Bases Lollapalooza 2015 - Rosario - Portal Rosario

BASES DE LA PROMOCIÓN “GANA UN VIAJE A BUENOS AIRES PARA VER LOLLAPALOOZA 2015”
1. Cencosud S.A., con domicilio legal en Suipacha 1111, piso 18, Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(el “Organizador”), organiza la promoción denominada ”GANA UN VIAJE A BUENOS AIRES PARA
VER LOLLAPALOOZA 2015” (la “Promoción”), que tendrá vigencia en el “Portal Rosario Shopping”,
sito en Nansen 255, Rosario, Provincia de Santa Fe (el “Shopping”), entre el 6 de Marzo de 2015 a
las 10 hs. y 15 de Marzo de 2015 a las 22 hs. (“Plazo de Vigencia”) y que se regirá por lo
establecido en estas bases y condiciones (las “Bases”).
2. Podrán participar en la Promoción los interesados que reúnan los siguientes requisitos: i) Sean
personas físicas mayores de 18 años y ii) Residan en la provincia de Santa Fe (el “Territorio”). No
podrán participar en la Promoción: a) personas jurídicas, b) menores de 18 años o incapaces de
derecho, c) empleados del Organizador o de sus agencias de publicidad, los ex empleados que se
hubieren desvinculado dentro de los treinta (30) días anteriores al inicio de la Promoción y los
parientes por consanguinidad o afinidad de cualquiera de ellos, hasta el segundo grado inclusive y
e) concesionarios, empleados de éstos y de sus agencias de publicidad, promociones e imprentas y
los parientes por consanguinidad o afinidad de cualquiera de ellos, hasta el segundo grado inclusive
3. Por cada $ 2.000,- (pesos dos mil) de compra de productos efectuada durante el Plazo de
Vigencia, en una misma oportunidad, en locales de los rubros audio, electro o computación y por
cada $ 500,- (pesos quinientos) de compra efectuada durante el Plazo de Vigencia y en una misma
oportunidad en cualquiera de los demás locales del Shopping, a excepción de locales de telefonía,
de Jumbo y de Easy – que no participan de la Promoción - (“Local/es”), se entregará a cada
consumidor (“Participante/s”), en el stand de la Promoción, ubicado en el segundo piso del
Shopping, un cupón (“Cupón/es”). Completando el Cupón con los datos personales indicados en el
mismo y depositándolo en la urna habilitada en el Stand, los Participantes participarán del sorteo
incluido en la Promoción (“Sorteo”). Para acceder a los Cupones los interesados no podrán sumar
facturas, debiéndose presentar una (1) sola factura que alcance, como mínimo, los montos
indicados precedentemente. No se entregarán Cupones por compras que no alcancen los $ 2.000,(pesos dos mil) de los locales de los rubros audio, electro o computación o que no alcancen los $
500,- (pesos quinientos) en el caso de los demás locales del Shopping. No participan los tickets de
compra de Jumbo, de Easy ni de locales de telefonía.
4. El Sorteo se llevará a cabo, ante escribano público, el 16 de marzo de 2015, a las 12:00 horas,
en el Stand de la Promoción. En el Sorteo se elegirá al azar un Cupón y el Participante cuyos datos
obren en dicho Cupón (“Potencial Ganador”) podrá ganar dos (2) pasajes de ida y vuelta Rosario –
Buenos Aires, en el transporte aéreo que establezca el Organizador, dos (2) noches de alojamiento
en el hotel de categoría 3 estrellas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que designe el
Organizador, para dos personas, en habitación doble y dos (2) entradas “Twodaypass” para
presenciar ambas jornadas del show denominado “Lollapalooza 2015”, que se llevará a cabo en el
“Hipódromo de San Isidro”, sito en Avenida Santa Fe 33, San Isidro, provincia de Buenos Aires (el
“Show”), los días 21 y 22 de Marzo de 2015 (“Premio”).
5. El Organizador podrá elegir en el Sorteo Cupones “suplentes”, para el caso de que el Potencial
Ganador elegido en primer término no cumpliera, por cualquier motivo, con los requisitos que para
la asignación del Premio se establecen en estas Bases. La elección de Cupones “suplentes” no
obligará al Organizador a asignar el Premio a alguno de los titulares de dichos Cupones ni a realizar
respecto de ninguno de ellos el proceso tendiente a su asignación.
6. El Premio no incluye ninguna otra prestación, bien o servicio distinto de lo detallado en el punto
4. de estas Bases, el derecho a su asignación es intransferible y no podrá exigirse su canje por
dinero ni por otros bienes o servicios; caso contrario su Potencial Ganador perderán
automáticamente todo derecho a su asignación.
7. La asignación del Premio está condicionada a que su Potencial Ganador conteste correctamente
al menos cuatro (4) de las cinco (5) preguntas de cultura general que se le formularán y a que
cumpla con los demás requisitos establecidos en estas Bases como condición para ello. Si el Premio
no fuese asignado a ganador alguno quedará en propiedad del Organizador.
8. El Potencial Ganador será notificado de su carácter de tal telefónicamente o por escrito y deberá
presentarse a reclamar la asignación del Premio y a coordinar la fecha en que contestará las
preguntas de cultura general mencionadas en el punto precedente, en Nansen 255, Rosario,
Provincia de Santa Fe, dentro de los dos (2) días de notificado. En el caso de que el Organizador no
lograra conectarse con el Potencial Ganador por escrito, a la dirección de mail indicada en el Cupón
o telefónicamente al teléfono allí indicado, después de realizar al menos dos (2) intentos por
cualquiera de dichos medios, separados cada uno por al menos treinta (30) minutos, el Potencial
Ganador perderá automáticamente el derecho a que el Premio le sea asignado y el mismo podrá
ser declarado vacante. Si el Potencial Ganador se domiciliara a más de setenta (70) kilómetros de la
ciudad de Rosario, podrá reclamar la asignación del Premio llamando, dentro del mismo plazo, al
teléfono (0341) 4097200, de 10,00 a 17,30 horas.
9. La falta de reclamo de la asignación del Premio en la forma y dentro del plazo establecido en el
punto precedente o la contestación incorrecta a más de una de las preguntas de cultura general
antes mencionadas o la negativa a presentarse a sesiones de fotografía y filmación que
eventualmente le requiera el Organizador o el hecho de que el Potencial Ganador tuviesen deudas
vencidas e impagas con el Organizador, hará perder al Potencial Ganador, automáticamente, el
derecho a la asignación del Premio.
10. La documentación necesaria para hacer efectivo el Premio, será entregada a su ganador en
Nansen 255, Rosario, Provincia de Santa Fe, al menos con un (1) día de anticipación a la realización
del Show, dentro de los tres (3) días corridos de su asignación.
11. El Organizador no otorga ninguna garantía distinta de la garantía legal establecida en la ley
24.240, de Defensa del Consumidor, con relación al Premio ofrecido. El Show es organizado por
__(Fenix Entertainment Group)__. Cencosud S.A. no será responsable en caso que __(Fenix
Entertainment Group)__ decida suspenderlo, cambiar las fechas u horarios o cualquier otra
modificación. Cencosud S.A. tampoco será responsable de reclamos que efectúe el ganador por
cuestiones derivadas de la organización del Show o de su asistencia al mismo. El Organizador no
será responsable de daños, perjuicios o pérdidas ocasionados al ganador o a terceros, en sus
personas o bienes, con motivo o en ocasión del uso del Premio.
12. Sin obligación de compra. Podrá obtenerse Cupones presentando en el Stand, de lunes a
viernes, en días hábiles, de 10,00 horas a 14,00 horas, un dibujo simple, hecho a mano y
coloreado, del logo del Shopping, que incluya al dorso el nombre y apellido, tipo y número de
documento, edad, domicilio, teléfono, dirección de e-mail, estado civil y ocupación del requirente
(“Dibujo/s”). No se aceptarán Dibujos fotocopiados. El Organizador podrá utilizar, con fines
comerciales, la información incluida en los Cupones y Dibujos. Se asignará un Cupón por Dibujo,
por semana, a cada persona que entregue tales Dibujos.
13. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributarse, toda suma de dinero que deba
pagarse al estado nacional, sociedades del estado u otros entes gubernamentales, provincias o
municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega del Premio o con motivo de la
organización o difusión de la Promoción o del Sorteo y los gastos en que incurra el Potencial
Ganador y el ganador para su traslado y estadía cuando concurra a reclamar la asignación del
Premio, a contestar las preguntas de cultura general o a retirar el Premio, respectivamente, estarán
a su exclusivo cargo.
14. Los datos de los Participantes serán incluidos en una base de datos inscripta en el Registro
Nacional de Bases de Datos Personales por Cencosud S.A., situada en Paraná 3617, Edificio 100,
Martínez, Provincia de Buenos Aires, para establecer perfiles determinados con fines promocionales
y comerciales. El titular de los Datos Personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a
los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un
interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326
(Disposición 10/2008, artículo 1º, B.O. 18/09/2008). La Dirección Nacional de Protección de Datos
Personales, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y
reclamos que se interpongan con relación al cumplimiento de las normas sobre Datos Personales.
Al momento de facilitar al Organizador sus datos, los Participantes prestan expreso consentimiento
para que tales datos puedan ser utilizados por el Organizador con fines publicitarios y de marketing
en general. La información de los Participantes será tratada en los términos previstos por la Ley
Nacional de Protección de Datos Personales Nº 25.326. El titular de los datos podrá solicitar el
retiro o bloqueo de su nombre de la base de datos, enviando un mail a la dirección de correo
electrónico [email protected] o contactándose al teléfono (0341) 4097200.
15. El Potencial Ganador y su acompañante autorizarán al Organizador, como condición para la
asignación del Premio, a difundir sus datos personales, domicilios, imágenes y voces, con fines
comerciales, en los medios y formas que el Organizador disponga, sin derecho a compensación
alguna, hasta transcurridos tres (3) años de la finalización de Promoción.
16. En esta Promoción no podrán participar personas jurídicas, menores de 18 años, personas que
residan fuera del Territorio, empleados del Organizador, sus concesionarios, familiares, empleados
de éstos o de sus agencias de publicidad, los ex empleados que se hubieren desvinculado dentro de
los treinta (30) días anteriores al inicio de la Promoción y los parientes por consanguinidad o
afinidad de cualquiera de ellos, hasta el segundo grado inclusive.
17. La probabilidad de ser elegido en el Sorteo dependerá de la cantidad total de Cupones que
participen en el mismo y de la cantidad que corresponda a cada Participante. En el supuesto que
participaran 5.000 Cupones y que un determinado Participante hubiese depositado en la urna 2 de
dichos Cupones, la probabilidad de dicho Participante de resultar favorecido en el Sorteo será de 1
en 2.500.
18. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la Promoción que
se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas
Bases.
19. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de la Promoción los
Participantes, el Potencial Ganador, el ganador y el Organizador se someterán a la jurisdicción de
los tribunales nacionales ordinarios con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
20. El Organizador podrá ampliar la cantidad de premios ofrecidos y/o el Plazo de Vigencia. Cuando
circunstancias no imputables al Organizador o no previstas en estas Bases o que constituyan caso
fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar la
Promoción, supuesto en el cual los Participantes no tendrán derecho a reclamo alguno. Toda
modificación que se realice a estas Bases será sin alterar la esencia de la Promoción.
21. La participación en la Promoción implica la aceptación de estas Bases, así como de las
decisiones que adopte el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión no prevista en
ellas.
22. A efectos de dotar de mayor transparencia y seguridad al mecanismo de selección del Potencial
Ganador, conforme surge del punto 4. de estas Bases, el Sorteo se llevarán a cabo ante Escribano
Público.