SAUSALITO CLUB S.A. Comisión de Arquitectura y Espacios Verdes (CAEVS) Reglamento de Construcciones 30-4-2015 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción TEMARIO: 1. OBJETIVOS. 2. REQUISITOS PARA LA TRAMITACIÓN Y APROBACIÓN DE PLANOS DE OBRAS PARTICULARES, NUEVAS, AMPLIACIONES, REFACCIONES O MODIFICACIONES. 3. REQUISITOS PARA LA INICIACIÓN DE LAS OBRAS PARTICULARES. 4. VALIDEZ DEL CERTIFICADO Y MODIFICACION DEL PROYECTO. 5. ARANCELES – DERECHOS DE CONSTRUCCION – FINAL DE OBRA. 6. CONSTRUCCIONES PERMITIDAS. 7. PROHIBICIONES. 8. INDICADORES URBANÍSTICOS, SUPERFICIES MINIMAS. 9. SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA, NIVELES, DESAGÜES Y ALCANTARILLAS. 10. TENDEDERO, LAVADERO Y PARRILLAS. 11. GUARDACOCHES. 12. INSPECCIONES. 13. DESTINO DE LAS CONSTRUCCIONES. 14. PILETAS DE NATACIÓN, SOLARIUMS Y VEREDAS EXTERIORES. 15. CONSTRUCCIÓN DE CANCHAS DE TENIS U OTROS DEPORTES. 16. RELLENO DE TERRENOS. 17. NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD, OBRADOR, MOVIMIENTO DE PERSONAL Y LIMPIEZA DE OBRA. 18. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA. 19. QUINCHOS. 20. CARTELES. 21. CERCOS. 22. FORESTACION -PARQUIZACIONES. 23. VEREDAS. 24. TERRENOS BALDIOS. 25. INCUMPLIMIENTO. 26. CONSTRUCCIÓN DE PARQUES Y JARDINES. 27. PODA DE ÁRBOLES O ARBUSTOS DE GRAN PORTE. 28. DIMENSION DE CADA LOTE. 29. INGRESO DE CAMIONES 30. MODIFICACIÓN DEL PRESENTE REGLAMENTO. Anexo 01- Cesto de Residuos Anexo A) Certificado de Aprobación de Planos. Anexo B) Acta de constatación de retiros. Anexo B- bis) Acta de constatación. Anexo C) Acta de Infracción Anexo D) Detalle de entrada vehicular. Anexo E) Cerco perimetral. Anexo F) Detalle de cerco de obra. Anexo G) Pilar de acometida eléctrica Anexo H) Tarifario vigente Anexo I) Acta de Final de Obra Anexo J) Normas de Obra Anexo K) Certificado de Inicio de Preliminares de Obra Anexo L) Planilla clasificación obras 2 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción 1 - OBJETIVOS: 1.1 El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas para la construcción de toda obra de edificación , cuidando y velando por la Seguridad e Higiene de las mismas y de las personas que allí trabajan, ya sea obra nueva, de ampliación, refacción o modificación de cualquier índole a realizarse dentro del predio de SAUSALITO CLUB S.A., conforme con lo que autoriza el Decreto Nº 27/85, sin perjuicio de que se cumplan también todas las disposiciones provinciales y Municipales vigentes. 1.2 El Directorio hará cumplir el presente Reglamento a través de la Comisión de Arquitectura y Urbanismo de acuerdo al propio Estatuto y a su subcomisión de Espacios Verdes, integrada por propietarios residentes, y su Oficina Técnica, que será el órgano de aplicación. La designación y aprobación del o los integrantes de la ésta última serán propuestas por la Comisión de Arquitectura y Espacios Verdes (CAEVS). SAUSALITO CLUB S.A. se reserva el derecho de aprobación de los proyectos de obras a realizar en su éjido independientemente del mero cumplimiento del presente Reglamento. Si bien no se ponen en general limitaciones de tipo estético a los proyectos a ejecutar, estos quedan de todos modos a consideración del Directorio de Sausalito Club S.A, que luego del dictamen de la Comisión de Arquitectura., podrá rechazarlos en caso de considerar que su aspecto o calidades no armonizan con la estética general del Barrio. Con el mismo objetivo no se admitirán construcciones similares a las ya ejecutadas o a ejecutar. El objetivo del presente es generar en todo el entorno del barrio, proyectos que se incorporen al paisaje de Sausalito, respeten su naturaleza y su arboleda, aprovechen los volúmenes verdes circundantes, desarrollen parquizaciones cuidadas y teniendo siempre en cuenta que las fachadas de las viviendas y las arboledas conforman el paisaje del barrio y afectan e interesan a todos sus vecinos. Por todo lo expuesto, la última autoridad de aplicación del presente es el Directorio de Sausalito Club S.A., por lo tanto sea cual fuere la decisión que se tome al respecto con las fachadas y proyectos en general, la misma será inapelable y definitiva. 1.3 El Socio, o el nuevo socio a integrarse, previo a la compra de cualquier lote o acción deberá dar conformidad al presente por medio de su firma y aclaración, aceptando en consecuencia sus condiciones, guardándose el derecho a desistir de la compra si no estuviera de acuerdo o si no hubiera sido informado sobre las citadas disposiciones. Queda establecido que a la vez de firmar el boleto de compra-venta, el vendedor es solidariamente responsable en entregar y hacer firmar el presente, caso contrario se le adjudicarán las consecuencias que la negligencia o el desconocimiento de esta cláusula, le pudiera ocasionar al comprador. La Administración de Sausalito SA deberá integrar a efectos de la transmisión del dominio junto a la liquidación o libre deuda del lote, el respectivo Reglamento de Construcción vigente y el Escribano interviniente también será responsable de la transmisión y aceptación de este requisito por parte del comprador. 2- REQUISITOS PARA LA TRAMITACIÓN Y APROBACIÓN DE PLANOS DE OBRAS PARTICULARES, NUEVAS, AMPLIACIONES, REFACCIONES O MODIFICACIONES: 2.1. Fotocopia del título de Propiedad y/o boleto de compraventa. 2.2. Fotocopia del recibo de pago de los distintos aranceles que se fijan en el Articulo Nro 5 y constancia de libre deuda emitido por la Administración del Barrio.2.3. Fotocopia del pedido de conexión de luz de obra de la empresa proveedora de energía eléctrica y del pedido de conexión de agua. 2.4. Certificado del amojonamiento del terreno, con cotas de nivel referidas al IGM y ubicación de árboles existentes en el lote y vereda.con su diámetro de tronco y de copa,siendo aconsejable indicación del nombre de la especie. 2.5. Presentación de planos por duplicado para su aprobación según detalle. 2.6. El proyecto y dirección de obra deberá ser realizado y presentado y por un profesional de 1ª.categoría: Arquitecto o Ingeniero, con la documentación de su matrícula al día. 2.6.1. Planos de planta de conjunto en escala 1:100 con implantación de la construcción indicando en el mismo entre otras especificaciones: a) b) c) d) e) f) g) h) i) Retiros sobre el frente y ejes divisorios. Ubicación de las perforaciones de agua para riego y pileta. Pileta, si la hubiera. Tendedero. Ubicación del Nicho de gas y pilar de luz. Garage, guardacoches, entrada vehicular y estacionamientos. Solados exteriores Altura sobre el nivel del pavimento = COTA +/- 0.00 Acometidas de todos los servicios de red. 3 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción j) Detalle de la/s entradas vehiculares con la alcantarilla reglamentaria correspondiente y mención de la profundidad de acequia respecto a la calle y el terreno. k) Parrilla, pérgolas, semicubiertos, aleros l) Tanque de reserva y/o cisterna m) Medidas definitivas del lote según certificado de amojonamiento 2.6.2. Planos (dos copias) de: a) Replanteo de obra escala 1:50.ó 1:75 b) Vistas (4) de la obra escala 1:50 ó 1:75. Especificando los materiales de cubiertas, techos, paramentos, ornamentaciones, molduras, incluyendo textura y color y carpinterías exteriores con especificación de material y modelo, barandas, columnas, ventilaciones, bajadas pluviales, ubicación de artefactos de iluminación, etc.además de los detalles constructivos que aseguren una ejecución de obra de acuerdo a las reglas del arte. c) Plano de esquema de superficies indicando planilla de relación entre el FOS y el FOT exigido y proyectado. d) Dos cortes perpendiculares o los que fuesen necesarios a criterio de la Comisión, suficientemente detallados, a fin de comprender la totalidad del proyecto y sus estructuras indicando todas las cotas de nivel y alturas. e) Plano de ubicación de parquizaciones, árboles existentes dentro y en el frente exterior del lote, y solicitud de eventuales modificaciones a ejecutar. f) Relevamiento altimétrico del lote respecto al centro de la calle y determinación de las pendientes de desagüe existentes, con proyecto definitivo de desagües. g) Memoria descriptiva (especificaciones técnicas en detalle). h) Perspectivas / imágenes 3D, de calidad y fidelidad suficientes para evaluar la factibilidad de la aprobación del proyecto. i) Planilla de iluminación de locales según índices referenciales a requerimiento de Sausalito 2.6.3. Copia del Plano a presentar a la Municipalidad de Pilar, para su visado. 2.6.4. Copia firmada por profesional y propietario del presente reglamento. 2.7. Todas las solicitudes deben estar firmadas por el propietario (accionista) y serán presentadas por el profesional de primera actuante. 2.8. Una vez aprobados los planos por Sausalito Club S.A., el propietario y su profesional actuante deberán presentarlos a la Municipalidad de Pilar para su aprobación. Una vez obtenida ésta, acompañarán la constancia necesaria a la Oficina Técnica a los fines de tramitar el inicio de obra. 2.9 Se recomienda a los profesionales efectuar en persona en la etapa de anteproyecto todas las consultas y contactos que consideren necesarias, a los efectos de evitar mayores demoras al entregar la documentación definitiva. 2.10 La aprobación de los planos por parte de la Comisión de Arquitectura y Espacios Verdes (CAEVS) de Sausalito Club S.A., solo implica que el proyecto presentado se encuentra dentro de las normativas del presente Reglamento, quedando bajo responsabilidad del profesional y el propietario el cumplimiento de las normas Municipales vigentes. El plazo para que la Comisión de Arquitectura y la Oficina Técnica se expidan respecto a los proyectos no podrá superar los quince (15) días, una vez que el Profesional actuante haya presentado todas las modificaciones de diseño y/o presentación solicitadas por la CAEVS. 3- REQUISITOS PARA LA INICIACIÓN DE LAS OBRAS PARTICULARES: 3.1. Previo al inicio de obras, el lote deberá contar con su pilar de luz (Ver Anexo G) y dicho servicio con suministro e iluminación nocturna del predio y su conexión de agua de obra ejecutados, por las empresas prestatarias de los respectivos servicios (Edenor S.A. y Sudamericana de Aguas S.A.). 3.2. Presentación del Certificado de aprobación de los planos de obra emitido por Sausalito Club S.A. (Ver Anexo A) 3.3 Tener colocado el cerco perimetral de obra además de la conexión eléctrica (Ver 17.03) además de tener construído el obrador de acuerdo con las disposiciones vigentes e instalado el baño químico para el personal (se respetarán los retiros vigentes para toda obra provisoria) 4 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción 3.4 Tener construida la entrada de vehículos definitiva de acuerdo con el plano del proyecto aprobado, siguiendo las características del croquis adjunto (Ver Anexo D). Para ello se deberán solicitar las cotas correspondientes a la Oficina Técnica que luego serán visadas por la comisión de Arquitectura, y realizar las tareas de encofrados y armaduras sin hormigonar la plataforma hasta que la inspección de la Oficina Técnica dé la aprobación pertinente para el llenado de la estructura. La plataforma contará con una base de tosca compactada de 1ª.calidad y espesor de 30cm, previo desmonte de tierra vegetal existente. 3.5 No se autorizará la entrada de materiales para el resto de la obra hasta tanto no se cumplimenten los puntos arriba enumerados. El cumplimiento de ello será certificado por la Comisión de Arquitectura, previo informe de la Oficina Técnica, la que entregará el correspondiente permiso para el inicio de las obras y certificado de inicio de obra. 3.6 No se autorizará la poda, retiro o utilización de ninguna especie arbórea existente previamente a la aprobación de la documentación técnica por la Comisión de Arquitectura de la obra a ejecutar. 3.7 Tener debidamente colocados e identificados los mojones perimetrales del lote, los que deberán fijarse para evitar su remoción y conservarse en perfecto estado durante todo el transcurso de la Obra, bajo responsabilidad del profesional interviniente. En el caso de requerirse un nuevo amojonamiento, el profesional a cargo y/o el propietario, deberán solicitar nuevamente el amojonamiento correspondiente abonando nuevamente los aranceles fijados en el punto 5.2.3.8 Presentar a la Oficina técnica y visado por la Comisión de Arquitectura el libre deuda emitido por la Administración del Barrio.3.9. Presentar copia de los planos aprobados por la Municipalidad de Pilar con el Nº de expediente. 4-VALIDEZ DEL CERTIFICADO Y MODIFICACION DEL PROYECTO: 4.1. El certificado de Aprobación del Proyecto tendrá una validez de un semestre; transcurrido dicho lapso sin que se inicien las obras, el propietario deberá renovar dicho certificado, iniciando una nueva aprobación. 4.2.. Toda modificación que pretenda efectuarse durante el transcurso de la obra al proyecto aprobado, deberá ser elevada a la Comisión de Arquitectura, Urbanismo y Espacios Verdes (CAEV) para su consideración antes de la ejecución de los mismos, no pudiendo realizarse modificación alguna sobre lo aprobado, hasta tanto la CAEV lo autorice. El incumplimiento de éste punto hará pasible al propietario de la obra de las sanciones previstas en éste Reglamento 4.3. La Municipalidad del Partido de Pilar no aprobará ningún plano de obra nueva, modificación, remodelación o ampliación, sin que previamente en dichos planos se registre el conforme de Sausalito Club S.A. El cumplimiento de las normas y requisitos municipales es de exclusiva responsabilidad del profesional actuante y del propietario. 5- ARANCELES – DERECHOS DE CONSTRUCCION –FINAL DE OBRA : 5.1 Por Derechos de Construcción: A partir de la Aprobación de los Planos de Obra por la Comisión de Arquitectura, el propietario deberá abonar a la administración la suma mensual establecida oportunamente por la misma (canon mensual de obra), conjuntamente con las expensas la que pasará a ser parte de las mismas hasta el final de Obra. El propietario una vez concluidas las tareas de acuerdo a lo aprobado deberá solicitar a la Comisión el certificado final de obra cumplimentando los requisitos exigidos al efecto y, hasta tanto no sea cumplimentado éste paso, la obra a todos los efectos será considerada como obra en ejecución pendiente de finalización, es decir que seguirá abonando el arancel establecido. 5.2 Por amojonamiento del lote y emisión del Certificado de Amojonamiento: se deberá abonar por cada lote al profesional agrimensor de Sausalito el importe establecido vigente previsto por la Comisión de Arquitectura 5.3 Por Derecho de Aprobación: El propietario deberá aportar un derecho de Aprobación de obra inicial y mediante un tarifario para las distintas tareas técnicas necesarias para cumplimentar las disposiciones del presente Reglamento. Serán establecidos los distintos montos a abonar; en caso de no haberse satisfecho alguno de estos pagos no se le dará autorización de inicio para las tareas preliminares. Asimismo se deberá abonar por construcción de piletas, refacciones (Máximo 70 mts2), pérgolas y toda aquella obra que implique la presentación reglamentaria de planos, los importes vigentes establecidos. Cuando las ampliaciones de la vivienda superen los 70 mts2 deberá abonarse un arancel específico como obra nueva. Ver Anexo H 5.4. El Directorio de Sausalito Club S.A., se reserva el derecho a modificar las tarifas y/o aranceles establecidos en todo el presente de acuerdo a su libre criterio. La Oficina Técnica dependiente de la CAEV, procederá a comunicar los nuevos aranceles que puedan surgir o ajustes de los 5 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción existentes en tiempo y forma anexándolos al presente, pero ello no exime al propietario al pago de los derechos y/o multas con montos actualizados. 5.5 Final de Obra : (Ver Anexo I) se considera que una vivienda se encuentra terminada cuando en todo su aspecto exterior se hayan ejecutado todas las tareas aprobadas en el proyecto, concluidas las fachadas terminadas de acuerdo a planos aprobados, pintura exterior completa, retirados todos los elementos provisorios de obra ,con la provisión y colocación del cesto de residuos de acuerdo a plano , el terreno nivelado y limpio con la superficie lista para parquizar y los perímetros del lote terminados con las pendientes de desagote pluvial previstas, las instalaciones complementarias habilitadas para su uso y emitido y recibido el Certificado de Final de Obra del Barrio. No siendo necesaria en esta instancia la finalización de trabajos menores internos no distinguibles desde el exterior. 5.6 Habilitación de obra como vivienda apta. Una vez comprobados estos requisitos la Comisión de Arquitectura emitirá el correspondiente “Certificado de Habilitación de Vivienda Apta” a fin de que la Administración la incorpore al Registro correspondiente y sólo cumplimentado el CHVA autorice la mudanza y uso consecuente. Se otorgará un plazo de seis meses para la presentación del Certificado de Final de Obra Municipal, tras el cual la obra quedará regularizada, caso contrario se comunicará tal circunstancia al Municipio para su proceder. En caso de que los trabajos de terminación interior posterior al CHVA requiriesen movimiento de camiones, personal obrero, y obrar fuera de la vivienda, dichos trabajos serán considerados obra menor, por lo que deberán cumplimentarse los requisitos correspondientes. 6- CONSTRUCCIONES PERMITIDAS: 6.1. Solamente serán permitidas las construcciones de primera calidad. Los techos podrán ser de tejas cerámicas, pizarra o chapa prepintada, asentados sobre estructura de madera, hormigón o metálica. También se permite como tipología de techos la denominada cubierta plana, pero en este caso deberán contar en su terminación superficial con materiales no reflectivos de aspecto uniforme y estéticamente acordes con los requerimientos generales del Barrio. En las cubiertas no se permitirán membranas asfálticas con o sin aluminio sin adecuado tratamiento de pintura o revestimiento superficial, ni chapas galvanizadas como terminación superficial de los techos, y deberán mantener una imagen cordial a la vista de los vecinos en pisos o alturas superiores. Las aberturas serán de aluminio pesado,modelo a aprobar por CAEV, PVC, o madera noble y las puertas de acceso principal serán de material noble, de 90 cm. de ancho mínimo y de primera calidad. No se pemite chapa estampada. Debe constar en la documentación de presentación: tipo, marca y especificaciones de todos los materiales a la vista exterior a fin de documentar la calidad de los mismos. No está permitida la colocación de rejas en las aberturas. No se autorizarán paramentos exteriores sin revestimiento plástico o cementicio con color incorporado o pinturas para exterior de primera marca y calidad previamente aprobadas por la CAEV. Se podrá utilizar como material aprobado para la ejecución de paramentos exteriores la piedra natural o su similar en cemento con terminación superficial adecuada. Queda a criterio de la Comisión de Arquitectura (CAEV) la aprobación de paramentos exteriores de hormigón visto, ladrillo visto y/u otro tipo de revestimiento. 6.2. Mientras no haya sido expedido el Certificado de Final de obra por la Comisión de Arquitectura se deberá continuar abonando los aranceles establecidos en los puntos anteriores. 6.3. Las fachadas de una misma propiedad (todos los frentes serán tratados como tales) serán similares y homogéneas en cuanto a tipo, color, textura, lenguaje de diseño y calidad de materiales, de manera que se logre una total armonía arquitectónica. 6.4. La CAEV podrá autorizar otros materiales solo si, a su juicio, reúnen las condiciones arquitectónicas y de seguridad indispensables. 6.5 Para la aprobación de los planos de construcción serán atendibles las observaciones de carácter estético y/o estilístico que efectúe La Comisión de Arquitectura, incluso las referidas al color, tono y texturas de los materiales externos. Los colores, texturas, materiales, marcas y demás características deberán expresarse en la presentación de los planos respectivos para su aprobación. 7- PROHIBICIONES: 7.1 Quedan prohibidas las viviendas prefabricadas, construcciones industrializadas, o cualquier otro tipo de vivienda que la Comisión interprete que no responde a la calidad requerida. 7.2. Queda prohibido mantener animales sueltos en la obra. 6 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción 7.3. Queda prohibido dejar excavaciones en general, o pozos negros descubiertos, o elementos en condiciones tales que puedan ocasionar accidentes a los propios operarios y/o a terceros no vinculantes. 7.4. Queda prohibido podar árboles ubicados dentro o fuera de los límites del terreno del propietario, sin autorización escrita de la Comisión de Arquitectura y Espacios Verdes (CAEV) de Sausalito Club S.A. aunque se encuentren dentro de los límites del terreno adquirido por el propietario. 7.5.Queda prohibida la construcción de casas de comercio, hoteles, pensiones, departamentos ni locales en los que se ejerzan actividades comerciales, boxes para la cría de animales, gallineros, criaderos de animales, tales como conejeras, palomares, y otros animales de granja y toda construcción que no responda al único y exclusivo carácter de vivienda unifamiliar. 7.6 Queda prohibido la ejecución de las conexiones a los servicios de infraestructura por parte de cualquier persona ajena a las Empresas prestatarias. Sausalito Club S.A., deslinda todo tipo de responsabilidad al respecto sobre los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar. 7.7 Quedan prohibidos la ejecución de cercos o muros independientes de la construcción o ciegos de aspecto uniforme, cuyas vistas pudiesen afectar a la estética general del Barrio Cerrado, salvo los previstos en fondos de lotes perimetrales, que de cualquier forma deberán ajustarse a lo previsto en el anexo correspondiente. 7.8. Queda prohibida la instalación de tanques para agua de hierro o tipo molino, también se prohíben los tanques de fibrocemento o premoldeados a la vista, así como las cañerías de entrada y salida, obligándose a ocultar los mismos de la vista general. 7.9. Queda prohibida la instalación de piscinas prefabricadas y/o estanques premoldeados. En caso de piscinas de fiberglas de más de 20m2 de espejo de agua podrán ser autorizadas a criterio de la CAEV, a condición de la ejecución de veredas perimetrales de material, sistemas de llenado y evacuación iguales a las de material tradicional, y obras de decoración y paisajismo concordantes. Para la instalación de piletas inflables o armables en superficie, aún cuando no es deseable ni concuerda con el nivel deseado para el Barrio, el lote deberá contar con cercos vivos que impidan su visualización desde el exterior. 7.10. No se permitirán las vistas de ninguna instalación electromecánica sobre las fachadas (tanques, hidroneumáticos, equipos de Aire acondicionado, etc.) Equipos de aire acondicionado: En caso de imposibilidad de ubicar las unidades exteriores de los mismos en azoteas o balcones donde no afecten la visual de las fachadas, podrán con autorización de CAEV ubicarse en las fachadas laterales a nivel de piso y con un retiro mínimo de 2m. del eje medianero. Deberán además protegerse con una barrera visual de características similares al tender, ubicarse dentro de éste, o realizar esta barrera con cerco vivo en los tres lados del mismo siendo posible en éste caso cerrar contra cerco vivo medianero de densidad suficiente a consideración de la CAEV. 8- INDICADORES URBANÍSTICOS, SUPERFICIES MINIMAS: 8.1. Las edificaciones para vivienda, columnas de galerías, quinchos, tendederos, depósitos, y construcciones auxiliares a la vivienda dentro de cada lote, deben dejar los siguientes retiros, que serán verificados por la Comisión de Arquitectura al momento del replanteo de obra y al inicio de las mamposterías (ver Anexo B), a saber: 8.1.1. Frente: una franja libre de 4,00 mts. a partir de la línea municipal de frente y paralela en toda su longitud a esta. Se entenderá como frente de lote, en todos los casos, aquel lado que dé sobre la calle. En lotes de esquina si bien el lado menor es considerado como frente, ambos laterales que den sobre una calle, deberán respetar el retiro obligatorio de 4 mts. Excepciones: para los lotes Nº 179, 180, 181, 182 183, 184, 185, 186, 169, 286, 196, 195, 194, 193, 192 y 190 ubicados en la calle de acceso principal donde se encuentran una alineación de arboles añejos, se deberá respetar una franja libre de retiro de 5.50 mts. a partir de la línea municipal de frente y paralela en toda su longitud a esta. 8.1.2. Laterales: A ambos lados de los ejes divisorios entre parcelas, deberán tener un mínimo de 3 mts. 8.1.3. Fondo: el que surja de la siguiente fórmula: largo de lote menos 20 mts. dividido 2, con un mínimo de 4 mts. y un máximo de 20 mts. al fondo, excepto las piletas de natación que se regirán por lo indicado en 14.2. 8.2. Se permitirá la construcción sobre la línea municipal de los siguientes elementos exclusivamente: - Pilar de luz eléctrica en el eje medianero designado por el proveedor de energía y la CAEV - Gabinete para el medidor de gas natural en el eje medianero designado por el proveedor de energía y la CAEV 7 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción 8.3 Se podrá construir únicamente una vivienda por cada lote y la superficie mínima deberá ser de 175m2 cubiertos. (Ciento setenta y cinco metros cuadrados), sin computar los m2 semicubiertos.8.4 F.O.S.: Las construcciones cubiertas y semi-cubiertas (vivienda, quincho, galerías, etc.) sólo podrán ocupar el 0.30 de la superficie total del lote. Se computará para éste cálculo la superficie semicubierta al 100 %. 8.5 F.O.T.: La superficie total a construir será como máximo del 0.50 de la superficie total del lote. Los locales que se construyan por debajo del nivel cero, y dentro de la proyección de la construcción cubierta no se computarán a los efectos del cálculo de la superficie incluida dentro de F.O.T 8.6 En el supuesto que el propietario posea lotes contiguos, se computará la superficie a construir sobre el lote afectado, salvo que previamente se practique la unificación de los mismos. 8.7. No podrán edificarse más de dos plantas. La altura máxima permitida es de 8,50 mts. Solo se permitirá que por sobre la altura máxima sobresalgan chimeneas y conductos de ventilación, no superando los 2,50 mts. de altura adicional. Estos deberán tener un tratamiento arquitectónico acorde a la obra en cuestión. No se permitirá la instalación de antenas de ningún tipo sin la autorización expresa de la Comisión de Arquitectura, salvo las de Televisión Satelital. 8.8. Las alturas se toman del nivel del terreno natural en su punto más alto, salvo que esté por debajo del nivel de la calle, en cuyo caso se tomarán desde éste último. 8.9. A los efectos de la iluminación y ventilación de los locales se deberá tomar un factor de 1/5 de la superficie para iluminación, y 1/3 para ventilación. 9. SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA, NIVELES, DESAGÜES Y ALCANTARILLAS: 9.1. Están terminantemente prohibidas las pendientes de desagüe del terreno sobre los terrenos linderos. Deberá preverse, por parte del Propietario del lote donde se rellene o se vaya a ejecutar una obra, la construcción de sumideros y/o cunetas laterales hacia la cuneta del pavimento. Ver Art. 16. 9.2. En todos los casos en que se construya un acceso de vehículos o peatonal a la propiedad, deberá preverse alcantarillas en base a los planos que Sausalito Club S.A. prevé y con las medidas que otorgará en cada caso. (VER ANEXO D) Queda prohibida la construcción de accesos con caños u otros elementos que supongan un entubamiento de las zanjas de propiedad común, salvo expresa autorización de la CAEV- En los casos donde el desnivel entre el pavimento y la zanja paralela al mismo, sea menor o igual a 0,20 m., se podrá ejecutar un badén al mismo nivel de fondo de zanja o el acceso vehicular sobreelevado para no obstaculizar el libre escurrimiento de las aguas. En ambos casos el criterio a adoptar será definido por la CAEV y comunicado a la Oficina Técnica. - 9.3 Los planos de proyecto deberán contar con la ubicación de las acometidas a los servicios de infraestructura, a saber: Electricidad: es provista por Edenor S.A. En caso que el lote no contare con el Pilar de luz eléctrica, deberá solicitarse a la Comisión de Arquitectura la posición del mismo y tanto la construcción del referido pilar como la conexión a la red subterránea correrán por cuenta del propietario. El detalle del pilar se encuentra en el Anexo E Agua potable y cloacas: es provisto y conectado por Sudamericana de Aguas S.A. Se deberá consultar con dicha empresa las normas específicas para las conexiones. Se recomienda ubicar dichas acometidas alejadas de los pilares de luz. . Las viviendas deberán contar con una reserva de agua mínima de 1.000 lt, ya sea mediante una cisterna y tanque hidroneumático o un tanque elevado de forma de garantizar en todo momento una adecuada presión interna en todos los artefactos de la casa. Gas natural: es provisto por Gas Natural Ban S.A., se ubicará el gabinete respectivo en el eje medianero o en el lugar aprobado por la Comisión de Arquitectura. Se deberá consultar con dicha empresa las normas específicas para las conexiones. Te. y CATV: deberán contar con acometidas subterráneas con caños independientes desde la vivienda hasta la línea municipal adosando una caja estanca a la base del pilar de luz en su parte posterior. En caso de viviendas ya construidas deberán adecuar sus instalaciones a dicho requerimiento. En todos los casos los cargos por conexiones estarán a cargo del propietario. 9.4 Los niveles de piso terminados de las viviendas en su Planta Baja no podrán superar los 0,60 mts medidos desde el nivel del pavimento de la calle frentista. En los lotes linderos al arroyo y su zona de influencia, deberán elevarse las viviendas hasta las cotas que en cada caso fije la Comisión de Arquitectura .Como base se permitirá elevar el nivel de piso terminado en P.Baja a 0.80 m solo en los casos de los lotes: 160 a 168, 133, 134, 143 a 159, 114, 115, 124 a 132, 92, 93, 104 a 109 inclusive. 8 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción 10. TENDEDERO, LAVADERO Y PARRILLAS: 10.1 Todas las casas deberán contar con un tendedero de acuerdo a lo normado en este punto. Los lavaderos y/o tendederos de ropa deberán tener cerramientos con las mismas características arquitectónicas de la vivienda de forma que impidan su visualización desde los terrenos vecinos y desde la calle. Los retiros de estas construcciones están previstos en el punto 8.1. Si el lote linda con terrenos dedicados a la práctica de deportes o espacios libres debe mantenerse la restricción establecida en el punto 8.1. Se recomienda estudiar las condiciones de asoleamiento para la ubicación del mismo. 10.1.1. TENDEDEROS: En casos en que por situaciones de orden arquitectónico y/o reglamentario no fuese posible ubicar los tenders dentro de los límites de retiro establecidos, podrá ponerse a consideración de la CAEV su ubicación dentro de los retiros laterales, manteniendo un retiro de 1,50m. del eje medianero, con una superficie mínima de 4,50m2, y máxima de 9m2. La altura será de más de 1.80m. sobre el nivel 0.00m. de obra y no admitirá cubierta de ningún tipo. El espacio destinado a tendedero de ropa deberá estar materializado con un cerramiento físico y visual, tipo treillage, entablonado de madera, cerco vivo o equivalente interrumpiendo las visuales a 1,80m de altura .El material a utilizar tendrá un porcentaje de ventilación y permeabilidad visual de específicamente 10%. Su implementación deberá contemplar una adecuada integración arquitectónica al conjunto y una calidad acorde al mismo. Sólo se aceptarán estas excepciones si son aprobadas previamente a su ejecución por la oficina técnica. En casos de invasiones existentes fuera de reglamento no podrán regularizarse sin una presentación previa de verificación de su encuadre y o adaptación al espíritu de la presente norma. 10.2. No se permitirá ningún tipo de construcción cubierta o semi-cubierta o elementos auxiliares en las franjas de retiro obligatorio previstas en el punto 8.1. 10.3 La construcción de asadores y parrillas deberá realizarse una vez que haya sido construida o a la vez de la vivienda principal. 10.4. No se permiten las construcciones separadas de la vivienda. Toda construcción auxiliar o complementaria deberá estar unida física, estética y funcionalmente a la misma. 11. GUARDACOCHES: 11.1. Se deberá preveer un área dentro del lote para el estacionamiento propio o de cortesía de por lo menos dos automóviles, con un piso apto y sólido y que puede ser descubierto. En el supuesto que se desee construir una pérgola o cobertizo, la misma debe guardar los retiros del art. 8.1.11.2. Se prohíbe el estacionamiento de vehículos de proveedores o propietarios en la calle o fuera del predio propio, salvo expresa autorización del Intendente y sólo en casos excepcionales. 12. INSPECCIONES: 12.1. El propietario o profesional de la Obra deberá solicitar a la Comisión de Arquitectura, con una antelación mínima de 72 hs, las siguientes inspecciones con carácter obligatorio: 12.1.1 Inspección de obras preliminares y cumplimiento de las disposiciones sobre árboles y entrada vehicular antes del inicio de la construcción de la misma 12.1.2 Inspección de niveles finalizado el movimiento de suelos 12.1.3 Inspección de línea y retiros (luego de finalizados los cimientos) 12.1.4 Inspección final y certificado de obra terminada No habiendo cumplido con este requisito, y de detectarse infracción al Reglamento, se aplicarán las sanciones correspondientes, y todos los trabajos resultantes de la adecuación al mismo quedarán a exclusivo cargo y bajo la responsabilidad del propietario o profesional actuante. 13. DESTINO DE LAS CONSTRUCCIONES: La construcción a efectuarse en el lote será destinada únicamente a la vivienda familiar. Para poder construir sobre el terreno cualquier tipo de construcción auxiliar, pileta de natación o quinchos, es necesario previamente haber edificado la vivienda principal. En caso de que dichas 9 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción obras complementarias se construyeran en lotes linderos, deberá procederse con la unificación con la parcela que ocupa la vivienda familiar. 14. PILETAS DE NATACIÓN, SOLARIUMS Y VEREDAS EXTERIORES: 14.1. Los planos de construcción de las piletas y la ubicación de éstas deberán presentarse a la Comisión de Arquitectura para su aprobación, debiendo cumplir las exigencias del punto 2 de éste reglamento. 14.2. Para la construcción de las mismas se deberán observar las siguientes restricciones: Distancia de la construcción de la pileta a ambos ejes divisorios y fondo: 3,00 mts referido al espejo de agua con un máximo de elevación de 0,60m (Los solados complementarios deberán respetar 1,5 m de retiro de fondo) Máxima elevación permitida sobre el terreno natural (sin rellenar) (COTA +/- 0.00): 0,60 mts). En cualquier caso, dentro de 1m. de distancia del eje divisorio, el terreno tiene que encontrarse a nivel 0,00. 14.3. Desagote: El desagote de las piletas se realizará en las cunetas del frente de los lotes pudiendo como alternativa, realizarse por riego por aspersión sobre el lote. Deberá figurar en el plano el tipo de cañería, recorrido y lugar de desagüe de éste afluente. Queda expresamente prohibido vaciar las piletas a la red cloacal. El desagote de las piletas podrá realizarse solo los días de semana (lunes a viernes) y con un máximo de 3 veces en el año entre los meses de abril a noviembre. 14.4. Las piletas deberán contar con un sistema de filtrado. Durante todo el año el agua deberá estar limpia y clorada por motivos sanitarios. 14.5. Para evitar accidentes en los natatorios los propietarios deberán optar por: a) Cercar el perímetro de la pileta de natación. b) Mantener cercado el perímetro total de su terreno, de acuerdo al Art. 21. 14.6.. No se permitirán los cobertores horizontales como único medio de protección para los natatorios. En el caso de los existentes a la fecha del presente reglamento, se deberán adecuar a la reglamentación existente en un plazo no mayor a 180 días. 14.7. Las veredas y solariums mantendrán las restricciones, elevaciones y retiros siguientes, altura sobre terreno natural: 0,50m.; retiro lateral de medianera: mínimo 0,70m., y de fondo 1,50m. En estos retiros de medianera se cumplirá con una franja de ancho desde la misma de 0,70m a nivel natural o en caso necesario el determinado por la previsión de un correcto escurrimiento de aguas hacia la cuneta de la calle. 15. CONSTRUCCIÓN DE CANCHAS DE TENIS U OTROS DEPORTES: La construcción de las mismas deberá contar con la autorización expresa del Directorio, para lo cual se presentarán para su consideración, los planos de construcción y su ubicación cumpliendo con las exigencias del punto 2 de éste Reglamento. Acompañando los mismos deberán presentar notas de todos lo vecinos linderos y los no linderos de hasta una distancia de 100 metros en línea recta medidos desde el centro de la cancha propuesta, manifestando su opinión favorable a la construcción y/o iluminación de las instalaciones deportivas. De resultar aprobada en principio por el Directorio, la construcción solicitada y los planos respectivos pasarán a la Comisión de Arquitectura y Urbanismo para su aprobación final. 16. RELLENO DE TERRENOS: A fin de NO modificar los drenajes naturales de agua desde y hacia todos los terrenos linderos y cunetas, sólo se podrán rellenar los terrenos una vez obtenida la correspondiente autorización otorgada por la Comisión de Arquitectura y Espacios Verdes (CAEV) ante la presentación del proyecto de escurrimientos correspondiente. El plano de altimetría con el proyectado de rellenos y cotas correspondientes, y el perfil del proyecto y los solados exteriores incluirá los desagües proyectados hacia las cunetas de la calle, tomando como punto de máximo nivel el existente en la medianera de fondo, y respetando una franja en laterales y fondo de ancho mínimo 1,00m desde cada eje divisorio que deberá permanecer a nivel de terreno natural. Deberán presentarse dos cortes esquemáticos del terreno, transversal y longitudinal, con las cotas de nivel incluso del pavimento y cunetas existentes. En cualquier caso el nivel definitivo del terreno no podrá superar 0,50m desde el nivel +/-0,00m. 10 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción 17. OBRADOR, ILUMINACIÓN, MOVIMIENTO DE PERSONAL Y LIMPIEZA DE OBRA: 17.0 NORMAS DE SEGURIDAD E HIGIENE DE OBRAS: 17.0.1 Todo el personal que se desempeñe en obras en Sausalito Club SA deberá contar con toda la documentación necesaria para el cumplimiento de las leyes y normas vigentes, entre otras el Seguro de accidentes y vida según su propia actividad y en vigencia. El personal operario, técnico o profesional que no cuente con la respectiva póliza vigente no podrá ingresar a la obra. 17.0.2 El responsable de Obra ante Sausalito Club SA deberá presentar firmado a la Oficina Técnica un Plan de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente de no más de 2 carillas donde se indiquen las medidas de Previsión y Seguridad a tomar por parte del Constructor en cuanto al personal propio y en cuanto a las medidas a tomar para evitar riesgos a terceros incluyendo contaminación al Medio Ambiente. Se incluirán: cerramientos exteriores, cartelería de Seguridad, matafuegos, andamios, obradores, baños químicos, disposición de los residuos, medidas de seguridad interna y externa, Instalaciones provisorias de agua y electricidad, etc. La instalación eléctrica provisoria estará dentro de Normas Vigentes de la Especialidad y deberá ser aprobada por la Oficina Técnica. La misma debe contar con tablero de obra IP 55 o superior ubicado en sector seguro cercano al acceso de obra con los circuitos y protecciones requeridos según consumo declarado. Debe contar con disyuntor diferencial de primera marca y PAT de cobre de acuerdo a normas y resistividad del suelo. Los conductores (Sintenax )y tomacorrientes serán aptos para intemperie IP 55 o superior. Todo el personal, incluyendo visitantes deberán contar con EPP –elementos de protección personalantes de ingresar a obra. La falta de estos elementos facultará a la Oficina Técnica de la Comisión de Arquitectura a impedir el ingreso del personal en infracción. Las herramientas peligrosas o rotativas deberán estar en perfectas condiciones de uso con sus protecciones de fábrica. 17.0.3 17.0.4 17.0.5 17.1. Para la construcción de entradas de vehículos, se deberá solicitar a la oficina técnica y visado por la Comisión de arquitectura, las cotas correspondientes a las mismas. No se autorizará la entrada de materiales para el resto de la obra hasta tanto estas entradas no estén terminadas y aprobadas. 17.2. Previa iniciación de la obra, ( Ver Certificado de Inicio de Preliminares) será obligatorio construir una casilla-depósito (Obrador) de una superficie mínima de 9 m2 (3 x 3 m) la que deberá pintarse de color verde inglés y la contratación de un gabinete sanitario químico para el uso del personal obrero, y respetar ambos el retiro de 3 tres metros del eje divisorio y de 3 mts. del eje municipal. Se deberá presentar croquis de la ubicación de los mismos y sus características constructivas. Se deberá colocar frente al baño de obra un cercado que impida las visuales hacia el interior del mismo .Ambas construcciones deberán ser desmontadas inmediatamente una vez terminada la obra. En el obrador y el portón de obra será obligatoria la colocación de candados de seguridad, debiendo permanecer cerrados fuera del horario de trabajo en obra. La guarda de los materiales y herramientas depositados en obra será exclusiva del contratista o profesional responsable. Durante la obra, es obligatorio cercar el terreno según lo indica el Anexo F. Sausalito Club S.A. está facultado para desmontar estas instalaciones, con cargo al propietario, cuando no se hayan cumplido cualesquiera de los requisitos antes mencionados. 17.3. El personal de la obra no podrá permanecer en ella fuera de los horarios y días de trabajo que será de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas. No se permitirá trabajar en las mismas los días sábados, domingos ni feriados. Esta prohibición incluye todos los gremios, como así también a la entrada de materiales. EXCEPCIONES: Con el afán de terminar las obras en los menores plazos posibles, la Comisión de Arquitectura y Espacios Verdes podrá a su criterio, permitir el trabajo los días sábados de 09:00 a 13:00 hs., teniendo en cuenta que las tareas a realizarse no generen perturbaciones al resto de los vecinos. 17.4. El propietario a través del profesional actuante elevará la nómina del personal empleado en su obra con sus datos personales, a fin de proceder al control del acceso. Sausalito Club S.A. se reserva el derecho de prohibir el ingreso al personal de obra que a su juicio haya incurrido en actos de inconducta en general. 17.5. Todo material de construcción deberá estar dentro de los límites del terreno. No se podrá arrojar a las cunetas o veredas ningún material de construcción ni basura de ninguna clase, debiendo mantener limpias las mismas, ni efectuar trabajos de ninguna naturaleza fuera de los límites de la propiedad. 11 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción 17.6.No se podrá acceder a las obras a través de los lotes vecinos y/o linderos. 17.7. Queda prohibido al personal de la obra transitar y/o introducirse en dependencias de Sausalito Club S.A. o propiedades privadas, pudiendo únicamente circular por las calles hacia y desde la entrada. 17.8.. El constructor firmará un Reglamento de Construcción para evitar su desconocimiento y será solidariamente responsable con el propietario y el profesional actuante por el cumplimiento de las normas antes enumeradas durante la ejecución de la obra. 17.9. El propietario,el Director de Obra y el constructor serán los únicos responsables por accidentes de trabajo ocurridos al personal ocupados por los mismos en la ejecución de las obras dentro del predio de Sausalito Club S.A. 17.10. Deberán contar con todos los seguros obligatorios por ley como mínimo y cada trabajador registrado en guardia como cualquiera que se incorpore al plantel en el transcurso de la obra, deberá presentar un certificado de no reincidencia. Por lo tanto con la sola firma del presente reglamento por parte de los responsables, Sausalito Club S.A. deslinda toda la responsabilidad por los hechos que pudiesen ocurrir. 17.11. El constructor deberá mantener iluminada en forma adecuada todo el perímetro de la obra y el obrador, conforme al siguiente detalle: - Dos reflectores de 250W con sus correspondientes fotocélulas y su instalación eléctrica de acuerdo a Normas Vigentes, a una altura mínima de 2,50mts convergentes al centro del lote (EL DAR CUMPLIMIENTO AL MISMO SERA CONDICION PARA AUTORIZAR EL COMIENZO DE OBRA) a los efectos de facilitar la tarea al personal de seguridad del barrio. 17.12. Los materiales para las obras solamente podrán ingresar al Barrio por la entrada de la calle Uruguay, de lunes a viernes y en los horarios de trabajo. 17.13. Los obreros y/o contratistas al ingresar y circular por el Barrio hasta y desde la obra donde se desempeñan deberán colocarse el chaleco numerado reglamentario a fin de su correcta identificación. 18. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA: 18.1. Se establece un plazo máximo de terminación de la obra de 12 MESES a partir del inicio de los Trabajos preliminares de la misma, definido por la CAEVS. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud del propietario, si acredita que su demora responde a causas justificadas. En caso de solicitud de ampliación de plazo el propietario deberá abonar nuevamente los aranceles fijados en 5.3 (Derecho de aprobación de obra inicial), más una multa equivalente a medio canon mensual de obra por los primeros 90 días corridos y si se excediera en dicho plazo, la multa equivaldrá a un canon completo por otros 90 días corridos. Transcurridos dichos plazos sin el final de obra otorgado por la CAEVS, el infractor deberá continuar pagando el canon y multa, y la multa nueva a aplicar en ese momento será considerada falta grave. En este último caso la decisión de aplicación será tomada en conjunto con el Directorio. 18.2. Durante la ejecución de la obra el propietario se obliga a mantener el lote limpio y con el pasto cortado. En caso de suspensión de los trabajos, el propietario se obliga a mantener el lote libre de materiales, enseres y equipos como así también efectuar el cierre de obra y obrador. 18.3. Sausalito Club S.A., podrá a su libre criterio ordenar en el caso de incumplimiento de este punto, el corte de césped por medio de personas externas y facturar al propietario el mismo en las expensas correspondientes. Bajo ningún punto de vista, Sausalito Club, se hará cargo del corte de césped del propietario particular haya comenzado la obra o no. 19. QUINCHOS: Está permitida la construcción de un quincho de acuerdo con las restricciones de este reglamento. Los mismos deberán guardar una misma línea arquitectónica que la construcción principal. Queda por lo tanto terminantemente prohibida la construcción de quinchos con cubiertas de paja. 20.CARTELES: 20.1. Solamente podrá colocarse cartel de obra, mientras dura la construcción de la misma de acuerdo con las disposiciones de la Municipalidad de Pilar y de un tamaño máximo de 2 mts. por 1 metro donde se informará el Profesional interviniente y la Empresa constructora, no permitiéndose ninguna otra publicidad en obra, visible desde el exterior. Los carteles podrán también incorporar imágenes de las obras a promocionar ya sean dibujos o proyecciones o renders. Además deberá incluir Nº de Expediente Municipal, con números de un tamaño visible ( 5,00 cm de alto) El material de soporte y estructura del cartel de obra deberá ser sólida y apta para uso exterior, de manera 12 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción que permanezca en perfectas condiciones en el transcurso de la misma. La Comisión de Arquitectura determinará el remplazo de los mismos cuando no cumplieran con este requisito. La ubicación del cartel deberá ser sobre el frente del lote y adosado o próximo al cerco de obra. Deberá además colocarse al inicio de obra el número identificatorio del lote en el pilar eléctrico, de idénticas características que los existentes en el Barrio. 20.2. Sausalito Club S.A. podrá autorizar la colocación de carteles de publicidad a las empresas que patrocinan eventos deportivos debiéndose aprobar su ubicación previamente por la CAEVS. 20.3. Los carteles de alquileres o venta podrán ser colocados dentro de cada propiedad, únicamente en el caso de venta directa de sus dueños; igualmente requerirán previa autorización de Sausalito Club S.A. Su tamaño no podrá ser superior a 0,80 mts. por 1,20 mts con fondo verde y letras blancas, debiendo retirarse una vez realizada la venta o el alquiler. No se permite carteles con la leyenda “vendido” o “alquilado”. 20.4 El socio colocará en su pilar de luz una chapa con su Nº de lote por lo que deberá solicitarla al Intendente c/cargo. 21. CERCOS: 21.1. En el deseo de mantener un aspecto de jardín común se prohíben los cercos medianeros desde el frente y hasta el encuentro de la línea de retiro de frente del edificio con la medianera; a partir de ese punto se podrán efectuar cercos de alambre de altura mínima de 1,20 m y hasta 1,50 mts, mientras que los cercos vivos podrán desarrollarse hasta 2.00m. En caso de existencia de piletas de natación sin cercar, y/o perros, y con el propósito de prevenir el peligro para niños de corta edad, es obligatoria la construcción del mencionado cerco en los linderos y el cierre de ambos laterales paralelo a la línea de frente dejando como mínimo el retiro obligatorio. 21.2. Los cercos perimetrales autorizados podrán materializarse con postes y alambre tejido, pudiéndoseles adicionar madera y arbustos. 21.3. Queda expresamente prohibida la colocación de cercos sobre la línea Municipal o fuera del límite del terreno. En los lotes esquina donde se considera el lado menor como frente, se podrán plantar árboles o arbustos o efectuar cierres previa consulta y aprobación de la CAEVS. 22. FORESTACION - PARQUIZACIONES 22.1. Será obligatorio presentar un plano de Proyecto de intervención en el Espacio Verde con la forestación y/o retiro de árboles previstos para su aprobación por la Comisión de Arquitectura y Espacios Verdes (CAEV) previamente al inicio del trabajo. Los árboles que se plantan a partir de la demarcación de los lotes y dentro de cada propiedad, no podrán estar a menos de 3 mts. del límite demarcatorio de la propiedad. No se permite la plantación de eucaliptus. 22.2. No está permitido cortar, extraer o podar en forma indiscriminada ningún árbol, aunque se encuentre dentro de los límites del lote propio. En el supuesto caso que por razones de proyecto o constructivas fuere necesario el corrimiento de alguna especie, deberá estar autorizado por la Comisión de Arquitectura Y Espacios Verdes (CAEVS), y realizado por personal idóneo. Si no fuere posible el trasplante en condiciones fijadas por la CAEVS, el propietario deberá abonar el canon correspondiente para que la CAEVS lo integre a su Plan de Trabajo y será equivalente a lo indicado en tarifario de anexo H. Es condición primordial el cuidado de especies existentes, por lo cual si muriera una de las especies importantes relevadas durante el período de obra, el propietario deberá pagar el canon de retiro de especie indicado en tarifario. 22.3 La aprobación del Proyecto de intervención en el Espacio Verde, no implica deslindar la responsabilidad del Profesional y del Propietario en la correcta ejecución de la obra de drenajes. El Profesional actuante deberá verificar los niveles definitivos en sectores de linderos especialmente y presentar a la CAEV los elementos válidos para verificar el cumplimiento de lo autorizado. La falta de esta documentación podrá impedir el Final de obra. 23. VEREDAS: 23.1. Las veredas deberán mantenerse parquizadas y libres de toda clase de plantas, salvo expresa autorización de Sausalito Club S.A., el cual tendrá en consideración el tendido de redes de agua, gas, electricidad y telefonía para concederla. 23.2. En el caso de ser posible extender la autorización indicada en el punto anterior, Sausalito Club S.A. se reserva el derecho de elección de las especies que se puedan colocar en cada vereda, debiendo mantenerse la uniformidad en toda la extensión de una misma calle. 13 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción 24. TERRENOS BALDIOS: Hasta tanto se realice la construcción en el lote, el propietario deberá mantenerlo libre de basura y en perfecto estado de limpieza, no pudiendo hacer acopio de materiales en el mismo. Sausalito Club S.A. se ocupará de mantener cortado el pasto del lote y la cuneta frente a los lotes. No se permite la colocación de alambrado perimetral en los terrenos baldíos. En el caso en que el propietario decidiese forestar dentro de lo permitido, deberá hacerse cargo en forma particular del corte de césped del mismo. Si el propietario no mantuviera cortado el césped, SAUSALITO CLUB S.A., arbitrará todos los medios para ordenar el corte en forma particular y adjuntarlo como adicional a las cuotas de expensas. 25. INCUMPLIMIENTO: En caso de transgresiones al presente Reglamento por parte del propietario, arquitecto, contratista, personal de obra, proveedores, etc. La Oficina Técnica, labrará la correspondiente ACTA DE INFRACCION -Ver anexo C-, con un plazo perentorio de 48 hs para la resolución de dicha trasgresión. Caso contrario se aplicará en forma individual o acumulativamente las siguientes sanciones a criterio de la CAEVS: Paralización de la obra, con impedimento de acceso a proveedores, contratistas, arquitecto, personal de obra, hasta tanto se solucionen las infracciones cometidas. • Multa diaria equivalente al valor de 25 litros de nafta especial YPF. • Denuncia a la Municipalidad de Pilar, si correspondiere. • Prohibición de acceso al personal que cometa infracciones al presente Reglamento. • Suspensión de los servicios que presta Sausalito Club S.A. hasta tanto no se solucionen las infracciones cometidas. • Elevación de los antecedentes al COMITÉ EJECUTIVO y/o al DIRECTORIO para que tome las sanciones que correspondan con el asociado. En caso de incumplimiento por parte del propietario de las obligaciones resultantes de éste Reglamento, Sausalito Club S.A. tendrá derecho a exigir su cumplimiento por vía judicial o extrajudicial, así como la demolición de lo construido, remoción de lo plantado o realizado en contravención, más los daños y perjuicios que pudiera corresponder, sin perjuicio de la imposición o cobro de multas y/u otras sanciones que pudieran cobrar, incluso estatutarias. Se deja constancia, que según lo indica el Estatuto de Sausalito Club S.A., la Comisión de Arquitectura CAEV dispondrá de tres años desde la fecha de terminación de la Obra para detectar posibles infracciones a este Reglamento. Sausalito Club S.A. a través de su personal suspenderá toda obra que se construya sin tener concedido el permiso, o las que teniéndolo no se ejecuten de acuerdo con los planos aprobados. Cuando no se acate la orden de paralización, Sausalito Club S.A. hará la denuncia formal ante la entidad oficial correspondiente, la cual procederá por la fuerza pública. 26. CONSTRUCCIÓN DE PARQUES Y JARDINES: 26.1. Durante la construcción del parque, el propietario no puede utilizar la vereda ni la calle como depósito para la tierra ni para las plantas. Tampoco puede utilizar los parques vecinos, salvo que cuente con la autorización por escrito del propietario de dicho lote. 26.2. Una vez finalizado el parque o jardín, si el propietario desea modificar el mismo, o reponer tierra rige lo establecido en el punto anterior. 27. PODA DE ÁRBOLES O ARBUSTOS DE GRAN PORTE: 27.0. Para la realización de cualquier obra de poda de árboles históricos, aún dentro del propio terreno, el Propietario deberá solicitar autorización por escrito a la CAEVS en línea con los objetivos del Barrio fijados en punto 1.3 del presente Reglamento 27.1. Todo elemento (ramas, tronco, raíz, etc.) proveniente de la extracción o poda de árboles o arbustos del jardín de cada propiedad, no se puede depositar en los terrenos vecinos ni en la calle. Deberá coordinarse con la Intendencia del Club para su retiro. 27.2. Las hojas y el pasto, deberán embolsarse y colocarse al frente del nicho de residuos los días que la Administración así lo indique, para su posterior retiro. 27.3. Las hojas y/o pasto suelto no serán levantadas por el personal responsable de su retiro. 14 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción 28. DIMENSION DE CADA LOTE: 28.1. El propietario da su total conformidad al plano de subdivisión Nº 84-143-99 y se compromete a no modificarlo bajo ningún concepto, salvo autorización expresa del Directorio que operará en los siguientes casos: 28.2. El Directorio podrá autorizar la ampliación de los lotes anexando uno o más lotes. 28.3. Asimismo el Directorio podrá autorizar la subdivisión de un lote en los siguientes casos: • Que dicho lote sea absorbido por dos o más propietarios linderos al mismo, en la proporción que de común acuerdo intervengan. • Que una fracción del lote sea absorbida por un lote lindero y que la fracción restante tenga como mínimo una superficie de 800 m2. En el caso que sobre la fracción restante exista una construcción, la misma debe mantener con la nueva fracción las restricciones con respecto a retiros (Art. 8.1.) y factores de ocupación del suelo y total (F.O.S. y F.O.T. Art. 8.4.). La cantidad de lotes con dicha superficie mínima no podrá superar el 2 % (dos por ciento) de las parcelas de Sausalito Club S.A. 28.4. La Municipalidad de Pilar no aprobará ni dará curso a la solicitud de modificaciones en los planos de los lotes, salvo cuando se presenten los casos indicados en los puntos 28.2. y 28.3., debidamente acompañados de la autorización expresa del Directorio de Sausalito Club S.A. y su Comisión de Arquitectura. 28.5. En los casos previstos en los puntos 28.2. y 28.3. apartado a), el Directorio determinará el destino de las acciones vinculadas a los lotes que sean anexados. 29. INGRESO DE CAMIONES: Ver Anexo Normas de obra 29.1. Para el ingreso de camiones al Barrio la carga máxima autorizada es de 4 toneladas brutas por eje. No está autorizado el ingreso de camiones de doble eje o con acoplados ni semirremolques. 29.2. Se permitirá en casos excepcionales y a solicitud por escrito del profesional responsable de obra, el ingreso de camiones con adición de un carro de 1 eje para el transporte de los hierros sin doblar u otros elementos livianos y largos exclusivamente, no pudiendo el mismo, ni el camión circular fuera de las cintas asfálticas. 29.3. No se podrá ingresar ni circular vehículos con materiales mientras llueva y hasta pasadas 48 horas de concluida la misma, cualquiera fuese su intensidad. El ingreso de camiones al barrio se habilitará luego de 48 hs posterior a lluvia y a criterio del Intendente. 30. MODIFICACIÓN DEL PRESENTE REGLAMENTO: El propietario del / los lotes……….……………..acepta el presente Reglamento y toda otra modificación que se introduzca con posterioridad a la firma del mismo, comprometiéndose a firmar dicha modificación al serle requerida por Sausalito Club S.A. Se deben tener en cuenta además, las actualizaciones o modificaciones de los valores de referencia en el tarifario al momento de su aplicación o pago, lo que se produzca último. P/SAUSALITO CLUB S.A. Comision de Arquitectura y Espacios Verdes de Sausalito (CAEVS) 15 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción ANEXO 01- CANASTO DE RESIDUOS: Para el otorgamiento del Final de obra será obligatorio la instalación del mismo, de acuerdo a la ubicación que se determinará oportunamente. 16 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción Anexo A - CERTIFICADO DE APROBACION DE PLANOS BARRIO PRIVADO SAUSALITO Comisión de Arquitectura y Espacios Verdes Sausalito Club SA (CAEVS). Pilar, a los..........días del mes de........................... de 20.... Lote Nro........................................ Propietario..................................... CERTIFICADO DE APROBACION DE PLANOS Por la presente se deja constancia de la recepción de la siguiente documentación conforme a Reglamento, a saber: Fotocopia del titulo de Propiedad y/o Boleto de Compraventa del lote Fotocopia del recibo de pago de los distintos aranceles que se fijan en el art.5. Libre deuda certificado por Administración. Fotocopia del pedido de conexión de medidor para luz de obra. Certificado de amojonamiento del terreno , emitida por el Agrimensor. Planos por duplicado : Implantación ( esc: 1:100) Replanteo de Planta Baja (esc: 1:50/ 1:75) Replanteo de Planta Alta (esc: 1:50/1:75) Vistas (4) cuatro (esc: 1:50/1:75) especificando materiales, texturas y color Esquema de Superficies con indicadores urbanísticos Corte Transversal y longitudinal (esc: 1:50/1:75) Perspectivas y/o imagen 3D Plano Municipal Documentación complementaria solicitada Memoria descriptiva (especificaciones técnicas) Planilla y silueta de superficies, indicando FOS y FOT Planillas de iluminación y ventilación Nota especificando los datos completos del profesional de 1ª actuante Listado del personal afectado a la obra, con nombre, apellido y número de documento. Póliza de seguro del personal afectado nominada según leyes laborales en vigencia Copia del reglamento de Construcción firmado por el propietario y el profesional actuante. Solicitud de conexión de agua Plan de Seguridad e Higiene firmado por el Profesional Actuante • • • Habiendo sido la antedicha documentación revisada por el Directorio de Sausalito Club S.A., sin hacer objeciones de carácter estético a los mismos, se autoriza el inicio de las tareas preliminares de obra, conforme al Certificado de Inicio de Preliminares. Una vez concluidas estas tareas deberá solicitarse a la Comisión de Arquitectura la aprobación de las tareas preliminares, y presentar el Plano Municipal de Permiso de Construcción aprobado, para el efectivo inicio de las Obras definitivas de construcción Si no cumpliere con lo que está firmado y aprobado en los respectivos planos al verificar en obra, se sancionará al profesional con una multa (equivalente a 770 Litros de nafta especial YPF) por primera vez y ante una segunda trasgresión no se le permitirá realizar otras obras en el plazo de un año por la falta grave a la ETICA PROFESIONAL y se procederá a la demolición con cargo al propietario. Profesional:......................................... Aclaración:......................................... P/Sausalito Club S.A.: .................................... Aclaración:................................................... 17 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción Anexo B – ACTA DE CONSTATACION DE RETIROS OBLIGATORIOS BARRIO PRIVADO SAUSALITO Comisión de Arquitectura y Urbanismo Pilar, a los..........días del mes de........................... de 20.... Lote Nro........................................ Propietario..................................... Profesional.................................... ACTA DE CONSTATACION DE REPLANTEO DE RETIROS OBLIGATORIOS Por intermedio de la presente, se deja constancia que la obra de referencia cumple con los retiros obligatorios exigidos por Reglamento de construcción vigente. ( Art. 8 Inc. 8.1.1, 8.1.2, 8.1.3) Observaciones: ..................................................................................................................................................................... ..................................................................................................................................................................... ............................................................................................. Profesional:......................................... Aclaración:......................................... P/Sausalito Club S.A.: ................................... Aclaración:................................................... 18 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción Anexo B (bis) – ACTA DE CONSTATACION BARRIO PRIVADO SAUSALITO Comisión de Arquitectura y Urbanismo Pilar, a los……..días del mes de………..de 20… . Lote Nro ………… Propietario ………………. ACTA CONSTATACION : Por la presente nos dirigimos a Ud. para informarle lo siguiente OBSERVACIONES: …………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………………… Atentamente. 19 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción Anexo C – ACTA DE INFRACCION BARRIO PRIVADO SAUSALITO Comisión de Arquitectura y Urbanismo Pilar, a los..........días del mes de........................... de 20.... Lote Nro........................................ Propietario..................................... ACTA DE INFRACCION: Por la presente intimamos a Ud a subsanar en el plazo de 48 hs. las siguientes infracciones cometidas en el lote de referencia, a saber: 1. Falta total o arreglo del cerco perimetral de obra. 2. Ausencia o precariedad del obrador. 3. Falta de pintura color verde inglés del obrador. 4. Falta de luz nocturna de obra. 5. Ubicación fuera de norma de obrador, baño químico, etc. 6. Falta o precariedad del gabinete sanitario 7. Falta o arreglo de alcantarilla y/o rampa de entrada vehicular. 8. Limpieza o prolijidad de las cunetas pluviales. 9. Materiales o herramientas fuera de los límites permitidos. 10. Ingreso por lotes linderos. 11. Falta de limpieza general. 12. Corte de césped. 13. Ruidos molestos. 14. Estacionamiento de vehículos en la calle o sobre cunetas. 15. Trabajos fuera de horario estipulado. 16. Excavaciones, pozos o piletas de natación sin protección. 17. Elementos peligrosos en la obra o fuera de sus límites. 18. Comienzo de Obra sin autorización previa de la Comisión de Arquitectura 19. Otras: ..................................................................................................................................................................... ............................................................................................................................................................... Las infracciones antes mencionadas constituyen violaciones a lo dispuesto en el Reglamento de Construcción, al que Ud. como responsable de la Obra adhirió voluntariamente al ser aprobado su proyecto por la Comisión. En consideración a las normas establecidas, requerimos de Ud solución en el plazo indicado, ya que las infracciones cometidas ponen en peligro la seguridad de personas y bienes. De no proceder tal como lo intimamos, procederemos a Labrar Acta de Infracción autorizándose a la Administración a cobrar el monto de las multas que correspondieran por Reintegro de Gastos/Expensas y daremos instrucciones al Sr. Administrador para que aplique las sanciones previstas por el Reglamento de Construcciones, incluyendo la suspensión preventiva de los trabajos, hasta tanto subsane las infracciones señaladas. Desde ya queremos hacerle notar su directa responsabilidad por los daños que su conducta cause a terceros. Atentamente. Profesional:......................................... Aclaración:......................................... P/Sausalito Club S.A.: ................................... Aclaración:................................................... 20 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción ANEXO D 21 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción ANEXO E 22 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción ANEXO F 23 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción ANEXO G PILAR DE ACOMETIDA ELÉCTRICA. 24 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción ANEXO H TARIFARIO DE DERECHOS Y DE MULTAS TARIFARIO CAEV SAUSALITO Equivalencia en litros de nafta Super YPF Se realizará redondeo en pesos Por única vez Mensuales 1 Derecho de inicio de obra nueva o más de 70 m2 2 Derecho por obra refacción/pileta (+ de 10 días) 3 Derecho obra menor (- de 10 días) 230 100 0 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 50 400 Derecho obra mantenimiento (+ 10 días) Derecho de retiro de árboles (+de 4 m) x unidad 100 50 13 Arancel por obra nueva Arancel por obra refacción/ampliación/pileta Arancel por obra mantenimiento (+ 30 días) Arancel por camión ( F-350 o mayor) x entrada Multa por falta leve en obra Multa por falta moderada en obra Multa por falta mayor en obra 3 75 250 770 154 Multa por obra mayor a 365 días Multa por retiro de árbol sin autorización x unidad Multa por plantado de árbol sin autorización x unidad Derecho poda de árboles autorizada x unidad Multa por poda árboles no autorizada x unidad 18 Multa por no cumplimiento de Acta x día 19 Certificado de amojonamiento 770 130 25 130 Diarios 25 130 NOTA: Puntos 10, 11 y 12 a definir por CAEV 25 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción Anexo I - CERTIFICADO DE FINAL DE OBRA BARRIO PRIVADO SAUSALITO Comisión de Arquitectura y Espacios Verdes Pilar, a los..........días del mes de........................... de 20.... Lote Nro........................................ Propietario..................................... Por la presente se deja constancia que se han cumplimentado las tareas de obra conforme al Reglamento de Construcción, en todo de acuerdo a los planos aprobados, a saber: Fachadas concluidas (molduras, revoques, cornisas, terminaciones, etc) Revestimientos y pintura exterior completos Limpieza total de obra Retiro de materiales y herramientas, elementos provisorios de obra, andamios, etc. Provisión y colocación de cesto de residuos según Anexo Acceso vehicular ejecutado según detalle, con rejllas colocadas y pintadas Nivelación, limpieza y preparación de terreno para parquizar Ejecución de pendientes y canalizaciones para desagües pluviales en todo el perímetro, con los retiros mínimos previstos en Reglamento Instalaciones complementarias habilitadas para su uso: - Electricidad - Gas - Agua - Desagües cloacales - Desagües pluviales Veredas y solados exteriores completos Artefactos de iluminación exterior instalados y en funcionamiento (en fachadas, galerías, accesos, semicubiertos, etc.) Cerco perimetral reglamentario o cerco de pileta Número identificatorio del Lote Plano Municipal con Certificación de Final de Obra. Tender Se deja constancia que el responsable por la correcta ejecución de los trabajos de acuerdo a normas de Seguridad e Higiene es el Profesional de Primera a cargo de la Obra, haciéndose también responsable de la posibilidad de vicios ocultos de la misma. OBSERVACIONES ………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………… Firma Profesional:................................. Aclaración:......................................... Firma P/Sausalito Club S.A.: .................................... Aclaración:................................................... 26 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción ANEXO J - NORMAS de OBRA - Los materiales y el personal de las obras solamente podrán ingresar al Barrio por la entrada de la calle Uruguay, denominada Puesto 2, de lunes a viernes y en los horarios de trabajo establecidos. - El personal de la obra no podrá permanecer en la misma fuera de los horarios y días de trabajo que serán de lunes a viernes de 08:00 a 17:00 horas. No se permitirá trabajar en las mismas los días sábados, domingos ni feriados. Esta prohibición incluye todos los gremios, como así también a la entrada de materiales. - El propietario a través del profesional actuante elevará la nómina del personal empleado en su obra con sus datos personales, a fin de proceder al control del acceso. Sausalito Club S.A. se reserva el derecho de prohibir el ingreso al personal de obra que a su juicio haya incurrido en actos de inconducta en general. - Todo el personal que se desempeñe en obras en Sausalito Club SA deberá contar con toda la documentación necesaria para el cumplimiento de las leyes, normas y disposiciones vigentes, como el Seguro de accidentes y vida según su propia actividad y en vigencia y el certificado de no reincidencia. El personal operario, técnico o profesional que no cuente con la respectiva póliza vigente no podrá ingresar a la obra. - Todo el personal, incluyendo visitantes deberán contar con EPP –elementos de protección personal- antes de ingresar a obra. La falta de estos elementos facultará a la Oficina Técnica de la Comisión de Arquitectura a impedir el ingreso del personal en infracción. - Para el ingreso de camiones al Barrio la carga máxima autorizada es de 4 toneladas brutas por eje. No está autorizado el ingreso de camiones de doble eje o con acoplados ni semirremolques. Se permitirá solo por nota anexa del profesional a cargo, el ingreso de camiones con un carro de 1 eje exclusivamente para el transporte de los hierros sin doblar u otros elementos livianos y largos, para evitar el arrastre, no pudiendo el mismo, ni el camión circular fuera de las cintas asfálticas. MATERIALES Cemento Arena Ladrillos huecos Piedra partida - Cascotes Ladrillos comunes Cal Tosca CANTIDAD MAXIMA PERMITIDA 2 pallets 3m3 / 3 bolsones 4 pallets 3m3 2 pallets- 2000 ladrillos 2 pallets 3,5 m3 – ½ camión - No se podrá ingresar ni circular vehículos con materiales mientras llueva y hasta pasadas 48 horas de concluida la misma, cualquiera fuese su intensidad. El ingreso de camiones al barrio se habilitará luego de 48 hs posterior a lluvia. - Todo material de construcción deberá estar dentro de los límites del terreno. No se podrá arrojar a las cunetas o veredas ningún material de construcción ni basura de ninguna clase, debiendo mantener limpias las mismas, ni efectuar mezclas fuera de los límites de la propiedad. - Los obreros y/o contratistas al ingresar y circular por el Barrio hasta y desde la obra donde se desempeñan deberán colocarse el chaleco numerado que se les provee a fin de su correcta identificación. Queda prohibido al personal de la obra transitar y/o introducirse en dependencias de Sausalito Club S.A. o propiedades privadas, pudiendo únicamente circular por las calles hacia y desde la entrada. 27 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción ANEXO K Barrio Cerrado Sausalito – CAEVS CERTIFICADO DE INICIO DE TRABAJOS PRELIMINARES DE OBRA: Lote Nº………………… Propietario.:………………………… Profesional :………………………… Habiendo sido aprobada la documentación y otorgado el CERTIFICADO DE APROBACIÓN DE PLANOS DE CONSTRUCCIÓN se autoriza el inicio de las TAREAS PRELIMINARES de obra. Incluyen: 1. Construcción de pilar de Electricidad según Reglamento de no existir en el lote, conexión del mismo por la empresa prestataria e instalación eléctrica de obra reglamentaria. Tablero de obra IP 55 o superior ubicado en sector seguro cercano al acceso de obra con los circuitos y protecciones requeridos según consumo declarado. Debe contar con disyuntor diferencial de primera marca y PAT de cobre de acuerdo a normas y resistividad del suelo. Los conductores (Sintenax) y tomacorrientes serán aptos para intemperie IP 55 o superior. ES CONDICIÓN PARA EL INICIO DE PRELIMINARES DE OBRA LA ALIMENTACIÓN ELÉCTRICA DEL LOTE. 2. Fijación de los mojones perimetrales del lote según Certificado de amojonamiento con hormigón. 3. Cerco perimetral de Obra en media sombra verde de altura 1.70 mts mínimo, realizado con bastidores horizontales a tope y base para asegurar su firmeza y la imposibilidad de acceso a personas ajenas, según Anexo de Reglamento. Llevará portón de acceso según Reglamento con cierre y candado. 4. Colocación de iluminación reglamentaria. - Dos reflectores de 250W con sus correspondientes fotocélulas y su instalación eléctrica de acuerdo a Normas Vigentes, a una altura mínima de 2,50mts convergentes al centro del lote. 5. Instalación de Obrador pintado de color verde inglés. Superficie mínima de 9 m2 (3 x 3 m) 6. Instalación del baño químico ISO-14001 para los obreros. Deberán respetar ambos el retiro de 3 tres metros del eje divisorio y de 3 mts. del eje municipal. 7. Entrada vehicular para el ingreso de materiales. Según Anexo de Reglamento. Deberá solicitarse la inspección de la Oficina Técnica previo al hormigonado del acceso vehicular. No se autorizará la entrada de materiales para el resto de la obra hasta tanto estas entradas no estén terminadas y aprobadas. 8. Replanteo de la construcción y niveles. • Una vez concluidas estas tareas deberá solicitarse a la Oficina Técnica la inspección y la aprobación de las tareas preliminares, para el efectivo inicio de las Obras definitivas de construcción, una vez presentado el correspondiente plano municipal aprobado. Propietario:......................................... Aclaración:......................................... P/Sausalito Club S.A.: ................................... Aclaración:................................................... Profesional:......................................... Aclaración:......................................... 28 Barrio Cerrado Sausalito Club S.A. Reglamento de Construcción ANEXO L – PLANILLA CLASIFICACION OBRAS TIPO 1.-OBRA NUEVA TAREA A EJECUTAR 1.1.- Construcción vivienda nueva 1.2.- Ampliación superficie mayor a 70m2 2.-OBRA MENOR 2.1.- Obra ampliación sup. Menor a 70m2 2.2.- Construcción de pileta, parrillas o semicubiertos 2.3.- Obras con plazo mayor a 10 días corridos 3.-OBRA MANTENIMIENTO 3.1.- Obras en revestimientos, carpinterías, pintura etc. que afecten fachadas, paramentos exteriores o modifiquen el aspecto final arquitectónico con plazo inferior a 10 días 3.2.- Instalación de equipos de aire acondicionado 3.3.-Reparaciones con plazo inferior a 10 días 3.4.-Pintura interior 3.5.-Pintura exterior sin modificación de terminación superficial o color 3.6.-Pintura de piletas existentes 3.7.-Reparaciones y ampliaciones de solados o veredas 3.8.-Colocación de alambrado perimetral 3.9.-Service general de equipos e instalaciones AUTORIZA CAEV Oficina Técnica CAEV Oficina Técnica ABONA -Derecho de constr. 100% -Canon 100% mensual -Derecho de constr. 50% -Canon 50% mensual CAEV Oficina Técnica Sin cargos Intendencia 29
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