampu Occidente Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3101024375, a una junta a celebrarse en este Despacho, a las nueve horas y cero minutos del cinco de marzo de dos mil quince, para que en la misma elijan representante. Se hace la advertencia que la junta se verificará cualquiera que sea el número de miembros o socios presentes, y la elección se decidirá por simple mayoría de votos. En caso de no resultar mayoría o de no asistir ningún miembro o socio a la junta, el Juez hará el nombramiento que corresponda. Lo anterior por ordenarse así en proceso Ejecución Hipotecaria de Banco General (Costa Rica) S. A. contra Eloy Bernal Vega Vega e Inmobiliaria Illampu Occidente Sociedad Anónima. Expediente N° 14-006574-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 9 de enero del 2015.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—1 vez.—(IN2015007209). Se convoca a los miembros o socios de Diseños Inmobiliarios Manzanillo Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101459670, a una junta de socios a celebrarse en este Despacho, a las diez horas de la mañana del día seis de abril del dos mil quince, para que en Títulos Supletorios Se hace saber, que ante este Despacho se encuentra el expediente N° 08-000565-0388-CI, el cual corresponde a un proceso de diligencias de Información Posesoria, promovido por, Sergio Varela Ramírez, quien es mayor, casado una vez, tractorista, cédula 2-0237-0918 y vecino de San José de Pinilla, Santa Cruz, Guanacaste, de la plaza de deportes setecientos metros al este; el cual interpuso a fin de que se inscriba a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, un terreno que es para construir, situado en San José de Pinilla, distrito 9° (Tamarindo), cantón 3° (Santa Cruz), provincia de Guanacaste; el cual colinda al norte, Mario Gómez Vallejo; sur, Mario Avilés Quirós; este, Mario Gómez Vallejo y servidumbre de paso, oeste, Instituto de Desarrollo Agrario. Mide: quinientos metros cuadrados. Indica la parte promotora: que sobre el mismo no pesan cargas reales o gravámenes, que mediante dicho proceso no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, que estima el inmueble en un millón de colones, que lo adquirió mediante una compra que le hizo al señor Mario Gómez Vallejo, mayor, soltero, comerciante, vecino de San José de Pinilla de Santa Cruz, Guanacaste, de la plaza de deportes ochocientos metros al este, cédula 5-213-842, el 25 de abril de 2008, que hasta la fecha lo ha poseído en calidad de única persona propietaria y en forma continua, pública y pacífica; que los actos de posesión que ha ejercido sobre él han consistido en Viernes 6 de febrero del 2015 cuido, chapeas, rondas, levantamiento de cercos y mantenimiento en general; que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles y que carece de título inscribible de dominio. Por tal razón y de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias, se emplaza por este medio a todas las personas interesadas en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil y de Trabajo de Santa Cruz, Guanacaste, 21 de noviembre del 2014.—Lic. Benito Martín Jiménez Carranza, Juez.—1 vez.—(IN2015005865). Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N° 13-000171-0307-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de, Ronald Herrera Montero, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de San Rafael de Poás de Alajuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-227-478, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 07 Sabanilla, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Clemencia Morales Espinoza; al sur, Santos Óscar Méndez Oporta; al este, calle pública con un frente a esta de diez metros con cuarenta y tres centímetros y al oeste, Virginia Coll Morera. Mide: doscientos cuarenta y tres metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación de su padre Abel Ángel Herrera Castro, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construcción de casa de habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por. Exp.: 13-000171-0307-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 04 de noviembre del 2014.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—(IN2015005892). Citaciones Ante la notaría del Dr. Femando Zamora Castellanos, se tramita sucesorio de quien en vida se llamó, Enzo Nali Biesuz, mayor, casado una vez, vecino de Rohrmoser, cédula de residencia uno tres ocho cero cero cero cero cinco uno cero cero tres. Se cita y emplaza a los interesados para que dentro del plazo de treinta días hábiles a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos, sita Rohrmoser cincuenta metros al norte y cincuenta este del Restaurante Isla Verde, San José Costa Rica.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—(IN2015005295). Ante esta notaría se solicita la apertura del proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida fuera Bartola Corina Moraga Baltodano con cédula de identidad cinco-cero cuarenta y dos-cero veintinueve fallecida el diecinueve de mayo del dos mil doce.—Nicoya veintitrés de enero del dos mil quince.—Lic. Iveth Orozco García, Notaria.—1 vez.—(IN2015005394). BOLETIN JUDICIAL Nº 26 — Pág 19 Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Rony Porras Fernández, mayor, con cédula de identidad N° 106570190, a las 15 horas del 15 de enero del año 2015 y comprobado el fallecimiento de quien en vida fuera Sonia Elena Torres Torres, quien en vida fue, mayor, con cédula de identidad N° 107470075, soltera, secretaria, vecina de Escazú centro, del Abastecedor la Violeta, cien metros al oeste, fallecida el 22 de marzo del 2003, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato, por lo que se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del licenciado Asdrúbal Vega Castillo, con oficina en Alajuelita centro, costado sur del parque edificio amarillo dos plantas, oficina N° 4. Teléfono 2254-0446.—Lic. Asdrúbal Vega Castillo, Notario.—1 vez.—(IN2015005430). Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Estela Mercedes Rodríguez Pérez, mayor, soltera, operaria, vecina de Heredia, cédula de identidad 800700193. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 14-000090-0370-CI.— Juzgado Civil de Heredia, 16 de mayo del 2014.—Licda. Karol Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(IN2015005696). Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luis Eduardo de los Ángeles Madriz Sánchez, mayor, divorciado, técnico en electrónica, con documento de identidad número 3-0287-0703 y vecino de Paraíso. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 14-000410-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 10 de noviembre del 2014.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1 vez.—(IN2015005905). Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó, Rafael Bartolo Badilla Aguilar, mayor, estado civil casado, profesión pensionado, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0300670628 y vecino de Tibás. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 14-000557-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de enero del 2015.—Lic. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—1 vez.—(IN2015005925). Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Elías Francisco del Rosario Villalobos Campos, mayor, casado, comerciante, costarricense, con documento de identidad 0400550765 y vecino de San Jerónimo de Moravia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de Pág 20 — BOLETIN JUDICIAL Nº 26 Viernes 6 de febrero del 2015 ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 15-000007-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 21 de enero del 2015.—M.Sc. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—1 vez.—(IN2015006008). Avisos Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito del menor de edad Emmanuel Alberto Pineda García, para que se apersonen a este Juzgado, dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenando. Cañas, 12 de enero del 2015. Expediente N° 15-400002-0928-FA (2-2-2015)-A. Debe publicarse tres veces consecutivas en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste.—Licda. Mariana Corea Erazo, Jueza.— Exonerado.—(IN2015005593). 3 v. 3 Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hace saber a Becker Adilia Orozco Castillo, mayor, de nacionalidad guatemalteca, domicilio desconocido, documentos de identidad de sus país número L1231305, casada, ama de casa, que en este Despacho se interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente número 14-001403-0292-FA donde se dictó la resolución que literalmente dicen: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las nueve horas y veintitrés minutos del diecisiete de diciembre de dos mil catorce. De la anterior demanda de divorcio establecida por el señor David Gerardo Vargas Barrientos, se confiere traslado a la señora Becker Adilia Orozco Castillo, por medio de su curador procesal el Lic. Mario Rivera Campos por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a la parte demandada la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de Circulación Nacional; para los efectos del artículo 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. Queda un juego de copias de la demanda a la orden del curador procesal. Expediente N° 14-001403-0292FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de diciembre del 2014.—Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005978). Edictos Matrimoniales Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Roberto Andrés Gonzaga Mejía, mayor, soltero, seguridad privada, vecino de Barrio Buenos Aires de Liberia, del Abastecedor Sussy, 75 metros norte, casa color blanca, hijo de María Felicita Gonzaga Mejía, nacido en Centro, Liberia, Guanacaste, el 17 de abril del año 1983, con 31 años de edad, cédula de identidad N° 0503330341 y Noylyn de los Ángeles Montoya Fernández, mayor, estudiante, vecina de Colonia Blanca de Aguas Clara de Upala, Alajuela, hija de Rosey Fernández Quesada y Gerardo Montoya Montoya, nacido en Centro, Liberia, Guanacaste, el 01 de octubre del año 1992, con 22 años de edad, cédula de identidad N° 0503890482. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. 14-000790-0938-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 15 de diciembre del 2014.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015005886). Ante esta Notaría comparecen las siguientes parejas: a) Reiner Vinicio Mora Martínez supervisor, de cédula 114580790; y Desireth de los Ángeles Mata Herrera empresaria, de cédula 206470056; ambos mayores, costarricenses, solteros en unión libre, vecinos de Lagunilla de Heredia, quienes me manifiestan su libertad de estado y su deseo de contraer matrimonio. Se otorga el plazo de 8 días a partir de esta publicación para quienes deseen manifestar su oposición al fax 2290-6252.—Licda. Jaimie Pamela Pardo Mora, Notaría.—1 vez.—(IN201506980). Edictos en lo Penal En la causa 09-000443-0345-PE, seguida contra Cristián Gómez Guillén por el delito de Conducción Temeraria en perjuicio de La Seguridad Vial, se dictó sentencia de las catorce horas quince minutos del cuatro de marzo del dos mil catorce; sin embargo en dicho fallo no se dispuso del vehículo placas 144014, y siendo que al día de hoy no se ha hecho efectiva la entrega al señor Luciano Dinarte Juárez, quien figura como propietario registral de dicho automotor; ni existen terceros interesados en que se le sea devuelto el vehículo indicado, dado a lo anterior, es que este Tribunal ordena publicar por tres veces en el Boletín Judicial, para efectos de que los terceros de buena fe puedan realizar los reclamos pertinentes en lo que concierne a la devolución de vehículo placas 144014, estilo Sentra, modelo Nissan, motor E15012358A, año 1982, color rojo, sedan de cuatro puertas. Si en el plazo de tres meses no existen interesados en el automotor anteriormente descrito, ésta cámara procederá de conformidad con la Ley 6106. Expediente Nº 09-000443-0345-PE.— Tribunal de Juicio de Cartago, 02 de diciembre del 2014.— Firma Ilegible.—Exonerado.—(IN2015005595). 3 v. 3 Se les comunica al dueño registral o terceros interesados que dentro de la causa 14-000007-472-PE, contra Jonathan Howard Molina por el delito de Portación Ilícita de Arma Permitida en perjuicio de la Seguridad Común, se ordenó la devolución de una Arma de fuego tipo Carabina, marca US Carabine, modelo M1, calibre 30 Carabina, número de serie 6912853, se otorga el plazo de tres meses a los terceros para que reclamen la devolución del bien precitado bajo la sanción que de no hacerlo, prescribirá la acción de reclamo y el bien pasará a propiedad del Estado, sin necesidad de resolución alguna. Exp N° 14-000007-0472-PE.—Licda. Xinia Marín Calvo, Jueza.— Exonerado.—(IN2015005608). 3 v. 3
© Copyright 2024