ORGANIZAR LA ACTIVIDAD PREVENTIVA La responsabilidad en cuanto a la protección de la salud y seguridad de los trabajadores es exclusiva del empresario, pero este puede elegir entre distintas modalidades organizativas a la hora de planificar y poner en práctica la actividad preventiva. La actividad preventiva esta formada por los recursos humanos, económicos y materiales que persiguen el objetivo de integrar la prevención y la protección de la salud de los trabajadores en el sistema de producción de la empresa. La política preventiva, que no es más que la determinación del objetivo anterior, queda integrada en la empresa a través de su estructura. Los trabajadores tienen un papel importante en esta materia, ya que además de ser los destinatarios de la actividad preventiva, son también participes de esta a través de su colaboración directa o indirecta. La designación de funciones y responsabilidades de la acción preventiva al trabajador, como `puede ser formar parte de la modalidad organizativa de designación por el empresario para desarrollar la actividad preventiva, esta dentro de la participación directa, pero existen más formas de participar en la actividad preventiva como es la de ser designados para desarrollar funciones del plan de evacuación y primeros auxilios en caso de riesgo de incendio. La participación de los trabajadores en la empresa es fundamental y necesaria, ya que además de cumplir con el papel de controlar al empresario, también juegan el papel de cooperadores. Además del trabajador existen otras figuras que forman parte en las decisiones de la actividad preventiva de la empresa. Estas son las figuras y órganos de representación: delegados de personal, comités de empresa, delegados de prevención y comités de seguridad, considerándola como una forma indirecta de participación en su protección de la salud y seguridad de los trabajadores, por ser intermediadores entre los trabajadores y los empresarios. Con la creación de estas figuras y entes organizativos se especializa y profesionaliza la actividad preventiva, dotándoles de conocimientos, capacidades y habilidades en materia de protección de la salud y seguridad de los trabajadores. Ya sabemos que el principal obligado en preservar la seguridad y salud de los trabajadores es el empresario. Que este tiene que poner todos los medios a su alcance para, en primer lugar hacer desaparecer el riesgo desde su origen, y que en caso que de ser imposible, reducirlo o minimizarlo a través de técnicas como la formación y la información, en donde el trabajador conocerá que tipos de riesgos puede sufrir a la hora de realizar su trabajo, cambiando su actitud y dotándole de los instrumentos suficientes para controlarlo. Cualquier trabajo conlleva una serie de riesgos específicos, por lo que la evaluación inicial de puestos y la general de empresa nos ofrecerá información sobre los riesgos existentes, su magnitud y su probabilidad de que se materialice a consecuencias de unas determinadas condiciones y factores, por lo que eliminando estos, la probabilidad de que ocurra será nula, y si no es posible eliminarlos por completo, podremos intervenir en los factores del riesgo para minimizarlos. Cualquier aspecto relacionado con el trabajo puede influir de forma negativa a la salud y seguridad de las personas, por lo que habrá que tener en consideración: Las características de los locales, instalaciones, equipos, productos y demás útiles existentes en el centro de trabajo. La naturaleza de los agentes físicos, químicos y biológicos presentes en el ambiente de trabajo y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia. Los procedimientos para la utilización de los agentes citados. Todas aquellas otras características del trabajo, incluidas las relativas a la organización y ordenación, que influyan en la magnitud de los riesgos a que esté expuesto el trabajador. De esta enumeración de “condición de trabajo” se desprende que existirán diferentes factores de riesgos: los físicos, los químicos y los organizativos. Todos ellos, deberán ser controlados por el empresario, evitando así riesgos para la salud y seguridad de sus trabajadores. La acción preventiva contempla cualquier mejora en las condiciones de trabajo dirigida a elevar el nivel de protección, seguridad y salud de los trabajadores. Para querer conseguir que la prevención sea un pilar en toda empresa, habrá que cambiar las actitudes de los que dirigen esta, y que sea un factor que influya en nuestro producto o servicio final. La protección dará como resultado reducir costes de producción por lo que seremos más productivos y con ello más competitivos. La actitud proteccionista debe surgir en los administradores y/o en la dirección de toda empresa. De arriba hacía abajo. De derecha a izquierda. Es decir en sentido horizontal y vertical. Como ya hemos comentado, cualquier aspecto físico como organizativo puede influir en la materialización de un riesgo y este ocasionar un daño al trabajador. Para ello deberemos conocer todos los factores que intervienen en la actividad productiva de nuestra empresa, desde los físicos, ya sea factores arquitectónicos de esta, factores ambientales como puede ser la luz, el ruido, las radiaciones, etc. como químicos. En caso de ser un sector productivo en donde se manipulen agentes químicos deberemos extremar aun más las medidas de seguridad. El ambiente en donde se produzcan las manipulaciones habrá que dotarlas de medidas y sistemas de seguridad como extractores, para que no se produzca una concentración de gases. Las propiedades de estas sustancias deberán ser indicadas en sus envases, así como dotar de conocimientos suficientes a las personas que los manipulen. Los factores organizativos son muy importantes, ya que la forma de organizar el proceso productivo puede generar trastornos de personalidad como perdidas económicas a las personas. Para evitar problemas y situaciones de riesgos en nuestra empresa, desde el punto de vista del factor organizativo, el proceso de selección de personal, como el de análisis de puestos de trabajo es muy importante. Una vez estudiado el puesto en cuestión, con las habilidades, aptitudes y actitudes requeridas para desempeñar sus funciones, deberemos estudiar y analizar a las personas. Actualmente y a consecuencia de las dificultades del mercado laboral, las personas ven en el trabajo una única finalidad que es la de satisfacer necesidades económicas. El trabajo también pretende satisfacer nuestras necesidades de aceptación, realización y desarrollo personal y social. El hecho de no poder realizarnos como personas en nuestros trabajos nos produce sensaciones de insatisfacción y frustración, produciendo riesgos para nuestra salud. Es muy importante elegir a la persona que reúna las exigencias del puesto, pero también que coincida su forma de pensar y de ser con la de la organización, eliminando en cierto modo ese posible riesgo de salud por sensaciones de insatisfacción al no verse desarrollado como persona con su trabajo, al no coincidir las perspectivas del puesto y de la organización con las suyas personales. El ejemplo mas recurrido que se me ocurre en este momento, es esa persona que tiene los conocimientos necesarios para desempeñar las funciones del puesto, pero que su forma de ser y entender la vida es obviar cualquier tipo de responsabilidad, requiriendo el puesto un alto grado de compromiso, autonomía e independencia, pero como el mercado laboral esta difícil, nos comenta en la entrevista que posee ciertas actitudes, viéndose al cabo del tiempo agobiado, insatisfecho y estresado con el cargo, produciendo a la empresa perdidas económicas y a la persona perdida de salud. Este es el panorama actual en nuestro sistema productivo, siendo tan ineficaz a consecuencia de la desmotivación de los trabajadores en sus puestos, pues estos como he comentado antes, son el recurso necesario para satisfacer la necesidad económica, pero ninguna más, debiendo entenderse el trabajo desde otra perspectiva, y no tan limitada, pero para eso hay que cambiar muchas cosas en nuestro sistema actual. Continuando con nuestro proceso de eliminar riesgos en el seno de nuestra empresa, y proteger a los trabajadores de estos, el empresario a la hora de organizar la actividad preventiva deberá disponer recursos económicos, humanos, técnicos y materiales suficientes para poder llevar de forma eficiente su objetivo, que no es más que proteger la salud y seguridad de sus trabajadores. Podrá optar a la hora de poner en práctica su política preventiva, de realizar la actividad él personalmente, designar trabajadores, constituir un servicio de prevención propio o concertarlo con una empresa. El reglamento de prevención establece los requisitos que hay que reunir para una opción u otra. Uno de ellos es la plantilla con la que cuenta la empresa, el tipo de actividad y la cualificación de las personas asignadas para elaborar la actividad preventiva. Los trabajadores participan y colaboran en la actividad preventiva a través de sus representantes a la hora de elegir y decidir las acciones preventivas y de forma directa a través de la designación de funciones en materia de primeros auxilios, emergencias, etc. Cabe preguntarnos ¿cuantas empresas disponen de los medios suficientes para llevar a cabo tal objetivo?, pues debemos contar no solo con personal cualificado sino además de recursos económicos y materiales. Enumeremos todas las obligaciones que debe afrontar el empresario, independientemente de la opción o modalidad de acción preventiva que escoja. En primer lugar debe eliminar los riesgos, siempre desde su origen. En caso no poderlo eliminar, deberá reducirlo y controlarlo. Para poder apreciar los riesgos existentes, se deberá realizar un buen análisis o estudio de aspectos como la ubicación de la actividad, los riesgos que entraña esta, las instalaciones, la organización, el personal, etc, es decir, controlar todas aquellas circunstancias que rodean la prestación laboral. El estudio o análisis es complejo y debe ser realizado a través de procedimientos de actuación regulados y desarrollados por personal cualificado en la materia, ya que de no realizarlo de esa forma, cabe el riesgo de que se nos caiga la casa por no haberla cimentado bien. Una vez realizado esa labor, el estudio nos ofrecerá información sobre los posibles riesgos existentes en nuestra empresa, por lo que solo habrá que establecer las medidas correctoras para que no se den o se materialicen esos riesgos. Es el turno de la planificación preventiva. El empresario deberá asignar los medios económicos y materiales, además de humanos para poder corregir o controlar los peligros de su actividad. Estamos hablando de hacer frente a esos riesgos a través de sistemas de protección colectiva y en caso de no ser suficiente protección individual. Formar e informar a los trabajadores para corregir actitudes. La señalización, es otra forma de informar a los trabajadores del riesgo, pero no es una técnica que haga desaparecer el riesgo por si solo. Deberá también tener en cuenta las características de las personas, ya que puede existir trabajadores mas sensibles por sus circunstancias personales como los menores o las mujeres embarazadas a determinados riesgos. Al existir un mercado tan especializado, en donde se subcontrata cualquier actividad, se debe de proteger la salud y seguridad de aquellos que no son personal nuestro, pero que realizan sus servicios en nuestras instalaciones. Este tipo de trabajadores son personal de contratas o de empresas de trabajo temporal, por lo que debemos coordinar la actividad preventiva con su personal designado para esa labor. El empresario deberá realizar un plan de evaluación, protección y evacuación para riesgos provocados por incendios o explosiones. Para ello debe nuevamente que designar medios materiales, económicos y humanos. Dentro de los medios humanos, el personal que se hará cargo del mantenimiento de los sistemas contra incendios, del protocolo de actuación en caso de incendió, etc. En cuanto a los recursos materiales, deberá dotar a la empresa de medidas para controlar y minimizar los riesgos producidos y las perdidas producidas por el fuego como pueden ser equipos y sistemas de lucha contra incendios: extintores, bocas de incendios, sistemas de evacuación, sistemas de alarma y detención de fuegos, etc El plan de actuación contra incendios deberá contar con la asignación de funciones y responsabilidades al propio personal de la empresa. De ahí la participación de los trabajadores de forma directa en la acción preventiva. Al igual que hicimos con el plan de evaluación, se deberá estudiar aspectos importantes de la empresa: actividad, emplazamiento, organización etc, para poder observar los riesgos y planificar las actuaciones de evacuación en caso de incendio. Como observamos el empresario puede delegar ciertas actuaciones o acciones de la actividad principal pero eso no le hace eximirse de cualquier responsabilidad. Cualquier incumplimiento en el deber de proteger la salud de sus trabajadores será sancionado, por vía administrativa, civil y penal, en base a los hechos y efectos de esa violación. La inspección de trabajo es la responsable de abrir las diligencias, y la autoridad laboral competente en sancionar. Existen penas pecuniarias, como de prisión. En este último caso, por infracciones tipificados como delitos por el código penal. En los supuestos de daños y perjuicios deberá responder civilmente y por último quedan las sanciones administrativas reguladas por el Texto Refundido de la Ley de Sanciones e Infracciones del Orden Social, en donde deben responder económicamente por sus negligencias o mala fe en materia de protección de la salud y seguridad de sus trabajadores. El trabajador puede ser sancionado también por incumplimiento contractual, ya que este tiene el deber de preservar su salud y protección además de la del resto de sus compañeros o personas implicadas en su prestación o relación laboral. Deberá usar adecuadamente las herramientas y máquinas, sin poder inutilizar los dispositivos de seguridad, actuando en todo momento con diligencia y buena fe. En los supuestos de observar riesgos, deberá de comunicárselo de inmediato a la persona designada para restablecer la situación, como el deber de participar y colaborar en la actividad preventiva. En caso de no actuar con diligencia y/o buena fe podrá ser despedido por el empresario, siendo una falta tipificada por los convenios colectivos y la normativa laboral como muy grave. Continuando con las obligaciones del empresario, este podrá contar con la colaboración y participación de los trabajadores. Como se ha comentando anteriormente, de forma directa, a través de la designación de funciones y responsabilidades o a través de sus representantes, que controlaran y cooperaran en las acciones y actividades preventivas del empresario. La representación en las empresas pequeñas y medianas no existe. El motivo o los factores que pueden explicar dicha ausencia son: temor, ignorancia, falta de compromiso y ausencia de recursos. El miedo a represalias por parte del empresario a la hora de proponer elecciones a representantes de los trabajadores es muy grande aún en España, ya que muchas de las prestaciones y relaciones laborales existentes en el mercado actual son fraudulentas. La representación supone el paso a legal de muchas de las relaciones laborales existentes en la empresa: remuneraciones en base al convenio, jornada de trabajo sujeta a los limites de este, el control de los procedimientos y acción preventiva, etc, muchas de las cuales, como he mencionado, o no existen o son ilegales, por lo que no conviene esa figura en las empresas. La participación, colaboración y cooperación del trabajador y de sus representantes u órganos quedan limitadas en este tipo de empresas. Existe, como ya hemos visto, la necesidad de disponer de recursos suficientes para poder aplicar todo el proceso de protección y prevención en las empresas, en las que muchas veces, es imposible, pues no solo basta con un simple manual de evaluación en donde se determinen los riesgos, sino también hay que establecer las medidas para reducirlos y controlarlos, debiendo además de dotar de conocimientos a los trabajadores, dotar de técnicas y sistemas de protección y prevención, guías y procedimientos de evacuación, recursos en primeros auxilios, y un largo etcétera. Muchas empresas no pueden afrontar este coste económico, técnico o humano, quedando limitado en cierto modo toda la normativa laboral en materia preventiva. BIBLIOGRAFÍA: Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
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