Invitación 20-2015 Peritos

JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL
Departamento Administrativo
Área de Proveeduría
Invitación a cotizar a sobre cerrado n° 20-2015
Contratación de ingenieros que prestarán los servicios profesionales de peritaje y avalúos en
las Sucursales de la Junta de Pensiones.
La presente invitación se fundamenta en la facultad que tiene la Junta de Pensiones y
Jubilaciones del Magisterio Nacional de regular, bajo la normativa vigente la compra de
bienes y servicios, conforme los términos de la Ley No. 7531, sus reformas y reglamentos.
Con el objetivo de cumplir con lo establecido en el Reglamento de Contratación
Administrativa Institucional; Reglamento General de Crédito, se confecciona la invitación a
cotizar a sobre cerrado N° 20-2015, para la contratación de profesionales que prestarán los
servicios profesionales de peritaje y avalúos en las Sucursales de la Junta de Pensiones.
1. Conceptos:
Para efectos de esta contratación y para las condiciones generales de esta contratación,
serán aplicadas las siguientes definiciones:
Junta.
Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional. Ente público
no estatal con personería jurídica y patrimonio propio.
Enlace.
Jefatura del Departamento Administrativo de la Junta de Pensiones y
Jubilaciones del Magisterio Nacional, encargada de la coordinación de
la presente invitación a cotizar.
Invitación a cotizar.
Como se llamará en adelante a este documento, el cual corresponde a
la Invitación a cotizar a sobre cerrado.
Oferta.
Propuesta o cotización enviada por cada persona física o jurídica
invitada a participar.
Oferente.
Persona física o jurídica que envíe una oferta para participar en la
presente invitación a cotizar.
Perito valuador:
Miembro activo del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de
Costa Rica que desarrolle su ejercicio profesional en las áreas de los
peritajes y avalúos de bienes dentro del ámbito de su competencia y
conforme a su preparación académica.
Peritaje:
Informe técnico, que contiene un análisis de factores y condiciones de un
bien para establecer su estado actual y de sus partes, así como de
posibles estados pasados o futuros debido al uso, o a la influencia de
factores externos, practicado por un perito valuador.
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Avalúo:
Es la valoración técnica de un bien determinado o determinable lo que
implica un peritaje, referido a una moneda de curso legal y a una fecha
determinada.
Turno o rutina de asignación de trabajos:
Es la oportunidad que se le presenta al profesional para dar trámite a un
requerimiento institucional.
2.
Objeto de la invitación a cotizar:
2.1 Objeto:
Con esta invitación a cotizar, se pretende realizar la contratación de profesionales para
la confección de estudios, análisis y conclusiones para la determinación del valor de
bienes muebles e inmuebles, así como la supervisión de las obras de construcción, entre
otros, prestando los servicios de peritajes y avalúos a la Junta en todo el país,
contratados mediante el procedimiento correspondiente y sin que exista subordinación
jurídica laboral.
Los servicios se brindarán por dos peritos en cada una de las sucursales de la Junta,
ubicadas en:
a) Heredia,
b) Cartago,
c) Alajuela,
d) San Ramón,
e) San Carlos,
f) Limón,
g) Puntarenas,
h) Ciudad Neilly,
i) Perez Zeledón,
j) Liberia y
k) Santa Cruz.
2.2 Requisitos de los profesionales
Se aceptarán solamente los profesionales que ostenten el título de Ingenieros Civiles
miembro activo del CIC, Ingenieros en Construcción miembro activo del CITEC o
Ingenieros Topógrafos miembro activo del CIT.
3.
Requisitos de admisibilidad para todos los oferentes
3.1 Se admiten en este concurso todas las personas físicas o jurídicas que cumplan con
todos los requisitos legales, técnicos y financieros solicitados en esta invitación a
cotizar.
3.2 Se consideran inadmisibles las ofertas que no indiquen claramente el ítem en que
participan.
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3.3 Las ofertas presentadas en forma extemporánea no serán admitidas para el
concurso, por lo cual, es responsabilidad del proveedor verificar la recepción en
tiempo y forma por parte del área de proveeduría.
3.4 En caso de personas jurídicas, deberán ceñirse estrictamente al cumplimiento de sus
obligaciones laborales y de seguridad social para con sus empleados, de forma tal
que su inobservancia dará lugar al incumplimiento del contrato que se llegue a
celebrar producto de la presente contratación administrativa.
3.5 Declaración Jurada en la cual indique claramente:
a. Los peritos deberán habitar en la zona en la que ofrecen el servicio para lo cual
deberán firmar declaración jurada, no se aceptarán profesionales que no
cumplan con este requisito.
b. Que se encuentra al día en el pago de todos los impuestos nacionales.
c. Que no le alcanzan las prohibiciones establecidas en el artículo 21 y 22 del
Reglamento de Contratación Administrativa de la Junta de Pensiones.
d. Que se encuentra al día con las obligaciones obrero-patronales de la C.C.S.S
e. Que se encuentra al día en el pago de las obligaciones con el FODESAF, lo
anterior considerando el artículo 22 de la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones
Familiares.
4.
Responsabilidades específicas de los peritos
El profesional en servicios de peritaje y avalúos, tiene la responsabilidad de realizar
estudios y conclusiones, para la determinación del valor de bienes muebles e inmuebles,
que serán utilizados como garantía prendaria e hipotecaria respectivamente, en la
formalización de créditos y arreglos de pago, según la normativa vigente, así como la
supervisión de obras de construcción, entre otros relacionados con su quehacer
profesional, y otros servicios.
Todo peritaje y avalúo debe ser realizado con la mayor precisión y cuidado, según los
lineamientos que la profesión de Ingeniería establece, además, debe incluir en el informe
que presente a la institución, todos los datos necesarios para la correcta identificación y
ubicación del bien objeto del peritaje, así como toda la documentación gráfica que
complete el marco general sobre el cual versó el análisis, además, las conclusiones y
recomendaciones correspondientes, en procura de salvaguardar los intereses de la
Institución.
El documento del avalúo deberá tomar en cuenta también los siguientes factores:
Cuando tiene construcción especificar con detalle sobre la electricidad para efectos del
Instituto Nacional de Seguros.
En el primer informe del avalúo, cuando es construcción indicar la fecha proyectada de
la finalización de la obra y cuánto porcentaje se debe de desembolsar por etapas.
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Y deberá presentar informe, preferiblemente en forma digital en un tiempo máximo de
tres días hábiles, posteriores a la solicitud de avalúo.
Los servicios solicitados comprenden lo siguiente:
Avalúos de bienes inmuebles:
Llevar a cabo la visita, revisión y valoración de terrenos, edificaciones o ambos
simultáneamente, que servirán tanto como garantía hipotecaria de las operaciones
crediticias que apruebe la Junta y arreglos de pago, así como cualquier otro fin que
requiera la institución.
En el informe que se brinde de cada bien, se deberán aportar fotografías detalladas de
la propiedad, dirección geográfica y especifica del bien, número de finca y descripción.
Además, deberá de hacer constar su recomendación, justificando y brindando las
observaciones que considere pertinentes a la hora de valorar el bien como garantía de
un crédito.
Fiscalización de obras e inversiones
Revisión y aprobación del presupuesto de las edificaciones, control de avance la obra
(visitas), autorización de desembolsos de los créditos aprobados por la Junta.
Avalúos de bienes muebles
Elaboración de avalúos de maquinaria, equipo, vehículos entre otros referidos a la
especialización así como cualquier otro estudio o servicio profesional que la Junta solicite
dentro de su campo de acción.
Los profesionales están obligados a presentar al Departamento Financiero Contable,
Unidad de Crédito y Cobro o al Departamento Administrativo según corresponda, un
informe de los trabajos pendientes asignados y del estado de trámite de inscripción en
que se encuentran. En este informe se deberá especificar aquellos casos problemáticos o
difíciles, las razones que impiden la terminación en el tiempo previsto y adjuntar la
documentación necesaria que acredite lo indicado.
5.
Garantía de cumplimiento
La garantía se rendirá de forma independiente y a favor de la Junta. Estas podrán ser
respaldadas mediante los siguientes valores: depósito de bono de garantía de
instituciones aseguradoras reconocidas en el país, o de uno de los Bancos del Sistema
Bancario Nacional o el Banco Popular y de Desarrollo Comunal; certificados de depósito
a plazo, bonos del Estado o de sus instituciones, cheques certificados o de gerencia de
un banco del Sistema Bancario Nacional; dinero en efectivo mediante depósito a la
orden de un Banco del mismo sistema, presentando la boleta respectiva o mediante
depósito en la Administración interesada.
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El adjudicatario debe rendir una garantía de cumplimiento equivalente a ¢250.000 antes
de la firma del contrato y durante el periodo de éste. Esta garantía no genera ningún tipo
de interés al oferente, durante el período de permanencia en la Institución.
6.
Criterios de evaluación
Para efectos de evaluar a los profesionales, se tomarán en cuenta al menos los siguientes
puntos
1. Años de ejercicio de la profesión 30 puntos
Estos puntos se cuantificarán como años calendarios, otorgando 5 puntos por cada
año hasta un máximo de 6 años. Este punto se acreditará de acuerdo con la
constancia emitida por el Colegio de Ingenieros y Arquitectos, donde se indique la
fecha de incorporación.
2. No haber recibido sanciones en el plazo de 5 años anteriores a la fecha de apertura.
30 puntos
El oferente debe acreditar no haber recibido sanciones en el plazo señalado para lo
cual deberá presentar una certificación emitida por el Colegio Profesional respectivo
haciendo constar claramente que no registra sanciones.
3. Experiencia profesional en créditos hipotecarios del sistema financiero nacional y otras
instituciones supervisadas por las superintendencias. 40 puntos
Presentar certificaciones con el detalle de servicios brindados a las instituciones en el
cual se verifique que tiene experiencia en peritajes y avalúos de propiedad y bienes
inmuebles, según el siguiente evaluación:
o
o
o
o
De 1a 5 años
Más de 5 hasta 10 años
Más de 10 hasta 15 años
Más de 15 hasta 20 años
10%
20%
30%
40%
DESCRIPCIÓN
Años de ejercicio de la profesión
No haber recibido sanciones
Experiencia profesional en créditos hipotecarios del
sistema financiero nacional y otras instituciones
supervisadas por las superintendencias
Total
PORCENTAJE DE
CALIFICACIÓN
30%
30%
40%
100%
Forma de desempate y otros.
En caso de igualdad en el puntaje entre oferentes, se aplicarán los siguientes criterios de
desempate:
a) Se clasificará como primero, quien tenga mayor cantidad de años de
incorporación al Colegio de Ingenieros y Arquitectos.
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b) Si persiste la igualdad, se realizará un sorteo con los cuales persista empate.
7. Honorarios:
La remuneración será por medio de honorarios profesionales y se refiere al pago que
percibe el profesional por el trabajo efectuado y la responsabilidad profesional que el acto
o gestión implica al realizar un peritaje o avalúo de conformidad con el Aranceles por
servicios de peritaje y avalúos del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA) de
Costa Rica, decretado y publicado por el Poder Ejecutivo, LA GACETA Nº 116 DEL 17 DE
JUNIO DEL 2009. La Junta no cancelará gastos por viáticos y traslados.
El profesional presentará al Departamento Financiero, Administrativo o Unidad de Crédito y
Cobro según corresponda en la Junta, un detalle de gastos y honorarios para su revisión.
Una vez aprobado este detalle y otorgados los documentos correspondientes, debe
presentar una factura timbrada con los documentos de soporte. Los pagos al profesional
serán realizados dentro de los siete días hábiles posteriores a la presentación de la factura.
Se aclara que para pagos facturados en dólares se cancelan en colones al tipo de
cambio del día que se recibe la factura.
De los montos cancelados por servicios profesionales debe rebajarse el 2% como pago del
impuesto sobre la renta
8.
Vigencia de la oferta:
A partir del cierre de la recepción de ofertas, ésta se somete al plazo de vigencia de
sesenta días hábiles.
9. Contrato
La adjudicación de esta contratación se formalizará por medio de un contrato entre la
Junta y el profesional.
El nombramiento de los profesionales se debe realizar por un período máximo de dos años,
prorrogables por lapsos sucesivos e iguales y que no superen los cuatro años de prestación
de servicios profesionales. Los servicios prestados deberán resultar satisfactorios en los
términos que la Junta establezca, según la recomendación del Departamento Financiero
Contable, el Departamento Administrativo y la Dirección Ejecutiva.
10. Condiciones de orden general
10.1 Recepción de las ofertas:
La Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, recibirá ofertas por escrito,
en idioma español, sin correcciones, hasta las 11 horas del 16 de noviembre de 2015.
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La oferta debe presentarse formalmente, debidamente firmada. Las ofertas y cualquier
otra información adicional deben entregarse en sobre cerrado, directamente en el tercer
piso, Área de Proveeduría del Departamento Administrativo, en el edificio ubicado en
calle 21, entre Avenida 8 y Avenida 10, 50 mts Norte de Casa Matute Gómez, San José;
en el sobre debe indicarse la siguiente información:
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INVITACION A COTIZAR A SOBRE CERRADO N° 20-2015
El oferente deberá presentar en la cotización, toda la información detallada, siguiendo
el orden en que se ha estructurado este documento.
10.2 Resolución:
Valorados los aspectos formales de las ofertas, analizado su ajuste técnico, jurídico y
económico, se adjudicará a la oferta que obtenga mayor puntaje.
10.3 Penalización
Todo atraso en la entrega de lo contratado será penalizado con un 0.25% del total de la
compra por cada día hábil de atraso. Lo anterior de conformidad con lo establecido en
el artículo N°11 del Reglamento de Contratación Administrativa de la Junta de Pensiones,
y/o en su defecto conforme a las disposiciones internas que regulan los incumplimientos.
10.4 Adjudicación
La Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, resolverá esta invitación a
cotizar en un plazo máximo igual al solicitado en el capítulo de vigencia de la oferta.
10.5 Solicitud
En caso de no estar interesados en participar en este proceso, se solicita su colaboración
para que envíen por escrito, los motivos por los cuales no presentan la oferta, al fax
número 2223-7867 o al correo electrónico [email protected]
Cualquier duda o consulta referente a los requisitos a presentar, pueden comunicarse a
los teléfonos: 2284-6404 ó 2284-6425.
Se emite esta invitación en la Ciudad de San José, el 20 de octubre de 2015
Cordialmente,
Lic. Franklin Carvajal Araya, Jefe
Departamento Administrativo
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ANEXO 1 FÓRMULA DE OFERTA
Fecha: _______________________
Señores
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Presente
Invitación a Cotizar Nº xx-2010.
(Objeto de la contratación)
Estimados señores:
Yo, (NOMBRE Y CALIDADES), actuando en mi carácter de (PERSONA FISICA O JURIDICA) CARGO EN LA
EMPRESA o Servicio profesional a prestar), de la firma (RAZÓN SOCIAL) personería que consta en la
certificación adjunta, habiendo examinado cuidadosamente la Invitación a Cotizar Nº xxx, declaro
que cumplo todos los requisitos de la invitación por lo que hago propuesta formal para ejecutar todo
el trabajo estipulado en la invitación.
ANEXO
1.
DOCUMENTO
Objeto de la invitación
2.
Currículo vitae del oferente
3.
Copia del título que lo acredita como profesional en Ingeniería Civil, Ingeniera en
Construcción o Ingeniero Topógrafo.
Certificación de incorporación al Colegio de Ingenieros y Arquitectos.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
Certificación indicando que se encuentra al día con las obligaciones obrero-patronales
de la C.C.S.S. o bien, que tiene un arreglo de pago aprobado por ésta
Copia certificada de la personería jurídica vigente. (En el caso de personas jurídicas) o
de la cédula de identidad, en personas físicas
Nombre y número telefónico de la persona que atenderá la oferta.
Declaración jurada certificada en la cual se consigne que se encuentra al día en el
pago de impuestos nacionales.
El oferente deberá presentar declaración jurada que se encuentra al día en el pago de
las obligaciones con el FODESAF, lo anterior considerando el artículo 22 de la Ley de
Desarrollo Social y Asignaciones Familiares.
Los peritos deberán habitar en la zona en la que ofrecen el servicio para lo cual
deberán firmar declaración jurada, no se aceptarán profesionales que no cumplan con
este requisito.
Declaración jurada en la cual se señale que el oferente no es alcanzado por las
prohibiciones de los artículos Nos.21 y 22 del Reglamento de Contratación
Administrativa de la Junta de Pensiones
Otros documentos
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Declaración jurada
Yo________________________________________________________________, cédula _______________________en calidad
de_________________________________ de la empresa___________________________________________, certifico y
declaro que no soy alcanzado por las prohibiciones del artículo 21 y 22 del Reglamento de Contratación
Administrativa de la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional que señalan:
“Queda absolutamente prohibido celebrar contratos administrativos o participar en los trámites previos a su
celebración, de manera directa o indirecta, con carácter particular, a las siguientes personas:
A. Los miembros de la Junta Directiva, el Director Ejecutivo, funcionarios de la Junta, miembros de las directivas
de los órganos representados en la Junta Directiva de la Institución.
B. Las personas jurídicas en cuyo capital participe - en una proporción superior al 5%- cualquiera de los
funcionarios cubiertos por la prohibición.
C. Los parientes, por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado inclusive, de las personas cubiertas por la
prohibición en los incisos anteriores.
D. Las personas jurídicas en que los parientes indicados en el inciso anterior sean titulares de más del 5%(Cinco
por ciento) del capital, o ejerzan en ellas algún puesto de dirección o representación.
E. Las personas físicas o jurídicas que hayan intervenido como asesoras en cualquier etapa del procedimiento
de contratación, hayan participado en la elaboración de las especificaciones, los diseños, y los planos
respetivos, o deban participar en su fiscalización posterior, en la etapa de ejecución o construcción. Esta
prohibición no se aplicará en los supuestos en que se invite a ofertar conjuntamente el diseño y la construcción
de la obra, las variantes alternativas respecto de las especificaciones o los planos suministrados por la Junta.
Artículo 21- Prohibición de influencias:
A las personas cubiertas por las prohibiciones del artículo anterior, se les prohíbe intervenir directa o
indirectamente ante un servidor, prevaliéndose de su cargo o de cualquiera otra situación derivada de su
situación personal o jerarquía con este o con otro servidor, ya sea real o simulada, para que haga, retarde u
omita un nombramiento, adjudicación, concesión, contrato, acto o resolución propios de sus funciones, de
modo que genere, directa o indirectamente, un beneficio económico o ventaja indebidos, para sí o para otro.
Firmo el día_______________________del mes de___________________________de __________.
____________________________________________
NOMBRE Y FIRMA RESPONSABLE
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DEPARTAMENTO FINANCIERO CONTABLE
ÁREA DE TESORERÍA
Reporte de cuentas en los bancos
COLONES
Cedula juridica: cédula jurídica N°3-007-117191-15
BANCO
FONDO
N° CUENTA CORRIENTE
N° CUENTA CLIENTE
Banco Nacional C.R
Fondo Especial Operativo
N°100-01-000-078488-4
N°15100010010784881
BCR
Fondo Especial Operativo
N°001-0255964-1
N°15201001025596410
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