RESOLUCIÓN No. 053 de 2015 (Diciembre 1º) Por la cual se imponen unas sanciones EL COMITÉ DISCIPLINARIO DEL CAMPEONATO DE FÚTBOL PROFESIONAL CATEGORÍAS “A” y “B” En uso de sus facultades legales y estatutarias, RESUELVE: Artículo 1º.- Imponer las sanciones correspondientes a los partidos disputados por la ida de los cuartos de final de la Liga Águila II 2015. SANCIONADO Víctor Castillo Motivo: Gerardo Pelusso (D.T.) Motivo: Gustavo Portela (M) Motivo: CLUB Al. Petrolera FECHA Ida cuartos de final Liga Águila II Águila 2015 SUSPENSION MULTA A CUMPLIR 1 fecha $128.870,oo Vuelta cuartos de final Recibir una segunda amonestación en un mismo partido. Artículo 74-2 Código Disciplinario Único Colfútbol. Liga Águila II 2015 Vuelta cuartos de final e Ind. Santa Fe 3 fechas $1.933.050,oo ida y vuelta semifinales Liga Águila II 2015 Emplear lenguaje ofensivo y grosero contra un oficial de partido. o 1ª y 2ª Artículo 79-B Código Disciplinario Único Colfútbol. siguiente Competición Ida cuartos de final Liga Águila II Águila 2015 Dep. Cali Ida cuartos de final Liga Águila II Águila 2015 4 fechas Protestar decisiones arbitrales Artículo 79-A Código Disciplinario Único Colfútbol. Vuelta cuartos de final e ida y vuelta $2.577.400,oo semifinales e ida final Liga Águila II 2015 o 1ª, 2ª y 3ª fecha siguiente competición Resolución Comité Disciplinario del Campeonato Nro. 053 del 1º de diciembre de 2015 (Página 2) _________________________________________________________________________________________ AMONESTADOS AMONESTADO MCNELLY TORRES FREDDY SALAZAR MICHAEL ORDOÑEZ HARRISON HENAO FRANKLIN LUCENA MARLON PÍEDRAHITA RAFAEL CARRASCAL RICARDO JERÉZ FELIPE BANGUERO ARLEY RODRIGUEZ MIGUEL BORJA JULIÁN QUIÑONEZ DIDIER MORENO HERNAN PERTUZ DAVID GONZÁLEZ CRISITIAN MARRUGO MATIAS CAHAIS LUIS NARVÁEZ JUAN DOMINGUEZ JUAN QUINTERO HARRISON MOJICA RAFAEL S. BORRÉ JUAN GUAZA ERNESTO HERNÁNDEZ CLUB ATL. NACIONAL ONCE CALDAS ONCE CALDAS ONCE CALDAS ONCE CALDAS ONCE CALDAS AL. PETROLERA AL. PETROLERA AL. PETROLERA AL. PETROLERA IND. SANTA FE DEP. TOLIMA DIM DIM DIM DIM DIM JUNIOR F.C. JUNIOR F.C. DEP. CALI DEP. CALI DEP. CALI DEP. CALI DEP. CALI FECHA Ida cuartos de final Liga Águila II 2015 Ida cuartos de final Liga Águila II 2015 Ida cuartos de final Liga Águila II 2015 Ida cuartos de final Liga Águila II 2015 Ida cuartos de final Liga Águila II 2015 Ida cuartos de final Liga Águila II 2015 Ida cuartos de final Liga Águila II 2015 Ida cuartos de final Liga Águila II 2015 Ida cuartos de final Liga Águila II 2015 Ida cuartos de final Liga Águila II 2015 Ida cuartos de final Liga Águila II 2015 Ida cuartos de final Liga Águila II 2015 Ida cuartos de final Liga Águila II 2015 Ida cuartos de final Liga Águila II 2015 Ida cuartos de final Liga Águila II 2015 Ida cuartos de final Liga Águila II 2015 Ida cuartos de final Liga Águila II 2015 Ida cuartos de final Liga Águila II 2015 Ida cuartos de final Liga Águila II 2015 Ida cuartos de final Liga Águila II 2015 Ida cuartos de final Liga Águila II 2015 Ida cuartos de final Liga Águila II 2015 Ida cuartos de final Liga Águila II 2015 Ida cuartos de final Liga Águila II 2015 MULTA $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo Resolución Comité Disciplinario del Campeonato Nro. 053 del 1º de diciembre de 2015 (Página 3) _________________________________________________________________________________________ Art. 74-5 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES CLUB MOTIVO AL. PETROLERA 4 amonestaciones en el mismo partido DIM 5 amonestaciones en el mismo partido ONCE CALDAS 5 amonestaciones en el mismo partido DEP. CALI 5 amonestaciones en el mismo partido FECHA Ida cuartos de final Águila II 2015 Ida cuartos de final Águila II 2015 Ida cuartos de final Águila II 2015 Ida cuartos de final Águila II 2015 MULTA Liga $644.350,oo Liga $644.350,oo Liga $644.350,oo Liga $644.350,oo Artículos 91-A Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol QUINTA AMONESTACIÓN SANCIONADOS CLUB FECHA SUSPENSIÓN MATIAS CAHAIS DIM Ida cuartos de final Liga Águila II 2015 1 fecha MICHAEL ORDOÑEZ ONCE CALDAS Ida cuartos de final Liga Águila II 2015 1 fecha JULIÁN QUIÑONEZ DEP. TOLIMA Ida cuartos de final Liga Águila II 2015 1 fecha A CUMPLIR Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2015 Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2015 Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2015 Art. 74-3 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol Artículo 2º.- Imponer las sanciones correspondientes a los partidos disputados por 5ª fecha de los cuadrangulares finales del Torneo Águila 2015. SANCIONADO Diego Sánchez Motivo: CLUB Leones F.C. FECHA 5ª fecha Cuadrangulares finales del Torneo Águila 2015 SUSPENSION 3 fechas MULTA A CUMPLIR $83.766,oo 6ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 Malograr una ocasión manifiesta de gol mediante una infracción sancionable con tiro libre directo (R1*) e incurrir en desobediencia de las decisiones arbitrales Artículos 64, 65 78-B, y 79-A Código Disciplinario Único Colfútbol. 1ª y 2ª fecha siguiente competencia Resolución Comité Disciplinario del Campeonato Nro. 053 del 1º de diciembre de 2015 (Página 4) _________________________________________________________________________________________ Mario Eusse (D) Motivo: 5ª fecha Cuadrangulares finales del Torneo Águila 2015 Corpereira 4 fechas $1.288.700,oo Protestar decisiones arbitrales Torneo Águila 2015 y 1ª, 2ª y 3ª fecha siguiente competición Artículos 89 y 79-A Código Disciplinario Único Colfútbol. Dayron Benavides Motivo: U. de Popayán 5ª fecha Cuadrangulares finales del Torneo Águila 2015 1 fecha 6ª fecha cuadrangulares finales $64.435,oo Recibir una segunda amonestación en un mismo partido Artículos 78-B Código Disciplinario Único Colfútbol. 6ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 competencia AMONESTADOS AMONESTADO CLUB JAROL MARTÍNEZ ATL. BUCARAMANGA ANDRÉS MOSQUERA ATL. BUCARAMANGA JUAN DEUSA U. DE POPAYÁN F.C. CAMILO BLANCO FORTALEZA F.C. YESUS CABRERA AMERICA AMILCAR HENRÍQUEZ AMERICA JULIO MURILLO AMERICA CRISTIAN SUBERO AMERICA ANIBAL HERNÁNDEZ AMERICA XAVIER GONZÁLEZ REAL CARTAGENA ANDRÉS F. VARÓN U. MAGDALENA ENRIQUE CORREA U. MAGDALENA ALEXIS HINESTROZA U. MAGDALENA FECHA 5ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 5ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 5ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 5ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 5ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 5ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 5ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 5ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 5ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 5ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 5ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 5ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 5ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 MULTA $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo Resolución Comité Disciplinario del Campeonato Nro. 053 del 1º de diciembre de 2015 (Página 5) _________________________________________________________________________________________ LUIS VÉLEZ LEONES F.C. JOSÉ MOYA LEONES F.C. DANIEL OSORIO LEONES F.C. LUIS SUÁREZ LEONES F.C. FERNANDO BATTISTE CORPEREIRA RAFAEL NAVARRO CORPEREIRA JORMAN CAMPUZANO CORPEREIRA JUAN RÍOS CORPEREIRA 5ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 5ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 5ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 5ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 5ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 5ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 5ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 5ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo Art. 74-5 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES CLUB MOTIVO LEONES F.C. 4 amonestaciones en el mismo partido CORPEREIRA 4 amonestaciones en el mismo partido AMERICA 4 amonestaciones en el mismo partido FECHA 5ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 5ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 5ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 MULTA $322.175,oo $322.175,oo $322.175,oo Artículos 91-A Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol Resolución Comité Disciplinario del Campeonato Nro. 053 del 1º de diciembre de 2015 (Página 6) _________________________________________________________________________________________ QUINTA AMONESTACIÓN SANCIONADOS CLUB FECHA SUSPENSIÓN AMERICA 5ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 1 fecha ENRIQUE CORREA U. MAGDALENA 5ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 1 fecha FERNANDO BATTISTE CORPEREIRA 5ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 1 fecha AMILCAR HENRÍQUEZ A CUMPLIR 6ª cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 6ª cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 6ª cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 Artículo 74-3 Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol Artículo 3º.- Imponer las sanciones correspondientes a los partidos disputados por 6ª fecha de los cuadrangulares finales del Torneo Águila 2015. Juan Suescún Motivo: Carlos Ángulo Motivo: Jonathan Pérez Motivo: Leones F.C. 6ª fecha Cuadrangulares finales del Torneo Águila 2015 1 fecha $64.435,oo Recibir una segunda amonestación en un mismo partido Artículo 74-2 Código Disciplinario Único Colfútbol. U. Magdalena 6ª fecha Cuadrangulares finales del Torneo Águila 2015 2 fechas Siguiente competencia $64.435,oo Recibir una segunda amonestación en un mismo partido (R1*) Artículos 64 y 74-2 Código Disciplinario Único Colfútbol. U. Magdalena 6ª fecha Cuadrangulares finales del Torneo Águila 2015 1 fecha Recibir una segunda amonestación en un mismo partido Artículos 78-B Código Disciplinario Único Colfútbol. 1ª fecha 1ª y 2ª fecha Siguiente competencia $64.435,oo 1ª fecha Siguiente competencia Resolución Comité Disciplinario del Campeonato Nro. 053 del 1º de diciembre de 2015 (Página 7) _________________________________________________________________________________________ AMONESTADOS AMONESTADO CLUB LUIS RIVAS ATL. BUCARAMANGA STIWAR GARCÍA ATL. BUCARAMANGA CARLOS ECHAVARRIA REAL CARTAGENA HUMBERTO MENDOZA REAL CARTAGENA JUAN DEUSA U. DE POPAYÁN F.C. DIDIER PINO U. DE POPAYÁN F.C. CRISTIAN FORI U. DE POPAYÁN F.C. YEINER OROZCO U. DE POPAYÁN F.C. JHON DUQUE FORTALEZA F.C. GERMÁN GONZÁLEZ FORTALEZA F.C. RODRIGO CANOSA AMERICA DAVID CORTÉS AMERICA WILMER LARGACHA AMERICA STIVEN TAPIERO AMERICA GUILLERMO SIERRA U. MAGDALENA ALFONSO LÓPEZ LEONES F.C. LUIS MURIEL LEONES F.C. JOSÉ RAMÍREZ CORPEREIRA JORMAN CAMPUZANO CORPEREIRA FECHA 6ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 6ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 6ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 6ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 6ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 6ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 6ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 6ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 6ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 6ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 6ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 6ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 6ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 6ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 6ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 6ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 6ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 6ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 6ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 Art. 74-5 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol MULTA $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo Resolución Comité Disciplinario del Campeonato Nro. 053 del 1º de diciembre de 2015 (Página 8) _________________________________________________________________________________________ CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES CLUB MOTIVO U. DE POPAYÁN 4 amonestaciones en el mismo partido AMÉRICA 4 amonestaciones en el mismo partido FECHA 6ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 6ª fecha cuadrangulares finales Torneo Águila 2015 MULTA $322.175,oo $322.175,oo Artículo 91-A Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol Artículo 4º.- Sociedad Anónima Deportiva América de Cali S.A., sancionado con un millón seiscientos diez mil ochocientos setenta y cinco pesos ($1.610.875,oo) de multa por la conducta incorrecta de un recogebolas que fue expulsado en el minuto 57 del partido disputado por dicho club en calidad de local frente al club Real Cartagena F.C. S.A. por la 5ª fecha de los cuadrangulares finales del Torneo Águila 2015 (Art. 92-E CDU). De acuerdo con el informe arbitral, al minuto 57 fue expulsado un recogebolas por retrasar el normal desarrollo del partido. Artículo 5º.- Recurso de reposición presentado por el señor Fabián Vargas, jugador inscrito con el club Azul & Blanco Millonarios F.C. S.A. en contra del artículo 1º de la Resolución No. 051 del 24 de noviembre de 2015 que lo sancionó con un millón novecientos treinta y tres mil cincuenta pesos ($1.933.050,oo) de multa y tres (3) fechas de suspensión por emplear lenguaje ofensivo y grosero contra un oficial de partido durante el compromiso disputado por la 20ª fecha de la Liga Águila II 2015 contra el club Independiente Santa Fe (Art. 79-B CDU). Se repone la sanción y se reduce la misma a un millón doscientos ochenta y ocho mil pesos ($1.288.700,oo) de multa y dos (2) fechas de suspensión por protestar decisiones arbitrales en el encuentro referido. Dentro del trámite del recurso, el señor Vargas solicitó ser escuchado por parte del Comité, diligencia que se llevó a cabo el día 24 de noviembre de 2015. En la sustentación de su recurso el señor Vargas argumentó que “(…) en ningún momento hago nada para ser merecedor primero de una tarjeta amarilla y luego de una tarjeta roja (…)”. Que al momento de sancionar una presunta infracción del jugador Deiver Machado él le expresó al árbitro “(…) Wilmar, los dos van arriba, por qué pitas esa falta (…)” y que en ese momento el árbitro decide amonestarlo. Además, que al momento de la amonestación el señor Vargas le expresó al árbitro “(…) por qué me amonestas, y me saca la tarjeta roja. Eso fue todo lo que yo le dije al señor, ustedes pueden ver el video, en ningún momento le hago un reclamo, ni le alzo los brazos ni me le acerco […] en mi carrera por mi posición he tenido muchas amarillas pero nunca expulsión por agresión a oficiales de partido (…)”. Para resolver el presente caso, el Comité debe tener en cuenta que de acuerdo con lo establecido en el artículo 164 del Código Disciplinario Único (CDU) de la Federación Colombiana de Fútbol (FCF) “(…) los hechos descritos en los informes de los oficiales de partido gozan de presunción de veracidad. No obstante, cabe siempre la posibilidad de presentar pruebas en contrario”. En este orden de ideas, y analizado el video oficial del partido, el Comité considera que dicha prueba, así como la sustentación del recurso presentado, tiene la aptitud de desvirtuar la veracidad de la información consignada en el informe arbitral, pues no se evidenció realmente que el jugador se haya dirigido de forma grosera u ofensiva hacia el árbitro central, pero si concluyó que existió una evidente protesta de las decisiones arbitrales adoptadas por el juez como máxima autoridad del fútbol en el terreno de juego. Resolución Comité Disciplinario del Campeonato Nro. 053 del 1º de diciembre de 2015 (Página 9) _________________________________________________________________________________________ Artículo 6º.- Recurso de reposición presentado por el señor Flavio Robatto, asistente técnico inscrito con el club Azul & Blanco Millonarios F.C. S.A. en contra del artículo 1º de la Resolución No. 051 del 24 de noviembre de 2015 que lo sancionó con un millón doscientos ochenta y ocho mil setecientos pesos ($1.288.700,oo) de multa y dos (2) fechas de suspensión por protestar decisiones arbitrales durante el compromiso disputado por la 20ª fecha de la Liga Águila II 2015 contra el club Independiente Santa Fe (Art. 79-B CDU). No se repone la sanción y se confirma la decisión inicial. Dentro del trámite del recurso, el señor Robatto solicitó ser escuchado por parte del Comité, diligencia que se llevó a cabo el día 24 de noviembre de 2015. En desarrollo de dicha diligencia, el señor Montoya expresó que en el minuto 52 o 53 “(…) se presentó una falta de Mario González y yo le digo a Mario pásalo al jugador y se ve que el árbitro interpretó que yo le hice un ademán o le protesté (…)”. Del resultado del análisis de las pruebas aportadas a la investigación, el Comité pudo concluir que el recurrente no cumplió con la carga probatoria establecida en el artículo 164 del CDU de la FCF encaminada a desvirtuar la información consignada en el informe arbitral. Para el Comité es preciso señalar que la decisión de imponer sanción se adoptó tomando el mínimo de la graduación de la pena establecida en el artículo 79-A del CDU de la FCF, motivo por el cual, la misma no puede reducirse atendiendo las prerrogativas de graduación de la pena que le asisten al Comité, pues como quedó descrito, la sanción impuesta correspondió al mínimo imponible. Artículo 7º.- Recurso de reposición presentado por el señor Camilo Montoya, Kinesiólogo inscrito con el club Azul & Blanco Millonarios F.C. S.A. en contra del artículo 1º de la Resolución No. 051 del 24 de noviembre de 2015 que lo sancionó con dos millones quinientos setenta y siete mil cuatrocientos pesos ($1.288.700,oo) de multa y cuatro (4) fechas de suspensión por protestar decisiones arbitrales durante el compromiso disputado por la 20ª fecha de la Liga Águila II 2015 contra el club Independiente Santa Fe (Art. 79-B CDU). No se repone la sanción y se confirma la decisión inicial. Dentro del trámite del recurso, el señor Montoya solicitó ser escuchado por parte del Comité, diligencia que se llevó a cabo el día 24 de noviembre de 2015. En desarrollo de dicha diligencia, el señor Montoya expresó que el árbitro les dijo “(…) que nosotros estábamos quemándole tiempo y que nos estamos demorando para entrar. La única reacción que yo tengo es seguir derecho, quedarme callado y empezar a atender al jugador. El señor sigue diciéndome te voy a expulsar porque me estás quemando tiempo […] y cuando estoy llegando al banco el cuarto árbitro me informa que estoy expulsado, entonces no entiendo la causa de la expulsión que es supuestamente protesta arbitral porque yo en ningún momento le mencioné una palabra al señor juez (…)”. Del resultado del análisis de las pruebas aportadas a la investigación, el Comité pudo concluir que el recurrente no cumplió con la carga probatoria establecida en el artículo 164 del CDU de la FCF encaminada a desvirtuar la información consignada en el informe arbitral. Para el Comité es preciso señalar que la conducta descrita en el literal A del artículo 79 del CDU de la FCF, no solo establece una sanción por desaprobar decisiones arbitrales, sino que tal como la norma lo indica, también ordena sancionar la conducta antideportiva consistente en “(…) cumplir sus órdenes negligentemente o desobedecerlas (…)”. Por tal motivo la decisión de imponer sanción se adoptó tomando el mínimo de la graduación de la pena establecida en el artículo 79-A del CDU de la FCF, con la agravante establecida en el inciso final del artículo 89 del reglamento disciplinario, según el cual si“(…) alguna de las conductas anteriormente mencionadas sea cometida por el Médico, Delegado, Kinesiólogo o por el Preparador Físico, la sanción corresponderá al doble de la prevista en el presente artículo (…)”. Por lo anterior, para el Comité es preciso señalar que la decisión de imponer sanción se adoptó tomando el mínimo de la graduación de la pena establecida en los artículos 79-A y 89 del CDU de la FCF, motivo por el cual, la misma no puede reducirse atendiendo las prerrogativas de graduación de Resolución Comité Disciplinario del Campeonato Nro. 053 del 1º de diciembre de 2015 (Página 10) _________________________________________________________________________________________ la pena que le asisten al Comité, pues como quedó descrito, la sanción impuesta correspondió al mínimo imponible. Artículo 8º.- Las sanciones económicas impuestas en esta resolución deberán cancelarse a la Dimayor dentro del término previsto el artículo 52° del Código Disciplinario Único de Colfútbol, el cual señala: “Artículo 52. Ejecución de la multa. 1. Los clubes o personas que hayan sido multados deberán cancelar el valor correspondiente dentro de los veinte (20) días siguientes a la fecha de notificación de la sanción. De no hacerlo quedarán inhabilitados para actuar en las fechas subsiguientes y si se tratare de un club, el mismo será sancionado con deducción de puntos de los obtenidos en el campeonato en curso o del siguiente campeonato. Para tal efecto, la comisión o autoridad disciplinaria correspondiente, a través de resolución, hará la respectiva publicación sobre los inhabilitados por esta causa." Fdo. CAMILO TARQUINO GALLEGO Presidente Fdo. ALEJANDRO ZORRILLA PUJANA Secretario
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