JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL Departamento Administrativo Área de Proveeduría Invitación a cotizar a sobre cerrado n° 20-2015 Contratación de ingenieros que prestarán los servicios profesionales de peritaje y avalúos en las Sucursales de la Junta de Pensiones. La presente invitación se fundamenta en la facultad que tiene la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional de regular, bajo la normativa vigente la compra de bienes y servicios, conforme los términos de la Ley No. 7531, sus reformas y reglamentos. Con el objetivo de cumplir con lo establecido en el Reglamento de Contratación Administrativa Institucional; Reglamento General de Crédito, se confecciona la invitación a cotizar a sobre cerrado N° 20-2015, para la contratación de profesionales que prestarán los servicios profesionales de peritaje y avalúos en las Sucursales de la Junta de Pensiones. 1. Conceptos: Para efectos de esta contratación y para las condiciones generales de esta contratación, serán aplicadas las siguientes definiciones: Junta. Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional. Ente público no estatal con personería jurídica y patrimonio propio. Enlace. Jefatura del Departamento Administrativo de la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, encargada de la coordinación de la presente invitación a cotizar. Invitación a cotizar. Como se llamará en adelante a este documento, el cual corresponde a la Invitación a cotizar a sobre cerrado. Oferta. Propuesta o cotización enviada por cada persona física o jurídica invitada a participar. Oferente. Persona física o jurídica que envíe una oferta para participar en la presente invitación a cotizar. Perito valuador: Miembro activo del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica que desarrolle su ejercicio profesional en las áreas de los peritajes y avalúos de bienes dentro del ámbito de su competencia y conforme a su preparación académica. Peritaje: Informe técnico, que contiene un análisis de factores y condiciones de un bien para establecer su estado actual y de sus partes, así como de posibles estados pasados o futuros debido al uso, o a la influencia de factores externos, practicado por un perito valuador. 1 JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL Departamento Administrativo Área de Proveeduría Avalúo: Es la valoración técnica de un bien determinado o determinable lo que implica un peritaje, referido a una moneda de curso legal y a una fecha determinada. Turno o rutina de asignación de trabajos: Es la oportunidad que se le presenta al profesional para dar trámite a un requerimiento institucional. 2. Objeto de la invitación a cotizar: 2.1 Objeto: Con esta invitación a cotizar, se pretende realizar la contratación de profesionales para la confección de estudios, análisis y conclusiones para la determinación del valor de bienes muebles e inmuebles, así como la supervisión de las obras de construcción, entre otros, prestando los servicios de peritajes y avalúos a la Junta en todo el país, contratados mediante el procedimiento correspondiente y sin que exista subordinación jurídica laboral. Los servicios se brindarán por dos peritos en cada una de las sucursales de la Junta, ubicadas en: a) Heredia, b) Cartago, c) Alajuela, d) San Ramón, e) San Carlos, f) Limón, g) Puntarenas, h) Ciudad Neilly, i) Perez Zeledón, j) Liberia y k) Santa Cruz. 2.2 Requisitos de los profesionales Se aceptarán solamente los profesionales que ostenten el título de Ingenieros Civiles miembro activo del CIC, Ingenieros en Construcción miembro activo del CITEC o Ingenieros Topógrafos miembro activo del CIT. 3. Requisitos de admisibilidad para todos los oferentes 3.1 Se admiten en este concurso todas las personas físicas o jurídicas que cumplan con todos los requisitos legales, técnicos y financieros solicitados en esta invitación a cotizar. 3.2 Se consideran inadmisibles las ofertas que no indiquen claramente el ítem en que participan. 2 JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL Departamento Administrativo Área de Proveeduría 3.3 Las ofertas presentadas en forma extemporánea no serán admitidas para el concurso, por lo cual, es responsabilidad del proveedor verificar la recepción en tiempo y forma por parte del área de proveeduría. 3.4 En caso de personas jurídicas, deberán ceñirse estrictamente al cumplimiento de sus obligaciones laborales y de seguridad social para con sus empleados, de forma tal que su inobservancia dará lugar al incumplimiento del contrato que se llegue a celebrar producto de la presente contratación administrativa. 3.5 Declaración Jurada en la cual indique claramente: a. Los peritos deberán habitar en la zona en la que ofrecen el servicio para lo cual deberán firmar declaración jurada, no se aceptarán profesionales que no cumplan con este requisito. b. Que se encuentra al día en el pago de todos los impuestos nacionales. c. Que no le alcanzan las prohibiciones establecidas en el artículo 21 y 22 del Reglamento de Contratación Administrativa de la Junta de Pensiones. d. Que se encuentra al día con las obligaciones obrero-patronales de la C.C.S.S e. Que se encuentra al día en el pago de las obligaciones con el FODESAF, lo anterior considerando el artículo 22 de la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares. 4. Responsabilidades específicas de los peritos El profesional en servicios de peritaje y avalúos, tiene la responsabilidad de realizar estudios y conclusiones, para la determinación del valor de bienes muebles e inmuebles, que serán utilizados como garantía prendaria e hipotecaria respectivamente, en la formalización de créditos y arreglos de pago, según la normativa vigente, así como la supervisión de obras de construcción, entre otros relacionados con su quehacer profesional, y otros servicios. Todo peritaje y avalúo debe ser realizado con la mayor precisión y cuidado, según los lineamientos que la profesión de Ingeniería establece, además, debe incluir en el informe que presente a la institución, todos los datos necesarios para la correcta identificación y ubicación del bien objeto del peritaje, así como toda la documentación gráfica que complete el marco general sobre el cual versó el análisis, además, las conclusiones y recomendaciones correspondientes, en procura de salvaguardar los intereses de la Institución. El documento del avalúo deberá tomar en cuenta también los siguientes factores: Cuando tiene construcción especificar con detalle sobre la electricidad para efectos del Instituto Nacional de Seguros. En el primer informe del avalúo, cuando es construcción indicar la fecha proyectada de la finalización de la obra y cuánto porcentaje se debe de desembolsar por etapas. 3 JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL Departamento Administrativo Área de Proveeduría Y deberá presentar informe, preferiblemente en forma digital en un tiempo máximo de tres días hábiles, posteriores a la solicitud de avalúo. Los servicios solicitados comprenden lo siguiente: Avalúos de bienes inmuebles: Llevar a cabo la visita, revisión y valoración de terrenos, edificaciones o ambos simultáneamente, que servirán tanto como garantía hipotecaria de las operaciones crediticias que apruebe la Junta y arreglos de pago, así como cualquier otro fin que requiera la institución. En el informe que se brinde de cada bien, se deberán aportar fotografías detalladas de la propiedad, dirección geográfica y especifica del bien, número de finca y descripción. Además, deberá de hacer constar su recomendación, justificando y brindando las observaciones que considere pertinentes a la hora de valorar el bien como garantía de un crédito. Fiscalización de obras e inversiones Revisión y aprobación del presupuesto de las edificaciones, control de avance la obra (visitas), autorización de desembolsos de los créditos aprobados por la Junta. Avalúos de bienes muebles Elaboración de avalúos de maquinaria, equipo, vehículos entre otros referidos a la especialización así como cualquier otro estudio o servicio profesional que la Junta solicite dentro de su campo de acción. Los profesionales están obligados a presentar al Departamento Financiero Contable, Unidad de Crédito y Cobro o al Departamento Administrativo según corresponda, un informe de los trabajos pendientes asignados y del estado de trámite de inscripción en que se encuentran. En este informe se deberá especificar aquellos casos problemáticos o difíciles, las razones que impiden la terminación en el tiempo previsto y adjuntar la documentación necesaria que acredite lo indicado. 5. Garantía de cumplimiento La garantía se rendirá de forma independiente y a favor de la Junta. Estas podrán ser respaldadas mediante los siguientes valores: depósito de bono de garantía de instituciones aseguradoras reconocidas en el país, o de uno de los Bancos del Sistema Bancario Nacional o el Banco Popular y de Desarrollo Comunal; certificados de depósito a plazo, bonos del Estado o de sus instituciones, cheques certificados o de gerencia de un banco del Sistema Bancario Nacional; dinero en efectivo mediante depósito a la orden de un Banco del mismo sistema, presentando la boleta respectiva o mediante depósito en la Administración interesada. 4 JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL Departamento Administrativo Área de Proveeduría El adjudicatario debe rendir una garantía de cumplimiento equivalente a ¢250.000 antes de la firma del contrato y durante el periodo de éste. Esta garantía no genera ningún tipo de interés al oferente, durante el período de permanencia en la Institución. 6. Criterios de evaluación Para efectos de evaluar a los profesionales, se tomarán en cuenta al menos los siguientes puntos 1. Años de ejercicio de la profesión 30 puntos Estos puntos se cuantificarán como años calendarios, otorgando 5 puntos por cada año hasta un máximo de 6 años. Este punto se acreditará de acuerdo con la constancia emitida por el Colegio de Ingenieros y Arquitectos, donde se indique la fecha de incorporación. 2. No haber recibido sanciones en el plazo de 5 años anteriores a la fecha de apertura. 30 puntos El oferente debe acreditar no haber recibido sanciones en el plazo señalado para lo cual deberá presentar una certificación emitida por el Colegio Profesional respectivo haciendo constar claramente que no registra sanciones. 3. Experiencia profesional en créditos hipotecarios del sistema financiero nacional y otras instituciones supervisadas por las superintendencias. 40 puntos Presentar certificaciones con el detalle de servicios brindados a las instituciones en el cual se verifique que tiene experiencia en peritajes y avalúos de propiedad y bienes inmuebles, según el siguiente evaluación: o o o o De 1a 5 años Más de 5 hasta 10 años Más de 10 hasta 15 años Más de 15 hasta 20 años 10% 20% 30% 40% DESCRIPCIÓN Años de ejercicio de la profesión No haber recibido sanciones Experiencia profesional en créditos hipotecarios del sistema financiero nacional y otras instituciones supervisadas por las superintendencias Total PORCENTAJE DE CALIFICACIÓN 30% 30% 40% 100% Forma de desempate y otros. En caso de igualdad en el puntaje entre oferentes, se aplicarán los siguientes criterios de desempate: a) Se clasificará como primero, quien tenga mayor cantidad de años de incorporación al Colegio de Ingenieros y Arquitectos. 5 JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL Departamento Administrativo Área de Proveeduría b) Si persiste la igualdad, se realizará un sorteo con los cuales persista empate. 7. Honorarios: La remuneración será por medio de honorarios profesionales y se refiere al pago que percibe el profesional por el trabajo efectuado y la responsabilidad profesional que el acto o gestión implica al realizar un peritaje o avalúo de conformidad con el Aranceles por servicios de peritaje y avalúos del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA) de Costa Rica, decretado y publicado por el Poder Ejecutivo, LA GACETA Nº 116 DEL 17 DE JUNIO DEL 2009. La Junta no cancelará gastos por viáticos y traslados. El profesional presentará al Departamento Financiero, Administrativo o Unidad de Crédito y Cobro según corresponda en la Junta, un detalle de gastos y honorarios para su revisión. Una vez aprobado este detalle y otorgados los documentos correspondientes, debe presentar una factura timbrada con los documentos de soporte. Los pagos al profesional serán realizados dentro de los siete días hábiles posteriores a la presentación de la factura. Se aclara que para pagos facturados en dólares se cancelan en colones al tipo de cambio del día que se recibe la factura. De los montos cancelados por servicios profesionales debe rebajarse el 2% como pago del impuesto sobre la renta 8. Vigencia de la oferta: A partir del cierre de la recepción de ofertas, ésta se somete al plazo de vigencia de sesenta días hábiles. 9. Contrato La adjudicación de esta contratación se formalizará por medio de un contrato entre la Junta y el profesional. El nombramiento de los profesionales se debe realizar por un período máximo de dos años, prorrogables por lapsos sucesivos e iguales y que no superen los cuatro años de prestación de servicios profesionales. Los servicios prestados deberán resultar satisfactorios en los términos que la Junta establezca, según la recomendación del Departamento Financiero Contable, el Departamento Administrativo y la Dirección Ejecutiva. 10. Condiciones de orden general 10.1 Recepción de las ofertas: La Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, recibirá ofertas por escrito, en idioma español, sin correcciones, hasta las 11 horas del 16 de noviembre de 2015. 6 JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL Departamento Administrativo Área de Proveeduría La oferta debe presentarse formalmente, debidamente firmada. Las ofertas y cualquier otra información adicional deben entregarse en sobre cerrado, directamente en el tercer piso, Área de Proveeduría del Departamento Administrativo, en el edificio ubicado en calle 21, entre Avenida 8 y Avenida 10, 50 mts Norte de Casa Matute Gómez, San José; en el sobre debe indicarse la siguiente información: JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL INVITACION A COTIZAR A SOBRE CERRADO N° 20-2015 El oferente deberá presentar en la cotización, toda la información detallada, siguiendo el orden en que se ha estructurado este documento. 10.2 Resolución: Valorados los aspectos formales de las ofertas, analizado su ajuste técnico, jurídico y económico, se adjudicará a la oferta que obtenga mayor puntaje. 10.3 Penalización Todo atraso en la entrega de lo contratado será penalizado con un 0.25% del total de la compra por cada día hábil de atraso. Lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo N°11 del Reglamento de Contratación Administrativa de la Junta de Pensiones, y/o en su defecto conforme a las disposiciones internas que regulan los incumplimientos. 10.4 Adjudicación La Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, resolverá esta invitación a cotizar en un plazo máximo igual al solicitado en el capítulo de vigencia de la oferta. 10.5 Solicitud En caso de no estar interesados en participar en este proceso, se solicita su colaboración para que envíen por escrito, los motivos por los cuales no presentan la oferta, al fax número 2223-7867 o al correo electrónico [email protected] Cualquier duda o consulta referente a los requisitos a presentar, pueden comunicarse a los teléfonos: 2284-6404 ó 2284-6425. Se emite esta invitación en la Ciudad de San José, el 20 de octubre de 2015 Cordialmente, Lic. Franklin Carvajal Araya, Jefe Departamento Administrativo 7 JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL Departamento Administrativo Área de Proveeduría ANEXO 1 FÓRMULA DE OFERTA Fecha: _______________________ Señores JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL Presente Invitación a Cotizar Nº xx-2010. (Objeto de la contratación) Estimados señores: Yo, (NOMBRE Y CALIDADES), actuando en mi carácter de (PERSONA FISICA O JURIDICA) CARGO EN LA EMPRESA o Servicio profesional a prestar), de la firma (RAZÓN SOCIAL) personería que consta en la certificación adjunta, habiendo examinado cuidadosamente la Invitación a Cotizar Nº xxx, declaro que cumplo todos los requisitos de la invitación por lo que hago propuesta formal para ejecutar todo el trabajo estipulado en la invitación. ANEXO 1. DOCUMENTO Objeto de la invitación 2. Currículo vitae del oferente 3. Copia del título que lo acredita como profesional en Ingeniería Civil, Ingeniera en Construcción o Ingeniero Topógrafo. Certificación de incorporación al Colegio de Ingenieros y Arquitectos. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. Certificación indicando que se encuentra al día con las obligaciones obrero-patronales de la C.C.S.S. o bien, que tiene un arreglo de pago aprobado por ésta Copia certificada de la personería jurídica vigente. (En el caso de personas jurídicas) o de la cédula de identidad, en personas físicas Nombre y número telefónico de la persona que atenderá la oferta. Declaración jurada certificada en la cual se consigne que se encuentra al día en el pago de impuestos nacionales. El oferente deberá presentar declaración jurada que se encuentra al día en el pago de las obligaciones con el FODESAF, lo anterior considerando el artículo 22 de la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares. Los peritos deberán habitar en la zona en la que ofrecen el servicio para lo cual deberán firmar declaración jurada, no se aceptarán profesionales que no cumplan con este requisito. Declaración jurada en la cual se señale que el oferente no es alcanzado por las prohibiciones de los artículos Nos.21 y 22 del Reglamento de Contratación Administrativa de la Junta de Pensiones Otros documentos 8 Declaración jurada Yo________________________________________________________________, cédula _______________________en calidad de_________________________________ de la empresa___________________________________________, certifico y declaro que no soy alcanzado por las prohibiciones del artículo 21 y 22 del Reglamento de Contratación Administrativa de la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional que señalan: “Queda absolutamente prohibido celebrar contratos administrativos o participar en los trámites previos a su celebración, de manera directa o indirecta, con carácter particular, a las siguientes personas: A. Los miembros de la Junta Directiva, el Director Ejecutivo, funcionarios de la Junta, miembros de las directivas de los órganos representados en la Junta Directiva de la Institución. B. Las personas jurídicas en cuyo capital participe - en una proporción superior al 5%- cualquiera de los funcionarios cubiertos por la prohibición. C. Los parientes, por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado inclusive, de las personas cubiertas por la prohibición en los incisos anteriores. D. Las personas jurídicas en que los parientes indicados en el inciso anterior sean titulares de más del 5%(Cinco por ciento) del capital, o ejerzan en ellas algún puesto de dirección o representación. E. Las personas físicas o jurídicas que hayan intervenido como asesoras en cualquier etapa del procedimiento de contratación, hayan participado en la elaboración de las especificaciones, los diseños, y los planos respetivos, o deban participar en su fiscalización posterior, en la etapa de ejecución o construcción. Esta prohibición no se aplicará en los supuestos en que se invite a ofertar conjuntamente el diseño y la construcción de la obra, las variantes alternativas respecto de las especificaciones o los planos suministrados por la Junta. Artículo 21- Prohibición de influencias: A las personas cubiertas por las prohibiciones del artículo anterior, se les prohíbe intervenir directa o indirectamente ante un servidor, prevaliéndose de su cargo o de cualquiera otra situación derivada de su situación personal o jerarquía con este o con otro servidor, ya sea real o simulada, para que haga, retarde u omita un nombramiento, adjudicación, concesión, contrato, acto o resolución propios de sus funciones, de modo que genere, directa o indirectamente, un beneficio económico o ventaja indebidos, para sí o para otro. Firmo el día_______________________del mes de___________________________de __________. ____________________________________________ NOMBRE Y FIRMA RESPONSABLE 9 JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL DEPARTAMENTO FINANCIERO CONTABLE ÁREA DE TESORERÍA Reporte de cuentas en los bancos COLONES Cedula juridica: cédula jurídica N°3-007-117191-15 BANCO FONDO N° CUENTA CORRIENTE N° CUENTA CLIENTE Banco Nacional C.R Fondo Especial Operativo N°100-01-000-078488-4 N°15100010010784881 BCR Fondo Especial Operativo N°001-0255964-1 N°15201001025596410 10
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