III. Otras Resoluciones - Ilustre Colegio Oficial de Titulados

Boletín Oficial de Canarias núm. 21
1946
Martes 2 de febrero de 2016
III. Otras Resoluciones
Consejería de Hacienda
326 Viceconsejería de Hacienda y Planificación.- Resolución de 25 de enero de 2016,
por la que se informa sobre el importe de la cuantía fija de las tasas de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2016.
El artículo 67 de la Ley 11/2015, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de Canarias para 2016, establece que el importe de las tasas de cuantía fija experimentará, para el ejercicio 2016, un incremento general del 1 por 100.
El artículo 10.3 de la Ley 9/2006, de 11 de diciembre, Tributaria de la Comunidad Autónoma de Canarias, expresa la obligación de informar, a través del Boletín Oficial de Canarias, de las cuantías actualizadas de las tasas. No se incluyen las cuantías fijas de las tasas afectas a los servicios traspasados a los Cabildos Insulares por no tratarse de tributos propios de la Comunidad Autónoma,
En virtud de todo,
D I S P O N G O:
El importe de la cuantía fija de las tasas de la Comunidad Autónoma de Canarias para el
año 2016 son las que constan en el anexo a la presente Resolución.
Santa Cruz de Tenerife, a 25 de enero de 2016.- El Viceconsejero de Hacienda y Planificación, Luis Guillermo Padilla Macabeo.
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
1947
Martes 2 de febrero de 2016
ANEXO
Tasas por servicios administrativos
Artículos 25 a 29 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
1
2
3
4
5
6
7
8
Expedición de certificados ( por certificado)
Compulsa de documentos (por compulsa)
Diligencia de libros de contabilidad, de actas o cualesquiera otros que
se presenten al efecto
Inscripción en registros oficiales (por inscripción)
Obtención de copia de los documentos que figuran en un expediente
(por página)
Obtención de copias de documentos con contenido gráfico que en
origen tengan formato superior a DIN-A4 (por documento)
Grabación en soporte digital de copias a que se refiere el punto 6.
Importe adicional único
Por el bastanteo de poderes y documentos acreditativos de legitimación
(por documento)
EUROS
4,17
0,32
3,24
2,30
0,0669
1,05
3,15
4,17
Tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección del personal que deba
acceder a la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias
Artículos 30 a 33 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
1. Para acceder a un puesto de trabajo del grupo A, subgrupo A1
2. Para acceder a un puesto de trabajo del grupo A, subgrupo A2 y grupo
B
3. Para acceder a un puesto de trabajo del grupo C, subgrupo C1
4. Para acceder a un puesto de trabajo del grupo C, subgrupo C2
5. Para acceder a un puesto de trabajo de Agrupaciones Profesionales a
que hace referencia la disp. Adic. séptima de la Ley 7/2007, de 12 de
abril
EUROS
70
40
25
15
10
Tasa por la expedición del carné joven
Artículo 33 bis, Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
1
EUROS
Cuota por carné
9,11
Tasa por la expedición del carné de alberguista con reconocimiento internacional.
Artículo 33-ter
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Artículo 33 bis, Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
1
EUROS
Cuota por carné
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
9,11
1948
Martes 2 de febrero de 2016
Tasa por la expedición del carné de alberguista con reconocimiento internacional.
Artículo 33-ter
1.
2.
3.
4.
EUROS
5,25
12,60
25,22
15,76
Carné Internacional de Alberguista Juvenil
Carné Internacional de Alberguista Adulto
Carné Internacional de Alberguista Familia
Carné Internacional de Alberguista Grupo
Tasa por la expedición de las tarjetas de ventajas internacionales de la asociación
“International Student Travel Confederation”
Art. 33-quater Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
1. Carné Internacional de Estudiante (ISIC)
2. Carné Internacional de Profesor (ITIC)
3. Carné de viaje Internacional Juvenil (IYTC/G025)
EUROS
9,27
9,27
9,27
Tasa administrativa inherente al juego.
Artículos 34 a 37 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
1.
1.1
1.2
1.3
1.3.1
1.3.2
1.3.3
1.4
1.5
1.6
1.7
1.8
1.9
1.10
1.11
1.12
2.
Máquinas Recreativas y de Azar
Autorización de explotación
Altas de máquinas procedentes de provincias no
pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Canarias
Destrucción de máquinas
Hasta 10 máquinas
De 11 a 25 máquinas
De 26 a 100 máquinas
Autorización de instalación de máquinas
Autorización de transmisión de máquinas entre empresas
operadoras
Declaración responsable para la explotación de máquinas del
tipo A
Declaración responsable para la instalación de máquinas del
tipo A
Renovación de autorización de instalación
Autorización para el traslado de máquinas a otra Comunidad
Autónoma
Modificación de las autorizaciones
Extinción de autorizaciones
Modificación de las declaraciones responsables
Empresas operadoras
EUROS
56,44
56,44
56,44
84,02
112,03
225,76
225,76
56,44
225,76
112,88
22,55
22,55
56,44
22,55
3
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
1.5
Autorización de transmisión de máquinas entre empresas
operadoras
1.6
Declaración responsable para la explotación de máquinas del
tipo A
1.7
Declaración responsable para la instalación de máquinas del
tipo
A núm. 21
Boletín Oficial de Canarias
1949
1.8
Renovación de autorización de instalación
1.9
Autorización para el traslado de máquinas a otra Comunidad
Autónoma
1.10
Modificación de las autorizaciones
1.11
Extinción de autorizaciones
1.12
Modificación de las declaraciones responsables
2.1
Autorizaciones
2.
Empresas operadoras
2.2
Renovaciones
2.1
Autorizaciones
2.3
Modificaciones
2.2
Renovaciones
3
32.3
Salones
Recreativos
Modificaciones
3.1
Solicitud
de informe de instalación
3
Salones Recreativos
3.2
Autorización
de instalación
3.1
Solicitud de informe
de instalación
3.3
Autorización de apertura
3.2
instalación
3.4
Renovación
de apertura
3.3
Autorizacióndedeautorizaciones
apertura
3.5
Modificaciones
de las autorización
de apertura
3.4
Renovación de autorizaciones
de apertura
3.6
Diligenciación
3.5
Modificacionesde
delibros
las autorización de apertura
3.6.1
Hasta
100 páginas
3.6
Diligenciación
de libros
3.6.2
Por
cada
que exceda de 100
3.6.1
Hasta
100página
páginas
3.7
Autorización
de transmisión
de 100
autorización de apertura y
3.6.2
Por cada página
que exceda de
funcionamiento
salones recreativos
3.7
Autorización de de
transmisión
de autorización de apertura y
4
Bingos
funcionamiento de salones recreativos
4.1
Autorización
de instalación
4
Bingos
4.2
Autorizaciones
apertura por categorías
4.1
Autorización dede
instalación
4.2.1
Tercera
categoría
(hasta
100por
jugadores)
4.2
Autorizaciones de apertura
categorías
4.2.2
Segunda
categoría(hasta
(entre100
101jugadores)
y 250 jugadores)
4.2.1
Tercera categoría
4.2.3
Primera
4.2.2
Segundacategoría
categoría(entre
(entre251
101yy600
250jugadores)
jugadores)
4.2.4
Categoría
Especial(entre
(más de
jugadores)
4.2.3
Primera categoría
251600
y 600
jugadores)
4.3
Renovación
de autorizaciones,
4.2.4
Categoría Especial
(más de 600instalación
jugadores)y apertura
4.4
Modificación
autorizaciones,instalación
instalacióny yapertura
apertura.
4.3
Renovación dedeautorizaciones,
4.5
Otras
autorizaciones
4.4
Modificación
de autorizaciones, instalación y apertura.
4.6
Diligenciado
de libros
4.5
Otras autorizaciones
4.6.1
Hasta
100 páginas
4.6
Diligenciado
de libros
4.6.2
Por
cada
que exceda de 100
4.6.1
Hasta
100página
páginas
4.7
Empresas
de servicio
de explotación
4.6.2
Por cada página
que exceda
de 100 de bingos
4.7.1
Autorizaciones
4.7
Empresas de servicio de explotación de bingos
4.7.2
Renovaciones
4.7.1
Autorizaciones
4.7.3
Modificaciones
4.7.2
Renovaciones
4.8
Acreditaciones
4.7.3
Modificacionesprofesionales
4.8.1
Autorización
4.8
Acreditaciones profesionales
4.8.2
Renovación
4.8.1
Autorización
4.9
Autorización
4.8.2
Renovación entidad gestora Bingo Acumulado
Interconectado
(BAI) gestora Bingo Acumulado
4.9
Autorización entidad
4.10
Autorización
para
otorgar premios de BAI por entidades
Interconectado
(BAI)
adheridas
4.10
Autorización para otorgar premios de BAI por entidades
5
Casinos
adheridas
5.1
Autorizaciones
de instalación
5
Casinos
5.2
Autorizaciones de apertura
5.1
instalación
5.3
Renovación
de autorizaciones
5.2
Autorizaciones
de apertura de instalación y apertura.
5.3
Renovación de autorizaciones de instalación y apertura.
225,76
56,44
225,76
Martes 2 de febrero de 2016
112,88
22,55
22,55
56,44
EUROS
22,55
225,76
EUROS
112,88
225,76
112,88
112,88
56,44
225,76
56,44
225,76
112,88
225,76
112,88
112,88
33,87
1,13
33,87
1,13
225,76
225,76
225,76
225,76
564,39
1.127,82
564,39
1.692,26
1.127,82
2.256,69
1.692,26
225,76
2.256,69
225,76
112,88
225,76
112,88
33,87
1,13
33,87
1,13
1.127,82
564,39
1.127,82
564,39
564,39
33,87
11,30
33,87
11,30
1.127,82
1.127,82
564,39
564,39
1.127,82
3.385,58
1.127,82
564,39
3.385,58
564,39
4
4
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
5.4
5.5
5.6
5.6.1
5.6.2
5.7
5.7.1
5.7.2
6.
6.1
6.2
6.3
6.4
6.5
6.6
6.7
7.
7.1
7.2
8
8.1
9
9.1
9.2
9.3
9.4
9.5
9.6
9.7
9.7.1
9.7.2
10
10.1
1950
Martes 2 de febrero de 2016
Modificaciones de autorizaciones de instalación y apertura.
Otras autorizaciones
Diligenciado de libros
Hasta 100 páginas
Por cada página que exceda de 100
Acreditación de profesionales
Autorización
Renovaciones
Boletos
Autorización de explotación
Renovación de la autorización de explotación
Modificaciones de la autorización de explotación
Otras autorizaciones
Autorización de distribución de boletos
Modificación de la autorización de distribución de boletos
Diligenciación de comunicaciones de puntos de venta de
boletos
Rifas, tómbolas y combinaciones aleatorias
Autorización de explotación
Declaración responsable para la celebración de combinación
aleatoria
Homologación de material de juego
Autorización de homologación de material de juego
Apuestas externas
Autorización de organización, explotación y
comercialización
Renovación de la autorización de organización, explotación
y comercialización
Modificación de la autorización de organización,
explotación y comercialización
Transmisión de la autorización de organización, explotación
y comercialización
Autorización de instalación, apertura y funcionamiento de
locales de apuestas
Autorización de espacios de apuestas
Diligenciación de libros
Hasta 100 páginas
Por cada página que exceda de 100
Registro del juego
Inscripción en el Registro
EUROS
338,61
225,76
56,44
1,13
56,44
22,55
5.643,81
3.385,58
564,39
338,61
3.385,58
338,61
22,55
112,88
112,88
225,76
1.127,82
564,39
564,39
1.127,82
225,76
225,76
33,87
1,13
112,88
5
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
1951
Martes 2 de febrero de 2016
Tasa por los servicios administrativos prestados en los registros de Asociaciones, Fundaciones de Canarias y de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Canarias
Artículos 38 a 41 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
Asociaciones de Canarias y Federaciones de Asociaciones
Por la inscripción de constitución
Por la inscripción de la modificación estatutaria
Fundaciones de Canarias
Por la inscripción de constitución
Por la inscripción de modificación estatutaria o extinción
Por cada inscripción de cualquier otro tipo
Por examen, comprobación y depósito documentación
Colegios Profesionales y Consejos de Colegios
Por la inscripción de constitución de Colegio Profesional
Por la inscripción de constitución de Consejo de Colegios
Por la inscripción de modificación estaturia
Por cada inscripción de cualquier otro tipo
Certificados y copia
Por la expedición de cada certificado
Por la obtención de copias. p/página
1
1.1
1.2
2
2.1
2.2
2.3
2.4
3
3.1
3.2
3.3
3.4
4
4.1
4.2
EUROS
11,05
11,05
44,20
44,20
36,82
17,51
51,52
51,52
44,20
36,82
4,09
0,0654
Tasa por las inscripciones en el registro de parejas de hecho de canarias
Artículos 42 a 45 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
1.
2.
3.
4.
Por la inscripción de constitución, modificación o extinción
Por inscripción de los Pactos de convivencia
Por la expedición de certificados
Por la obtención de copias de documentos del Registro. p/pag.
EUROS
22,54
22,54
4,17
0,0669
Tasa de inserción en el Boletín Oficial de Canarias
Artículos 46 a 49 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
EUROS
1
Por publicación ordinaria. Por dígito
2
2.
Por publicación urgente.
Para tablas, gráficos, mapas y fotos. Por página
0,06055
0,06055 x 2
252,22
6
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
1952
Martes 2 de febrero de 2016
Tasa por la impresión de copias de autoliquidaciones tributarias
Artículo 54 ter Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
EUROS
0,053
Por copia
Tasa por las actividades desarrolladas por el Instituto Canario de Estadística.
Artículo 54 quater Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
1
1.1
1.2
2
3.
Entrega de publicaciones estadísticas
Publicaciones en soporte papel. Según nº de páginas
50-100
101-150
151-200
201-250
251-300
301-350
351-400
401-450
451-500
501-550
Más de 550
Más, si la publicación en soporte papel se entrega conjuntamente
con un CD-ROM
Publicaciones en soporte electrónico
Entrega de elaboraciones e informaciones estadísticas no
publicadas. En función del nº de horas utilizadas en su
elaboración
Hasta 1 hora
Más de 1 hora y hasta 5 horas
Más de 5 horas y hasta 10 horas
Más de 10 horas y hasta 15 horas
Más de 15 horas y hasta 20 horas
Más de 20 horas y hasta 25 horas
Más de 25 horas y hasta 30 horas
Más de 30 horas y hasta 35 horas
Más de 35 horas y hasta 40 horas
Más de 40 horas
Expedición de certificados de datos estadísticos
EUROS
5,22
8,72
12,19
15,66
19,16
22,63
23,22
26,31
27,54
28,45
30,94
5,41
15,48
21,65
54,18
151,65
259,96
368,27
476,61
584,91
693,24
801,55
1.160,57
1,16
7
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
1953
Martes 2 de febrero de 2016
Tasa por la inscripción de Mediadores de Seguros en el Registro Administrativo Especial
de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Artículo 54 quinquies Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
EUROS
1.
2.
3
4
5
6
Por la inscripción de un agente de seguros exclusivo o de un
auxiliar-asesor, persona física
Por la inscripción de un agente de seguros vinculado, de un
corredor de seguros o de reaseguros, personas físicas.
Por la inscripción de una sociedad de agencia de seguros o de un
operador de banca-seguros, ya sean exclusivos o vinculados, de
un sociedad de correduría de seguros o reaseguros, o de un
auxiliar-asesor persona jurídica
Por la inscripción de cargos de administración y de dirección
responsables de las actividades de mediación de seguros o de
reaseguros de las sociedades de agencia de seguros o de los
operadores de banca-seguros, ya sean exclusivos o vinculados, de
correduría de seguros o de reaseguros,
Por la inscripción de cualquier otro acto inscribible o por la
modificación de los inscritos,
Por la expedición de certificados relativos a la información
incluida en el mencionado registro
11,55
66,21
154,48
11,55
11,55
11,55
Tasa por la emisión de informe sobre el valor a efectos fiscales de bienes inmuebles
Artículo 54 sexties Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
1
2
3
Sobre el valor de viviendas, locales, oficinas, garajes, trasteros,
naves, almacenes y suelos rústicos
Sobre el valor de solares y terrenos sin edificar
Sobre otros bienes inmuebles
EUROS
19,10
41,90
107,33
Tasa por participar en el procedimiento correspondiente al reconocimiento de
competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías
no formales de formación
Artículo 54 septies Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
1
1.1
1.2
Procedimiento de reconocimiento de competencias
profesionales
Participación en el procedimiento
Evaluación (tarifa exigida por cada una de las unidades de
8
competencia)
EUROS
26,93
12,94
Tasa por la entrega del cartón de juego del bingo
Artículo 54 octies Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
1
Por unidad de cartón
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
EUROS
0,006771
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
1.1
1.2
1954
Martes 2 de febrero de 2016
Participación en el procedimiento
Evaluación (tarifa exigida por cada una de las unidades de
competencia)
26,93
12,94
Tasa por la entrega del cartón de juego del bingo
Artículo 54 octies Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
1
EUROS
Por unidad de cartón
0,006771
Tasas administrativas en materia de actividades clasificadas y espectáculos públicos:
personal de control de acceso
Artículo 54 nonies Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
Euros
Inscripción en las pruebas para la habilitación del personal de control de acceso
Expedición y renovación del carné habilitante para la realización de las funciones de
control de acceso
13,96
2,37
Tasa por ordenación y defensa de las industrias agrícolas, forestales, pecuarias y pesqueras
Artículos 55 a 76 septies Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
1. Instalación de nuevas industrias o ampliación de industrias
1.1 Hasta 3005,06 €
Autorización
Denegación
1.2 De 3005,07 € a 6010,12 €
Autorización
Denegación
1.3 De 6010,13 € a 9015,18 €
Autorización
Denegación
1.4 De 9015,19 € a 12020,24 €
Autorización
Denegación
1.5 Por cada 6010,12 € o fracción adicional
EUROS
68,32
42,69
76,84
46,98
85,41
51,24
98,20
55,51
9
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
2.
2.1
2.2
2.3
2.4
2.5
3.
3.1
3.2
3.3
3.4
3.5
4.
4.1
4.2
4.3
4.4
4.5
5.
1955
Martes 2 de febrero de 2016
Autorización
Denegación
Traslado de industrias
Hasta 3005,06 €
Autorización
Denegación
De 3005,07 € a 6010,12 €
Autorización
Denegación
De 6010,13 € a 9015,18 €
Autorización
Denegación
De 9015,19 € a 12020,24 €
Autorización
Denegación
Por cada 6010,12 € o fracción adicional
Autorización
Denegación
Sustitución de maquinaria
Hasta 3005,06 €
De 3005,07 € a 6010,12 €
De 6010,13 € a 9015,18 €
De 9015,19 € a 12020,24 €
Por cada 6010,12 € o fracción adicional
Cambio de propietario de la industria
Hasta 3005,06 €
Adquirente español
Adquirente extranjero
De 3005,07 € a 6010,12 €
Adquirente español
Adquirente extranjero
De 6010,13 € a 9015,18 €
Adquirente español
Adquirente extranjero
De 9015,19 € a 12020,24 €
Adquirente español
Adquirente extranjero
Por cada 6010,12 € o fracción adicional
Adquirente español
Adquirente extranjero
Acta de puesta en marcha en industrias de temporada
EUROS
17,10
8,53
46,98
34,13
55,51
38,43
64,06
42,69
72,57
42,69
13,40
4,26
13,27
16,13
20,86
26,57
6,65
9,48
14,22
14,22
18,99
18,99
18,99
23,70
28,48
4,75
9,48
10
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
1956
Martes 2 de febrero de 2016
5.1 Hasta 3005,06 €
Autorización
Denegación
5.2 De 3005,07 € a 6010,12 €
Autorización
Denegación
5.3 De 6010,13 € a 9015,18 €
Autorización
Denegación
5.4 De 9015,19 € a 12020,24 €
Autorización
Denegación
5.5 Por cada 6010,12 € o fracción adicional
Autorización
Denegación
6. Expedición de certificaciones relacionadas con industrias
7. Visitas de inspección a las industrias, excepto las de
temporada
7.1 Hasta 3005,06 €
7.2 De 3005,07 € a 6010,12 €
7.3 De 6010,13 € a 9015,18 €
7.4 De 9015,19 € a 12020,24 €
7.5 Por cada 6010,12 o fracción adicional
EUROS
14,22
11,37
15,20
12,33
16,13
12,81
18,99
14,22
2,37
1,39
11,30
15,63
17,11
19,93
22,77
3,81
Tasa por la gestión técnica facultativa de los servicios agronómicos.
Artículos 59 a 63 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
1.
1.1
1.1.1
1.1.2
1.2
2
2.1
2.2
2.3
3.
4.
Por la inscripción en registros oficiales
Por la inscripción en registros de servicios de plaguicidas
Grupo fabricantes e importadores
Grupo vendedores y aplicadores
Por renovación de inscripción en los registros de servicios de
plaguicidas
Por la inspección facultativa
Inspección facultativa inicial
Por las visitas periódicas a los almacenes de los mayoristas
Por las visitas periódicas a los almacenes de los minoristas
Por el levantamiento de actas a cargo del personal
facultativo
Por la inspección facultativa de terrenos
EUROS
50,79
31,61
16,93
15,83
9,03
6,77
9,03
11
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
4.2
4.2.1
4.2.2
4.2.3
4.2.4
1957
Martes 2 de febrero de 2016
En el arranque de plantaciones, según la superficie afectada
Hasta 1 Ha.
De 2 a 5 Ha.
De 6 a 15 Ha.
Más de 15 Ha.
4.3
4.3.1
4.3.2
4.3.3
4.3.4
4.3.5
4.3.6
4.4
En plantaciones de viñedos, según la superficie afectada
Menos de 50 áreas
De 50 a 99 áreas
De 1 Ha. a 3,9 Ha.
De 4 Ha. a 7,9 Ha.
De 8 Ha. a 9,9 Ha.
Por cada Ha. de más o fracción
Por visitas de inspección complementarias a las primeras visitas
de comprobación de plantaciones, reflejadas en la tarifa
5.1. Expedición de certificados y otros trámites administrativos
5.2 Para particulares y entidades no lucrativas
5.3 Para entidades industriales y/o comerciales
6.1. Por las inspecciones fitosanitarias periódicas de equipos e
instalaciones para tratamientos fitosanitarios
6.2 Por las inspecciones fitosanitarias periódicas de criaderos
6.3 Por las inspecciones fitosanitarias de establecimientos de
horticultura, arboricultura, fruticultura y jardinería; de
campos y cosechas a instancia del interesado.
6.4 Por la inspección de material de reproducción vegetal
6.4.1 Hasta 10.000 unidades
6.4.2 Por cada parte o unidad de 1000
8.
Por el seguimiento de ensayos oficiales de campo de
productos o especialidades fitosanitarias en fase de preregistro
EUROS
10,15
3,96
2,26
€/Ha las 15 primeras
2,26 1,13 €/Ha el resto
10,29
20,57
36,59
61,72
102,89
9,14
32,00
6,77
6,77
11,30
11,30
22,55
22,55
56,44
5,64
112,88
Tasa por la prestación de servicios facultativos veterinarios.
Artículos 64 a 68 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
1.
1.1
1.2
Por la inspección y comprobación anual de las
delegaciones y depósitos de los productos biológicos y
zoosanitarios, destinados a prevenir y combatir las
enfermedades infecciosas, contagiosas y parasitarias de
animales.
Por delegación
Por depósito
EUROS
56,44
28,23
12
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
2.1.
2.2
3.
3.1.
3.1.1
3.1.2
3.2
3.2.1
3.2.2
4.
5.
7.
7.1
7.1.1
7.1.2
7.1.3
8.1
8.2
8.3
8.3.1
8.3.2
8.4
8.4.1
1958
Martes 2 de febrero de 2016
Por los servicios facultativos veterinarios correspondientes
a la apertura de núcleos zoológicos y centros de
aprovechamiento de cadáveres de animales
Por los servicios facultativos impuestos por la vigilancia
anual de estos centros y los análisis bacteriológicos de los
productos derivados destinados a alimentos de ganado y
abono orgánico, con el fin de evitar la posible difusión de
enfermedades infecciosas contagiosas.
Por los trabajos facultativos veterinarios correspondientes
a la inspección sanitaria periódica de las paradas y centros
de inseminación artificial, así como de sus sementales
Equinas y bovinas
Paradas o centros
Por cada semental
Porcinas, caprinas y ovinas
Paradas o centros
Por cada semental
Por el marchamo y tipificación de cuero y pieles, según
la Orden conjunta de los Ministerios de Gobernación y
de Agricultura de 9 de diciembre de 1952, y la Orden
circular de las Direcciones Generales de Sanidad y de
Ganadería de 24 de febrero de 1953.
Por los servicios relativos a la autorización, clasificación y
registro de fórmulas de piensos y otros productos de las
industrias pecuarias
Por prestación de servicios en los centros de inseminación
artificial
Por venta de espermas
Equinos, cada dosis
Bovinos, cada dosis
Ovinos y caprinos, cada dosis
Por la inscripción en Registros Oficiales
Diligenciado y sellado de libros oficiales
Expedición de certificados, visados de documentos y demás
trámites de carácter administrativo
Particulares y entidades lucrativas
Entidades industriales y/o comerciales
Expedición de certificados, visados de facturas, comprobación
de cupos de materias primas y demás trámites de carácter
administrativo que precisen informe y consulta o búsqueda de
documentos en archivos oficiales.
Particulares y entidades no lucrativas
EUROS
112,88
22,55
11,30
2,85
11,30
0,58
0,58
16,93
11,30
5,64
2,85
2,37
3,32
4,27
9,48
7,14
13
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
8.4.2
9.
9.1
9.1.1
9.1.2
9.1.3
9.1.4
9.1.5
9.1.6
9.1.7
9.1.8
9.1.9
9.2
9.2.1
9.2.2
9.2.3
9.2.4
9.3
9.3.1
9.4
9.4.1
9.4.2
9.4.3
9.4.4
9.4.5
9.4.6
9.4.7
9.4.8
9.4.9
9.4.10
9.4.11
1959
Entidades industriales o comerciales
Por prestación de servicios relativos a la realización de
técnicas analíticas
Ensayos Microbiológicos en alimentos
Recuento de gérmenes aerobios a 30º C
Recuento Enterobacteriáceas
Recuento Coliformes
Recuento Staphylococcus Coalulasa +
Investigación y recuento de Escherichia coli
Investigación y recuento de Clostridium perfringes
Investigación de Salmonella spp.
Investigación de Listeria monocytógenes
Recuento de Mohos y Levaduras
Ensayos en Bacterología Clínica
Bacterología de vísceras
Bacterología exudados y secreciones
Clamideas (Frotis por Stamp)
Bacterología y Antibiograma
Análisis de leche y productos lácteos
Análisis de muestra de leche y productos lácteos por método
I.R.
Ensayos Serología
Ensayo inmunoenzimático para la detección de anticuerpos
específicos frente a la glicoproteína gll del virus de la
enfermedad de Aujeszky en muestras de suero de cerdo
Ensayo inmunoenzimático de bloqueo para la detección de
anticuerpos frente al virus de la Rinotraqueitis Infecciosa
Bovina
Ensayo inmunoenzimático para la detección y/o cuantificación
de anticuerpos específicos frente al virus de la Enfermedad
Hemorrágica del conejo ensuero
Ensayo inmunoenzimático para la detección del virus de la
Enfermedad Hemorrágica del conejo en muestras biológicas
Ensayo inmunoenzimático para la detección y/o cuantificación
de anticuerpos específicos de Parvovirus Porcino en suero
porcino
Ensayo inmunoenzimático de bloqueo para la detección de
anticuerpos específicos frente al virus del Síndrome
Respiratorio y Reproductor Porcino, en muestras de suero
Ensayo inmunoenzimático de bloqueo para la detección de
anticuerpos del virus de la Diarrea Vírica Bovina
Detección de anticuerpos específicos de Chlamydias, por
método Elisa
Detección de anticuerpos específicos de M Paratuberculosis
14 método Elisa
en suero de ganado bovino, ovino y caprino, por
Investigación de antígenos de Salmonella por método de
Aglutinación
Detección y cuantificación de anticuerpos específicos frente a
Mycoplasma Agalactyae en ganado caprino y ovino
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
Tasa por
la expedición de licencias de pesca marítima recreativa
Artículos 69 a 72 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
Martes 2 de febrero de 2016
EUROS
14,22
1,78
1,78
1,78
4,71
4,71
4,71
11,42
13,80
1,78
4,71
4,71
1,78
6,60
1,83
1,18
1,57
2,25
4,04
1,18
2,30
1,57
EUROS
1,78
1,83
0,60
2,30
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
1960
Martes 2 de febrero de 2016
método Elisa
método
Elisa
Detección
de anticuerpos específicos de M Paratuberculosis
Detección
anticuerpos
de M por
Paratuberculosis
en suero dede
ganado
bovino,específicos
ovino y caprino,
método Elisa
en suero de ganado
bovino, ovino
y caprino, por
Investigación
de antígenos
de Salmonella
pormétodo
métodoElisa
de
Investigación
Aglutinación de antígenos de Salmonella por método de
Aglutinación
Detección
y cuantificación de anticuerpos específicos frente a
Detección y cuantificación
anticuerpos
Mycoplasma
Agalactyae ende
ganado
caprinoespecíficos
y ovino frente a
Mycoplasma Agalactyae en ganado caprino y ovino
Tasa por la expedición de licencias de pesca marítima recreativa
Tasa
por 69
la expedición
licencias de
pescade
marítima
recreativa
Artículos
a 72 DecretodeLegislativo
1/1994,
29 de julio
Artículos 69 a 72 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
9.4.9
9.4.9
9.4.10
9.4.10
9.4.11
9.4.11
EUROS
EUROS
1,83
1,83
0,60
0,60
2,30
2,30
EUROS
EUROS
A Licencia de primera clase
30,94
A
30,94
B Licencia de primera clase de carácter colectivo por c/persona
7,76
B Licencia de segunda
primera clase de carácter colectivo por c/persona
7,76
C
23,21
C Licencia de tercera
segundaclase
clase
23,21
D
15,48
D Licencia de tercera clase
15,48
Tasa en materia de enseñanza náutico-deportiva y de buceo deportivo
Tasa
en materia
de enseñanza
náutico-deportiva
de buceo deportivo
Artículo
76 bis Decreto
Legislativo
1/1994, de 29 deyjulio
Artículo 76 bis Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
EUROS
EUROS
1.
Tasa por derechos de examen para la obtención de las
1.
Tasa
por derechos
examen para la obtención de las
titulaciones
náuticas de recreo
titulaciones
náuticas
de
recreo
1.1
Derechos de examen teórico
1.1
examen teórico
1.1.1 Derechos
Capitán dedeyate
71,48
1.1.1
yate
71,48
1.1.2 Capitán
Patrón dedeyate
57,19
1.1.2
Patrón
de
yate
57,19
1.1.3
embarcaciones de recreo
42,90
1.1.3
de recreo
42,90
1.1.4 Patrón de embarcaciones
navegación básica
35,74
1.1.4
básicade recreo hasta 6 metros de eslora y
35,74
1.1.5 Patrón
Manejodedenavegación
embarcaciones
1.1.5 Manejo
de
embarcaciones
de
recreo
hasta
6
metros
de
eslora
y
potencia máxima de motor 40 kw.
potencia
A motor máxima de motor de 40 kw.
21,44
A motor
21,44
vela
A vela de moto náutica "A"
21,44
1.1.6 Patrón
45,20
1.1.6
Patrón
de
moto
náutica
"A"
45,20
1.1.7
"B"
38,05
1.1.7
Patrón
de de
moto
náutica
"B"
38,05
1.2
Derechos
examen
práctico
1.2
1.2.1 Derechos de examen práctico de embarcaciones a motor
1.2.1 Derechos
examen práctico de embarcaciones a motor
Capitán dedeyate
178,69
Capitán
yate
178,69
Patrón dedeyate
Patrón de yate
178,69
embarcaciones de recreo
142,95
Patrón de embarcaciones
de recreo
142,95
navegación básica
Patrón de navegación básica
142,95
15
15
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
1.2.2
2.
2.1
2.2
2.3
3.
4.
5.
1961
Martes 2 de febrero de 2016
Manejo de embarcaciones de recreo hasta 6 metros de eslora y
potencia máxima de motor de 40 kw.
Patrón de moto náutica "A"
Patrón de moto náutica "B"
Derecho de examen práctico de embarcaciones a vela
Para cualquier titulación náutica de recreo
Manejo de embarcaciones de recreo hasta 6 metros de eslora
Tasa por la expedición de los títulos náuticos de recreo
Expedición de títulos de recreo
Renovación de títulos de recreo
Emisión de duplicado por pérdida de títulos de recreo
Tasa por derechos de examen de buceo deportivo
Tasa por la expedición del carné de buceo deportivo
Tasa para la autorización de apertura de escuelas
deportivas náuticas, academias de navegación de recreo y
centros de buceo deportivo
EUROS
42,90
149,84
149,84
142,95
42,90
38,69
23,21
23,21
61,89
38,69
74,38
Tasas en materia de enseñanza profesional marítimo-pesquera
Artículo 76 ter Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
1.
1.1
1.2
1.3
1.4
1.5
2.
2.1
2.2
2.3
2.4
3.
Tasa por derechos de examen para la obtención del carné
de las profesiones marítimo-pesqueras
Titulaciones profesionales de formación profesional
Titulaciones menores
Certificados de profesionalidad y de especialización marítima
Buceo profesional
Especialidades subacuáticas profesionales
Tasa por expedición de carné de las profesiones marítimopesqueras
Titulaciones profesionales de formación profesional
Titulaciones menores
Titulaciones subacuáticas profesionales
Especialidades subacuáticas profesionales
Tasa para la autorización de apertura de centros de buceo
profesional
EUROS
30,94
23,21
15,48
61,89
54,18
21,44
14,30
57,19
35,74
74,38
Tasa por servicios administrativos comunes a las enseñanzas náutico-deportiva de
buceo deportivo y profesional marítimo-pesquera
Artículo 76 quater Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
1.
2.
3.
Expedición de certificados
Compulsa de documentos
Convalidación de titulaciones
16
EUROS
3,87
3,87
7,76
Tasa por la expedición de autorización para la celebración de concursos y
competiciones de pesca marítima recreativa
Artículo 76 quinquies Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
1.
Concursos y competiciones cuya actividad se realice desde
embarcaciones
EUROS
boc-a-2016-021-326
178,40
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
1.
2.
3.
1962
Expedición de certificados
Compulsa de documentos
Convalidación de titulaciones
Martes 2 de febrero de 2016
EUROS
3,87
3,87
7,76
Tasa por la expedición de autorización para la celebración de concursos y
competiciones de pesca marítima recreativa
Artículo 76 quinquies Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
1.
2.
Concursos y competiciones cuya actividad se realice desde
embarcaciones
Concursos y competiciones cuya actividad no se realiza desde
embarcaciones
EUROS
178,40
107,04
Tasa por la expedición de autorización para el ejercicio profesional del marisqueo a pie
Artículo 76 sexties Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
1.
Cuota
EUROS
59,46
Tasa por la inscripción en el registro del Consejo Regulador de Agricultura Ecológica
Artículo 76 septies Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
1.
Productores de secano, según la superficie
1.1
1.2
Hasta 2 Ha
Más de 2 Ha
2
2.1
2.2
Productores de regadío, según superficie
Hasta 1 Ha
Más de 1 Ha
3
3.1
3.2
Para elaboradores hortofrutícolas, según la capacidad de
elaboración
Hasta 500 Tm/año
Más de 500 Tm/año
4
4.1
4.2
Para otros elaboradores, según la capacidad de elaboración
Hasta 100 Tm/año
Más de 100 Tm/año
5
5.1
Para comercializadores
Cuota
EUROS
35,69
35,69 + 5,95 € x
c/Ha adicional
71,36
71,36 + 11,91 € x
c/Ha adicional
71,36
71,36 + 0,0592 € x
Tm adicional
71,36
71,36 + 0,0592 € x
Tm adicional
EUROS
71,36
17
Tasas académicas
Artículos 77 a 80 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
Tasas Académicas
Escuelas Oficiales de Idiomas
1.1 Matrícula curso de hasta 70 horas lectivas en primera convocatoria
1.2 Matrícula de curso hasta 70 horas lectivas en segunda convocatoria y
sucesivas
1.3 Matrícula de curso a partir de 71 horas lectivas en primera convocatoria
1.4 Matrícula de curso a partir de 71horas lectivas en segunda convocatoria
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
1.5 Prueba de certificación
1.6 Traslado de matrícula viva o expediente
Enseñanzas Deportivas
EUROS
35,86
44,81
70,70
88,38
boc-a-2016-021-326
40,40
5,54
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
5.1
1963
Martes 2 de febrero de 2016
EUROS
Cuota
71,36
Tasas académicas
Artículos 77 a 80 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
1.1
1.2
1.3
1.4
1.5
1.6
1
1.1
1.2
2
2.1
2.2
3
3.1
3.2
1
1
2
3
4
1
2
Tasas Académicas
Escuelas Oficiales de Idiomas
Matrícula curso de hasta 70 horas lectivas en primera convocatoria
Matrícula de curso hasta 70 horas lectivas en segunda convocatoria y
sucesivas
Matrícula de curso a partir de 71 horas lectivas en primera convocatoria
Matrícula de curso a partir de 71horas lectivas en segunda convocatoria
Prueba de certificación
Traslado de matrícula viva o expediente
Enseñanzas Deportivas
Ciclo inicial de grado medio
1ª Matrícula por hora de módulo
2ª Matrícula y sucesivas por hora de módulo
Ciclo final de grado medio
1ª Matrícula por hora de módulo
2ª Matrícula y sucesivas por hora de módulo
Ciclo grado superior
1ª Matrícula por hora de módulo
2ª Matrícula y sucesivas por hora de módulo
Pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria
Pruebas para la obtención de título
Pruebas de acceso a ciclos formativos
Ciclos formativos de grado medio
Ciclos formativos de grado superior
Prueba específica de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y
diseño
Prueba específica de las enseñanzas deportivas
Pruebas para la obtención de títulos
Título de Técnico
Título de Técnico Superior
EUROS
35,86
44,81
70,70
88,38
40,40
5,54
0,306
0,408
0,358
0,460
0,460
0,562
40,66
6,45
6,45
3,23
12,94
53,86
53,86
Tasa por compulsa de documentos, de formalización de expedientes y expedición
de certificaciones por centros y servicios, en materia de educación, cultura y deportes.
Artículos 82 a 86 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
18
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
2
3
Ciclos formativos de grado superior
Prueba específica de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y
diseño
4
Prueba específica de las enseñanzas deportivas
Pruebas para la obtención de títulos
Boletín
Oficial
Canarias núm. 21
1964
1
Título
de de
Técnico
2
Título de Técnico Superior
6,45
3,23
12,94
Martes
2 de febrero de 2016
53,86
53,86
Tasa por compulsa de documentos, de formalización de expedientes y expedición
de certificaciones por centros y servicios, en materia de educación, cultura y deportes.
Artículos 82 a 86 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
1.
2.
2.1
2.2
2.3
3.
4.
5.
Por compulsa de documentos
18
Por derechos de formación de expedientes para oposiciones
Doctor
Licenciado
Otros
Por expedición de certificados
Por expedición de certificaciones de hojas de servicio de
maestros
Por expedición de tarjetas de identidad
EUROS
2,37
4,96
2,94
2,04
4,27
1,23
1,13
Tasa por servicios prestados en Conservatorios Profesionales de Música.
Art. 90 bis Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
EUROS
1
1.1
1.2
1.3
1.4
1.5
1.5.1
1.5.2
1.5.3
2
2.1
2.2
2.3
2.3.1
2.3.2
2.3.3
2.4
2.4.1
2.4.2
2.4.3
2.5
2.5.1
Enseñanzas elementales de música
Inscripción (1ª vez). Apertura expediente académico
Matrícula curso completo
Ampliación de matrícula (curso completo)
Prueba de acceso
Asignaturas pendientes
Instrumento de la especialidad
Lenguaje musical
Coro
Enseñanzas profesionales de música
Inscripción (1ª vez). Apertura de expediente en el Grado
Prueba de acceso
Matrícula del curso completo
1º y 2º cursos
3º y 4º cursos
5º y 6º cursos
Ampliación de matrícula (curso completo)
1º y 2º cursos
3º y 4º cursos
5º y 6º cursos
Asignaturas pendientes
Instrumento de la especialidad o canto
60,66
303,86
202,61
30,33
130,46
111,90
94,81
68,27
37,93
374,72
467,75
561,30
249,47
311,85
374,19
19
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
1965
Martes 2 de febrero de 2016
EUROS
2.5.1.1
2.5.1.2
2.5.1.3
2.5.2
2.5.2.1
2.5.2.2
2.5.2.3
2.5.3
2.5.3.1
2.5.3.2
2.5.3.3
3
3.1
3.2
4
4.1
4.2
4.3
4.4
4.5
4.6
1º y 2º cursos
3º y 4º cursos
5º y 6º cursos
Instrumento complementario
1º y 2º cursos
3º y 4º cursos
5º y 6º cursos
Otras asignaturas
1º y 2º cursos
3º y 4º cursos
5º y 6º cursos
Alumnos de centros reconocidos o autorizados adscritos
Inscripción (1ª vez) Enseñanzas elementales de música
Inscripción (1ª vez) Enseñanzas profesionales de música
Servicios Administrativos
Expedición de duplicados del carnet escolar
Expedición de certificaciones ordinarios
Expedición de certificaciones académicas
Compulsa de documentos por página compulsada
Traslado de matrícula o de expediente
Expedición de Certificado Elemental de Música
152,09
170,68
190,41
114,17
132,72
152,46
76,23
94,81
114,52
60,66
68,27
3,81
4,92
7,59
0,54
10,34
9,48
Tasa por la expedición de títulos académicos y profesionales
Artículo 90 ter Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
Título de Especialización Didáctica
Título de Bachiller
Título de Técnico Formación Profesional Específica
Título Superior de Formación Profesional Específica
Título Profesional de Música
Título Superior de Música
Título Profesional de Danza
Título Superior de Arte Dramático
Título de técnico de Artes Plásticas y Diseño
EUROS
135,61
53,54
21,83
53,54
25,54
149,31
25,76
149,31
21,83
20
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
10.
11.
12
13
14
15
1966
Martes 2 de febrero de 2016
Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño
Expedición de Certificados oficiales de enseñanzas de idiomas de
régimen especial
Título de Técnico Deportivo
Título de Técnico Deportivo Superior
Certificado ciclo inicial de grado medio de enseñanzas deportivas
Título Superior de Diseño
53,54
25,68
21,40
52,50
10,69
73,76
Tasa por la expedición de duplicado
Artículo 90-quáter Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
1.
Por cada título duplicado
1.
2.
3
Prueba completa
Prueba de un curso completo
Examen de la materia
EUROS
3,74
Tasa por la realización de pruebas para la obtención directa del título de bachiller
Artículo 90-quinquies Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
EUROS
113,53
63,01
12,59
Tasa por prueba de clasificación de enseñanzas de idiomas de régimen especial
Artículo 90-sexies Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
1.
EUROS
17,36
Cuantía
Tasa por la prestación de servicios técnicos y administrativos en materia de industria y energía
Artículos 91 a 94 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
EUROS
1.
1.1
1.1.1
1.1.2
Tramitación de instalaciones técnicas: autorizaciones sobre
proyectos
Tarifa general. Importe de la tasa en función del presupuesto
Hasta 6010,12 €
Exceso por 6.010,12 € o fracción hasta 601.012,10 €
75,90
18,99
21
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
1.1.3
1.2
1.2.1
1.2.2
1.2.3
1.3
1.3.1
1.3.2
2.
2.1
2.1.1
2.1.2
2.2
2.3
2.3.1
2.3.2
2.4
2.4.1
2.4.2
2.5
3.
3.1
3.1.1
3.2
3.2.1
3.2.2
1967
Martes 2 de febrero de 2016
Exceso por 6.010,12 € o fracción
Solicitudes diligencia certificaciones de instalaciones (incluida la
tramitación de proyectos sin autorización administrativa)
En viviendas o servicios comunes sin proyecto (por nº de
unidades)
Los no incluidos en los apartados 1.2.1 ó 1.2.3 (por nº de unidades)
Para obras
Expropiación forzosa de bienes e imposición de servidumbre de
paso:
Importe general
Por cada parcela afectada
Solicitudes de inspección y de inscripción en registros oficiales
Solicitudes de inspección
Tarifa general
Instalaciones de transporte y generación en régimen ordinario
Inscripción
Pruebas hidrostáticas en botellas de oxígeno y acetileno y
extintores de incendios
Importe general
Por cada unidad
Pruebas hidrostáticas en otros aparatos a presión
Importe general
Por cada unidad
Revisiones periódicas en instalaciones, cuando las mismas se
efectúen por muestreo
Metrología
Verificaciones unitarias efectuadas en laboratorio oficial de
contadores eléctricos o de agua, transformadores, limitadores de
corriente y otros instrumentos de precisión
Verificaciones en lugar distinto al laboratorio oficial
Verificaciones por series de más de seis elementos efectuadas en
laboratorio oficial de contadores eléctricos o de agua,
transformadores, limitadores de corriente y otros instrumentos de
precisión
Importe general
Por cada elemento
EUROS
4,75
15,83
33,87
67,73
90,31
28,21
45,15
120,97
36,84
11,30
0,1751
39,51
5,64
11,30
5,64
45,15
11,30
0,4572448
22
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
3.3
3.4
3.5
4
4.1
4.2
4.3
4.4
4.5
4.5.1
4.5.2
5.
5.1
5.2
5.3
6.
6.2
6.3
6.3.1
6.3.2
6.4
6.4.1
1968
Martes 2 de febrero de 2016
Contrastación de objetos de metales preciosos
Certificaciones de las verificaciones realizadas a equipos de
medidas sometidos a control petrológico
Verificaciones de las características de combustibles en laboratorio
oficial
Expedición de certificados y documentos, diligencia de libros y
derechos de exámenes reglamentarios
Expedición de documentos que acrediten aptitud o capacidad para
el ejercicio de actividades reglamentarias, solicitud diligencia de
libros y solicitud de exámenes
Certificaciones administrativas sobre datos o antecedentes
administrativos que no exijan inspección o sobre informes de
inspección efectuadas por Organismos de Control Autorizados
Certificaciones administrativas que requieran visita de inspección
Certificaciones de obras que deban ser tramitadas por la Consejería
competente en materia de industria y energía, y que requieran
visita de inspección
Extracción de muestras y emisión de certificados sobre ensayos
efectuados por otros laboratorios
Importe general
Por cada muestra
Vehículos
Inspección de vehículos especiales que por sus dimensiones no
pueden ir a una estación de ITV
Reconocimiento de taxímetros
Reconocimientos especiales y catalogación de vehículos históricos
Expedientes mineros
Autorizaciones de aprovechamiento de recursos en las secciones
A) o B) de la Ley de Minas, incluida la declaración de agua
mineral o termal
Informes sobre accidentes ocurridos en instalaciones mineras
Importe general
Por sucesivas visitas de inspección
Otras autorizaciones o certificaciones sobre expedientes mineros y
obras hidráulicas subterráneas, cuando precisen visita de
inspección, pero no requieran la presentación de proyecto
Importe general
EUROS
0,121169841
16,93
11,30
16,93
4,27
45,15
11,30
11,30
5,64
19,22
5,09
22,55
45,15
180,61
45,15
101,59
23
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
6.4.2
7.
7.1
8
8.1
8.2
8.3
8.3.1
8.3.2
8.3.3
1969
Martes 2 de febrero de 2016
Por sucesivas visitas de inspección
Autorización, designación e inscripción registral de organismos
de control en el ámbito de la inspección reglamentaria en
materia de seguridad industrial (OCAs, OONN, OAVM,
Reparadores, EVATs, etc)
Autorización de organismos de control para operar en Canarias
Instalaciones radiactivas de 2ª y 3ª categoría y de
radiodiagnóstico
Otorgamiento o modificación de autorización a empresas o
entidades para venta y/o asistencia técnica de equipos e
instalaciones de rayos X con fines de diagnóstico médico
Declaración de instalaciones de radiodiagnóstico para inscripción
en Registro Oficial, y modificación de las instalaciones (por
cambio de titularidad, equipos, ubicación,…)
Inspecciones
Instalaciones radiactivas
Instalaciones de radiodiagnóstico
Precinto a solicitud de interesado
EUROS
45,15
36,84
13,81
13,81
147,18
110,46
36,84
Tasa por informes y demás actuaciones facultativas
Artículos 104 a 107 bis Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
EUROS
2.
3.1.1
3.1.2
3.1.3
3.2
4.1.1
4.1.2
4.1.3
4.2
Por informes de carácter facultativo para cuya redacción no sea
necesario tomar datos del campo
30,48
Por informes de carácter facultativo para cuya redacción sea
necesario tomar datos del campo
129,81
Cuando sea necesario salir más días al campo (día)
106,10
Más, en su caso, el precio de las fotografías (foto)
2,26
Por informes y evaluación de proyectos sobre programas de 189,76 + 37,95
restauración de las explotaciones de actividades extractivas
€/Ha
Por trabajos diversos de campo, inspección de obras y
levantamientos topográficos y demás actuaciones facultativas, con
levantamiento de actas, expedición de certificado final, entrega de
planos o redacción del documento de la actuación realizada
129,81
Cuando sea necesario salir más días al campo (día)
106,10
Más, en su caso, el precio de las fotografías (foto)
2,26
EUROS
Por inspección de obras sus acciones de restauración de la
146,73
explotación de actividades extractivas
24
Tasa por emisión de informe de precio máximo de venta de viviendas protegidas
Artículo 111 bis Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
EUROS
Cuantía
explotación de actividades extractivas
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
EUROS
1970
Martes 2 de febrero de 2016
Tasa por emisión de informe de precio máximo de venta de viviendas protegidas
Artículo 111 bis Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
EUROS
Cuantía
13,66
Tasa por expedición de cédulas de habitabilidad.
Artículos 112 a 115 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio.
EUROS
Primera y segunda ocupación
5,64
Tasas por servicios prestados en los puertos de titularidad de la Comunidad Autónoma
de Canarias
Artículo 115 bis Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio.
1.
1.1
1.1.1
1.1.2
1.2
1.2.1
1.2.2
2.
2.1
2.2
3.
3.1
3.1.1
3.1.2
3.1.3
Tarifa por entrada y estancia de barcos
Navegación interior y de cabotaje
Por cada periodo de 24 horas o fracción superior a 6 horas
Por la fracción de hasta 6 horas
Navegación exterior
Por cada periodo de 24 horas o fracción superior a 6 horas
Por la fracción de hasta 6 horas
Tarifa por atraque
Por cada periodo completo de 24 h. o fracción igual o superior
a 6 horas en muelle
Por cada periodo completo de 24 h. o fracción igual o superior
a 6 horas en pantalán flotante
Tarifa pasaje
Tarifa de pasajeros. Por pasajero
Bahía o local
Navegación interior
Excursión turística o pesca deportiva
EUROS
2,3225
1,1664
5,2545
2,6273
1,1664
0,0848
0,0848
0,4685
0,4685
25
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
1971
Martes 2 de febrero de 2016
3.1.4 Cabotaje
3.1.5 Navegación exterior
4 Tarifas mercancías
Grupo Primero
Grupo Segundo
Grupo Tercero
Grupo Cuarto
Grupo Quinto
4.1 Mercancías transportadas en barcos Roll-on Roll-off
4.1.1 Motos
4.1.2 Coches
4.1.3 Furgones
Vacío
Lleno
4.1.4 Camión menor de 6 m.
Vacío
Lleno
4.1.5 Camión mayor de 6 m.
Vacío
Lleno
4.1.6 Guagua
4.1.7 Contenedor 20 pies
Vacío
Lleno
4.1.8 Contenedor 40 pies
Vacío
Lleno
4.1.9 Gasoil y fuel-oil en régimen de cabotaje. Por tonelada
5 Tarifa pesca fresca €/kgrs
Grupo 1
Grupo 2
Grupo 3
Grupo 4
Grupo 5
Grupo 6
Grupo 7
7 Tarifa embarcaciones deportivas y de recreo. m2/dia
7.1 Fondeo en aguas abrigadas
7.2 Atraque en punta de la embarcación (Eslora x Manga)
7.3 Atraque en punta de la embarcación con finger no transitable
[(eslora x (manga + 0,20)]
EUROS
0,8802
4,6450
0,2424
0,3314
0,4686
0,6859
0,9829
1,1664
1,9021
1,5764
4,6450
3,0897
9,2901
4,6450
13,9246
7,8818
3,0897
9,2901
4,6450
13,9246
0,3678
2,9215
2,1963
1,4608
1,0929
0,0525
0,0630
11,0346
0,0848
0,1577
0,1577
26
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
1972
Martes 2 de febrero de 2016
7.4 Atraque en punta de la embarcación con finger transitable
[(eslora x (manga + 0,35)]
7.5 Atraque de costado de la embarcación
7.6 Existencia de toma de agua del atraque sujeta a tarifa
7.7 Existencia de toma de energía eléctrica propia del atraque,
sujeta a tarifa
7.8 Marina seca
7.9 Cuantía mínima a abonar por mes completo
7.9.1 Embarcaciones fondeadas
7.9.2 Embarcaciones atracadas
8 Tarifa por servicio de grúa y travelift. Euros/hora o
fracción de utilización
8.1 Hasta 6 toneladas
8.2 Hasta 12 toneladas
8.3 Mayor de 12 toneladas
9 Tarifa por servicio almacenaje, locales y edificios
9.1 Descubierta
De 2 a 10 días
De 11 a 30 días
De 31 a 60 días
Más de 60 días
9.2 Cubierta
De 2 a 10 días
De 11 a 30 días
De 31 a 60 días
Más de 60 días
9.3 Zona de maniobra
De 1 a 10 días
De 11 a 30 días
De 31 a 60 días
Más de 60 días
9.4 Oficinas y locales
Módulo único
10 Tarifa Varaderos y Rampa de Varada
Cuota por metro lineal o fracción
11 Tarifa por aparcamientos Euros/hora o fracción
11.1 Vehículos ligeros
Motocicletas y similares
Turismos
Remolques para embarcaciones
Máximo por 24 horas
11.2 Vehículos pesados
EUROS
0,1577
0,4686
0,0485
0,0485
0,1050
23,2132
77,3738
46,4395
92,8582
154,7355
0,0222
0,0848
0,1587
0,3314
0,0520
0,1212
0,2061
0,3659
0,2061
0,7659
1,5764
1,5764
0,5830
2,1018
0,6305
1,2611
1,2614
10,5091
27
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
1973
Martes 2 de febrero de 2016
Autocares, camiones y similares
Máximo por 24 horas
12 Tarifa por utilización de rampas móviles de titularidad
pública para buques Ro-Ro
Cuota por atraque en rampa
Cuantía máxima p/dia /naviera/rampa
EUROS
5,0444
31,5273
94,5817
189,1633
Tasa por la gestión técnico-facultativa de los servicios forestales
Artículos 124 a 127 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
1.
1.1
1.2
2.
2.1
2.2
3.
3.1
4.
4.1
5.
5.1
5.2
5.4
5.5
6.
6.1
7
7.1.1
7.1.2
8
8.1
8.2
10
Levantamiento de planos
Por levantamiento de itinerarios
Por confección de planos
Replanteo de planos
De 1 a 1.000 metros
Más de 1 km.
Deslinde
Para el apeo y levantamiento topográfico
Amojonamiento
Para el replanteo
Cubicación e inventario de existencias
Inventario de árboles
Cálculo de corcho, resinas, frutos,...
Montes rasos
Montes bajos
Valoraciones
Hasta 300,51 €.- de valor
Ocupaciones y autorización de cultivos agrícolas en techos
forestales
Por demarcación y señalamiento del terreno, en las 20
primeras has., por hectárea.
Las restantes
Catalogación de montes y formación del mapa forestal
En las 1.000 primeras hectáreas
Las restantes
Análisis y consultas
EUROS
7,91 /km
0,5716 /Ha
11,20
5,64 /km
22,55 /km
14,12 /km
0,007585689
0,004247803116
0,181754762
0,571555
/m3
/Ha
/Ha
/Ha
23,70
1,71 /Ha
0,83447155 /Ha
0,121169841 /Ha
0,02275592482 /Ha
28
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
1974
Martes 2 de febrero de 2016
10.1 Consulta verbal sin reconocimiento de planos, documentos ni
productos forestales.
10.2 Consulta verbal con reconocimiento de planos, documentos o
productos forestales
10.3 Consulta por escrito sin reconocimiento de planos,
documentos ni productos forestales
11. Memorias informativas de montes
11.1 Hasta 250 Has. de superficie
11.2 Exceso sobre 250 Ha. hasta 1.000 Has.
11.3 Exceso sobre 1.000 Ha. Hasta 5.000
11.4 Exceso sobre 5.000 Has.
12. S e ñ a l a m i e n t o e i n s p e c c i ó n d e t o d a c l a s e d e
aprovechamientos y disfrutes forestales, piscícolas y
cinegéticos
12.1 Maderas. Señalamientos
12.1.1 100 primeros metros cúbicos
12.1.2 Los 100 siguientes
12.1.3 Restantes
12.2 Leñas. Señalamiento
12.2.1 500 primeros esteros
12.2.2 Restantes
12.3 Pastos y ramones
12.3.1 Operaciones anuales. Primeras 500 Has.
12.3.2 Hasta 1000
12.3.3 Hasta 2000
12.3.4 Exceso sobre 2000
13. Redacción de planes, estudios o proyectos
13.1 Ordenaciones y sus revisiones
13.1.1 Redacción de las memorias preliminares de ordenación
13.1.1.1 Hasta 500 Has. de superficie
13.1.1.2 De 500 a 1.000 Has.
13.1.1.3 De 1.000 a 5.000 Has.
13.1.1.4 De 5.000 a 10.000.- Has.
13.1.2 Confección de proyectos de ordenación
13.1.2.1 Cabida inferior a 1.000 Has.
13.1.2.2 Exceso, € por Ha.
13.3 Comarcas de interés forestal y perímetros de repoblación
obligatoria. Redacción de la memoria de reconocimiento
general.
EUROS
2,26
4,50
4,50
0,4572448
0,121169841
0,06068208514
0,030339327903
0,2305656319
0,157749415
0,121169841
0,06068208514
0,030339327903
0,121169841
0,06068208514
0,030339327903
0,022755924816
112,88
169,32
225,76
282,20
2,26
1,13
112,88
Tasa por informes y demás actuaciones facultativas.
Artículos 128 a 131 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
29
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
13.1.1.2 De 500 a 1.000 Has.
13.1.1.3 De 1.000 a 5.000 Has.
13.1.1.4 De 5.000 a 10.000.- Has.
13.1.2 Confección de proyectos de ordenación
13.1.2.1 Cabida inferior a 1.000 Has.
13.1.2.2
€ por21Ha.
Boletín
Oficial deExceso,
Canarias núm.
1975
13.3 Comarcas de interés forestal y perímetros de repoblación
obligatoria. Redacción de la memoria de reconocimiento
general.
169,32
225,76
282,20
2,26
1,13
Martes 2 de febrero
de 2016
112,88
Tasa por informes y demás actuaciones facultativas.
Artículos 128 a 131 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
29
1.
2.
3.
4.
Autorizaciones previas a licencias previstas en el art. 11 de la
Ley Territorial 5/1987 y art. 26 de la Ley 22/1988 cuando la
redacción del correspondiente informe facultativo
no
requiera tomar datos de campo
Cuando para la redacción del correspondiente informe
facultativo sea necesario tomar datos de campo
Cuando sea necesario salir más días al campo (por día)
Más, en su caso, el precio de las fotografías (foto)
EUROS
49,32
126,05
103,03
2,20
Tasa por solicitud de etiqueta ecológica de la Unión Europea
Artículo 131-bis Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
EUROS
210,18
1. Cuota
Tasa por servicios sanitarios
Artículos 132 a 135 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio
1. Estudios e informes para obras de nueva construcción o
reforma, inspección de construcciones, locales,
instalaciones, industrias, actividades, espectáculos y
servicios.
1.1 Por el estudio e informe previo de cada proyecto antes de
autorizar las obras de nueva construcción o reforma
1.1.1 Presupuesto de hasta 60101,21 €
1.1.2 Presupuesto de más de 60101,21€ y hasta 601012,10 €
1.1.3 Presupuesto de más de 601012,10 €
1.2 Por las inspecciones de comprobación de la obra terminada y
emisión de informe previo al permiso del funcionamiento
1.2.1 Con presupuesto de hasta 60101,21 €
1.2.2 Con presupuesto de más de 60101,21 € y hasta 601012,10 €
1.2.3 Con presupuesto de más de 601012,10 €
1.3 Por inspecciones ulteriores periódicas o no
1.3.1 A establecimientos de hasta 10 empleados
1.3.2 A establecimientos de 11 a 20 empleados
1.3.3 A establecimientos de más de 21 empleados
EUROS
28,48
47,44
94,88
71,16
113,86
142,32
11,30
22,55
34,57
30
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
1976
Martes 2 de febrero de 2016
2. Cadáveres y restos cadavéricos
2.1 Traslado de cadáver embalsamado a otra provincia
2.2 Traslado de cadáver embalsamado en la Comunidad
Autónoma. , distinta isla
2.3 Traslado de cadáver en la Comunidad Autónoma dentro de
cada isla
2.4. Exhumación y traslado de cadáver antes de los tres años
2.4.1 Dentro de la Comunidad Autónoma
2.4.2 A otra provincia
2.5 Exhumación y traslado de cadáver entre los tres años después
de la defunción y antes de los cinco años
2.5.1 Dentro de la Comunidad Autónoma
2.5.2 A otra provincia
2.6 Exhumación con o sin traslado de los restos de un cadáver
después de los cinco años de su defunción
2.6.1 Dentro de la Comunidad Autónoma
2.6.2 A otra provincia
3. Otras actuaciones sanitarias
3.1 Reconocimiento o examen de salud y entrega de certificado,
sin incluir las tasas autorizadas por análisis, exploraciones
especiales e impresos
3.2 Emisión de informes que exijan estudios y exámenes de
proyectos y/o expedientes tramitados a instancia de parte
3.3 Reconocimiento y entrega de certificado de ausencia de
tuberculosis
3.4 Vigilancia. colaboración y participación en las campañas
contra la antropozoonosis
3.4.1 En perros (por animal)
3.4.2 En animales mayores (por animal)
3.4.3 En animales menores (por animal)
3.6 Desinfecciones, desinsectaciones o desratizaciones de locales
y medios de transporte
3.7 Inscripción de Sociedades Médico-Farmacéuticas que ejerzan
sus actividades en la respectiva provincia
3.8 Emisión de informes que exijan estudios y exámenes de
proyectos y/o expedientes tramitados a instancia de parte o
comprendidos en conceptos anteriores
3.9 Certificados, visados, registros, o expedición de documentos
no comprendidos en otros conceptos a instancia de parte
3.10 Exploraciones especiales. Radiología, Ecografía o
Electrocardiograma
4.1 Análisis clínicos
EUROS
90,31
67,67
29,32
20,33
90,31
9,04
45,143
2,26
11,30
12,42
16,93
9,88
0,2306
0,3698
0,2306
11,30
112,89
16,93
5,04
16,93
31
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
4.1.1
4.1.1.1
4.1.1.2
4.1.1.3
4.1.1.4
4.1.1.5
4.1.2
4.1.3
4.1.4
4.1.5
4.1.6
4.1.7
4.1.8
4.1.9
4.1.10
4.1.11
4.1.12
4.1.13
4.1.14
4.1.15
4.1.16
4.1.17
4.1.18
4.1.19
4.1.20
4.1.21
4.1.22
4.1.23
4.1.24
4.1.25
4.1.26
4.1.27
4.1.27.1
4.1.27.2
4.1.27.3
4.1.28
4.1.28.1
4.1.28.2
4.1.28.3
4.1.28.4
4.1.28.5
4.1.28.6
1977
Martes 2 de febrero de 2016
EUROS
16,85
6,75
6,75
6,75
11,24
9,00
9,00
9,04
5,64
5,64
9,04
9,04
9,04
11,30
9,04
9,04
9,04
13,54
11,30
11,30
11,30
11,30
9,04
9,04
9,04
9,04
9,04
11,30
11,30
11,30
9,04
Hemograma completo
Hemoglobina
Hematocrito
Valor globular
Fórmula leucocitaria
Recuento de leucocitos
Recuento de plaquetas
Velocidad de sedimentación
Grupo sanguíneo
Factor RH
Tiempo de coagulación
Tiempo de hemorragia
Glucosa basal
Glucosa postprandial
Urea
BUN
Colesterol
HDL Colesterol
GOT
GPT
8 GT
Sideremia
Ácido Úrico
Creatinina
Triglicéridos
Bilirrubina total
Bilirrubina directa
Colinesterasa
Fosfatasa alcalina
Fosfatasa ácida
Tiempo de protombina
Orina:
Anormales
Sedimento
Test embarazo
Serología:
Proteína C reactiva
ASLO
Factor reumatoide
VDRL
VDRL cuantitativo
FTA abs
9,04
7,005
16,93
9,04
9,04
9,04
9,04
16,93
28,21
32
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
1978
Martes 2 de febrero de 2016
4.1.28.7
4.1.28.8
4.1.28.9
4.1.28.10
4.1.28.11
4.2
4.2.1
4.2.2
4.2.3
4.2.4
4.2.5
4.2.6
4.2.7
4.2.8
4.2.9
4.2.10
4.2.11
4.2.12
4.2.13
4.2.14
4.2.15
4.2.16
4.2.17
4.2.18
4.2.19
4.2.20
4.2.21
4.2.22
4.2.23
4.2.24
4.2.24.1
Toxoplasmosis: IgG (ELISA)
Toxoplasmosis: IgM (ELISA)
Citomegalovirus: IgG (ELISA)
Citomegalovirus: IgM (ELISA)
Hepatitis B-Antígeno de superficie (ELISA)
Análisis instrumentales (Bromatología)
Aguas envasadas
Leches y productos lácteos
Queso
Yogur
Helado
Huevos y ovoproductos
Carnes y productos cárnicos
Productos de charcutería
Pesca y productos derivados
Mariscos
Harinas, bollería y confitería
Aceites y grasas vegetales
Mayonesas y salsas de mesa
Vinos y bebidas alcohólicas
Bebidas refrescantes
Zumos de fruta y derivados
Miel y edulcorantes
Especias y condimentos
Alimentos estimulantes y derivados
Conservas. esterilidad comercial
Productos dietéticos y de régimen
Sopas y pastas alimenticias
Fósforo blanco
Aguas de bebida
Análisis mínimo
Nitritos
Amoniacos
Conductividad
Cloro residual
Total
4.2.24.2 Análisis normal:
Turbidez
Temperatura
Nitritos
Amoniaco
EUROS
28,21
28,21
28,21
28,21
28,21
67,73
90,32
90,32
67,73
67,73
90,31
90,31
90,31
90,31
45,14
67,73
67,73
90,31
67,73
67,73
67,73
67,73
67,73
67,73
11,30
67,73
67,73
67,73
12,190195
9,038086
9,038086
9,038086
39,304
9,0395
9,0395
11,3019
9,0395
33
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
4.2.24.3
4.2.25
4.2.26.
4.2.27
4.2.28
4.2.29
4.2.30
4.2.31
1979
Martes 2 de febrero de 2016
EUROS
9,0395
9,0395
11,3019
16,9276
84,72
Conductividad
PH
Nitratos
Ozidabilidad al permanganato
Total
Análisis completos
los anteriores y
cloruros
sulfatos
sílice
calcio
magnesio
aluminio
residuos secos
dureza total mínima
hierro
manganeso
cobre
zinc
fósforo
sulfuro de hidrógeno
fenoles
Flúor
arsénico
cadmio
cianuro
cromo
mercurio
níquel
plomo
antimonio
selenio
plaguicidas
hidrocarburos aromáticos
Total
Humedad %
Cenizas %
Proteínas %
Grasa %
Ex. S. Magro %
Ex. S. Total
Acidez
84,7188
11,3019
9,0395
11,3019
16,9276
16,9276
16,9276
11,3019
9,0395
33,8653
33,8653
33,8653
33,8653
9,0395
9,0395
9,0395
9,0395
33,8653
33,8653
33,8653
33,8653
33,8653
33,8653
33,8653
33,8653
33,8653
56,4378
56,4378
776,769
9,04
9,04
16,93
11,30
9,04
9,04
9,04
34
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
4.2.32
4.2.33
4.2.34
4.2.35
4.2.36
4.2.37
4.2.38
4.2.39
4.2.40
4.2.41
4.2.42
4.2.43
4.2.44
4.2.45
4.2.46
4.2.47
4.2.48
4.2.49
4.2.50
4.2.51
4.2.52
4.2.53
4.2.54
4.2.55
4.2.56
4.2.57
4.2.58
4.2.59
4.2.60
4.2.61
4.2.62
4.2.63
4.2.64
4.2.65
4.2.66
4.2.67
4.2.68
4.2.69
4.2.70
4.2.71
4.2.72
4.2.73
1980
Martes 2 de febrero de 2016
EUROS
11,30
11,30
11,30
9,04
11,30
22,55
9,04
11,30
9,04
16,93
16,93
11,30
11,30
11,30
16,93
9,04
16,93
11,30
33,87
9,04
9,04
16,93
16,93
16,93
11,30
16,93
16,93
16,93
16,93
9,04
9,04
11,30
16,93
11,30
11,30
16,93
11,30
16,93
16,93
9,04
16,93
11,30
Fosfatasa
Hidroxipolina
Lactosa
Densidad
Reducatasa
Rel H/Prot
Impurezas
Nitrógeno amoniacal
Nessler
N.B.V.T.
Trimetilamina
Peróxidos
Nitritos
Nitratos
Ácido bórico
Fosfatos
Almidón
Formol
Metales pesados c/u
PH
Índice de acidez
Indice de iodo
Índice de saponificación
Índice de peróxido
Índice de refracción
Anilinas y azoderivados
Prueba de Hauchercone
Prueba de Halphen
Acidez total
Acidez fija
Acidez volátil
Grado alcohólico
Metanol
Colorantes artificiales
Salicílico
Taninos
Anhídrido sulfuroso
Azúcares reductores
Sacarosa aparente
Extracto seco total
Materia orgánica
Cloruros
35
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
4.2.74
4.2.75
4.2.76
4.2.77
4.2.78
4.2.79
4.2.80
4.2.81
4.2.82
4.2.83
4.2.84
4.2.85
4.2.86
4.2.87
4.2.88
4.3
4.3.1
4.3.2
4.3.3
4.3.4
4.3.5
4.3.6
4.3.7
4.3.8
4.3.9
4.3.10
4.3.11
4.3.12
4.3.13
4.3.14
4.3.15
4.3.16
4.3.17
4.3.18
4.3.19
4.3.20
4.3.21
4.3.22
4.3.23
4.3.24
4.3.25
4.3.26
1981
Martes 2 de febrero de 2016
Dureza total
Calcio
Magnesio
Fluoruros
Amoniacos
Nitritos
Nitratos
Demanda de cloro
Demanda biológica de oxígeno
Alcalinidad
Sulfatos
Gluten
Material mineral
Blanqueadores y madurantes
Fosfatos
Microbiología alimentaria ( muestras y parámetros )
Aguas envasadas
Leche en polvo
Leche condensada
Leche esterilizada UHT
Leche pasteurizada
Nata
Mantequilla, margarina
Queso fresco y fundido
Queso madurado
Cuajo
Yogurt
Helados
Huevos y ovoproductos
Carne y derivados cárnicos
Productos de charcutería
Jamón cocido y embutidos de jamón
Pescados y productos de la pesca
Moluscos bivalvos
Caldos y sopas deshidratadas
Platos preparados
Preparados alimenticios para regímenes
Bebidas refrescantes
Zumos de frutas y derivados
Productos de confitería, pastelería y bollería
Cacao, chocolate y derivados
Especies y condimentos
EUROS
9,04
16,93
16,93
11,30
9,04
11,30
11,30
9,04
11,30
9,04
11,30
11,30
11,30
16,93
9,04
67,73
90,31
22,55
22,55
22,55
90,31
67,73
90,31
79,01
90,31
67,73
90,31
90,31
90,31
90,31
90,31
90,31
90,31
56,438
90,31
90,31
90,31
90,31
90,31
88,53
90,31
36
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
4.3.27
4.3.28
4.3.29
4.3.30
4.3.31
4.3.32
4.3.33
4.3.34
4.3.35
4.3.36
4.3.37
4.3.38
4.3.39
4.3.40
4.3.41
4.3.42
4.3.43
4.3.44
4.3.45
4.3.46
4.3.47
4.3.48
4.3.49
4.3.50
4.3.51
4.4
4.4.1
4.4.2
4.4.2.1
4.4.2.2
4.4.3
4.4.4
4.4.5
4.4.6
4.4.6.1
4.4.6.2
4.4.7
4.4.8
4.4.9
4.4.10
4.4.11
4.4.12
1982
Martes 2 de febrero de 2016
Mayonesa y otras salsas
Té y derivados
Conservas y semiconservas
Comedores colectivos
Rto. aerobios
Rto. Anaerobios
Rto. esporos y aerobios
Rto. esporos y anaerobios
Rto. mohos levaduras
Rto. enterobacterias
Rto. coliformes
Intg. escherichia coli
Intg. salmonella
Intg. shigella
Rto. estafilococos aureos
Rto. estreptococos B
Rto. basilius cereus
Rto. Clostridium sulfito reductores
Rto. Esporos clostridium sulfito-reductores
Rto. Clostridium perfringes
Rto. esporos clostridium prefingens
Rto. Lipolíticos
Rto. halófilos
Intg. Urbrio choleare
Intg. Listerias
Microbiología Química ( muestras )
Urinocultivo
Coprocultivos:
Int. salmonella
Completo (sin campubacter)
Intg. huevos y parásitos en heces
Intg. parásitos hemáticos
Exudado uretral/vaginal/anal
Exudado faríngeo/nasal:
Intg. Estafilococo aureus
Completo
Esputo: cultivo (no Mycobacterias)
L.C.R.
Antibiograma
Investg. Clamydias:IF (lesión)
Investg. Herpes 1 y 2: IF (lesión)
Aglutinaciones a salmonella
EUROS
90,31
90,31
90,31
90,31
11,30
11,30
11,30
11,30
11,30
11,30
11,30
11,30
22,55
22,55
11,30
11,30
11,30
11,30
11,30
11,30
11,30
11,30
11,30
22,55
22,55
11,84
22,55
45,143
22,55
11,30
33,87
16,93
33,87
67,73
22,55
11,30
28,21
28,21
16,93
37
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
4.4.13
4.4.14
4.4.15
4.4.16
4.4.17
4.5
4.5.1
4.5.2
4.5.3
4.5.4
4.5.5
4.5.6
4.5.7
4.5.8
4.5.9
4.5.10
4.5.10.1
4.5.10.2
4.5.10.3
4.5.11
4.5.11.1
4.5.12
4.5.13
5.
5.1
5.1.1
5.1.2
5.1.3
5.1.4
5.2
5.2.1
5.2.2
5.2.3
5.3
5.4
5.4.1
5.4.2
1983
Martes 2 de febrero de 2016
Observación microscópica:Gram
Observación microscópica: Zhiel Neben
Observación microscópica: Giemsa
Observación microscópica: Fresco
Serotipado de gérmenes
Microbiología Ambiental ( parámetros y muestras )
Colimetría
Intg. Escherichia coli
Estreptometría
Clostridiometría
Int. salmonella
Int. Shigella
Rto. aerobios 37ºC/22ºC
Intg. Stafilococos aureus
Intg. dermatofitos
Agua de bebida:
Análisis mínimo: colimetría
Análisis normal: Colimetría, estreptometría. Clostridiometría
y Rto. aerobios 37ºC
Análisis completo: colimetría, estreptometría,clostriciometría.
Rto. aerobios 37º y 22º, intg. salmonella e Intg. Shigella.
Agua de mar/playa:
Colimetría y estreptometría
Agua de piscina. colimetría, estreptometría, Rto. aerobios 37º
y 22ºC Intg. Estafilococos aureus. Intg. Dermatofitos
Arenas: colimetría, estreptometría, Rto. aerobios 37º y 22ºC
Intg. Estafilococos aureus. Intg. Dermatofitos
Inspección veterinaria en mataderos
Industrias cárnicas.
Fábricas de embutidos kg. elaborado
Chacinerías menores kg. elaborado
Taller de tripas y almacén de tripas kg. pdto. terminado
Plantas fundidoras de grasas kg. pdto. terminado
Industria de huevos
Almacén al por mayor huevos docena
Centro de clasificación de huevos, caja de 30 docenas
Ovoproductos, kg. de pdto. terminado
Catering. Cocinas colectivas y platos preparados, kg.
elaborado
Almacén frigorífico (según capacidad en m3 y mes)
Menos de 500 metros cúbicos
De 500 a 2000 metros cúbicos
EUROS
11,30
11,30
11,30
9,04
22,55
11,30
11,30
11,30
11,30
22,55
22,55
9,04
11,30
22,55
11,30
45,143
90,31
22,58
67,73
67,73
0,007585
0,007585
0,007585
0,007585
0,007585
0,121065
0,022755
0,022755
45,143
67,73
38
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
5.4.3
5.4.4
5.4.5
5.5
5.5.1
5.5.2
5.5.3
5.5.4
5.5.5
5.6
5.6.1
5.6.2
5.6.3
5.6.4
5.6.5
5.6.6
5.6.7
5.7
5.8
5.9
5.10
5.10.1
5.10.2
5.10.2.1
5.10.2.2
5.10.2.3
5.10.3
5.10.4
5.10.5
5.10.5.1
5.10.5.2
5.10.6
5.10.6.1
5.10.6.2
5.10.7
5.10.8
5.11.
5.11.1
5.11.2
1984
Martes 2 de febrero de 2016
De 2001 a 5000 metros cúbicos
De 5001 a 10000 metros cúbicos
Más de 10000 metros cúbicos
Industrias Lácteas
Leche pasteurizada 100 litros
Leche esterilizada 100 litros
Leche concentrada litro
Leche condensada, kg.
Leche en polvo, kg.
Industrias de productos lácteos
Natas, mantequillas, kg.
Cuajada, litro
Queso, kg.
Yogurt, litro
Batidos, litro
Suero en polvo
Fábrica de pdtos. lácteos no grasos. Margarina, minerales,
etc.:kg.
Fábricas y elaboradores de helados litro
Industrias de preparados lácteos, flanes, natillas postres, litro
Envasadores de miel, kg
Industrias de pesca
Sala de manipulación de pescado, kg.
Vivero-Cetárea
Molusco, depuración o industrialización, kg.
Molusco, destino venta directa sin transformación, kg.
Crustáceos, kg.
Piscifactoría-Astacicultura, kg
Depuradoras, kg.
Cocederos
Mejillones, kg.
Otros productos
Semiconservas
Anchoas y similares, kg
Boquerones y otros pdtos. en vinagre
Salazones, kg.
Ahumados, kg.
Reconocimiento en vivo y postmortem de cerdos para
matanzas domiciliarias
En matadero y horario de matanza
En matadero y horas planificadas y fuera del horario de
matanza
EUROS
90,31
135,45
169,31
0,022755
0,121065
0,007585
0,007585
0,007585
0,007585
0,007585
0,007585
0,007585
0,007585
0,007585
0,181
0,007585
0,007585
0,007585
0,007585
0,007585
0,007585
0,007585
0,007585
0,007585
0,007585
0,007585
0,007585
0,007585
0,007585
0,007585
2,26
3,38
39
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
1985
Martes 2 de febrero de 2016
5.11.3 En domicilio días laborables
5.11.4 En domicilio, domingos y festivos
5.12 Expedición de documento oficial, necesario para formalizar
declaraciones sanitarias para circular
5.12.1 Carnes
5.12.1.1 Hasta 100 kg.
5.12.1.2 De 101 a 1.000 kg.
5.12.1.3 De 1.001 a 10.000kg.
5.12.1.4 De 10.000 en adelante
5.12.2 Producto cárnico (chacinería, fiambres y salazones)
5.12.2.1 Hasta 100 kg.
5.12.2.2 De 101 a 1.000 kg.
5.12.2.3 De 1.001 a 10.000.- kg.
5.12.2.4 De 10.000 en adelante
5.12.3 Caza menor
5.12.3.1 Hasta 100 kg.
5.12.3.2 De 101 a 1000 kg.
5.12.3.3 De 1001 a 10.000 kg.
5.12.4 Declaraciones sanitarias para circulación de pescado
5.12.4.1 Hasta 100 kg.
5.12.4.2 De 101 a 1.000 kg.
5.12.4.3 De 1.001 a 10.000 kg.
5.12.5 Declaraciones sanitarias para circulación de huevos
5.12.5.1 Hasta 100 docenas
5.12.5.2 De 101 a 1.000 docenas
5.12.5.3 De 1.001 a 10.000 docenas
5.12.6 Declaraciones sanitarias para circulación de leche, pdtos
lácteos
5.12.6.1 Hasta 100 kg.
5.12.6.2 De 101 a 1.000 kg.
5.12.6.3 De 1.001 a 10.000 kg.
5.12.6.4 De 10.001 en adelante
7 Actividades de asistencia sanitaria
7.1 Por el estudio e informe previo a la resolución de los
expedientes de autorización administrativa de creación,
ampliación, modificación, permiso de funcionamiento,
traslado o cierre de centros, servicios y establecimientos
sanitarios
7.1.1 Consultorios médicos
7.1.2 Otros consultorios de profesionales sanitarios
7.1.3 Hospitales para asistencia enfermos agudos
7.1.4 Hospitales para asistencia enfermos crónicos
EUROS
6,78
11,30
1,13
1,71
2,84
3,96
1,13
3,38
5,64
11,30
1,13
3,38
5,64
1,13
3,38
5,64
1,13
3,38
5,64
1,13
3,38
5,64
7,91
56,44
28,21
564,38
225,76
40
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
1986
Martes 2 de febrero de 2016
7.1.5 Otros centros, servicios y establecimientos sanitarios
7.2 Acreditación de centros y servicios sanitarios asistenciales
(primera vez que se solicita)
7.2.1 Hospitales de agudos hasta 100 camas
7.2.2 Hospitales de agudos, exceso sobre 100 camas
7.2.3 Hospitales de crónicos
7.2.4 Hospitales de crónicos, exceso
7.3 Renovaciones de acreditaciones de centros y servicios
sanitarios asistenciales
7.3.1 Hospitales de agudos hasta 100 camas
7.3.2 Hospitales de agudos, exceso sobre 100 camas
7.3.3 Hospitales de crónicos
7.3.4 Hospitales de crónicos, exceso
7.4 Inspección de centros, servicios y establecimientos de
asistencia sanitaria
7.4.1 Consultorios médicos, petición de titular
7.4.2 Consultorios de otros profesionales sanitarios a petición de
titular
7.4.3 Hospitales agudos a petición del titular
7.4.4 Hospitales crónicos a petición del titular
7.4.5 Otros centros, servicios o establecimientos de asistencia
primaria
7.5 Inspección farmacéutica
7.5.1 Por informes sobre condiciones del local, instalaciones y
utillaje para la autorización de apertura o traslado de servicios
farmacéuticos
7.5.1.1 Oficina de farmacia
7.5.1.2 Botiquín, depósito de medicamentos
7.5.1.3 Servicio de farmacia hospitalaria
7.5.1.4 Almacén de distribución
7.5.2 Toma de posesión del farmacéutico, títulos, regente o
copropietario
7.5.3 Toma de posesión del farmacéutico agregado
7.5.4 Visita anual ordinaria
8 Actividades de servicios sociales
8.1 Autorización administrativa de la creación o modificación de
centros de asistencia y servicios sociales
8.1.1 Consultas previas
8.1.2 Residencias
8.1.3 Centros de día
8.2 Acreditación de centros y servicios sociales (primera vez que
se solicite)
EUROS
112,90
22,55
5,64
11,30
2,85
11,30
2,85
5,64
1,71
56,44
33,87
282,20
169,31
112,90
169,31
33,87
225,76
564,38
56,44
22,55
33,87
56,44
169,31
112,90
41
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
1987
Martes 2 de febrero de 2016
8.2.1 Residencia hasta 50 plazas
Exceso sobre 50 plazas
8.2.2 Centros de día
8.3 Renovaciones de acreditaciones de centros y servicios
sociales
8.3.1 Residencia hasta 50 plazas
Exceso sobre 50 plazas
8.3.2 Centros de día
8.4 Inspección de centros de asistencia y servicios sociales
8.4.1 Realizadas a petición de la entidad titular del centro o
servicio: Por inspección o día de inspección cuando se
requiera más de uno
8.4.2 De oficio
EUROS
5,64
1,37
56,44
2,85
0,84
28,21
79,01
33,87
Tasas de inspección y control sanitario de carnes frescas
Artículos 136 a 142 D.L. 1/1994, de 29 de julio
EUROS
1. Actividades conjuntas de inspección y control sanitario "ante
mortem", "post mortem",
estampillado de los canales,
cabezas, lenguas, pulmones, hígados, etc e investigación de
residuos
1.1 Bovino
1.1.1 Mayor con más de 218 kg.
1.1.2 Menor con menos de 218 kg.
1.2 Solípedos/équidos de kg. indefinido
1.3 Porcino
1.3.1 Comercial de más de 10 Kg.
1.3.2 Lechones de menos de 10 kg.
1.4 Ovino y caprino
1.4.1 Con más de 18 kg.
1.4.2 Entre 12 y 18 kg.
1.4.3 De menos de 12 kg.
1.5 Aves de corral
1.5.1 Aves adultas pesadas con más de 5 Kg.
1.5.2 Aves de corral jóvenes de engorde con más de 2 kg.
1.5.3 Pollos y gallinas de carne y demás aves de corral jóvenes de
engorde con menos de 2 kg.
1.5.4 Gallinas de reposición
2. Inspección y control sanitario en las salas de despiece, incluido
el etiquetado y marcado de piezas obtenidas de los canales
2,92
1,65
2,86
0,83
0,144
0,346
0,2306
0,120
0,026152
0,022548
0,006676
0,006676
1,916
/Tm
42
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
1988
Martes 2 de febrero de 2016
3. Actividades de control e inspección sanitaria de la entrada,
salida y conservación de carnes frescas y expedición del
certificado de inspección sanitaria que deberá acompañar a las
carnes hasta su lugar de destino. Por TM de peso real
3.1 Control e inspección sanitaria de operaciones de entrada en
almacén
3.2 Control e inspección sanitaria de operaciones de salida incluido el
certificado de inspección sanitaria
3.3 Por cada visita destinada al control e inspección sanitaria de la
conservación de las carnes en almacén
1,916
1,916
1,916
Tasa por la inscripción en el registro regional de empresas turísticas.
Artículos 147 a 150 D.L. 1/1994, de 29 de julio
EUROS
11,37
Cuota única
Tasas de agencias de viajes
Artículos 151 a 154 D.L. 1/1994, de 29 de julio.
1. Otorgamiento de título-licencia, con publicación de la Orden
en el B.O.C.
2. Autorización de apertura de sucursal de Agencia de Viajes
canaria
3. Autorización de apertura de Agencia de Viajes no canaria
4. Autorización cambio de domicilio de Agencia de Viajes
(Central o Sucursal)
5. Diligencia de libro de inspección
6. Diligencia de hojas de reclamaciones
EUROS
71,16
36,99
36,99
36,99
2,86
2,86
Tasa por infraestructura
Artículos 155 a 158 D.L. 1/1994, de 29 de julio.
EUROS
70,21
1. Cuota única
43
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
1989
Martes 2 de febrero de 2016
Tasas de la Escuela Oficial de Turismo de Canarias
Artículos 159 a 162 D.L. 1/1994, de 29 de julio
1 Apertura de expediente por alumnos de Escuelas Privadas de
Turismo en la Escuela Oficial de Turismo de Canarias
2. Expedición de certificados por la Escuela Oficial de Turismo
de Canarias
3. Derecho de inscripción en la Escuela Oficial de Turismo de
Canarias, por alumnos de Escuelas Privadas de Turismo
4. Inscripción, por los alumnos de las Escuelas Privadas de
Turismo, en las pruebas de evaluación final convocadas por la
Escuela Oficial de Turismo de Canarias
4.1 Prueba completa
4.2 Grupos pendientes
5. Expedición del título oficial de Técnico de Empresas y
Actividades Turísticas, por la Escuela Oficial de Turismo de
Canarias
6. Servicio académico de impartición por la Escuela Oficial de
Turismo de Canarias de enseñanzas conducentes a la obtención
del título de Técnico de Empresas y Actividades Turísticas
6.1 Curso completo
EUROS
8,07
4,97
8,07
94,88
46,49
46,49
496,24
Tasas por servicios administrativos
Artículos 163 a 166 D.L. 1/1994, de 29 de julio
Inscripción en pruebas de habilitación de Guías de Turismo
en cualquiera de sus modalidades
EUROS
40,60
Tasa por homologación de acciones formativas Academia Canaria de Seguridad
Artículos 167 a 170 D.L. 1/1994, de 29 de julio
EUROS
46,91
Cuantía
Tasas por la prestación de determinados servicios de búsqueda, rescate y salvamento realizados
por el Grupo de Emergencias y Salvamento de la Comunidad Autónoma de Canarias
44
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Tasa por homologación de acciones formativas Academia Canaria de Seguridad
Artículos 167 a 170 D.L. 1/1994, de 29 de julio
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
1990
Martes 2 de febrero de 2016
EUROS
46,91
Cuantía
Tasas por la prestación de determinados servicios de búsqueda, rescate y salvamento realizados
por el Grupo de Emergencias y Salvamento de la Comunidad Autónoma de Canarias
Artículos 171 a 175 D.L. 1/1994, de 29 de julio
44
1
1.1
2
2.1
2.2
2.3
2.4
EUROS
/HORA
Medios humanos
por cada integrante del G.E.S.
Medios materiales
Por cada helicóptero
Por cada vehículo, exceptuando el P.M.A.
Por la salida del Puesto de Mando Avanzado (P.M.A.)
Por cada embarcación
37,83
2.101,81
42,04
315,27
315,27
Tasas de la Agencia Canaria de Calidad Universitaria y Evaluación Educativa
Artículos 176 a 179 D.L. 1/1994, de 29 de julio
EUROS
31,53
Cuantía
Tasas por actuaciones de la Administración Tributaria Canaria
Artículos 180 a 184 D.L. 1/1994 de 29 de julio
EUROS
1
2
3
La autorización de aplicación del régimen de deducción común al conjunto de
actividades empresariales o profesionales diferenciadas realizadas por el mismo
sujeto pasivo al que se refiere el artículo 4 del Reglamento de gestión de los tributos
derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, aprobado por Decreto
268/2011, de 4 de agosto.
La autorización de sustitución de los libros registros por sistemas de registros
diferentes, incluso por un sistema informático, así como la modificación de los
requisitos exigidos para las anotaciones registrales, en los términos previstos por la
normativa reguladora del respectivo tributo.
La autorización para abandonar los bienes o para proceder a su destrucción en los
términos del artículo 106 del Reglamento de gestión de los tributos derivados del
Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
94,59
94,59
94,59
45
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
1991
Martes 2 de febrero de 2016
EUROS
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
La autorización para la destrucción de las labores del tabaco bajo control de la
Administración Tributaria Canaria en los términos del artículo 25 de la Orden de 9 de
mayo de 2011, de desarrollo de la Ley 1/2011, de 21 de enero, del Impuesto sobre las
Labores del Tabaco y otras Medidas Tributarias
La autorización de llevanza de las obligaciones señaladas en las letras b), c) y d) del
apartado 1 del artículo 48 del Reglamento de gestión de los tributos derivados del
Régimen Económico y Fiscal de Canarias en el domicilio fiscal en los casos previstos
en el apartado 3 del citado artículo.
La vigilancia del reconocimiento físico de la mercancía en los términos previstos en
el artículo 87 del Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen
Económico y Fiscal de Canarias.
La vigilancia de la extracción de muestras en los términos previstos en el artículo 87
del Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal
de Canarias.
La autorización de un régimen especial de importación o su renovación, modificación
o cancelación.
El reconocimiento de entidad o establecimiento de carácter social a que se refiere el
artículo 12.2. del Real Decreto 2538/1994, de 29 de diciembre, por el que se dictan
normas de desarrollo relativas al Impuesto general Indirecto Canario.
La autorización para la puesta en funcionamiento de una tienda libre de impuestos.
La solicitud para el disfrute de una exención prevista en la normativa del respectivo
tributo.
La inscripción en el Registro de Fabricantes, Titulares de depósitos y operadores del
Impuesto sobre las Labores del Tabaco previsto en el artículo 31 de la Orden de 9 de
mayo de 2011, de desarrollo de la Ley 1/2011, de 21 de enero, del Impuesto sobre las
Labores del Tabaco y otras Medidas Tributarias.
La autorización de Depósitos y Depósitos fiscales previstos en la normativa
reguladora del respectivo tributo o la modificación de los mismos.
El diligenciado de libros exigidos por la normativa reguladora de los respectivos
tributos.
La emisión de consultas vinculantes.
La emisión de la certificación prevista en el artículo 175.2 de la Ley 58/2003, de 17
de diciembre, General Tributaria.
El reconocimiento de la aplicación del tipo cero del Impuesto General Indirecto
Canario en las entregas y ejecuciones de obra de equipamiento comunitario, en los
términos establecidos en el artículo 52 i) y j) de la ley 4/2012, de 25 de junio, de
medidas administrativas y fiscales.
94,59
94,59
136,62
136,62
115,59
94,59
115,59
94,59
94,59
152,38
52,55
152,38
94,59
94,87
Tasas por la expedición de los certificados de profesionalidad y acreditación de unidades de
competencia
46
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
14
15
16
17
reguladora del respectivo tributo o la modificación de los mismos.
152,38
El diligenciado de libros exigidos por la normativa reguladora de los respectivos
tributos.
52,55
La emisión de consultas vinculantes.
152,38
La emisión de la certificación prevista en el artículo 175.2 de la Ley 58/2003, de 17
de diciembre,
Tributaria.
94,59
Boletín
Oficial de General
Canarias núm.
21
1992
Martes 2 de febrero
de 2016
El reconocimiento de la aplicación del tipo cero del Impuesto General Indirecto
Canario en las entregas y ejecuciones de obra de equipamiento comunitario, en los
términos establecidos en el artículo 52 i) y j) de la ley 4/2012, de 25 de junio, de
medidas administrativas y fiscales.
94,87
Artículos 185 a 189 D.L. 1/1994 de 29 de julio
Tasas por la expedición de los certificados de profesionalidad y acreditación de unidades de
competencia
EUROS
1
Expedición
Artículos 185 a 189 D.L. 1/1994 de 29 de julio
1.1 Certificado de Profesionalidad
22,89
1.2 Acreditación Parcial de unidades de competencia
15,60
46 (por cada unidad)
EUROS
1.3 Duplicado de certificado o acreditación parcial
15,60
1
Expedición
1.1 Certificado de Profesionalidad
22,89
1.2 Acreditación Parcial de unidades de competencia (por cada unidad)
15,60
1.3 Duplicado de certificado o acreditación parcial
15,60
Tasa por la utilización o el aprovechamiento de los bienes y derechos afectos al servicio de la
Administración de Justicia
Artículos 190 al 195 D.L. 1/1994 de 29 de julio
Tasa por la utilización o el aprovechamiento de los bienes y derechos afectos al servicio de la
Administración de Justicia
EUROS
2
Tasa por utilización de plazas de aparcamientos en sedes judiciales,
Artículos 190 al 195 D.L. 1/1994 de 29 de julio
cuyo hecho imponible está constituido por la utilización de tales plazas.
Mensual
52,55
EUROS
3
Tasa por utilización privativa o el aprovechamiento especial de
2
Tasa porotra
utilización
deotra
plazas
de aparcamientos
judiciales,
cualquier
superficie
superficie
de los bienesendesedes
la Comunidad
cuyo
hecho
imponible
está
constituido
por
la
utilización
de
tales
plazas.
Autónoma de Canarias afectos al servicio público de la justicia. Anual
Mensual
52,55
2
63,05
+6 x c/1000cm
3
Tasa
por
utilización
privativa
o
el
aprovechamiento
especial
de
4
Tasa por la explotación económica de máquinas fotocopiadoras
cualquieren
otra
otra superficie
losx bienes
de la Comunidad
instaladas
lassuperficie
sedes judiciales.
Anual + de
0,05
nº fotocopia
63,05
Autónoma de Canarias afectos al servicio público de la justicia. Anual
63,05
+6 x c/1000cm2
Tasa por la inscripción en el registro de mediadores dependiente de la
4
Tasa
por
la
explotación
económica
de
máquinas
fotocopiadoras
Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad
instaladas en las sedes judiciales. Anual + 0,05 x nº fotocopia
63,05
Artículos del 196 al 201 D.L. 1/1994 de 29 de julio
Tasa por la inscripción en el registro de mediadores dependiente de la
Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad
1Artículos
Inscripción
del 196 al 201 D.L. 1/1994 de 29 de julio
2
Anotaciones posteriores
EUROS
52,55
26,28
EUROS
Tasas
por
la
realización
de
actividades
competencia
del
Tribunal
Administrativo
de
1
Inscripción
52,55
Contratos
Públicos
de
la
Comunidad
Autónoma
de
Canarias
2
Anotaciones posteriores
26,28
Artículos 202 al 206 D.L. 1/1994 de 29 de julio
Tasas por la realización de actividades competencia del Tribunal Administrativo de
Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de47
Canarias
Artículos 202 al 206 D.L. 1/1994 de 29 de julio
47
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326
4
Tasa por la explotación económica de máquinas fotocopiadoras
instaladas en las sedes judiciales. Anual + 0,05 x nº fotocopia
63,05
Tasa por la inscripción en el registro de mediadores dependiente de la
Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad
Boletín Oficial de Canarias núm. 21
Artículos del 196 al 201 D.L. 1/1994 de 291993
de julio
1
2
Martes 2 de febrero de 2016
EUROS
52,55
26,28
Inscripción
Anotaciones posteriores
Tasas por la realización de actividades competencia del Tribunal Administrativo de
Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias
Artículos 202 al 206 D.L. 1/1994 de 29 de julio
47
Por cada recurso especial, reclamación o cuestión de nulidad que
se someta al conocimiento y resolución del Tribunal
Administrativo de Contratos Públicos de la C.A.C.
EUROS
630,54
Tasa por las inscripciones y modificaciones en el Registro de Entidades Deportivas
de Canarias.
Artículos 207 a 210 D.L. 1/1994 de 29 de julio
1
2
3
4
EUROS
2,37
4,27
3,32
2,37
Por inscripción del club
Por certificaciones
Por diligenciado de libros
Por compulsa
Tasa por la utilización de los salones de actos de los Edificios de Usos Administrativos
Artículos 211 al 215 D.L. 1/1994 de 29 de julio
1
2
3
Salón con capacidad hasta 100 plazas.
Salón con capacidad de más de 100 plazas y hasta 300
Salón con capacidad de más de 300 plazas
EUROS / día
o fracción
315,27
525,45
788,18
48
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2016-021-326