CENTRO DE CAPACITACION COMBARRANQUILLA MANUAL DE CONVIVENCIA CONTENIDO Página JUSTIFICACION 3 CAPITULO I: LA INSTITUCION 4-7 CAPITULO II: LOS ESTUDIANTES 8-16 CAPITULO III: PROCESOS DE LA FORMACION ACADEMICA 17-38 CAPITULO IV: ASPECTOS DISCIPLINARIOS 39-45 CAPITULO V: ASPECTOS RELACIONADOS CON EL PERSONAL DIRECTIVO Y DOCENTE (CARACTERISTICAS, DERECHOS, DEBERES Y ESTIMULOS). 46-49 CAPITULO VI: SERVICIOS OFRECIDOS POR EL CENTRO DE CAPACITACIÓN COMBARRANQUILLA Y EL REGLAMENTO PARA EL USO DE LOS MISMOS. 50-55 CAPITULO VII: DISPOSICIONES GENERALES 56 JUSTIFICACION Para esta Comunidad Educativa es de vital importancia la aplicación de este manual que es acorde con la orientación Constitucional y Filosófica de nuestra Institución. Los objetivos del proceso de enseñanza-aprendizaje se fundan en la necesidad de practicar los derechos y deberes que le corresponden a cada uno de los integrantes de la Comunidad Educativa con el fin de construir juntos una convivencia social justa, pacifica, respetuosa, democrática, y sobre todo formativa de ciudadanos integrales, seres transformadores, competentes, responsables, altruistas, comprometidos con la sociedad de acuerdo con los fundamentos y lineamientos pedagógicos para la administración de los estudiantes mediante su gobierno escolar. Todo grupo humano que comparte un objetivo común requiere un conjunto de reglas y criterios que sean conocidos por todos y cada uno de los miembros que lo conforman. Es por ello que la institución ha construido con el aporte de toda la Comunidad Educativa el presente Manual de Convivencia, como guía de acciones formativas, encaminadas al fortalecimiento de la calidad de vida de cada uno de los miembros que la conforman. Este Manual de Convivencia ha sido elaborado teniendo en cuenta las disposiciones legales vigentes y aprobadas por unanimidad por los distintos representantes del Consejo Directivo y está sujeto a modificaciones que sean necesarias para la buena marcha de la institución. Tiene como finalidad orientar y regular las relaciones interpersonales entre los actores de la Comunidad Educativa, busca crear y fomentar una conciencia de solidaridad, armonía y sentido de pertenencia que propicie la buena marcha de la institución, persigue que los educandos adquieran conocimiento de su identidad cultural mediante el buen uso del vocabulario y normas de comportamientos aplicables para todo los estamentos educativos, quienes al momento de firmar su inscripción y posterior admisión, se entiende que han aceptado y están dispuestos a cumplirlo mientras tengan la calidad de estudiante de este Centro. CAPITULO I LA INSTITUCION Art.1 DEFINICIÓN: EL CENTRO DE CAPACITACIÓN COMBARRANQUILLA es una institución de carácter privado constituido legalmente como entidad educativa desde 1997 mediante Resolución No 000354 de 1997, emanada de la Secretaria de Educación Distrital que imparte programas de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano a nivel técnico laboral según el Decreto No 4904 de 2009, la ley 1064 del 2006, el decreto 2020 del 2006. Art.2 Su Representante legal es ERNESTO HERRERA DIAZGRANADOS, su Director es SANDRA MILENA PAEZ GONZALEZ. Art.3 UBICACIÓN: EL CENTRO DE CAPACITACIÓN COMBARRANQUILLA. Está ubicado en la siguiente dirección y sede: Barranquilla (Atlántico): Carrera 43 No. 63B-107 TEL: 3718900 Art. 4 PLAN DE ESTUDIO VIGENTE, AUTORIZADO POR LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DISTRITAL: PROGRAMA TECNICO LABORAL POR COMPETENCIAS RESOLUCION DE APROBACION SECRETARIA DE EDUCACION Técnico en Cocina 260 del 23/01/2013 Técnico en Almacenamiento y Bodegaje 260 del 23/01/2013 Técnico en Contact Center 3814 del 25/06/2012 Técnico en Auxiliar Contable y Financiero 261 del 23/01/2013 Técnico en Auxiliar de Aduanas 261 del 23/01/2013 Técnico en Agente de Viajes y Turismo 261 del 23/01/2013 Técnico en Mesa y Bar 2304 del 30/07/2011 Técnico en Belleza 260 del 23/01/2013 Art. 5 FILOSOFIA INSTITUCIONAL El pensamiento filosófico y humanístico, está centrado en la formación de personas autónomas con conciencia moral y sentido trascendente, sensibles, conocedores y partícipes de la realidad social capaces de transformarla, ubicándose frente a unas circunstancias que son inherentes a su misma naturaleza y en consecuencia el espíritu filosófico que lo ilumina y orienta, apunta hacia el desarrollo emocional equilibrado con proyección a esta sociedad, mediante el conocimiento y aplicación de los derechos, principios y valores como la vida, la libertad, la ética, la moral, la justicia, el respeto, la solidaridad, el orden, la tolerancia, la comunicación, la creatividad, la competitividad, la eficacia, la excelencia , amor , honestidad, responsabilidad, dentro de los cánones del comportamiento social y político, exigidos para el hombre del presente y del futuro, es decir con orientación democrática, participativa, y solidaria en donde se respete la diversidad de pensamientos políticos, culturales, científicos y tecnológicos, formando entonces estudiantes idóneos con gran sentido de pertenencia participativa en la construcción de conocimientos, para convertirlos en potenciadores en la observación real de la convivencia, ya que cualquier campo del conocimiento humano para que tenga sentido, debe ir dirigido hacia el perfeccionamiento, bienestar y calidad de la vida, buscando el desarrollo humano en los aspectos físicos, mentales, sociales, espirituales, para lograr que el estudiante proyecte en la vida su racionalidad de ser libre y responsable mediante decisiones inteligentes. Se hace necesario trazar unos principios que lleven este programa entre los estudiantes y que se sintetizan en los conceptos de conciencia, participación, integración y libertad. Conciencia: Despertar la conciencia del educando es hacerlo sentirse así mismo, descubrirse como persona en sus relaciones, en la comunidad, en el mundo, es producir a plena capacidad. Es realizar plenamente el plan de Dios en cada uno, es descubrir al otro como una realidad con la cual debe comunicarse y vivir. Es actuar con una reflexión crítica sobre la propia conciencia. Participación: Participar es compartir con los demás, a quienes hemos descubierto en nuestro diario vivir; participar es aplicar a nuestra concientización al mundo que nos rodea. La participación del estudiante en el proceso educativo, dará la garantía de la construcción conjunta de la comunidad educativa. La participación depende en gran parte de las actividades que se organicen en las cuales se proyecten las capacidades creativas de los estudiantes. Integración: Integrar al estudiante es llevarlo a sentirse parte decisiva de las situaciones, en el proceso educativo, en las relaciones con las demás personas, en la marcha de la institución. Es llevar al estudiante a que viva “Su Corporación. “Un estudiante integrado a la vida comunitaria, altamente productivo, no se sentirá aislado, comunicará riqueza personal a los otros; integrar al estudiante es canalizar la disciplina de una manera constructiva”. Libertad: El concepto de libertad es uno de los más difíciles de definir, de aplicar y formar en el hombre. La libertad pretendida es la que estimula en el estudiante una actitud responsable ante la vida, una decisión consciente, una conducta razonada en todo momento. Libertad es sinónimo de autonomía. Formar al educando en la libertad de educarlos en la capacidad de auto determinación, de sentirse responsable así mismo, ante la comunidad educativa, es formarlos interiormente. Estos cuatro conceptos permitirán un diálogo del educando con lo que lo rodea. La acción educativa de EL CENTRO DE CAPACITACIÓN COMBARRANQUILLA se ejercerá a través de sus directivas y del cuerpo de docentes, mediante la profundización y aplicación de estos cuatro conceptos. Del mismo modo el desarrollo institucional se guiará por los siguientes VALORES: Gestionamos con Efectividad o Proactividad y oportunidad o Eficacia o eficiencia Excelencia en el Servicio o Competencias o Recursos o Empatía y valor agregado o Fidelización de clientes o Mejoramiento continuo y mejores practicas Pasión por lo que hacemos o Actitud positiva o Dar y recibir o Convicción con flexibilidad Trascendemos en lo social o Equidad o Sinergias corporativas o Impacto social Construimos Relaciones con Respeto o Dignidad o Ejercicio de autoridad o Compromiso medio ambiental o Buen trato o Cumplimiento legal Art. 6 OBJETIVOS INSTITUCIONALES. Generar valor a través de la oferta de servicios educativos pertinentes, garantizando la satisfacción de las necesidades y expectativas de los clientes. Formar estudiantes integrales con altos estándares de calidad para desempeñarse competentemente en el sector productivo. Responder a las necesidades del sector productivo a fin de establecer sinergias que faciliten la empleabilidad de nuestros egresados. Art. 7 MISIÓN: Desarrollar formación técnica integral y servicios de capacitación que faciliten los procesos de articulación e inserción laboral, apoyados por un equipo humano calificado, con herramientas y ambientes de aprendizajes óptimos, dentro del marco del sistema de compensación familiar. Art. 8 VISIÓN: En el 2020 el Centro de Capacitación Combarranquilla será reconocido por la calidad de los programas técnicos y de capacitación ofrecidos, y como aliado estratégico del sector productivo en sus procesos de formación del talento humano. Art. 9 FUNCIONES DE NUESTRA ORGANIZACIÓN Consejo Directivo: Líderes en el proceso de orientación y direccionamiento de la institución. Está conformado por el Director, Jefe de Educación, Gerente de Servicios y Coordinadora de Bibliotecas de la Caja de Compensación Combarranquilla. Según el cado se puede invitar un representante del sector productivo. Consejo Académico: Es el órgano de mayor jerarquía en el ámbito académico. Está conformado por el Jefe de Educación, Ejecutivo Sénior de Educación (Coordinador de Formación), Docentes, Representantes Estudiantiles y Egresados (en el caso de que se considere necesario según agenda de reunión). Dirección: Lidera el mejoramiento continuo en todos los procesos de la institución, basados en el cumplimiento de la misión y visión de la misma. Ejecutivo Sénior de Educación (Coordinación de Formación): Lidera y apoya el mejoramiento continuo de todos los procesos académicos, garantizando calidad en la formación de nuestros estudiantes y docentes. Asesoría Comercial: Es el área que asesora e informa a todas las personas interesadas en inscribirse a los diferentes servicios que ofrece nuestra institución. Asesoría de Atención al Cliente: Es el área responsable del servicio y la atención al cliente, manejo de la información y la documentación en general de nuestra institución. Docente: Es la persona que con un dominio técnico y pedagógico orienta y facilita el logro de los objetivos de formación propuestos al estudiante. Art. 10 COSTOS EDUCATIVOS. De acuerdo con el plan de trabajo, EL CENTRO DE CAPACITACIÓN COMBARRANQUILLA cada año fija costos educativos, previo acuerdo con la Secretaria de Educación Distrital; el estudiante deberá cancelar el valor establecido según el programa en el que se encuentre matriculado o aspire a matricularse, sea Técnico ó de Conocimientos Académicos, en cuotas pactadas hasta alcanzar el monto proyectado. Art. 11 REQUISITOS DE INGRESO EN PROGRAMAS TÉCNICOS: Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía o Tarjeta de identidad Título de Bachiller o Certificado de Aprobación de Noveno Grado. 1 foto 3x4 Contrato de pago (no aplica para estudiantes en convenio o becados) Recibo de pago del semestre o de la cuota inicial (no aplica para estudiantes en convenio o becados) CAPITULO II LOS ESTUDIANTES DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES Y DISTINCIONES Art. 12 CONCEPTO. Estudiante es la persona cuya matrícula está vigente para uno o varios módulos, durante el período académico en curso, una vez haya realizado su oficialización en la institución. Art. 13 CALIDAD DEL ESTUDIANTE EN EL CENTRO DE CAPACITACION COMBARRANQUILLA. La permanencia del estudiante en el Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA en los módulos de cada período y durante el desarrollo del programa escogido, se fundamenta en el cumplimiento de los siguientes requisitos: 1. Rendimiento académico acorde con los términos de calidad establecidos por la institución. 2. Cumplimiento de los principios éticos y morales definidos como propios de la vida institucional. 3. Cumplimiento de los compromisos económicos, académicos y administrativos de la institución. 4. Cumplimiento con lo establecido en este manual con respecto a la asistencia y puntualidad a clases. 5. Cumplimiento con todos los procedimientos internos y procesos que la institución requiere para su organización, funcionamiento y desarrollo integral humano en los niveles académicos y administrativos. PARÁGRAFO UNICO El estudiante no logra estos niveles de calidad por las siguientes razones: a) Cuando No Apruebe un módulo de formación del programa en el que se encuentra matriculado. b) Al cancelarse el Contrato Educativo por incumplimiento de las normas reglamentarias, económicas, académicas, sanción, retiro, aplazamiento, inasistencia y/o similares. c) Por motivos graves de salud o previo dictamen médico que considere inconveniente su permanencia en la institución por enfermedades que le impidan la convivencia en comunidad. d) Cuando el promedio de inasistencia a clases alcance o supere a lo señalado en el presente manual. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES Art. 14. DEFINICIÓN DE DERECHOS. El derecho es la potestad que tiene el Estudiante de gozar de libertades y oportunidades sin exclusión por razones de género, raza, origen familiar, discapacidad, nacionalidad, lengua, religión, opinión política o filosófica. Principalmente todas las personas tienen derecho a la educación y al desarrollo de su personalidad, garantizando a su vez, su desarrollo armónico e integral. Son derechos del estudiante del Centro de Capacitación de COMBARRANQUILLA: 1. Recibir una formación integral acorde con el programa a desarrollar y al crecimiento y desarrollo armónico de sus dimensiones humanas. 2. Recibir un proceso de inducción sobre la naturaleza de la formación, la estructura, organización y funcionamiento del Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA, su itinerario de formación, perfil ocupacional y el presente Manual de Convivencia. 3. Disponer en el Centro de Capacitación de los recursos físicos, didácticos, técnicos, tecnológicos y bibliográficos requeridos para su proceso de formación, utilizar las instalaciones y la dotación del centro de Capacitación o de otros ambientes educativos donde la entidad desarrolle programas de formación, de acuerdo con la reglamentación respectiva. 4. Recibir un carné de identificación que lo acredite como estudiante del Centro de Capacitación de COMBARRANQUILLA. 5. Disfrutar de los beneficios del Programa de Bienestar Estudiantil, orientados al desarrollo integral. 6. Recibir por parte de la comunidad educativa orientación académica y actitudinal que estimule el desarrollo personal y promueva la convivencia social. 7. Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de los directivos, docentes y personal administrativo, ante las dificultades que se puedan presentar en su proceso de formación. 8. Exigir alto nivel académico, estrategias y metodologías basadas en la construcción interactiva del conocimiento y participar objetivamente en el mejoramiento continuo de docentes a través de los procesos de evaluación. 9. Recibir la certificación que le corresponda, una vez aprobado en forma satisfactoria el programa de formación. 10. Ser evaluado objetiva e integralmente, con base en los criterios de evaluación establecida y a conocer, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes, los resultados de las evaluaciones, así como las diferentes novedades académicas, cuando estas ocurrieren, tales como amonestación, sanción, suspensión o cancelación del registro de matrícula. 11. Solicitar, de manera respetuosa, la revisión de las evaluaciones correspondientes, si considera que el resultado no es objetivo, siguiendo el procedimiento establecido en este Reglamento. 12. Recibir información acerca de las diferentes modalidades para desarrollar la etapa productiva del programa de formación. 13. Recibir, por parte del Centro de Capacitación, asesoría académica e integral durante el proceso de formación. 14. Recibir protección, trato digno, respetuoso y de diálogo por parte de los directivos, docentes y empleados del Centro de Capacitación. 15. Expresar con libertad su pensamiento, conocimiento e ideas en el marco del respeto hacia los demás, utilizando los medios de comunicación que el Centro de Capacitación tiene disponibles. 16. A elegir y ser elegido para los diferentes organismos de participación estudiantil que existen en el Centro de Capacitación y a participar en las diferentes actividades, siempre y cuando, reúna los requisitos exigidos. 17. A conocer las observaciones en caso de ser sindicado por faltas disciplinarias o de conducta por parte de los docentes y/o coordinadores. Tendrá derecho a ser escuchado, a su defensa y a la asistencia del Representante Estudiantil durante la investigación; así mismo a presentar pruebas y a controvertir las que se aleguen en su contra. PARAGRAFO UNICO Debido proceso: Nadie podrá ser sancionado por un hecho que no esté previsto como falta grave y muy grave por este manual, ni ser sometido a cualquier medida incriminatoria, sino conformes a leyes preexistentes al acto que se le imputa, observando las normas legales previstas y si de la conducta realizada o no realizada se desprende un delito o contravención sancionado por la ley penal, inmediatamente se pondrá a disposición de la autoridad penal competente y será responsable a título personal de todo tipo de responsabilidad civil o administrativa que se deriven de tal conducta, conforme a las leyes preexistentes. Para que una conducta sea sancionada se requiere que esté definida de manera inequívoco cada clase de falta y su medida de reconvención y sanción correctiva, la cual debe lesionar o poner en peligro, sin justa causa, la armonía convivencial de la institución y el orden jurídico tutelado por la ley. 18. Disfrutar del descanso, del deporte y de las distintas formas de recreación en los tiempos y lugares previstos para ello. 19. Recibir reconocimientos públicos cuando se haga merecedor (a) ellos y a que sean valoradas sus actuaciones sobresalientes a nivel deportivo, académico, cultural y dentro y fuera del Instituto, la ciudad, y/o el país. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES: Art. 15 Se entiende por deber, la obligación legal, social y moral que compromete a la persona a cumplir con determinada actuación, asumiendo con responsabilidad todos sus actos, para propiciar la armonía, el respeto, la integración, el bienestar común, la sana convivencia, el servicio a los demás, la seguridad de las personas y de los bienes de la institución. Son DEBERES del estudiante del Centro de Capacitación de COMBARRANQUILLA: 1. Cumplir con todas las actividades propias de su proceso de aprendizaje o del plan de mejoramiento, definidas durante su etapa lectiva y productiva. 2. Asistir puntualmente a clases y actividades programadas por la institución. 3. Adquirir los textos, elementos y útiles necesarios para el logro de los objetivos institucionales formativos y educativos de la institución. 4. Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios. 5. Verificar en el sistema que sus datos básicos, se encuentren totalmente diligenciados y/o actualizarlos de acuerdo con el trámite administrativo correspondiente. 6. Acoger los horarios y la programación académica establecida por el Centro de Capacitación. 7. Participar en las actividades complementarias o de profundización, relacionadas con el programa de formación, con el fin de gestionar su proceso de aprendizaje. 8. Realizar oportunamente a la Coordinación Académica, las solicitudes por escrito, sobre novedades tales como: Traslados, Aplazamiento, Retiro voluntario y Reintegro, que presente durante el proceso de aprendizaje, utilizando medios virtuales y/o físicos. 9. Si el trámite para la consecución de contrato de aprendizaje o de otra de las alternativas para el desarrollo de la etapa productiva, es realizado directamente por el estudiante, éste deberá informar inmediatamente cuando esto ocurra, a los responsables de apoyar este proceso en el Centro de Capacitación. 10. Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación del ambiente sano, vinculándose, apoyando y/o colaborando en las acciones que adelante el Centro de Capacitación. 11. Acatar las decisiones contempladas en el Manual de Convivencia. 12. Asumir con responsabilidad su participación en las actividades programadas como salidas, pasantías técnicas así como en las demás de carácter lúdico - pedagógico. 13. Hacer uso apropiado de los ambientes de aprendizaje (infraestructura, equipos, herramientas, recursos didácticos, técnicos, tecnológicos, bibliográficos) disponibles para su proceso de aprendizaje, asumiendo responsabilidad legal en situaciones de utilización inadecuada y uso indebido. 14. Asistir a las reuniones que programe el Centro de Capacitación para seguimiento a las actividades desarrolladas durante la etapa productiva. La no asistencia a estas reuniones debe justificarse mediante excusa comprobable. 15. Respetar los derechos de autor en los materiales, trabajos, proyectos y demás documentos generados por los grupos de trabajo o compañeros, y que hayan sido compartidos al interior del módulo virtual. Sin embargo, con la autorización de los creadores se puede hacer uso de cualquier material publicado, dando el crédito a quien generó la idea, a la fuente que se consultó o al recurso que referencia la información. 16. Conocer y asumir las políticas y directrices institucionales establecidas, así como el Manual de Convivencia y relacionarse en comunidad de acuerdo con ellos. 17. Portar permanentemente y en lugar visible el carné que lo identifica como Estudiante del Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA. En caso de pérdida de carné, el estudiante debe formular la denuncia correspondiente, tramitar el duplicado y cancelar el valor respectivo con base en las tarifas vigentes. 18. Portar el uniforme de manera decorosa dentro del Centro de Capacitación, en los ambientes donde se desarrollen actividades extracurriculares y entornos diferentes al académico; así mismo en el desarrollo de la etapa productiva, cuando la empresa lo exija. Está restringido el ingreso en Jeans con rotos, jeans descaderados, ropa informal, con gorras, lentes oscuros, camisetas o blusas escotadas. La camisa del uniforme es obligatorio usarla por dentro. 19. Actuar siempre teniendo como base los principios y valores para la convivencia; obrar con honestidad, respeto, responsabilidad, lealtad, justicia, compañerismo y solidaridad con la totalidad de los integrantes de la comunidad educativa y expresarse con respeto, cultura y educación, en forma directa o a través de medios impresos o electrónicos que le facilita el Centro de Capacitación (como foros de discusión, redes sociales, chat, correo electrónico, blogs y demás). 20. Hacer uso apropiado de los espacios de comunicación y respetar a los integrantes de la comunidad educativa, siendo solidario, tolerante y veraz en la información que se publique en medios impresos o digitales; abstenerse de enviar material multimedia que contenga imágenes, videos, documentos o grabaciones que no sean objeto de las actividades de aprendizaje. 21. Informar al docente, coordinador, directivo o personal de apoyo, cualquier irregularidad que comprometa el buen nombre y normal marcha del Centro de Capacitación y de la comunidad educativa, o que considere sospechosa dentro de la Institución y en los ambientes de aprendizaje, permitiendo una actuación oportuna, preventiva o correctiva. 22. Presentar siempre las mejores condiciones de aseo y pulcritud personal. 23. Enaltecer y respetar los símbolos patrios e institucionales. 24. Cumplir a cabalidad la normatividad vigente del estado Colombiano en lo referente a delitos informáticos. 25. Denunciar tratos, propuestas, o actos inmorales de parte de cualquier funcionario y de cualquier miembro de la comunidad educativa. PROHIBICIONES: Art. 16 Se entiende por Prohibición las limitaciones o restricciones que tiene una persona para realizar una determinada actuación dentro de un contexto determinado. Son Prohibiciones para COMBARRANQUILLA: el estudiante del Centro de Capacitación de 1. Plagiar materiales, trabajos y demás documentos generados en los grupos de trabajo o producto del trabajo en equipo institucional, así como las fuentes bibliográficas consultadas en los diferentes soportes. 2. Terminar unilateralmente el contrato de aprendizaje o pasantía, sin el visto bueno del empleador y del Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA. 3. Incumplir con las actividades de aprendizaje acordadas y los compromisos adquiridos como estudiante del Centro de Capacitación, sin justa causa. 4. Realizar fraude en evaluaciones, en el proceso de aprendizaje o en concursos, juegos o competencias de cualquier carácter. 5. Aportar documentación o información que difiera con la real, para el ingreso al Centro de Capacitación o para obtener cualquier beneficio del mismo. 6. Fumar en áreas no permitidas en el Centro de Capacitación, así como ingresar, comercializar, promocionar, ingerir o suministrar bebidas alcohólicas o sustancias psicoactivas, dentro de las instalaciones, o ingresar a la institución en estado que indique alteraciones ocasionadas por el consumo de éstos. 7. Ingresar a la institución Libros, revistas obscenas, láminas pornográficas, armas corto punzante, y de fuego que van en contra de la moral, las buenas costumbres y la integridad física de los miembros de la comunidad educativa, al igual que elementos (celulares, receptores músico-sonoros) que interfieran con el desarrollo normal de las actividades escolares. 8. Los miembros de la fuerza pública y organismos de seguridad del Estado, que se encuentren en un proceso de aprendizaje, no podrán portar armas en el Centro de Capacitación. 9. Utilizar el nombre del Centro de Capacitación, las instalaciones o sus recursos, para actividades particulares o con ánimo de lucro, exceptuando aquellas que sean parte de proyectos productivos aprobados por el coordinador de formación o la instancia competente. 10. Hurtar, estafar o abusar de la confianza de cualquier integrante de la comunidad educativa, o amenazarlo, sobornarlo, coaccionarlo o agredirlo verbal o físicamente, o ser cómplice o coparticipe de delitos contra ellos o contra la institución. 11. Contribuir al desorden y/o al desaseo. 12. Destruir, sustraer, dañar total o parcialmente instalaciones físicas, equipos, materiales, software, elementos y dotación en general del Centro de Capacitación, empresas u otras entidades donde se desarrollen actividades de aprendizaje, culturales, recreativas, deportivas y sociales o intercambios estudiantiles. 13. Practicar o propiciar juegos de azar, rifas u otros, con miembros de la comunidad educativa, al interior de las instalaciones del Centro de Capacitación, sin autorización de la instancia competente. 14. Realizar acciones proselitistas de carácter político o religioso dentro de las instalaciones del Centro de Capacitación y demás ambientes donde se desarrollen actividades formativas, así como propiciar actos indecorosos, de acoso, maltrato físico y/o mental, o conductas que puedan afectar a cualquier miembro de la comunidad educativa. 15. Permanecer con el uniforme en situaciones o lugares ajenos al proceso de aprendizaje, que deterioren la imagen institucional. 16. Generar, transmitir, publicar o enviar información confidencial, de circulación restringida, inadecuada, malintencionada, violenta, pornográfica, insultos o agresiones por los medios de comunicación físicos o electrónicos, disponibles para su proceso de aprendizaje. 17. Suplantar identidad durante el proceso de formación. 18. Alterar, adulterar, falsificar o sustraer documentos oficiales, calificaciones, evaluaciones o firmas correspondientes al Centro de Capacitación o emitidos por ella. 19. Propiciar conductas, propuestas o actos inmorales hacia cualquier miembro de la comunidad educativa, que atenten contra la integridad física, moral y/o psicológica. 20. Incumplir con las entrevistas o procesos de selección a los que ha sido citado por las empresas para la consecución de sus prácticas en la Etapa productiva. ESTIMULO Y DISTINCIONES: Art. 17 EL CENTRO DE CAPACITACIÓN COMBARRANQUILLA para mantener el buen comportamiento, excelente desempeño académico y vivencia de valores de su comunidad de estudiantes, ha creado el siguiente sistema de estímulos: La institución incentivará a los estudiantes que sobresalgan por su rendimiento académico y se distingan en certámenes culturales, científicos o deportivos donde participen en representación de la institución. La institución otorgará estímulos a través de distinciones honoríficas, medallas de honor o exoneración en matrículas en los siguientes casos: a) Por obtener la excelencia académica. b) Por mantener perseverancia y disciplina. c) Por sobresalir en actividades culturales, artísticas y alcanzar logros significativos. d) Por sobresalir en delicadeza, colaboración, puntualidad y valores. Art. 18 EL CENTRO DE CAPACITACIÓN COMBARRANQUILLA estimula a los estudiantes que de manera individual se destaquen académicamente, lo mismo que por su nivel de convivencia. Los estudiantes que se destaquen académica y disciplinariamente tendrán la opción de ser Monitores o Auxiliares del docente, para lo cual debe cumplir con los siguientes requisitos: Obtener un promedio durante el semestre igual o superior a: 4.0 Haber obtenido un porcentaje igual o superior a 4.0 en la competencia para la cual aspira como monitor. No estar sancionado por faltas académicas o disciplinarias. Aprobar los exámenes y/o entrevistas exigidas para tal fin. Son funciones del Monitor: Apoyar al docente en la realización de prácticas, ejercicios y en todas las actividades tendientes a alcanzar el objetivo del módulo. Apoyar y orientar a los estudiantes en la ejecución de trabajos de aplicación del módulo, consecución de bibliografía y de las fuentes de información que se reanalicen en la Institución, bajo la supervisión del docente. Supervisar el buen funcionamiento y uso de los equipos e infraestructura física. Art. 19 En la ceremonia de certificación se otorgará la distinción al Mérito Académico al graduando que cumpla con las siguientes exigencias: Haber cumplido con los requisitos de grado exigidos por la Institución dentro del plazo establecido en la reglamentación expedida para tal fin. Tener el promedio acumulado más alto entre el grupo de estudiantes que aspiran a certificarse en ceremonia colectiva en la fecha que la institución programe para tal fin, siempre sea igual o mayor que 4.0 Tener publicaciones en los medios de difusión en la institución o en otra institución debidamente aprobada por el gobierno. Haber demostrado sentido de pertenencia participando en eventos académicos culturales y deportivos. PARÁGRAFO 1. En la selección para la entrega de la distinción al Mérito Académico no se incluirá al estudiante que haya ingresado por transferencia. PARÁGRAFO 2. Corresponde al coordinador respectivo presentar la solicitud ante el Consejo Académico para su estudio y posterior recomendación al Consejo Directivo. CAPITULO III PROCESOS DE LA FORMACION ACADEMICA 3.1 PLAN DE ESTUDIOS Y ESTRUCTURA CURRICULAR Art. 20 El diseño curricular del Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA está orientado bajo el modelo de Competencias Laborales. El estudiante es el epicentro de los procesos de formación, de manera que todos los recursos, propósitos y esfuerzos apuntan a su construcción y realización como Ser Humano y Competente en los campos laboral, profesional y social. Buscamos fomentar el Pensamiento Creativo e Innovador mediante enfoques pedagógicos para el Aprendizaje Significativo, Problémico y Participativo del estudiante. Todas las actividades pedagógicas se fundamentan en los diferentes SABERES: Saber Cognoscitivo, Saber Cognitivo, Saber Hacer y Saber Ser. Art. 21 El modelo Educativo y el Plan de Estudios son el marco de referencia que orienta el proceso curricular. Entendiendo el modelo educativo como el enfoque conceptual y pedagógico que orientan a los docentes en la elaboración de los planes de estudio y en la sistematización del proceso de Enseñanza- Aprendizaje- Evaluación, el Centro de Capacitación Combarranquilla define un modelo CONSTRUCTIVISTA cuya premisa se basa en la construcción del conocimiento. En un marco explicativo, la institución promueve el desarrollo en la medida en que promueve la actividad mental constructiva del estudiante, entendiendo que es una persona única, irrepetible, pero perteneciente a un contexto y un grupo social determinado que influyen en él. La educación es motor para el desarrollo globalmente entendido, lo que hace incluir necesariamente las capacidades de equilibrio personal, de pertenencia a una sociedad, las relaciones interpersonales y el desarrollo motriz. Por lo tanto se puede aseverar que es fruto de una construcción personal en la que interviene la familia, la comunidad, el contexto y no solamente el sujeto que aprende, o lo que se le enseña. Art. 22 El Plan de Estudio del Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA es el conjunto de unidades de aprendizaje, con prerrequisitos o correquisitos entre sí, que comprenden un período académico, los cuales constituyen un programa de formación técnica presencial o semi-presencial. Las unidades de aprendizaje en todos los programas de formación técnica tendrán horas académicas presenciales y horas adicionales para actividades o prácticas internas o externas complementarias. PARAGRAFO UNICO. La hora de interacción directa con el estudiante tendrá una duración de 60 minutos que incluye teoría presencial, realización de trabajos, exposiciones, investigaciones y otras similares, así como actividades complementarias. Art. 23 Al iniciar cada módulo el docente dará a conocer a los estudiantes el contenido curricular del mismo. PARAGRAFO 1. Se denomina prerrequisito, aquel módulo de formación cuya aprobación es indispensable para matricularse en otro período siguiente. PARAGRAFO 2. Un módulo de formación es correquisito de otro, cuando por sus propósitos formativos, el estudiante debe cursarlo simultáneamente. Art. 24 El contenido programático de cada módulo de formación es pertinente a una etapa de aprendizaje y en cada módulo se desarrolla un componente teórico y práctico. 3.2 LA MATRICULA Art. 25 Los estudiantes seleccionados, según el proceso de admisión institucional definido, oficializarán su ingreso a la institución a través de la matrícula para iniciar su proceso de formación. Para ello es necesario presentar y cumplir con los requisitos establecidos por el Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA. La matrícula es un compromiso bilateral entre el Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA y el estudiante, mediante el cual celebrarán por este acto un contrato de naturaleza civil, donde el estudiante adquiere derechos y deberes y se compromete a cumplir con lo estipulado en el Manual de Convivencia y en el Plan de Estudios. En el desarrollo de los programas de formación se aceptarán únicamente los estudiantes matriculados en ellos, durante el plazo estipulado por el Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA. El valor del semestre no es transferible y sólo será reembolsado de la siguiente manera: En un 60% cuando la cancelación de la matrícula o el retiro oficial se solicite antes de la fecha de iniciación de clases. Si la cancelación de la matricula se produce posterior al inicio de clases no habrá reembolso alguno. Matrícula Condicional: es aquella cuando el Centro de Capacitación recibe a un estudiante exigiéndole algunos requisitos extraordinarios de orden académico y/o disciplinario de acuerdo con las razones que ha de juzgar el Consejo Directivo. Las condiciones deben quedar consignadas por escrito en cada caso aceptadas por el estudiante y rubricadas con su firma y reposará en la Coordinación Académica. -Cualquier estudiante podrá matricularse simultáneamente en más de un programa académico, siempre y cuando se desarrollen en jornadas diferentes y llene los requisitos propios de cada uno. -Un estudiante no podrá cursar un módulo de formación cuando éste presente incompatibilidad horaria con otro o cuando tenga pendiente uno o más módulos que sean prerrequisitos. -Cuando un estudiante solicite reintegro habiéndose producido modificaciones en el plan de estudios después de su retiro, se le puede organizar módulos de nivelación, siempre y cuando se respete el orden de los prerrequisitos, previo estudio del Consejo Académico. 3.3 ASISTENCIA Art. 26 ASISTENCIA Y PARTICIPACIÓN: cuando un estudiante se matricule en un módulo de formación, se compromete a asistir y a participar en todas las actividades programadas. Un módulo se considera perdido cuando un estudiante deja de asistir al 20% o más de las actividades programadas. En este caso, la evaluación es No Aprobada, representada con uno, cero (1.0) y se pierde el derecho a nivelarla en el mismo período. PARAGRAFO 1. Son obligaciones primarias la presencia, la puntualidad, la participación y la sana convivencia, dentro de las actividades académicas. PARAGRAFO 2. Tres retrasos del estudiante, sin una justificación válida a su horario de clases, equivalen a una falta de asistencia. PARAGRAFO 3. Cuando al estudiante se le cancela por inasistencia uno o varios módulos pierde el derecho a ingresar a la(s) clase(s) siguiente(s) de ese módulo. PARAGRAFO 4. La institución no permitirá la presencia de estudiantes en calidad de asistentes, exceptuando aquellos casos en que exista una autorización por escrito de la Coordinación Académica. Art. 27 JUSTIFICACION DE INASISTENCIA: se consideran justificaciones válidas para no asistir a uno o varios compromisos académicos, las siguientes: Incapacidades médicas certificadas, causas laborales certificadas u otras causas de fuerza mayor demostrables. El docente podrá redimir las faltas, siempre y cuando se presente la justificación adecuada ante el área de Bienestar Estudiantil en los tres días hábiles siguientes a la ausencia para los estudiantes de lunes a viernes, y el sábado siguiente para los estudiantes de la jornada sabatina. Art. 28 CANCELACIÓN POR INASISTENCIA: el estudiante que se retire de uno o varios módulos de formación y que no presente justificación para ello, obtendrá una evaluación No Aprobada, representada con una calificación de uno, cero (1.0) y se somete a la cancelación del módulo de formación por falta de asistencia. 3.4 NOVEDADES ACADEMICAS Art. 29 Se consideran Novedades Académicas todas aquellas situaciones que se presenten luego que el estudiante oficialice su matrícula académica, tales como: Cancelación de un Período Académico, Aplazamiento o Congelación de un Período Académico, Reintegro, Traslado de Programa, Traslado de Horario, Nivelaciones y Cierre de Grupo. Art. 30 CANCELACIÓN DE UN PERIODO ACADEMICO: se presenta en aquellos casos en los que un estudiante no puede continuar su período académico. Las justificaciones que causan el retiro deben ser canalizadas a través de la Coordinación Académica. PARAFRAFO 1. La institución analizará cada uno de los casos para determinar la situación académica del estudiante. Art. 31 APLAZAMIENTO O CONGELACIÓN DE UN PERIODO ACADÉMICO: Un estudiante podrá aplazar un período académico en aquellos casos en que no pueda iniciarlo o terminarlo, siempre y cuando, manifieste claramente su deseo de continuar en el siguiente período, luego de presentar su solicitud por escrito ante la Coordinación Académica, mínimo con un mes antelación. PARAGRAFO 1. En caso de aplazamiento, el estudiante deberá reiniciar su nivel académico en el siguiente período. Art. 32 REINTEGRO: El estudiante de reintegro es aquel que estuvo cursando uno de los programas que ofrece la institución, se retiró habiendo aprobado por lo menos un semestre académico y regresa a continuar sus estudios. Para acceder al reintegro el aspirante no debe haber incurrido falta alguna estipulada en el manual de Convivencia, ni tener obligación académica y financiera con la institución. La inactividad académica máxima, que concederá la institución a un estudiante será de un (1) año. El estudiante de reintegro que exceda los términos considerados de inactividad, deberá realizar exámenes de validación y/ o nivelación de conocimientos de los módulos que determine el Consejo de Dirección. El estudiante que después de haber estado matriculado en su primer y único periodo académico sin obtener resultados evaluativos, se haya retirado y desee nuevamente estudiar en la institución, deberá presentar solicitud como estudiante nuevo. El estudiante de reingreso debe acogerse al plan de estudio vigente y a la programación académica establecida para el correspondiente semestre. Si durante su inactivación se genera una actualización curricular, el estudiante deberá acogerse a los cambios realizados e ingresará con el itinerario de formación de la versión actualizada del programa; se precisa que se le reconocerán los módulos cursados y aprobados del plan de estudios que matriculó inicialmente, de acuerdo a estudios previos realizados para la aprobación de su reintegro. El aspirante al reintegro deberá presentar solicitud en la fecha establecida por la institución, ante el área de admisiones, registro y certificación; este a su vez deberá enviar la solicitud y la documentación al correspondiente Coordinador Académico para su estudio. Cuando la solicitud de reintegro es con traslado a un Programa Técnico diferente al matriculado inicialmente, al área de admisiones, registro y certificación, enviará la petición con la historia académica correspondiente. El Coordinador Académico será quien Apruebe o No el reintegro del estudiante y notificará a las instancias correspondientes. PARÁGRAFO UNICO. Si el tiempo de inactividad es superior al establecido en el Art. 31 de este Manual, el estudio correspondiente lo hará el Consejo de Dirección y será informado por la secretaria académica al estudiante y al área de registro y certificación. Art. 33 TRASLADO DE PROGRAMA: Entiéndase por Traslado de Programa el que hace un estudiante de un Programa Académico a otro al interior de la Institución, el cual requiere de la aprobación del Coordinador. PARAGRAFO 1. El estudiante que desee trasladarse de un Programa Académico deberá presentar solicitud, escrita y justificada ante la Coordinación Académica para su respectivo estudio. PARAGRAFO 2. Al estudiante que se le apruebe el Traslado de Programa se le reconocerán aquellos módulos cursados y aprobados en el programa académico que estaba matriculado inicialmente, siempre y cuando las competencias y contenidos curriculares sean equiparables o superiores a los definidos en el plan de estudio del Programa Académico al que pretende trasladarse. PARAGRAFO 3. Si el programa al que pretende cambiarse el estudiante tiene un costo mayor que aquel en el cual se había matriculado, el estudiante deberá cancelar el excedente. Art. 34 TRASLADO DE HORARIO: Un estudiante, si así lo considera, podrá solicitar el Traslado de Horario, siempre y cuando exista cupo. Para ello deberá presentar solicitud escrita y justificada ante la Coordinación Académica. Art. 35 NIVELACIONES: Un estudiante podrá realizar la nivelación de un módulo en un período académico en el que se encuentre programado, con previa autorización de la Coordinación Académica. Art. 36 CIERRE DE GRUPO: El consejo directivo, con previa evaluación de la situación específica de un grupo, podrá decidir sobre el cierre o no del mismo. 3.5 PROCESOS DE TRANSFERENCIAS Art. 37 La transferencia es el derecho que tiene un estudiante que haya cursado y aprobado, parcialmente, estudios de un programa académico en una institución de Educación Para El Trabajo y Desarrollo Humano para continuarlos en otra entidad en la que se le reconozca lo Aprobado. La institución y el programa académico de donde procede el aspirante deben estar aprobados legalmente por las autoridades competentes. En el CENTRO DE CAPACITACIÓN COMBARRANQUILLA, el derecho a transferencia se otorgará en los siguientes casos: Por solicitud individual Por convenio inter-institucional Después de verificar el requerimiento de la autoridad legal responsable para ordenar el cierre o suspensión de programas académicos en una institución. Art. 38. Al aspirante a transferencia, solo se le podrá negar este derecho por las siguientes razones: Cuando no exista disponibilidad de cupo. Por no cumplir los requisitos exigidos por la institución para la admisión de nuevos estudiantes. Por haber sido sancionado disciplinariamente en la Institución de donde proviene. Cuando el estudiante haya perdido el cupo en la institución de donde procede por bajo rendimiento académico. Cuando haya sido sancionado por cometer acciones que van en contra de la moral, buenas costumbres y/o de orden público. Art. 39 La petición de transferencia a uno de los Programas Académicos de la Institución deberá presentarla el aspirante ante el área de Admisiones, registro y certificación, en la fecha establecida en el calendario académico para tal fin, adjuntándole los siguientes documentos: Solicitud escrita en la cual expone claramente los motivos de transferencia para la institución. Certificados de estudios debidamente autenticados por la autoridad competente de la Institución de donde procede. Contenidos curriculares firmados por la autoridad competente. Inscripción debidamente diligenciada. Certificado de buena conducta. Documentos soportes de los requisitos exigidos en el artículo referente a la inscripción y matricula. Los documentos escritos en lengua diferente al español, deberán entregarse traducidos a este idioma por un traductor certificado. Art. 40 Una vez el área de Admisiones, registro y certificación, verifique la autenticidad de los documentos deberá enviarlos al coordinador para presentarlos a consideración en el Consejo Académico. Art. 41 Para la aprobación de una transferencia se tendrán en cuenta los siguientes criterios: La homologación de los módulos se concede cuando las competencias y los contenidos programáticos sean equiparables o superiores a los definidos en el plan de estudios del programa académico de la Institución al cual se transfiere. En caso de existir diferencia entre las competencias, los contenidos y el número de créditos de los módulos cursados y aprobados, el estudiante en transferencia deberá cursarlos nuevamente o podrá presentar un examen de validación de conocimientos. El módulo se considerará aprobado cuando la Institución en la cual lo cursó, lo determine así, de conformidad a las normas que para tal fin ha definido. El aspirante a ingresar por transferencia deberá cursar por lo menos el 50% de los créditos que conforman el plan de estudios del programa en el cual es admitido. El periodo de inactividad del aspirante por transferencia será igual al establecido para los estudiantes de reingreso, según lo registrado en el presente Manual. PARÁGRAFO UNICO. EL Consejo de Dirección podrá autorizar en situaciones especiales, la transferencia de una persona que haya cursado más del 50% del total del programa académico al que aspira a ingresar, siempre y cuando el promedio ponderado sea igual o superior a Cuatro (4.0). Art. 42 El coordinador deberá entrevistar al aspirante en transferencia y su apreciación se adjunta a los documentos enviados por el área de admisiones, registro y certificación para su posterior estudio por el Consejo Académico. Art. 43 Cuando se apruebe o desapruebe una solicitud de transferencia, la secretaria general deberá expedir el acta correspondiente y enviar copia de la misma al área de admisiones registro y certificación y al aspirante, quien podrá matricularse de conformidad con lo establecido. 3.6 PROCESOS DE HOMOLOGACION Art. 44 Entiéndase por homologación el reconocimiento o acreditación que la institución, hará de un módulo cursado y aprobado en uno de sus programas académicos cuando es por traslado o por transferencia. PARÁGRAFO UNICO. El estudiante podrá solicitar revisión de su estudio en un plazo determinado por el respectivo coordinador. Esta solicitud la presentará ante el Director quien a su vez la expondrá ante el Consejo Directivo. 3.7 SISTEMA DE EVALUACION Art. 45 DEFINICIÓN: La evaluación es un proceso que mide el grado en que los medios, recursos, contenidos programáticos y procedimientos permiten el logro de las finalidades de la formación en un módulo o en la totalidad de un programa. La evaluación aplicada por el Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA es una EVALUACIÓN INTEGRAL y brindará igualdad de oportunidades para todos los estudiantes a fin de motivarlos a la excelencia académica y a su desarrollo personal y social. De igual manera reconocerá las experiencias, conocimientos y aprendizajes básicos de los estudiantes permitiendo la proyección y el respeto por las diferencias que existen en cada uno de ellos. La Evaluación está conformada por los siguientes elementos: Evaluación diagnóstica: determina los conocimientos y habilidades al inicio de un módulo académico. Evaluación formativa: determina la evolución de los conocimientos, habilidades y desarrollo personal durante un módulo y programa de formación. Evaluación de resultados: califica numéricamente y establece comparaciones con el resto del grupo para determinar si alcanzó los logros establecidos por temas en el planeamiento del módulo académico desarrollado. Evaluación sumativa: es la integración de los resultados obtenidos de todas las evaluaciones anteriores. Art. 46 MODELO DE EVALUACIÓN: El Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA aplicará el Modelo de Evaluación por Competencia a nivel cualitativo y cuantitativo, utilizando técnicas de seguimiento como: evaluación por curso, control de desarrollo programático por módulo, reuniones de evaluación con representantes de estudiantes, evaluación de resultados en las prácticas empresariales de los estudiantes con las empresas en convenio, diagnóstico de problemas y aplicación de soluciones o recomendaciones empresariales, nivelaciones y presentación de informes generales. Art. 47 CRITERIOS DE CUALIFICACION Y CUANTIFICACION EN EL PROCESO DE EVALUACION: La evaluación Académica es el proceso educativo por el cual el docente conceptúa cualitativamente y numéricamente los logros alcanzados por el estudiante en los módulos. El modelo acogido es el diagnóstico, evaluativo y sumativo adaptándose y enfocándose hacia la evaluación de competencias a través de pruebas de conocimiento, desempeño y producto. PARAGRAFO 1. La evaluación académica se realizará de manera permanente y el docente podrá efectuarla por diversas técnicas, procedimientos o instrumentos, en conformidad y adecuación a módulos y objetivos que desee evaluar, tales como: pruebas orales, pruebas escritas, trabajos en grupo o individual, guías de aprendizaje, investigación, laboratorios, talleres, conferencias, videos, trabajos de campo, visitas a empresas e industrias y otros. PARAGRAFO 2. El Centro de Capacitación no se responsabiliza si el estudiante no presenta las evaluaciones académicas, diferidos o planes de mejoramiento en las fechas programadas. PARAGRAFO 3. Es obligación del estudiante verificar la publicación de sus resultados evaluativos en cada módulo, a través de los medios establecidos por la institución. PARAGRAFO 4. Las reclamaciones por resultados evaluativos que no aparezcan o estén equivocados en las planillas de los docentes o en los listados que se publican a través de los diferentes medios establecidos por la institución, deberán realizarse en un máximo de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de finalización del módulo académico realizado; pasado el plazo de los treinta (30) días calendario el reclamo perderá vigencia y por consiguiente se mantiene el resultado publicado. Art. 48 VALORACION DE LAS ACTIVIDADES EVALUATIVAS. Las actividades de evaluación académicas se representarán a través de una escala cualitativa (APROBADO, Aún NO APROBADO y SOBRESALIENTE) con una representación numérica de 1.0 – 4.0 y 5.0 de la siguiente manera: 1. APROBADO, equivalente a 4.0 2. AUN NO APROBADO, equivalente a 1.0 3. SOBRESALIENTE, equivalente a 5.0 Esta escala se define para los estudiantes que superan los logros académicos. -Durante el desarrollo de cada módulo el docente aplicará Pruebas de Conocimiento, Desempeño y/o Producto, según los resultados y las evidencias de aprendizaje que se hayan dispuesto en el contenido curricular. -Se designa un porcentaje valorativo en cada prueba de la siguiente manera: 30%- Prueba de Conocimiento 30% Prueba de Producto 40% Prueba de Desempeño Las siguientes son consideraciones del proceso evaluativo en el Centro de Capacitación: En las evaluaciones se tendrán en cuenta el comportamiento y el interés que el estudiante demuestre por la actividad realizada. El alumno debe contar con todas las oportunidades justas y razonables para demostrar su aprovechamiento académico y formativo. Las preguntas formuladas con fines evaluativos de conocimiento, se realizarán de manera clara y precisa, sin margen de ambigüedades, ni reinterpretaciones. Art. 49 OTROS PROCESOS EVALUATIVOS: Las evaluaciones autorizadas por la institución son las siguientes: 1. Examen Diferido 2. Plan de Mejoramiento 3. Examen de validación 4. Examen Único Art. 50 Llámese examen diferido, a pruebas posteriores, que se le realizarán a los estudiantes del centro de capacitación fuera de la fecha y hora prevista inicialmente por el docente, teniendo como base permisos, licencias u otra excusa válida. Sin la presentación de la excusa escrita, el examen no podrá realizarse. Art. 51 Llámese plan de mejoramiento al planteamiento de actividades concertadas entre el docente y el estudiante durante la ejecución del módulo de formación, para facilitar el logro de resultados de aprendizaje no aprobados en las pruebas evaluativas aplicadas. El plan de mejoramiento aplica cuando se detecten deficiencias durante el desarrollo del proceso de Enseñanza-Aprendizaje-Evaluación de tipo actitudinal, comportamental, académica u otra. PARAGRAFO 1. El estudiante podrá presentar hasta dos (2) planes de mejoramiento por cada resultado de aprendizaje no aprobado en las pruebas evaluativas aplicadas. PARAGRAFO 2. En caso de que el estudiante no alcance los logros esperados, pese a los planes de mejoramiento concertados durante la ejecución del módulo de formación, y obtenga un resultado de No Aprobado, deberá presentar otro tipo de procesos de recuperación, según el nivel del déficit. Art. 52 Llámese examen de validación a las pruebas que se aplican para reconocer los saberes previos de un estudiante y/o aspirante a cursar un programa técnico. Los exámenes de validación se regirán acorde a lo estipulado en el Art. 64 del presente manual. Art. 53 Llámese Examen Único a la prueba que puede realizar un estudiante que habiendo terminado el último semestre de su programa tenga un solo módulo pendiente en los dos últimos semestres y por esta razón no pueda certificarse. Esta evaluación se presentará por una sola vez y solamente será aprobada con una calificación de 4.0 (CUATRO, CERO). PARAGRAFO 1. Los módulos de contenido práctico no son recuperables o habilitables, sin embargo se pueden programar seminarios, vacacionales y nivelatorios con el 50% de duración del módulo y el desarrollo del 50% de sus contenidos. PARAGRAFO 2. Los cursos vacacionales son acciones de formación intensivas que se ofrecen durante los recesos académicos y forman parte de un programa académico que conduzca a la aprobación del módulo, teniendo en cuenta que: a) Los criterios de evaluación de estos cursos serán los mismos que se aplican en la evaluación del rendimiento de los módulos programados. b) Se podrá inscribir el estudiante que así lo desee para cursar un módulo por primera vez, repetir un módulo o incrementar el promedio acumulado. c) Son de carácter optativo y tendrán derecho a matricularse en ellos los estudiantes que, en el periodo académico correspondiente inmediatamente anterior, no hayan incurrido en situación de bajo rendimiento ni en prueba académica que les impida continuar sus estudios, tampoco los que se encuentren retirados de la institución por algún motivo, o hayan sido sancionados disciplinariamente. 3.8 DEL UNIFORME Y LA PULCRITUD La imagen de EL CENTRO DE CAPACITACIÓN COMBARRANQUILLA es vital para su proyección por lo tanto los estudiantes, el personal administrativo y de servicios generales deben asumir con orgullo, honor, respeto y entereza los uniformes que identifican la institución. Art. 54 En los hombres el cabello debe tener un corte clásico, sin tintes, excepto el de su color natural y con un largo apropiado a su género; no está permitido exhibir aretes ni adornos. A las mujeres no les está permitido el maquillaje en exceso y adornos extravagantes. El uniforme institucional debe portarse durante todas las sesiones de clases, excepto en los casos en que se solicite otro atuendo para actividades organizadas por el área de Bienestar Estudiantil, lo cual debe estar autorizado por la coordinación académica. PARAGRAFO 1. El Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA ha definido un uniforme institucional para todos los programas conformado por una camiseta con el logo de identificación, jeans color azul turquí o negro y zapatos cerrados. PARAGRAFO 2. Para los programas de Cocina y Mesa y Bar, se requiere el uso de prendas propias de estas ocupaciones, que también deben adquirir los estudiantes para portar en todas las sesiones de laboratorios prácticos. 3.9 HIGIENE PERSONAL DE PREVENCION Y DE SALUD PÚBLICA Art. 55 Los estudiantes y los miembros de la comunidad educativa de EL CENTRO DE CAPACITACIÓN COMBARRANQUILLA, de cuerdo a lo dispuesto en el Decreto 1860 de 1994 numeral 1, deben conocer y ejecutar las siguientes normas de higiene personal de prevención y de salud pública que a continuaron se señalan: 1. Practicar diariamente normas básicas de aseo personal y de salud individual como son: Baño diario del cuerpo Arreglarse el cabello adecuadamente Lavarse los dientes antes y después de las comidas Mantener las uñas cortas, limpias y bien arregladas Mantener un pañuelo, una peinilla y papel higiénico; en caso de las mujeres una toalla higiénica para su uso personal. Cuidar y lavar los uniformes para que permanezcan pulcros. Cambiarse las medias diariamente. Mantener los zapatos bien limpios y lustrados. Aplicarse desodorante y si es posible un perfume que no perturbe a los compañeros. 2. Participar y acatar normas en talleres, conferencias y otras acciones sobre prevención. Alcoholismo Drogadicción Prostitución Autoestima Maltrato VIH Prevención de desastres etc. 3º. Participar y contribuir en la conservación de la salud pública con actitudes tales como: Arrojar desperdicios y basuras solamente en los sitios destinados y adecuados para ello (canecas) No consumir alimentos que otro esté degustando, así evita el contagio de posibles virus o bacterias. Evitar el contagio con personas que padecen enfermedades infectocontagiosas y avisar oportunamente al coordinador para que asuma el proceso a seguir en la institución. Ningún miembro de la comunidad educativa está autorizado para suministrar medicamentos a las instancias que la conforman; en el caso de que alguna persona lo requiera debe remitirse al área de primeros auxilios. Los estudiantes que tengan que consumir algún medicamento en la institución se les exigirá una formula médica o una autorización de sus padres y/o acudiente. Abstenerse de contaminar o dañar corrientes de agua, alimentos y en general bienes de uso común. Aplicarse las vacunas y medicamentos que requiera para prevenir enfermedades o restablecer la salud. 3.10 MODALIDADES ETAPA PRODUCTIVA Art. 56 ETAPA PRODUCTIVA. Se define como Etapa Productiva el espacio para el desarrollo de procesos prácticos que contribuyan al fortalecimiento de las competencias del programa de formación a través de la aplicación de conocimientos en contextos productivos reales. Art. 57 MODALIDADES EN LA ETAPA PRODUCTIVA. El Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA ha definido las siguientes modalidades en la Etapa Productiva para que los estudiantes de programas técnicos seleccionen la que más se ajuste a sus condiciones y posibilidades: 1. Práctica Empresarial 2. Proyecto Productivo 3. Homologación de la práctica empresarial 4. Producción en COMBARRANQUILLA Art. 58 PRACTICA EMPRESARIAL. Es la experiencia académica, técnica y laboral del estudiante, en una organización pública o privada, en el área de su especialidad, cuyo principal propósito es la integración y aplicación en un contexto específico de los conocimientos teóricos y prácticos adquiridos durante su programa, permitiéndole el desarrollo de sus conocimientos, habilidades, y valores que faciliten su aproximación al mundo empresarial. OBJETIVOS. Conectar directamente a la Institución con el entorno, propiciando la retroalimentación académica y administrativa. Brindar a los estudiantes la oportunidad de aplicar las competencias adquiridas durante su proceso de formación. Acercar a la academia con la realidad empresarial. Identificar la real aceptación de sus estudiantes en el medio empresarial. Descubrir sus fortalezas, debilidades, oportunidades y amenazas con el fin de ofrecer mejores alternativas de solución. Posicionar a la Institución en el sector empresarial por la calidad y pertinencia del servicio educativo ofrecido, como una ventaja estratégica sostenible en el tiempo. PARAGRAFO 1. Durante la práctica empresarial el estudiante podrá ser contratado bajo las siguientes figuras: - Contrato de Aprendizaje - Contrato de Pasantía PARAGRAFO 2. La Etapa productiva se desarrolla entre 885 y 960 horas que equivale a seis (6) meses. DEFINICIÓN DEL CONTRATO DE APRENDIZAJE Es una forma especial de vinculación ajena al derecho laboral, de tal forma que no exista subordinación y no puede realizarse por un término mayor a dos (2) años, mediante el cual una persona natural, aprendiz, recibe formación teórica en una entidad de formación autorizada con el auspicio de una empresa patrocinadora, empleador, que suministra los medios para que adquiera formación profesional metódica y completa y el reconocimiento de un apoyo de sostenimiento que garantice el proceso de aprendizaje. CARACTERISTICAS DEL CONTRATO DE APRENDIZAJE 1. Cuota de sostenimiento: Entre el 50%, el 75% o 100% del salario mínimo legal mensual vigente. 2. Número de horas laborales a la semana: hasta 48 3. El estudiante estará afiliado, por parte de la empresa, al Sistema de Seguridad en Salud (EPS) y a Riesgos Laborales (ARL) DEFINICIÓN DEL CONTRATO DE PASANTIA. Es una forma especial de vinculación ajena al derecho laboral, de tal forma que no exista subordinación, mediante el cual una persona natural, estudiante, recibe formación teórica en una entidad de formación autorizada con el auspicio de una empresa que suministra los medios para que adquiera formación profesional metódica y completa y el reconocimiento de un apoyo de sostenimiento económico y la afiliación al sistema de riesgos laborales (ARL) con previo acuerdo entre el Centro de Capacitación y la Empresa. Art. 59 MANUAL DE PRÁCTICAS EMPRESARIALES Las Prácticas Empresariales se constituyen en una de las modalidades para el desarrollo de la etapa productiva de los programas técnicos. 1. AREA DE DESEMPEÑO El estudiante deberá desarrollar su práctica, realizando funciones correspondientes o afines a las áreas del conocimiento del programa técnico en el que se encuentra matriculado. 2. ACERCA DE LA VINCULACIÓN A LA EMPRESA La vinculación de estudiantes a la empresa, se protocolizará a través de los convenios preexistentes o de los que se suscriban a través del convenio de prácticas o contrato de aprendizaje y/o pasantía, según el caso, en los cuales se especificarán los requisitos y condiciones que deban cumplirse. 3. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA La entidad vinculada al proceso de prácticas tendrá las siguientes obligaciones: Ser una entidad legítimamente constituida. Disponer de un plan de trabajo para que sea desarrollado por el estudiante, que le garantice enriquecimiento laboral afín a su área de formación. Conocer y aceptar las políticas, normas, reglamentos y procedimientos definidos por el Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA para el desarrollo, seguimiento y evaluación de la práctica empresarial. 4. INGRESO A LA PRÁCTICA EMPRESARIAL Para ingresar a la Práctica Empresarial el estudiante puede realizarlo a través de dos modalidades: 1. Por solicitud para el desarrollo de práctica particular. 2. Por Inscripción en la Coordinación de Prácticas Empresariales. En el primer caso el Centro de Capacitación estudiará y aprobará, siempre y cuando la entidad cumpla con los requerimientos de infraestructura, recursos técnicos, tecnológicos y profesionales para garantizar la aplicación de las competencias adquiridas en la formación del programa. En el segundo caso, el Centro de Capacitación apoya la gestión para la consecución de la Práctica Empresarial del estudiante en una empresa o industria, acorde a los parámetros de cumplimiento exigidos. PARAGRAFO 1. El tiempo transcurrido entre la remisión del estudiante y el proceso de selección del mismo en la empresa, no es responsabilidad del Centro de Capacitación y no se contrae responsabilidad alguna en el caso de existir perjuicio de cualquier índole para el estudiante por el tiempo transcurrido en su culminación de estudio y la Práctica Empresarial. PARAGRAFO 2. La inscripción en la Coordinación de Práctica Empresarial no obliga a la institución a garantizarle al estudiante la Práctica Empresarial en una empresa o industria acorde a los parámetros exigidos de cumplimiento. El estudiante al ingresar a la Práctica Empresarial por medio de la orientación y el apoyo del Centro de Capacitación, deberá someterse a los requerimientos y cumplimientos con la empresa donde se le ubicará, incluso con aquellos no señalados en el presente Manual. PARAGRAFO 3. Los documentos presentados por el estudiante al ingreso del Centro de Capacitación o los presentados para cumplir con la exigencia de la Práctica Empresarial deben ser legales; Al descubrirse la ilegalidad, suplantación, falsedad ideológica o alteración en parte o total de cualquier documento, se le exigirá inmediatamente al estudiante la presentación original de dicho(s) documento(s) en un tiempo no mayor de quince (15) días hábiles, sin obligar a la institución al pago o indemnización alguna por los perjuicios ocasionados como pérdida de la Práctica, no reconocimiento, invalidación o cualquier situación que incida o perjudique al desarrollo de la actividad formativa del estudiante antes o después de la Práctica Empresarial o incluso antes de clausura del programa, según lo establecido en el presente Manual. 5. REQUISITOS PARA INGRESAR A LA PRÁCTICA EMPRESARIAL. a) Haber aprobado los módulos académicos del programa respectivo y en algunas ocasiones, cuando la Coordinación Académica lo determine, por necesidades de cumplir con los Convenios y Contratos de Aprendizaje establecidos con las entidades, podrá autorizar el ingreso a las Prácticas Empresariales antes de finalizar el estudiante el programa respectivo. b) Estar a Paz y Salvo Académica y Administrativamente con el Centro de Capacitación. c) Adquirir el uniforme establecido y el tipo de identificación requerida por la institución o la entidad donde realizará la Práctica Empresarial. d) Asistir a las reuniones de Inducción programadas por el Centro de Capacitación. e) Presentar su hoja de vida debidamente diligenciada, acorde al formato establecido por la institución. f) Asistir a las actividades de empalme con el grupo de practicantes salientes de la entidad donde realizará sus Práctica Empresarial. g) No estar en estado de embarazo o padecer enfermedades infectocontagiosas. h) No tener antecedentes judiciales o estar en procesos jurídicos, debiendo presentar el certificado judicial u otros similares solicitados por la institución o la empresa. i) Informar por escrito al Centro de Capacitación acerca de la aceptación de la empresa referente a la Práctica Empresarial en un término no mayor a cinco (5) días hábiles, de lo contrario no serán aceptadas. 6. DEBERES DEL ESTUDIANTE EN LA PRÁCTICA EMPRESARIAL Son deberes del estudiante que realiza Práctica Empresarial los siguientes: a) Cumplir con las normas establecidas en el presente Manual y lo señalado en el Convenio de Práctica Empresarial. b) Respetar a los funcionarios y empleados en general de la entidad donde realiza sus Prácticas empresariales. c) Asistir puntualmente a la jornada y horarios establecidos por la entidad cumpliendo con las funciones, actividades, trabajos académicos y administrativos. d) Cuidar con esmero los equipos, muebles, materiales y conservación de la planta física que estén a sus servicios utilizándolos adecuadamente acorde a las directrices establecidas por la entidad, responsabilizándose económicamente por los daños ocasionados. e) Obedecer las determinaciones y lineamientos de los organismos directivos de la entidad donde práctica. f) Atender cortésmente al público o funcionarios durante sus Prácticas Empresariales. g) Mantener una presentación personal de acuerdo a las directrices establecidas en la entidad donde realiza sus Prácticas Empresariales. h) Colaborar con la entidad en las actividades adicionales en otra jornada y horario. i) Hacer entrega de su puesto de trabajo en forma ordenada y limpia informando sobre cualquier eventualidad sucedida a los equipos y materiales a su cargo. j) Auto-gestionar su Aprendizaje de los equipos, materiales y programas inherentes a los cargos asignados. k) Entregar al Centro de Capacitación un original de la certificación laboral y evaluación de Prácticas Empresariales inmediatamente le sea entregada por la entidad. l) Estar amparado por un seguro que cubra enfermedades y accidentes o estar cubierto con EPS durante su período de práctica educativa. m) Cumplir con los procedimientos establecidos institucionalmente para solicitar, exponer inquietudes o reclamos de cualquier índole señalados en el presente Reglamento. 7. DERECHOS DEL ESTUDIANTE EN LA PRÁCTICA EMPRESARIAL Son derechos del estudiante que realiza las Prácticas Empresariales los siguientes: a) Tener acceso a los recursos y materiales ofrecidos por la entidad. b) Conocer los resultados de sus evaluaciones. c) Recibir tratamiento respetuoso de los directivos, jefe inmediato o persona a cargo y empleados en general. d) Asistir a los eventos o actividades programadas por la entidad siempre y cuando le sea requerido. e) Manifestar sus inquietudes respetuosamente a su jefe inmediato o al Centro de Capacitación. f) Ser asesorado, orientado y supervisado en las diferentes funciones, habilidades y actitudes inherentes a los cargos desempeñados. g) Rotar por las diferentes áreas de servicio acorde a las posibilidades y recursos disponibles por la entidad donde se realiza la Práctica Empresarial. h) Recibir certificación del tiempo de Práctica Empresarial por la entidad. i) Aplazar la Práctica Empresarial bajo las razones justificadas y autorizadas por el Centro de Capacitación. j) Comunicar al Centro de Capacitación la aceptación o no aceptación de las Prácticas Empresariales por la entidad requerida. k) Solicitar respetuosamente la revisión de los resultados de la evaluación de las Prácticas Empresariales siempre y cuando justifique con argumentos válidos y comprobables. l) Informar al Centro de Capacitación sobres situaciones que ocurran durante su Práctica Empresarial. 8. PROHIBICIONES DEL ESTUDIANTE EN LA PRÁCTICA EMPRESARIAL Son prohibiciones para el estudiante que realiza Práctica Empresarial las siguientes: a) Utilizar indebidamente, fraudulentamente o para beneficios particulares los equipos, materiales y muebles, diferentes a las actividades y funciones asignadas en la entidad. b) Consumir alimentos, bebidas o fumar en los puestos asignados o áreas restringidas. c) Consumir bebidas alcohólicas, drogas alucinógenas y similares dentro y fuera de la planta física de la entidad. d) Realizar actividades personales individuales y grupales distintas a lo establecido en el presente Reglamento y el Reglamento Interno o de las normas y costumbres de la Empresa donde se realiza la Práctica Empresarial. e) Llegar embriagado o drogado a la entidad. f) Atender visitas o llamadas telefónicas particulares en el área de Prácticas Empresariales. g) Ausentarse del puesto de trabajo, jornada u horario sin autorización de la entidad o el Centro de Capacitación. h) Realizar actos, comentarios, expresiones escritas, verbales o no verbales que atenten o irrespeten la imagen de la entidad y de cualquiera de los funcionarios o público en general. i) Recibir o cobrar dineros, obsequios, invitaciones o similares de cualquier funcionario, público en general o empresas que atenten contra las sanas costumbres comerciales y empresariales. j) Adulterar documentos, firmas y sellos de uso privativo de la entidad. k) Hacer caso omiso a los requerimientos verbales o escritos de los funcionarios de la entidad. l) Utilizar vocabularios inadecuados para dirigirse a los funcionarios o público en general, sean conocidos o desconocidos. m) Recibir documentación sin el lleno del requisito adecuado o con procedimientos indebidos. n) Ingresar a la Práctica Empresarial en estado de enfermedad infectocontagiosa. o) Prestar los equipos y materiales a cargo o de otras oficinas sin la debida autorización. p) El hurto, robo o encubrimiento de actos ilícitos contra los recursos físicos y materiales a cargo de la entidad. q) Generar desorden, bulla o ruidos que perturben el ambiente, en especial en los cambios de jornada y horarios en las Prácticas Empresariales. r) Presentarse con vestimenta diferente al uniforme establecido por la institución o entidad e igualmente sin la debida presentación personal. s) Tener antecedentes judiciales o encontrarse incurso en procesos judiciales de carácter penal o de cualquier naturaleza jurídica. PARAGRAFO UNICO. Las sanciones de los estudiantes en las prácticas empresariales corresponden a las aplicables en la etapa lectiva de la formación y siguiendo los mismos procedimientos. 9. EVALUACIONES DE LA PRÁCTICA EMPRESARIAL Se realizará un seguimiento durante la práctica empresarial, de acuerdo con los siguientes parámetros: 1. Seguimiento telefónico dentro de los treinta (30) primeros días de haber iniciado el estudiante su proceso. 2. Visita al sitio de práctica cuando se haya cumplido mínimo entre el 50% y 60% del período de práctica. 3. Evaluación final una vez cumplido el 100% de la práctica empresarial. 10. CALIFICACIÓN DE LAS PRÁCTICAS EMPRESARIALES. La evaluación final, una vez el estudiante haya culminado su práctica empresarial, se representará a través de una escala cualitativa (CUMPLE O NO CUMPLE), según los criterios establecidos en el formato de evaluación final correspondiente, los cuales obedecen a Competencias Técnicas, Actitudinales y Comportamentales. 11. APROBACIÓN, REPROBACIÓN, APLAZAMIENTO Y ABANDONO DE LA PRÁCTICA EMPRESARIAL. 1. Se considera APROBADA la Práctica Empresarial cuando se cumple con los parámetros evaluados y con el número de horas establecidas para el proceso. 2. Se considera REPROBADO con excusa o sin excusa el período de Práctica Empresarial por inasistencia mayor al 10% del total de las horas de duración. 3. Se considera APLAZADA la Práctica Empresarial cuando se interrumpe por un periodo de tiempo máximo de un trimestre, con previa autorización de la Coordinación Académica. PARAGRAFO 1. La reincidencia por segunda vez en el aplazamiento del período de Práctica Empresarial ocasionará la reprobación del período reiterativamente aplazado y el estudiante deberá repetirlo con la autorización de la Coordinación, siempre y cuando la entidad lo considere, de lo contrario el estudiante deberá buscar su repetición en otra entidad por su cuenta. PARAGRAFO 2. El abandono con excusa o sin excusa de la Práctica Empresarial se considera Reprobado y el estudiante deberá solicitar un reintegro por escrito a la Coordinación Académica. 12. DURACIÓN DE LA PRÁCTICA EMPRESARIAL. El período de Práctica Empresarial tiene una duración mínima de 960 horas de 60 minutos cada hora, excepto en el programa Técnico en Cocina, cuya duración mínima es de 885 horas. Las jornadas y horarios establecidos para la Práctica Empresarial serán contemplados por la entidad donde ésta se realiza. En caso de jornada de Práctica tiempo completo, la duración será de un (1) semestre continúo y de dos (2) semestres en caso de dedicación media jornada, de lunes a viernes. En relación con los Contratos de Aprendizaje, la duración será pactada acorde a las necesidades de la empresa y el Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA. 13. CONSIDERACIONES FINALES. El centro de Capacitación COMBARRANQUILLA y la entidad donde el estudiante realiza su Práctica Empresarial no se responsabilizan por accidentes, enfermedades o embarazos, partos o eventualidades ocurridas durante su permanencia en las Prácticas sean de origen natural o producto del uso de equipos o materiales bajo su cargo o circunstanciales. Se entiende que la relación convenida con las entidades es estrictamente de complementación académica acorde a su perfil de salida y no existe vínculo económico o laboral entre la entidad facilitadora de la complementación académica y el estudiante en Práctica, y en el mismo sentido, tampoco existe la vinculación económica o laboral con el Centro de Capacitación. El estudiante debe: Leer cuidadosamente el presente manual para su cumplimiento. Responder por los daños, pérdidas o extravío de equipos, muebles, recursos de trabajo, papelería u otros similares a su cargo durante las Prácticas. Adquirir los documentos y manuales de los equipos y procedimientos operativos de los cargos asignados. Art. 60 PROYECTO PRODUCTIVO. Es un proceso práctico que impulsa el desarrollo de actividades generadoras de bienes y servicios útiles para nuestra comunidad. Se aplica en una organización en el área relacionada con la formación del estudiante y ésta debe manifestar en forma escrita su aceptación para el desarrollo del proyecto productivo. Para aprobar el “Proyecto Productivo”, los estudiantes deberán cumplir con los siguientes requisitos: 1. Asistir a una Inducción programada por la institución en la cual se señalarán las normas establecidas y los ejes temáticos o temas específicos prioritarios para la institución. 2. Previo acuerdo entre estudiantes y docentes, con la autorización final de la Coordinación Académica, se escogerán las sesiones de asesoría específica para el desarrollo, elaboración y avances de los contenidos de los componentes teóricos y prácticos del Proyecto. 3. Elegir y presentar la propuesta del tema al final de la primera semana de inicio del Proyecto Productivo, acompañando la certificación de aceptación de la empresa o entidad donde desarrollará el Proyecto respectivo. 4. El Proyecto realizado en cualquier sector productivo deberá mantener una estructura de proyectos, de acuerdo a las metodologías que se sean concertadas con el docente asesor. 5. El Proyecto se entregará en medio magnético y debidamente identificado, sin embargo, si así se considera, el Centro de Capacitación podrá solicitar un ejemplar físico. 6. El estudiante(s) realizará la sustentación del Proyecto ante el comité evaluador; si el concepto del comité evaluador no es favorable el estudiante deberá esperar la próxima fecha de sustentación fijada por la Coordinación Académica, sin que este plazo sobrepase un año. PARAGRAFO 1. El docente asesor podrá ser un instructor del Centro de Capacitación asignado y competente en el área de formación, así como también un representante de la empresa que ejecute procesos afines con la formación. EVALUACIÓN DEL PROYECTO PRODUCTIVO La actividad de evaluación se representará a través de una escala cualitativa (APROBADO o NO APROBADO) con una representación numérica (5.0 o 1.0) de la siguiente manera: 1. APROBADO, equivalente a 5.0 2. NO APROBADO, equivalente a 1.0 PARAGRAFO 1. El Proyecto debe realizarse en grupo máximo de tres (3) estudiantes, salvo el caso que la Coordinación Académica, previo estudio de la solicitud escrita del docente a cargo del Proyecto, autorice la realización de manera individual, siempre y cuando la envergadura del Proyecto lo amerite. PARAGRAFO 2. El Centro de Capacitación se reservará el derecho de propiedad del Proyecto y sus cambios o adecuaciones posteriores. PARAGRAFO 3. El comité evaluador del proyecto productivo está conformado por un (1) docente de la especialidad, el asesor del proyecto y la Coordinación Académica. Art. 61 HOMOLOGACION DE LA PRÁCTICA EMPRESARIAL En esta modalidad se Reconoce el trabajo del estudiante en una empresa que lo contrató para realizar actividades afines con su formación. Para este proceso los requisitos son: Solicitud por escrito remitida a la coordinación de prácticas empresariales, en la que se precisa la empresa donde el estudiante labora. Certificación laboral que registre el tiempo de servicio y el cargo asignado. Manual de funciones o competencias que describa las actividades que realiza en el cargo. Estas actividades pueden estar descritas en el contrato, en la certificación laboral u otro documento que la empresa contemple. Copia del contrato (ya sea laboral, de servicios, entre otros). Evaluación de desempeño en el formato establecido por el Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA. PARÁGRAFO 1. Cuando el estudiante no se encuentre vinculado laboralmente en el área, pero tenga una experiencia pasada relacionada con el perfil de competencias del programa respectivo, cumplirá con los requisitos contemplados en el presente artículo. Art. 62 PRODUCCION EN COMBARRANQUILLA. Esta modalidad permite que el estudiante se vincule en las diferentes áreas de la Caja de Compensación COMBARRANQUILLA, según se encuentren disponibles los espacios para el desarrollo de actividades afines con su formación. Esta gestión la realiza la coordinación de prácticas, según las necesidades internas de las áreas administrativas, del Centro de capacitación Combarranquilla y las Unidades de Servicios Integral (USI). 3.11 ABORDAJE DE DIFICULTADES ACADEMICAS Art. 63 En los casos en que el estudiante presente dificultades para el logro de los objetivos de la formación se dispondrán las siguientes estrategias, previo análisis y revisión por parte del docente: Plan de Mejoramiento Académico: corresponde a estrategias concertadas con el estudiante para el logro de objetivos de aprendizajes y el tratamiento de dificultades comportamentales, actitudinales, motivacionales, entre otras. Este recurso puede utilizarse individual o grupalmente y aplica durante el desarrollo del módulo de formación. Actividades pedagógicas complementarias: corresponden a talleres teóricoprácticos, salidas de campo, nivelaciones, observaciones académicas, prácticas internas u otras herramientas que permitan subsanar el déficit académico detectado en el estudiante o grupo. Otras actividades pedagógicas definidas por el Consejo Académico: corresponden a estrategias para dar tratamiento a dificultades de carácter complejo que presenten los estudiantes. Si es el caso, se llevan a cabo interdisciplinariamente y con el apoyo de diferentes instancias del equipo directivo y administrativo, e incluso con entes externos. 3.12 RECONOCIMIENTO DE SABERES PREVIOS Art. 64 El proceso de reconocimiento de saberes previos se presenta como una alternativa de cualificación ocupacional para aquellas personas interesadas en validar y certificar sus conocimientos, competencias y experiencias adquiridas en un campo laboral específico. DISPOSICIONES GENERALES. 1. El Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA podrá realizar reconocimiento de saberes siempre y cuando reciba el previo concepto de la coordinación académica. 2. La coordinación académica con el apoyo de docentes expertos en el área, valorarán la experiencia laboral del aspirante, previa presentación de la solicitud con el (los) correspondiente(s) certificado(s) laboral(es) y manual(es) de descripción de cargo(s). 3. Se aplicarán al aspirante pruebas de conocimiento, desempeño y/o producto en los módulos del programa de formación, en los que se verifique que posee experiencia laboral y/o saberes previos. 4. Se valoran los resultados de las pruebas aplicadas, definiéndose las unidades y/o módulos de formación a reconocerse; de esta manera el aspirante deberá cursar solo las unidades y/o módulos restantes del programa de formación, siempre que éstas en conjunto, representen como mínimo el 40% del plan de estudios. 5. El aspirante debe cancelar los valores previstos para el proceso de validación de módulos, según tabla de tarifas vigente. 3.13 MODIFICACIONES AL PLAN DE ESTUDIOS Art. 65 En armonía con las normas vigentes el Consejo Directivo podrá introducir las modificaciones que considere conveniente a los planes de estudios con el propósito de elevar la calidad de la enseñanza y buscar la actualización de conocimientos en un programa académico. PARAGRAFO 1. Cuando un plan de estudio sufre modificaciones sustanciales, así sea en un área de estudio, este comenzará a regir solo para estudiantes que ingresan al primer semestre o que no hayan cursado los módulos que sufran dichas modificaciones. El plan de estudio modificado solo aplicará a estudiantes antiguos en el caso en que ellos expresen su voluntad de acceder a la actualización. En dicho caso, la coordinación de formación reprogramará su itinerario de estudio. PARAGRAFO 2. Es discrecional del Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA, programar en caso de algunos cambios sensibles, acciones educativas (seminarios, conferencias, talleres y otros), tendientes a complementar los planes de estudio que hayan sido modificados. 3.14 CERTIFICACION ACADEMICA Art. 66 Para optar por el “Certificado de Técnico Laboral por Competencias”, el estudiante debe haber cumplido todos los requisitos curriculares de la etapa lectiva y productiva previstos en el programa académico correspondiente, y encontrarse a paz y salvo con todas las áreas de la Institución. Art. 67 La Institución expedirá los certificados en su nombre, de acuerdo con la normativa legal vigente. Art. 68 De todo acto de certificación quedará constancia a través de un acta en la que se registra: 1. El certificado otorgado del programa correspondiente 2. Nombre y apellidos completos de la persona que recibe el certificado 3. Documento de Identidad. 4. Autorización legal, en virtud de la cual, la institución confiere el certificado 5. Fecha y número del acta de grado 6. Firmas del Director y de los entes que se consideren pertinentes. Art. 69 Los certificados que expida la Institución cumplen con las normas legales establecidas y estarán refrendadas por la Dirección. PARAGRAFO 1. La Institución expedirá duplicado de certificados únicamente en los siguientes casos: 1. Por pérdida o destrucción del original, que se acreditará por parte del interesado, con la presentación de la certificación sobre la pérdida o destrucción del documento, expedida por autoridad competente. 2. Por deterioro del original. 3. Por error manifiesto en el original 4. Por cambio de nombre o reconocimiento de filiación natural. PARAGRAFO 2. Para la nueva expedición de un certificado, el interesado debe presentar el recibo de pago correspondiente, de acuerdo al monto establecido para ello, exceptuando el caso de error manifiesto. En caso de pérdida o destrucción del original debe presentar la respectiva denuncia ante una inspección de policía u autoridad competente. CAPITULO IV ASPECTOS DISCIPLINARIOS Art. 70 DISCIPLINA. La raíz de la palabra disciplina viene del latín Discara que significa aprender a ser discípulo. Un discípulo sigue y aprende de su profesor, la verdadera disciplina no es solo producir un ambiente seguro y ordenado, es enseñar el autocontrol, a tomar conciencia de las acciones y ayudar en la formación para una vida adulta responsable. La disciplina es esencial para la promoción del orden, en la delineación de los derechos y deberes indispensables para una convivencia eficaz. El cumplimiento de las normas establecidas en este instituto por los miembros de la comunidad educativa, darán lugar a la aplicación de correctivos de acuerdo a la clase de falta cometida. En ningún caso se aplicarán correctivos con castigo físico, psíquico o moral que atente contra la integridad o dignidad del estudiante. Art. 71 PROCEDIMIENTOS PARA RESOLVER CONFLICTOS DE LOS ESTUDIANTES. Para solucionar los inconvenientes que se presenten en la labor educativa se tendrán en cuenta los siguientes pasos: a) Dialogar con el docente. b) Acudir al Coordinador cuando no haya encontrado solución con el educador, si la dificultar persiste. d) Acudir al Director como última instancia de la solución. Art. 72 CRITERIOS PARA DETERMINAR LA GRAVEDAD DE LA FALTA: El estudiante incurre en falta disciplinaria cuando quebranta le ley, el Estatuto, los reglamentos internos de la institución atentando contra el orden y las buenas costumbres en la Institución y en la Sociedad, para determinar la gravedad se tendrá en cuenta: a) El grado de culpabilidad. b) El grado de perturbación de los servicios educativos c) La naturaleza esencial en el desarrollo de las actividades académicas. d) El reconocer y confesar la falta antes de la formulación de cargos e) La edad, desarrollo mental, afectivo, circunstancias personales, familiares y sociales. f) Procurar por iniciativa propia resarcir el daño o compensar el perjuicio causado si fuere el caso. En atención a su naturaleza, efectos y circunstancias del hecho, los motivos determinantes y los antecedentes personales del infractor, se tendrá en cuenta, entre otros, los siguientes criterios: La naturaleza de la falta y sus efectos se apreciarán según haya causado perjuicio. Las modalidades o circunstancias del hecho se apreciarán de acuerdo con el grupo de participación en la comisión de la falta y la existencia de circunstancias agravantes y atenuantes o eximentes. Los motivos determinantes se apreciaran según se haya procedido por causas nobles o fútiles o por nobles y altruistas Los antecedentes del infractor se apreciarán por sus condiciones personales. Art. 73 CALIFICACIÓN DE LAS FALTAS DISCIPLINARIAS. Las faltas se calificarán como leves, graves o muy graves. a) Se considera falta leve a toda infracción que por su naturaleza, intención y consecuencias, infrinja levemente al presente Manual o produzca traumatismos menores para la buena marcha de la institución, tanto en el orden académico como disciplinario y presten mérito a los docentes y/o coordinador para llamarle la atención al alumno, colocándole actividades que conlleven a reparar la falta. b) Se consideran faltas graves: Aquellas cometidas por los estudiantes que dan mérito a los directivos, docentes y coordinadores para abrir un debido proceso disciplinario al estudiante(s) que cometa(n) o ejecute(n) actos considerados injuriosos, contrarios a la moral, sanas costumbres a la buena fe, con el fin de promover la indisciplina o la perturbación del normal funcionamiento de la institución. La reincidencia y acumulación de faltas leves sin mostrar cambio ante los correctivos impuestos, así como los que se encuentren en el Manual. c) Se consideran faltas muy graves: La reincidencia y acumulación de faltas graves sin mostrar cambios ante los correctivos impuestos, así como las faltas que se encuentran descritas en este Manual. Aquellas cometidas por el (los)estudiante (s)y que facultan al Consejo Directivo para tomar decisiones definitivas, ya que además de reunir las condiciones anteriores, afecten de tal manera a la institución o a sus miembros en el orden físico, moral que hagan necesario prescindir del alumno responsable del hecho. PARAGRAFO 1. Para calificar la gravedad de la falta, se deben analizar las circunstancias de agravación atenuación o exoneración de las mismas. PARÁGRAFO 2. Causales de agravación. Se considera como causales de agravación de la responsabilidad de la conducta asumida por el estudiante y por ende, en la sanción a imponer las siguientes: La reincidencia en la comisión de la falta que dio lugar a una sanción disciplinaria dentro del mismo año lectivo. La realización del hecho en complicidad con otros estudiantes. Cometer la falta aprovechando la confianza depositada por docentes, personal administrativo y demás miembros de la comunidad educativa. Cometer la falta para ocultar otra. No asumir la responsabilidad y atribuírselo a otro. Cometer el hecho con intervención de compañeros, previo engaño a estos. Causar un daño físico o psicológico irreparable o irreversible a otro estudiante docente o miembro de la comunidad educativa . PARÁGRAFO 3. Causales de exoneración: Se consideran como causales de exoneración de la responsabilidad de la conducta asumida por el estudiante y por ende, no habrá sanción a imponer, las siguientes: Haber sido inducido u obligado por un superior a cometer la falta. Haber actuado por motivaciones e intenciones nobles o altruistas. PARÁGRAFO 4. La exoneración de la sanción no exime al estudiante de asumir los gastos ocasionados con su conducta. Art. 74. SE CONSIDERAN FALTAS LEVES: Impuntualidad, retraso o llegada tarde a la iniciación de la jornada de clases, a cada una de las clases o a las actividades programadas. Ausencia a las clases sin causa justificada. Presentación en forma indecorosa en aula de clase. El porte no adecuado del uniforme, con prendas que no hacen parte del mismo, mala presentación personal, empleo reiterado y exagerado de adornos y joyas. Incumplir con los materiales y elementos solicitados por el docente para el normal desarrollo de la actividad escolar. Manifestaciones exageradas amorosas y de noviazgo, ya sea en público o privadas dentro del espacio escolar o portando el uniforme que los distingue como estudiantes del instituto. Traer al instituto elementos que interrumpen el normal desarrollo de la actividad escolar tales como: celular, equipos de sonido, juegos, revistas y demás. Usar el cabello largo o pintado para el caso de los varones; maquillaje y accesorios exagerados, para el caso de las mujeres. Traer medicamentos sin la debida prescripción médica. Desobedecer las normas contempladas en el Manual de Convivencia. No presentar los volantes de pago en el tiempo requerido. Consumir alimentos en clase o en recintos donde hayan actividades formales. Irrespetar el orden en el comedor, tienda escolar y demás sitios donde se requiera. No devolver los envases a la cafetería y llevarlos fuera del área en lugares como salones, corredores, escaleras y demás. Arrojar basura al piso o no depositarla en sitios destinados para tal fin como canecas o recolectores. Falta de aseo personal. Interrumpir el normal desarrollo de clases o de actividades asumiendo actitudes que interfieran con el avance de las mismas o de la actividad que se realice. Practicar juegos bruscos que lesionen o atenten contra la integridad de sus compañeros o miembros de la comunidad educativa. Utilizar información sin la autorización de las directivas o del docente. Salir del aula de clases cuando no es el tiempo indicado para hacerlo y sin autorización. Muestra reiterada de desadaptación, apatía y desinterés de sus obligaciones académicas y disciplinarias. Realizar actividades distintas a las clases y el evento actual. Ausencias y apatías en actividades cívicas, culturales, formativas y eventos patrios o programados por la institución. Uso de un vocabulario soez, irrespetuoso, vulgar u obsceno con sus compañeros, docentes y personal administrativo. Evasión de clases y salida del instituto sin la autorización del coordinador y/o de su acudiente. Perturbar con gritos y algarabías el normal desarrollo de las actividades académicas. Art. 75 SE CONSIDERAN FALTAS GRAVES: La reincidencia por tres (3) oportunidades de faltas leves se convierten en graves. Todo acto contra la moral cristiana y las buenas costumbres. Presentación de una imagen negativa de la corporación. Agredir de hecho, palabra, con tono y gestos que denoten irrespeto o altanería a un compañero, superior, o cualquier miembro del la comunidad educativa. Concertar riñas o peleas dentro, fuera o en los alrededores de la corporación. Alterar las planillas de evaluación, registros de asistencia o certificados, o falsificar firmas. Agresión verbal o física con premeditación y alevosía, o presionar a un compañero a cometer faltas inapropiadas dentro, fuera o en los alrededores de la institución. Porte, Consumo y distribución de bebidas embriagantes y/o sustancias alucinógenas, estupefacientes y/o presentarse en estado de embriaguez en los predios de la institución, o en sus alrededores. Atentar contra la propiedad ajena. Fraudes durante los exámenes, taras o trabajos. Abuso sexual, incitación al sexo y excitación frente a estudiantes, docentes o cualquier miembro de la comunidad educativo, esto sin perjuicio de las sanciones legales correspondientes. Insubordinación a la autoridad del director o docentes. Visitar sitios peligrosos para la salud, la moral y las buenas costumbres portando el uniforme. Toda acción que acarree daño y/o implique uso inadecuado de los bienes y patrimonio de la institución. Sabotear una actividad académica y/o administrativa dentro, fuera y en los alrededores de la institución. Preparar o hacer bromas y chistes de mal gusto dentro, fuera y en los alrededores de la institución. Traer a la corporación revistas, videos, grabaciones obscenas que atenten contra la moral y las buenas costumbres. Dejar de asistir a la corporación engañando a sus superiores y/o padres sin justificación alguna. Promover la indisciplina. Art. 76 SE CONSIDERAN FALTAS MUY GRAVES: Reincidencia de faltas catalogadas como graves. La ofensa, injuria, calumnia, ultraje e insulto contra las autoridades de la institución, contra el personal docente, administrativo, estudiantil y en general contra toda persona invitada por la institución. Realizar actos de satanismo, prostitución, drogadicción dentro, fuera y alrededor de la institución. Ejercer chantaje, extorsión e intimidación de cualquier índole individual o colectiva a compañeros, directivos, docentes o empleados de la corporación. Hacer uso inadecuado de los baños de la institución escribiendo en las paredes o puertas. Actuar dentro, fuera o alrededor de la institución comprometiendo o atentado contra el buen nombre de la institución Porte, utilización de armas de fuego, arma blancas, y/o explosivos, así como, también, presentarse, con mascara o antifaz en las instalaciones de la institución o en cualquier recinto donde la institución haya organizado un acto académico o administrativo. PARÁGRAFO 1. La institución sancionará todas las faltas sin perjuicios a las acciones judiciales que haya lugar. Art. 77 DE LOS CONDUCTOS REGULARES PARA SOLUCIONAR CONDUCTAS NO DESEABLES. Cuando un estudiante incurra en algunas de las faltas mencionadas, se le aplicará el siguiente tratamiento: a) Llamado de atención verbal. Cuando se trate de hechos que contraríen en menor grado el orden académico o disciplinario, sin afectar los deberes, derechos y prohibiciones, o cuando sea necesario para prevenir la ocurrencia de hechos que vulneren esos deberes, derechos y prohibiciones, el estudiante podrá recibir un llamado de atención verbal por parte del docente, el Coordinador Académico, el responsable de Bienestar o el Director del Centro de Capacitación. Este llamado de atención verbal no constituye una sanción. b) Llamado de atención Escrito. (Acta de compromiso) En la segunda falta se citará al estudiante y se elaborará el acta suscrita por los que en ella intervienen, en la que deberán constar los hechos que dieron lugar a la conminación, las obligaciones que se ordenan al (los) amonestado (s) y los compromisos que se concertan con él dentro del plan de mejoramiento disciplinario. c) Suspensión Temporal. Si aplicadas las sanciones anteriores el estudiante no modifica su comportamiento se efectuará una suspensión temporal por uno o dos días de acuerdo a la gravedad de la falta, previo aviso a los padres y/o acudientes. Durante la suspensión el estudiante realizará trabajos escritos referentes a la norma infringida de esta sanción. Debe quedar un acta firmada por los intervinientes, la cual reposará en la carpeta de seguimiento del estudiante. El competente para dictar esta medida es el coordinador, el cual recibirá el informe y/o las pruebas del docente y/o directivo, que haya presenciado o tenido noticia del comportamiento no convivencial del alumno. d) Condicionamiento de la matrícula. Es el acto académico sancionatorio que se impone al estudiante que incurra en una falta académica o disciplinaria, previo agotamiento del procedimiento establecido. El condicionamiento de matrícula cesa cuando el estudiante cumple el plan de mejoramiento concertado y/o compromisos escritos. e) Cancelación de matrícula. Acto administrativo que se origina cuando persisten en el estudiante las causales que originaron el condicionamiento de matrícula o por faltas catalogadas como graves de acuerdo a la clasificación determinada en el artículo 74 del reglamento; implica que la persona sancionada pierde la condición de estudiante y no puede participar en procesos de ingreso a la institución. Esta sanción la aplica el Consejo De Dirección, considerando que es la máxima autoridad institucional, previo análisis de la situación del estudiante que ha infringido la norma. Es la sanción máxima que existe en el Instituto y se aplicará en casos de extrema gravedad. Art. 78 SANCIONES Según la gravedad de las transgresiones se aplicarán las siguientes sanciones: PARA LAS FALTAS LEVES: -Llamado de Atención Verbal. -Llamado de Atención Escrito -Suspensión por un día de clases y control de actividades dirigidas por los docentes. -Amonestaron pública por medio de resolución expedida por el Consejo Académico. PARA LAS FALTAS GRAVES: -Suspensión hasta por cinco (5) días de clases y control de actividades dirigidas por los docentes. - Condicionamiento de la matrícula. - Suspensión del derecho de certificarse, hasta por un año. PARA LAS FALTAS MUY GRAVES: - Condicionamiento de la matrícula. - Cancelación de matrícula Art. 79 DE LA COMPETENCIA PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES Para faltas leves será competente el docente que conoce la falta. Si se considera que dadas las implicaciones de la falta debe ser conocida por otra instancia, informará al coordinador respectivo. Todo llamado de atención por escrito lo hará el coordinador previo informe del docente. Para faltas graves las sanciones serán de competencia del coordinador, quien decidirá el curso de acción y correctivo correspondiente. Para faltas muy graves el coordinador académico reúne toda la información correspondiente para ser analizada por el Consejo Académico y/o Directivo, quien determinará el proceso a seguir. Art. 80 PROCEDIMIENTO PARA SANCIONAR 1. Derecho a la defensa. Todo estudiante que se encuentre incurso en cualquier tipo de falta tendrá derecho a la legítima defensa y que se le siga un debido proceso, también tendrá derecho a que declare los motivos que lo llevaron a cometer el hecho. PARAGRAFO 1. El consejo directivo es el único que está facultado para abrir un debido proceso correctivo, cuando un estudiante ha cometido una falta grave o muy grave, mediante resolución motivada indicando los hechos, las faltas que se le imputen, así mismo, deberá contener las pruebas que sustenten la respectiva denuncia y señalará el término de cinco (5) días hábiles para que el estudiante rinda los descargos. También será el único competente para colocar sanciones definitivas. 2. Procedimiento disciplinario. Para cumplir con los requisitos legales se debe hacer el siguiente procedimiento: - Dentro de los tres (3) días siguientes al conocimiento de la falta, la cual será notificada al estudiante, se ordenará la apertura de la investigación que tendrá un máximo de cinco (5) días hábiles. - Precluido dicho termino, dentro de los tres (3) días siguientes se escuchará al estudiante(s) implicados (s) en versión libre y espontánea. Necesariamente debe esta acompañado por el personero de los estudiantes quien asumirá su defensa. - Si se solicitaron pruebas deben ser practicadas en un término máximo de cinco (5) días y pueden ser prorrogables por el mismo tiempo. - Precluido el término probatorio, el estudiante tendrá un plazo tres (3) días para presentar sus alegatos; el consejo de dirección dictará fallo dentro de los tres (3) días siguientes a este, mediante resolución motivada y contra ella le caben los recursos de ley. El estudiante sancionado dispone del recurso de reposición y de apelación, para revocar o reformar las sanciones que le fueron impuestas en los casos de faltas graves o muy graves. Para las faltas leves no procede recurso alguno. CAPITULO V ASPECTOS RELACIONADOS CON EL PERSONAL DIRECTIVO Y DOCENTE (CARACTERISTICAS, DERECHOS, DEBERES Y ESTIMULOS) Art. 81 Los derechos como tales garantizan el respeto a la dignidad de la persona humana y el crecimiento personal en todos los aspectos, permitiendo así el pleno desarrollo de su personalidad, por lo tanto se pretende que el directivo y el docente: - Sea comprometido y leal con los principios y valores de la institución para formar parte de la comunidad educativa y a través de ella pueda vivir la educación como un instrumento para la construcción de mejores individuos para una mejor sociedad. - Cuente con una preparación ético-moral y cognoscitiva dignas de emular y estar en constante proceso de crecimiento. - Mantengan una conciencia reflexiva de impacto sobre los estudiantes y actitudes y valores coherentes con lo que piensan, dicen y hacen. Art. 82 CARACTERISTICAS DEL DOCENTE CAPACITACIÓN COMBARRANQUILLA. DEL CENTRO DE El docente proyecta las siguientes características: Equilibrio integral y racional que aplique los valores de la comprensión y la tolerancia y el principio de autoridad. Ejemplo para educar a través de sus actitudes y poder solicitar las prácticas de valores con los estudiantes. Preparación académica y un deseo constante por actualizarse en su área específica del conocimiento, lo mismo que un interés evidente por aquella manifestación del arte o ciencia que haya escogido para enseñar. Apertura hacia el cambio y hacia las prácticas democráticas; ser crítico, aceptar críticas y compartir sus reflexiones pedagógicas con los colegas y directivos. Cooperación con sus colegas y el personal directivo para el desarrollo de las actividades formativas en general. Flexibilidad y capacidad reflexiva y auto cuestionadora. Él debe preocuparse por la calidad diaria de su desempeño y suscitar en el alumno un pensamiento propio y el disfrute por una grata aventura de encontrar conocimientos con sus propias herramientas. Creatividad en la elección de metodologías para el desarrollo de los contenidos. Cumplido con sus horarios, programaciones de clases y con el diligenciamiento de los documentos propios de la formación, según los lineamientos establecidos. Objetivo en la aplicación de las normas de disciplina a los estudiantes. Art. 83 Los DERECHOS de los directivos y de los docentes están contemplados en Los derechos fundamentales que establece la Constitución Nacional, el decreto 2277 o estatuto docente, la ley 115 de 1994 o Ley General de Educación, código Disciplinario Único y demás normas concordantes. Art. 84 SON DEBERES DE LOS DIRECTIVOS los siguientes: Planificar, organizar, dirigir, evaluar los programas y planes de estudios de la institución en coordinación con el Consejo de Dirección de la misma. Coordinar, orientar y dirigir, con la colaboración de docentes e instructores, todas las actividades de la institución. Supervisar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias. Legalizar con su firma todos los documentos, certificados de estudios y demás que expida la institución. Velar por el buen manejo de los bienes de la institución. Exigir un trato digno y respetuoso de parte de todos los miembros de la comunidad educativa. Trabajar en un ambiente sano y acogedor donde primen las buenas relaciones, el respeto y tolerancia, autoridad y justicia. Disponer de los recursos necesarios para el buen desarrollo de la labor docente. Presentar proyectos, iniciativas y sugerencias en pro del crecimiento y proyección institucional. Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones para el Consejo de Dirección de la institución. Art. 85 SON DEBERES Y/O FUNCIONES DE LOS DOCENTES los siguientes: Elaborar diagnósticos para definir los planes de formación. Planificar el proceso educativo, conforme a los lineamientos institucionales y la programación asignada. Cumplir con la programación académica asignada. Alistar recursos, ambientes de aprendizajes e instrumentos de seguimiento y evaluación. Aplicar estrategias metodológicas de acuerdo al modelo pedagógico de la institución. Realizar todas las actividades de la formación y el diligenciamiento de los registros de seguimiento y reportes académicos. Aplicar instrumentos de evaluación y planes de mejoramiento, manteniendo registros del proceso. Conocer la estructura orgánica de la institución, identificando los diferentes estamentos y su respectiva descripción del cargo. Justificar sus inasistencias y enviar talleres o trabajos para los estudiantes, en caso de presentar dificultades para asistir a clases. Mantener las relaciones de cordialidad entre los estamentos de la comunidad educativa, basándose en los principios de equidad e imparcialidad. Inculcar a los educandos el respeto y amor a los símbolos patrios, los valores históricos, culturales y morales. Abstenerse de realizar actividades lucrativas y/o de comercio con los estudiantes. Escuchar y permitir a los estudiantes expresar sus ideas y descargos cuando sea necesario, teniendo en cuenta las normas de respeto. Socializar con la coordinación académica, estudiantes y padres de familia, la programación de su área o guía a desarrollar durante el periodo. Desarrollar permanentemente con los estudiantes actividades que les permitan una formación integral como persona; darles buen trato y ejemplo formativo. Dar a conocer oportunamente a los estudiantes, padres o a quien se lo solicite, el rendimiento académico, sus evaluaciones e informes. Seguir los lineamientos trazados en el PEI en todos los aspectos curriculares, evaluativos y pedagógicos. Informar al área de bienestar sobre situaciones problema que pueda estar afectando el progreso del alumno y la solidez del grupo. Mantener una comunicación frecuente, abierta, oportuna y espontánea con los directivos de la institución. Asumir con madurez y sentido profesional las sugerencias y correcciones que le hagan en bien de su labor educativa. Poner al servicio de la institución su vocación y labor como educador, entregando todas sus cualidades, capacidades, preparación y creatividad, apoyando leal y comprometidamente sus políticas educativas. Participar activamente en los eventos culturales, deportivos, sociales y religiosos que prepare o programe la institución. Abstenerse de fumar o consumir licor dentro, fuera y en los alrededores de la corporación y de mantener relaciones amorosas con estudiantes o manifestaciones que puedan inducir al conocimiento de que existen. Art. 86 CRITERIOS PARA LA ASIGNACION DE DOCENTES Son criterios para la asignación del docente: El cumplimiento del perfil definido para el módulo de formación en cuanto a educación, conocimientos y experiencia. Disponibilidad para el desarrollo del módulo de formación en los tiempos programados. El nivel de desempeño obtenido en la última medición realizada. Las certificaciones de competencia laboral. Este aspecto se considera un elemento decisivo para asignar un docente, cuando exista otro que también cumpla con los criterios anteriores. Art. 87 ESTÍMULOS Recibir capacitación en cursos de actualización para el mejoramiento de u desempeño profesional. Reconocimiento público en presencia de la comunidad educativa Mención de Honor por su alto desempeño en diferentes actividades. Art. 88 FUNCIONES DEL COORDINADOR. El coordinador depende del Director y le corresponde la administración académica y de convivencia de la institución y en consecuencia el trabajo con los docentes, alumnos, padres de familia en aquellas situaciones que tengan que ver con los tópicos señalados. Sus funciones son: Participar en el Consejo Académico y en los comités de evaluación y promoción. Planear y presentar mensual, semestral y/o anualmente al rector, la asignación académica de los docentes en concordancia con la reglamentación existente y teniendo en cuenta las particularidades de la institución. Dirigir la planeación y programación académica acorde con los objetivos institucionales y los logros proyectados en cada área. Ejercer orientación, control y seguimiento permanente al cumplimiento de horarios, jornada académica y compromisos de los estudiantes y docentes, así mismo comunicar al director cualquier situación que por su complejidad pueda generar conflictos de mayor atención. Dejar registro escrito a través de actas de seguimiento, a los casos señalados en el numeral anterior, de tal manera que puedan servir como soporte a cualquier reclamación de orden legal o de carácter informativo solicitado por cualquier autoridad competente y /o por cualquier miembro de la comunidad educativa. Dirigir la evaluación del rendimiento académico y adelantar todas las acciones necesarias para garantizar hasta donde sea posible, la continuidad del estudiante en la institución. Rendir periódicamente informe al director sobre el resultado de las actividades académicas, fomentar la investigación como eje articulador en la formación del docente y del estudiante, coordinar y ejecutar con el rector la evaluación institucional y del personal docente en general, fomentar un clima de respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa, difundir el Manual de Convivencia entre todos los miembros de la comunidad educativa para que sea conocido, acatado y enriquecido de acuerdo con las experiencias diarias y la normatividad vigente. CAPITULO VI SERVICIOS OFRECIDOS POR EL CENTRO DE CAPACITACION Y EL REGLAMENTO PARA EL USO DE LOS MISMOS SERVICIO DE BIBLIOTECA Art. 89 La Biblioteca es una unidad de apoyo al proceso académico e investigativo para los estudiantes de los programas técnicos con el fin de facilitarles referentes y herramientas de consulta para la búsqueda y la transformación de conocimientos. Art. 90 USUARIOS. Son usuarios de la biblioteca los docentes, empleados, estudiantes y miembros de la comunidad académica y científica. Art. 91 REGLAMENTO. 1. Para ingresar a la biblioteca deben presentar el carnet de afiliación y si es la primera vez que utilizan el servicio de biblioteca, deben diligenciar la solicitud de carnet para actualizar sus datos. 2. El horario establecido para el servicio de bibliotecas es el siguiente: -Lunes a viernes de 8:30 a.m. a 7:30 p.m. -Sábados de 8:30 a.m. a 4:00 p.m. 3. Todo Usuario que desee ingresar a la Biblioteca debe ser registrado en el formato de Registro de ingreso de usuarios a la Biblioteca. 4. Para la realización de consultas se permite ingresar a la biblioteca lápices, lapiceros, hojas, cuadernos y calculadoras. Los bolsos, libros y carpetas se deben dejar en el área de recepción, donde se dispone de lockers para que los usuarios guarden sus pertenencias. Para utilizar los lockers, los usuarios deben entregar en la recepción un documento de identidad (licencia de conducción, libreta militar, entre otros) y se les entregará o facilitará una llave, la cual debe ser devuelta a la asesora al finalizar la consulta. 5. En caso de pérdida de la llave del locker el usuario debe informar a la asesora del servicio, quien le ayudará a solucionar la situación, además de cancelar la tarifa correspondiente al valor de la llave y el acrílico que la identifica. 6. Bajo ninguna circunstancia se permite dejar guardados elementos en los lockers por uno o varios días. 7. Todo usuario del servicio de locker debe dejarlo bien cerrado y tener asegurada la llave del mismo. El centro de Capacitación COMBARRANQUILLA no se responsabiliza por la pérdida de objetos o implementos guardados en los lockers. 8. Dentro de las instalaciones de la Biblioteca no se permite el consumo de bebidas y alimentos, ni comunicarse por teléfono celular. 9. Dentro de las instalaciones de la biblioteca, los usuarios deben hablar en voz baja para no incomodar a quienes leen y consultan. 10. Los libros utilizados por los usuarios en las salas de consulta de la biblioteca deben ser dejados en las mesas para que sean reubicados en los estantes por las asesoras de atención al cliente de la biblioteca. 11. Todos los usuarios del servicio deben hacer buen uso de los materiales bibliográficos, los equipos y el mobiliario de la biblioteca. Cualquier daño que un usuario cause a uno o varios de estos elementos, será sancionado con el pago del valor del daño. 12. El préstamo externo es de máximo dos libros por persona y no incluye los libros de referencia y revistas. 13. El tiempo máximo de préstamo de libros es de ocho (8) días para textos de literatura y cuatro (4) días para los de colección general. Es deber de los usuarios del servicio de préstamo de libros, la devolución oportuna de los mismos. 14. La devolución de los libros debe realizarse en la recepción de la biblioteca en la cual se hizo el préstamo y a las asesoras de atención al cliente de la biblioteca. 15. Cuando un usuario no realice la devolución de los libros prestados en la fecha estipulada, debe cancelar la multa correspondiente. 16. En caso de pérdida o deterioro de un libro, el usuario deberá reponer el material bibliográfico con el mismo título; el préstamo de libros se le suspenderá hasta cuando reponga la pérdida o material deteriorado. En caso que la obra esté agotada en el mercado, se repondrá con un libro cuyo tema y valor sea similar al perdido, previo visto bueno de la Coordinadora de Biblioteca. 17. Para el uso de los IPAD se deben seguir las siguientes recomendaciones: a) El uso del IPAD es exclusivo para la consulta del catálogo en línea de la Biblioteca. b) Los IPAD traen el fichero de consulta, no es necesario introducir usuario, ni contraseña. c) Queda restringida la manipulación del hardware y el software instalados en los IPAD. d) Está prohibido modificar o tratar de alterar cualquiera de las configuraciones y funciones, de los elementos de protección y seguridad del dispositivo o del software. d) Se debe reportar a los funcionarios de la Biblioteca cualquier problema o inconveniente ocurrido con el equipo durante su consulta. e) En el mueble de consulta del fichero se encuentran instrucciones para el manejo del catálogo en línea. 18. Se prohíbe fumar en áreas interiores o cerradas de los lugares de trabajo y/o lugares públicos del Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA. Resolución 1956 de 2008 del Ministerio de Protección Social. Art 92 PAZ Y SALVO. La institución exige a estudiantes, docentes y empleados, el Paz y Salvo de la biblioteca para efectos de: certificados de estudio, matricula, retiro (temporal o definitivo) y/o certificación final del programa técnico. SERVICIO DE BIENESTAR ESTUDIANTIL Art. 93 Definición. Entiéndase por servicio de Bienestar Estudiantil al conjunto de actividades que orienten el desarrollo físico, psicoactivo, espiritual y social de los estudiantes (Ley 30 de 1992). Art. 94 Servicios de Bienestar Estudiantil. Los componentes y actividades del programa de Bienestar estudiantil son los siguientes: SALUD • Campañas de salud física y mental que apunten al autocuidado y la prevención de enfermedades. • Brigadas de salud ocupacional para el fomento de las prácticas seguras y los estilos de vida saludables. ORIENTACIÓN • Grupos de apoyo focalizados para la atención de problemáticas de tipo emocional y social que dificulten la relación del estudiante con su entorno. • Remisiones a entidades especializadas, previo establecimiento de convenios, para la atención de problemáticas que requieran una intervención directa y personalizada con el estudiante. ARTE Y CULTURA • Conversatorios musicales • Concursos de pintura • Concursos de ortografía • Recitales poéticos DESARROLLO INTELECTUAL • “Encuentros con expertos del sector productivo”, especialistas en el área de formación de los estudiantes y en temas transversales-humanísticos, para el intercambio de experiencias, aciertos y dificultades en la ejecución de sus proyectos laborales. • Participación en Seminarios de complementación académica en temas variados y ligados a las competencias del programa cursado por el estudiante. RECREACIÓN Y DEPORTE • Acceso programado a los espacios para la recreación y el deporte: canchas deportivas, piscinas y gimnasio. • Encuentros deportivos en la modalidad de fútbol. • Rumba-terapias con instructores especializados. DESARROLLO DEL LIDERAZGO • Testimonios de líderes estudiantiles exitosos. • Acceso a encuentros de líderes programados en la ciudad. PROYECCIÓN COMUNITARIA • Inscripción en el servicio de Empleo de COMBARRANQUILLA. • Acceso a talleres de orientación y para el fortalecimiento de habilidades cognitivas y competencias laborales. • Participación como candidato en las ofertas laborales que promueven las empresas en el Centro de Empleo. • Encuentro de padres y familiares que genere una retroalimentación de valores, experiencias y/o dificultades, y a partir de ello se puedan establecer acciones conjuntas en pro del fortalecimiento del núcleo familiar del estudiante. PARAGRAFO UNICO. Son funciones de Bienestar Estudiantil: Participar en los comités de Evaluación y Promoción y en todos aquellos donde sea requerido. Planear y programar las actividades en cada componente de servicio, de acuerdo con los criterios establecidos por la institución. Orientar y asesorar a los docentes, estudiantes y padres de familia sobre la interpretación de la Misión, Visión, filosofía y Políticas institucionales. Atender los casos sociales de comportamiento que se presenten en el instituto. Apoyar a los docentes en la orientación de los estudiantes. Apoyar a la coordinación para la solución de problemas de tipo académico y disciplinario. Evaluar periódicamente las actividades programadas, y presentar oportunamente los informes a la instancia correspondiente. Receptar los casos de estudiantes con dificultades y hacer la respectiva valoración, seguimiento e intervención de acuerdo con los procedimientos planteados el PEI. Contribuir con el desarrollo social, el mejoramiento académico y la feliz estadía del personal durante su proceso de formación. REGLAMENTO PARA EL USO DE LAS SALAS DE INFORMATICA Art. 95. DIRECTRICES PARA LA UTILIZACION DE LAS SALAS DE INFORMATICA. Las siguientes son directrices generales del Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA para la utilización de las Salas de Informática; le invitamos a apoyarnos en su cumplimiento en aras de mantener en óptimas condiciones los equipos y dispositivos para ofrecerle un excelente servicio. CONSIDERACIONES Este reglamento será aplicado a todos los usuarios. Son usuarios de las salas de informática del Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA: • Docentes vinculados a los procesos de formación del servicio de educación. • Personal administrativo vinculado laboralmente con la Caja de Compensación. • Estudiantes de los programas técnicos laborales. • Personal asistente a capacitaciones ofrecidas por el servicio de educación La naturaleza del presente reglamento y su conocimiento es obligatoria para todos los usuarios. Su desconocimiento no podrá ser utilizado como excusa para evitar las sanciones correspondientes. Para la adecuada utilización de las salas de informática se deben seguir las siguientes directrices: 1. Dar el uso indicado a los equipos y demás accesorios, que les sean asignados para el desempeño de las actividades académicas. 2. Utilizar los equipos de cómputo, sólo con fines educativos e investigativos relacionados con los programas académicos, así, como el servicio de Internet. 3. Reportar de manera inmediata a los funcionarios encargados, sobre daños en los equipos y accesorios. 4. Solicitar por escrito, vía e-mail, la reserva de la sala de informática con anticipación a los funcionarios encargados, mínimo dos (2) días hábiles antes. En caso de que no llegase a necesitarla, debe notificar la cancelación del servicio por el mismo medio. (Este numeral aplica al personal docente y funcionarios de Combarranquilla). 5. Para ingresar equipos de cómputo y/o dispositivos personales en las salas de informática, se deben registrar en portería relacionando marca, modelo, número de serie y accesorios. 6. Utilizar los equipos solo para labores académicas, investigativas, elaboración de proyectos u otros asuntos relacionados con las actividades propias del Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA. 7. Se restringe el uso de los equipos para realizar actividades comerciales, recreativas, lucrativas, de ocio y en general aquellas que no sean acordes, con los fines predeterminados en el programa indicado por el Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA 8. Se restringe la alteración de los equipos de las salas de informática. 9. El equipo asignado no se puede ceder a otro compañero, sin previa autorización del Docente o facilitador responsable de la actividad en la sala de informática. 10. Los equipos pueden ser utilizados máximo por dos (2) personas; en caso de que se asignen más de dos personas debe haber una justificación basada en una actividad formativa programada por el docente. 11. Se restringe el ingreso e ingestión de alimentos y bebidas en general, el consumo de sustancias alucinógenas o fumar dentro o alrededor de las salas de informática. 12. Se impide alterar, romper o apropiarse de las etiquetas de identificación de los equipos de las salas de informática. 13. Se encuentra limitado completamente el uso de los equipos de cómputo para fines fraudulentos. 14. Se restringe el uso de mascotas en las salas de informática. 15. Se restringe cualquier actividad de tipo comercial (venta de artículos o servicios) dentro de las salas de informática. 16. Está totalmente restringido la utilización de los equipos de las salas para observar material pornográfico o violento que atente contra los valores que promueve el Centro de Capacitación COMBARRANQUILLA. 17. Evite la utilización de los equipos para chatear o realizar conversaciones en línea que no sean de carácter académico. 18. Bajo ninguna circunstancia se podrá utilizar software sin licencia, quebrantar las medidas de seguridad de la red e intentar reparar, destapar o cambiar de lugar, tanto equipos como periféricos. CAPITULO VII DISPOSICIONES GENERALES Art. 96. El presente reglamento sólo podrá ser modificado por el Consejo de Dirección, previo concepto del Consejo Académico. Art. 97. El presente reglamento rige a partir de su expedición y deroga todas las disposiciones que les sean contrarias. Consejo de Dirección, Barranquilla, 30 de Junio de 2015.
© Copyright 2024