Preguntas Frecuentes para el ejercicio de Evaluación de la

“2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón”
Versión actualizada al 10 de agosto de 2015
Preguntas Frecuentes para el ejercicio de Evaluación de la
Suficiencia de Capital 2015-2017
Consideraciones del Ejercicio
*¿Se deberán entregar el formulario y el documento con información cualitativa de las proyecciones
así como, en su caso, el Plan de Acción, aprobado por el Consejo de Administración, en la primera
entrega señalada en el manual?
R. En la primera entrega (denominada en el Manual como “Llenado de Formularios y Entrega a la
CNBV”) no es necesario enviar el “Documento con Información Cualitativa” ni, en su caso, el Plan
de Acción, sino sólo el formulario con las proyecciones para que la CNBV realice una primera revisión
estructural del mismo; validando algunos aspectos como: que el formulario esté completo, que la
información sea coherente y consistente con las variables macroeconómicas, entre otros.
Para la entrega definitiva, una vez finalizada la fase denominada en el Manual como “Corrección de
Formularios” que incorpora los comentarios y correcciones señalados por la CNBV, se deberán
entregar el formulario con las proyecciones financieras, el “Documento con Información Cualitativa”
y el Plan de Acción (en caso de resultar aplicable) con la rúbrica del Director General y la aprobación
del Consejo de Administración.
Lo anterior tiene como fundamento el artículo 2 Bis 117 g de las Disposiciones de Carácter General
Aplicables a las Instituciones de Crédito.
Sección: Proyecciones Financieras
*¿Cuál es el criterio para definir la Cartera a MiPyMes?
R. Dicho criterio está en función de la metodología empleada para la calificación y la constitución de
estimaciones preventivas para riesgos crediticios, misma que se tomó como base para la generación de
los vectores de pérdida esperada. Dentro de dicha categoría deben considerarse los créditos calificados
de acuerdo al R04 C-0464; es decir, aquellos a cargo de personas morales y físicas con actividad
empresarial con ventas netas o ingresos netos anuales menores a 14 millones de Udis, distintas de
entidades federativas, municipios y entidades financieras.
*¿Dónde se deben revelar las operaciones que se registran en cuentas de orden?
R. Dado que existen transacciones que pueden tener afectaciones tanto en cuentas de orden como en
el Balance General (v.g. Cartas de Crédito), será necesario que las instituciones sólo revelen las
Cuentas de Orden para los trimestres proyectados dentro del “Documento con Información
Cualitativa” (detallado en la sección 3.6 del Manual) y no en el formulario. Se solicita que se lleve a
cabo lo anterior empleando el siguiente formato:
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Insurgentes Sur 1971, Torre Sur piso 10, Plaza Inn, Col. Guadalupe Inn, C.P. 01020, Delegación Álvaro Obregón, México, D.F.,
Tel.: 5255 1454 6000 www.cnbv.gob.mx
“2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón”
Cuentas de Orden Totales
Operaciones por Cuenta de Terceros
Bienes en Fideicomiso y Mandato
Bienes en Custodía o Administración
Operaciones de Banca de Inversión por Cuenta de Terceros
Operaciones por Cuenta Propia
Colaterales Recibidos por la Entidad
Colaterales Recibidos y Vendidos o Entregados en Garantía por la Entidad
Otras Cuentas de Orden
Es recomendable desglosar el rubro de “Otras Cuentas de Orden” de tal forma que sea más fácil
identificar el tipo de transacción registrada.
*¿En qué parte del balance se deben reportar los deudores y acreedores por reporto?
R. Al igual que en el ejercicio del año anterior, tanto los deudores como acreedores por reporto se
deben reportar en la cuenta “Otras operaciones con valores y derivados” de activo o pasivo según
corresponda.
Sección: Libro Actual
*¿En la sección “Perfil de vencimiento libro actual” cuál es el criterio para determinar la amortización
de la cartera vigente de los créditos de Consumo Revolvente?
R. Creemos que cada institución tiene mayores elementos, con base en su operación diaria, para
determinar una tasa de cancelación o vencimiento de líneas de crédito revolvente para el horizonte
temporal solicitado en el ejercicio. En su defecto, se puede reportar un perfil de vencimiento nulo en
caso de que para la institución sea factible alcanzarlo. Y se solicita una breve descripción de los
supuestos asumidos por la institución para la amortización de este tipo de cartera dentro del
“Documento con Información Cualitativa de las Proyecciones”.
Sección: Libro Nuevo
*¿En qué parte deben reportarse los créditos a tasa variable que estén referenciados a tasa LIBOR?
R. Al no existir una celda específica para estos créditos, se deberá reportar una tasa variable como
“spread” de la TIIE 28 días. Lo anterior se puede construir considerando una tasa ponderada de la
cartera que tengan referenciada a TIIE y LIBOR. Es decir, si el 10% de la cartera está referenciada a
LIBOR, entonces se debe calcular un estimado de diferencial en relación con la TIIE 28 días y ponderar
ese 10% sobre la tasa que se indique en la sección de “spread” respecto de la TIIE 28 días. La tasa antes
calculada será empleada para evaluar el margen y los ingresos por intereses de dicha cartera, de manera
que es importante que exista consistencia entre dichos conceptos al interior de las proyecciones, todo
ello apegándose a la propia operación de negocio del banco.
Es importante incluir un comentario con las consideraciones y supuestos relevantes tomados por la
institución dentro del “Documento con Información Cualitativa” que acompaña a las proyecciones.
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Insurgentes Sur 1971, Torre Sur piso 10, Plaza Inn, Col. Guadalupe Inn, C.P. 01020, Delegación Álvaro Obregón, México, D.F.,
Tel.: 5255 1454 6000 www.cnbv.gob.mx
“2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón”
*¿En qué parte deben reportarse los créditos denominado en dólares?
R. Dichos créditos se deben reportar por el tipo de cartera correspondiente que se encuentra dentro
del formulario. Cabe destacar que el monto debe ser expresado en pesos (MXN) para no afectar
significativamente el cálculo de los intereses. En caso de contar con cartera del mismo tipo colocada
en pesos (MXN), se deberá generar una tasa ponderada expresada en pesos (MXN) para el cálculo del
ingreso por intereses (Ver pregunta anterior).
Es importante incluir un comentario con las consideraciones y supuestos tomados por la institución
dentro del “Documento con Información Cualitativa” que acompaña a las proyecciones.
Sección: Riesgo de Crédito
*¿Cuál es el criterio para determinar el flujo de Cartera Vencida a Cartera Vigente?
R. Para el ejercicio 2015, la sección “Flujo de vencido a vigente” deberá llenarse con ceros. Lo anterior
obedece a que no se considerará una tasa de CURA, pues se asumirá que la severidad de la pérdida ya
incorpora dicho efecto.
*¿Cómo se debe interpretar o aplicar en el formulario la fórmula de Quitas y Castigos del trimestre
que se encuentra en la página 20 del manual?
R. Las IBM deben determinar el flujo trimestral correspondiente a Quitas y Castigos por sí mismas,
atendiendo a la propia operación de negocio del banco. La fórmula contenida en el manual es una
descripción de la validación que la CNBV realizará para determinar si el cálculo de la cartera vencida
es correcto.
Para ilustrar lo anterior, incluimos el siguiente ejemplo:
Cartera del Trimestre Anterior
Flujo a Vencido del Trimestre
Tasa de Quitas y Castigos del Trimestre (%)
Flujo de Quitas y Castigos del Trimestre ($)
$1,000
$80
2%
$21.6
Las IBM proporcionarán todos los insumos con base en sus proyecciones. Adicionalmente, en el
ejercicio 2015 no habrá flujo de vencido a vigente (tasa de cura) por lo que dicha sección (fila 24 a 34)
de la hoja “Riesgo Crédito” deberá ser rellenada con ceros.
Donde puede existir confusión es en el dato de las Quitas y Castigos (QyC) tanto en flujo como en
porcentaje. Sin embargo, esperamos que les sea más fácil a las instituciones proyectar con base en su
presupuesto el flujo trimestral de las QyC, que en el caso del ejercicio sería $21.6; el cuál debe de ser
coherente con la Tasa de QyC que se puede determinar como:
Dicho valor se obtiene del despeje de la Tasa QyC (%) dentro de la fórmula contenida en la página 20
del manual. En caso de resultar más sencillo determinar la Tasa de QyC se puede utilizar dicha fórmula
para calcular el flujo.
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Insurgentes Sur 1971, Torre Sur piso 10, Plaza Inn, Col. Guadalupe Inn, C.P. 01020, Delegación Álvaro Obregón, México, D.F.,
Tel.: 5255 1454 6000 www.cnbv.gob.mx
“2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón”
NOTA: La sección “Flujo de quitas y castigos (trimestral)” de la hoja “Riesgo Crédito” tiene un
error en el formato, éste deberá ser cambiado para que las cifras reportadas estén expresadas en
millones de pesos.
Sección: Riesgo de Mercado
*¿Para las instituciones que tienen un Enfoque Integral de Riesgo de Mercado, a qué fecha debe
evaluarse la posición de valores y derivados?
R. Para el ejercicio 2015 se debe tomar las posiciones de valores y derivados al cierre de mayo 2015.
*¿En los datos históricos del resultado por intermediación, se puede omitir el llenado para los años en
donde la institución no se hubiera encontrado en operación?
R. Sí. Este es el único caso en el que se permite no ingresar información, ya que en caso de ingresar
cero, éste afectaría el promedio que es calculado por formula.
Sección: Sensibilidades EI
*¿Referente a la cartera de crédito, qué debe entenderse por “crecimiento significativo”?
R. Dicho término se refiere a aquellas carteras que hayan tenido un crecimiento anual superior al 15%.
Sin embargo, esta sección sólo deberá se llenada por aquellas IBM que tiene un enfoque integral para
el ejercicio de sensibilidades.
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Insurgentes Sur 1971, Torre Sur piso 10, Plaza Inn, Col. Guadalupe Inn, C.P. 01020, Delegación Álvaro Obregón, México, D.F.,
Tel.: 5255 1454 6000 www.cnbv.gob.mx