BANCO DE PREGUNTAS INGENIERO CIVIL Señale VERDADERO O FALSO en los siguientes conceptos: 1. Proyecto de Obra Pública es el conjunto de antecedentes, estudios y evaluaciones financieras y socioeconómicas que permiten tomar la decisión de realizar o no una inversión para la ejecución de una obra, o servicios destinados satisfacer una determinada necesidad colectiva. 2. Los Ciclos o fases de un proyecto son Preinversión e inversión 3. Los Ciclos o fases de un proyecto son los estudios y la ejecución. 4. La Preinversión de un Proyecto de obras pública. Son los estudios necesarios para determinar la factibilidad de ejecutar el proyecto. 5. Iniciada la fase de Preinversión de un proyecto de obra pública se puede iniciar su ejecución. 6. En la fase de Inversión de un proyecto de Obra Pública se identifica las necesidades que se pretende satisfacer. 7. En la etapa de Preinversión se realiza el diagnóstico, el perfil, el estudio de prefactibilidad, de factibilidad y los diseños del proyecto. 8. En la etapa de Inversión se realiza el estudio de factibilidad y los diseños definitivos del proyecto. 9. En la etapa de inversión se realizan cálculos de costos y beneficios del proyecto y evaluación financiera o social del proyecto. 10. En la etapa de diseño final de la Preinversión se procede a calcular el presupuesto, a planificar y programar todas las labores necesarias para su ejecución y operación. 11. En la etapa de diseño final de la Inversión se procede a calcular el presupuesto, a planificar y programar todas las labores necesarias para su ejecución y operación. 12. Si los estudios indican que no es factible ejecutar el proyecto, se puede proceder a la contratación. 13. Si los estudios indican que no es factible ejecutar el proyecto, se puede proceder a la ejecución solo por administración directa. 14. Si los estudios indican que es factible ejecutar el proyecto, se puede proceder a la fase o etapa de inversión que es la ejecución del proyecto ya sea por contrato o por administración directa. 15. Al finalizar un proyecto se efectúa, una evaluación que compara lo previsto en los estudios frente a lo obtenido en la ejecución para contar con la información necesaria que permita mejorar los estudios de nuevos proyectos similares. 16. Al finalizar un proyecto se efectúa, una evaluación que compara lo previsto en los estudios frente a lo obtenido en la ejecución para conocer solo los costos de la obra pública. 17. Al finalizar un proyecto se efectúa, una evaluación que compara lo previsto en los estudios frente a lo obtenido en la ejecución solo para informar población beneficiada. 18. La necesidad de realizar un proyecto de obra pública surge de la idea de invertir en un proyecto. 19. La necesidad de realizar un proyecto de obra pública surge de alguna necesidad colectiva que debe ser satisfecha, ligada a los objetivos de la institución. 20. La necesidad de realizar un proyecto de obra pública es como consecuencia de los planes de desarrollo, de políticas generales o para complementar otros proyectos. 21. En el Perfil de un proyecto.- se identifican los beneficios y costos, así como los aspectos legales, institucionales o de cualquier otra índole que lo puedan afectar, sin incurrir en mayores costos financieros y de personal. 22. En la etapa de diseño definitivo de un proyecto se elaborarán en detalle todos los documentos y planos constructivos 23. En la etapa de ejecución se elaboran los planos para la construcción del proyecto. 24. En la etapa de diseño definitivo de un proyecto se elaborarán los planos constructivos de conformidad con lo establecido en el análisis técnico de la opción seleccionada en el estudio de factibilidad. 25. Los Planos constructivos deben contener.- La información gráfica y escrita necesaria para la correcta ejecución de la obra. 26. Los Planos constructivos deben contener solo La información gráfica para la correcta ejecución de la obra. 27. Los planos constructivos constituyen la base para planificar la construcción de la obra y para determinar su costo. 28. En los planos constructivos pueden existir descripciones de los posibles problemas técnicos y económicos que pueden provocar atrasos en la ejecución de la obra. 29. Para iniciar un proceso de contratación bajo ningún concepto se iniciarán los procesos de contratación si la entidad no cuenta con planos constructivos de detalle o si las especificaciones están incompletas. 30. Para iniciar un proceso de contratación se verificará que existan los diseños y más documentos necesarios. 31. Se puede iniciar un proceso de contrataciones si se sabe que las condiciones supuestas al efectuar un diseño pueden cambiar radicalmente, sobre todo si la construcción de la obra se lleva a cabo algunos años después de la concepción del proyecto. 32. La contratación de obras está regida por la Ley de Contratación Pública y su reglamento 33. La contratación de obras se rige por la COOTAD (CÓDIGO ORGÁNICO DEORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN). 34. Las funciones de Ingeniero Civil están regidas por la COOTAD (CÓDIGO ORGÁNICO DEORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN) 35. En el procedimiento de Menor Cuantía Obras, los Proveedores invitados se adhieren de manera total al presupuesto total de la contratación. 36. En la ejecución de obras no existe adjudicación por ítems o rubros, el Proveedor adjudicado deberá proveer la totalidad de la obra, la cual incluye mano de obra, materiales, maquinaria o equipo. 37. Contratista.- Es solo la persona natural o jurídica, nacional no extranjera, o asociación de éstas, contratada por las Entidades contratantes para solo ejecutar obras y prestar servicios. 38. INCOP significa Instituto Nacional de Contratación Pública y es el órgano técnico rector del Control y de la Contratación Pública. 39. El Portal COMPRASPUBLICAS www.compraspublicas.gob.ec es el Sistema Informático Oficial de Contratación Pública del Estado Ecuatoriano. 40. Presupuesto Referencial es el monto del objeto de contratación determinado por la entidad contratante al inicio de un proceso precontractual. 41. En la ejecución de obras existe la adjudicación por ítems o rubros. 42. La máxima autoridad de la institución puede otorgar un contrato de obra de $10.000 dólares como ínfima cuantía a cualquier persona. 43. Los tipos de procedimientos para la contratación de obras estipula la Ley Orgánica del sistema Nacional de Contratación Públicas Menor Cuantía, Cotización, Licitación y Contratación integral por precio fijo. 44. El libro de obra es una memoria de la construcción 45. El Libro de obra contiene una reseña cronológica y descriptiva de la marcha progresiva de los trabajos de construcción y sus pormenores 46. EL libro de obra sirve para controlar la ejecución de la obra y para facilitar la supervisión de ésta y su empleo es facultativo dependiendo del tipo y tamaño de obra. 47. En los casos de proyectos que requieren pequeñas inversiones o al tratarse de necesidades colectivas evidentes, se puede avanzar de inmediato al diseño del anteproyecto sin pasar por las otras fases de estudio. 48. Las condiciones generales y especificaciones técnicas sirven para la correcta ejecución de la obra. 49. Las Condiciones generales y especificaciones técnicas sirven para el cálculo de los costos del proyecto. 50. Las especificaciones técnicas elaboradas para una obra particular deben estar acordes con las condiciones de su entorno y su propia naturaleza. 51. Las especificaciones técnicas pueden ser de obras similares, siempre y cuando éstas se adapten a las condiciones de la que se va a construir. 52. Las entidades que realizan proyectos de naturaleza similar pueden elaborarán especificaciones generales y técnicas aplicables a todas sin considerar sus características particulares. 53. Las especificaciones técnicas pueden ser claras y completas. 54. Las especificaciones técnicas debe contar como mínimo la descripción del rubro, los materiales necesarios para la ejecución de la prestación, el equipo mínimo para su ejecución, con sus características; los procedimientos de trabajo, no necesariamente la forma de pago. 55. En las condiciones generales de los pliegos de contratación se debe incluir la descripción de la obra. 56. En las condiciones generales de los pliegos de contratación se debe incluir los procedimientos administrativos de la institución contratante en forma general. 57. En las condiciones generales de los pliegos de contratación se debe incluir los procedimientos para la formulación, presentación y tramitación de las planillas, los plazos para su aprobación y las retenciones. 58. En las condiciones generales de los pliegos de contratación se debe señalar la forma del pago del reajuste de precios si está considerado. 59. En las condiciones generales de los pliegos de contratación se debe la responsabilidad del contratista para la obtención de los permisos o licencias para efectuar los trabajos. 60. En las condiciones generales de los pliegos de contratación se debe señalar el valor del presupuesto referencial. 61. En las condiciones generales de los pliegos de contratación se debe señalar el detalle con los trabajos extraordinarios no considerados en el presupuesto. 62. En el trámite para la recepción de obras y las liquidaciones debe intervenir en representación de la institución solo el Fiscalizador 63. El presupuesto de una obra se encuentra definido y se utiliza para determinar los precios unitarios compuesto por los costos directos, indirectos. 64. Los Costos directos son los gastos efectuados por el contratista para realizar un rubro determinado y sólo existen si la unidad de obra se ejecuta. 65. El presupuesto de una obra se encuentra definido por los costos de los materiales, mano de obra y maquinaria. 66. Los Costos directos son los gastos efectuados por el contratista para la realización de todos los rubros como son: materiales, mano de obra y maquinaria. 67. Los Costos indirectos.- Son los gastos generales en que incurre el contratista, tanto en sus oficinas como en el sitio de la obra. 68. En los costos indirectos se tiene: salarios y prestaciones legales del personal directivo, técnico y administrativo de toda la empresa constructora aun si no intervienen en la ejecución de la obra. 69. En los costos indirectos se considera el alquiler u operación y depreciación de vehículos o equipos de apoyo, de laboratorio, de topografía, de oficina. 70. En los costos directos se considera los gastos de oficina, garantías y financiamiento 71. En los costos directos se considera los trabajos auxiliares como la construcción y mantenimiento de caminos de acceso, instalación y desmantelamiento de equipos. 72. La Utilidad es la ganancia o lucro que percibe el contratista por la ejecución de las obras. 73. Los Imprevistos es el monto que el contratista considera para cubrir cualquier error en la estimación del presupuesto o cualquier eventualidad que recaiga bajo su responsabilidad y pueda afectar al proceso constructivo. 74. Se considera en los costos imprevistos los atrasos en el suministro de materiales, mano de obra y equipos del contratista a sus obras. 75. El presupuesto referencial sirve para definir el valor del contrato. 76. El presupuesto referencial sirve para conocer los parámetros de comparación para determinar lo adecuado de las propuestas presentadas. 77. Para definir el plazo de una obra no es necesario emplear un método de programación por redes de actividades, que señale la ruta crítica. 78. Para definir el plazo de una obra se determina el tiempo y en base a este se elabora un diagrama de barras, en el cual se indiquen la duración de cada actividad. 79. En una obra que se ejecuta por contrato, el cronograma elaborado por la Institución sirve para examinar el programa de trabajo propuesto por el adjudicatario. 80. En los contratos de obras públicas el administrador del contrato puede asumir la supervisión o manejo de varias obras. 81. El Administrador del contrato puede realizar la Fiscalización de la misma. 82. La fiscalización asegura la correcta ejecución de la obra, mediante el control de la calidad, el avance físico y el avance financiero de la obra. 83. Es la fiscalización quien debe elaborar los planos de registro que incorporen las modificaciones realizadas durante la construcción. 84. De acuerdo a la Ley la recepción provisional de la obra se efectuará en 15 días después de que el contratista haya notificado por escrito la finalización de las obras. 85. La recepción definitiva se la realiza en un plazo menor a seis meses después de la fecha de la recepción provisional. cancelado y el que falta por cancelar por concepto de avance de obra, reajuste de precios, obras extraordinarias y cualquier otro rubro contemplado. 86. El oficio que realiza el contratista comunicando la terminación de las obras, formaliza la fecha de término de las obras y constituye una constancia de que este hecho fue oportuna y debidamente comunicado a la administración. 87. La recepción provisional se realiza luego de 15 días que el fiscalizador realiza la constatación que las mismas se ha terminado. 88. En forma previa a la recepción de las obras se efectuará una revisión de las mismas a fin de consignar sus resultados en un acta de recepción. 89. La fiscalización suministra toda la información necesaria a la comisión de recepción integrada por profesionales designados por la máxima autoridad. 90. Los defectos detectados durante la revisión no son imputables al plazo de ejecución ya que se considera que si comunicó formalmente la finalización de las obras es porque consideró que había cumplido con lo especificado y con la totalidad de los trabajos, sin importar que se tenía trabajos defectuosos. 91. A pesar de que se haya realizado la recepción definitiva de la obra a satisfacción, el contratista es responsable durante los diez primeros años de funcionamiento, es decir el Constructor debe responder si surgen o se manifiestan problemas que no pudieron detectarse durante o inmediatamente después de la construcción. 92. Para los contratos complementarios será necesario que la Fiscalización califique y emita un informe con las causas imprevistas o técnicas, debidamente motivadas. 93. Para la creación de Rubros Nuevos, se podrá celebrarse contratos complementarios, hasta por 35% del valor del contrato reajustado. 94. Las Diferencia en las Cantidades de Obra o aumentos de obra de los rubros del contrato podrán ser de hasta el 50% del valor reajustado del contrato. 95. Las Ordenes de Trabajo para la realización de rubros nuevos no contemplados en el contrato pueden ser de hasta el 10% del valor actualizado o reajustado del contrato principal. 96. Para el pago de rubros nuevos se puede emplear la modalidad de costo más porcentaje, determinado en el reglamento de la Ley. 97. Para el pago de rubros nuevos se debe emplear la modalidad de costo más porcentaje, determinado en el reglamento de la Ley. 98. El fiscalizador puede autorizar la ejecución de obras adicionales u órdenes de trabajo para rubros nuevos. 99. El Sistema Oficial de Contratación Pública del Ecuador COMPRASPÚBLICAS es de uso obligatorio para las Municipalidades. 100. Los Pliegos contendrán solo la información técnica como planos, estudios, especificaciones técnicas, y condiciones económicas. 101. De no preverse el plazo de vigencia de las ofertas en los documentos precontractuales se entenderá que la misma está vigente hasta la fecha de celebración del contrato 102. El fiscalizador de una obra puede debe ser el Administrador del contrato. 103. Es una función exclusiva del fiscalizador Justificar técnicamente la necesidad de efectuar modificaciones o trabajos extraordinarios en las obras bajo su supervisión. 104. Es una función exclusiva del fiscalizador realizar los cálculos pertinentes para determinar los costos de las modificaciones u obras extraordinarias por realizar. 105. Es una función exclusiva del fiscalizador establecer un sistema para medir el logro de los objetivos definidos, de manera que oportunamente se obtenga información exacta sobre su estado y se comuniquen los resultados a las autoridades institucionales competentes. 106. Es una función exclusiva del fiscalizador autorizar el inicio de la obra o de cualquier trabajo no contemplado en los planos originales, que deba cargarse a los fondos destinados al proyecto. 107. Es una función exclusiva del fiscalizador Intervenir en las actas de entrega recepción provisional, parcial, total y definitiva. 108. Es una función exclusiva del fiscalizador Proponer al administrador del contrato la organización e infraestructura necesaria; definir las funciones, responsabilidades y autoridad. 109. Es una función exclusiva del fiscalizador planear, programar y aplicar los controles, de calidad, financiero y de avance físico, que aseguren la correcta ejecución de la obra. 110. Es una función exclusiva del fiscalizador excepcionalmente, cuando se presenten problemas que afecten las condiciones pactadas en cuanto a plazos, calidad o presupuesto, comunicarlo al administrador del contrato para que resuelva. 111. Es una función exclusiva del fiscalizador asumir en nombre de la institución, la relación con las comunidades donde se ejecuten los proyectos, en los asuntos inherentes a éstos. 112. Es una función exclusiva del fiscalizador revisar los documentos contractuales con el fin de verificar la existencia de algún error, omisión o imprevisión técnica, que pueda afectar la construcción de la obra y de presentarse este caso, sugerir la adopción de medidas correctivas o soluciones técnicas, oportunamente. 113. Es una función exclusiva del fiscalizador evaluar mensualmente, el grado de cumplimiento del programa de trabajo en el área bajo su cargo y en caso de constatar desviaciones, identificar las causas y proponer soluciones para corregir la situación. 114. Es una función exclusiva del fiscalizador Ubicar en el terreno las referencias necesarias para la correcta ejecución de la obra. SEÑALE LO SIGUIENTE: 115. Señale los documentos que deben permanecer en las obras según lo estipulado en la norma técnica de control interno emitido por la contraloría: 116. Señale lo que usted SI haría y NO haría en calidad de Fiscalizador: 117. Señale los parámetros que considera usted válidos para considerar aumento del plazo del contrato:
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