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BASES LEGALES DE LA PROMOCIÓN “SORTEO CLOUD ENTRADAS GP
ARAGÓN” ORGANIZADA POR TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA S.A.U
Telefónica Móviles España S.A.U. (en adelante TME o Telefónica) CIF. A-78923125
y domicilio social en Ronda de la Comunicación s/n Sur 2. 28050 Madrid, ha
decidido poner en marcha la promoción citada en el encabezamiento, (en
adelante “la Promoción”), consistente en la celebración de un un sorteo a nivel
nacional, para regalar DOS (2) entradas de tribuna para el Gran Premio Movistar
de Aragón que se celebra el 27 de septiembre de 2015. Todo ello, con el objetivo
de agradecer a los clientes de Movistar móvil la confianza depositada en los
productos y servicios prestados por Telefónica, así como, promocionar la imagen
de dicha Compañía
La promoción se ajustará a las siguientes bases:
1.- ÁMBITO SUBJETIVO, TERRITORIAL Y TEMPORAL DE LA PROMOCIÓN
La Promoción se encuentra limitada y dirigida exclusivamente a personas físicas,
mayores de edad y con capacidad legal para obligarse que reúnan todos y cada
uno de los requisitos establecidos en las presentes Bases (en adelante
Participantes).
El ámbito territorial de la Promoción es todo el territorio nacional.
La Promoción se desarrollará durante el periodo comprendido entre las 00:01
horas del día 1 de septiembre de 2015 y las 24:00 horas del día 15 de septiembre
de 2015 (período promocional).
2.- REQUISITOS PARA LA PARTICIPACION EN EL SORTEO:
Para participar en el sorteo en que consiste la Promoción, será imprescindible que
los participantes reúnan y mantengan a fecha 15 de Septiembre de 2015 todos y
cada uno de los requisitos que a continuación se mencionan, así como
cualesquiera otros que resulten de las presentes bases:
1. Ser persona física, mayor de edad y con capacidad legal para obligarse.
2. Tener contratado y al corriente de pago, o contratar en firme durante el
período de duración de la promoción, una línea Movistar móvil del
segmento residencial y/o autónomo, así como el servicio Movistar Cloud
100Gb y disponer de un dispositivo Móvil Aquaris M5 de bq. El número de
NIF del Participante deberá coincidir con el del titular de los citados
servicios Movistar.
La contratación de los servicios Movistar citados deberá mantenerse y
estar al corriente de pago durante todo el período de duración de la
promoción y hasta la entrega de premios.
No obstante lo anterior, quedarán en todo caso excluidos de la Promoción
los clientes (tanto quienes lo sean antes del inicio de la Promoción, como aquellos
que lo sean durante el periodo promocional) de Telefónica que, reuniendo todos
los requisitos establecidos en estas bases, no se encuentren al corriente de pago
con Telefónica por cualesquiera servicio que ésta les preste o se encuentren en
estado de suspensión del servicio de todas o alguna de las líneas o servicios que
tuvieran contratados con Telefónica durante el periodo de la promoción y hasta
la fecha de entrega del premio.
3.- MECÁNICA PROMOCIONAL Y SORTEO
Telefónica informará sobre la presente promoción y los requisitos de
participación en la misma, a través de acciones de Marketing Directo y una
campaña de publicidad. (CONFIRMAR POR NEGOCIO)
Cada uno de los Participantes que cumplan con los requisitos establecidos en
estas Bases obtendrá una única participación como máximo para el sorteo de
esta Promoción.
Se celebrará un único sorteo de esta Promoción el día 15 de septiembre de
2015.
Dicho sorteo se celebrará mediante el Sistema de Combinación Aleatoria ante
el Notario
La mecánica del sorteo se desarrollará de la siguiente forma: El día del Sorteo
se extraerá por Telefónica un listado con los clientes que cumplan los requisitos
establecidos en las presentes bases y se asignará a cada uno de ellos un número
del uno al número total de los clientes y se procederá al sorteo ante Notario.
En el sorteo se extraerán por el Notario VEINTE (20) números aleatorios entre
todos los Participantes. El primer número corresponderá al ganador y los
DIECINUEVE (19) números siguientes corresponderán a los suplentes,
ordenándose según el orden de extracción. Los suplentes se extraerán para el
caso de que el ganador, o los suplentes precedentes, no reunieran los requisitos
establecidos en las presentes Bases, no respondieran a la llamada telefónica, no
aceptaran el premio o renunciasen al mismo. En tales supuestos se entregará el
premio a los suplentes por orden de extracción creciente. En el caso de que se
agotasen los suplentes el premio quedará desierto.
El ganador deberá ser el titular de los servicios contratados con Telefónica ya
citados anteriormente en las presentes bases, según conste en los archivos de
contratación de Telefónica.
En todo caso, si durante el periodo de la Promoción en curso y hasta la fecha
de entrega del premio al ganador, o suplente en su caso, se produjese alguna
modificación en la relación del mismo con Telefónica que suponga la baja,
suspensión o el cambio de titularidad de alguna de las líneas o servicios
contratados por aquél, o bien, tenga pagos pendientes con Telefónica por
cualesquiera servicio que esta le preste, el premio quedará sin efecto.
4.- PREMIO
El premio consiste en dos (2) entradas de tribuna para el Gran Premio
Movistar de Aragón que tendrá lugar el 27de septiembre de 2015 en el circuito de
Alcañiz.
En el premio no se incluyen ni el alojamiento, ni el desplazamiento hasta el
punto de encuentro, ni para el regreso a la ciudad de origen del ganador, así
como tampoco se incluye ningún gasto o prestación que no esté específicamente
mencionado en las presentes bases del sorteo, todos los cuales serán de cuenta
del ganador del premio.
El valor del citado premio (2 entradas de tribuna) es de 160 € IVA
incluido.
5.- NOTIFICACIÓN DE ENTREGA
La notificación del premio al ganador, se realizará antes de 15 días naturales tras
el cierre del período promocional mediante llamada telefónica al número de
teléfono que el cliente Participante haya facilitado en su momento al contratar
los servicios con Telefónica.
El Participante deberá confirmar su aceptación del premio en el momento en que
se le comunique telefónicamente, de no aceptarse en dicho momento o de no
contestar a la llamada telefónica, se entenderá que renuncia al mismo.
6.- - CONSIDERACIONES GENERALES:
6.1 La simple participación en esta Promoción supone la aceptación de
estas Bases en su totalidad, así como la aceptación de los criterios de Telefónica
para resolver cualquier cuestión sobre las mismas, por lo que la manifestación de
no aceptarlas o las exigencias contrarias a lo establecido en ellas, implicará la
exclusión del Participante y, como consecuencia de ello, Telefónica quedará
liberada del cumplimiento de cualquier obligación contraída con dicho
Participante en virtud de esta Promoción.
6.2 Telefónica se reserva el derecho de modificar en cualquier momento
las condiciones de la presente Promoción, incluso su posible anulación antes de la
fecha de cierre de la misma siempre que hubiera causa justificada,
comprometiéndose a comunicar por el mismo medio en que se informó de la
promoción y con suficiente antelación de las nuevas bases, condiciones, o en su
caso, la anulación definitiva.
6.3 La participación en esta Promoción supone la autorización de uso a
Telefónica del nombre e imagen de los participantes agraciados, en caso de que
Telefónica lo requiriese en comunicaciones publicitarias respecto a la Promoción,
así como la autorización para publicar la imagen, el nombre y apellidos del
participante en la web de Telefónica www.vive.movistar.es, en el caso de que
resultara ganador, perdiendo el derecho a disfrutar del premio en caso de
negativa a dicha autorización
6.4 El premio se entregará únicamente a la persona que se corresponda
con los datos registrados en las Bases de Datos de Telefónica, siempre que haya
cumplido con los requisitos que se exigen en las presentes bases, por lo que
Telefónica hará todas las comprobaciones pertinentes al respecto.
6.5 TME se reserva el derecho a modificar el premio, si concurriesen causas
objetivas justificadas, por otro de igual o superior valor.
6.6 El ganador no tendrá derecho a solicitar canje, cambio, alteración o
compensación del premio por su importe en metálico, ni por otros productos y/o
servicios.
6.7 La aceptación del premio por el ganador es de carácter voluntario,
renunciando a cualquier reclamación contra Telefónica por tal motivo.
6.8 La aceptación del premio no condiciona, ni impone la adquisición de
ninguna clase de productos o servicios adicionales a la línea Movistar.
6.9 TME se reserva el derecho de anular cualquier participación o a
cualquier participante, perdiendo estos el derecho a recibir el premio, en el caso
de que se realice un uso fraudulento y/o cualquier manipulación en el
mecanismo del sorteo.
6.10 No podrán participar en la Promoción, ni tendrán derecho al premio
de la misma, los empleados de TME así como, entidades adscritas a la red de
distribución de TME y todas las empresas encargadas de la realización de la
Promoción y sorteo, incluidos sus empleados.
6.11 El periodo de reclamación de la Promoción finaliza transcurridos 10
días a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización del periodo
promocional.
6.12 Esta Promoción se regirá por sus propias bases y en cualquier litigio
que pudiera plantearse en cuanto a la interpretación de las mismas, tanto
Telefónica como los Participantes de esta Promoción se someten expresamente a
la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital, con
renuncia expresa a cualquier otro fuero.
7.- RESPONSABILIDAD
7.1 TME está exenta de cualquier responsabilidad por los daños derivados del uso
y disfrute del premio que pudieran sufrir el premiado o terceros.
7.2 TME no será responsable de las incidencias derivadas en la ejecución de la
presente Promoción y su sorteo por causas de fuerza mayor.
7.3 TME no se responsabiliza de la pérdida, rotura o destrucción del premio una
vez entregado al ganador o suplente, en su caso.
7.4 TME no se responsabiliza del no disfrute del premio por causa imputable al
ganador o suplente, en su caso.
7.5 TME está exenta de cualquier responsabilidad por los daños derivados del uso
incorrecto o inadecuado del premio, que pudieran sufrir el premiado o terceros.
7.6 TME está exenta de cualquier responsabilidad derivada de la no celebración
del evento al que se refiere las entradas sorteadas o modificación de la fecha del
mismo.
7.7 TME es ajena a las condiciones de utilización de las entradas debiendo sus
usuarios someterse a los términos y condiciones que tenga dispuestos al efecto la
empresa emisora de las mismas y/o la empresa organizadora del evento al que se
refieren las entradas sorteadas.
8.- PROTECCIÓN DE DATOS
En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección
de Datos de Carácter Personal, TELEFONICA MÓVILES ESPAÑA S.A.U. le informa
que los datos que facilite para participar en esta promoción junto con los
facilitados en caso de resultar premiado, son necesarios para participar en la
promoción y serán incluidos temporalmente en un fichero titularidad de TME,
siendo eliminados una vez finalizada la citada promoción.
TELEFONICA MOVILES ESPAÑA SAU garantiza la adopción de las medidas técnicas
y organizativas necesarias para garantizar la seguridad de los datos de carácter
personal, evitando su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado y le
informa de la posibilidad de ejercitar, conforme a la L.O. 15/1999, los derechos de
acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiendo un escrito a TELEFONICA
MÓVILES ESPAÑA S.A.U. Datos: Ref. “SORTEO CLOUD ENTRADAS GP ARAGÓN”
Apartado de Correos, 56, Bilbao 48080 (Vizcaya).
9.- DEPÓSITO DE LAS BASES
Las Bases de esta promoción se encuentran depositadas ante el Notario de
Madrid D. Ángel Almogueda de la Notaría sita en Paseo de la Castellana, número
140 de Madrid y estarán también publicadas en www.vive.movistar.es a
disposición de cualquier persona que desee consultarlas.