Bogotá D.C., Señor: MAURICIO ALEXANDER HERRAN PAIPILLA Representante Legal ITO SOFTWARE S.A.S [email protected] Carrera 24 N°. 27- 32 Teléfono 2872961 Bogotá – Cundinamarca Referencia: Respuesta a observaciones del proceso N° 009 de 2015. Mínima Cuantía, cuyo objeto es: “diseño, desarrollo y liberación en internet de una aplicación móvil del sistema integrado de información sobre multas y sanciones por infracciones de tránsito simit, para el sistema operativo Windows Phone.” Cordial saludo. De manera atenta damos respuesta a sus observaciones recibidas a través de correo electrónico, donde se plantean las siguientes preguntas referentes al pliego de condiciones punto 2.2. Experiencia: Observación 1. Respetuosamente solicito a la entidad se permita modificar el numeral 2.2 experiencia, de la siguiente forma: “1. Hasta tres (3) certificaciones de contratos cuyo objeto haya sido en desarrollo de aplicativos móviles. Respuesta 1: Nos permitimos informarle que la Federación Colombiana de Municipios no acoge requerimiento ya que se requiere que el oferente cuente con amplia experiencia en el desarrollo de aplicaciones móviles de dimensión similar a la que pretende obtener la entidad. Observación 2. Dando cumplimiento a lo estipulado en el Artículo 5 – de la Ley 1150 de 2007 donde se establece: “La capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgarán puntaje, con excepción de lo previsto en el numeral 4 del presente artículo. La exigencia de tales condiciones debe ser adecuada y proporcional a la naturaleza del contrato a suscribir y a su valor.” (subrayado y negrilla nuestro). Respetuosamente solicito a la entidad se sirva modificar lo requerido en el numeral 2.2 Experiencia subnumeral 3. ”El valor de cada contrato certificado deberá ser igual o superior al presupuesto establecido para el presente proceso de selección”. Y se requiera hasta 3 certificaciones cuya sumatoria sea igual o superior al presupuesto oficial del proceso. Respuesta 2: En atención a su observación, nos permitimos manifestarle que dicho requerimiento no se acoge ya que la entidad requiere que el oferente tenga amplia experiencia en el desarrollo de aplicaciones móviles. El valor del contrato es proporcional al alcance y objeto de los contratos celebrados, por lo tanto para la Federación es importante que los oferentes hayan celebrado contratos similares al presente proceso. Observación 3. Solicito a la entidad se permita acreditar experiencia con contratos cuyas aplicaciones desarrolladas no se encuentren publicadas en tienda en línea. Teniendo en cuenta que hay un gran número de empresas como la nuestra, que no publican las aplicaciones desarrolladas en tienda en línea, porque son para el uso exclusivo del cliente o el personal del mismo, pero que por el hecho de que estas no estén publicadas en una tienda en línea, nos estamos viendo limitados en la participación en el proceso de la referencia, toda vez que no es posible utilizar esta experiencia. Respuesta 3: A la observación presentada, nos permitimos manifestarle que dicho requerimiento no se acoge, teniendo en cuenta que se requiere que la aplicación a desarrollar sea usada directamente por los ciudadanos, por lo tanto es importante que la experiencia del contratista esté directamente relacionada a aplicaciones móviles que usan los ciudadanos en general, y no en aplicaciones de uso privado. También es necesario que el contratista cuente con los usuarios y contraseñas habilitados para publicar en Windows Phone Store. Cualquier inquietud o aclaración que considere necesaria con gusto en la Dirección Nacional Simit le será atendida. Cordialmente Firmado en original __________________________ OSCAR IVÁN LAVERDE JIMÉNEZ Profesional de Contratación Miembro del comité evaluador Firmado en original _____________________________ JHON ALEXANDER LÓPEZ Profesional de Sistemas de Información Miembro del comité evaluador
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