PROVINCIA DEL NEUQUÉN REPÚBLICA ARGENTINA AÑO XVC Neuquén, 05 de Febrero de 2016 EDICIÓN Nº 3508 GOBERNADOR: Cr. OMAR GUTIÉRREZ VICEGOBERNADOR: Cr. ROLANDO CEFERINO FIGUEROA Ministro de Gobierno y Justicia: Sr. MARIANO GAIDO Ministro de Seguridad, Trabajo y Ambiente: Sr. JORGE ANTONIO LARA Ministro de Educación: Prof. CRISTINA ADRIANA STORIONI Ministro de Ciudadanía: Prof. GUSTAVO DANIEL ALCARAZ Ministro de Economía e Infraestructura: Lic. NORBERTO ALFREDO BRUNO Ministro de Producción y Turismo: Ing. JOSÉ RICARDO BRILLO Ministro de Salud y Desarrollo Social: Bq. RICARDO ANDRÉS CORRADI DIEZ Ministro de Energía, Servicios Públicos y Ing. ALEJANDRO ABEL NICOLA Recursos Naturales: Dirección y Administración: M. Belgrano 439 0299-4422704/4495419/4495555 - Int. 6116 (8300) Neuquén (Cap.) www.neuquen.gov.ar E-mail: [email protected] Directora: Sra. Contreras Gladys Noemí PAGINA 2 OFICIAL BOLETIN DECRETOS SINTETIZADOS AÑO 2015 A partir del 10 de diciembre de 2015 0064 - Aprueba la Estructura Orgánico Funcional del Ministerio de Seguridad, Trabajo y Ambiente. 0068 - Aprueba la Estructura Orgánico Funcional de la Subsecretaría de Hacienda dependiente del Ministerio de Economía e Infraestructura. 0069 - Aprueba la Estructura Orgánico Funcional de la Contaduría General de la Provincia. 0072 - Designa Subsecretario de Fortalecimiento Institucional dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia. 0079 - Designa en la planta política de la Unidad Provincial de Enlace y Ejecución de Proyectos con Financiamiento Externo a las personas detalladas en el Anexo I. 0081 - Aprueba la Estructura Orgánico Funcional de la Agencia de Desarrollo Urbano Sustentable. 0119 - Aprueba la Estructura Orgánico Funcional de los distintos niveles operativos del Instituto Provincial de Juegos de Azar. 0165 - Modifica el Artículo 2º y el Anexo II del Decreto Nº 58/15, que aprueba la Estructura Orgánico Funcional de la Secretaría de Planificación y Acción para el Desarrollo del COPADE. 0179 - Asigna un Aporte de Capital a favor de la Corporación Forestal Neuquina S.A. - CORFONE S.A., destinado a financiar la extracción y el acopio de leña en el operativo 2016. 0180 - Autoriza y aprueba la locación de un inmueble destinado al funcionamiento del Archivo General de la Dirección Provincial de Registro Civil y Capacidad de las Personas y la Seccional Nº 1590 - 1º Sección, dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia. 0181 - Aprueba las actuaciones correspondientes a la Licitación Pública Nº 86, para la contratación del servicio de racionamiento de alimentos en cocido y alimentación enteral, en el Hospital Cutral-Có - Plaza Huincul. 0183 - Autoriza un incremento de los fondos asignados al programa “Subsidio Social Transitorio”, aprobado en el ámbito del Ministerio de Salud y Desarrollo Social. Neuquén, 05 de Febrero de 2016 0184 - Autoriza un incremento de los fondos asignados a los programas sociales “Protección Integral a la Niñez y Adolescencia” ,“Protección Integral al Adulto y la Familia” y “Protección Integral al Adulto Mayor”. 0185 - Designa al Ing. José Ricardo Brillo y/o al Cr. Marcelo Julián Raimondo en representación del Estado Provincial del Neuquén, a concurrir a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias que convoque la Empresa de Promoción Turística del Neuquén (NeuquénTur S.E.). AÑO 2016 0024 - Designa al Ministro de Economía e Infraestructura, Lic. Norberto A. Bruno, como representante titular y al Subsecretario de Ingresos Públicos, Lic. Alejandro Monteiro, como representante suplente, para concurrir en nombre y representación del Poder Ejecutivo Provincial, a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias que convoque Fiduciaria Neuquina S.A.. 0030 - Ratifica en todas sus partes el Acta de Comité Evaluador actuante en el llamado a Concurso Interno Abierto, por imperio del Decreto Nº 2019/15, en la Dirección Provincial de Estadística y Censos. 0038 - Establece modificaciones en la Estructura Orgánico Funcional del Ministerio de Educación, aprobada por Decreto Nº 0048/15. 0039 - Establece modificaciones en la Estructura Orgánico Funcional del Consejo Provincial de Educación, aprobada por Decreto Nº 0049/15. 0041 - Otorga a la Fundación Banco Provincia del Neuquén un Aporte Económico No Reintegrable, destinado a financiar parte del gasto salarial, funcionamiento y logística de la Orquesta Sinfónica de la Provincia del Neuquén. 0042 - Dispone la cesación de los servicios del Subcomisario Gabriel Fonterosa para pasar a situación de retiro obligatorio, de acuerdo a lo establecido en la Ley 1131. 0043 - Dispone la cesación de los servicios de la Subcomisario Mirta Gladys Vázquez para pasar a situación de retiro obligatorio, de acuerdo a lo establecido en las Leyes 1131 y 0715. 0044 - Limita los servicios del personal policial que se detalla en el Artículo 1º, para pasar a usufructuar los beneficios del retiro voluntario, conforme lo normado en la Ley 1131. Neuquén, 05 de Febrero de 2016 BOLETIN OFICIAL 0045 - Dispone la destitución por cesantía al Subcomisario Nisaldo Enrique Peña Bustamante por incurrir en la comisión de las faltas previstas en el Reglamento del Régimen Disciplinario Policial. 0046 - Otorga a la Municipalidad de Villa El Chocón un Aporte No Reintegrable, destinado a la adquisición de un vehículo tipo Autobomba para el Cuartel de Bomberos Municipales de la localidad. 0049 - Establece la división del Distrito Escolar IV - Junín de los Andes y crea el Distrito Escolar XI - Aluminé, facultando al Consejo Provincial de Educación a efectuar el reordenamiento dentro del radio que abarcarán los mismos. 0050 - Delega el Gobierno de la Provincia a partir del día 21 de enero de 2016, en la Vicepresidente 1° de la Honorable Legislatura Provincial, Diputada Alma Liliana Sapag. 0051 - Otorga a la Asociación Deportiva Centenario “Fideicomiso Asociación Deportiva Centenario” un Aporte Económico, destinado a la participación de dicha institución en la Liga Argentina de Voley, Temporada 2015-2016. 0052 - Reasume en el ejercicio de sus funciones el Gobernador de la Provincia del Neuquén, Cr. Omar Gutiérrez, a partir del 24 de enero de 2016. 0053 - Declara de Interés Provincial la carrera “Laníncorre 2º Edición”. 0054 - Destituye por exoneración al Sargento Primero Sánchez Maximiliano Ezequiel por haber incurrido en falta prevista en el Reglamento del Régimen Disciplinario Policial. 0055 - Dispone la destitución por cesantía del cabo de policía Zapata Marcos Javier, por haber incurrido en la comisión de faltas previstas en el Reglamento del Régimen Disciplinario Policial. 0056 - Prorroga para los meses de enero y febrero de 2016, el cupo de guardias activas y pasivas profesionales, técnicas y auxiliares en dependencias de la Subsecretaría de Salud. 0058 - Aprueba las actuaciones correspondientes a la prórroga del servicio de recolección, tratamiento y disposición final de residuos patógenos, con destino a distintos servicios asistenciales de la Provincia, dependientes de la Subsecretaría de Salud. 0059 - Otorga a la Municipalidad de San Patricio del Chañar un Aporte No Reintegrable para solventar los gastos de sonido e iluminación necesarios para el desarrollo de la XXX Edición de la Fiesta Provincial y Regional del Pelòn. PAGINA 3 0060 - Aprueba la documentación obrante en el Expediente Nº 5844-000595/14 - Alc. 07/2015, sobre alteraciones de la obra: Albergue C.P.E.M. Nº 83 - Remodelación - Taquimilán, que ejecuta la empresa Castro Mariela Noemí. 0061 - Otorga un Aporte No Reintegrable a la Agencia para la Promoción y Desarrollo de Inversiones del Neuquén Sociedad del Estado Provincial, para solventar gastos de funcionamiento. 0062 - Aprueba la documentación obrante en el Expediente Nº 5844-000372/14 - Alc. 012/2015, sobre alteraciones en la obra: C.P.E.M. Nº 30 Ampliación I Etapa - El Huecú, que ejecuta la Empresa Limayser S.R.L.. 0063 - Rectifica las coordenadas establecidas en el Anexo I del Decreto Nº 2542/15, conforme el Anexo I del presente Decreto. 0064 - Rechaza en todos sus términos el reclamo administrativo interpuesto por la señora Verónica Liliana Mercado, por el cual solicita se le reconozca de carácter remunerativo y bonificable a la asignación otorgada por Decreto Nº 0753/10. 0065 - Rechaza en todos sus términos el reclamo administrativo interpuesto por el señor Juan Alberto Lezcano y otros agentes de la Administración Pública Provincial detallados en el Anexo Único, por el cual solicitan se les reconozca de carácter remunerativo y bonificable a la asignación otorgada por Decreto Nº 0753/10. 0066 - Otorga un Aporte al Programa Provincial de Asistencia a la Comunidad y al Programa Políticas de Promoción Comunitaria, correspondiente al período enero de 2016. 0067 - Aprueba las actuaciones correspondientes a la Licitación Pública Nº 18/15, destinada a la adquisición de carne para abastecer los Centros de Alimentos asistidos por el Ministerio de Salud y Desarrollo Social. 0068 - Autoriza a la Dirección Provincial de Administración de la Subsecretaría de Salud, a efectuar el llamado a Licitación Pública para la adquisición de medicamentos inmunosupresores, con destino al Hospital Provincial Dr. Castro Rendón. 0069 - Designa al Ing. José Ricardo Brillo y/o al señor Carlos Daniel Pereyra Gómez, para que en nombre y representación del Poder Ejecutivo Provincial, concurran indistintamente a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias que convoque la Zona Franca Zapala S.A.. 0070 - Autoriza la modificación de la denomi- PAGINA 4 OFICIAL BOLETIN nación del C.U.I.T., del Ministerio de Desarrollo Territorial a Ministerio de Producción y Turismo y del Ministerio de Energía y Servicios Públicos a Ministerio de Energía, Servicios Públicos y Recursos Naturales. 0071 - Deroga los Decretos Nº 0189/11; Nº 1767/12; modifica el Artículo 4º del Decreto Nº 1641/10; designa como Presidente y miembro titular del Consejo de Administración del Fideicomiso Aeronáutico al Sr. Gastón Enrique Vilo; como miembros titulares a los señores Rubén H. Carreta, Fernando Ramiro Benítez y como miembros suplentes a los señores Mauricio Iriartte Ganeau y Duilio Darío Cuevas. 0072 - Otorga un Aporte al Subsidio Provincial para la Desocupación Laboral, correspondiente al mes de enero de 2016. CONTRATOS LlMAY CONSULTORES S.R.L. Se hace saber que por instrumento constitutivo de fecha 1º de diciembre de 2015, se ha constituido una sociedad bajo la denominación de “Limay Consultores Sociedad de Responsabilidad Limitada”. Socios: Riquelmes Miriam Silvana, argentina, soltera, nacida el 24 de abril de 1978, DNI número 26.596.938, de profesión Licenciada en Saneamiento y Protección Ambiental, con domicilio en América N° 2.791, Barrio Confluencia Rural de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén; Gilardi Leonardo Mario, argentino, divorciado, nacido el 28 de agosto de 1968, DNI número 20.436.196, de profesión Prestador de Servicios Ambientales, con domicilio en Lago Aluminé, Manzana C4, Casa 12, Parque Industrial de la ciudad de San Patricio del Chañar, Provincia del Neuquén y Bonenti Marisel Fernanda, argentina, soltera, nacida el 4 de octubre de 1977, DNI número 26.080.883, de profesión Licenciada en Saneamiento y Protección Ambiental, con domicilio en Lote N° 29, Barrio Finca Laguna Blanca de la ciudad de Plottier, Provincia del Neuquén. Domicilio de la Sociedad: La sociedad tendrá su sede social en la calle América N° 2.791, Barrio Confluencia Rural de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia y/o de terce- Neuquén, 05 de Febrero de 2016 ros y/o asociada a terceros o con la colaboración de terceros, en cualquier parte del país o del exterior, las siguientes actividades: Asesoramiento, prestación de servicios técnicos, elaboración de estudios e implementación de sistemas de gestión integrados, en el área ambiental y de seguridad e higiene laboral a entes públicos y privados relativos a Ia operación, explotación y abandono de todo tipo de instalaciones y proyectos. La sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que no sean prohibidos por las leyes y este contrato a efectos del cumplimiento del objeto social. Plazo de Duración: Noventa (99) años contados a partir de la fecha de la inscripción del contrato social en el Registro Público de Comercio. Capital Social: Pesos setenta y cinco mil ($75.000,00), representado por setecientas cincuenta cuotas (750) cuotas de valor nominal pesos cien ($100) cada una. Composición del órgano de administración, representación y uso de la firma social: La administración de la sociedad está a cargo de uno o más Gerentes, en forma individual e indistinta, socios o no, con mandato por tres (3) ejercicios.Fecha de Cierre del Ejercicio: El ejercicio social cierra el treinta y uno (31) de marzo de cada año. Designación de la Gerencia: Se designa Gerente al Sr. Gilardi Leonardo Mario, D.N.I. N° 20.436.196. Fiscalización: La sociedad prescindirá de la Sindicatura, por lo que los socios poseen el derecho de examinar los libros y papeles sociales y recabar de la Gerencia los informes que estimen pertinentes conforme lo dispuesto por los Artículos 55 y 284 de la Ley 19550. Si al aumentarse el capital la sociedad quedara comprendida en el inciso 2) del Artículo 299 de la Ley antes citada, la Asamblea de Socios que así lo resolviese, deberá designar un (1) Síndico titular y un (1) suplente por el término de un año. 1p 05-02-16 ____________ INNOVAR GESTIÓN INTEGRAL S.R.L. Se hace saber que por instrumento de fecha 10 de agosto de 2015, se han cedido la totalidad de cuotas sociales del Sr. Leguizamón Javier Omar, argentino, nacido el 29 de abril de 1974, soltero, empleado, mayor de edad, titular del Documento Neuquén, 05 de Febrero de 2016 BOLETIN OFICIAL Nacional de Identidad Número 24.139.204, domiciliado en calle Av. Olascoaga Nº 577, Dpto. “C” de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén; la Sra. Martínez Rocío Antonela, argentina, nacida el 29 de septiembre de 1992, soltera, empleada, mayor de edad, titular del Documento Nacional de Identidad Número 36.751.874, domiciliada en calle Chubut N° 896 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén; modificando el Artículo Cuarto: EI capital social se fija en la suma de pesos cuarenta y ocho mil con 00/100 ($48.000,00), dividido en cuatrocientas ochenta (480) cuotas de valor nominal pesos cien ($100,00) cada una. Cada cuota otorga derecho a un voto. Gutiérrez María Angélica, doscientas cuarenta (240) cuotas, o sea pesos veinticuatro mil ($24.000,00); Martínez Rocío Antonela, doscientas cuarenta (240) cuotas, o sea pesos veinticuatro mil ($24.000,00). Con fecha 10 de agosto de 2015, Leguizamón Javier Omar renuncia a su cargo como Gerente; asumiendo el mismo la Sra. Martínez Rocío Antonela, siendo designada por el plazo de cuatro años a partir de la fecha. 1p 05-02-16 ____________ AGROINDUSTRIAS PATAGONIA S.R.L. Se hace saber que en autos: “AGROINDUSTRIAS PATAGONIA S.R.L. s/Inscripción de Contrato Social”, (Expte. 20162/13), que tramita ante el Registro Público de Comercio de la Provincia del Neuquén, sito en Diagonal 25 de Mayo e intersección con calle Córdoba de la ciudad de Neuquen, se ha ordenado la publicación de edictos del contrato social de la sociedad referenciada y la cesión de cuotas realizada. Se informa que según instrumento privado de fecha 08/09/2015, el señor Antonio Ortega, DNI 08.115.854, nacionalidad argentina, productor agrícola, con domicilio en Avenida Juan Domingo Perón Nº 5.150 de la ciudad de Plottier, Provincia del Neuquén, casado en primeras nupcias con Mirta Rubio, titular del DNI 05.189.756, cede y transfiere la totalidad de sus cuotas sociales equivalentes a setecientas (700) cuotas de capital de $100 cada una o sea la suma de $70.000, a favor de Mauricio Alejandro Ortega y Mariano René Ortega, en proporciones equitativas de $35.000 para cada uno, equivalente a trescientas cincuenta (350) cuotas de capi- PAGINA 5 tal de $100 por cada asociado. Fecha de Constitución: 30/11/2013. Se informa modificatorias de fechas 08/09/2015; 24/11/2015 y 14/12/2015. Socios: Mauricio Alejandro Ortega, nacionalidad argentina, estado civil soltero, clase 1977, actividad productor agrícola, titular del Documento Nacional de Identidad Nº 26.132.510, domiciliado en la Avenida Juan Domingo Perón Nro. 5.150 de la ciudad de Plottier, Departamento Confluencia, Provincia del Neuquén y Mariano René Ortega, nacionalidad argentina, estado civil soltero, clase 1981, actividad productor agrícola, titular del Documento Nacional de Identidad N° 28.996.382, domiciliado en la Avenida Juan Domingo Perón Nro. 5.150 de la ciudad de Plottier, Departamento Confluencia, Provincia del Neuquén. Denominación: “AGROINDUSTRIAS PATAGONIA” S.R.L.. Domicilio Legal y Fiscal: Avenida Juan Domingo Perón Nro. 5.150 de la ciudad de Plottier, Provincia del Neuquén, Departamento Confluencia. Duración: 90 años, contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio de la Provincia del Neuquén. Objeto Social: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, las siguientes actividades: A) Agropecuaria: Explotación directa por sí o por terceros en establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, frutícolas, forestales, propiedad de la sociedad o de terceras personas, cría, invernación, mestización, venta, cruza de ganado, hacienda de todo tipo, explotación de tambos, cultivos, compra, venta y acopio de cereales, viveros (multiplicador de plantas) de frutas finas, incorporación y recuperación de tierras áridas, caza, pesca, fabricación, renovación y reconstrucción de maquinaria y equipo agrícola para la preparación del suelo, la siembra, recolección de cosechas, preparación de cosechas para el mercado, elaboración de productos lácteos o de ganadería o la ejecución de otras operaciones y procesos agrícolas y/o ganaderos, la compra, venta, distribución, importación y exportación de todas las materias primas y productos derivados de la explotación agrícola y ganadera. B) Constructora: Venta de edificios por el régimen de propiedad horizontal y en general la construcción y compraventa de todo tipo de inmuebles. Como actividad secundaria la sociedad tendrá por objeto dedicarse a negocios relacionados con la construcción de todo tipo de obras públicas o privadas, PAGINA 6 OFICIAL BOLETIN sea a través de contrataciones directas o de licitaciones para la construcción de viviendas, puentes, caminos y cualquier otro trabajo del ramo de la ingeniería o arquitectura; asimismo, corresponde al objeto social la intermediación en la compraventa, administración y explotación de bienes inmuebles propios o de terceros y de mandatos. C) Comercial: Compra, venta, consignación, acopio, distribución, exportación e importación de cereales, frutas finas, plantines de frutas finas, oleaginosos, forrajes, pasturas, alimentos balanceados, semillas, fertilizantes, herbicidas, plaguicidas, agroquímicos. También podrá actuar como corredor, comisionista o mandataria de los productos de los artículos mencionados precedentemente de acuerdo con las normas que dicte la autoridad competente. Capital: El capital social se fija en la suma de pesos doscientos diez mil ($210.000). Órgano de Administración: La administración, representación y el uso de la firma social estará a cargo de dos socios Gerentes que serán electos en la Asamblea de Asociados. Los dos socios elegidos actuarán como Gerentes en forma indistinta. La duración en sus cargos será hasta que la Asamblea les revoque el mandato mediando justa causa. Los socios Gerentes quedan facultados para realizar todos los actos tendientes al cumplimiento del objeto social, quienes actuarán con toda amplitud en los negocios sociales, pudiendo realizar cualquier acto o contrato para la adquisición de bienes muebles o inmuebles y las operaciones mencionadas en la cláusula tercera del presente contrato. A fin de administrar la sociedad se eligen como socios Gerentes los siguientes socios: Mariano René Ortega y Mauricio Alejandro Ortega. Queda absolutamente prohibido a los Gerentes emplear o comprometer la firma social en prestaciones a título gratuito, garantías o fianzas sin el previo consentimiento social, decidido por la mayoría absoluta del capital. Los socios Gerentes deberán constituir una garantía conforme a los Artículos 157 y 256 de la Ley General de Sociedades a favor de la sociedad. Cada socio Gerente, como aval de su gestión, deberá constituir una garantía mínima de $10.000,00 (pesos diez mil) o la suma que establezca la normativa vigente. La garantía podrá consistir en bonos, títulos públicos, sumas de dinero en moneda nacional o extranjera depositadas a la orden de la sociedad. También Neuquén, 05 de Febrero de 2016 en pagarés, fianzas o avales bancarios, seguros de caución a favor de la sociedad. El costo deberá ser soportado por los socios Gerentes. Cierre del Ejercicio: El ejercicio cierra el 31 de diciembre de cada año. Fiscalización: La fiscalización optativa prevista en el Artículo 158 de la Ley 19550 de Sociedades Comerciales, será ejercida por los socios. Subdirección, 28 de diciembre de 2015. Fdo. Dra. Claudia Raone, Secretaria Subrogante. 1p 05-02-16 ___________ SEGURIDAD GRUPO BRAKO S.R.L. Constitución Conforme a lo dispuesto por la Ley de Sociedades y sus modificaciones se hace saber la constitución de “SEGURIDAD GRUPO BRAKO S.R.L.”. 1) Socios: Eduardo Manuel Ruíz, DNI Nº 28.160.037, nacido el 12 de abril de 1980, argentino, estado civil casado en primeras nupcias con Daniela Natalia Marinelli, DNI 27.241.309, de profesión empresario, domiciliado en calle José Fava Nº 1.315 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén y Daniela Natalia Marinelli, DNI Nº 27.241.309, nacida el 15 de mayo de 1979, argentina, estado civil casada en primeras nupcias con Eduardo Manuel Ruíz, DNI Nº 28.160.037, de profesión empresaria, domiciliada en calle José Fava Nº 1.315 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, mayores de edad, personas hábiles para contratar y cónyuges entre sí. 2) Fecha: Instrumento privado del 03/12/2014 y 22/04/2015. 3) Razón Social: “SEGURIDAD GRUPO BRAKO S.R.L.”. 4) Domicilio Legal: En Neuquén Capital, calle José Fava 1.315. 5) Duración: 99 años contados desde la fecha de su inscripción en el R.P.C.. Este plazo podrá prorrogarse por 99 años más, siendo aprobado por mayoría. 6) Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto social ya sea por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, dentro o fuera del país, la prestación de servicios de seguridad, vigilancia e investigaciones. Tercera Bis: Para la realización del objeto social, la sociedad podrá efectuar toda clase de acto jurídico, operaciones y contratos autorizados por las leyes y por este Estatuto, sin restricción de clase alguna, ya sea de naturaleza civil, comercial, penal, Neuquén, 05 de Febrero de 2016 BOLETIN OFICIAL administrativa, judicial o de cualquier otro tipo que se relacione directa o indirectamente con el objeto perseguido. 7) Capital Social: El capital social se fija en la suma de $67.000 (pesos sesenta y siete mil). 8) Órganos de Administración: La dirección, administración, representación legal y uso de la firma social estarán a cargo de uno o más Gerentes en forma individual e indistinta, socios o no, por el término de cinco ejercicios, siendo reelegibles. Se designa como Gerente al socio Eduardo Manuel Ruíz. 9) Fiscalización: La sociedad, conforme a lo establecido en los Arts. 55 y 158 de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19550 y sus modificatorias, ha dispuesto prescindir del órgano de fiscalización, quedando como facultad de los socios los controles que los mismos consideren necesarios. 10) Cierre del Ejercicio Social: 31 de marzo de cada año. El presente edicto ha sido ordenado por la Directora General del Registro Público de Comercio, Dra. Graciela Noemí Mercau, en autos caratulados: “SEGURIDAD GRUPO BRAKO S.R.L. s/Inscripción de Contrato Social”, (Expte. Nº 21183/14). Neuquén, 08 de mayo de 2015. Fdo. Mariela J. Dupont, Subdirectora, Dirección General del Registro Público de Comercio, Poder Judicial de la Provincia del Neuquén. 1p 05-02-16 ____________ RADIOINTEGRACIÓN S.A. Designación de Directorio Se hace saber que por Acta de Asamblea Ordinaria de fecha 01 de diciembre de 2015, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el Registro Público de Comercio, en relación a la designación de un Director suplente para integrar el Directorio, cuyo mandato está vigente en cumplimiento del Artículo 10° del Estatuto que establece la obligatoriedad de dicha designación. En consecuencia, los socios resolvieron que el Directorio de RADIOINTEGRACIÓN S.A. queda conformado de la siguiente manera: Presidente: Juan Carlos Schroeder. Vicepresidente: Roberto Schroeder. Directores titulares: Alejandro Schroeder y Elina Contreras. Director suplente: Mariano Thieberger. Firmado: Juan Carlos Schroeder. Presidente. 1p 05-02-16 PAGINA 7 MAURICIO E. ACOSTA SOCIEDAD ANÓNIMA Designación de Directorio Se hace saber que mediante el Acta Nº 4 de fecha 09 de noviembre de 2015, la firma MAURICIO E. ACOSTA SOCIEDAD ANÓNIMA, con sede en calle Atlántida 16, Mza. 1, Bº Rincón de Emilio de la ciudad de Neuquén, procedió a renovar su Directorio el que quedó constituido de la siguiente forma: Presidente: Mauricio Edgar Acosta. Director suplente: Silvina Marcela Bertrán. 1p 05-02-16 LICITACIONES PROVINCIA DEL NEUQUÉN CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN Licitación Pública Nº 01/16 Expediente Nº 2710-000031/16 Objeto: Adquisición de 90.000 kilos de leche entera en polvo para ser utilizada en los servicios de comedor y refrigerio de todos los establecimientos educativos dependientes del Consejo Provincial de Educación del Neuquén. Fecha y Hora de Apertura de Sobres: 17 de febrero a las 10:00 horas. Valor del Pliego: Pesos ocho mil con 00/100 ($8.000,00). Lugar de Venta de los Pliegos: En la Dirección de Compras del Consejo Provincial de Educación del Neuquén, sita en calles Manuel Belgrano y Cristóbal Colón, Oficina 307, 1º Piso, (8300), Neuquén Capital, (de lunes a viernes de 8 a 15 horas - Tel./Fax: 0299-4494262); o en la Casa del Neuquén, sita en calle Maipú N° 48, (1084), Capital Federal (de lunes a viernes de 9 a 15 horas - Tel.: 011- 43432324). 1p 05-02-16 PAGINA 8 OFICIAL BOLETIN Neuquén, 05 de Febrero de 2016 PROVINCIA DEL NEUQUÉN TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA ADMINISTRACIÓN GENERAL Contrataciones Directas por Vía de Excepción - Noviembre de 2015 1p 05-02-16 Neuquén, 05 de Febrero de 2016 BOLETIN OFICIAL PAGINA 9 PAGINA 10 OFICIAL BOLETIN Neuquén, 05 de Febrero de 2016 Neuquén, 05 de Febrero de 2016 BOLETIN OFICIAL PROVINCIA DEL NEUQUÉN Ministerio de SaLud SUBSECRETARÍA DE SALUD Licitación Pública Nº 116/2016 Expediente Nº 4420-186670/2015 Objeto: Servicio de limpieza, camilleros y parquización. Destino: Hospital Villa La Angostura y Centros de Salud, dependientes de la Zona Sanitaria IV de la Subsecretaría de Salud. Período de Contratación: Doce (12) meses, con opción a prórroga por igual período con acuerdo de ambas partes. Fecha - Hora y Lugar de Apertura: 15 de febrero de 2016 - Hora: 10:00 hs., en la Dirección General de Contrataciones - Subsecretaría de Salud - C.A.M. - Edificio III - Piso 4° - Oficina 2 - Neuquén Capital. Entrega de Pliegos: Subsecretaría de Salud - dirección General de Contrataciones - C.A.M. Edificio III - Piso 4° - Oficina 2 - Neuquén Capital y en Casa del Neuquén - Maipú 48 - Capital Federal. Sin Cargo. Licitación Pública Nº 117/2016 Expediente Nº 4420-186671/2015 Objeto: Contratación servicio de seguridad para el control de accesos, circulación y orientación al público. Destino: Hospital Dr. Horacio Heller, dependiente de la Jefatura de Zona Sanitaria Metropolitana de la Subsecretaría de Salud. Período de Contratación: Doce (12) meses, con opción a prórroga por igual período con acuerdo de ambas partes. Fecha - Hora y Lugar de Apertura: 15 de febrero de 2016 a las 11:00 horas, en la Dirección General de Contrataciones - Subsecretaría de Salud - C.A.M. - Edificio III - Piso 4° - Oficina 2 - Neuquén Capital. Entrega de Pliegos: Subsecretaría de Salud - dirección General de Contrataciones - C.A.M. Edificio III - Piso 4° - Oficina 2 - Neuquén Capital y en Casa del Neuquén - Maipú 48 - Capital Federal. Sin Cargo. PAGINA 11 Licitación Pública Nº 118/16 Expediente Nº 4420-189007/2016 Objeto: Servicio de lavado de ropa hospitalaria. Destino: Hospital Dr. Eduardo Castro Rendón, Hospital Dr. Horacio Heller y Centros de Salud, dependientes de Zona Sanitaria Área Metropolitana de la Subsecretaría de Salud. Período de Contratación: Doce (12) meses, con opción a prórroga por igual período con acuerdo de ambas partes. Fecha - Hora y Lugar de Apertura: 19 de febrero de 2016 - Hora: 10:00 hs., en la Dirección General de Contrataciones - Subsecretaría de Salud - C.A.M. - Edificio III - Piso 4° - Oficina 2 Neuquén Capital. Entrega de Pliegos: Subsecretaría de Salud - dirección General de Contrataciones - C.A.M. Edificio III - Piso 4° - Oficina 2 - Neuquén Capital y en Casa del Neuquén - Maipú 48 - Capital Federal. Sin Cargo. 1p 05-02-16 CONVOCATORIAS CENTRO DE ACTIVIDADES SUB-ACUÁTICAS DEL LIMAY -CASALESCUELA DE BUCEO Asamblea General Ordinaria El Centro de Actividades Sub-Acuáticas del Limay (C.A.S.A.L.), convoca a sus asociados a la Asamblea General Ordinaria a realizarse el día lunes 29 de febrero del 2016 a las 20 hs., en la sede del club, sita en calle Catriel N° 62 de la ciudad de Neuquén, para tratar el siguiente: ORDEN DEL DÍA 1) Nombrar dos socios para que conjuntamente con el Presidente firmen el Acta de Asamblea. 2) Informe del llamado a Asamblea fuera de término. 3) Aprobación de la Memoria, Balances y Cuenta de Gastos del Centro de Actividades Sub-acuáticas del Limay. 4) Elección de socios para conformar la nueva PAGINA 12 OFICIAL BOLETIN Comisión Directiva que se conformará con un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero, tres Vocales titulares y un Vocal suplente. 5) Elección de socios para conformar la nueva Comisión Revisora de Cuentas que se conformará con un miembro titular y un miembro suplente. 6) Fijar el monto mensual de la cuota societaria del Centro de Actividades Sub-acuáticas del Limay. Artículo 40 del Estatuto Social - 2° parte: Las Asambleas se celebrarán válidamente con la presencia de la mitad más uno de los socios con derecho a voto. Una hora después de fijada la hora para la iniciación de la convocatoria, si antes no se hubiera reunido ese número, será constituida legalmente con el número de asociados presentes, siempre que no fuera menor al de los miembros de la Comisión Directiva. 1p 05-02-16 ____________ VILLA MARÍA FÚTBOL CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO Asamblea General Ordinaria Convoca a los Sres. asociados a la Asamblea General Ordinaria a realizarse el día 26 de febrero del 2016 a las 20 hs., en su sede de Avda. Olascoaga 1.500 esquina Tartagal, para tratar el siguiente: ORDEN DEL DÍA 1) Nombrar dos (2) socios para firmar el Acta. 2) Dar a conocer y poner en consideración Balance y Memoria de los Ejercicios del 23/11/2011 al 31/12/2012, año 2013, año 2014 y año 2015. 3) Modificación cuota societaria. 4) Renovación de autoridades. 5) Nombramiento de socios honorarios de la institución. Nota: Acorde al Estatuto de la entidad: a) Si en el transcurrida una hora de la establecida no se encuentra la mitad más uno de los socios con derecho a voto la Asamblea se llevará a cabo cualquiera sea el número de socios activos presentes. b) Aquellos socios que no estén al día con sus cuotas sociales no tendrán voz ni voto el día de la Asamblea. Fdo. Jorge Merino, Secretario; Oscar Rubén Soto, Presidente. 1p 05-02-16 Neuquén, 05 de Febrero de 2016 ASOCIACIÓN AUTOMOVILÍSTICA CENTENARIO COMPETICIÓN Asamblea General Ordinaria La Asociación Automovilística Centenario Competición, convoca a sus asociados a la Asamblea General Ordinaria a realizarse el 27 de febrero de 2016 a las 19 horas, en las instalaciones del Autódromo Parque Provincia del Neuquén, Ciudad de Centenario, con domicilio Parque Industrial Centenario, Lote I, a los efectos de considerar el siguiente: ORDEN DEL DÍA 1°) Designación de dos socios asambleístas para firmar el Acta correspondiente. 2°) Razones del llamado a Asamblea General Ordinaria fuera de término. 3°) Lectura y consideración de la Memoria, Balance General, Estado de Recursos y Gastos, Inventario, Estado de Evolución del Patrimonio Neto, Estado de Flujo Efectivo, Notas y Anexos e Informes de la Comisión Revisora de Cuentas por los Ejercicios cerrados al 31 de diciembre de 2014. 4°) Renovación de los Directivos titulares y suplentes, que cesan su mandato y de la Comisión Revisora de Cuentas. La Comisión Directiva. Nota: Artículo 34 del Estatuto: Las Asambleas se celebrarán válidamente cualquiera que sea el número de socios que concurran una hora después de la fijada en la convocatoria, si antes no se hubiera reunido la mitad más uno de los socios con derecho a voto. Fdo. Vallejo Jorge Horacio, Secretario; Rodolfo Andrés Pascal, Presidente. 1p 05-02-16 _____________ COPELCO COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS PÚBLlCOS, CRÉDITO Y VIVIENDA CUTRAL-CÓ LTDA. Avda. Julio A. Roca y Gral. Paz Código Postal 8322 - Cutral-Có Provincia del Neuquén Cronograma Actos Eleccionarios 2016 1) Publicación llamado a elecciones de Delegados y convocatoria a Asamblea General Ordinaria: 05/02/2016; 06/02/2016; 07/02/2016. Neuquén, 05 de Febrero de 2016 BOLETIN OFICIAL PAGINA 13 2) Cierre del Padrón de Asociados: 12/02/2016. Tener pago hasta el periodo noviembre/2015 inclusive, con vencimiento el 11/01/2016. 3) Cierre presentación de listas a elección Cuerpo de Delegados, Consejo de Administración y Síndicos: 17/02/2016. Conforme Reglamento General de Actos Eleccionarios, aprobado por Resolución INAES Nº 1905/Jul. 2010. 4) Cierre de Padrón Complementario: 25/ 02/2016. 5) Elección de Delegados: 28/02/2016 de 08:00 a 18:00 horas. 6) Proclamación Cuerpo de Delegados: 29/02/2016. 7) Asamblea Ordinaria de Delegados: 12/03/2016 - 18:00 hs.. Consejo de Administración, Cutral -Có, 01 de febrero de 2016. Fdo. José Agustín Vázquez, Secretario; Ing. Máximo Rubén Cisneros, Presidente. 1p 05-02-16 ____________ 4) Elección de Autoridades: Seis (06) Consejeros suplentes, con mandato por un (1) año y un (1) Síndico titular y un (1) Síndico suplente, ambos con mandato por un (1) año, de acuerdo a lo prescripto en el Estatuto Social. Consejo de Administración, Cutral -Có, 01 de febrero de 2016. Fdo. José Agustín Vázquez, Secretario; Ing. Máximo Rubén Cisneros, Presidente. 1p 05-02-16 ____________ COPELCO COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS PÚBLlCOS, CRÉDITO Y VIVIENDA CUTRAL-CÓ LTDA. De conformidad con lo prescripto en el Estatuto Social, se convoca a los asociados para el día 28 de febrero de 2016 de 08:00 a 18:00 horas, a los Actos Eleccionarios en los lugares que se especifican a continuación: Avda. Julio A. Roca y Gral. Paz Código Postal 8322 - Cutral-Có Provincia del Neuquén Asamblea General Ordinaria de Delegados De acuerdo a lo prescripto en el Estatuto Social, se convoca a los Delegados a la Asamblea General Ordinaria de Delegados a llevarse a cabo el día 12 de marzo de 2016 a las 18:00 horas, en la sede de la Cooperativa, Avda. Julio Argentino Roca y General Paz de la ciudad de Cutral-Có, para tratar el siguiente: ORDEN DEL DÍA 1) Designación de dos (2) Delegados para que conjuntamente con el Presidente y Secretario, firmen el Acta de Asamblea. 2) Consideración de Memoria, Estados Contables e Informes de Auditoría y Síndico, correspondiente al Ejercicio Económico Nº 57, cerrado el 31 de diciembre de 2.015. 3) Designación de una mesa escrutadora para que realice y verifique el escrutinio. COPELCO COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS PÚBLlCOS, CRÉDITO Y VIVIENDA CUTRAL-CÓ LTDA. Avda. Julio A. Roca y Gral. Paz Código Postal 8322 - Cutral-Có Provincia del Neuquén Actos Eleccionarios Distrito Nº 1 CC: Comprende Área Centro Noroeste, entre las siguientes calles: Desde Pernicek (incluida) hasta Gral. Paz (ambos frentes) y desde Rivadavia (no incluida) hasta Avda. del Trabajo (no incluida) del ejido municipal de Cutral-Có. Mesas Receptoras de Votos: Nº 1: Escuela Nº 119. Votan asociados de la letra A a la Z inclusive. Cantidad de asociados empadronados: 1.509. Cantidad de Delegados a elegir: Tres (3) Delegados titulares y tres (3) Delegados suplentes. Distrito Nº 2 CC: Comprende Área Centro Noreste, entre las siguientes calles: Pernicek, Primeros Pobladores (incluidas) hasta Gral. Paz, Tierra del Fuego (ambos frentes) y desde Avda. del Trabajo (ambos frentes) hasta Alem (incluida) del ejido municipal de Cutral-Có. Mesas Receptoras de Votos: Nº 2: Escuela Nº 119. Votan asociados de la letra A a la Z inclusive. Cantidad de asociados empadronados: 1.431. Cantidad de Delegados a elegir: Tres (3) Delegados titulares y tres (3) Delegados suplentes. Distrito Nº 3 CC: Comprende las Áreas de los Barrios 25 de Mayo, Pueblo Nuevo y Área Centro Sur, PAGINA 14 OFICIAL BOLETIN Neuquén, 05 de Febrero de 2016 entre las siguientes calles: Desde Belgrano (no incluida) hasta Alem (incluida) y desde Gral. Paz y Tierra del Fuego (no incluidas) hasta el zanjón colector de crecientes y desde el zanjón colector de crecientes hasta Quintín Cabrera (incluida), entre Miguel Eguinoa (un frente) y J.J. Valle, límite del ejido municipal de Cutral-Có. Mesas Receptoras de Votos: Nº 3: Escuela Nº 119. Votan asociados de la A a la M inclusive. Nº 4: Escuela Nº 119. Votan asociados de la N a la Z inclusive. Cantidad de asociados empadronados: 2.475. Cantidad de Delegados a elegir: Cinco (5) Delegados titulares y cinco (5) Delegados suplentes. Distrito Nº 7 CC: Comprende las Áreas del Barrio Aeroparque, desde calle Rivadavia (ambos frentes) al Oeste hasta Ejército Argentino -incluida- (entre Pernicek y San Martín) al Este y 13 de Diciembre incluida (entre San Martín y C.H. Rodríguez) al Este; al Norte calle Pernicek (incluida) y al Sur calle C.H. Rodríguez (no incluida) y San Martín, incluida (entre 13 de Diciembre y Ejército Argentino) del ejido municipal de Cutral-Có. Mesas Receptoras de Votos: Nº 11: Escuela Nº 102. Votan asociados de la A a la Z inclusive. Cantidad de asociados empadronados: 1.293. Cantidad de Delegados a elegir: Tres (3) Delegados titulares y tres (3) Delegados suplentes. Distrito Nº 4 CC: Comprende las Áreas de los Barrios: Unión, Progreso, Brentana y Monte Hermoso, delimitadas: Al Norte por el zanjón colector de crecientes y el límite Sur del ejido municipal de CutralCó y entre calle Miguel Eguinoa (un frente) al Este y límite Oeste del ejido municipal de Cutral-Có. Mesas Receptoras de Votos: Nº 5: Escuela Nº 255. Votan asociados de la A a la M inclusive. Nº 6: Escuela Nº 255. Votan asociados de la N a la Z inclusive. Cantidad de asociados empadronados: 2.911. Cantidad de Delegados a elegir: Seis (6) Delegados titulares y seis (6) Delegados suplentes. Distrito Nº 8 CC: Comprende las Áreas de los Barrios: Daniel Sáez, Gral. Belgrano (ex 450 Viviendas) y Pampa. Delimitadas al Norte por calles San Martín -no incluida- (entre Ejército Argentino y 13 de Diciembre) y C.H. Rodríguez (incluida). Al Sur General Paz (no incluida) y San Luis -no incluida- (entre 13 de Diciembre y Ejército Argentino). Al Este por calle Rivadavia (ambos frentes) y 13 de Diciembre -incluida(entre Gral. Paz y San Luis) y al Oeste por Ejército Argentino -incluida- (entre San Martín y San Luis). Mesas Receptoras de Votos: Nº 12: C.P.E.M. Nº 20. Votan asociados de la A a la M inclusive. Nº 13: C.P.E.M. Nº 20. Votan asociados de la N a la Z inclusive. Cantidad de asociados empadronados: 2.072. Cantidad de Delegados a elegir: Cuatro (4) Delegados titulares y cuatro (4) Delegados suplentes. Distrito Nº 5 CC: Comprende las Áreas de los Barrios Ruca Quimey, Cooperativa y Área Centro, entre las siguientes calles: Alem (no incluida) y J.J. Valle, límite Este del ejido municipal de Cutral-Có. Primeros Pobladores (incluida) y zanjón colector de crecientes del ejido municipal de Cutral-Có. Mesas Receptoras de Votos: Nº 7: Escuela Nº 272. Votan asociados de la A a la M inclusive. Nº 8: Escuela Nº 272. Votan asociados de la N a la Z inclusive. Cantidad de asociados empadronados: 2.146. Cantidad de Delegados a elegir: Cuatro (4) Delegados titulares y cuatro (4) Delegados suplentes. Distrito Nº 6 CC: Comprende las Áreas Barrio Peñi Trapún, Área Centro. Delimitadas desde calle Gral. Paz (ambos frentes) hasta zanjón colector de crecientes y desde 22 de Octubre (ambos frentes) hasta Belgrano (ambos frentes) del ejido municipal de Cutral-Có. Mesas Receptoras de Votos: Nº 9: Escuela Nº 137. Votan los asociados de la A a la M inclusive. Nº 10: Escuela Nº 137. Votan los asociados de la N a la Z inclusive. Cantidad de asociados empadronados: 1.902. Cantidad de Delegados a elegir: Cuatro (4) Delegados titulares y cuatro (4) Delegados suplentes. Distrito Nº 9 CC: Comprende las Áreas de los Barrios Parque Oeste, Parque Este, incluyendo Filli Dei. Delimitadas al Oeste por calle Laguna Colorada. Al Este por el límite del ejido municipal de Cutral-Có. Al Sur por calles Juan Manuel de Rosas y Lago Traful (incluidas) y al Norte por calles Lago Nonthue, Lago Filo Hua Hum y Lago los Barreales (incluidas). Mesas Receptoras de Votos: Nº 14: Escuela Nº 172. Votan asociados de la A a la M inclusive. Nº 15: Escuela Nº 172. Votan asociados de la N a la Z inclusive. Cantidad de asociados empadronados: 1.943. Cantidad de Delegados a elegir: Cuatro (4) Delegados titulares y cuatro (4) Delegados suplentes. Distrito Nº 10 CC: Comprende las Áreas de los Barrios Libertador General San Martín (ex 500 Viviendas); Nehuen Che (72-80-154 Viviendas) (calle 22 de Octubre no incluida), Barrio Ezio Zani, Barrio Parque Industrial, Colonia 2 de Abril, Colonia 21 de Septiembre y Villa El Puestero. Limitadas al Sur por el zanjón Neuquén, 05 de Febrero de 2016 BOLETIN OFICIAL colector de crecientes, calle San Luis -incluida- (entre Ejército Argentino y 22 de Octubre). Al Oeste por el ejido municipal de Cutral-Có y al Este por la calle Ejército Argentino (no incluida) y calle Laguna Colorada (no incluida) del ejido municipal de Cutral-Có. Mesas Receptoras de Votos: Nº 16: Escuela Nº 292. Votan los asociados de la A a la M inclusive. Nº 17: Escuela Nº 292. Votan los asociados de la N a la Z inclusive. Cantidad de asociados empadronados: 1.717. Cantidad de Delegados a elegir: Tres (3) Delegados titulares y tres (3) Delegados suplentes. Distrito Nº 1 PH: Comprende las Áreas de los Barrios Suyai, 25 de Mayo, Soufal y Área Noroeste del Barrio Centenario. Delimitadas al Este por calle Mariano Moreno (inluida), al Norte por la traza de las vías del Ferrocarril Roca, al Oeste calle 9 de Julio (incluida), límite con el ejido municipal de Cutral-Có y calle S. Martinelli (no incluida entre Arenales y Suipacha). Al Sur zanjón colector de crecientes y calle Suipacha (incluido un frente) del ejido municipal de Plaza Huincul. Mesas Receptoras de Votos: Nº 18: Escuela Nº 22. Votan asociados de la A a la M inclusive. Nº 19: Escuela Nº 22. Votan asociados de la N a la Z inclusive. Cantidad de asociados empadronados: 1.831. Cantidad de Delegados a elegir: Cuatro (4) Delegados titulares y cuatro (4) Delegados suplentes. Distrito Nº 2 PH: Comprende las Áreas de los Barrios Centenario, Mosconi, Universitario y Altos del Sur. Delimitadas: Al Norte por el zanjón colector de crecientes y calle Suipacha (incluido un frente). Al Sur por el límite del ejido municipal de Plaza Huincul. Al Oeste por el límite del ejido municipal de Plaza Huincul y al Este por calle Mariano Moreno (incluida) y calle S. Martinelli (incluidos ambos frentes entre Suipacha y Arenales) del ejido municipal de Plaza Huincul. Mesas Receptoras de Votos: Nº 20: Escuela Nº 49. Votan asociados de la A a la M inclusive. Nº 21: Escuela Nº 49. Votan asociados de la N a la Z inclusive. Cantidad de asociados empadronados: 1.851. Cantidad de Delegados a elegir: Cuatro (4) Delegados titulares y cuatro (4) Delegados suplentes. Distrito Nº 3 PH: Comprende las Áreas de los Barrios Otaño y Zona Chacras de Plaza Huincul. Delimitadas: Al Oeste por calle Mariano Moreno (no incluida), al Norte calle Córdoba y Ruta 22 (incluidos ambos frentes) y al Sur y al Este por el límite del ejido municipal de Plaza Huincul. Mesas Receptoras de Votos: Nº 22: Escuela Nº 334. Votan asociados de la A a la PAGINA 15 Z inclusive. Cantidad de asociados empadronados: 1.489. Cantidad de Delegados a elegir: Tres (3) Delegados titulares y tres (3) Delegados suplentes. Distrito Nº 4 PH: Comprende las Áreas de los Barrios Central, Uno, Barrio Norte y Parque industrial en el ejido municipal de Plaza Huincul. Delimitadas: Al Oeste por el límite del ejido Municipal de Plaza Huincul, al Norte por límite del ejido municipal de Plaza Huincul, al Este por el límite del ejido municipal de Plaza Huincul y al Sur por Ruta 22 (no incluida) y la traza de la vía del Ferrocarril Roca. Mesas Receptoras de Votos: Nº 23: Escuela Nº 133. Votan los asociados de la A a la M inclusive. Nº 24: Escuela Nº 133. Votan los asociados de la N a la Z inclusive. Cantidad de asociados empadronados: 1.752. Cantidad de Delegados a elegir: Cuatro (4) Delegados titulares y cuatro (4) Delegados suplentes. Total de asociados empadronados: 26.322. En dicho acto se procederá a: Elección, en votación secreta, de Delegados para la Asamblea General Ordinaria a realizarse el día 12 de marzo de 2016. Nota: Tendrán derecho a votar los asociados que tengan una antigüedad mínima de (1) año y que no sean morosos en el cumplimiento de sus obligaciones para con la Cooperativa (Artículo 54 del Estatuto Social), debiendo estar abonado el período de facturación noviembre de 2015 inclusive, cuyo vencimiento operó el día 11/01/2016. Consejo de Administración, Cutral-Có, 01 de febrero de 2016. Fdo. José Agustín Vázquez, Secretario; Ing. Máximo Rubén Cisneros, Presidente. 1p 05-02-16 ____________ COLEGIO DE TÉCNICOS DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN Asamblea Extraordinaria Llamado a Asamblea Extraordinaria, convocada por Técnicos Matriculados, para el día 26 de febrero de 2016 a las 19 hs., en Auditorio de CPAGIN, Buenos Aires 373, 1º Piso, Neuquén, para la aprobación de la Reglamentación parcial Ley 2988, con el propósito de normalizar el funcionamiento del Colegio de Técnicos de la Provincia del Neuquén, Arts. 20, 21, 22 y 24 de la Ley 2988. ORDEN DEL DÍA Art. 70, Ley 2988 PAGINA 16 OFICIAL BOLETIN 1°) Designación de dos (2) Matriculados para firmar el Acta de Asamblea. 2°) Elección de un (1) representante del CPAGIN y cuatro (4) representantes del Centro de Técnicos, y Técnicos Matriculados Activos del CPAGIN de una nómina de 10 postulantes, para formar la Junta Organizadora. 3°) Otorgar mandato para: a) Recibir documentación y bienes que le pertenece según Art. 65 Ley 2988. b) Elaborar padrón en base a los existentes de CPAGIN, con matrícula al día, correspondiente al año 2015. c) Solicitar a CPAGIN, los fondos necesarios, para los gastos originados por las gestiones correspondientes. d) Convocar a elecciones para cubrir los cargos creados por Ley 2988. e) Fijar una compensación para los representantes designados. f) Autorizar a los representantes a tramitar cuentas bancarias a los efectos del movimiento de fondos. g) Contratar colaboradores temporales de conformidad a lo estatuido en el Art. 70, Ley 2988. h) Participar de los acuerdos entre los nuevos colegios creados, si se dispone de la venta de los activos de CPAGIN, en los porcentajes definidos en el acuerdo celebrado entre matriculas de CPAGIN, Art. 65 y 66, Ley 2988. i) Disponer de un local, en préstamo o alquiler, para el funcionamiento del Colegio de Técnicos de la Provincia del Neuquén Ley 2988. Neuquén, 02-02-2016 . Fdo. M.M.O. Juan A. Carrizo; Consejero suplente; M.M.O. Guillermo O. González; Tesorero. 1p 05-02-15 Neuquén, 05 de Febrero de 2016 de delcarar la presunción de su fallecimiento en los término del Artículo 24 de la Ley 14394; a cuyo efecto se publicarán edictos una (1) vez por mes durante el lapso de seis meses en el Boletín Oficial. Secretaría, 20 de agosto de 2015. Fdo. Martín Peliquero, Secretario. 6p 04-09; 02-10; 06-11; 04-12-15; 08-01 y 05-02-16 ____________ El Dr. José Ignacio Noacco, Titular del Juzgado de Familia Nº 1, Secretaría Única a mi cargo, sito en Leloir Nº 881 de esta ciudad, en los autos caratulados: “Sandoval Andrés Alexis s/Cambio de Nombre”, (Expte. Nº 73452/2015), ordena la publicación del presente una vez por mes en el lapso de dos meses, haciendo saber que podrá formularse oposición dentro de los quince días hábiles computados desde la última publicación (Art. 17, Ley 18248). Publíquese (1) edicto. Secretaría, 14 de diciembre de 2015. Fdo. María Dolores Franco, Prosecretaria. 2p 08-01 y 05-02-16 ____________ EDICTOS Gustavo Ramón Belli, Juez a cargo del Juzgado Civil Nº 3 de la ciudad de Neuquén, Secretaría Única a cargo de la Dra. Alejandra Beatriz Márquez, sito en Rivadavia 205, 4º Piso, en autos: “Aiello Elena Benigna s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. Nº 508679/2015), cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Aiello Elena Benigna, L.C. Nº 1.994.942, para que dentro del plazo de treinta días acrediten su derecho. Publíquense edictos por tres (3) días en el Boletín Oficial. Neuquén, 29 de diciembre del año 2015. Fdo. Giuliana G. Zaletto, Prosecretaria. 1p 05-02-16 ____________ El Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nro. 1 de la ciudad de Neuquén, a cargo de la Dra. Paula I. Stanislavsky, sito en Rivadavia 205/211, 2º Piso, en autos caratulados: “Sandoval Germán s/Ausencia con Presunción de Fallecimiento”, (Expte. Nº 474043/13), cita y emplaza al Sr. Sandoval Germán, para que dentro del plazo de diez días comparezca a tomar intervención que le corresponde en este proceso, bajo apercibimiento La Dra. Paula Irina Stanislavsky, Jueza Subrogante de Primera Instancia a cargo del Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nro. Seis, Secretaría Única a mi cargo, con asiento de funciones sito en Rivadavia 205/211, 3º Piso de Neuquén Capital, en autos: “Caporale Pedro Felipe s/Sucesión ab-intestato”, (510444/2015), cita a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante González Jorge Alfredo. Neuquén, 05 de Febrero de 2016 BOLETIN OFICIAL Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el Diario LM Neuquén, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante para que dentro de los treinta (30) días lo acrediten. Dra. Paula lrina Stanislavsky, Juez Subrogante. Fdo. Flavia Cecilia García, Secretaria. 1p 05-02-16 NORMAS LEGALES PROVINCIA DEL NEUQUÉN PAGINA 17 los Artículos 14 y 15 del Código Fiscal Provincial; Por ello: EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS RESUELVE: Artículo 1º: Establézcase que los contribuyentes que soliciten regularizar sus obligaciones tributarias en los términos del Decreto Nro. 2106/2010, deberán cancelar las obligaciones emergentes del plan, mediante la adhesión al débito bancario o pago con tarjeta de crédito. MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS PÚBLICAS ACOGIMIENTOS CONFORME EL IMPUESTO SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS Artículo 2º: Establézcase que los contribuyentes y demás responsables podrán suscribir y mantener vigentes planes de pago conforme el siguiente esquema: DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RENTAS a) Impuesto Sobre los Ingresos Brutos: Como máximo hasta (3) tres planes de pago. b) Impuesto Inmobiliario: Hasta (1) un plan de pago por nomenclatura catastral. c) Impuesto de Sellos: Hasta (1) un plan de pago por trámite liquidado. En los contratos de ejecución sucesiva la cantidad de cuotas no podrá exceder el plazo de duración del mismo. Resolución Nº 007/DPR/16 Neuquén, 27 de enero de 2016. VISTO: El Expediente 5823-013012/2016 del registro de la Dirección Provincial de Rentas, caratulado: “Dirección General de Atención y Servicios al Contribuyente s/Readecuación de la Reglamentación del Decreto Nº 2106/10; las Resoluciones Nº 058/DPR/14 y 025/DPR/15; y CONSIDERANDO: Que el Decreto Nº 2106 de fecha 04/11/2010, dispone un Régimen de Regularización de deudas tributarias, previendo beneficios y quitas de intereses; Que las Resoluciones Nº 058/DPR/14 y 025/ DPR/15, establecen los requisitos para la adhesión al referido régimen; Que de acuerdo a las exigencias imperantes, es menester adecuar la adhesión al régimen de regularización de obligaciones tributarias, optimizando la función de seguimiento y control; Que el Director Provincial de Rentas se encuentra facultado a impartir normas interpretativas y reglamentarias de carácter general, conforme a Artículo 3º: Los contribuyentes podrán realizar el trámite de suscripción de plan de pago en forma presencial o vía web ingresando al sitio oficial de este organismo, una vez que éste se ponga a disposición. REFORMULACION DE PLANES Artículo 4º: Establézcase que los contribuyentes y demás responsables podrán refinanciar planes de pago caducos por única vez y las cuotas del plan emergente no podrán exceder la mitad de las otorgadas en el plan original. Se exceptúan aquellos planes caducos que contengan boletas de deuda. REQUISITOS PARA EL OTORGAMIENTO Artículo 5º: Cuando se trate de personas fí- PAGINA 18 OFICIAL BOLETIN sicas, el plan de pago deberá ser suscripto por el titular y demás responsables que acrediten su condición con documentación respaldatoria, debiendo presentarse con el original y copia de DNI. En el caso de Personas Jurídicas sus representantes legales deberán acreditar tal condición, mediante Contrato Social o Estatuto de la sociedad y Acta/s de Asamblea/s y/o Directorio de designación de autoridades vigente. En los casos de suscripción por parte de un apoderado, el mismo deberá presentar poder general o especial que expresamente lo faculte a tramitar la gestión ante esta Dirección Provincial, de conformidad a lo establecido por el Artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación, en original o copia certificada, como así también original y copia de DNI del solicitante. Los contribuyentes que se vean imposibilitados de concurrir a las oficinas de esta Dirección Provincial a suscribir el plan, podrán certificar la firma ante Escribano Público o Entidad Bancaria o en su defecto hacer uso de la Autorización prevista mediante el Formulario de “Autorización de Representación”, que podrá descargarse del sitio web oficial de este organismo. Artículo 6º: Al momento de solicitar el Plan de Pago, los contribuyentes y/o responsables deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) Tener actualizados los datos referidos a CUIT, Domicilio Fiscal y Domicilio Comercial, informar teléfono y correo electrónico. b) De tratarse de contribuyentes del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, deberán tener presentadas todas las declaraciones juradas -Mensuales y Anuales- devengadas y exigibles al momento del acogimiento. Artículo 7º: Para los casos de pago en una cuota, a efectos de acceder al beneficio previsto en el inc. 1) del Artículo 6° del Decreto Nro. 2106/2010, es condición necesaria que el contribuyente o responsable regularice la totalidad de la deuda del tributo en cuestión. Neuquén, 05 de Febrero de 2016 NIVEL DE APROBACIÓN Artículo 8º: De acuerdo a la cantidad de cuotas que se soliciten, los planes de pago serán autorizados según el siguiente detalle: a) Planes de pago gestionados en forma presencial o vía web, hasta la cantidad de 12 cuotas: Sin necesidad de aprobación previa. b) Planes de pago 13 a 24 cuotas: Requiere aprobación del Jefe de la División Planes de Pago, el Jefe del Departamento de Atención de Público o el Jefe de la Delegación correspondiente, por lo que no se podrá gestionar vía web. c) Planes de pago de más de 24 cuotas: Requiere aprobación del Director General de Recaudación o Atención y Servicios al Contribuyente, según corresponda, por lo que no se podrá gestionar vía web. DEUDAS LIQUIDADAS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Artículo 9º: De tratarse de deudas liquidadas por la Dirección General de Fiscalización, los contribuyentes -previo a efectuar el acogimiento- deberán solicitar la confirmación de las mismas por ante la citada Dirección y allanarse a las pretensiones del fisco. CONCURSO PREVENTIVO O QUIEBRA Artículo 10º: Establécese que los contribuyentes que se encuentren en concurso preventivo o quiebra, se encuentran excluidos del ámbito de aplicación de la presente Resolución. VENCIMIENTOS DE LAS CUOTAS Artículo 11: El ingreso de la primera cuota tendrá el carácter de anticipo y deberá abonarse al momento de la suscripción del plan, y resultará de dividir el total de la deuda consolidada por el número de cuotas solicitadas. Las cuotas restantes serán iguales mensuales y Neuquén, 05 de Febrero de 2016 BOLETIN OFICIAL PAGINA 19 consecutivas comenzando a vencer el mes siguiente al del pago del anticipo o primera cuota. El vencimiento de cada cuota operará el día 15 o día hábil siguiente de cada mes. tintos lugares de la ciudad”. En caso de que la comprobación haya sido realizada a través de una cámara, se adjuntará al Acta de Infracción fotografía del hecho que la motiva. Artículo 12: Cuando los pagos se realicen fuera de término, sin que la mora haya producido la caducidad del Plan, se aplicarán los intereses resarcitorios previstos por el Artículo 84 del Código Fiscal Provincial Vigente. 0207 - Promulga la Ordenanza Nº 2505/2016 s/Montos límites de contrataciones. CONSIDERACIONES FINALES Artículo 13: De tratarse de pequeños contribuyentes y que no se encontraren bancarizados, podrán adherir al régimen reglamentado en la presente, previa la autorización por parte de la Dirección General de Atención y Servicios al Contribuyente o en su defecto de la Dirección General de Recaudación o por parte de los responsables de las distintas Delegaciones de este organismo. Artículo 14: Deróganse las Resoluciones Nº 058/DPR/14 y 025/DPR/15, a partir de la firma de la presente. Artículo 15º: Publíquese en el Boletín Oficial y dése a conocimiento a las distintas Áreas y Delegaciones de la Dirección Provincial de Rentas, Regístrese. Cumplido, Archívese. Fdo. Cr. Juan Martín Insua, Director Provincial de Rentas, Provincia del Neuquén. ____________ 0208 - Promulga la Ordenanza Nº 2506/2016 s/Autorización de anticipo de fondos para obra Parque de la Ciudad. MUNICIPALIDAD DE PLOTTIER Ordenanzas Sintetizadas Año 2015 3702 - Autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a solicitar un Aporte Reintegrable al Gobierno de la Provincia del Neuquén en el marco del Convenio firmado, por la suma de pesos dos millones quinientos mil con 00/100 ($2.500.000), para abonar los sueldos correspondientes al mes de octubre del corriente año, pagaderos en el mes de noviembre. Promulgada por Decreto Municipal Nº 1304/15. 3704 - Condona la deuda que mantiene con el Municipio la Sra. Arévalo Norma Inés (Art. 1º) y eximase el pago de servicios retributivos y patente de las cuotas 11 y 12 del año 2015 (Art. 2°). Promulgada por Decreto Municipal Nº 1306/15. Decretos Sintetizados Año 2016 3705 - Deroga la Ordenanza Nº 3123/10, en todos sus términos (Art. 1°), y ratifica en todos sus términos el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Plottier y la Sra. Cecilia Rodríguez, DNI Nº 16.731.334, que forma parte de la presente como Anexo I, por los motivos expuestos en los considerandos. Promulgada por Decreto Municipal Nº 1343/15. 0202 - El Artículo 33 de la Ordenanza 0597/86 queda reglamentado de la siguiente forma: “El funcionario que en virtud de sus funciones, compruebe una infracción, labrará de inmediato un Acta. Tal comprobación podrá realizarse personalmente o a través de las cámaras que el municipio ha dispuesto en dis- 3707 - Incorpora al área de crecimiento urbano las parcelas de Nomenclatura Catastral N° 09-21-080-5270 del Lote 18 A, 09-21-080-6073 del Lote 19 A, 09-26-087-5815, 09-26-87-47930000, 09-26-82-2755-0000, 09-26-84-63470000, 09-26-93-3850, 09-26-078-7992-0000, 09-26-87-9559-0000, 09-26-083-9011-0000, PROVINCIA DEL NEUQUÉN MUNICIPALIDAD DE CUTRAL-CÓ PAGINA 20 OFICIAL BOLETIN 09-26-09-32817. Promulgada por Decreto Municipal Nº 1342/15. 3709 - Aprueba el Plan de Regularizacion de Obras No Declaradas en el ejido de la ciudad de Plottier, el que tendrá por objeto el de facilitar la declaración, regularización y registro de las construcciones que no cuentan con los planos correspondientes de obras registradas en la Municipalidad de Plottier, ni cuentan con final de Obra. Promulgada por Decreto Municipal Nº 1518/15. 3714 - Prorroga la reserva por dos (2) años del Lote Manzana N° 02 del Barrio Los Álamos, Nomenclatura Catastral N° 09-22-079-7022, para la construcción del Centro de Salud, dependiente del Hospital Plottier (Art. 1°) y prorroga de la reserva por dos (2) años del Lote 01, Manzana 2K del Barrio Loteo Social, para la Construcción del Centro de Salud dependiente del Hospital Plottier (Art. 2°). Promulgada por Decreto Municipal Nº 1542/15. 3715 - Autoriza a la Cooperativa de Agua Potable Ltda. a incrementar la tarifa de agua potable en un 30% el concepto de “Tasa por Servicio”, desde el 1 de diciembre del corriente año, teniendo en cuenta las tarifas establecidas por Ordenanza 3550/14. Promulgada por Decreto Municipal Nº 1543/15. 3716 - Deroga la Ordenanza N° 3313/12 (Art. 1°) y adjudica con opción a compra la parcela identificada como N° 21 de la Manzana A-5 del Parque Industrial, a Fluid Drive SRL, con destino a la instalación de una base de servicios petroleros, movimiento de suelos y excavaciones; en cumplimiento de las disposiciones establecidas por las Ordenanzas N° 1039/94 y N° 1187/95 y sus anexos reglamentarios y complementarios (Art. 2°). Promulgada por Decreto Municipal Nº 1544/15. 3718 - Fija tarifas para el acceso al Camping Nepen Hue - Temporada Estival 2015-2016. Promulgada por Decreto Municipal Nº 1546/15. Neuquén, 05 de Febrero de 2016 3719 - Condona y exima la deuda en concepto de tasas por servicios retributivos que mantiene la Sra. Mantegazza Irma Elvira, DNI Nº 11.255.476, respecto del inmueble identificado como Lote 10, Mza. 3, N.C. 09-22-0432273, calle Serraioto y Navarro del Bº Loteo Navarro, encuadrado dentro de los beneficios de la Ordenanza N° 3298/12 y Ley 24901 - JUCAID. Promulgada por Decreto Municipal Nº 1547/15 3720 - Condona la deuda que en concepto de tasas por servicios retributivos mantiene con el Municipio la Sra. Torres Cuevas Raquel Margarita, DNI N° 93.016.657, respecto del inmueble identificado como Lote 8, Mza. 104, N.C. 09-22-47-5589 (4174) del Bº Los Aromos, para la cuota 10 del año 2012, año 2013, cuota 07, cuotas 01 a 12 del año 2014 y cuotas 01 a 10 del año 2015 (Art. 1°) y exime el pago de las cuotas 11 y 12 del año 2015 (Art. 2°). Promulgada por Decreto Municipal Nº 1548/15. 3721 - Condona la deuda que en concepto de tasas por servicios retributivos mantiene con el Municipio el contribuyente Figueroa Vallejos Samuel, DNI N° 92.417.385, respecto del inmueble identificado como Lote 10, Mza. 6, N.C. 09-22-044-9260-0000, calle Pasionarias N° 626 del Bº Los Troncos, para las cuotas 06 a 12 del año 2012; cuotas 01 a 12 del año 2013, cuotas 01 a 12 del año 2014, cuotas 01 a 10 del año 2015 (Art. 1°) y exime el pago de las cuotas 11 y 12 del año 2015 (Art. 2°). Promulgada por Decreto Municipal Nº 1549/15. 3722 - Condona la deuda que en concepto de tasas por servicios retributivos mantiene con el Municipio la Sra. Bernal Teresa del Carmen, DNI N° 10.565.825, respecto del inmueble identificado como Lote 8, Mza. C, Chacra 16, calle Las Araucarias N° 266n del Bº Don Antonio, para las cuotas 07 a 12 del año 2013; año 2014 cuotas 01 a 12 y cuotas 01 a 07 del año 2015 (Art. 1°) y exime el pago de las cuotas 08 a 12 del año 2015 (Art. 2°). Promulgada por Decreto Municipal Nº 1550/15. Neuquén, 05 de Febrero de 2016 BOLETIN OFICIAL ACUERDOS DEL TRIBUNAL DE CUENTAS ACUERDO JR-8949. En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil quince, se reúne en Acuerdo el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén … para dictar Resolución en los autos caratulados: “Municipalidad de las Lajas - Rendición de Cuentas Ejercicio 2007 - Actuación Sumarial”, (Expte. Nº 2600-45923/2007- Alc. 1/09), en trámite por ante este Tribunal … Visto: … Considerando: … Resuelve: Artículo 1º: Hacer lugar en forma parcial al recurso de revisión interpuesto por los Sres. Néstor Omar Baiz y Walter Miguel Bustos, respectivamente, contra el Acuerdo JR-8415 de fecha 27/05/14, de conformidad y con los alcances expuestos en los considerandos. Artículo 2º: Absolver de Responsabilidad Administrativa Patrimonial a los Sres. Néstor Omar Baiz y Walter Miguel Bustos de la Municipalidad de Las Lajas; respecto de la Observación Nº 1 inc. 19 y 38 y Nº 2, correspondientes a la Rendición de Cuentas del Ejercicio 2007 de la Municipalidad de Las Lajas y que fueran objeto del Juicio Administrativo de Responsabilidad ordenado por Acuerdo JR-8415. Artículo 3º: Ratificar la Responsabilidad Administrativa Patrimonial declarada en el Art. 1 del Acuerdo JR-8415, de los Sres. Néstor Omar Baiz y Walter Miguel Bustos de la Municipalidad de Las Lajas, de conformidad y con los alcances expuestos en los considerandos. Artículo 4º: Condenar a los Sres. Néstor Omar Baiz y Walter Miguel Bustos, en forma solidaria, al reintegro de las sumas comprensivas del perjuicio fiscal ocasionado, conforme el siguiente detalle: La suma de $9.715,00 en concepto de capital, con más la suma de $4.223,38 en concepto de intereses -Tasa Pasiva del Banco de la Provincia del Neuquén- a partir del 31/12/2007 al 30/09/2015; lo que totaliza la suma de pesos trece mil novecientos treinta y ocho con treinta y ocho centavos ($13.938,38); conforme la planilla de liquidación adjunta. Asimismo, se les PAGINA 21 hace saber que en el plazo de veinte (20) días deberán proceder a depositar eL total resultante, en la cuenta que el Tribunal tiene habilitada al efecto en el Banco Provincia -Sucursal Rivadavia- Cuenta Corriente Nº 110/3, debiendo presentar en la sede de este Órgano de Control Externo dentro del plazo indicado, el comprobante respectivo. Vencido el plazo sin hacer efectivo el depósito, sin más trámite, se remitirán los antecedentes al Sr. Fiscal de Estado para que proceda por vía de apremio. Artículo 5º: Regístrese, notifíquese y publíquese. Fdo.) Dr. Hugo R. Acuña (Presidente), Cra. Ana C. Esteves (Vocal), Cra. María Vaqueiro (Vocal), Dra. Laura M. Serrano (Vocal), Dr. Antonio A. Di Maggio (Vocal), Dr. Fernando Correa Uranga (Prosecretario a/c Secretaría). ____________ ACUERDO JR-8953. En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil quince, se reúne en Acuerdo el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén, integrado por el Presidente: Doctor Hugo Rodolfo Acuña y por los Vocales: Contadora Ana Cecilia Esteves, Contadora María Vaqueiro, Doctora Laura Marcela Serrano y Doctor Antonio Alfredo Di Maggio, con la asistencia del Prosecretario, Doctor Fernando Guillermo Correa Uranga a cargo de Secretaría; para dictar Resolución en los autos caratulados: “Ente Provincial de Termas del Neuquén s/Rendición de Cuentas Ejercicio 2010 - Actuación Sumarial Observación Nº 15: Exptes. 43701712 - Alcances 10, 11 y 12: Depósitos Judiciales”, (Expte. Nº 2600-48612/2011 - Alcance Nº 1 - Anexo 7), ... y conforme al orden de votación fijado oportunamente por el Art. 3º del Reglamento Orgánico de este Cuerpo -Acuerdo I-1.028-, el señor Presidente, Dr. Hugo Rodolfo Acuña, dijo: Visto: Que por Acuerdo G-2453 de fecha 12 de julio de 2012, este Tribunal de Cuentas dispuso ordenar la sustanciación de una actuación sumarial a fin de dilucidar los actos, hechos y omisiones que dieron motivo a las Observaciones formuladas por la PAGINA 22 OFICIAL BOLETIN Auditoría Fiscal como Anexo I del Informe Nº 4149/12-D.G.O.D. e Informe ratificatorio Nº 4262/12-D.G.O.D., en relación a la Rendición de Cuentas del Ejercicio 2010 correspondiente al Ente Provincial de Termas del Neuquén. Que, en el presente expediente se sustancia la actuación referida a la Observación Nº 15. Es designado como Instructor Sumariante el Dr. Gustavo Brasca (conf. Art. 2º). Considerando: ... I) Que, a foja 01 luce providencia del Dr. Brasca, quien separa las observaciones del ejercicio en distintos anexos. Que a fs. 02 luce providencia de abocamiento del Dr. Brasca quien designa secretarias de instrucción y manda a notificar a los obligados a rendir cuentas. Que, a fojas 03/10 se agrega copia del Acuerdo G-2453 que da inicio a la presente actuación sumarial. Que, a fs. 11/13 luce copia de la parte pertinente del Informe Nº 4149/2012-D.G.O.D., por el cual los Auditores de la cuenta formularon las Observaciones del ejercicio, expuestas en los siguientes términos: “Observación Nº 15: Exptes. 4370-1712, Alcances 10, 11 y 12: Depósitos judiciales. De la rendición de haberes y aportes patronales correspondientes a los comprobantes que el organismo debió realizar en concepto de depósitos judiciales, se verificó el registro en libro banco de las erogaciones por este concepto, pero no se rinde constancia detallada que habitualmente el banco otorga por los débitos automáticos y detallados que se realizó en la Cuenta Corriente 123/2 “Sueldos”. Sin perjuicio de ello se ha podido corroborar que la entidad bancaria practicó los débitos informados por el ente, razón por la cual pese a que la rendición de haberes no cuenta con los comprobantes respaldatorios no se considera presunto perjuicio atento a constatarse el pago por los extractos bancarios. Esta irregularidad administrativa no justifica la falta de cumplimiento con lo establecido en Disposición 146/06 C.G., respecto a la rendición de haberes. No se procedió así con algunos agentes a los cuales se les efectuó el descuento de sus haberes para depósitos judiciales, verificándose la falta de emisión de los cheques y sus correspondientes depósitos. Este procedimiento Neuquén, 05 de Febrero de 2016 administrativo no solo perjudica las cuentas personales de los agentes, sino también mantiene fondos en la cuenta que ya tienen un destino de acuerdo al libramiento a pagar; no se han rendido constancia de haber realizado los depósitos judiciales en los expedientes y agentes que a continuación se detallan: A) Expte. 4370-1712/2010 - Alc. 10, descontado al agente Videla Diego $520,62. B) Expte. 43701712/2010 - Alc. 11, descontado al agente Videla Diego $596.42. C) Expte. 4370-1712/2010 - Alc.12, descontado al agente Cerda Manuel $682.12. Total de la Observación Nº 15: $1.799,16”. Que, a fs. 14/16 luce descargo presentado por los responsables a rendir cuentas. Que, a fs. 17/19 luce Informe Nº 4262/2012-D.G.O.D., por el cual se ratifica la observación bajo análisis en los siguientes términos: “… Observación Nº 15: Exptes. 43701712 - Alcances 10, 11 y 12: Depósitos judiciales. Incs. A y B: Se mantiene la Observación: En virtud a la documental aportada copia fiel del oficio de fecha 12/8/2009 recepcionada por el organismo con fecha 10/9/2009, en dicho oficio indican expediente y número de la cuenta judicial donde se ordena se trabe embargo al empleado Videla Diego, por el saldo de $317,04 más $00, presupuestados provisoriamente para intereses y costas. Asimismo se ha rendido extracto emitido por el Banco Provincia Neuquén de fecha 21/10/2010 donde consta que el agente registra dos causas y cuentas judiciales. La correspondiente al oficio de referencia no concuerda el número de la cuenta judicial donde la empleadora debería depositar. Atento al tiempo transcurrido desde la recepción del oficio, la empleadora no ha rendido constancia que acredite haber informado al agente sobre esta irregularidad del Banco o del oficio judicial. Si bien no existe perjuicio a las arcas del Estado, la inobservancia del ente perjudica los intereses del agente, por lo que hasta tanto no se cumpla con lo normado por oficio y se rinda constancia de haber cumplido con lo ordenado se mantiene la observación. Inc. c) Se mantiene la Observación: Atento al descargo formulado a fojas 36 por el Jefe de Departamento suel- Neuquén, 05 de Febrero de 2016 BOLETIN OFICIAL dos y hasta tanto no se cumpla y remita el comprobante respaldatorio. Total de la Observación Nº 15: $1.799,16”. Que, a fs. 20/21 lucen copias de cédulas debidamente diligenciadas, notificando la providencia de abocamiento, dirigidas a los obligados a rendir cuenta señora Primucci y señor Traversi respectivamente. Que, a fs. 22/26 luce nota firmada por la Auditora Fiscal por medio de la cual remite la documental de las observaciones que fueron ratificadas. Que, a fs. 27/37 lucen descargos remitidos por los obligados a rendir cuenta y agregan documental. Luego, pasan las actuaciones a Dictamen. II) Que, a fs. 39/40 luce Dictamen Nº 0479/12, elaborado por el Instructor sumariante Dr. Gustavo Fabián Brasca, quien luego de un análisis del expediente y demás constancias obrantes en estas actuaciones concluye que: “... Por lo anteriormente expuesto, estimo la inexistencia de menoscabo al Erario Público, por cuanto la conducta desplegada por el Organismo, sin bien viciada de irregularidad administrativa, no constituye “per se” perjuicio fiscal contra las arcas estatales. En consecuencia, cabe dejar sin efecto la Observación Nº 15 contenida en el Anexo I del Informe de Auditoría Nº 4149/12-D.G.O.D. y ratificada por el Informe 4262/12-D.G.O.D. Por consiguiente, deberían pasar las presentes actuaciones a archivo, de conformidad con lo establecido en el Art. 113 inc. a) de la Ley 2141, elevándose las presentes a Presidencia para su consideración”. Que, a fs. 42 consta Dictamen Nº 0328/2014 de la Dirección de Asuntos Legales de este Tribunal el cual explica: “... Que en la instrucción sumarial se ha garantizado el derecho de defensa, dado que los obligados a rendir cuenta han sido debidamente notificados de la apertura de la instancia sumarial, y han presentado descargos que se agregan a fs. 24/37 de la Actuación Sumarial. Al analizar los descargos el Instructor Sumariante señaló “… la conducta descripta asumida por el Organismo, constituye una irregularidad administrativa, que en principio, no causa perjuicio a las arcas estatales, al menos no fue detallado ni existe constancia alguna de ello…”, consecuente- PAGINA 23 mente aconseja el archivo de las actuaciones, a lo que adhiero. Conclusión: Que como corolario de las consideraciones vertidas en los párrafos que anteceden aconsejo el archivo de las presentes actuaciones. Así opino, salvo mejor criterio del Cuerpo que Ud. preside”. III). Sentado lo expuesto y encontrándose las actuaciones en estado de resolver, procedo a expedirme sobre las cuestiones traídas a examen, a efectos de emitir el voto correspondiente. En primer término y en relación al contenido de la Observación objeto del presente me remito, en honor a la brevedad, a la descripción efectuada en el punto I de los Considerandos. Ahora bien, habiendo sido notificados de la actuación sumarial, los obligados a rendir cuentas remiten notas de descargo. Comenzando con el análisis del presente expediente, vemos que observa auditoría la falta de constancias detalladas por débitos automáticos que se realizaron de la Cuenta 123/2 (sueldo), no constando con los comprobantes correspondientes. Asimismo observa el descuento de haberes de algunos agentes, para depósitos judiciales, sin los comprobantes correspondientes. También la falta de constancias de los depósitos judiciales efectivizados a partir de dichos descuentos. Coincidiendo con la auditoría, la conducta descripta asumida por el Organismo, constituye una irregularidad administrativa, que en principio, no causa perjuicio a las arcas estatales, al menos no fue detallado ni existe constancia alguna de ello. No es menos cierto, que dichas irregularidades pueden haber afectado a los agentes cuyos haberes sufrieron descuentos en virtud de mandas judiciales, caso en el cual deberían haberse formulado los reclamos correspondientes, lo cual tampoco surge de las actuaciones. Sin perjuicio de ello, debería analizarse si a partir de dichas irregularidades administrativas, resulta alguna clase de multas, interés, astreintes a cargo de la administración, caso en el cual si podríamos estar en el supuesto de hecho necesario para la determinación de perjuicio fiscal. Es por ello que, más allá de las irregularidades observadas, estimo la inexistencia de perjuicio a las arcas estatales, motivo por el PAGINA 24 OFICIAL BOLETIN cual corresponde dejar sin efecto la observación bajo análisis. Por lo anteriormente expuesto, estimo la inexistencia de menoscabo al Erario Público, por cuanto la conducta desplegada por el Organismo, sin bien viciada de irregularidad administrativa, no constituye “per se” perjuicio fiscal contra las arcas estatales. En consecuencia, cabe dejar sin efecto la observación Nº 15 contenida en el Anexo I del Informe de Auditoría Nº 4149/12-D.G.O.D. y ratificada por el Informe 4262/12-D.G.O.D.. Por consiguiente, deberían pasar las presentes actuaciones a archivo. Así votó la señora Vocal, Contadora Ana Cecilia Esteves dijo: Por adherir en un todo a la línea argumental y conclusión propuesta voto en idéntico modo. Mi Voto. La señora Vocal, Contadora María Vaqueiro dijo: Por compartir el análisis y conclusión arribada, voto en el mismo sentido. Mi Voto. La señora Vocal Doctora Laura Marcela Serrano dijo: Adhiero a las consideraciones y conclusiones expuestas, por ello voto en idéntico modo. Mi Voto. El señor Vocal, Doctor Antonio Alfredo Di Maggio dijo: Por compartir en un todo a las argumentaciones propuestas por el Sr. Presidente, voto del mismo modo. Mi Voto. De lo que surge el presente Acuerdo, el Tribunal de Cuentas constituido en plenario, delibera y por unanimidad Resuelve: Artículo 1º: Dejar sin efecto la Observación Nº 15, contenida en el Informe Nº 4149/ 2012-D.G.O.D. y ratificadas en el Informe Nº 4262/2012-D.G.O.D., correspondiente a la Rendición de Cuentas Ejercicio 2010 del Ente Provincial de Termas del Neuquén y disponer el archivo de las presentes actuaciones. Artículo 2º: Regístrese, notifíquese a los señores Ernesto Traversi (Presidente desde el 01/01/2010 al 31/12/2010) y Rosa Primucci (Directora de Gestión Administrativa). Publíquese y Archívese. Fdo. Cra. Ana C. Esteves, Vocal; Dr. Hugo R. Acuña, Presidente. Siguen firmas: Dra. Laura M. Serrano; Cra. María Vaqueiro, Vocal; Dr. Antonio A. Di Maggio, Vocal; Dr. Fernando G. Correa Uranga, Prosecretario a/c Secretaría. Neuquén, 05 de Febrero de 2016 A NUESTROS USUARIOS Se comunica que con motivo de los feriados de los días 08 y 09-02-2016 -Carnaval-, se recepcionará la documentacion según se detalla a continuación: Edición Fecha Nº 3509 12-02-16 Se recepcionará hasta el día: 05-02-16 Asimismo se informa que tendrán prioridades los documentos con vencimientos impuestos. SIN EXCEPCIÓN SUMARIO Edición de 24 Páginas Decretos Sintetizados - Pág. 2 a 4 Contratos, Licitaciones, Convocatorias y Edictos - Pág. 4 a 17 Normas Legales - Pág. 17 a 20 Acuerdos del Tribunal de Cuentas Pág. 21 a 24 CORREO ARGENTINO - Cuenta Nº 0000012930F0052 | Dirección Nacional del Derecho del Autor Nº 5268774 Tipeado, Compaginado, Armado e Impreso en la Dirección del Boletín Oficial y Archivo
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