Junta de Gobierno del 12 de enero del 2015

ACTA DE LA SESION CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL
DIA DOCE DE ENERO DE DOS MIL QUINCE.
En la Casa Consistorial de María de Huerva siendo las doce horas del día doce de Enero de dos
mil quince, previa convocatoria al efecto, se reúne la Junta de Gobierno Local para celebrar
sesión ORDINARIA.
Preside la Sra. Alcaldesa-Presidenta Dª María del Mar Vaquero Perianez, asistiendo como
Secretario Dª María Araceli Sordo Arroita.
Tenientes de Alcalde asistentes, D. Fernando Pin Salillas, Dª Virginia Horville y Dª Susana
Cañizares Gracia.
Constituida, por tanto, la Junta de Gobierno Local con la mayoría legal necesaria y con los
requisitos formales exigibles, la Presidencia declara abierta la sesión, disponiendo que se inicie
por el Secretario la lectura de los dictámenes incluidos en el Orden del día, adoptándose los
siguientes acuerdos en virtud de las competencias que le son atribuidas conforme a la
Resolución de Alcaldía nº 216 de 20 de junio de 2011 y acuerdo plenario adoptado en sesión
extraordinaria de organización celebrada el día 23 de junio de 2011
1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESION CELEBRADA EL DIA 26 DE
DICIEMBRE DE 2014
La Presidencia pregunta si algún miembro de la Junta tiene que formular alguna observación al
acta de la sesión anterior, y no formulándose alegación alguna, la Junta de Gobierno Local, en
virtud de las competencias que le son atribuidas conforme a la Resolución de Alcaldía nº 216 de
20 de junio de 2011 y acuerdo plenario adoptado en sesión extraordinaria de organización
celebrada el día 23 de junio de 2011, por unanimidad de sus miembros presentes que
constituyen el quórum legal necesario, ACUERDA aprobar el Acta de la sesión celebrada el día
26 de Diciembre de 2015.
2. SOLICITUDES, INSTANCIAS Y RECURSOS
AYUDAS DE ACCION SOCIAL PARA PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO
Vista la propuesta presentada por los Delegados Sindicales del CSIF del personal laboral de
este Ayuntamiento relativa a los gastos a incluir dentro de las ayudas de acción social del año
2014, con arreglo a lo previsto en el Convenio Colectivo del personal laboral de este
Ayuntamiento, acompañada de la correspondiente documentación comprensiva de relación de
peticionarios, justificantes de la ayuda solicitad y valoración propuesta.
Examinada la documentación y analizada el contenido de la propuesta, la Junta de Gobierno
Local, en virtud de las competencias que le son atribuidas conforme a la Resolución de la
Alcaldía nº 216/2011, de 20 de junio de 2011, y acuerdo plenario adoptado en sesión
extraordinaria organizativa celebrada el día 23 de junio de 2011, por unanimidad de sus
miembros ACUERDA:
Conceder ayudas de acción social a las personas y por los importes que a continuación se
relacionan:
1.- JORGE CADENA GIL
2.- EVA MARTINEZ BARRERAS
3.- ARTURO GAJON BUIL
4.- MARIA JOSE YEBRA BALET
24,00 EUROS
246,00 EUROS
201,00 EUROS
246,00 EUROS
5.- OLGA CELMA JUSTE
6.- NURIA CADENA DOMINGO
7.- CARLOS MAS PARDINA
8.- RAMON GARCIA BONA
9.- MARIA PILAR ROSEL RUIZ
10.- ANA CRISTINA RODRIGUEZ FERNANDEZ
11.- SUSANA BERNAD AINA
12.- Mª PILAR DOMINGO FOLCH
13.- BEATRIZ PIMPINELA IZQUIERDO
14.- MARIA DEL MAR MARIN TORTAJADA
15.- ALICIA CARMONA MOZOTA
16.- ANA ROSES MONFORT
17.- ISABEL ARTAZCOZ URIBARRI
18.- PILAR PINILLA MARTINEZ
19.- SONIA PEREZ GIL
153,00 EUROS
246,00 EUROS
246,00 EUROS
123,00 EUROS
225,00 EUROS
78,00 EUROS
131,00 EUROS
131,00 EUROS
131,00 EUROS
98,00 EUROS
49,00 EUROS
159,00 EUROS
127,00 EUROS
246,00 EUROS
131,00 EUROS
Exp.- Regularización liquidaciones tasa por abastecimiento de agua domiciliaria y alcantarillado
casas 4 y 6 calle Sierra de Oriche por error en la instalación de contadores.
Visto el expediente seguido en este Ayuntamiento de regularización de las liquidaciones
tasa por abastecimiento de agua domiciliaria y alcantarillado casas 4 y 6 calle Sierra de Oriche
por error en la instalación de contadores.
Visto que la Junta de Gobierno Local en fecha cinco de Noviembre de dos mil catorce,
efectuó adoptó acuerdo de inicio de procedimiento de regularización con el siguiente contenido:
“Vista la instancia presentada por D.ª MARÍA BUÑUEL MARTÍNEZ, propietaria de la casa 4 de la calle
Sierra de Oriche, en relación a un posible error en las lecturas de agua potable de su vivienda, solicitando en su
caso, la devolución de las cantidades ingresadas de más en las liquidaciones de la tasa por abastecimiento de agua
domiciliaria, por corresponderse en realidad dichas lecturas, a la instalación que abastece a la casa 6 del mismo
inmueble, debido a un error en la rotulación de las casas a las cuales dichas instalaciones servían.
Visto que por parte de los Servicios Técnicos Municipales, se ha comprobado la efectiva discordancia entre
la rotulación dada a las respectivos conductos de abastecimiento, de tal modo que la instalación con contador nº
04820095, abastece a la casa 6, y no a la casa 4, tal y como está rotulado en el cuadro de contadores. Y de igual
modo, a la inversa, se ha comprobado que la instalación con contador nº 04820094, abastece a la casa 4 y no a la
casa 6, tal y como está rotulado en el cuadro de contadores.
Considerando que está Administración está facultada para rectificar sin más trámite los errores materiales
ocasionados al dictar sus actos, como en este caso supone la errónea instalación de los contadores, debiendo
procederse a la correcta rotulación de los respectivos conductos de abastecimiento, con las viviendas reales a las que
dan servicio, de tal modo que se impute correctamente el nº de contador correspondiente con el titular del contrato de
suministro de agua.
Considerando igualmente, que, además de la correcta rotulación de la instalación, debe procederse a
regularizar los pagos realizados por los tributos vinculados a los consumos de agua, que son la tasa por
abastecimiento de agua, la tasa por alcantarillado, con excepción del Impuesto sobre la Contaminación de las Aguas
(Canon de Saneamiento), que al ser un impuesto autonómico cuya competencia en materia de recaudación
corresponde exclusivamente a la Diputación General de Aragón y no a este municipio, la reclamación, en su caso, de
los ingresos indebidos, debe realizarse a dicho ente, sirviendo no obstante el presente acuerdo, prueba plena de los
hechos para que los interesados lo aporten en el procedimiento que inicien, en su caso.
Considerando, respecto a la regularización de las tasas municipales, que debe procederse en primer lugar a
la devolución de los ingresos realizados de más por la propietaria de la casa 4, D.ª MARÍA BUÑUEL MARTÍNEZ,
al resultar sus lecturas reales inferiores a las imputadas.
De este modo, dispone el artículo 221.3 de la Ley General Tributaria, que en caso de liquidaciones
tributarias firmes como el presente caso, está facultada para proceder a la devolución de ingresos indebidos
“promoviendo la revisión del acto mediante alguno de los procedimientos especiales de revisión establecidos en los
párrafos a), c) y d)”, procedimientos entre los que se encuentra la revocación, pudiendo la Administración revocar
sus actos en beneficio de los interesados cuando, como en este caso,“circunstancias sobrevenidas que afecten a una
situación jurídica particular pongan de manifiesto la improcedencia del acto dictado. No obstante, esta facultad tiene
como límite la devolución de aquellas liquidaciones que todavía no estuviesen prescritas, de conformidad con la Ley
General Tributaria, es decir, las liquidadas con posterioridad al segundo trimestre del año 2010, ascendiendo la
anulación a 583,56 euros, tal y como se refleja en la siguiente tabla:
Liquidaciones vinculadas al nº de contador 04820095:
Nº Liquidación
Periodo
10013190
11001864
11004187
97162011A100001642
87162011A100003791
87162012A100001441
87162012A100003778
87162012A100006134
87162012A100008492
87162013A100001401
87162013A100003763
87162013A100006132
87162013A100008707
87162014A100001327
87162014A100003921
87162014A100006296
87162014A100008694
3º Tr. 2010
4º Tr. 2010
1º Tr. 2011
2º Tr. 2011
3º Tr. 2011
4º Tr. 2011
1º Tr. 2012
2º Tr. 2012
3º Tr. 2012
4º Tr. 2012
1º Tr. 2013
2º Tr. 2013
3º Tr. 2013
4º Tr. 2013
1º Tr. 2014
2º Tr. 2014
3º Tr. 2014
TOTAL
Total Tributos Municipales
(Iva incluido)
66,26
31,03
28,7
35,78
39,75
30,25
28,13
34,23
54,79
28,5
28,1
34,36
32,46
29,29
28,1
26,52
27,31
583,56
Dado que la imputación que debería de haberse realizado a la propietaria de la casa 4, es la que se ha
realizado al propietario de la casa 6, la cual asciende a 356,92 euros, tal y como se refleja en la siguiente tabla, la
devolución de ingresos indebidos viene constituida por la diferencia entre los recibos pagados, 583,56 y los que
debería haberse pagado, 356,92 euros, por lo que debe proceder la devolución de 226,64 euros a favor de D.ª
MARÍA BUÑUEL MARTÍNEZ.
Liquidaciones vinculadas al nº de contador 04820094:
Nº Liquidación
Periodo
10013191
11001865
11004188
97162011A100000495
87162011A100002655
87162012A100000315
87162012A100002656
87162012A100005020
87162012A100007384
87162013A100001401
87162013A100002680
87162013A100005058
87162013A100007655
87162014A100000293
87162014A100002893
87162014A100005274
87162014A100007680
3º Tr. 2010
4º Tr. 2010
1º Tr. 2011
2º Tr. 2011
3º Tr. 2011
4º Tr. 2011
1º Tr. 2012
2º Tr. 2012
3º Tr. 2012
4º Tr. 2012
1º Tr. 2013
2º Tr. 2013
3º Tr. 2013
4º Tr. 2013
1º Tr. 2014
2º Tr. 2014
3º Tr. 2014
TOTAL
Total Tributos
Municipales (Iva incluido)
20,14
20,14
20,14
20,14
20,14
22,09
21,34
21,34
21,77
22,16
21,77
21,37
20,67
20,84
21,19
21,19
20,49
356,92
Considerando, por último, respecto al propietario de la casa 6, D. JOSE IGNACIO DE LUNA
MANGADO, cuyas lecturas reales han resultado ser superiores a las imputadas en las liquidaciones practicadas, que
la Administración, solo podrá practicar nuevas liquidaciones tributarias conforme al consumo real, previa anulación
de las anteriores liquidaciones tributarias firmes no prescritas y considerando que para proceder a esta anulación, ésta
deberá realizarse a través de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, previa declaración de lesividad al ser actos
que incurren en una causa de anulabilidad.
Expuesto cuanto antecede, la Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias que le son atribuidas
conforme a la Resolución de la Alcaldía nº 216/2011, de 20 de junio de 2011, y acuerdo plenario adoptado en sesión
extraordinaria organizativa celebrada el día 23 de junio de 2011, por unanimidad de sus miembros presentes que
constituyen el quórum legal necesario ACUERDA:
PRIMERO.- Ordenar a los Servicios Municipales procedan a la correcta rotulación de las casas a las que
dan servicio las instalaciones de suministro de agua domiciliaria, asignando a cada contador el número de casa a la
que efectivamente dan servicio de conformidad con lo previsto en el expositivo.
SEGUNDO.- Notificar el presente ACUERDO a la empresa adjudicataria del servicio de gestión del agua,
AQUARA, S.A., a fin de que proceda a asignar a D.ª MARÍA BUÑUEL MARTÍNEZ, titular del contrato de
suministro nº 3.683.434, el contador nº 04820094 y a D. JOSE IGNACIO DE LUNA MANGADO, titular del
contrato de suministro nº 3.682.113, el contador nº 04820095, practicando las sucesivas liquidaciones conforme a lo
expuesto en el presente acuerdo y conforme a las lecturas establecidas en sus respectivos contadores.
TERCERO.- Acordar el inicio del procedimiento de regularización de las liquidaciones de las tasas por
abastecimiento de agua domiciliaria y alcantarillado practicadas a los propietarios de las viviendas nº 4 y nº 6 de la
calle Sierra de Oriche, de conformidad con los procedimientos previstos y en los términos expuestos en el presente
acuerdo.
CUARTO.- Notificar el presente acuerdo a D.ª MARÍA BUÑUEL MARTÍNEZ y D. JOSE IGNACIO
DE LUNA MANGADO, a los efectos de que presenten los documentos y alegaciones que estimen convenientes, en
el plazo de quince días a partir del siguiente a la recepción de la presente notificación.
Visto que durante el periodo de audiencia a los interesados, se ha presentado alegación
por Dª María Buñuel Martínez en fecha dieciocho de Diciembre de dos mil catorce (nº de
entrada 3186), en cuyo suplico solicita no solo el reintegro de las cantidades indebidamente
ingresadas sino también los intereses de demora que se hubieren devengado hasta la fecha de
pago
Visto que la solicitud es conforme a Derecho, y considerando que el artículo 26.6 de la
Ley General Tributaria establece que “El interés de demora será el interés legal del dinero
vigente a lo largo del período en el que aquél resulte exigible, incrementado en un 25 por
ciento, salvo que la Ley de Presupuestos Generales del Estado establezca otro diferente.”,
como así ha venido estableciéndose en las sucesivas Leyes de Presupuestos Generales del
Estado.
Visto lo anterior, procede el reintegro de la cantidad indebidamente ingresada así como
los intereses de demora devengados conforme al siguiente detalle:
Periodo
Ingresado Devengado Diferencia
Fecha cargo
Fecha Dev.
Dias
Tipo
Interés
3º Tr. 2010
66,26
20,14
46,12
22/11/2010
01/01/2011
01/01/2012
01/01/2013
01/01/2014
01/01/2015
31/12/2010
31/12/2011
31/12/2012
31/12/2013
31/12/2014
12/01/2015
40
365
366
365
365
9
5,000
5,000
5,000
5,000
5,000
4,375
Total
0,25
2,31
2,31
2,31
2,31
0,07
9,56
4º Tr. 2010
31,03
20,14
10,89
15/02/2011
01/01/2012
01/01/2013
01/01/2014
31/12/2011
31/12/2012
31/12/2013
31/12/2014
320
366
365
365
5,000
5,000
5,000
5,000
0,48
0,54
0,54
0,54
01/01/2015 12/01/2015
9
4,375
Total
0,02
2,12
1º Tr. 2011
28,7
20,14
8,56
27/05/2011
01/01/2012
01/01/2013
01/01/2014
01/01/2015
31/12/2011
31/12/2012
31/12/2013
31/12/2014
12/01/2015
219
366
365
365
9
5,000
5,000
5,000
5,000
4,375
Total
0,26
0,43
0,43
0,43
0,01
1,56
2º Tr. 2011
35,78
20,14
15,64
08/09/2011
01/01/2012
01/01/2013
01/01/2014
01/01/2015
31/12/2011
31/12/2012
31/12/2013
31/12/2014
12/01/2015
115
366
365
365
9
5,000
5,000
5,000
5,000
4,375
Total
0,25
0,78
0,78
0,78
0,02
2,61
3º Tr. 2011
39,75
20,14
19,61
16/12/2011
01/01/2012
01/01/2013
01/01/2014
01/01/2015
31/12/2011
31/12/2012
31/12/2013
31/12/2014
12/01/2015
16
366
365
365
9
5,000
5,000
5,000
5,000
4,375
Total
0,04
0,98
0,98
0,98
0,03
3,01
4º Tr. 2011
30,25
22,09
8,16
29/02/2012
01/01/2013
01/01/2014
01/01/2015
31/12/2012
31/12/2013
31/12/2014
12/01/2015
307
365
365
9
5,000
5,000
5,000
4,375
Total
0,34
0,41
0,41
0,01
1,17
1º Tr. 2012
28,13
21,34
6,79
25/05/2012
01/01/2013
01/01/2014
01/01/2015
31/12/2012
31/12/2013
31/12/2014
12/01/2015
221
365
365
9
5,000
5,000
5,000
4,375
Total
0,20
0,34
0,34
0,01
0,89
2º Tr. 2012
34,23
21,34
12,89
05/10/2012
01/01/2013
01/01/2014
01/01/2015
31/12/2012
31/12/2013
31/12/2014
12/01/2015
88
365
365
9
5,000
5,000
5,000
4,375
Total
0,15
0,64
0,64
0,02
1,45
3º Tr. 2012
54,79
21,77
33,02
27/11/2012
01/01/2013
01/01/2014
01/01/2015
31/12/2012
31/12/2013
31/12/2014
12/01/2015
35
365
365
9
5,000
5,000
5,000
4,375
Total
0,16
1,65
1,65
0,05
3,51
4º Tr. 2012
28,5
22,16
6,34
22/02/2013 31/12/2013
01/01/2014 31/12/2014
01/01/2015 12/01/2015
313
365
9
5,000
5,000
4,375
Total
0,27
0,32
0,01
0,60
1º Tr. 2013
28,1
21,77
6,33
20/05/2013 31/12/2013
01/01/2014 31/12/2014
01/01/2015 12/01/2015
226
365
9
5,000
5,000
4,375
Total
0,20
0,32
0,01
0,53
2º Tr. 2013
34,36
21,37
12,99
13/08/2013 31/12/2013
01/01/2014 31/12/2014
01/01/2015 12/01/2015
141
365
9
5,000
5,000
4,375
Total
0,25
0,65
0,02
0,92
3º Tr. 2013
32,46
20,67
11,79
30/10/2013 31/12/2013
01/01/2014 31/12/2014
01/01/2015 12/01/2015
63
365
9
5,000
5,000
4,375
Total
0,10
0,59
0,02
0,71
4º Tr. 2013
29,29
20,84
8,45
12/02/2014 31/12/2014
01/01/2015 12/01/2015
323
9
5,000
4,375
Total
0,37
0,01
0,38
1º Tr. 2014
28,1
21,19
6,91
14/05/2014 31/12/2014
01/01/2015 12/01/2015
232
9
5,000
4,375
Total
0,22
0,01
0,23
2º Tr. 2014
26,52
21,19
5,33
04/08/2014 31/12/2014
01/01/2015 12/01/2015
150
9
5,000
4,375
Total
0,11
0,01
0,12
3º Tr. 2014
27,31
20,49
6,82
24/12/2014 31/12/2014
01/01/2015 12/01/2015
8
9
5,000
4,375
Total
0,01
0,01
0,02
583,56
356,92
226,64
TOTAL
29,39
Expuesto cuanto antecede, la Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias
que le son atribuidas conforme a la Resolución de la Alcaldía nº 216/2011, de 20 de junio de
2011, y acuerdo plenario adoptado en sesión extraordinaria organizativa celebrada el día 23 de
junio de 2011, por unanimidad de sus miembros presentes que constituyen el quórum legal
necesario ACUERDA:
PRIMERO.- Revocar, en beneficio del interesado Dª MARÍA BUÑUEL
MARTÍNEZ, las liquidaciones 10013190, 11001864, 11004187, 97162011A100001642,
87162011A100003791, 87162012A100001441, 87162012A100003778, 87162012A100006134,
87162012A100008492, 87162013A100001401, 87162013A100003763, 87162013A100006132,
87162013A100008707, 87162014A100001327, 87162014A100003921, 87162014A100006296
y 87162014A100008694, y de conformidad con lo expuesto en los antecedentes y con lo
establecido en el artículo 221 de la Ley General Tributaria, ordenar la devolución de 226,84
euros, en concepto de capital y 29,31 euros en concepto de intereses de demora devengados,
ascendiendo el total a la cantidad de 256,15 euros.
SEGUNDO.- Declarar lesivos para el interés público, las siguientes liquidaciones
10013191,
11001865,
11004188,
97162011A100000495,
87162011A100002655,
87162012A100000315, 87162012A100002656, 87162012A100005020, 87162012A100007384,
87162013A100001401, 87162013A100002680, 87162013A100005058, 87162013A100007655,
87162014A100000293, 87162014A100002893, 87162014A100005274, 87162014A100007680
que han sido practicadas a D. JOSÉ IGNACIO DE LUNA MANGADO, a fin de poder
solicitar su anulación y posterior cobro de la diferencia a la Jurisdicción Contencioso
Administrativa.
TERCERO.- Advertir a los interesados, que los anteriores acuerdos alcanzan su
eficacia únicamente respecto a las liquidaciones derivadas de la tasa por abastecimiento de agua
domiciliaria, por lo que cualquier recurso o reclamación que pretendan interponer los
interesados por las liquidaciones en concepto de canon de saneamiento, deberán dirigirse
exclusivamente al Gobierno de Aragón, único competente para la gestión, liquidación
inspección y recaudación de dicha tasa, sirviendo no obstante el presente acuerdo a los efectos
de que los interesados hagan valer sus derechos ante las instancias correspondientes
ÚLTIMO.- Contra el presente acuerdo podrá interponer recurso de reposición ante la
Junta de Gobierno Local en el término de un mes a contar del día siguiente al que reciba esta
notificación, entendiéndose desestimado si transcurre otro mes sin que se notifique su
resolución; además puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso Administrativo de Zaragoza en el plazo de dos meses contados a partir de la
notificación del presente acuerdo, todo ello sin perjuicio cualquier otro recurso o reclamación
que usted estime ejercitar.
Exp: 3265 /2014 Devolución fianza servicio espectáculos y actuaciones Fiestas Patronales 2014
Visto el escrito presentado por el representante legal de la sociedad LEYENDA, S.L.,
solicitando la devolución de la fianza depositada en su día e concepto de garantía definitiva, al
resultar adjudicatario del servicio de representante de espectáculos para las actividades
musicales y lúdicas en las fiestas patronales de María de Huerva, año 2014.
Considerando que con fecha 8 de Agosto de 2014 se ingresó en las cuentas municipales la
referida garantía por importe de 1.050,00 euros (MIL CINCUENTA EUROS) en concepto de
fianza por la adjudicación del contrato referido.
Considerando que, concluido el objeto del servicio referenciado, se ha comprobado que el
servicio se ejecutó correctamente por el adjudicatario, sin que esta Administración haya
efectuado reparo o reclamación alguna por el servicio contratado.
Expuesto cuanto antecede, la Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias que le son
atribuidas conforme a la Resolución de la Alcaldía nº 216/2011, de 20 de junio de 2011, y
acuerdo plenario adoptado en sesión extraordinaria organizativa celebrada el día 23 de junio de
2011, por unanimidad de sus miembros presentes que constituyen el quórum legal necesario
ACUERDA:
Primero.- Autorizar la devolución de la fianza depositada por LEYENDA, S.L. en concepto de
garantía definitiva por la adjudicación del contrato de servicio de representante de espectáculos
para las actividades musicales y lúdicas en las fiestas patronales de María de Huerva, año 2014,
ingresada en fecha 8 de Agosto de 2014, por importe de 1.050,00 euros (MIL CINCUENTA
EUROS), emitiendo orden de pago por el citado importe.
Segundo.- Notificar en forma el presente Acuerdo al interesado.
Último.- Contra el presente Acuerdo podrá interponer recurso de reposición ante la Junta de
Gobierno Local en el término de un mes a contar del día siguiente al que reciba esta
notificación, entendiéndose desestimado si transcurre otro mes sin que se notifique su
resolución; además puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso Administrativo de Zaragoza en el plazo de dos meses contados a partir de la
notificación del presente acuerdo, todo ello sin perjuicio cualquier otro recurso o reclamación
que usted estime ejercitar.
ACUERDO SOBRE TRATAMIENTO DE VEHICULO ABANDONADO
Vista la documentación obrante en el expediente municipal sobre tramitación del vehículo
abandonado que a continuación se relaciona:
-
Vehículo marca VOLVO modelo 440 GL, matricula HU-8526-I, cuyo propietario es
D. MANUEL FERNANDO PEREIRA RIBEIRO, con N.I.E. X-4783434-D,
domiciliado en la C/ Ramón y Cajal nº 19, piso 3º, pta. E, situado en la C/ Moncayo
nº 9 de María de Huerva.
Resultando fallida la comunicación personal al interesado, y una vez publicado en el
Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza nº 289, de fecha 18 de diciembre de 2014.
Expuesto cuanto antecede, la Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias
que le son atribuidas conforme a la Resolución de la Alcaldía nº 216/2011, de 20 de junio de
2011, y acuerdo plenario adoptado en sesión extraordinaria organizativa celebrada el día 23 de
junio de 2011, por unanimidad de sus miembros presentes que constituyen el quórum legal
necesario, ACUERDA:
Primero.- Considerar y tratar como residuo sólido urbano, conforme a la Ley 22/2011
de 28 de julio de Residuos y suelos contaminados, el vehículo matrícula HU-8526-I.
Segundo.- Contratar a la empresa DESGUACES ARAGON S.L., gestor de residuos
autorizado, para que retire y desguace el vehículo relacionado en el apartado primero.
Tercero.- Solicitar a la empresa DESGUACES ARAGON S.L. la expedición del
certificado acreditativo de la eliminación del precitado vehículo.
ACUERDO SOBRE TRATAMIENTO DE VEHICULO ABANDONADO
Vista la documentación obrante en el expediente municipal sobre tramitación del vehículo
abandonado que a continuación se relaciona:
-
Vehículo marca BMW modelo X3, matricula 8730 BNS, cuyo propietario es D. Jose
María R. J., domiciliado en C/ Juan Fuster Zaragoza 10, Benidorm.
Habiendo resultando fallida la comunicación personal al interesado, y habiéndose
publicado el edicto de notificación sustitutiva tanto en el Boletín Oficial de la Provincia de
Zaragoza como en el Tablón de edictos del último domicilio del interesado, tal y como consta
en la diligencia expedida por el Ayuntamiento de Benidorm.
Vista la imposibilidad de localización del propietario y considerando lo previsto en el
artículo 71 del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y
Seguridad Vial; Reglamento General de Circulación; Orden de 14 de febrero de 1974 del
Ministerio del Interior, y artículo 615 del Código Civil, el vehículo puede tener la consideración
de abandonado.
Expuesto cuanto antecede, la Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias
que le son atribuidas conforme a la Resolución de la Alcaldía nº 216/2011, de 20 de junio de
2011, y acuerdo plenario adoptado en sesión extraordinaria organizativa celebrada el día 23 de
junio de 2011, por unanimidad de sus miembros presentes que constituyen el quórum legal
necesario, ACUERDA:
PRIMERO.- Retírese el vehículo BMW, modelo X3, matricula 8730 BNS, por
considerarse abandonado, procediéndose a su depósito bajo custodia municipal.
SEGUNDO.- Dado que el titular del vehículo resulta ser desconocido, publíquese en el
Tablón de Anuncios y sitios de costumbre, edictos por plazo de quince días y en todo caso,
durante dos domingos consecutivos indicando la retirada y depósito del vehículo y su venta
posterior en pública subasta.
TERCERO.- Transcurridos ocho días, contados a partir de que se cumpla el plazo de
quince días desde el siguiente al de la inserción del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la
Provincia, sin haberse presentado el dueño del vehículo, se procederá a su venta en pública
subasta.”
3. LICENCIAS
Exp. 3128/2014 Licencia de baden
Vistos los antecedentes obrantes en el expediente instruido a instancia de Dª MARGARITA
SILVIA LAMARCA LALANZA, solicitando licencia municipal de BADEN para la entrada de
garaje sita en Calle Río Ebro, correspondiente a la finca urbana con emplazamiento en Calle Río
Esera nº 2, casa 39, de esta localidad.
Visto el informe favorable emitido por los servicios técnicos municipales.
Expuesto cuanto antecede, la Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias que le son
atribuidas conforme a la Resolución de la Alcaldía nº 216/2011, de 20 de junio de 2011, y
acuerdo plenario adoptado en sesión extraordinaria organizativa celebrada el día 23 de junio de
2011, por unanimidad de sus miembros ACUERDA:
PRIMERO.- Conceder a Dª MARGARITA SILVIA LAMARCA LALANZA, licencia
municipal para la utilización común especial del dominio público consistente en autorización de
BADEN para la entrada de garaje sita en Calle Río Ebro, correspondiente a la finca urbana con
emplazamiento en Calle Río Esera nº 2, casa 39, de esta localidad.
SEGUNDO.- Ordenar se proceda a la liquidación con arreglo a las Ordenanzas vigentes de los
impuestos y tasas, que se generen con ocasión del otorgamiento de la presente licencia.
TERCERO.- La presente licencia tiene carácter de precario, pudiendo ser revocada por la
Administración Municipal por razones de interés público, sin derecho a indemnización,
(artículo 80.4 del Decreto 347/2002, de 17 de noviembre del Gobierno de Aragón).
CUARTO.- La autorización que implica la presente licencia está sujeta al pago anual de la Tasa
Municipal por Utilización Privativa de la Vía Pública, con Pasos y Badenes, conforme a las
tarifas vigentes en la correspondiente Ordenanza Fiscal.
QUINTO.- A los efectos de obtención de la licencia y la oportuna placa municipal, se deberá
acreditar con carácter previo en las Oficinas Municipales el pago de la Tasa y Placa
correspondiente, de conformidad a la Ordenanza Fiscal aprobada por este Ayuntamiento.
SEXTO.- A la presente licencia le corresponde la placa municipal nº 474 de reserva de badén, a
ubicar en la entrada de garaje sita en Calle Río Ebro, correspondiente a la finca urbana con
emplazamiento en Calle Río Esera nº 2, casa 39, de esta localidad.
SEPTIMO.- Una vez efectuada la colocación de la placa deberá ponerlo en conocimiento de los
servicios municipales a los efectos de su comprobación y alta en el Padrón Municipal de la
“Tasa por Utilización Privativa de la Vía Pública con Pasos, Badenes y Reservas de Espacios en
la Calzada.”
OCTAVO.- Notificar en forma el presente ACUERDO al interesado.
ULTIMO.- Contra el presente acuerdo podrá interponer recurso de reposición ante la Junta de
Gobierno Local en el término de un mes a contar del día siguiente al que reciba esta
notificación, entendiéndose desestimado si transcurre otro mes sin que se notifique su
resolución; además puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso Administrativo de Zaragoza en el plazo de dos meses contados a partir de la
notificación del presente acuerdo, todo ello sin perjuicio cualquier otro recurso o reclamación
que usted estime ejercitar.
Expe. 3132/2014 Licencia obras
Vistos los antecedentes obrantes en el expediente incoado a instancia de Dª Silvia García
Procas, en solicitud de licencia municipal de OBRAS MENORES, para las obras consistentes
en la reforma de cocina de la vivienda con emplazamiento en la Calle Los Alamos 48, en los
términos descritos por el solicitante.
Visto el informe favorable emitido por los servicios técnicos municipales.
Expuesto cuanto antecede, la Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias que le son
atribuidas conforme a la Resolución de la Alcaldía nº 216/2011, de 20 de junio de 2011, y
acuerdo plenario adoptado en sesión extraordinaria organizativa celebrada el día 23 de junio de
2011, por unanimidad de sus miembros ACUERDA:
Primero.- Conceder Licencia municipal a Dª SILVIA GARCIA PROCAS para las obras
consistentes en la reforma de cocina de la vivienda con emplazamiento en la Calle
Los Alamos nº 48, en los términos descritos por el solicitante.
Segundo.- Ordenar se proceda a la liquidación con arreglo a las Ordenanzas vigentes de los
impuestos y tasas, que se generen con ocasión del otorgamiento de la presente
licencia.
Tercero.- Advertir al interesado que si en el transcurso de la ejecución de las obras, se
decidiese ampliar su contenido o las mismas afectasen a elementos estructurales,
tales como cimientos, muros de carga, pilares, vigas, escaleras, estructura de
cubierta, etc. se deberá solicitar nueva licencia de obras y aportar, en el segundo
caso, la documentación técnica suficiente para la ejecución de las mismas, suscrita
por técnico competente y visada por el colegio oficial correspondiente.
Cuarto.- El titular de las obras y subsidiariamente el encargado de las mismas, facilitará el
acceso del personal municipal autorizado en las obras, a fin de controlar la fiel
ejecución de las mismas con referencia a la Licencia concedida.
Quinto.- Las obras se realizarán en horario comprendido entre las 8,00 y las 18,00 horas
de lunes a jueves, y los viernes de 08,00 h. a 15,00 h., quedando terminantemente
prohibido cualquier trabajo que pueda afectar a la vía pública e instalaciones
municipales desde las 15,00 h. del viernes hasta las 08,00 h. del lunes, debiendo
adoptarse las mayores medidas de seguridad para las personas y las cosas, así como
evitar en lo posible la producción de ruidos y polvo.
Sexto.-
No obstante, esta Licencia de Obras no otorga al titular de la misma derecho a ocupar
la vía pública, debiendo para ello solicitar autorización municipal.
La ocupación de la vía sin autorización o licencia municipal se encuentra
totalmente prohibida, no pudiéndose depositar materiales de construcción,
máquinas-herramientas, andamios etc, en la vía pública que impiden el transito
peatonal o de vehículos.
Séptimo.- En el caso de que sea necesario colocar un contenedor de recogida de escombros en
la vía pública se deberá solicitar por escrito al Ayuntamiento indicando los días
estimados de ocupación de la vía y el lugar exacto de su ubicación.
Octavo.- La presente Licencia de Obras, se entenderá otorgada salvo el derecho de propiedad
y sin perjuicio de tercero.
Noveno.- Se señala el plazo de DOCE MESES para dar inicio a las obras proyectadas por el
solicitante de la LICENCIA, transcurrido el mismo sin que medie causa justificada,
quedará CADUCADA la licencia.
No obstante, por causa justificada y por una sola vez, podrá solicitarse la prórroga de
una licencia en vigor para un nuevo periodo de DOCE MESES.
Si una vez comenzadas las obras quedaran interrumpidas durante un periodo superior a
seis meses, se podrá solicitar prórroga de seis meses por una sola vez y por causa
justificada.
Las prórrogas deberán solicitarse antes de que finalicen los plazos respectivos.
En ninguno de los dos casos se tendrá derecho a indemnización alguna, ni a
devolución del importe del Impuesto pagado.
La presente Licencia de Obras, sólo podrá ser transmitida, previa solicitud ante el
Ayuntamiento, y acuerdo expreso del mismo concediendo tal transmisión.
Décimo.- Notificar en forma el presente ACUERDO al interesado.
Ultimo.- Contra el presente acuerdo podrá interponer recurso de reposición ante la Junta de
Gobierno Local en el término de un mes a contar del día siguiente al que reciba esta
notificación, entendiéndose desestimado si transcurre otro mes sin que se notifique
su resolución; además puede interponer recurso contencioso administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Zaragoza en el plazo de dos meses
contados a partir de la notificación del presente acuerdo, todo ello sin perjuicio
cualquier otro recurso o reclamación que usted estime ejercitar
Expe. 3108/2014 Licencia obras
Vistos los antecedentes obrantes en el expediente incoado a instancia de Dª Victoria I.
Rodríguez Pardos, actuando como administradora de la Comunidad de Propietarios Pleyades II,
en solicitud de licencia municipal de OBRAS MENORES, para las obras consistentes en la
pintura de triángulos de la fachada exterior de las viviendas que comprenden la Comunidad de
Propietarios con emplazamiento en la Calle Maladeta nº 20, en los términos descritos por el
solicitante.
Visto el informe favorable emitido por los servicios técnicos municipales.
Expuesto cuanto antecede, la Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias que le son
atribuidas conforme a la Resolución de la Alcaldía nº 216/2011, de 20 de junio de 2011, y
acuerdo plenario adoptado en sesión extraordinaria organizativa celebrada el día 23 de junio de
2011, por unanimidad de sus miembros ACUERDA:
Primero.- Conceder Licencia municipal a la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS LAS
PLEYADES II para las obras consistentes en la pintura de triángulos de la fachada
exterior de las viviendas que comprenden la Comunidad de Propietarios con
emplazamiento en la Calle Maladeta nº 20, en los términos descritos por el
solicitante.
La obra a realizar consiste en la realización de labores de mantenimiento en los
hastiales de fachada lateral.
Segundo.- Ordenar se proceda a la liquidación con arreglo a las Ordenanzas vigentes de los
impuestos y tasas, que se generen con ocasión del otorgamiento de la presente
licencia.
Tercero.- Advertir al interesado que si en el transcurso de la ejecución de las obras, se
decidiese ampliar su contenido o las mismas afectasen a elementos estructurales,
tales como cimientos, muros de carga, pilares, vigas, escaleras, estructura de
cubierta, etc. se deberá solicitar nueva licencia de obras y aportar, en el segundo
caso, la documentación técnica suficiente para la ejecución de las mismas, suscrita
por técnico competente y visada por el colegio oficial correspondiente.
Cuarto.- El titular de las obras y subsidiariamente el encargado de las mismas, facilitará el
acceso del personal municipal autorizado en las obras, a fin de controlar la fiel
ejecución de las mismas con referencia a la Licencia concedida.
Quinto.- Las obras se realizarán en horario comprendido entre las 8,00 y las 18,00 horas
de lunes a jueves, y los viernes de 08,00 h. a 15,00 h., quedando terminantemente
prohibido cualquier trabajo que pueda afectar a la vía pública e instalaciones
municipales desde las 15,00 h. del viernes hasta las 08,00 h. del lunes, debiendo
adoptarse las mayores medidas de seguridad para las personas y las cosas, así como
evitar en lo posible la producción de ruidos y polvo.
Sexto.-
No obstante, esta Licencia de Obras no otorga al titular de la misma derecho a ocupar
la vía pública, debiendo para ello solicitar autorización municipal.
La ocupación de la vía sin autorización o licencia municipal se encuentra
totalmente prohibida, no pudiéndose depositar materiales de construcción,
máquinas-herramientas, andamios etc, en la vía pública que impiden el transito
peatonal o de vehículos.
Séptimo.- En el caso de que sea necesario colocar un contenedor de recogida de escombros en
la vía pública se deberá solicitar por escrito al Ayuntamiento indicando los días
estimados de ocupación de la vía y el lugar exacto de su ubicación.
Octavo.- La presente Licencia de Obras, se entenderá otorgada salvo el derecho de propiedad
y sin perjuicio de tercero.
Noveno.- Se señala el plazo de DOCE MESES para dar inicio a las obras proyectadas por el
solicitante de la LICENCIA, transcurrido el mismo sin que medie causa justificada,
quedará CADUCADA la licencia.
No obstante, por causa justificada y por una sola vez, podrá solicitarse la prórroga de
una licencia en vigor para un nuevo periodo de DOCE MESES.
Si una vez comenzadas las obras quedaran interrumpidas durante un periodo superior a
seis meses, se podrá solicitar prórroga de seis meses por una sola vez y por causa
justificada.
Las prórrogas deberán solicitarse antes de que finalicen los plazos respectivos.
En ninguno de los dos casos se tendrá derecho a indemnización alguna, ni a
devolución del importe del Impuesto pagado.
La presente Licencia de Obras, sólo podrá ser transmitida, previa solicitud ante el
Ayuntamiento, y acuerdo expreso del mismo concediendo tal transmisión.
Décimo.- Notificar en forma el presente ACUERDO al interesado.
Ultimo.- Contra el presente acuerdo podrá interponer recurso de reposición ante la Junta de
Gobierno Local en el término de un mes a contar del día siguiente al que reciba esta
notificación, entendiéndose desestimado si transcurre otro mes sin que se notifique
su resolución; además puede interponer recurso contencioso administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Zaragoza en el plazo de dos meses
contados a partir de la notificación del presente acuerdo, todo ello sin perjuicio
cualquier otro recurso o reclamación que usted estime ejercitar.
Exp. . Licencia de ocupación de vía pública
Vistos los antecedentes obrantes en el expediente instruido a instancia de Ud., en representación
de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS LAS PLEYADES II, por instancia que antecede de
fecha 16 de diciembre de 2014, solicitando autorización municipal para la colocación de un
andamio en la vía pública en terrenos de uso público local en el nº 20 de Calle Maladeta, con el
fin de asistir a las obras de pintura de fachada exterior de los inmuebles sito en Calle Maladeta
20, de esta localidad.
Visto el informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales.
Expuesto cuanto antecede, la Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias que le son
atribuidas conforme a la Resolución de la Alcaldía nº 216/2011, de 20 de junio de 2011, y
acuerdo plenario adoptado en sesión extraordinaria organizativa celebrada el día 23 de junio de
2011, por unanimidad de sus miembros presentes que constituyen el quórum legal necesario
ACUERDA:
PRIMERO.- Conceder a la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS LAS PLEYADES II,
autorización para ocupar por un día un andamio de 3,00 m2 la altura del nº 20 de Calle
Maladeta, con el fin de asistir a las obras de pintura de fachada exterior de los inmuebles sitos
en Calle Maladeta 20, de esta localidad.
SEGUNDO.- Se balizará y señalizará el elemento convenientemente.
TERCERO.- La presente licencia tiene carácter temporal, siendo revocable por motivos de
interés público en cualquier momento, sin derecho a ninguna indemnización.
CUARTO.- Dado que la ocupación es en la calle peatonal, se deberán tomar las suficientes
medidas que garanticen la seguridad tanto de las personas como de las cosas. En la implantación
se evitará obstruir los accesos a las parcelas próximas.
QUINTO.- La autorización que implica la presente licencia está sujeta al pago de las tasas
municipales de ocupación de la vía pública cuya liquidación provisional deberá abonarse con
carácter previo a la obtención de la presente licencia.
SEXTO.- Sin perjuicio de lo estipulado en el punto anterior, a los efectos de la liquidación
definitiva de la tasa deberá comunicar a este Ayuntamiento la fecha exacta de la baja de
dicho aprovechamiento, cuya comprobación se efectuará por los servicios municipales. La no
presentación de la baja, determinará la obligación de continuar abonando la tasa municipal.
SEPTIMO.- Notificar en forma al interesado el presente ACUERDO.
ÚLTIMO.- Contra el presente Acuerdo podrá interponer recurso de reposición ante la Junta de
Gobierno Local en el término de un mes a contar del día siguiente al que reciba esta
notificación, entendiéndose desestimado si transcurre otro mes sin que se notifique su
resolución; además puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso Administrativo de Zaragoza en el plazo de dos meses contados a partir de la
notificación del presente acuerdo, todo ello sin perjuicio cualquier otro recurso o reclamación
que usted estime ejercitar.
Exp. 3252/2014.- Comunicación Previa Cambio de titularidad “Carnicería Ramón y Cajal, 1”
Vista la instancia presentada por D. Iván Julián Arcos, en representación de Cárnicas
Alejandro, S.C. comunicando el cambio de titularidad en la actividad destinada a Carniceríacharcutería, que se desarrollará en domicilio sito en Calle Ramón y Cajal, nº 1, de esta
localidad, cuyo titular anterior era la mercantil Hermanos Inglés Casas, S.L.
Considerando lo dispuesto en la Ley 7/19885 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, la Ley 7/1999 de Administración Local de Aragón desarrollada por Reglamento
de Bienes, Actividades, Obras y Servicios de las entidades Locales de Aragón, y la Ley 7/2006
de Protección Ambiental de Aragón, al tener la actividad la consideración de clasificada.
Examinada la documentación acompañada a la solicitud y analizado el contenido de la
propuesta, la Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias que le son atribuidas
conforme a la Resolución de la Alcaldía nº 216/2011, de 20 de junio de 2011, y acuerdo
plenario adoptado en sesión extraordinaria organizativa celebrada el día 23 de junio de 2011,
por unanimidad de sus miembros ACUERDA:
PRIMERO.- Tomar conocimiento del cambio de titularidad de la actividad, presentado
por D. Iván Julián Arcos, en representación de Cárnicas Alejandro, S.C, que se desarrollará en
domicilio sito en Calle Ramón y Cajal, nº 1, de esta localidad.
SEGUNDO.- Ordenar se proceda a la liquidación con arreglo a las Ordenanzas vigentes
de los impuestos y tasas, que se generen con ocasión de la presente toma de conocimiento.
TERCERO.- El presente acuerdo se otorga a salvo del derecho de propiedad y sin
perjuicio de tercero.
CUARTO.- Los derechos que se transmiten con el presente acuerdo se circunscriben
exclusivamente a lo autorizado en la licencia de origen. Cualquier nueva actuación o
modificación en la propiedad o en la actividad, así como cualesquiera otras autorizaciones o
licencias que fueran necesarias para el ejercicio de la actividad, no solicitadas en su momento
por el transmitente, requerirán del correspondiente título habilitante urbanístico, o de la
autorización o licencia correspondiente.
QUINTO.- Notificar en forma el presente Acuerdo al interesado para su conocimiento
y efectos consiguientes.
Último.- Contra el presente acuerdo podrá interponer recurso de reposición ante la Junta
de Gobierno Local en el término de un mes a contar del día siguiente al que reciba esta
notificación, entendiéndose desestimado si transcurre otro mes sin que se notifique su
resolución; además puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso Administrativo de Zaragoza en el plazo de dos meses contados a partir de la
notificación del presente acuerdo, todo ello sin perjuicio cualquier otro recurso o reclamación
que usted estime ejercitar.”
4. CONTRATACIÓN
ACUERDO
REFORMULACION SOLICITUD AYUDA EN EL AMBITO DEL
GABINETE DE PRESIDENCIA DE D.P.Z.
Vista la solicitud de ayuda económica presentada por este ayuntamiento dentro de la
convocatoria de las Ayudas en el ámbito del Gabinete de la Presidencia del ejercicio 2014, para
la actuación denominada “CONVERSIÓN DE PISTA DEPORTIVA CUBIERTA EN
POLIDEPORTIVO MUNICIPAL”, cuyo presupuesto total ascendía a la cantidad de
570.424,31 €.
Visto que por Decreto de Presidencia de la Diputación Provincial de Zaragoza nº 5667 de fecha
30 de diciembre de dos mil catorce, ha sido concedida a este Ayuntamiento una subvención
dentro de la convocatoria de las Ayudas en el ámbito del Gabinete de la Presidencia del
ejercicio 2014, para la actuación denominada “CONVERSIÓN DE PISTA DEPORTIVA
CUBIERTA EN POLIDEPORTIVO MUNICIPAL”, por un importe de 150.000,00 € para un
presupuesto de 570.424,31 €.
Resultando que tras el oportuno procedimiento de licitación de dichas obras, éstas fueron
adjudicadas a la U.T.E. CONSTRUCCIONES MARIANO LOPEZ NAVARRO S.A.U. Y
URBYMA, por un importe de 320.327,33 euros, IVA excluido, que sumado el IVA legalmente
aplicable (67.268,74 €), supone un total de 387.596,07 euros.
Considerando lo dispuesto en la base séptima reguladora de la convocatoria de ayudas en el
ámbito del Gabinete de Presidencia para el ejercicio 2014, aprobadas por Decreto núm 119, de
fecha 21 de enero de 2014.
Visto cuanto antecede la Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias que le son
atribuidas conforme a la Resolución de la Alcaldía nº 216/2011, de 20 de junio de 2011, y
acuerdo plenario adoptado en sesión extraordinaria organizativa celebrada el día 23 de junio de
2011, por unanimidad de sus miembros presentes que constituyen el quórum legal necesario
ACUERDA:
PRIMERO.- Efectuar la reformulación de la solicitud presentada con fecha 30 de julio de
2014, dentro de la convocatoria de las Ayudas en el ámbito del Gabinete de la Presidencia del
ejercicio 2014, para la actuación denominada “CONVERSIÓN DE PISTA DEPORTIVA
CUBIERTA EN POLIDEPORTIVO MUNICIPAL, en relación al presupuesto de obras, cuyo
importe de adjudicación, tras el procedimiento de contratación efectuado, asciende a la cantidad
de 387.596,07 euros, conservando el importe de 150.000,00 € de la subvención concedida.
SEGUNDO.- Dar traslado de dicho cuerdo a la Excma Diputación de Zaragoza.
TERCERO.- Facultar a la Sra Alcaldesa-Presidenta para suscribir y firmar cuantos documentos
sean necesarios en ejecución de este acuerdo.
Exp: Ob-04-2014
APROBACIÓN PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD
Visto el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo correspondiente a las obras de
“CONVERSIÓN DE PISTA DEPORTIVA CUBIERTA EN POLIDEPORTIVO MUNICIPAL,
FASE I”, constando Informe satisfactorio de dicho Plan por parte del arquitecto técnico D. Luis
Maluenda Pellicer, en su condición de coordinador de Seguridad y Salud durante la ejecución de
las obras.
Expuesto cuanto antecede, la Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias
que le son atribuidas conforme a la Resolución de la Alcaldía nº 216/2011, de 20 de junio de
2011, y acuerdo plenario adoptado en sesión extraordinaria organizativa celebrada el día 23 de
junio de 2011, por unanimidad de sus miembros ACUERDA:
PRIMERO.- Aprobar el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo correspondiente a las
obras de “CONVERSIÓN DE PISTA DEPORTIVA CUBIERTA EN POLIDEPORTIVO
MUNICIPAL, FASE I”.
SEGUNDO.- Expedir certificado del presente Acuerdo para que el contratista de las
referidas obras, U.T.E CONSTRUCCIONES MARIANO LOPEZ NAVARRO S.A.U. Y
URBYMA, lo haga valer a los efectos legales que procedan
5. APROBACION BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS
SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN DE UN PUESTO VACANTE DE OFICIAL DE
POLICÍA LOCAL Y DE DOS PUESTOS DE POLICIA LOCAL DEL
AYUNTAMIENTO DE MARÍA DE HUERVA A CUBRIR MEDIANTE MOVILIDAD
INTERADMINISTRATIVA, ABIERTO A FUNCIONARIOS DE LAS POLICÍAS
LOCALES EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN.
Visto que por Providencia de alcaldía de fecha 2 de Enero de 2015 se declaró la necesidad de
efectuar la provisión de una plaza de oficial de policía local y de dos puestos de policía local del
ayuntamiento de María de Huerva cuya cobertura se considera necesaria en atención a la
próxima creación del servicio cuya aprobación definitiva se acordó en sesión extraordinaria del
Pleno de fecha 29 de Diciembre de 2014.
Visto el Informe de Secretaría sobre la legislación aplicable y el procedimiento a seguir y vista
la Providencia de Alcaldía de fecha 9 de Enero de 2014 ordenando que por parte de la Secretaría
se proceda redactar las bases de la convocatoria.
Vistas las Bases generales que habrán de regir las pruebas selectivas para la provisión de los
citados puestos.
Examinada la documentación y analizado el contenido de la propuesta, la Junta de Gobierno
Local, en virtud de las competencias que le son atribuidas conforme a la Resolución de la
Alcaldía nº 216/2011, de 20 de junio de 2011, y acuerdo plenario adoptado en sesión
extraordinaria organizativa celebrada el día 23 de junio de 2011, por unanimidad de sus
miembros ACUERDA:
PRIMERO.- Aprobar las bases reguladoras y convocar las pruebas selectivas que han de regir
la provisión de un puesto vacante de oficial de policía local y de dos puestos de policía local del
ayuntamiento de María de Huerva, a cubrir mediante movilidad interadministrativa, abierto a
funcionarios de las policías locales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón y
convocar
SEGUNDO.- Publicar el anuncio de la convocatoria y las bases reguladoras en el Boletín
Oficial de la Provincia y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento.
No habiendo más asuntos que tratar la Sra. Alcaldesa levanta la sesión siendo las catorce horas,
de lo que doy fe.