Ayuntamiento de CAPILEIRA (Granada) P1804300J ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO CON FECHA DIECIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL QUINCE.ASISTENTES: Alcalde - Presidente: D. José Castillo Vázquez. CONCEJALES: - D. José Fernando Castro Zamorano, - Dª Mª Carmen Castro Nieves, - D. Rafael Jiménez Rodríguez, - D. Francisco López Cifuentes, - Dª Gemma González Dueñas, - D. José Pérez Nevot, FALTARON SIN EXCUSA: Ninguno. FALTARON CON EXCUSA: Ninguno. Secretaria-Interventora: Dª. Margarita Rojas Martín. En la Casa Consistorial de Capileira siendo las doce horas del día dieciocho de junio de dos mil quince, celebró sesión extraordinaria el Pleno del Ayuntamiento, previa citación de los Sres. Concejales, habiendo asistido a la misma los arriba relacionados, habiendo faltado con excusa y sin excusa los igualmente arriba indicados, y actuando como Secretaria- Interventora, Dª. Margarita Rojas Martín, Funcionaria de Habilitación estatal del Servicio de Asistencia a Municipios de la Excma. Diputación Provincial de Granada. Antes de dar paso al primer punto del orden del día, el Sr. Alcalde intervino para explicar la urgencia de la convocatoria de la sesión, que no era otra que atender la Ayuntamiento de CAPILEIRA (Granada) P1804300J petición de cesión del aprovechamiento de los pastos de los montes comunales realizada por los ganaderos del Municipio. 1º.APROBACION (13/06/2015).- DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR Fue aprobada por unanimidad. No obstante, Dª Gemma González Dueñas preguntó a la Secretaria qué interés tenía en poner en negrita parte de la intervención del Sr. Alcalde realizada en el Pleno de constitución del Ayuntamiento. Insistió en si a la Secretaria le parecía importante esas palabras. El Sr. Alcalde contesto que le había pasado a la Srª. Secretaria su intervención en papel y en soporte informático, a fin de que se copiase tal cual. Al respecto la Srª Secretaria recordó que en la legislatura anterior dejo claro que no tenía inconveniente en recoger la intervenciones de los Sres. Concejales íntegras y literalmente, siempre que se facilitase la misma en soporte informático y en papel, y existiese coincidencia entre el contenido de ambos. Afirmó que no había añadido nada a la intervención del Alcalde, y que a ella no le tenía que resultar interesante nada, puesto que su tarea en la sesión de Pleno era simplemente la de fedataria pública, a lo que se limitó en todo momento. 2º.- ORGANIZACION AYUNTAMIENTO.2.1.- DETERMINACION ORDINARIAS. DE LA PERIODICIDAD DE LAS SESIONES De acuerdo con lo previsto en el artículo 38 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, dentro del plazo de treinta días siguientes al de la sesión constitutiva de la Corporación, el Alcalde convocará la sesión o sesiones extraordinarias del Pleno de la Corporación que sean precisas, a fin de determinar, entre otros asuntos, la periodicidad de las sesiones del Pleno. En consecuencia, el Sr. Alcalde propone al Pleno que éste celebre sus sesiones ordinarias con la siguiente periodicidad: una sesión cada trimestre, a celebrar en la segunda semana de cada uno, en los meses de julio, octubre, enero y abril, y el horario de 19,00 horas en otoño e invierno, y a las 20,00 horas en primavera y verano. Ayuntamiento de CAPILEIRA (Granada) P1804300J Abierto el turo de debate, intervino en primer lugar D. José Pérez Nevot para pedir que se adelantara la hora de los plenos atendiendo a los horarios de sus trabajos. El Sr. Alcalde contesto que todos tenían problemas con los horarios de trabajo. Debatido el asunto, se sometió a votación quedando aprobada la propuesta con el voto a favor del Grupo Municipal del PSOE (cuatro votos), y el voto en contra del Grupo Municipal del PP (dos votos) y del Grupo Independiente (un voto). No hubo abstenciones. 2.2.- NOMBRAMIENTO DE LOS REPRESENTANTES DE LA CORPORACION EN ORGANOS COLEGIADOS DE OTRAS ENTIDADES LOCALES.Igualmente, el artículo 38 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, dispone que en la sesión extraordinaria de organización de la Corporación se determinen los miembros de la misma que la representarán en los órganos colegidos de otras entidades. El Sr. Alcalde realiza la siguiente propuesta: 1.- En la Mancomunidad de Municipios de la Alpujarra Granadina: - 1er Titular: D. José Castillo Vázquez, - Suplente: José Fernando Castro Zamorano. - 2º Titular: Dª Gemma González Dueñas. - Suplente: D. Francisco López Cifuentes. 2.- En el Consorcio Urbanístico del Barranco de Poqueira: - 1er Titular: D. José Castillo Vázquez. - Suplente: Dª Mª Carmen Castro Nieves. - 2ª Titular: D. José Fernando Castro Zamorano. - Suplente: D. Rafael Jiménez Rodríguez. 3.- En el Colegio Público Barranco de Poqueira: - Titular: D. Rafael Jiménez Rodríguez. - Suplente: D. José Fernando Castro Zamorano. A continuación intervino D. Francisco López Cifuentes para preguntar si el Consorcio se mantenía. El Sr. Alcalde contestó que sí aunque no tenía prácticamente actividad alguna, y que para disolverlo había que convocar una sesión al efecto. Debatido el asunto y sometida la propuesta a votación, quedó aprobada con el voto a favor del Grupo Municipal del PSOE (cuatro votos) y el Grupo Municipal Independiente (un voto). Se abstuvo el Grupo Municipal del PP (dos votos). Ayuntamiento de CAPILEIRA (Granada) P1804300J 2.3.- NOMBRAMIENTO DE TESORERO MUNICIPAL.Una vez celebradas las elecciones municipales del día 24/06/2015, y habiéndose procedido a la constitución de la nueva Corporación en sesión extraordinaria celebrada con fecha 13/06/2015, resulta necesario nombrar a la persona que desempeñará las funciones de tesorero en la presente legislatura. Al respecto, la Disposición Adicional Segunda.1.2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, establece que son funciones públicas necesarias de todas las Corporaciones Locales, cuya responsabilidad está reservada a funcionarios con habilitación de carácter estatal la de Secretaria, y el control y la fiscalización interna de la gestión económicafinanciera y presupuestaria, y la de contabilidad, tesorería y recaudación. Considerando que a tenor de lo dispuesto en el artículo 2. f) del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre Provisión de Puestos de Trabajo Reservados a Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, «en las Corporaciones Locales, cuya Secretaría esté clasificada en tercera clase, la responsabilidad administrativa de las funciones de contabilidad, tesorería y recaudación, podrá ser atribuida a miembros de la Corporación o a funcionarios de la misma». Considerando la Orden de 16 de julio de 1963, en la que se dan Instrucciones sobre el Régimen de Depositaría de Fondos no Servidas para Funcionarios Pertenecientes a la Habilitación Nacional (actualmente habilitados estatales), si la Corporación optase por encomendar las funciones de Depositario a uno de sus miembros electos, se le podrá relevar de la obligación de prestar fianza. El Alcalde mediante Decreto de fecha 15/06/2015, nombró tesorero municipal a D. Rafael Jiménez Rodríguez. Por todo ello, y de conformidad con lo dispuesto en la Instrucción Primera c) de la Orden de 16 de julio, de 1963 por la que se aprueban Instrucciones sobre el Régimen de las Depositarias de Fondos no Servidas por Funcionarios Pertenecientes al Cuerpo Nacional, el Pleno a propuesta de la Alcaldía adoptó con el voto unánime de los Sres. Concejales que integran la Corporación el siguiente, ACUERDO: PRIMERO. Relevar al Concejal Tesorero de la obligación de prestar fianza, haciendo constar que todos los miembros Ayuntamiento de CAPILEIRA (Granada) P1804300J de la Corporación se hacen responsables solidarios del resultado de su gestión. SEGUNDO. Notificar la presente Resolución al designado, quien deberá aceptar expresamente dicho nombramiento, haciéndose cargo de sus funciones mediante la firma del Acta de Arqueo. TERCERO. Comunicar a los Bancos, Caja General de Depósitos y establecimientos análogos el nombramiento del Concejal Tesorero tras la aceptación de su cargo» 2.4.- DEDICACION PARCIAL CONCEJAL.Seguidamente, el Sr. Alcalde propuso que consideraba necesario que el Concejal D. José Fernando Castro Zamorano tuviese dedicación parcial en el Ayuntamiento a fin de ejercer las competencias que le había delegado mediante Decreto de fecha 15/06/2015, con una dedicación de 30 horas semanales y con una retribución de 1.200 € netos mensuales. Añadió que las tareas que se le habían delegado eran las de dirigir, coordinar y supervisar al personal del Ayuntamiento que trabaja en su área de competencias, así como las obras y servicios encomendados a empresas externas. Abierto el debate, intervino Dª Gemma González Dueñas para exponer que su Grupo no consideraba necesaria la dedicación del Concejal propuesta, argumentando que para llevar las obras estaban los aparejadores y arquitectos municipales que eran a los que les correspondían realizar esas tareas. A continuación intervino D. José Pérez Nevot para exponer que no estaba de acuerdo con la propuesta por considerar que en el Ayuntamiento no estaban para ponerse un sueldo. De nuevo, intervino Dª Gemma González Dueñas para dejar claro que su Grupo no iban a apoyar esto en toda la legislatura. El Sr. Alcalde insistió en la necesidad de la dedicación parcial del concejal, aclarando que las tareas asignadas al mismo no eran las propias del arquitecto o aparejador, sino las de dirigir, coordinar y supervisar al personal del Ayuntamiento que trabaja en su área de competencias, así como las obras y servicios encomendados a empresas externas. Añadió que tampoco era necesario un ayudante de administrativo y, hacía tres años, que contrataron a una persona sin justificar su necesidad ante el Pleno. Ayuntamiento de CAPILEIRA (Granada) P1804300J Dª Gemma González Dueñas replico diciendo que se contrató a un auxiliar administrativo por acumulación de tareas, con el objetivo de ayudar a otra persona que tenía una carga de trabajo. El Sr. Alcalde contestó que fue un asunto que el Partido Popular no llevó a Pleno por lo que no pudieron opinar al respecto, como estaban haciendo ahora con este punto. Aunque los motivos de la contratación les parecieran razonables, la falta de información por parte del Grupo del PP, les obligaban a pedir información sobre el tema. De nuevo Dª Gemma González Dueñas insistió en que el Concejal con dedicación parcial iba a cobrar. El Sr. Alcalde contesto que la dedicación parcial tenía prevista una retribución puesto que legalmente estaba permitido. D. José Pérez Nevot dijo que no le parecía bien puesto que la gente iba a pensar que estaba en el Ayuntamiento por un puesto de trabajo. Finalizado el debate, la propuesta se sometió a votación en la que se abstuvo el Concejal D. José Fernando Castro Zamorano por ser interesado en el asunto, produciéndose el siguiente resultado: - Votos a favor: Grupo Municipal de PSOE (tres votos), a excepción de D. José Fernando Castro Zamorano. - Votos en contra: Grupo Municipal del PP (dos votos), y Grupo Independiente (un voto). - Abstenciones: D. José Fernando Castro Zamorano. Se produjo un empate en la votación que se decidió con el voto de calidad del Sr. Alcalde, quien votó a favor. En consecuencia quedó aprobada la propuesta que se concreta en la adopción de los siguientes acuerdos: PRIMERO. Determinar que el cargo de Concejal delegado del Área de Servicios, Obras, Mantenimiento, Empleo, Prevención de Riesgos y Medio Ambiente realicen sus funciones en régimen de dedicación parcial por los siguientes motivos: las tareas que implican requieren una presencia en las dependencias y obras municipales, suponiendo tareas de dirigir, coordinar y supervisar al personal del Ayuntamiento que trabaja en su área de competencias, así como las obras y servicios encomendados a empresas externas y debiendo tener una presencia efectiva mínima en el Ayuntamiento de 30 horas semanales. SEGUNDO. Establecer a favor del miembro de la Corporación que desempeñe su cargo en régimen de dedicación parcial, la retribución que a continuación se relaciona, Ayuntamiento de CAPILEIRA (Granada) P1804300J que se percibirá en doce pagas, correspondientes a las diferentes mensualidades del año y darle de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda. — El cargo de Concejal delegado del Área de Servicios, Obras, Mantenimiento, Empleo, Prevención de Riesgos y Medio Ambiente realicen sus funciones en régimen de dedicación parcial y que comprende las tareas que implican requieren una presencia en las dependencias y obras municipales, suponiendo tareas de dirigir, coordinar y supervisar al personal del Ayuntamiento que trabaja en su área de competencias, así como las obras y servicios encomendados a empresas externas, que será D. José Fernando Castro Zamorano percibirá una retribución mensual neta de 1.200 €. TERCERO. Publicar de forma íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia el Acuerdo del Pleno, a los efectos de su general conocimiento. CUARTO. Notificar dicho Acuerdo a los interesados y al Servicio de personal e intervención para su conocimiento y efectos. 2.5.DAR MUNICIPALES.- CUENTA CONSTITUCION GRUPOS POLITICOS De acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, A continuación, se dio cuenta de la constitución de los Grupos Políticos Municipales, se ha comunicado al Ayuntamiento la constitución de los Grupos Políticos Municipales que se indican a continuación: DENOMINACIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL: PARTIDO POPULAR. COMPOSICIÓN: — D. FRANCISCO LOPEZ CIFUENTES. — Dª GEMMA GONZALEZ DUEÑAS. DESIGNACIÓN DE PORTAVOZ: - Titular: Dª GEMMA GONZALEZ DUEÑAS. - Suplente: D. FRANCISCO LOPEZ CIFUENTES. DENOMINACIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL: PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL. Ayuntamiento de CAPILEIRA (Granada) P1804300J COMPOSICIÓN: - D. José Castillo Vázquez, - D. José Fernando Castro Zamorano, - Dª Mª Carmen Castro Nieves, - D. Rafael Jiménez Rodríguez, DESIGNACIÓN DE PORTAVOZ: - Titular: D. José Fernando Castro Zamorano, - 1º Suplente: D. Rafael Jiménez Rodríguez - 2º Suplente: Mª Carmen Castro Nieves. DENOMINACIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL: PARTIDO AGRUPACION INDEPENDIENTE - COMPOSICIÓN: D. José Pérez Nevot, DESIGNACIÓN DE PORTAVOZ: - Titular: D. José Pérez Nevot. 3º- DAR ALCALDE. CUENTA DE LAS RESOLUCIONES ADOPTADAS POR EL A continuación, se dio cuenta de las Resoluciones adoptadas por el Sr. Alcalde en materia de nombramientos de Tenientes de Alcalde y delegaciones, cuyo contenido tiene el siguiente tenor literal: 3.1.RESOLUCION TESORERO.- DE FECHA 15/06/2015, NOMBRAMIENTO "Visto que esta Corporación local está clasificada como Secretaría de clase tercera, determinado por acuerdo del pleno que el puesto de Tesorería sea desempeñado por un Concejal de la Corporación. Visto que se considera idóneo para el desempeño de las funciones de tesorería a D. RAFAEL JIMÉNEZ RODRÍGUEZ, Concejal de la Corporación. Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, RESUELVO: PRIMERO. Nombrar, de conformidad con el artículo 21.1 s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases Ayuntamiento de CAPILEIRA (Granada) P1804300J del Régimen Local como Concejal Tesorero Ayuntamiento a D. RAFAEL JIMENEZ RODRIGUEZ. de este SEGUNDO. Dar cuenta del nombramiento al Pleno de la Corporación, y proponer acordar relevar o no al Concejal Tesorero de la obligación de prestar fianza. TERCERO. Notificar el nombramiento al designado, quien deberá aceptarlo expresamente, haciéndose cargo de sus funciones mediante la firma del Acta de Arqueo previas las comprobaciones oportunas. CUARTO. Comunicar a los Bancos, y Cajas donde este Ayuntamiento tiene depositados sus fondos y establecimientos análogos el nombramiento del Concejal Tesorero tras la aceptación de su cargo. En Capileira, a 15 de junio de 2015 EL ALCALDE" 3.2.RESOLUCION DE TENIENTES ALCALDE.- FECHA 13/06/2015, NOMBRAMIENTO " Vista la celebración de las elecciones municipales el día 24 de mayo de 2015, y habiéndose procedido el día 13/06/2015 a la constitución de la nueva Corporación Local, en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 46.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, RESUELVO: PRIMERO. Designar como Tenientes de Alcalde Ayuntamiento de Capileira a los siguientes Concejales: del — SR. D. JOSE FERNANDO CASTRO ZAMORANO, — SR. D. RAFAEL JIMENEZ RODRIGUEZ. A los Tenientes de Alcalde nombrados, previa aceptación de su cargo, les corresponde en cuanto a tales, sustituir al Alcalde en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a este para el ejercicio de sus atribuciones. Ayuntamiento de CAPILEIRA (Granada) P1804300J SEGUNDO. Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa; y remitir la Resolución de nombramiento al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación en el mismo, igualmente publicar la Resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución por el Alcalde. TERCERO. Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de esta resolución en la primera sesión que celebre.” 4.- ADJUDICACION PASTOS.Por el Sr. Alcalde se expone que habiendo estado expuesto al público, un edicto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, para la presentación de solicitudes por los vecinos dedicados al pastoreo y que estén interesados en el aprovechamiento y disfrute de los pastos de los montes comunales, se ha presentado durante dicho plazo una solicitud de: Dª Francisca Reguero Quirantes, en representación de todos los ganaderos de Capileira. Sometida la propuesta a votación, se produjo el siguiente resultado: - Votos a favor: Grupo Municipal del PSOE (cuatro votos que representan la mayoría absoluta legal de miembros de la Corporación). - Abstenciones: Grupo Municipal del PP (dos votos) y del Partido Independiente (un voto). - En contra: Ninguno. De conformidad con lo preceptuado en el art. 46 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre de B. E. L. A., el Pleno con el voto a favor de la mayoría absoluta del número legal de los miembros que integran la Corporación, ACORDO: Primero.- Ceder indistintamente a los solicitantes que se indican a continuación, el aprovechamiento de los pastos de los montes comunales (código de monte GR-30026-AY) de acuerdo con el pliego de condiciones aprobado por el Viceconsejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio: — A Dª Francisca Reguero Quirantes, titular del D.N.I. nº 23.805.757K — A D. Antonio Quirantes Expósito, titular del D.N.I. nº 23.767.587-P. — A D. José Quirantes Expósito, titular del D.N.I. nº 23.778.003-M. Ayuntamiento de CAPILEIRA (Granada) P1804300J — D. José Antonio Quirantes D.N.I. nº 23.777.220G. Vellido, titular del Segundo.- El adjudicatario está obligado al pago de la cantidad de 2.700 €, prevista en el citado pliego de condiciones, así como presentar ante esta Entidad la Guía Origen y Sanidad Pecuaria. 5º.-PROPUESTAS DE LA ALCALDIA.El Sr. Alcalde no realizó propuesta alguna. Y no habiendo más asuntos de que tratar se dio por terminado el acto, siendo las trece horas y quince minutos de que certifico. VºBº EL ALCALDE LA SECRETARIA
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